1. SUDAMÉRICA 1.1 CHILE 2 1.2 ARGENTINA 2 1.3 BOLIVIA 3 1.4 PERÚ 3 1.5 BRASIL 4 1.6 PARAGUAY 5 1.7 ECUADOR 5 1.8 COLOMBIA 6 1.9 VENEZUELA 7 2. NORTEAMÉRICA
2.1 ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 7
2.2 CANADA 8 3. EUROPA 3.1 ESPAÑA 8 3.2 ALEMANIA 9 3.3 PORTUGAL 9 3.4 FRANCIA 9 3.5 REINO UNIDO 10 FUENTES 11
DERECHOS HUMANOS: BUENAS PRÁCTICAS EN REFORMAS CONSTITUCIONALES
En todos los casos mencionados aquí, se debe tener en cuenta que la existencia de los derechos humanos (DDHH) en las constituciones nacionales sí es un buen paso a la práctica de los mismos en los países particulares, pero no es una garantía por su ejercicio. Por eso hay un breve informe
de organizaciones internacionales de DDHH adjuntado al informe de cada país.
1. SUDAMÉRICA:
1.1 CHILE: Reforma Constitucional de 19891:
En la última reforma constitucional de Chile, se tuvo en cuenta los derechos humanos (DDHH). El nuevo inciso 2 del Artículo 52 refeire que todos los tratados de DDHH ya ratificados y los que serán ratificados por el gobierno chileno contarán automáticamente como ley chilena.3
Además agrega que todos los “órganos del Estado”, es decir todas las personas e instituciones públicas deben respetar los DDHH.4
La jurisprudencia más reciente en Chile se inclina por admitir la prevalencia de un tratado internacional sobre una ley interna, ya sea ésta anterior o posterior a tal tratado; es decir, se ha optado por la tesis de la supralegalidad.5
A pese del paso hacia un mejor ejercicio de los DDHH, en Chile siguen existiendo violaciones graves de los DDHH en el país hasta el año presente. Según los informes de Human Rights Watch (HRW) de 2012, de todos modos falta, entre otros, la buena práctica de los DDHH en el sistema jurídico chileno y en la esfera de no discriminación (había casos de discriminación sexual y de racismo).6
1.2 ARGENTINA: Reforma de la Constitución de la Nación Argentina de 1994
En Argentina, el Artículo 75.22 reconoce la superioridad sobre las leyes nacionales de los tratados firmados con las demás naciones y con las organizaciones internacionales. Entre muchos otros, los tratados con los que Argentina está comprometido son la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, la Declaración Universal de DDHH y la Convención Americana sobre DDHH y tratados sobre derechos de no discriminación, derechos para mujeres y niños.
1 Geywitz
2 Constitución de Chile, Art. 5.2 3 Nash Rojas, p. 10
4 Ibídem, p.6 5 Ibídem, p.5
Artículo 75.22 expresa que los tratados de DDHH no sólo tienen jerarquía sobre las leyes, sino que también podrían estar a la altura de Constitución con el voto de las dos terceras partes de la totalidad de cada cámara política para gozar de la jerarquía constitucional. 7
Además a los tratados internacionales, el Artículo 75, que versa sobre el trabajo del Congreso, destaca en el incisos 23 la importancia de la garantía de “la igualdad real de oportunidades y de trato, y el pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos por esta Constitución y por los tratados internacionales (…) sobre derechos humanos.” 8
Según los informes de Amnesty International (AI) y Human Rights Watch (HRW), la situación respetando los DDHH en Argentina está mejorando en los años anteriores. En el 2012 Los pueblos indígenas corrían peligro de ser desalojados de sus tierras tradicionales. El acceso al aborto legal sigue siendo difícil.9
1.3 BOLIVIA: Nueva Constitución Política del Estado de 200910
En 2009 la Nueva Constitución Política del Estado fue aprobada por la población boliviana con 61,43% en total de la población boliviana.
En el Artículo 13.IV. se estableció la vigencia de los tratados internacionales en la esfera estatal. Todos los tratados internacionales ratificados prevalecen en el orden interno y se interpreta la Constitución boliviana de conformidad con los DDHH 11.
Artículo 14.III. garantiza a todas las personas en lo individual y colectivo los derechos establecidos en la Constitución, las leyes y en los tratados internacionales con énfasis en los DDHH12
También, el Artículo 13.III. expresa que no existe ninguna jerarquía entre las leyes13. Sin embargo, el Artículo 256.I. determina que los tratados internacionales de derechos humanos superarán la Constitución14.
Durante el año 2012, la discrepancia entre los niveles de la educación, alimentación y salud en las regiones rurales y urbanas sigue existiendo, según el informe del Centre for Economic and Social Rights.15 De hecho, hay que ejercer los derechos fijados en la constitución nueva. Pero es posible que los mejoramientos de la reforma constitucional todavía no sean visibles.
1.4 PERÚ: Constitución Política del Perú (1993)
Según el Artículo 55 de la Constitución Política del Perú, tratados internacionales celebrados por el Estado forman parte del derecho nacional.16
7 Constitución de Argentina, Art. 75.22 8 Ibídem, Art. 75.23
9 Amnesty International, Report Argentina 2012; Human Rights Watch, Informes Argentina 10 Nueva Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia
11 Ibídem, Art. 13.IV., pp. 5 y 6 12 Ibídem, Art. 14.III., p. 6 13 Ibídem, Art. 13.III., p. 5 14 Ibídem, Art. 256.I., p. 59
15 Centre for Economic and Social Rights, Bolivia 16 Constitución Política del Perú, Art. 55, p. 14
La cuarta disposición final y transitoria determina que todas normas relativas a los derechos y libertades constitucionales serán interpretadas en conformidad con los DDHH y los tratados internacionales celebrados por el Estado del Perú.17
El Artículo 44 constitucional arregla la tarea del Estado de garantizar, entre otros, los derechos humanos.18
Según estos Artículos se puede interpretar que la legislación entiende su trabajo de acuerdo con los derechos humanos, sin embargo no están contemplados en la Constitución. Además no está clarificado cual jerarquía y lugar tienen los DDHH.
En 2012, en el Perú faltaba el ejercicio de las derechos de no discriminación contra las personas con discapacidades y había varios casos del uso ilegítimo de la fuerza letal de las fuerzas de seguridad durante el control de manifestaciones públicas.19
1.5 BRASIL: A Constituição da República Federativa do Brasil (1988)
Según Artículo 4.II de la Constitución de Brasil, la República de Brasil se comporte en sus relaciones internacionales según los derechos humanos20.
El Artículo 5 de la Constitución trata de la igualdad frente la ley, sin distinción, y garantiza inviolabilidad del derecho a la vida, la libertad, la igualdad, la seguridad y la propiedad. En esto declara que los tratados y convenciones internacionales de DDHH, aprobados por el Congreso Nacional, valdrán como las enmiendas constitucionales. 21
Según Artículo 110. se crea por ley un Consejo Estatal de Defensa de los Derechos de la Persona Humana con la finalidad de investigar las violaciones de DDHH. 22
Adicional a los DDHH, la Constitución brasilera contiene, en la forma del Artículo 227., el deber de la familia, de la sociedad y del Estado al niño y al joven. La prioridad tiene el derecho a la vida, la salud, la alimentación, la educación, el ocio, la profesionalización, la cultura, la dignidad, el respecto, la libertad y la convivencia familiar y comunitaria. 23
En el ejercicio de los DDHH en Brasil hubo graves violaciones por las fuerzas de seguridad, incluido el asesinato de una jueza en 2011. Además hay un informe AI sobre la discriminación de los
17 Constitución Política del Perú, p. 54 18 Ibídem, Art. 44, p.12
19 Human Rights Watch, Informes Perú 2012
20 Constituição da República Federativa do Brasil, Art. 4.II., p. 14 21 Ibídem, Art. 5, pp. 18 y 19
22 Ibídem, Art. 110., p. 281 23 Ibídem, Art. 227., p. 131 y 132
pueblos indígenas. Sin embargo hubo también mejoras, por ejemplo en los derechos de las uniones estables entre personas del mismo sexo.24
1.6 PARAGUAY: Constitución Política de 1992
En la Constitución de Paraguay expresa el Artículo 141. que todos los tratados internacionales válidamente celebrados y aprobados forman parte del ordenamiento legal, siguiendo la jerarquía determinada en el Artículo 137. 25 Éste Artículo determina que la Constitución es la ley suprema, seguido por los tratados internacionales, las leyes del Congreso y otras disposiciones jurídicas de inferior jerarquía. 26
Sin duda, el Artículo 142. declara que los tratados internacionales relativos a los DDHH no podrán ser denunciados sino por los procedimientos que rigen para la enmienda de la constitución. 27 Según Artículo 145. Paraguay admite un orden jurídico supranacional que garantice la vigencia de los derechos humanos, de paz, de la justicia, de la cooperación y del desarrollo, en lo político, económico, social y cultural. 28
En Paraguay, la situación respetando los DDHH está mejorando, en particular en la esfera de la discriminación de los pueblos indígenas. Pero las autoridades siguen socavando el trabajo de los defensores y defensoras de los DDHH.29
1.7 ECUADOR: Constitución Política de la República Ecuador de 1998
El Artículo 3 de la Constitución Ecuatoriana trata de los deberes primordiales del Estado. Entre otros, es su deber asegurar la vigencia de los derechos humanos, las libertades fundamentales de mujeres y hombres, y la seguridad social. 30
Artículo 16 añade a eso que el deber más alto del Estado consiste en respetar y hacer respetar los DDHH que garantiza esta Constitución. 31 Además, el Artículo 17 declara que el Estado garantizará el ejercicio y el goce de los DDHH establecidos en la constitución y en las declaraciones, pactos, convenios y más instrumentos internacionales vigentes. 32
24 Amnesty International, Report Brasil 2012 25 Constitución de la República Paraguay, Art. 141. 26 Ibídem, Art. 137.
27 Ibídem, Art. 142 28 Ibídem, Art. 145
29 Amnesty International, Report Paraguay 2012
30 Constitución Política de la República del Ecuador, Art. 3. 31 Ibídem, Art. 16.
Muy importante es la exposición del Artículo 18 que los derechos y garantías determinados en la Constitución y en los instrumentos internacionales vigentes, serán directa e inmediatamente aplicables por y antes cualquier juez, tribunal o autoridad. En materia de derechos y garantías constitucionales, se estará a la interpretación que más favorezca su efectiva vigencia. No es posible justificar la violación o desconocimiento de los DDHH establecidos en la Constitución. Las leyes no pueden restringir el ejercicio de los DDHH y garantías constitucionales. 33
Estos Artículos transforman los DDHH en un deber estatal que es garantizado por el Estado y que es un derecho exigible.
Sin embargo, AI declara en su reporte anual de Ecuador la presentación de cargos penales falsos contra dirigentes indígenas y comunitarios. Además, los responsables de violaciones de derechos humanos siguieron eludiendo la justicia. Por esa situación hay que tener en cuenta la discriminación de los pueblos indígenas y la corrupción en el sistema jurídico.34
1.8 COLOMBIA: Constitución Política de Colombia de 1991
Los derechos y deberes consagrados en la Constitución colombiana se interpretan de conformidad con los tratados internacionales sobre DDHH ratificados por Colombia. Estos tratados prevalecen en el orden interno y no pueden ser limitados ni en los estados de excepción. 35
El Artículo 164 arregla que el Congreso da prioridad a la aprobación de los tratados internacionales sobre DDHH que sean sometidos a su consideración por el Gobierno.
Además el Artículo 44 constitucional declara los derechos fundamentales de los niños, que gozarán los mismos derechos como mujeres y hombres, también los derechos aprobados en los tratados internacionales.36
Como he mencionado antes, en los Estados de Excepción, los derechos humanos y las libertades fundamentales no podrán ser suspendidos por el Estado.37
En Colombia, la situación de los DDHH sigue hallándose problemática. El conflicto armado interno afecta a toda la población civil y muchas violaciones de los derechos humanos de las mujeres y niñas quedan sin ser investigadas.38
33 Constitución Política de la República del Ecuador, Art. 18. 34 Amnesty International, Report Ecuador 2012
35 Constitución Política de Colombia, Art. 93. 36 Ibídem, Art. 164., Art. 44.
37 Ibídem, Art. 214.
1.9 VENEZUELA: Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (2000)
“Artículo 2. Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y, en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político.”39
Desde la Constitución, el Estado garantiza a toda persona el goce y ejercicio de los DDHH. Su respeto y garantía son obligatorios para los órganos del Poder Público venezolano. Se considera el actuar suyo de conformidad con la constitución, con los tratados sobre DDHH suscritos y ratificados por la República y con las leyes que los desarrollen.40
Según el Artículo 23., los tratados relativos a DDHH, aprobados por el Estado, tienen jerarquía constitucional y prevalecen en el orden interno, en la medida en que contengan normas sobre su goce y ejercicio más favorables a las establecidas en la constitución y en las leyes de la República, y son de aplicación inmediata y directa por los tribunales y demás órganos del Poder Público. El Estado está obligado a tomar medidas contra los delitos contra los DDHH cometidos por sus autoridades y está obligado a indemnizar (según la ley) integralmente a las víctimas de estas violaciones, incluido el pago de daños y perjuicios.41
En los Estados de Excepción, podrán ser restringidos temporalmente las garantías consagradas en la Constitución, salvo las referidas a los derechos a la vida, prohibición de incomunicación o tortura, el derecho al debido proceso, el derecho a la información y los demás derechos humanos intangibles.42
En 2012, los defensores y defensoras de los DDHH recibieron amenazas, y se siguieron formulando cargos por motivos políticos contra detractores del gobierno. Los mecanismos de rendición de cuentas para garantizar la justicia o para disuadir con eficacia de cometer abusos policiales continuaban siendo endebles. Pese a la legislación a favor de los DDHH, en realidad existe un sistema político con aspectos autoritarios. 43
2. NORTEAMÉRICA
2.1 ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA: United States Constitution (con las enmiendas hasta 1992) El Artículo VI de la Constitución declara la incorporación de los tratados internacionales aprobados en el orden interno de las leyes. La Constitución, las leyes y los tratados aprobados forman las normas superiores jurídicas. La jerarquía exacta no está determinada en la Constitución.44
El ciudadano de cada uno de los estados goza los derechos y libertades de todos los Estados Unidos. Las enmiendas constitucionales fijan los derechos fundamentales: Esos son según la
39 Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Art. 2. 40 Ibídem, Art. 19.
41 Ibídem, Art. 23, 29 y 30 42 Ibídem, Art. 337
43 Amnesty International, Report Venezuela 2012; Human Rights Watch, Informes Venezuela 2012/2013 44 Unided States Constitution: Art. VI.
Constitución estadounidense el derecho a la libertad religiosa, a la libertad de expresión, a la seguridad de la persona y de la habitación, a la seguridad jurídica, a la vida, a la libertad y a la propiedad. Además, las enmiendas expresan el derecho de no discriminación por razones de la raza y del género. 45 Sin embargo, aunque hay derechos fundamentales en la Constitución estadounidense, los DDHH no están mencionados como tales. Otras leyes respetando los DDHH se encuentran fuera de la Constitución y no son objeto de ésta sinopsis.
En 2012, el Estado ejecutó a 43 hombres, y continuó la preocupación por las crueles condiciones de reclusión. Muchos detenidos continuaron recluidos bajo custodia militar en Guantánamo. Al final del año unas 3.000 personas seguían bajo custodia estadounidense en el centro de detención de la base aérea de Bagram, Afganistán. El uso de medios letales en el contexto antiterrorista suscitó honda preocupación, al igual que los informes continuos sobre uso excesivo de la fuerza en la actuación de los cuerpos encargados de hacer cumplir la ley en el ámbito nacional.46
2.2 CANADA: Constitution Act of 1982
El acto constitucional canadiense de 1982 contiene los derechos y las libertades fundamentales de Canadá, incluidos los derechos democráticos, los derechos a la vida, a la libertad y a la seguridad social, los derechos a la igualdad y a la lengua propia. El Artículo 1. de la Canadian Charter of Civil Rights, como se llama el Constituction Act of 1982, garantiza los derechos y libertades escritos en la constitución y el acto constitucional de 1982.47
Los derechos fundamentales son exigibles en Canadá. Aun cuando el acto constitucional se debe interpretar en conformidad con la Declaración Universal de los DDHH, aunque no trata de los DDHH en el sentido literal.
Aunque la Constitución canadiense contiene los derechos de los pueblos indígenas, siguen las violaciones sistemáticas de estos derechos. En 2012 hubo avances limitados en el tratamiento de los motivos de preocupación suscitados por violaciones de DDHH asociadas a las operaciones antiterroristas y policiales.48
3. EUROPA
3.1 ESPAÑA: Constitución Española (1978)
El Artículo 10. de la constitución contiene los derechos a dignidad de la persona, los derechos inviolables (al libre desarrollo de la personalidad, al respeto a la ley y a los derechos de los demás). Ellos forman el fundamento del orden político y de la paz social. La Constitución debe ser interpretada de conformidad con la Declaración Universal de DDHH y los tratados internacionales de materia DDHH ratificados por España. Además, la Constitución declara que tratados
45 Unided States Constitution, Enmiendas
46 Amnesty International, Report Estados Unidos de América 2012 47 Constitution Act of Canada (1982), Art. 1.-‐34.
internacionales válidamente celebrados formarán parte del orden interno. 49 De todas maneras, la jerarquía de los tratados internacionales no está fijada en la Constitución. Sin embargo el contenido de los tratados forma parte de la ley.
En 2012, AI informe del “uso excesivo de la fuerza por parte de la policía en manifestaciones. España siguió manteniendo el régimen de detención incomunicada para las personas sospechosas de delitos terroristas. Se realizaban controles de identidad centrados específicamente en personas pertenecientes a minorías étnicas.”50
3.2 ALEMANIA: Grundgesetz für die Bundesrepublik Deutschland (2012)
Según Artículo 1 de la Constitución alemana, el derecho a la dignidad es intangible. Por eso, los DDHH deben formar el fundamento de toda sociedad humana. 51 No hay reglamentos constitucionales de la jerarquía de los tratados internacionales en el orden interno y tampoco existen otras notas sobre la Declaración Universal de los DDHH.
De todos modos faltan mecanismos independientes de presentación de denuncias contra la policía. Varios estados federados siguieron llevando a cabo devoluciones de romaníes a Kosovo a pesar de que allí corrían peligro de sufrir persecución y discriminación.52
3.3 PORTUGAL: VII Revisão Constitucional (2005)
El Artículo 2 de la Constitución portuguesa declara Portugal como un estado democrático en el respeto de la garantía y el ejercicio de los derechos y libertades fundamentales.53 Estos derechos y libertades consagrados en la constitución no excluyen otras leyes y reglas aplicables de los derechos internacionales. Además los derechos mencionados deben ser interpretados e integrados en armonía con la Declaración Universal de los DDHH.54
Las normas de los instrumentos de las organizaciones internacionales de que Portugal sea parte prevalecen en el orden interno de la ley.55
Según AI, la comunidad rumana sufrió discriminación en el acceso a la vivienda y la violencia en el ámbito familiar siguió siendo motivo de grave preocupación.56
3.4 FRANCIA: Constitucion de la République française (1958)
49 Constitución Española, Art. 10., Art. 96. 50 Amnesty international, Report España 2012
51 Grundgesetz für die Bundesrepublik Deutschland, Art. 1. 52 Amnesty International, Report Alemania 2012
53 VII Revisão Constitucional, Art. 2. 54 Ibídem, Art. 16.
55 Ibídem, Art. 8.3.
La Constitución francesa contiene la Déclaraction des droits de l’homme et du citoyen de 1789, la declaración de los derechos humanos et del ciudadano.57
Esa declaración de los DDHH del Estado francés en sí mismo inspiró directamente la Declaración Universal de los DDHH. La jerarquía de los tratados internacionales en el orden interno es arreglada por ley, por eso no aparecen en la Constitución.
Amnistía Internacional expresa que en Francia la investigación de las denuncias de tortura y otros malos tratos, incluidas muertes bajo custodia, era insuficiente. Continuaron los desalojos forzosos de rumanos. Entró en vigor la ley que prohibía vestir en público cualquier prenda que ocultase el rostro. Muchos solicitantes de asilo quedaron sin hogar y en la indigencia. 58
3.5 REINO UNIDO: Human Rights Act (1998)
Al contrario de los otros países mencionados en éste sumario, el Reino Unido no tiene una Constitución. Por eso quizá parezca extraño incluir a éste país en el contexto de las reformas constitucionales, sin embargo el Reino Unido tiene una legislación comparable a una Constitución:
The Rule of Law. Entonces, todos los actos parlamentarios forman parte de la Constitución, así
como los tratados internacionales aprobados por el gobierno.
Por ejemplo, en 2000 vino en efecto el Human Rights Act (1998)59que contiene todos los DDHH que aparecen en la Convención Europea de DDHH, para reforzarla. Él declara todos los derechos humanos y libertades fundamentales exigibles. En general, se refiere a la exigibilidad de los DDHH fijados en la Convención Europea de DDHH.
En 2012, el protocolo de la Comisión de Investigación de Detenidos fue publicado. AI informa que distaba de satisfacer las normas de los DDHH. El gobierno británico declaró su intención de ampliar el programa de expulsiones con garantías. Así quiere facilitar las devoluciones de migrantes a países aun cuando exista un peligro real de sufrir tortura. Las fuerzas armadas británicas violaron los DDHH de personas detenidas gravemente, documenta Amnesty. En marzo se estableció una comisión para estudiar la creación de una Carta de Derechos británica.60
57 Constitucion de la République française 58 Amnesty International, Report Francia 2012 59 Human Rights Act UK
FUENTES
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