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productos y de ejecución de obras de viviendas. Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente

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(1)

productos y de ejecución de obras

p

y

j

de viviendas.

Pruebas de servicio de edificación

Pruebas de servicio de edificación

Juan José Palencia Guillén Juan José Palencia Guillén

(2)

1

Introducción

LOE LOFCE y CTE

1. Introducción. LOE, LOFCE y CTE

2. Bases para la gestión y el control de calidad en edificación

3. Plan y programa de control

4. La

documentación

y justificación del control

y j

Parte II

5.

Pruebas de servicio

(3)

La Ley de Ordenación de la Edificación, LOE, de ámbito estatal, identifica los agentes que intervienen en el proceso de la edificación, sus obligaciones, sus responsabilidades y el régimen de aseguramiento de las garantías.

La Ley tiene como objetivo último dar respuesta a la creciente demanda social de calidad, mediante el establecimiento de los requisitos básicos que deben

satisfacer los edificios para garantizar la seguridad de las personas, el bienestar

de la sociedad y la protección del medio ambiente. Agentes: Promotor – Promotor – Proyectista – Constructor – Director de obra

– Director de la ejecución de obra

– Entidades de control de calidad

– Laboratorios de control de calidad de la edificación

– Suministradores de productosSuministradores de productos – Propietarios y usuarios

(4)

Agentes

g

Entidades de control y laboratorios para el control de calidad de la edificación

Acreditación por CC. AA. Declaración responsable e inscripción en el Registro del CTE

cambio normativo

La actividad de las entidades de control y laboratorios de ensayos para el control de calidad de la edificación actualmente está regulada por el RD 410/2010, de 31 de marzo.

– En el RD 410/2010 se establecen los requisitos exigibles a las entidades y laboratorios (deberán tener implantado un sistema de gestión de la calidad conforme con las normas UNE EN ISO/IEC 17020 y 17025 respectivamente).

– Las entidades y laboratorios presentarán ante el Órgano competente una declaración responsable con carácter previo al inicio de su actividad.

– Se modifica el apartado 4 del artículo 4 del CTE para posibilitar la inscripción de las tid d l b t i lR i t G l d l CTE

entidades y laboratorios en el Registro General del CTE.

(5)

Entidades de control de calidad de la edificación, ECCE:

Campos actuación ECCE:

t di d l t d l t d d ió d l difi i – estudio del terreno y del estado de conservación del edificio; – verificación del cumplimiento del CTE;

– evaluación de las prestaciones del edificio a lo largo de su vida útil; – supervisión de la certificación de la eficiencia energética de los edificios;

– evaluación de las prestaciones de sostenibilidad, funcionales y espaciales de los edificios.

Alcance (tipología de los edificios sobre los que se actúa de acuerdo con el art. 2 de la LOE):

1.a) Edificios de carácter permanente, públicos o privados, cuyo uso principal esté en el grupo administrativo, sanitario, religioso, residencial en todas sus formas, docente y cultural.

1.b) Edificios de carácter permanente, públicos o privados, cuyo uso principal esté en el grupo aeronáutico; agropecuario; de la energía; de la hidráulica; minero; de telecomunicaciones (referido a la ingeniería de las telecomunicaciones); del transporte terrestre marítimo fluvial y aéreo; forestal; industrial; naval; de las telecomunicaciones); del transporte terrestre, marítimo, fluvial y aéreo; forestal; industrial; naval; de la ingeniería de saneamiento e higiene, y accesorio a las obras de ingeniería y su explotación.

1.c) Edificios de carácter permanente, públicos o privados, cuyo uso principal no esté expresamente relacionado en los grupos anteriores

Fase del proceso de la edificación

P. proyecto,

(6)

Laboratorios de ensayos para el control de calidad de la edificación,

LECCE

Grupos de ensayos:

– Ensayos de geotecnia – Ensayos de viales

– Ensayos de pruebas de servicio

– Ensayos de estructuras de hormigón estructuraly g – Ensayos de estructuras de acero estructural – Ensayos de obras de albañilería

(7)
(8)
(9)
(10)

La

Ley de Ordenación y Fomento de la Calidad de la Edificación

LOFCE

de

La Ley de Ordenación y Fomento de la Calidad de la Edificación,

LOFCE,

de

30 de junio, de la Generalitat Valenciana, tiene como objeto:

Regular la calidad: estableciendo la normativa técnica que desarrolle los requisitos

Regular la calidad: estableciendo la normativa técnica que desarrolle los requisitos

básicos de la edificación, y complemente la normativa y reglamentaciones de obligado cumplimiento, y en su momento, lo establecido por el CTE.

Verificar la calidad: fijando los procedimientos de gestión y técnicas de control que

evalúen la aplicación de los métodos establecidos y la obtención de los niveles de calidad evalúen la aplicación de los métodos establecidos y la obtención de los niveles de calidad especificados en la normativa técnica correspondiente.

Fomentar la calidad: mediante actuaciones de reconocimiento de productos y servicios,

de sistemas de evaluación y de distintivo de edificios (Perfil de Calidad), difundir la

información que facilite la calidad en los procesos mediante guías complementariasa la

información que facilite la calidad en los procesos, mediante guías complementariasa la

normativa, y con bases de datosde distintivos de productos, servicios y edificios.

Las actividades de verificación y control que lleve a cabo la dirección facultativa, por si

i l i t i d l b t i tid d d t l d á

misma o con la asistencia de laboratorios y entidades de control, en su caso, quedarán reseñadas en el correspondiente Libro de Gestión de Calidad de Obra.

Documentación de la obra terminada: La Generalitat desarrollará reglamentariamente g el Libro del Edificio que contendrá:

(11)

El Código Técnico de la Edificación, CTE, establece las exigencias básicas que deben

cumplir los edificios y sus instalaciones para satisfacer los requisitos básicos de cumplir los edificios y sus instalaciones para satisfacer los requisitos básicos de seguridad y habitabilidad.

Parte I:

C ít l 1 Di i i l

– Capítulo 1 Disposiciones generales

– Capítulo 2 Condiciones técnicas y administrativas ( El Art. 7 desarrolla la sistemática del control de recepción de productos, de la ejecución de obra y de la obra terminada)

– Capítulo 3 Exigencias básicasp g

– ANEJO I Contenido del proyecto (anejos a la memoria: plan de control) – ANEJO II Documentación del seguimiento de obra

– ANEJO III Terminología Parte II:

(12)

Bases para la gestión y el control de calidad en la edificación.

Bases para la gestión y el control de calidad en la edificación.

Consideraciones generales:

La metodología y procedimientos para la verificación de la calidad deben

basarse y organizarse de acuerdo a los requisitos del CTE y demás

normativas de obligado cumplimiento de aplicación a la edificación (EHE

normativas de obligado cumplimiento de aplicación a la edificación (EHE,

LC/91, etc.), con las condiciones particulares expresadas en el CTE.

El control de calidad de la edificación debe desarrollarse de forma separada en

El control de calidad de la edificación debe desarrollarse de forma separada en

las dos fases más destacadas del proceso edificatorio:

– El control de calidad del proyecto

p y

– El control de calidad de la ejecución de la obra

No hay posibilidad de control sin especificación previa.

(13)

Control de calidad del proyecto.

p

y

• El control de calidad del proyecto de edificación no es obligatorio por la normativa de aplicación. No obstante, el Promotor puede decidir su realización por medio de p , p p una entidad de control de calidad en la edificación (ECCE), de todas o algunas de la exigencias básicas, con el fin de verificar el cumplimiento del CTE y demás

normativa de edificación aplicable.

• El control consistirá en examinar si se cumplen las condiciones expresadas en el Art. 6 del CTE, que indica: “… el proyecto definirá las obras con el detalle

adecuado a sus características, de modo que pueda comprobarse que las , q p p q soluciones propuestas cumplen las exigencias básicas de este CTE y demás normativa aplicable”; y si su composición documental es conforme con el Anejo I

del CTE (las memorias, los planos, los pliegos de condiciones, las mediciones y los presupuestos).

(14)

La metodología del control del proyecto se estructura en tres partes: • Control documental del proyecto Tiene como finalidad:

• Control documental del proyecto. Tiene como finalidad:

– que el proyecto es completo, en sus secciones o partes (documentos) y en

los contenidos de éstas,

– que existe coherencia entre todos los documentos del proyecto, de modo

l di i d ifi i d d t id d t ti

que el dimensionado, especificaciones de producto, unidades constructivas, etc, mantienen la trazabilidad necesaria en cualquier parte del proyecto. • Control de especificaciones del proyecto. Se comprobará:

– Las características mínimas que deben reunir los productos; equipos y

sistemas, así como sus condiciones de suministro, las garantías de calidad y el control de recepción que debe realizarse.

– Las características técnicas de cada unidad de obra, con indicación de las

condiciones para su ejecución y las verificaciones y controles para comprobar su conformidad con lo indicado en el proyecto.

– Las instrucciones de uso y mantenimiento del edificio terminado.

• Control técnico del proyecto. Comprenderá:

(15)

Control de calidad de ejecución de obra.

El control de calidad de la ejecución de obra tiene carácter obligatorio y se

ajustará a lo indicado en el Art. 7 del CTE:

7.1.1

“Las obras de construcción del edificio se llevarán a cabo con

sujeción al proyecto y sus modificaciones autorizadas por el director de

obra, previa conformidad del promotor, a la legislación aplicable, a las

obra, previa conformidad del promotor, a la legislación aplicable, a las

normas de buena práctica constructiva y a las instrucciones del director de

la obra y del director de la ejecución de la obra.”

7 1 2

“D

t l

j

ió d l

b

l b

á l d

t

7.1.2

“Durante la ejecución de la obra se elaborará la documentación

reglamentariamente exigible. En ella se incluirá, sin perjuicio de lo que

establezcan otras Administraciones Públicas competentes, la

documentación del control de calidad realizado a lo largo de la obra”

g

E l C

id d V l

i

l j

tifi

ió d l

t l d

lid d d

difi i

En la Comunidad Valenciana la justificación del control de calidad de edificios

de viviendas, está regulada por el Decreto 107/91 del Consell, mediante el

(16)

C

t

l d

lid d d

j

ió d

b

Control de calidad de ejecución de obra

7 1 4

“Durante la construcción de las obras el director de obra y el director

7.1.4

“Durante la construcción de las obras el director de obra y el director

de la ejecución de la obra realizarán, según sus respectivas competencias,

los controles siguientes:

Control de recepción

en obra de los productos, equipos y sistemas

que se suministren a las obras. (de acuerdo con el Art. 7.2)

C

t

l d

j

d l

b

( difi i

i

t l

i

) (d

Control de ejecución

de la obra (edificio y sus instalaciones) (de

acuerdo con el Art. 7.3)

Control de la obra terminada

(edificio y sus instalaciones)(de acuerdo

Control de la obra terminada

(edificio y sus instalaciones)(de acuerdo

con el Art. 7.4)

(17)

Control de recepción de productos, equipos y sistemas

Art. 7. 2 del CTE :

Control de recepción en obra de productos equipos y sistemas

: El

Control de recepción de productos, equipos y sistemas

Control de recepción en obra de productos, equipos y sistemas

: El

control de recepción tiene por objeto comprobar que las características

técnicas de los productos, equipos y sistemas suministrados satisfacen lo

exigido en el proyecto

exigido en el proyecto.

Este control comprenderá:

El control de la doc mentación de los s ministros reali ado de

El control de la documentación de los suministros, realizado de

acuerdo con el Art. 7.2.1

El control mediante distintivos de calidad o evaluaciones

El control mediante distintivos de calidad o evaluaciones

técnicas de idoneidad, según Art. 7.2.2

(18)

Control de recepción de productos, equipos y sistemas

p

p

, q p

y

Artículo 7.2.1 del CTE:

Control de la documentación de los suministros

: Los suministradores

entregarán al constructor, quien lo facilitará al director de la ejecución de la

obra, los documentos de identificación del producto exigidos por la

ti

d

bli

d

li i

t

l

t

l

normativa de obligado cumplimiento y, en su caso, por el proyecto o por la

dirección facultativa. Esta documentación comprenderá, al menos los

siguientes documentos:

Los documentos de origen, hoja de suministro y etiquetado.

El certificado de garantía del fabricante, firmado por persona física, y

Los documentos de conformidad o autorizaciones administrativas exigidas reglamentariamente, incluida la documentación correspondiente al marcado

CE de los productos de construcción, cuando sea pertinente, de acuerdo con

l di i i i ió d l Di i E

las disposiciones que sean transposición de las Directivas Europeas que afecten a los productos suministrados.

(19)

Control documental de los suministros

Productos para los que se ha de justificar control documental del suministro:

EHE-08:

– Hormigón y, en su caso, materiales componentes (horm. de obra).

– Armaduras pasivas y, en su caso, acero para armaduras pasivas en el caso de que las armaduras se elaboren en la propia obra.

Prefabricados de hormigón – Prefabricados de hormigón.

LC/12

– Aislantes térmicos y acústicos,

LC/91

– Cemento,

– impermeabilizantes en cubiertas, – ladrillos cerámicos para fachadas, – baldosas para pavimentos interiores y

exteriores, – productos bituminosos,

– productos fibra de vidrio, – poliestirenos expandidos, – aparatos sanitarios,

– carpinterías exteriores,

– morteros de albañilería y adhesivos cerámicos.

– grifería sanitaria, – yesos y escayolas,

– ladrillo cerámico cara vista, – bloque de hormigón,

b ld d t

Proyecto:

– Los que complementariamente indique el plan de control del proyecto.

(20)

Control documental de los suministros

Control documental de productos con marcado CE obligatorio

Antes del suministro: • Antes del suministro:

− la documentación correspondiente al marcado CE (etiquetado CE con declaración de las características técnicas + Declaración CE de

conformidad).

− En su caso, acreditación de estar en posesión de un distintivo de calidad. • Durante el suministro: hoja de suministro y, en su caso, etiquetado,

• Después del suministro: certificado de garantía1 del fabricante, firmado por persona física; en su caso, certificado de suministro, firmado por persona física.

(21)

Control documental de productosp

Control documental de productos SIN marcado CE obligatorio

• Antes del suministro:

− Documentación de identificación del producto (designación , tipo,

características, etc.) y de justificación de sus prestaciones o

características técnicas:

Declaración de las características técnicas del producto firmada por el fabricante.

Ficha técnica del producto

− Los documentos de conformidad o autorizaciones administrativas exigidasLos documentos de conformidad o autorizaciones administrativas exigidas reglamentariamente (Certificado de conformidad a requisitos

reglamentarios, etc.)

− En su caso, acreditación de estar en posesión de un distintivo de calidad. • Durante el suministro: hoja de suministro y, en su caso, etiquetado,

• Después del suministro: certificado de garantía del fabricante, firmado por

fí i tifi d d i i t fi d

persona física; en su caso, certificado de suministro, firmado por persona

(22)

Control documental de productos

Control documental de productos

Verificaciones o comprobaciones a realizar:

Se deberá verificar que los valores declarados de las características en

los documentos de acompañamiento al marcado CE

o, en su caso, en el

certificado de características técnicas

o ficha técnica del producto,

permiten deducir el cumplimiento de las especificaciones indicadas en el

proyecto y, en su caso, en la reglamentación.

En el caso de que no se acrediten los valores de la características, la

conformidad del producto se supeditará a un control mediante distintivos

o mediante ensayo(1).

(1): En su caso, la D. F. podrá valorar la aceptación del producto sin la

( ) , p p p

realización de ensayos si el fabricante acredita el cumplimiento de la

(23)

Control documental de los suministros Ejemplo declaración de características técnicas de marcado CE de ladrillo cerámico cara vista

(24)

Control mediante distintivos de calidad y evaluaciones de idoneidad

técnica

Artículo 7.2.2 del CTE:

1

El suministrador proporcionará la documentación precisa sobre:

1. El suministrador proporcionará la documentación precisa sobre:

Los distintivos de calidad que ostenten los productos, equipos o sistemas

suministrados, que aseguren las características técnicas de los mismos exigidas en el proyecto y documentará, en su caso, el reconocimiento oficial del distintivo de acuerdo con el Art. 5.2.3; y

las evaluaciones técnicas de idoneidad para el uso previsto de productos

las evaluaciones técnicas de idoneidad para el uso previsto de productos,

equipos y sistemas innovadores, de acuerdo con lo establecido en el art. 5.2.5, y la constancia del mantenimiento de sus características técnicas.

2.

El director de la ejecución de la obra verificará que esta documentación

es suficiente para la aceptación de los productos, equipos y sistemas

amparados por ella.

p

p

(25)

Control mediante ensayos

Control mediante ensayos

Art. 7.2.3 del CTE:

1. Para verificar el cumplimiento de las exigencias básicas del CTE puede

ser necesario, en determinados casos, realizar

,

,

ensayos y pruebas

y

y p

sobre

algunos productos, según lo establecido en la reglamentación vigente, o

bien según lo especificado en el proyecto u ordenados por la dirección

facultativa.

2. La realización de este control se efectuará de acuerdo con los criterios

establecidos en el proyecto o indicados por la dirección facultativa sobre

establecidos en el proyecto o indicados por la dirección facultativa sobre

el muestreo del producto, los ensayos a realizar, los criterios de

(26)

C

t

l

di

t

Control mediante ensayos

• Los ensayos o pruebas se realizarán de acuerdo con la programación de

y

p

p g

control prevista por medio de laboratorios de control que dispongan de

declaración responsable, conforme al RD 410/2010 precisamente para los

ensayos a realizar, y estén inscritos en el Registro del CTE.

• Los laboratorios de control entregarán los resultados de su actividad al

agente autor del encargo y, en todo caso,

al director de la ejecución de la

agente autor del encargo y, en todo caso, al director de la ejecución de la

obra.

• De acuerdo con el Decreto 107/91 de 10 de junio del Consell por el que

• De acuerdo con el Decreto 107/91 de 10 de junio del Consell, por el que

se aprueba el LC/91, el promotor tiene la obligación de contratar los

ensayos y pruebas de servicio con laboratorios

que dispongan de

declaración responsable conforme al RD 410/2010

(27)

Control mediante ensayos

Productos para los que se ha de realizar control mediante ensayos:

EHE-08:

– Hormigón

y, en su caso, materiales componentes (horm. de obra).

– Acero

para armaduras pasivas (sólo si las armaduras elaboradas y

ferralla armada se elaboran en la propia obra).

Armaduras pasivas

– Armaduras pasivas

.

• Armadura normalizada (Malla electrosoldada, armadura b. e. celosía) • Armadura elaborada + ferralla armada

LC/12

LC/91

– ladrillo cerámico cara vista, – bloque de hormigón,

Si los productos disponen de DOR la dirección facultativa podrá eximir la

q g ,

– baldosas de cemento.

Si los productos disponen de DOR, la dirección facultativa podrá eximir la

realización de ensayos, a excepción del hormigón (control de identificación)

(28)

Control de ejecución

Sistemática de actuación:

El Lib d C t l t bl bli t i l j tifi ió d l t l d

j

• El Libro de Control establece como obligatoria la justificación del control de ejecución que se realice, como resultado de la aplicación al edificio de los factores

de riesgo, además se incluirá la justificación del control de ejecución de la estructura de hormigón de conformidad con la Instrucción EHE.

• Definidas las unidades de obra o instalaciones sujeta a control, se dividirán éstas en unidades de inspección (LC) o lotes de ejecución (EHE)

• Definidas las unidades de inspección o lotes de ejecución, se identificarán las fases de ejecución (LC) o los procesos y actividades de ejecución (EHE) susceptibles

de ser comprobadas en cada ud. de inspección o lote de ejecución.

• Para cada fase de ejecución (o proceso o actividad) se establecerán las

frecuencias de comprobación en función de los niveles de los factores de riesgo y del nivel control adoptado para la estructura de hormigón.

• Se realizarán las inspecciones de comprobación o verificación que se hayan programado en cada fase de ejecución de cada unidad de inspección o lote de

(29)

Control de la obra terminada. Pruebas de servicio

Sistemática de actuación:

• El Libro de Control establece como obligatoria las pruebas de servicio

(30)
(31)

Plan y programa de control de calidad

Plan y programa de control de calidad

Plan de Control de Calidad

contenido en el proyecto

Plan de Obra del Constructor y, en su

caso, certificaciones de su actividad

Programa de Control de Calidad

(32)

Plan de control

Plan de control

Contenido del plan de control

(Art. 6.1.2 y Anejo I del CTE, Art. 79 de la

EHE-08 y Art. 2 de la propuesta de Orden de modificación del Libro de

y

p p

Control), contendrá las actuaciones para el :

Control de recepción de productos.

p

p

Control de la ejecución de unidades de obra e instalaciones.

(33)

Plan de control

Plan de control

Información para el

control de recepción

de productos:

– Identificación

de los productos a controlar (al menos los de

justificación obligatoria) y especificaciones que deban comprobarse o

verificarse.

– Modalidad de control

(documental, mediante distintivo o, en su caso,

mediante ensayos).

– Para los productos con control mediante ensayos: estimación del

número de lotes y ensayos a realizar por lote

con indicación de la

norma de ensayo. En el caso del hormigón: modalidad de control de la

resistencia (estadístico 100% o indirecto)

resistencia (estadístico, 100% o indirecto).

– Criterios de aceptación y rechazo.

(34)

Plan de control. Especificaciones de productos

El Anexo II

de la propuesta de Orden de modificación del Libro de Control,

“Características de los productos de justificación obligatoria”, facilita

información para la especificación de las características técnicas en el Plan de

control de algunos productos de justificación obligatoria:

– Aislantes térmicos y acústicos,

– láminas impermeabilizantes para cubiertas, – ladrillos cerámicos para fachadas,p ,

– baldosas para pavimentos interiores y exteriores, – carpinterías exteriores,

– Morteros de albañilería y adhesivos cerámicos.Morteros de albañilería y adhesivos cerámicos.

Para cada producto se relacionan características de justificación obligatoria y

de justificación voluntaria y en su caso los valores límite o el rango de

de justificación voluntaria y, en su caso, los valores límite o el rango de

valores límite. A partir de esta información podrá definirse la especificación

(35)

Plan de control. Especificaciones de productos

El Anexo II,“Características de los productos de justificación obligatoria”,

Ejemplo aislante térmico:

Ejemplo aislante térmico:

• Características de justificación obligatoria

– Espesor en mm (aptdo. E.1.1 DB HE1)

– Conductividad λ (W/mK) (aptdo E 1 1 DB HE1) – Conductividad, λ (W/mK) (aptdo. E.1.1 DB HE1)

– Resistividad al flujo de aire (aptdo. 4.1 DB HR) en el caso de relleno de cámaras con prestaciones acústicas)

– Hidrófilo/no hidrófilo en fachadas cuando se requiera una barrera contra la penetración de agua (aptdo. 2.3.2 y 4.1.3 del DB HS1)

• Características de justificación voluntaria

Reacción al fuego – Reacción al fuego

– Incandescencia

– Resistencia a compresión en aplicaciones bajo carga permanente) – Permeabilidad al agua

P bilid d l d

– Permeabilidad al vapor de agua – Durabilidad

(36)

Plan de control. Especificaciones de productos

Ejemplo

aislante térmico:

(37)

Plan de control. Especificaciones de productos

El Anexo II,“Características de los productos de justificación obligatoria”,

Ej

l

i t í

t i

Ejemplo carpintería exterior:

• Características de justificación obligatoria

– Trasmitancia térmica (aptdo. 2.1 DB HE1)

– Permeabilidad al aire (aptdo. 2.3 y 3.2.4 DB HE1)

– Índice global de reducción acústica, ponderado A, (Límites en la Tabla del aptdo. 3.1.2.5 DB HR)

– Resistencia a la carga de viento (DB SE-AE)

• Características de justificación voluntaria

– Transmitancia térmica del vidrio (Tabla 2.1 del DB HE1) – Transmitancia térmica del marco (Tabla 2.1 del DB HE1) – Factor solar del acristalamiento (aptdo. 4.1 DB HE1) – Absortividad del marco (aptdo E10 del DB HE1)Absortividad del marco (aptdo. E10 del DB HE1)

(38)

Plan de Control

Plan de Control

Información para el

control de ejecución

de unidades de obra e instalaciones:

– Identificación de las unidades de obra e instalaciones a controlar en

función de los factores de riesgo

contenidos en el Libro de Control,

incluyendo al menos las de justificación obligatoria.

y

j

g

– Identificación del nivel de control adoptado para el control de ejecución

de la estructura.

(39)

Plan de control. Información para el control de ejecución

Plan de control. Información para el control de ejecución

Factores de ponderación

de control

Para una mejor adecuación del control a las particulares circunstancias de un edificio o de su entorno deben

o de su entorno, deben considerarse unos factores de riesgo que modifican la

planificación del control.

Factores de riesgo de la propuesta de Orden del

LC/12 LC/12

(40)

LC/91

LC/91

(41)

Niveles del factor geotécnico.

g

LC/91

LC/12

LC/12

(42)

Niveles del factor de riesgo de agresividad ambiental

g

g

LC/91

(43)

Niveles del factor de riesgo climático

LC/91

(44)

Niveles del factor de riesgo de viento

g

LC/91

(45)
(46)

Impreso 3 del Libro de Control,LC/91

Definición de la unidades de obra con justificación obligatoria:

Impreso 3 del Libro de Control, LC/91

con expresión de los controles de ejecución con justificación obligatoria y pruebas de servicio en función de los niveles de los factores de riesgo. niveles de los factores de riesgo.

(47)

Impreso 11 del Libro de Control,LC/12

Definición de la unidades de obra con justificación obligatoria:

Impreso 11 del Libro de Control, LC/12

con expresión de los controles de

ejecución con justificación obligatoria en función de los niveles de los factores de riesgo.

(48)

Plan de Control

Información para el

control de la obra terminada. Pruebas de servicio

:

– Identificación de las pruebas de servicio a realizar, al menos las de justificación obligatoria por aplicación del factor de riesgo dimensional del edificio según LC/12.

(49)

Información del Plan de control. Resumen

• Para el control de recepción de productos:

– especificaciones de los productos que han de verificarse, – modalidad de control,

– en la modalidad de control mediante ensayos: el nº lotes y ensayos por lote, – criterios de aceptación y rechazo

• Para el control de ejecución:

– Identificación de las unidades de obra e instalaciones a controlar en función de los factores de riesgo contenidos en el Libro de Control, incluyendo al menos las de justificación

obligatoria obligatoria.

– Identificación del nivel de control adoptado para el control de ejecución de la estructura.

• Para la recepción de la obra ejecutada

– Identificación de las pruebas de servicio que deben efectuarse y sobre qué unidades de obra o instalaciones en función del factor de riesgo dimmensional.

• Valoración económica del control

– En capítulo específico del presupuesto del proyecto, se incluirá el coste del control, con la valoración de las acciones de control que hayan sido prescritas en el Plan de Control.

(50)

Programación del control

• Antes del comienzo de las obras , el director de la ejecución de la obra, en su caso, con la asistencia técnica de una entidad de control de calidad de la edificación

(ECCE), establecerá el Programa de Control a partir del Plan de Control del proyecto y teniendo en cuenta:

– los procedimientos reglamentarios de control (CTE, EHE, LC/91, etc.),

– los medios y circunstancias del Contratista de las obras así como su Plan de Obra

Obra.

• Durante la ejecución de la obra, la dirección facultativa podrá modificar el Programa de Control:

El t l d ió d d t d á di i i i é t t t

– El control de recepción de productos podrá disminuirse si éstos ostentan un DOR.

– El control de ejecución o las pruebas de servicio podrán disminuirse si el constructor dispone de certificaciones de su actividad.

Plan de Control de Calidad

contenido en el proyecto

(51)

Contenido del Programa de Control

• Para el control de recepción de productos:

– Definición de los productos con justificación de la recepción obligada, indidicando para cada uno de ellos la modalidad de control para la recepción.p p

– Para los productos con recepción mediante ensayos:

• definición de los lotes de ensayos, en su caso, con designación y documentación de apoyo gráfica,

• definición de los ensayos a realizar por lote, con indicación de la norma de ensayo y

l ú d t b t

el número de muestras o probetas por ensayo. • Criterios de aceptación y rechazo.

– Decisiones derivadas del control.

• Para el control de ejecución:

– Definición de las unidades de inspección o lotes de ejecuciónde cada una de la unidades

de obra o instalaciones sometidas a control, en su caso, con designación y documentación de apoyo gráfica

de apoyo gráfica.

– Identificación de las fases de ejecución (LC) ode los procesos y actividades de ejecución (EHE) susceptibles de ser comprobadas en cada ud. de inspección o lote de

ejecución.

– Para cada fase de ejecución (o proceso o actividad) se establecerán las frecuencias de comprobación en función de los niveles de los factores de riesgo y del nivel control

(52)

Contenido del Programa de Control

• Para la recepción de la obra ejecutada

Para la recepción de la obra ejecutada

– Identificación de las pruebas de servicio que deben efectuarse y sobre qué unidades de obra o instalaciones.

– Definición de las unidades de inspección con expresión y localización de las que se han de someter a la prueba.

– Planes de prueba de servicio. – Criterios de aceptación y rechazo.

• Para la intervención de laboratorios de ensayo y, en su caso, de entidades

y y

de control.

– Identificación de laboratorios de ensayo y, en su caso, entidades de control que han de intervenir.

• Para la documentación del control

– Se indicará la manera de documentar las acciones de control, los resultados obtenidos y las desiciones derivadas. (Se recuerda la prescripción de la EHE para la trazabilidad).

(53)

El Decreto 107/1991, de 10 de junio, del Consell de la Generalitat Valenciana, regula el control de calidad de la edificación de viviendas y su documentación, en el ámbito de la Comunidad Valenciana.

Mediante la Orden de desarrollo de 30 de septiembre de 1991 se aprueba el – Mediante la Orden de desarrollo, de 30 de septiembre de 1991, se aprueba el

Libro de Control de Calidad de Obras de Edificación de Viviendas. • Impresos del Libro de Control, LC/91

Está prevista una nueva Orden por la que se modifica el Libro de Control – Está prevista una nueva Orden por la que se modifica el Libro de Control.

• Impresos del Libro de Control, LC/12

• El Decreto 25/2011 de 18 de marzo del Consell de la Generalitat Valenciana por el • El Decreto 25/2011, de 18 de marzo, del Consell de la Generalitat Valenciana, por el

que se aprueba el libro del edificio para los edificios de vivienda, regula la documentación de la obra ejecutada.

– Archivo de la documentación técnica:Archivo de la documentación técnica:

• Estudio geotécnico o información geotécnica disponible.

• Proyecto final de obra que recoja la obra realmente ejecutada.

• Proyectos parciales y otros documentos técnicos sobre elementos o instalaciones, así como los proyectos de intervención que se realicen durante la vida útil del edificio.

Libro de gestión de calidad de obra.

(54)

DOCUMENTACIÓN DE CONTROL DE CALIDAD

• Impresos del Libro de Control, LC/91

J tifi ió bli t i d l C t l – Justificación obligatoria del Control

Impresos:

1º Identificación del edificio y agentes

2º Justificación obligatoria de recepción de materialesg p 3º Justificación obligatoria de partes de obra

– Control de materiales

• Impresos 4 a 10 ambos incluidos C t l d j ió

– Control de ejecución

• Impresos 11 a 31 ambos incluidos

• Certificado de suministro de hormigón (Instrucción de la Dirección Gral. de Arquitectura y Vivienda, DOGV, Nº 3579 de 09-09-1999)

• Actas de ensayo de las pruebas de servicio (Instrucción 1/09 de la Dirección Gral. de Vivienda y P. U., DOCV, Nº 6074 de 07-08-2009)

• Otros certificados, distintivos de calidad, autorizaciones de uso, marcado CE de productos, fichas técnicas, DIT, DAU, etc.

(55)

DOCUMENTACIÓN DE CONTROL DE CALIDAD

• Impresos del Libro de Control, LC/12

D t l

– Datos generales:

• Impreso 1:

– Control de recepción de productos • Impresos 2 a 10 p – Control de ejecución

• Impresos 11 a 33

– Control de la obra terminada: pruebas de servicio

I 34 35

• Impresos 34 y 35

• Certificado de dosificación del hormigón o, en su caso, de posesión de DOR; certificados de

suministro de hormigón, en su caso de acero, de armadura normalizada, de ferralla armada y, en su caso de elementos prefabricados (Próxima Orden de modificación del Libro de Control)

caso de elementos prefabricados (Próxima Orden de modificación del Libro de Control).

• Otros certificados que justifiquen el control documental de los productos con justificación obligatoría, marcado CE de productos, fichas técnicas, certificados de posesión de distintivo de calidad,

(56)
(57)

Control de

recepción de

productos EHE 08

productos EHE-08

(58)

Control de

recepción de

productos EHE 08

productos EHE-08

(59)

Control de

recepción de

productos EHE 08

productos EHE-08

(60)

Control de

recepción de

productos EHE 08

productos EHE-08

(61)

Control de

recepción de

productos EHE 08

productos EHE-08

(62)

Ejemplo impreso control de

ejecución estructura de

hormigón vigas y forjados

hormigón, vigas y forjados

(63)

Ejemplo impreso control de

ejecución cerramiento exterior

(64)

Referencias

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