PLA DE TRABAJO 2020
DE SECRETARÍA DE GOBIERNO Y AYUNTAMIENTO
Plan de trabajo de Secretaría de Gobierno y Ayuntamiento
a lo previsto por el Programa de Gobierno Municipal 2018-2021, por parte de las áreas que conforman la Secretaría.Jesús Gonzalo González Rodriguez
Edificio Administrativo. Boulevard Paseo de los Conspiradores 130.San Miguel de Allende, Gto., México. Tel. 1529600
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I. ÍNDICE
PÁGINA Índice 1 Presentación 5 Introducción 6 Diagnostico 8 Objetivos 9 Marco Jurídico 10 Estrategias 11Etapas para la implementación 12
Consejeria Juridica y Derechos Humanos 13
Presentación 14 Introducción 15 Diagnostico 16 Objetivos 18 Marco Jurídico 19 Estrategias 20
Etapas para la implementación 21
Fiscalizacion 23
Presentación 24
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JESUS GONZALO GONZALEZ RODR5IGUEZ 2 Diagnostico 26 Objetivos 27 Marco Jurídico 28 Estrategias 30
Etapas para la implementación 31 Unidad de Mejora Regulatoria
32 Presentación 33 Introducción 34 Diagnostico 36 Objetivos 37 Marco Jurídico 38 Estrategias 39
Etapas para la implementación 40
Tansparencia y Acceso a la Informacion 42
Presentación 43 Introducción 44 Diagnostico 45 Objetivos 46 Marco Jurídico 47 Estrategias 48
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Etapas para la implementación 49
Oficialia de Partes 50 Presentación 51 Introducción 52 Diagnostico 53 Objetivos 54 Marco Jurídico 55 Estrategias 56
Etapas para la implementación 57
Junta de Reclutamiento del S.M.N. 58
Presentación 59 Introducción 60 Diagnostico 61 Objetivos 62 Marco Jurídico 63 Estrategias 64
Etapas para la implementación 65
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JESUS GONZALO GONZALEZ RODR5IGUEZ 4 Presentación 67 Introducción 68 Diagnostico 69 Objetivos 70 Marco Jurídico 71 Estrategias 72
Etapas para la implementación 73
Registro de Ediciones 76
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II.
PRESENTACIÓN
El presente Plan de Trabajo, servirá de base para guiar la actuación de los servidores públicos que forman parte de la Secretaría de Gobierno y Ayuntamiento y la ejecución de sus funciones, lo anterior en el ámbito de sus respectivas competencias y en concordancia con las metas establecidas por el Programa de Gobierno Municipal 2018-2021.
Con la finalidad de que la planeación se cumpla, conforme a lo previsto por el Programa de Gobierno Municipal 2018-2021, en la Secretaría de Gobierno y Ayuntamiento, se tiene como estrategia principal la distribución de trámites y servicios entre el personal.
De manera que existe una Dirección de Gobierno y una Consejería Jurídica, responsables de los temas legales y de gobernabilidad que le compete a la administración.
Asimismo, la Secretaría Particular, se encarga de organizar y coordinar lo relativo a las sesiones de Ayuntamiento y sus resultados, es decir, acuerdos y actas.
La Oficina del secretario como tal, con su asistente personal se encarga de la correspondencia y la emisión de constancias de residencia y origen.
La Coordinación de Eventos y Espacios Públicos, regula la emisión de permisos para las diversas celebraciones que hay en la ciudad.
La Dirección de Fiscalización y Control, Mejora Regulatoria, Archivo Histórico y Transparencia, que dependen de esta secretaria, se encargan de dar cumplimiento a las legislaciones Federales, Estatales y Municipales que delimitan sus atribuciones y competencias.
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III.
INTRODUCCIÓN
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 128 de la Ley Orgánica Municipal, el Secretario de Gobierno y Ayuntamiento, tiene a su cargo diversas atribuciones, siendo en sentido estricto el brazo ejecutor del Ayuntamiento, motivo por el cual, el área a su cargo, debe planear y coordinar las actividades de la administración pública municipal, en el ámbito de su competencia, para estar en condiciones de complementar la voluntad del Ayuntamiento, y de la propia norma, de la cual emanan sus facultades.
I. Citar a las sesiones del Ayuntamiento, en los términos de esta Ley;
II. Asistir a las sesiones del Ayuntamiento con voz, pero sin voto;
III. Fungir como secretario de actas en las sesiones de Ayuntamiento, llevando los libros o folios que autorice el mismo, los cuales deberán rubricarse en todas y cada una de sus hojas y autorizarse al final de cada acta;
IV. Cumplir y hacer cumplir los acuerdos, órdenes y circulares que
el Ayuntamiento apruebe y no estén encomendadas a otra dependencia; así como citar a los funcionarios que haya acordado el Ayuntamiento;
V. Organizar, dirigir y controlar el Archivo Municipal y la correspondencia oficial;
VI. Expedir, por acuerdo del Ayuntamiento o del Presidente
Municipal, copias certificadas y certificaciones de documentos y constancias del archivo, de los acuerdos asentados en los libros de actas, siempre que el solicitante acredite tener un interés legítimo y no perjudique el interés público;
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VII. Compilar las leyes, decretos, reglamentos, periódicos oficiales del gobierno del estado, circulares y órdenes relativas a los distintos sectores de la administración pública municipal;
VIII. Expedir las constancias de residencia que soliciten los habitantes del Municipio, en su ausencia serán expedidas por el funcionario que se faculte por el acuerdo respectivo;
IX. Autenticar con su firma los acuerdos y comunicaciones del Ayuntamiento y del presidente municipal;
X. Entregar al término de su gestión, los libros y documentos que integrarán el Archivo Municipal, en acta circunstanciada, en los términos de la entrega recepción previstos en esta Ley; y
XI. Las demás que les confiere esta u otras leyes, reglamentos, bandos municipales y acuerdos de Ayuntamiento.
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IV.
DIAGNÓSTICO
Al ser la Secretaría de Gobierno y Ayuntamiento, como quedó asentado a supra líneas, el brazo ejecutor del Ayuntamiento, debe, en todo momento, brindar atención y servicios de calidad, así como dar seguimiento puntal y preciso a las determinaciones tomadas por el Cabildo.
Siempre hay áreas de oportunidad de aprendizaje, el cual se genera mediante la rotación de personal, por lo que los funcionarios que forman parte de la Secretaría de Gobierno y Ayuntamiento, están, en su mayoría, capacitados para resolver sobre todos los trámites y servicios que en la misma se prestan.
Siendo un Gobierno Cercano y Transparentepara que San Miguel siga
en el camino de la rendición de cuentas con eficacia, transparencia y apego a la normatividad.
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V.
OBJETIVOS
La Secretaría de Gobierno y Ayuntamiento tiene como objetivo principal, dar correcto cumplimiento a lo establecido por la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
Citar a las sesiones del Ayuntamiento, en los términos de esta Ley; Cumplir y hacer cumplir los acuerdos, órdenes y circulares que el Ayuntamiento apruebe y no estén encomendadas a otra dependencia; así como citar a los funcionarios que haya acordado el Ayuntamiento;
Organizar, dirigir y controlar el Archivo Municipal y la correspondencia oficial;
Expedir, por acuerdo del Ayuntamiento o del Presidente Municipal, copias certificadas y certificaciones de documentos y constancias del archivo, de los acuerdos asentados en los libros de actas, siempre que el solicitante acredite tener un interés legítimo y no perjudique el interés público;
Compilar las leyes, decretos, reglamentos, periódicos oficiales del gobierno del estado, circulares y órdenes relativas a los distintos sectores de la administración pública municipal;
Expedir las constancias de residencia que soliciten los habitantes del Municipio, así como las cartas de origen, en su ausencia serán expedidas por el funcionario que se faculte por el acuerdo del Ayuntamiento;
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VI.
MARCO JURÍDICO
Los principales aspectos normativos de referencia para el área de control interno se señalan a continuación:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Constitución Política para el Estado de Guanajuato
Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato
Reglamento Interior del Ayuntamiento del Municipio de Allende, Gto.
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VII.
ESTRATEGIAS
Establecer las bases para el buen funcionamiento de la gestión pública municipal.
Fortalecer vínculos entre el Honorable Ayuntamiento
Mejorar las líneas de acción de cada una de las dependencias
pertenecientes a la Secretaria de Gobierno y Ayuntamiento
Mantener conjuntamente con las dependencias operativas en
relación con sus procesos dentro del Municipio.
Realizar talleres, capacitación para el personal perteneciente a la Secretaria de Gobierno y Ayuntamiento
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VIII. ETAPAS PARA LA IMPLEMENTACIÓN
Primera etapaPlaneación y Organización
Esta implementada desde el primer día de la administración 2018-2021, donde el titular se entrevista de manera personal con todos los servidores públicos, determinando de manera clara y precisa las funciones y atribuciones de cada área, en apoyo al funcionamiento de la Secretaría de Gobierno y Ayuntamiento.
Se dio a conocer el manual de organización y Procedimientos de la Secretaría de Gobierno y Ayuntamiento, aprobado por el Ayuntamiento saliente.
Segunda etapa Gestión y Ejecución
Gestionar y ejecutar con eficiencia en la gestión pública, basándonos en los manuales de organización y procedimientos de la Secretaria de Gobierno y Ayuntamiento, de igual manera realizar y evaluar dde acuerdo con las metas establecidas permanentemente el proceso operativo de los funcionarios para que sea eficiente, llevar a cabo Capacitaciones en materia de transparencia y acceso a la información pública y asesoría jurídica para diversos trámites. Constantemente se mantienen reuniones con el personal para realizar diagnóstico sobre espacios de oportunidad por mejorar.
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CONSEJERIA JURIDICA Y DERECHOS
HUMANOS
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IX.
PRESENTACIÓN
El control interno como herramienta administrativa básica es indispensable dentro del desarrollo de las actividades de la Consejería Jurídica, ya que contribuye en la mejora de los procesos mediante los cuales el cual se pretende alcanzar los objetivos y metas internamente, contribuyendo así en el mejoramiento del desempeño del personal adscrito, facilitando así la operatividad, actuando con estricto apego a la normatividad vigente aplicable logrando con ello consolidar una transparencia no solo dentro del ámbito interno si no a nivel municipal.
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X.
INTRODUCCIÓN
En cumplimiento a lo establecido la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, donde se señala la estructura básica del municipio; en la que se enmarca el funcionamiento de la Sindicatura Municipal y la Secretaria de Ayuntamiento teniendo como apoyo directo a la Dirección General Jurídica, todo esto con fundamento en los numerales 76 y 78, de la Ley en mención. Misma que ha venido acatando mediante el conocimiento fundado en los lineamientos en materia de atribuciones, contando con un modelo de trabajo en el que convergen diversas disciplinas del conocimiento de manera integradora, con el fin de obtener una homologación en el proceso, así mismo el municipio se encuentra con la necesidad de continuar con la tarea de mantener una coordinación que conlleve a la unificación de procesos a fines de dar una certeza jurídica para la ciudadanía brindado el seguimiento adecuado a los diferentes litigios y asuntos legales en los que el Municipio de San Miguel de Allende, Guanajuato, sea parte.
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XI.
DIAGNÓSTICO
Durante diferentes administraciones, el Municipio de San Miguel de Allende ha presentado diversas problemáticas en cuanto a la gestión de recursos y administración pública; se identifican, principalmente, deficiencias en materia normativa, administrativa programática y en materia de vinculación para la obtención de recursos federales y la gestión de los mismos.
Actualmente se pueden identificar áreas de oportunidad, con base en los ejes estratégicos del Programa de Gobierno Municipal 2018-2021, sobre los que corresponde al área de control interno actuar se encuentran “un alto índice de deficiencia en la emisión de actos de autoridad en materia administrativa”.
En el municipio de san Miguel de Allende, se cuenta con carencia en cuanto a una correcta emisión de actos administrativos por parte de la Administración Pública. Ya que en ocasiones son emitidos por el funcionario que carece de las facultades o conocimientos, quien es el encargado de realizar el seguimiento de alguna acción que derivo de un contrato no la realiza, direcciones que carecen de un reglamento, personal administrativo que carece del conocimiento de sus facultades, entre otras.
Lo que repercute en diferentes rubros, toda vez que estos actos no siempre causan una afectación de la Hacienda Pública de una manera monetaria, si bien en ocasiones pueden ser el parteaguas en la emisión
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de permisos no factibles que pueden tener consecuencias negativas para el Municipio, o también en consecuencia responsabilidades civiles para los servidores públicos por observaciones de los diferentes entes facultados para auditar al Municipio.
Por lo cual se puede observar que dentro de un primer plano las funciones de la Consejería Jurídica y Derechos Humanos, nacen como una necesidad, sin embargo, de acuerdo al funcionamiento de la administración pública, se generan conflictos de los cuales es necesario ya sea contestar una demanda, presentar demanda en contra de algún particular, contestar demandas de amparo, o elaboración de contratos o convenios, mediante su carácter de ente jurídico.
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XII.
OBJETIVOS
El control interno tiene como objetivos:
Promover la efectividad, eficiencia y economía de las operaciones y calidad en los servicios públicos.
Promover sociedades pacificas e inclusivas para el
desarrollo sostenible, facilitar el acceso a la justicia para todas las personas y construir a todos los niveles instituciones eficaces e inclusivas que rindan cuentas.
Proteger y conservar los recursos y patrimonio públicos contra cualquier pérdida, uso indebido, acto irregular o ilegal.
Incrementar la efectividad de las instancias jurisdiccionales relacionadas con la justicia cotidiana
Cumplir las leyes, reglamentos, normas gubernamentales, planes, programas, metas, objetivos y demás propósitos institucionales.
Generar un Gobierno cercano a la Gente
Entregar información completa, válida y confiable,
presentada con oportunidad para la mejor toma de decisiones.
Brindar el seguimiento adecuado a los diferentes litigios y asuntos legales en los que el Municipio de San Miguel de Allende, Guanajuato, sea parte
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XIII. MARCO JURÍDICO
Los principales aspectos normativos de referencia para el área de control interno se señalan a continuación:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Constitución Política para el Estado de Guanajuato
Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Guanajuato
Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato
Ley de ingresos y egresos para el municipio de San Miguel de Allende, para el ejercicio fiscal correspondiente.
Ley de amparo
Código civil
Reglamentación municipal vigente
Ley de Fiscalización y rendición de cuentas de la federación
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XIV. ESTRATEGIAS
El área de control interno pretende realizar una observación y vigilancia que permita adentrarnos entre los colaboradores de la institución, con el fin de evaluar, anticipar, priorizar y superar acciones, así como las que se consideran necesarias:
Difundir entre los colaboradores de la entidad, visión y valores de la administración pública.
Establecer y difundir un código de ética que permita definir la conducta institucional bajo la cual han de regirse los colaboradores. Asegurarse de que todos lo conozcan y lo suscriban.
Se aplicará la reglamentación interna vigente, así como las distintas leyes según corresponda.
Mantener una constante comunicación con el personal
designado de cada Dirección con el fin de brindar el apoyo necesario para que los actos de administración se realicen de manera fundada.
Vigilar la correcta aplicación de leyes y reglamentos para la fundamentación en la emisión de los actos de autoridad, así como en la defensa de la impugnación de los mismos.
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XV. ETAPAS PARA LA IMPLEMENTACIÓN
Para llevar a cabo la evaluación de control interno en la administración pública, se seguirá un orden dividido en tres etapas para la aplicación de las estrategias establecidas:
Primera etapa: el objetivo principal en esta etapa es crear una planeación adecuada, mediante la cual operará el área de control interno:
Se capacitará al equipo del área de control interno con las herramientas necesarias en la materia.
Se determinará el orden y las entidades de la administración pública municipal a las que se realizará la evaluación de control interno.
Se facilitará la cercanía del personal adscrito de cada una de las áreas que lleva a cabo actos de autoridad, con la finalidad de que se les apoye para la correcta fundamentación de los mismos. Segunda Etapa: El objetivo principal de esta etapa es la correcta aplicación de las leyes y reglamentos para la fundamentación en la emisión de los actos de autoridad:
Conforme a las necesidades y requerimientos del personal
adscrito a las áreas se verificará la correcta fundamentación en la emisión de actos de autoridad. Cuando se solicite, la Consejería Jurídica brindará la
capacitación al personal adscrito a las diferentes áreas para correcto desempeño de sus funciones.
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Tercera Etapa: El objetivo de esta etapa es garantizar la correcta aplicación de las leyes y reglamentos en la fundamentación de los actos de autoridad:
Se realizará un análisis para determinar, si en efecto ha disminuido la incidencia de demandas por la emisión de actos de autoridad, aplicable a partir de la fecha de la autorización del presente plan de trabajo a la fecha del análisis; para en su defecto realizar las acciones precisas que contribuyan a lograr un correcto plan de trabajo.
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XVI. PRESENTACIÓN
La seguridad pública es un elemento fundamental para el correcto bienestar de las personas en su entorno social. Por ello, el gobierno municipal de San Miguel de Allende, define áreas y atribuciones para lograr dicho fin. Tal es el caso de la vigilancia y control del manejo de bebidas alcohólicas, las cuáles para su producción, almacenamiento distribución y enajenación, requiere la existencia previa de una licencia otorgada por el Gobierno estatal. Actividades que pueden presentar inconsistencias las cuales son objeto de prevención, anticipación y en su caso corrección por parte de la autoridad municipal competente como en el caso lo es la Dirección de fiscalización, autoridad que al amparo de la Ley estatal, el reglamento municipal y el vínculo que entre ellos establece la figura del convenio de colaboración, permiten en suma la vigilancia en el territorio municipal de las actividades ciudadanas ligadas a productos alcohólicos y el ejercicio de las acciones necesarias para inhibir y mitigar los efectos nocivos que, de presentarse, pudieren alterar el orden público.
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XVII. INTRODUCCIÓN
La Dirección de Fiscalización en cumplimiento con el artículo 124 fracción Xll de la ley orgánica municipal y del artículo 12 del reglamento de Alcoholes para el Municipio de San Miguel de Allende Guanajuato, es la autoridad competente en materia de alcoholes. Por ello elabora el presente plan de trabajo con el objeto de dar cumplimiento a las disposiciones de la Administración Pública de San Miguel de Allende, Guanajuato, concentrando la información referente a un plan de trabajo funcional de esta Dirección, a fin de inducir y orientar al personal en el desempeño de sus funciones.
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XVIII. DIAGNÓSTICO
El área de fiscalización del gobierno municipal de San Miguel de Allende contiene sus funciones en el eje uno del programa municipal de gobierno 2018 – 2021, denominado seguridad para la gente y para su eficiente funcionamiento requiere un marco normativo actualizado y acorde a la realidad que acontece cotidianamente en materia de alcoholes.
Para el ejercicio 2020 se visualiza la necesidad de realizar reformas y ediciones al reglamento de alcoholes para el municipio de San Miguel de Allende, Guanajuato, en virtud de contar con un marco reglamentario de vanguardia y que además considere las modificaciones necesarias en virtud de la publicación el 29 de diciembre de 2019 de la nueva Ley de Bebidas Alcohólicas para el Estado de Guanajuato cuya vigencia iniciará el 1 de septiembre de 2020.
La creciente demanda de la apertura de establecimientos con venta de bebidas alcohólicas genera una dinámica de ajuste permanente para la correcta vigilancia de los mismos aunado a la identificación de incidencias e inconsistencias en la observancia a la normatividad en materia de alcoholes. Los principales retos a atender son:
No respeto a horarios establecidos.
Ausencia de licencia o permiso.
Desconocimiento de alcances de licencia.
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XIX. OBJETIVOS
Establecer los lineamientos a seguir para asegurar la eficiente y oportuna prestación de las de las actividades encomendadas por el Reglamento de Alcoholes, así como las indicaciones recibidas por el titular de área, y el Secretario de Gobierno y Ayuntamiento.
Revisar el funcionamiento de los establecimientos con venta de bebidas alcohólicas ubicados dentro de la totalidad de la zona urbana y comunidades rurales que componen el Municipio de San Miguel de Allende, beneficiando al total de la población del Municipio
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XX. MARCO JURÍDICO
El marco Jurídico de la Dirección de Fiscalización del
Municipio de San Miguel de Allende, Guanajuato, se
encuentra fundamentado principalmente en los siguientes
ordenamientos legales.
ÁMBITO FEDERAL
•
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos
ÁMBITO ESTATAL
•
Ley de Alcoholes para el Estado de Guanajuato
•
Ley orgánica municipal para el Estado de
Guanajuato
• Convenio de coordinación y colaboración
administrativa en materia fiscal celebrado entre la
secretaría de finanzas, inversión y administración y el
municipio de San Miguel de Allende Guanajuato
publicado en el periódico oficial de fecha 12 de
septiembre de 2019
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ÁMBITO MUNICIPAL
•
Reglamento de alcoholes para el municipio de San
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XXI. ESTRATEGIAS
La Dirección de Fiscalización ejecutará de manera constante y permanente acciones de vigilancia, control y corrección respecto de la operación de establecimientos en cuyas actividades se encuentre la producción, almacenamiento, distribución y enajenación de
bebidas alcohólicas; así como operativos y acciones
interdependencias para atención de emergencia sanitaria, en el municipio de San miguel de Allende Guanajuato, mediante los siguientes mecanismos:
Ejecutar recorridos de inspección 24/7 para verificar la observancia por parte de los establecimientos a la normatividad de alcoholes.
Actualización constante de padrón de establecimientos.
Atención permanente a reportes ciudadanos respecto de
presuntas anomalías en materia de alcoholes.
Imposición de sanciones por trasgresión a la normatividad de alcoholes.
Asesorar establecimientos respecto a la normatividad de
alcoholes y en su caso, impulsar la regularización de los mismos.
Revisión de eventos como: Jaripeos, bailes populares,
festividades religiosas en las diferentes colonias y comunidades, para controlar la venta de bebidas alcohólicas.
Coadyubar con las dependencias del gobierno municipal en la
ejecución de acciones definidas para la atención de emergencia sanitaria.
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XXII. ETAPAS PARA LA IMPLEMENTACIÓN
Para el correcto desarrollo de las acciones legal y reglamentariamente encomendadas a la Dirección de Fiscalización se desarrollan las siguientes:
Gestionar y obtener acceso al padrón de licencias de funcionamiento
en materia de alcoholes.
Actualizar padrón de establecimientos.
Definir integración de guardias y días de funcionamiento para
garantizar la cobertura del servicio de manera ininterrumpida.
Atención permanente a las solicitudes ciudadanas para emisión de factibilidades de uso de suelo en materia de alcoholes.
Generar reportes e informes solicitados por dependencias y entidades
del gobierno municipal y del gobierno estatal.
Ejecutar las actividades encomendadas por el Ayuntamiento o demás
dependencias para la atención de emergencia sanitaria, en los términos que definan aquellas,
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PLA DE TRABAJO 2020
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XXIII. PRESENTACIÓN
La Mejora Regulatoria es una política pública que consiste en la generación de normas claras, trámites y servicios simplificados, así como de instituciones eficaces para su creación y aplicación, que se orienten a obtener el mayor valor posible de los recursos disponibles y del óptimo funcionamiento de las actividades comerciales, industriales, productivas, de servicios y de desarrollo humano de la sociedad en su conjunto.
Con la implementación de la política de Mejora Regulatoria, se busca elevar los niveles de productividad y crecimiento económico en entidades federativas y municipios del país, mediante la disminución de obstáculos y costos para los empresarios y ciudadanos al momento que realizan sus actividades. Mediante la formulación normativa de reglas e incentivos que estimulen la innovación, la confianza en la economía, la productividad y la eficiencia a favor del crecimiento y bienestar general de la sociedad.
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XXIV. INTRODUCCIÓN
En atención al artículo 139 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato y lo solicitado por la Contraloría Municipal de San Miguel de Allende se realiza este manual.
Jurídicamente la base es la Ley General de Mejora Regulatoria publicada su última reforma el 18 de mayo del año 2018, y para nuestro Estado nace la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Guanajuato y sus Municipios el 22 de mayo del 2007 secundada con una reforma a la misma el 07 de junio 2013, posteriormente se abroga y nace la Ley general de Mejora Regulatoria del 18 de mayo 2018. Ésta última también se abroga y tenemos actualmente a la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Guanajuato de fecha 24 de septiembre 2018. Así mismo en el artículo 238 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato contempla de manera significativa en la facultad de iniciativa municipal a la Mejora Regulatoria.
En el municipio de San Miguel de Allende tenemos a partir del mes de noviembre del año 2016 se crea nuevamente la Dirección de la Unidad de Mejora Regulatoria, después de pasar tres años de no existir organizacionalmente, es hasta esta administración 2018-2021 que se establece por publicación oficial en el Periódico del Gobierno del Estado de Guanajuato la nueva estructura orgánica denominándose ahora Jefatura de la Unidad de Mejora Regulatoria, teniendo como marco jurídico normativo el Reglamento de Mejora Regulatoria para el Municipio de San Miguel de Allende, Guanajuato de fecha 6 de junio del 2014; reglamento que ha sido abrogado por nuestro nuevo reglamento denominado Reglamento de Mejora Regulatoria para el Municipio de San Miguel de Allende, Guanajuato de fecha de publicación oficial el 04 de noviembre del año 2019.
La Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Guanajuato en su artículo 2° señala como obligación del municipio implementar políticas públicas de Mejora Regulatoria para el perfeccionamiento de las regulaciones y la simplificación de los trámites y servicios; así también el Reglamento de Mejora
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Regulatoria para el Municipio de San Miguel de Allende, en su artículo segundo contiene los principios y objetivos correspondientes.
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XXV. DIAGNÓSTICO
En el año 2017 se registró que solo existían 5 reglamentos nuevos o actualizados, por lo que con esta información se planteó en el Plan de Gobierno Municipal 2018-2021 la necesidad de actualizar o renovar esta normativa municipal, de manera que contribuyan a la eficiencia administrativa de los trámites y servicios correspondientes a las distintas entidades de la administración municipal. Por lo que el nacimiento, mejoramiento y alimentación permanente de las herramientas de Mejora Regulatoria surgen para eliminar los procedimientos administrativos largos e ineficientes y por consecuente una mala calidad en el servicio.
Actualmente la eficiencia administrativa que tenemos implementada, aún no arroja datos suficientes de una reducción significativa en el tiempo de respuesta o resolución de los trámites y servicios que la Administración Pública Municipal ofrece al público en general, o la reducción de los requisitos o desplazamientos innecesarios.
La constante y permanente actualización de las Herramientas de Mejora Regulatoria se encuadra de manera particular en la atención de reducir la excesiva carga burocrática, esto debido a que se trata de una situación que obstaculiza el procurar los mayores beneficios para la sociedad con los menores costos posibles y se manifiesta en exceso o repetición de requisitos y tiempos de tramite prolongados innecesariamente, lo que perjudica a los ciudadanos usuarios.
Contemplando el estudio de la valorización de la evaluación que relaciona los costos que se derivan de la implementación de una normativa que incide en trámites o servicios que repercuten en el particular, con los beneficios generados para éstos; al mismo tiempo recaba información de las dependencias y entidades de los requisitos para cada tramite y servicio registrado en el catálogo correspondiente.
La necesidad de reducir la burocracia inicia desde la coordinación de las dependencias y entidades para establecer el marco normativo justificante de los requisitos de fondo para iniciar un trámite o servicio para el ciudadano que lo requiera.
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XXVI. OBJETIVOS
Para alcanzar la instrumentación del plan esta Unidad de Mejora Regulatoria y con base a las necesidades detectadas tiene como objetivos:
Reglamentos municipales adecuados a la época y necesidad
actual.
Actualización permanente de las herramientas de mejora
regulatoria de la página web.
Trámites y servicios sin carga burocrática.
Mejorado interés de las dependencias y entidades por la mejora
regulatoria.
Formatos requeridos llenados adecuadamente.
Eficiencia administrativa en los trámites y servicios generados por las dependencias y entidades.
Capacitaciones específicas constantes por tema de
herramienta.
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XXVII. MARCO JURÍDICO
Los fundamentos de derecho correspondientes a esta Jefatura de la Unidad de Mejora Regulatoria son los siguientes:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Constitución Política para el estado de Guanajuato
Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato
Ley General de Mejora Regulatoria
Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Guanajuato
Reglamento de Mejora Regulatoria para el Municipio de San Miguel
de Allende, Guanajuato.
Reglamento Interior de Trabajo de San Miguel de Allende,
Guanajuato.
Reglamento Interno de la Contraloría Municipal de San Miguel de Allende, Guanajuato.
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XXVIII. ESTRATEGIAS
La Jefatura de la Unidad de Mejora Regulatoria tiene las siguientes acciones para instrumentar la planeación:
Capacitaciones semestrales a los enlaces designados de cada
dirección o área.
Enviar los manuales específicos para llenado de formato AIR y Agenda.
Coordinación constante con Jefatura de Tecnologías de la Información
para la actualización del portal web.
Coordinación constante con la Dirección de Comunicación Social para
la mejorada difusión de las herramientas de Mejora Regulatoria.
Solicitar los reportes trimestrales correspondientes a la herramienta de verificaciones, inspecciones y visitas domiciliarias.
Difundir interna y externamente los servicios de consulta del marco legal municipal que ofrece la Jefatura.
Verificar el buzón de protesta ciudadana para en su caso resolver de
tramites o servicios con probable carga burocrática excesiva.
Realizar las sesiones del Consejo de Mejora Regulatoria.
Las demás que la Secretaria de Gobierno y Ayuntamiento o la Jefatura
de la Unidad de Mejora Regulatoria consideren necesarias para el caso en concreto que así lo amerite.
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XXIX. ETAPAS PARA LA IMPLEMENTACIÓN
Para llevar a cabo la evaluación, la Unidad de Mejora regulatoria en la administración pública, se seguirá un orden dividido en dos etapas anuales para la aplicación de las estrategias establecidas:
Primera etapa: el objetivo principal en esta etapa es capacitar al mayor número de servidores públicos designados como enlace con la Jefatura en el tema de llenado de formatos, actualización de datos de sus padrones de inspectores y estadísticas a entregar. Conjuntamente deberá operar el Consejo de Mejora Regulatoria realizando las sesiones que establece el Reglamento de Mejora Regulatoria.
Capacitación en el mes de febrero y agosto, previa a la fecha
designada para la capacitación se deberá enviar el material digitalmente.
Recordatorio y distribución de la información vía interna (e-pop).
Actualización del padrón de enlaces correspondientes.
Enviar oficios para la actualización de sus Reglamentos
Municipales mediante programación de “Agenda
“Regulatoria”.
Actualización en su caso los primeros 6 meses respecto de la Ley de Ingresos o Disposiciones Administrativas para actualización de formatos de trámites y servicios.
Segunda etapa: el objetivo de esta etapa es vigilar el adecuado seguimiento a todas las herramientas de acceso e información
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contenidas en el portal web, así como rendir los informes correspondientes que en su caso solicite la secretaria d Gobierno y Ayuntamiento.
Realización de mesas de trabajo para la revisión de la “Agenda Regulatoria”.
Comunicación constante con la Consejería Jurídica y Derechos humanos respecto de los dictámenes solicitados para los reglamentos correspondientes.
Recabar la información estadística de visitas al portal.
Impresión para evidencia física de las inspecciones publicadas del primer semestre.
Revisión de minutas de las Sesiones Consejo de Mejora
Revisión del recurso presupuestal designado y ejecutado
Las demás que surjan y sean aprobadas por la Secretaria de Gobierno y Ayuntamiento o la Jefatura para la cumplimentación del plan.
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PLA DE TRABAJO 2020
TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA
INFORMACION
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XXX. PRESENTACIÓN
El presente plan es una herramienta administrativa básica, que sirve para optimizar los procesos que la Unidad desarrolla, y así señalar las directrices encaminadas a mejorar el desempeño y operación en el marco jurídico vigente, decantando en garantizar el derecho humano al acceso a la información pública generada, almacena y en posesión del municipio de San Miguel de Allende.
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XXXI. INTRODUCCIÓN
En cumplimiento al artículo 6°, apartado A de la Constitución Política de las Estados Unidos Mexicanos, que establece que derecho a la información será garantizado por el Estado, señalando los principios y bases para el ejercicio del derecho de acceso a la información, tanto para la federación cono de las entidades federativas y los municipios.
Así también en la Constitución Política para el Estado de Guanajuato en su artículo 117, así también artículo 76 fracción I, Inciso b de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, establecen la facultad de los Ayuntamientos de aprobar regulaciones que organicen la administración pública en el desarrollo de sus procedimientos, funciones y servicios.
En este sentido el presente plan de trabajo, tiene como motivación señalar los procesos que enmarcan la unidad para la óptima atención al derecho de acceso a la información pública y de datos personales.
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XXXII. DIAGNÓSTICO
En el transcurso de las distintas administraciones gubernamentales, la Unidad de Transparencia de San Miguel de Allende ha presentado diversas problemáticas en cuanto al desbalance de personal administrativo, una inadecuada aplicación de procesos, el insuficiente acceso a las tecnologías de la información.
Al día de hoy, la Unidad posee un reglamento vigente y en concatenación con los ordenamientos estatales y federales, sin embargo, se vislumbran proyectos oportunos para tener actualizados los medios electrónicos, los manuales operativos, y la difusión de las obligaciones de transparencia. Para así reducir los medios de impugnación en contra de este sujeto obligado.
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XXXIII. OBJETIVOS
Se propone este documento con el objeto de establecer las bases y directrices para asegurar que cualquier persona acceda a la
información pública, además de señalar los procedimientos de la Unidad para dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en las leyes a nivel federal y estatal, garantizando en todo momento la protección de la información privada y los datos personales; así también:
• Transparentar el ejercicio de la administración, a través del acceso a la información.
• Promover el derecho de acceso a la información.
• Establecer los procedimientos y bases para el ejercicio del derecho de acceso a la información pública.
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XXXIV.
MARCO JURÍDICO
La Unidad de Acceso a la Información Pública, adscrita a la Secretaría de Ayuntamiento del Municipio de San Miguel de Allende, Guanajuato, se encuentra sustentada en el siguiente marco jurídico – normativo.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos o D.O.F. 05-02-1917 Artículo 6to.
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado
y los Municipios de Guanajuato
Ley de Protección de Datos Personales para el Estado y los Municipios
de Guanajuato
Reglamento de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Municipio de San Miguel de Allende, Guanajuato
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XXXV. ESTRATEGIAS
La Unidad de Transparencia es vínculo entre las áreas administrativas del Municipio de San Miguel de Allende y las personas que soliciten el acceso a la información pública; así será la encargada de:
I. Recabar y difundir la información pública.
II. Recibir y dar trámite a las solicitudes de acceso a la información. III. Realizar los trámites internos necesarios para la atención de las solicitudes de acceso a la información.
IV. Garantizar las medidas y condiciones de accesibilidad para que toda persona puede ejercer el derecho de acceso a la información, mediante solicitudes de información.
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XXXVI.
ETAPAS PARA LA IMPLEMENTACIÓN
Para garantizar el acceso a la información pública y de datos personales a través de las solicitudes realizadas por cualquier medio, así como la difusión de la información por medios electrónicos, y en este marco cumplir con el Programa de Gobierno Municipal 2018 - 2021 se seguirán las siguientes etapas:
PRIMERA ETAPA: Modificación del reglamento y actualización de
manuales y planes operativos para atención de solicitudes de transparencia.
SEGUNDA ETAPA: Actualización de la plataforma de transparencia. TERCERA ETAPA: Difusión de las obligaciones de transparencia y de la protección de datos personales.
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XXXVII.
PRESENTACIÓN
Es la narración sobre el contenido del documento, de su utilidad y de los fines y propósitos generales que se pretenden cumplir a través de él. Es un Área comprometida en el buen funcionamiento de la Administración Pública, para proporcionar una eficiente atención al público. Se canalizan todas las demandas y/o peticiones de la ciudadanía en general a las diferentes Áreas y/o Direcciones, para su atención y una solución de manera eficiente y oportuna.