DE
BARCELONA
11 de julio de 1966Se publica decenalmente
PRECIOS DE SUSCRIPCIÓN
Barcelona, anual loo pesetas Provincias y posesiones .125 » Otrospaíses y posesiones 200 »
Número corriente 10 1»
DEPÓSITO LEGAL. B. 1824. -
I958-ADMINISTRACIÓN Y SUSCRIPCIÓN
Oficina de la Gaceta Municipal-Ciudad, 4, bajos.
La correspondencia se dirigirà al limo. Sr. Secretario
general del Ayuntamiento de Barcelona.
\
SUMAR
I
O
Página
Publicaciones y disposiciones oficiales
435
Anuncios oficiales 437
Reglamento del Servicio municipal del Parque Zoológico.
Año LUI = Num. 20
Se pîiblica decenalmente
DE
BARCELONA
11 de julio de 1966PRECIOS DE SUSCRIPCIÓN
depósito legal. b. 18*4. - i958'
ADMINISTRACIÓN Y SUSCRIPCIÓN
PUBLICACIONES
Y
DISPOSICIONES OFICIALES
BOLETÍN OFICIAL, DEL ESTADO
Mes de junio de 1966
Día 24. — Ayuntamiento de
Barcelona:
—Bases
referentesa laoposición libre para proveer 24
plazas
de Oficial de laEscala Técnico-Administrativa,
Sub-grupo Secretaría.
— Resolución del
Ayuntamiento de
Barcelona
referente a la oposición libre para proveer 42
plazas
de Médicos de Dispensarios de los Servicios
de Asis¬
tencia Médica municipal.
Día 25. — Ayuntamiento de
Barcelona.
—Reso¬
lución del Ayuntamiento de Barcelona
referente
al
concurso libre para proveer una plaza
de
Médico
de
Instituciones Nosocomiales y ServiciosEspeciales
(Reiunatología).
Mes de julio de 1966
Día i. — Ayuntamiento de Barcelona. —
Reso¬
lución del Ayuntamiento de
Barcelona
referente
al
concurso libre para proveer 20
plazas
de Profesores
especiales de las Escuelas de Enseñanza
Primaria
de esta Corporación.
— Resolución del
Ayuntamiento de
Barcelona
referente a la oposición libre para proveer 15
plazas
de Auxiliares Técnicos de los ServiciosTécnicos de
Arquitectura e Ingeniería.
—
Resolución del Ayuntamiento
de
Barcelona
referente al concurso-oposición libre para proveer 12 plazas de Intérpretes informadores
de
Turismo.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA
Mes de junio de 1966
Día 24. — Servicio municipal de Parques y
Jar¬
dines. — Finalizados los trabajos de jardinería enun patio del Asilo de Nuestra
Señora de Port
(jar¬
dinería), adjudicados a HortícolaAvenida,
sehace
público a los efectos de cancelación
de la
garantía
definitiva.
— Ayuntamiento de Barcelona.
—
Por
pérdida
del original, doña Pilar Moix
Miquel
solicita dupli¬
cado del permiso- municipal paraalquiler
de turismo
especial de lujo n.° 3,
expedido
a sunombre.
Día 28. — Ayuntamiento de Barcelona. —
En
sesión celebrada el día 13 de abril de 1966,
la
Co¬
misión municipal ejecutiva acordó imponer
contri¬
bución especial a todos
los
propietarios de
las fincas
enclavadasen lacalle de Paca Soler y que resultarenbeneficiadas con las obras de construcción de alcan¬
tarillado que se llevana
cabo
enla
mencionada
calle,
a fin de subvenir a las mismas.
Día 29. — Ayuntamiento de
Barcelona.
—Opo¬
sición libre para proveer 15plazas
de
Auxiliares
Técnicos de los Servicios Técnicos de Arquitecturae Ingeniería.
Día 30. — Ayuntamiento
de
Barcelona.
—Rela¬
ción de admitidos al concurso libre para proveer 20 plazas de
Profesores
especiales de
Escuela
de
Enseñanza Primaria (7 deCultura
general,
3de
Francés, 3 de Corte yConfección,
2de
Lencería
436
2 de Música). Tribunal calificador constituido a tal
efecto.
Mes de julio de 1966
Día i. — Ayuntamiento de Barcelona.
— Bases que han de regir en el concurso restringido para proveer dos plazas de Cabo del Servicio de Extin¬
ción de Incendios y Salvamentos.
Día 2. — Ayuntamiento de Barcelona. — En
nombre y representación de don Alberto Meier An¬
guera y doña Alejandrina Meier Anguera, don
Enrique Eassala Bauza de Mirabo solicita que la
finca propiedad de sus representados, sita en los
n.s 166 al 170 de la avenida Meridiana, sea incluida en el Registró municipal de solares sujetos a edifi¬
cación forzosa.
— Concurso
público para el otorgamiento de las
licencias de utilización y explotación de los talleres
de artesanía, tiendas anexas y locales sitos en el Pueblo Español de Montjuich.
—
Bases que han de regir en el concurso res¬
tringido para proveer una plaza de Encargado de
Servicios del Matadero.
Día 4. — Ayuntamiento de Barcelona. — Expo¬ sición al público, en el Negociado de Urbanización,
del expediente de adjudicación de parcela proce¬ dente de la calle del Marqués de Sentmenat, al
propietario colindante, F.E.C.S.A.
Día 5. — Ayuntamiento de Barcelona. — Expo¬ sición al público, en el Negociado de Urbanización, del expediente de adjudicación de parcela proce¬ dente de expropiación de la finca n.° 3 del torrente de Mariné, al propietario colindante, doña Josefa Payarol Padrís.
— Finalizadas las obras de construcción de al¬
cantarillado para desagüe de la zona del nuevo
campo del F. C. B., adjudicadas a Materiales y
Tubos Bonna, S. A., se hace público a los efectos
de cancelación de la garantía definitiva.
—• Por
pérdida del original, doña María Teresa
Martí Xuriguer solicita duplicado del permiso mu¬
nicipal de circulación de autotaxi 11.0 763, expedido
a su nombre.
—
Por pérdida del original, don Marcial Mar¬
tínez Gómez solicita duplicado del carnet municipal de conductor de autotaxi n.° 25168, expedido a su
nombre.
— Relación de admitidos al
concurso-oposición
para proveer 60 plazas de alumnos aspirantes a in¬ greso en la Sección de Formación de la Escuela de
la Policía municipal.
Día 6. — Ayuntamiento de Barcelona. — Fina¬
lizadas las obras de habilitación de compartimentos individuales en la cámara frigorífica del Mercado de Eas Corts, y de refrigeración y accesorios en edi¬ ficiosde Abastos, adjudicadas a Industrias del Frío,
Sociedad Anónima, se hace público a los efectos de
cancelación de la garantía definitiva.
— Finalizadas las obras de
pintura en instala¬
ciones deportivas y Mercados municipales, adjudi¬
cadas a don Francisco Torelló Casanovas, se hace 'público a los efectos de cancelación de la garantía
definitiva.
— En sesión celebrada el día
13 de abril de 1966
la Comisión municipal ejecutiva acordó imponer contribución especial a todos los propietarios de las fincas que, enclavadas en la calle deAglá y en la de
Escudellers Blancs, resultaren beneficiadas con las
obras de construcción de pavimento en las mencio¬
nadas calles, a fin de subvenir a las citadas obras.
- — El
Consejo pleno, en sesión fija celebrada el
día 28 de junio de 1966, acordó la imposición del
arbitrio sobre publicidad y la aprobación de la Or¬
denanza fiscalreguladora de la misma. El expediente
se halla expuesto en el Negociado de Presupuestos.
— En la misma sesión fueron
aprobadas las mo¬
dificaciones de las siguientes Ordenanzas fiscales:
Ordenanza general; de la Vía pública ; Sello mu¬
nicipal; Matadero y Mercado de ganados; Tasa
sobre saneamiento y limpieza; Contribuciones es¬
peciales; Arbitrios con fines no fiscales; Licencia
de apertura de establecimientos. El correspondiente
expediente se halla expuesto en el Negociado de
Presupuestos.
— Bases
que han de regir en el concurso libre
para proveer una plaza de Médico de-Instituciones
Nosocomiales y Servicios especiales
(Dermatología).
— Bases
que han de regir en el concurso libre
para proveer una plaza de Médico de Instituciones
ANUNCIOS
OFICIALES
CONCURSOS
Se anuncia concurso público para modificación
de accesos y registros correspondientes a las minas
deagua de Moneada, sitos bajo el tramo segundo de
la Autovía Meridiana, bajo el tipo de 159.250,41
pesetas, con arreglo al proyecto que está de mani¬
fiesto en el Negociado de Servicios públicos de. esta
Secretaría general.
La duración del contrato será de ocho meses.
El pago de esta obra se. efectuará con cargo al Presupuesto ordinario de Gastos.
Para tomarparte en la licitación los participantes
deberán constituir previamente la garantía provi¬
sional de 3.185 ptas.; la definitiva será del4 por 100 delprecio de adjudicación, y la complementaria, en su caso, se deducirá en la forma dispuesta por el art. 82 del Reglamento de Contratación de las Cor¬
poraciones locales.
Las proposiciones, extendidas en papel del tim¬ bre de 6 ptas. y reintegradas con sello municipal de
22 ptas., se redactarán con arreglo a este modelo:
«Don ,
vecino de ' , con domicilio en
, enterado del pliego de condiciones,
presupuesto y plano que han de regir en el concurso
público convocado para contratar la modificación de
accesos y registros correspondiente a las minas de
agua de Moneada, sitos bajo el tramo segundo de la
Autovía Meridiana, se compromete a ejecutarlas,
con sujeción a los citados documentos, por ptas. (en letras y
cifras).
Asimismo se compromete a cumplir lo dispuesto por las Leyes protectoras de la Industria nacional
y del Trabajo en todos sus aspectos, incluidos los de
Previsión y Seguridad social.
(Fecha y firma del
proponente.)»
Las proposiciones, juntamente con todos los do¬
cumentos debidamente reintegrados que requiere el pliego, se presentarán, dentro de sobre cerrado, en
el mencionado Negociado, durante las horas de ofi¬
cina, desde el día siguiente al de la inserción de este
anuncio hasta las trece horas del hábil anterior al
del concurso.
La apertura de plicas se verificará eni la Casa
sede Consistorial el día en quie se cumplan los vein¬ tiuno hábiles, a partir de las diez horas, desde el
siguiente al de la publicación de este anuncio en la
Gaceta municipal.
Barcelona, i.° de julio de 1966. — El Secretario
general, Juan Ignacio Bërmkjo y Girones.
* * *
Se convoca concurso público para el otorga¬
miento de las licencias de utilización y explotación
de los talleres de artesanía, tiendas anexas y locales sitos en el Pueblo Español de Montjuich, compren¬ didos en los apartados 1 y 2 del art. 11 del Regla¬ mento del indicado recinto.
La duración del contrato será de cinco años. El pliego de condiciones estará de manifiesto en
el Negociado de Asuntos generales de esta Secre¬
taría general, durante el plazo que después se in¬ dicará.
La garantía provisional para tomar parte en el concurso es de 2.000 ptas., y la definitiva, de 5.000
pesetas.
Las proposiciones, reintegradas con timbre de 6 ptas. y sellos municipales por valor de 4,50 ptas.,
se redactarán con sujeción al modelo que obra en poder del indicado Negociado de Asuntos generales,
ante el cual deberán presentarse las mismas en plica
cerrada, durante las horas de oficina, desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia hasta las trece
horas del hábil anterior M de la celebración del concurso.
Laapertura de plicas severificará en el despacho
del ilustrísimo señor Delegado de Servicios de Ré¬
gimen Interior y Relaciones Públicas, de la Casa
Consistorial, a las once horas del día en que se
cumplan los once hábiles, a contar del siguiente al de la inserción de este anuncio en el Boletín Ofi¬
cial antes indicado. 1
A los efectos oportunos se hace constar que para
la validez del contrato no se precisa obtener auto¬
Barcelona
Barcelona, i.° de junio de 1966. — El Secretario
general, Juan Ignacio Bermejo y Gironès.
Servicio municipal de Parques y Jardines
Se anuncia concurso de ordenación jardinera de la segunda etapa del Sudoeste del Besos (elementos auxiliares - bancos), bajo el tipo de 165.710,40 pe¬
setas, según proyecto que está de manifiesto en las
oficinas de este Servicio municipal, sitas en la ave¬ nida del Marqués de Comillas, s/n. (Parque de
Montjuich).
La duración de esta obra será de cuatro meses.
El pago de esta obra se efectuará con cargo al
Presupuesto del Patronato municipal de Ta Vivienda.
Para tomar parte en el concurso los lidiadores
deberán constituir previamente la garantía provisio¬
nal de 3.314,20 ptas.; la
definitiva
será del4 por 100 del precio de adjudicación, y la complementaria, en su caso, se deducirá en la forma dispuesta por el art. 82 del Reglamento de Contratación de las Cor¬poraciones locales.
Las proposiciones, extendidas en papel del tim¬
bre de 3 ptas. y reintegradas con sello municipal de
22 ptas., se redactarán con arreglo al
modelo
queconsta en el expediente.
Las proposiciones, juntamente con todos los
do¬
cumentos debidamente reintegrados que requiere el
pliego, se presentarán en el
mencionado Servicio
municipal, durante las horas de oficina,
desde el
'día siguiente al de la inserción de este anuncio
hasta las trece horas del hábil anterior al del con¬
curso.
La apertura de plicas se
verificará
en lasede de
'este Servicio, a partir de las diez horas del día en
que se cumplan los
veintiuno hábiles,
desde el
si¬
guiente-al de la
publicación
de
esteanuncio
enla
Gaceta municipal.
Barcelona, 30 de junio de 1966. —
El Director
Gerente, Luís Rtudor.* * #
Se anuncia concurso de ordenación jardinera de
la segunda etapa del Sudoeste del Besós
(Jardine¬
ría), bajo el tipo de 1.388.516,40 ptas., según pro¬
yecto que está de manifiesto en las oficinas de este Servicio municipal, sitas en la avenida del Marqués
de Comillas, s/n. (Parque de
Montjuich).
La duración de esta obra será de dos meses.
El pago de esta obra se efectuará con cargo al
Presupuesto del Patronato municipal de la Vivienda.
Para tomar parte en el concurso los licitadores
deberán constituir previamente la garantía provisio¬
nal de 27.770,32 ptas.; la definitiva será del4 por 100 del precio de adjudicación, y la complementaria, en su caso, se deducirá en la forma dispuesta por el art. 82 del Reglamento de Contratación de las Cor¬ poraciones
locales.
Las proposiciones, extendidas en papel del tim¬ bre de 3 ptas. y reintegradas cori sello municipal de 166 ptas., se redactarán con areglo al modelo
que consta en el expediente.
Las proposiciones, juntamente con todos los do¬
cumentos debidamente reintegrados que requiere el
pliego, se presentarán en el mencionado Servicio
municipal durante las horas de oficina, desde el día
siguiente al de la inserción de este anuncio hasta
las trece horas del hábil anterior al del concurso.
La apertura de plicas se verificará en la sede de este serviciof a partir de las 10 horas del día
en que se cumplan los 21 hábiles desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
Barcelona, 30 de junio de 1966. — El Director
gerente, Luis Riudor.
CANCELACIÓN DE GARANTÍAS
Doña María del Remedio Circos Cortés, apode¬
rada de don Luis Puig Sieres, adjudicatario del su¬ ministro de-200 postes con brazo, destinados a la
instalación del alumbrado público en los cruces del Ensanche de la Ciudad, solicita la devolución de las garantías definitiva y complementaria, constitui¬ das en méritos de dicho contrato.
Lo que se hace público para que. en el plazo de quince días puedan presentar reclamaciones quie¬ nes se consideren tener algún derecho exigible al
adjudicatario por razón del contrato garantizado.
Barcelona, i.° de julio de 1966. — El Secretario
general, Juan Ignacio Bermejo y Girones.
* * #
Finalizadas las obras de construcción de alcan¬
tarillado para desagüe de la zona del nuevo campo del Club de Fútbol Barcelona, adjudicadas a
Materiales y Tubos Bonna, S. A., se hace público, a los efectos de cancelación de garantía definitiva
y en cumplimiento de lo dispuesto por el art. 88
del Reglamento de Contratación de las Corpora¬ ciones Locales, para que en el plazo de quince
días
puedan presentar reclamaciones quienes creyeren
tener algún derecho exigible a dicha sociedad, por
razón del contrato garantizado.
Barcelona, 7 de junio de 1966. — El
Secretario
general, Juan Ignacio Bermejo y
Gironès.
* * *'
»
Finalizadas las obras de pintura en instalaciones
deportivas y Mercados municipales,
adjudicadas
a don Francisco Torelló Casanovas, se hace público,a los efectos de cancelación de garantía
definitiva
y en cumplimiento de lo dispuesto por el art. 88del
Reglamento de Contratación de las
Corporaciones
Gaceta Municipal de Barcelona 439
presentarreclamaciones quienes creyerenteneralgún
derecho exigible a dicho contratista, por razón del
contrato garantizado.
Barcelona, 21 de junio de 1966. —1 El Secretario
general, Juan Ignacio Bermejo y Girones.
* * *
Finalizadas las obras de habilitación de compar¬
timientos individuales en la cámara frigorífica del
Mercado de Las Corts, y de refrigeración y acceso¬ rios en edificios de Abastos, adjudicadas aIndustrias
del Frío, S. A., se hace público, a los efectos de
cancelación degarantía definitivay encumplimiento
de lo dispuesto por el art. 88 del Reglamento de
Contratación de las Corporaciones Locales, para que en el plazo de quince días puedan presentar recla¬ maciones quienes creyeren tener algún derecho exi¬ gible a dicha Sociedad, por
razón del
contrato ga¬ rantizado.Barcelona, 18 de junio de 1966. — El Secretario
general, Juan Ignacio Bermejo y
Girones.
SERVICIO MUNICIPAL
DE PARQUES Y JARDINES
Finalizados los trabajos de «Jardinería en un
patio del Asilo de Nuestra Señora de Port»
(jardi¬
nería), adjudicados a Hortícola Avenida, se hace
piíblico, a los efectos de cancelación de la
garantía
definitiva y en cumplimiento de lo dispuesto por
el art. 88 del. Reglamento de Contratación de las
Corporaciones Locales, para que en el
plazo
de
quince días puedan presentar reclamaciones quienes
creyeren tener algún derecho exigible a
dicho
con¬trato garantizado.
Barcelona, 15 de junio de 1966. —
El Director
gerente, Luis Riudor.EXTRAVÍOS
Don Marcial Martínez Gómez solicita duplicado,
por pérdida del original, del carnet municipal
de
conductor de autotaxi núm. 25168,
expedido
a su nombre.La persona que lo tuviere en su
poder
deberá
entregarlo en el Negociado de Transportes
de
estaSecretaría general, situado en la
planta 4.a
del edi¬
ficio de Estadística (avenida Puerta del
Angel, nú¬
meros 8-10), o
alegar
los motivos porlos
cuales
seconsidera con derecho para retenerlo.
Transcurridos quince días sin haberse
formulado
objeción, se cursará el duplicado.
Barcelona, 13 de junio de 1966. —
El Secretario
general, Juan Ignacio Bermejo yGirones.
# îs
Doña María Teresa Martí Xuriguer solicita du¬
plicado, porpérdida del original, delpermiso muni¬
cipal de circulación de autotaxi n.° 763, expedido
a su nombre.
La persona que lo tuviere en su poder deberá
entregarlo en el Negociado de Transportes de esta Secretaría general, situado en la planta 4.a del
edificio de Estadística (avenida Puerta del
Angel,
números 8-10), o alegar los motivos por los cuales
se considera con derecho para retenerlo.
Transcurridos quince días sin haberse formulado
objeción, se cursará el duplicado.
Barcelona, 17 de junio de 1966. ;— El Secretario general, Juan Ignacio Bermejo y Girones.
* * *
Doña Pilar Moix Miquel solicita duplicado, par
pérdida del original, del permiso municipal para
alquiler de automóviles de turismo especial de lujo,
n.° 3, expedido a su nombre.
La persona que lo tuvieré en su poder deberá
entregarlo en el Negociado de Transportes de esta
Secretaría general, situado en la planta 4.a del edi¬
ficio de Estadística, avenida Puerta del
Angel,
nú¬meros 8-10, o alegar los motivos por los cuales se considera con derecho para retenerlo.
Transcurridos quince días sin haberse formulado
objeción, se cursará el duplicado.
Barcelona, 24 de mayode 1966. —
El Secretario
general, Juan Ignacio Bermejo y Girones.solares
Don Enrique Lassala Bauza de Mirabo, en re¬
presentación de don Alberto Meier
Anguera
ydoña
Alejandrina Meier Anguera,
solicita
que lafinca
números 166 at170 de la avenida de la Meridiana
sea incluida en el Registro municipal de Solares y
otros inmuebles de edificación forzosa.
Los interesados podrán formular en el plazo
de
ocho días las alegaciones que estimen
convenientes,
y aportar o proponer
las
pruebas
practicables.
Barcelona, 19 de abril de
1966.
—El Secretario
general, Juan Ignacio
Bermejo
yGirones.
EXPOSICIÓN AL PÚBLICO
El expediente de adjudicación de parcela pro¬ cedente de expropiación de la finca n.° 3 del
To¬
rrentedeMariné, de 91 m2deextensión, al propieta¬
rio colindante, doña Josefa Payarol Padrís, estará
expuesto al público en
el
Negociado de
Urbani¬
zación de la Secretaría general, durante quince días,contados a partir de esta inserción.
Cuantas personas se consideren afectadas
podrán
presentar dentro de ese
plazo reclamaciones,
conBarcelona
Barcelona, 3 de junio de 1966. — El Secretario
general, Juan Ignacio Bermejo Girones.
* * *
El expediente de adjudicación de parcela proce¬
dente de la calle del Marqués de Sentmenat, de 89
metros cuadrados de extensión, al propietario co¬
lindante, Fuerzas Eléctricas de Cataluña, S. A.,
estará expuesto en el Negociado de Urbanización de la Secretaría general, durante quince días, con¬
tados a partir de esta inserción.
Cuantas personas se consideren afectadas podrán
presentar dentro* de ese plazo reclamaciones, con los
documentos que las justifiquen.
Barcelona, 3 de junio de 1966. — El Secretario
general, Juan Ignacio Bermejo Gironès.
CONTRIBUCIONES ESPECIALES
La Comisión municipal ejecutiva acordó, en se¬
sión de 13 de abril de 1966, ratificar la imposición
de contribuciones especiales para subvenir a las
obras de construcción de alcantarillado en la calle
Paca Soler, entre Riera Blanca y Munné, de con¬
formidad con lo dispuesto en el art. 67 de la Ley
de Régimen especial del Municipio de Barcelona,
y repartirentre los propietarios especialmente bene¬
ficiados por dichas obras la cantidad de 256.862,52
pesetas, al aplicar, hechas las deduccionesy
desgra-vaciones legales pertinentes, el móduloque establece
la Ordenanza fiscal correspondiente, del que resulta
un tanto alzado de i.631,59 ptas., por cada metro
lineal de fachada.
Durante el plazo de quince días, contados a par¬ tir de la inserción de este anuncio, podrán examinar
los interesados el expediente núm. 3798 del Nego¬
ciado de Contribuciones especiales (Aviñó, 15, 4.0), de esta Secretaría generally dentro de los ocho
siguientes presentar ante el Ayuntamiento
las
re¬ clamaciones que estimaren oportunas, segúnlo
que determina el art. 16 del Reglamento de Haciendamunicipal de Barcelona.
Barcelona, 10 de junio de 1966. — El
Secretario
general, Juan Ignacio Bermejo Girones.* * *
La Comisión municipal ejecutiva acordó, en se¬
sión de 13 de abril de 1966, ratificar la imposición
de contribuciones especiales para subvenir a las
obras de construcción de pavimento en las calles de Aglá y Escudellers Blancs, de conformidad con lo dispuesto en el art. 67 de la Ley de Régimen espe¬ cial del Municipio de Barcelona, y repartir entre los propietarios especialmente beneficiados por di¬ chas obras la cantidad de 97.093,03 ptas., al aplicar, hechas las deduccionesy desgravaciones legales per¬
tinentes, los módulos que establece la Ordenanza
fiscal correspondiente, del que resultan los tantos alzados de 4$4,go y 377 pesetas, respectivamente,
por cada metro lineal de fachada.
Durante el plazo de quince días, contados a
par¬
tir de la inserción de este anuncio, podrán examinar
los interesados el expediente núm. 3808 del
Nego¬
ciado de Contribucionesespeciales (Aviñó, núm. 15),
de esta Secretaría general, y dentro de los ocho si¬
guientes presentar ante el Ayuntamiento las recla¬ maciones que estimaren oportunas, según lo que
determina el art. 26 del Reglamento de Hacienda
municipal de Barcelona.
Barcelona, 13 de junio de 1966. —El Secretario
general, Juan Ignacio Bermejo Girones.
ORDENANZAS
El Consejo pleno acordó, en sesión fija celebrada
el 28 de junio de 1966, la imposición del arbitrio
sobre publicidad, y aprobar la Ordenanza fiscal re¬ guladora de la misma.
El expediente se halla de manifiesto en el Ne¬
gociado de Presupuestos de la Sección de Hacienda de la Secretaría general, por quince días, durante los cuales se admitirán reclamaciones de los intere¬ sados legítimos, y que deberán ser formuladas, las
dirigidas contra el acto de imposición, con inde¬
pendencia de las que impugnen la regulación, y
ambas por duplicado, a los efectos previstos en el artículo único del Decreto de 17 de diciembre del
año 1964.
Lo que se haçe público conforme a lo prevenido
en los arts. 717 y 722 de la Ley de Régimen local
y Decreto de 17 de diciembre de 1964.
Barcelona, 28 de juñio de 1966. — El Secretario
general, Juan Ignacio Bermejo Girones.
* * *
El Consejo pleno acordó, en sesión fija celebrada
el 28 de junio de 1966, la modificación de las si¬ guientes Ordenanzas fiscales:
Ordenanza General. De la Vía pública.
Sello municipal. ...
Matadero y Mercado de Ganados.
Tasa sobre saneamiento y limpieza.
Contribuciones especiales. Arbitrios con fines no fiscales.
Licencia de apertura de establecimientos.
El expediente se halla de manifiesto en el Ne¬
gociado de Presupuestos de la Sección de Hacienda
de la Secretaría general, por el plazo de
quince
días, durante los cuales los interesados legítimos podrán formular reclamaciones por separado para
cada Ordenanza impugnada, y mediante escrito por
duplicado, alos efectos previstosen el artículo
único
Gaceta Municipal de Barcelona
k.!e h -<
en la parte necesaria, el Reglamento de Hacienda
municipal de Barcelona.
Lo que se hace público conforme a lo previsto en el art. 722 de la Ley de Régimen local y Regla¬ mento de Hacienda municipal de Barcelona.
Barcelona, 28 de junio de 1966. T— El Secretario
general, Juan Ignacio Bermejo
Gironús.
MOVIMIENTO TURÍSTICO DE LAS OFICINAS
MUNICIPALES DE TURISMO E INFORMA¬
CIÓN DURANTE EL MES DE JUNIO DE 1966
Plaza Cataluña: 97 alemanes, 6 andorranos, 43
argentinos, 2 australianos, 25 belgas, 3 bolivianos,
6 canadienses, 2 costarricenses, 10 chilenos, 2 chi¬
nos, 6 daneses, 2 ecuatorianos, 625 españoles, 1
fili¬
pino, 3 finlandeses, 493 franceses, 9
griegos,
3 gua¬temaltecos, 21 holandeses, 327 ingleses, 5 israelitas,
63 italianos, 6 japoneses, 2
luxemburgueses,
3 me¬441
jicanos, 6 neozelandeses, 839 norteamericanos, 6 no¬ ruegos, 7 paraguayos, 20 portugueses, 1 sudafri¬
cano, 27 suecos, 31 suizos y 2 venezolanos. Total,
2.710.
Pueblo Español : 189 alemanes, 49 argentinos,
8belgas, 9 chilenos, 5 daneses, 537 españoles,
2 fin¬ landeses, 432 franceses, 2 griegos, 29 holandeses,
285 ingleses, 2 irlandeses, 93 italianos, 11 mejicanos, 234 norteamericanos, 3 noruegos, 4 peruanos, 2 por¬
tugueses, 55 suecos, 7 suizos, 4 uruguayos y 4 ve¬
nezolanos. Total, 1.966.
Aeropuerto del Prat : 42 alemanes, 1 andorrano, 7 argentinos, 5 belgas, 2 brasileños, 9 canadienses, 603 españoles, 49 franceses, 2 holandeses, 76 in¬
gleses y 19 italianos, 3 marroquíes, 201 norteame¬
ricanos, 3 noruegos y 2 portugueses. Total, 1.024.
Estación de Francia: 7.824.
REGLAMENTO
DEL SERVICIO
MUNICIPAL
DEL
PARQUE
ZOOLÓGICO
Aprobado por
el
Consejo
plenoel 31
de marzo de 1986Empieza a regir a partir del 30 de junio de 1966
Capítulo I
Naturaleza y fines
Art. i.° i. Es objeto de este Reglamento re¬
gular la
constitución, funcionamiento
yrégimen ju¬
rídico y económico del órganoespecial
de
gestión,
instituido por acuerdo del Ayuntamiento
pleno
de 28 de mayo de 1958, con la
denominación
de
Servicio municipal del Parque Zoológico»
(Zoo,
enabreviatura).
2. Él órgano especial no
tendrá personalidad
jurídica, pero sí autonomía
financiera
yfuncional.
3. El Servicio se regirá, en
todos
sus aspectos,por las disposiciones de este
Reglamento
y porlas
normas de régimen interior y funcionamiento quedicte la Corporación, siéndole de
aplicación
suple¬
toria la legislación de Régimen
local
y laLey de
Entidades estatales autónomas.Art. 2.0 i. Serán cometidos del Servicio, con
arreglo a los preceptos legales, Ordenanzas
muni¬
cipales y Reglamentos y disposiciones que
dicte la
Corporación:
a) Explotar, conservar y mejorar las
instala¬
ciones y edificios del Parque Zoológico de la
Ciu-dadela y la Colección Zoológica en todos sus as¬
pectos, y, con ese designio, adquirir y disponer
de
ejemplares,
promover sureproducción
yselección
y demás actividades similares; yb) Realizar cuantos cometidos le
encomiende
expresamente elAyuntamiento con relación al Par¬ que y Colección zoológicos, ya fueren auxiliares o
conexos de losanteriores y aunquehubieren de desa¬
rrollarse fuera del recinto del Zoo.
2. Quedarán excluidos del indicado cometido :
a) Los actos que representen ejercicio de auto¬
ridad; y
b) Las funciones de policía.
3- Los actos y funciones indicados en el pá¬
rrafo anterior serán ejercidos directa e inmediata- s
mente por el Ayuntamiento.
Art. 3.0 i. El Servicio actuará bajo la superior
función directora y tuitiva del Ayuntamiento, al que corresponderá asimismo la fiscalización de todas
las actividades.
2. El Servicio podrá contratar y obligarse den¬ tro de los límites de su competencia, con sujeción
a sus planes de actuación aprobados por el Ayun¬
tamiento y de conformidad con los preceptos legales
y reglamentarios relativos a la contratación y a las normas por las que el propip Servicio se rige.
3. Los actos del Servicio se entenderán reali- '
zados en interés del Municipio.
Capítulo II
Organos de gobierno, de administración
y asesoramiento
Art. 4.0 i. El gobierno y administración del Servicio estará a cargo del Consejo de Adminis¬ tración y, bajo su dependencia, la dirección ejecu¬
tiva será ejercida por un Gerente.
2. Para asesorar al Consejo de Administración existiráuna Junta Técnica y una Comisión Asesora.
Sección primera
Del Consejo de Administración
Art. 5.0 i. El Consejo de
Administración
será nombrado por la Corporación municipal, y estaráintegrado por doce miembros, del siguiente modo:
a) Seis Concejales en el ejercicio del cargo.
b) El Delegado de Servicios al que correspon¬
dan, por razón de su competencia, las cuestiones
relacionadas con el Parque Zoológico ; y
c) Cinco vocales que reúnan los requisitos
enunciados en los arts. 57 y 73 del Reglamento de
444 Gaceta Municipal de Barcelona
2. La renovación normal del Consejo de Ad¬
ministración coincidirá con la del Ayuntamiento,
y deberán cesar obligatoriamente la mitad
de
losvocales iiq Concejales.
Art. 6. i. El Fresidente y Vicepresidente del
Consejo de Administración serán designados por el
Alcalde, y los nombramientos deberán recaer en miembros del propio Consejo que sean Concejales.
. Art. 7-° Actuará de Secretario del Consejo de
Administración el Secretario general de la Corpo¬ ración, quien podrá delegar en'un funcionario mu¬
nicipal licenciado1 en Derecho, y con categoría no
inferior a la de Jefe de Negociado.
Art. 8.° - i. El Consejo de Administración se
reunirá por lo menos una vez al mesy cuando fuere
convocado por el Presidente, a
iniciativa
propia,
en virtud de disposición del Alcalde o a peticiónde la mitad más uno de los Consejeros.
2. Las reuniones se celebrarán en primera con¬
vocatoria, siempre que concurran, como mínimo, cuatro miembros Concejales y otros tres de los res¬
tantes vocales, y en segunda convocatoria, una
hora después de la anunciada, si asisten, al menos, siete Consejeros.
3. Los acuerdos se adoptarán por mayoría de
votos, y, en caso de empate, corresponderá al Pre¬
sidente dirimirlo con voto de calidad.
4. Sólo se podrán tratar asuntos no incluidos en el orden del día cuando previamente se acuerde por unanimidad,
Art. 9.0 Las convocatorias, junto con el orden del día, se cursarán a los miembros del Consejo con
antelación mínima de tres fechas.
Art. 10. Corresponderán al Consejo de Admi¬
nistración las siguientes funciones:
a) Aprobar las normas de régimen interior del
Servicio y las que afectan a los visitantes del Zoo,
con arreglo a los preceptos legales y disposiciones
municipales vigentes sobre el particular, y elevarlas
al Ayuntamiento para su ratificación.
b) Proponer al Alcalde el nombramiento del
Director o Gerente.
c) Formular los planes de actuación y some¬
terlos a la aprobación del Ayuntamiento.
d) Ejecutar los planes de actuación aprobados,
y, para ello, contratar las obras y servicios pro¬
gramados.
c) Utilizar los bienes municipales adscritos al Servicio y disponer las obras necesarias para su me¬
jora, conservación, entretenimiento y reparación.
f) Adquirir a título gratuito, salvo que la ad¬ quisición llevare aneja alguna condición o moda¬
lidad onerosa, en cuyo caso se requerirá previo acuerdo aprobatorio de la Corporación municipal.
g) Adquirir, mediante contratos de suministro u operaciones de compraventa mercantil, material fungible, útiles, enseres, vehículos y demás bienes para abastecer la colección zoológica y mantener en
perfecto estado las instalaciones.
h) Otorgar cuantos negocios jurídicos se re¬
fieran a la
adquisición, disposición
y permuta de bienes muebles, semovientes y ejemplares zooló¬gicos y enajenar directamente efectos no
utilizables,
sobrantes, desechados, residuales u otros análogos.
i) Otorgar concesiones por el aprovechamiento
de los bienes afectos al Servicio, con arreglo a las
prescripciones del Reglamento de Bienes de las En¬
tidades locales.
j) Otorgar representacionesy delegacionespara
cometidos singulares del régimen y administración del Servicio.
k) Formar el proyecto de presupuesto especial
del Servicio para su posterior aprobación reglamen¬ taria, y desarrollar la gestión económica conforme
al mismo.
I) Formar y someter a la aprobación del Ayun¬
tamiento las plantillas del personal del Servicio afecto al mismo, con fijación de sus haberes,
y
efectuar el nombramiento, corrección y separación, salvo cuandose trate de quienes tengan la condición
de funcionario; y
II) Dar cuenta anualmente de la labor reali¬ zada mediante una Memoria destinada a informar a la Corporación sobre, el funcionamiento del Servicio
durante el ejercicio.
Art. 11. i. Corresponderá al Presidente del
Consejo de Administración :
a) Convocar, presidir, suspender y levantar las
reuniones del Consejo de Administración, dirigir
las deliberaciones y dirimir los empates con voto de calidad.
b) Ostentar la representación de la Corpora¬
ción municipal ante cualesquiera
Juzgados, Tribu¬
nales, Autoridades, Corporaciones y Organismos,
accionando y excepcionando en toda clase de expe¬
dientes, procedimientos y juicios, en reclamación,
petición o defensa de los intereses de la Corpo¬
ración en lo que afecten a las funciones que el
Servicio tiene encomendadas.
c) La superior inspección y dirección de los
servicios.
d) Dictar las disposiciones precisas para la eje¬
cución de los acuerdos del Consejo.
e) La ordenación de pagos, dentro de los lí¬
mites y condiciones establecidas en el presupuesto
del Servicio ; y
f) La firma de cuantos actos y documentos im¬
pliquen obligaciones para el Servicio.
2. El Presidente del Consejo de Administración
podrá suspender la ejecución de los acuerdos
cuando :
i.° Recaigan en asuntosque no sean de su com¬
petencia.
2.0 Fueren contrarios a los intereses generales
del Municipio.
3.0 Constituyan infracción manifiesta de las Leyes, Reglamentos, Ordenanzas municipales u
otras disposiciones dictadas por el Ayuntamiento.
3. La suspensión habrá de decretarse dentro de
tomado el acuerdo, y será comunicada inmediata¬
mente, junto con los antecedentes, al Alcalde, quien
la confirmará o revocará en el plazo de cuarenta y ocho horas,
entendiéndose revocada si
vencedicho
término sin que dicte niguna decisión.
4. En el caso de que
el Alcalde
mantengala
suspensión,
se estará a lo queestablece
el art. 47para
las suspensiones
decretadas directamente
porla Alcaldía.
Art. 12. i. El Vicepresidente sustituirá al Pre¬
sidente y asumirá sus facultades y
atribuciones
en los casos de vacante, ausencia o enfermedad.2. Ea Vicepresidencia ejercerá cuantas fun¬ ciones le delegue el Presidente por escrito y dando cuenta al Consejo de Administración.
3. Cuando la sustitución obedeciere a tener
que atender el Presidente a la vez otras
funciones,
lo comunicará al Vicepresidente que haya de reem¬
plazarlo, quien no tendrá que acreditar ante
los
demás miembros la sustitución, aunque le hubiere
sido transmitida verbalmente.
Art. 13. Incumbirá al Secretario :
a) Asistir a las reuniones del Consejo de Ad¬
ministración, con voz, pero sin voto.
b) Preparar los asuntos que hayan de servir al Presidente para formar el orden del día de cada
convocatoria.
c) Redactar el acta de las reuniones y, una
vez aprobada, transcribirla al libro destinado al
efecto; y
d) Asesorar jurídica y administrativamente al
Servicio, en colaboración con los Servicios jurí¬
dicos del Ayuntamiento, para seguir los procedi¬
mientos de toda índole en defensa de los intereses del propio Serviclio.
Sección segunda
Del Gerente
Art. 14. i. Ea ejecución de los trabajos y la administración del
Servicio, bajo
las órdenes
del
Consejo de Administración y de su Presidente, es¬ tará a cargo de un Gerente, nombrado por el Al¬
calde a propuesta del Consejo.
Art. 15. i. El Gerente deberá estar en pose¬ sión de título expedido por Facultad universitaria
o Escuela técnica superior, y podrá ser o no fun¬
cionario municipal.
Art. 16. i. El Servicio otorgará con el Ge¬ rente un contrato de duración no superior a diez
años, en el que se fijen las condiciones del nom¬
bramiento y de la prestación de sus servicios. 2. Si el designado fuere funcionario de la Cor¬
poración, quedará en la situación de excedencia ac¬
tiva que regula el art. 60 del Reglamento de fun¬
cionarios de Administración local, pero el tiempo
que permanezca en dicha situación le será compu¬
tado a todos los efectos.
3. Si no es funcionario
municipal, el
contratoquedará excluido de todo carácter
administrativo
o laboral, por ser una relación de
Derecho privado.
Art. 17. i. Serán funciones del Gerente:a) Ejecutar y hacer cumplir
los
acuerdos del
Consejo, con sujeción, en su caso, a las
disposi¬
ciones establecidas al efecto por el Presidente.b) Dirigir e inspeccionar los
servicios, bajo la
superior dirección de la Presidencia.
c) Representar administrativamente
al
órgano
especial.
d) Ejercer la jefatura del personal
adscrito
al
Servicio, sin perjuicio de que
pueda existir
enla
organización interior del Servicio un encargado
del
personal, que actuará por su
delegación.
e) Asistir a las sesiones del
Consejo
y JuntaTécnica,
con voz ysin
voto./) Proponer la ordenación de gastosy pagos ; y
g) Eas demás que expresamente y por
escrito
le confiera el Consejo dentro desus'atribuciones.
Art. 18. El Servicio•establecerá su organiza¬ ción de trabajo a base de un Administrador, que cuidará de todas las funciones burocráticas, conta¬
bles y de personal, un jefe técnico, con
título
su¬perior, que desempeñará la dirección facultativa
del Departamento técnico, y uno o varios encar¬
gados de los distintos servicios.
Sección tercera
De la Junta Técnica y Comisión Asesora •Art. 19. i. Asistirá al Consejo de Adminis¬ tración una Junta Técnica, integrada por el Se¬
cretario general de la Corporación, el Interventor
y Depositario de fondos municipales, el
Director
técnico del Servicio municipal de Parques y Jar¬
dines, el ingeniero Jefe de la Agrupación de Ser¬
vicios Industriales y el Director del Museo Etno¬
lógico.
2. Ea Junta Técnica se reunirá bajo la pre¬ sidencia del Presidente del Consejo cuando éste le requiera, y sus
miembros
podrán serconvocados
indistintamente a las reuniones del Consejo y asis¬tir a ellas con voz, pero sin voto.
Art. 20. i. El Alcalde podrá nombrar hasta
un máximo de veinte personas para formar una
Comisión Asesora del Zoo, preferentemente entre
representantes de entidades o asociaciones
de
fines
benéfico altruistas o de defensa de los intereses de
la Ciudad, especialmente 'relacionadas con el Zoo,
y entre aquellas otras que, por haber efectuado no¬ tables donativos o prestado servicios al mismo,
hayan merecido el título honorifico.de «Frotector
del Parque Zoológico de Barcelona».
2. "Ea Comisión Asesora se reunirá preceptiva¬
mente una vez al año, sin perjuicio de
poder
ser convocada siempre que el Presidente o el Consejo446
Gaceta Municipal de Barcelona3. Será consultada en todos aquellos asuntos
que estimen pertinentes el Consejo de Adminis¬
tración o su Presidente, que formule cuantas
suge¬
rencias crea oportunas a fin de conseguir la mayor
eficacia en el cometido del Servicio.
Capítulo I FI
Del patrimonio
Art. 21. i. El Ayuntamiento adscribe al Servi¬ cio la extensión territorial delimitada por el recinto
que circunde el Parque Zoológico,
en el Parque de
la
Ciudadela,
con todas las, instalaciones, construc¬ ciones y edificios, jardines, grupos
escultóricos, es¬
pecies zoológicas que comprende, y los aparatos, enseres, útiles, inmuebles y demás efectos de natu¬
raleza análoga.
Art. 22. i. Se formalizará un inventario de
todos los bienes que el Ayuntamiento ponga a dis¬ posición del Zoo, agrupados según naturaleza, afec¬ tación y destino con expresión de su valor y situa¬
ción o estado.
2. Ea reseña de los bienes su entrega mediante inventario y la rectificación anual de éste se verifi¬ cará con arreglo alos preceptos aplicables del Regla¬ mento de Bienes dq las Entidades locales.
3. Eos aludidos bienes se considerarán como patrimonio inicial del Zoo en congruencia
con lo previsto por el art..82 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones locales.
Art. 23. El Servicio no adquirirá la propiedad
de los bienes que se le adscriban y deberá utili¬ zarlos exclusivamente para
el cumplimiento de sus
fines.
Capítulo IV
De los recursos del Servicio
Art. 24. Eos recursos del Servicio serán :
a) Productos del mismo.
b) Cantidades expresamente consignadas a tal
fin en los Presupuestos ordinarios o extraordinarios de la Corporación.
c)
Subvenciones,
donativos o aportaciones vo¬luntarias de
Corporaciones,
Entidadeso particulares.d) Indemnizaciones por daños ocasionados a elementos del Servicio.
e) Multas impuestas por incumplimiento de
contratos.
f) Cánones por concesiones u otras formas de utilización de bienes afectos al Servicio.
g) Importe de los trabajos encargados al Servi¬
cio por organismos públicos y corporaciones
; y
h) Cualquierotro que pueda serle atribuido por
precepto legal o acuerdo de la Corporación.
Art. 25. Constituirán productos del Servicio los
rendimientos obtenidos mediante la explotación y
aprovechamiento de los bienes afectos al mismo
independientes de la recaudación por tasa de en¬
trada al recinto del Zoo.
Art. 26. El Servicio formará para cada ejer¬
cicio económico, coincidente con el del Ayunta¬
miento, un Presupuesto especial, independiente del
de la Corporación, nutrido con los ingresos norma¬ les que se prevean y con arreglo a lo que disponen
los arts. 77, 78 y 79~del Reglamento de la Hacienda
municipal de Barcelona.
Art. 27. El estado de Gastos del Presupuesto
comprenderá lo previsto para el sostenimiento nor¬
mal de los servicios, adquisición
y reposición de
materiales y elementos necesarios para las presta¬
ciones, reparación de instalaciones y bienes adscri¬ tos, haberes y atenciones del personal y material de
oficinas, y otros análogos.
Art. 28. i. El estado de Ingresos contendrá los
recursos que se consignan en el art.
24.
2. Para el cálculo de los productos del Servicio se tendrán en cuenta los resultados del
ejercicio
anteriory del que se halle en curso,
y los previsibles para el siguiente.
Art. 29. i. Formará el proyecto del Presupuesto
especial el Consejo de
Administración,
tomando como base el anteproyectoelaborado por el Gerente.2. El proyecto del Presupuesto especial se aco¬
modará en su estructura al ordinario de la Corpo¬
ración, a la que será elevado para su aprobación
en la forma y plazos que determina la Eey de Ré¬
gimen especial y el Reglamento de la Hacienda
municipal de Barcelona.
Art. 30. Ante la necesidad de un gasto para el
que no hubiera crédito o fuera insuficiente el con¬ signado en el Presupuesto especial, el Consejo de Administración podrá proponer al Ayuntamiento
que apruebe una habilitación o suplemento de cré¬ dito, respectivamente, si existiera sobrante del
ejercicio anterior, exceso de ingresos sobre dicho Presupuesto o partidas del mismo reducibles que
permitieran la transferencia.
Capítulo V
Depósito de fondos
Art. 31-. i. Todos los fondos del Servicio de¬ berán ingresar en la Depositaría municipal, que
llevará cuentas especiales del efectivo
y valores del
Servicio, con absoluta independencia de los fondos
de los Presupuestos municipales y sin que unos y
otros puedan confundirse.
2. El Gerente tendrá a su cargo la custodia de las cantidades procedentes de las operaciones dia¬
rias, para ingresarlas semanalmente en la Deposi¬
taría de Fondos municipales.
3. No obstante, el Consejo podrá autorizar la
existencia de una Caja auxiliar en la que el Ge¬
pe-setas, aplicable al pago de facturas por suministros
al contado y pequeñas atenciones, que podrá estar
depositada en un Banco con firma completa e in¬
distinta del Presidente, Vicepresidente, Gerente,
Interventor o Administrador.
Capítulo VI
Intervención, contabilidad y fondo de reserva Art. 32. i. La gestión económica del Servicio
será objeto de una permanente fiscalización por la
Intervención de Fondos municipales, ya directa¬ mente por el propio Interventor o> por funcionarios
con título adecuado en quien delegue.
2. La función fiscalizadora se realizará en for¬ ma similar a la determinada para el Ayuntamiento
por el párrafo 2 del art. 770 de la Ley de Régimen
local y las reglas 4.a y 5.a de la Instrucción de Con¬ tabilidad de las Corporaciones locales.
3. La función contable se desarrollará bajo la
dirección del Interventor de fondos municipales y
en la forma que determina el párrafo 3 del art. 770
de la citada Ley y la regla 6.a de la referida Ins¬
trucción de Contabilidad.
4. La contabilidad del Servicio se llevará con
absoluta independencia de la general del Ayunta¬ miento.
5. Lascuentasanualessesujetarán alasnormas
establecidas para las Entidades locales y deberá
rendirlas el Consejo de Administración y aprobarlas
el Servicio nacional de Inspección y Asesoramiento,
previo informe de la Corporación.
Art. 33. Anualmente
Ael
Gerente presentará el Inventario de los bienes y ejemplares zoológicosafectos alServicio, la cuenta general de Presupues¬
tos yla de Caudales, acompañadas de una Memoria expresiva de la gestión verificada durante el ejer¬ cicio, todo lo cual habrá de someterse a la aproba¬
ción del Consejo de Administración y por éste a la del Ayuntamiento.
Art. 34. Los excedentes que se obtuvieren des¬
puésde satisfacer los gastostotales de la explotación
del Servicio, conservación normal de obras ei ins¬
talaciones e intereses y amortización de la Deuda
que, en su caso, se hubiere contraído para el esta¬ blecimiento de aquél o sus eventuales ampliaciones,
se aplicarán:
a) Al fondo de reserva, un 20 por 100, y
b) A las necesidades generales del Municipio,
el exceso que resultare.
Art. 35. i. El fondo de reserva será objeto de contabilidad separada de la ordinaria del Ayunta¬ miento y se ingresará en cuenta especial distinta de la general del Servicio.
2. Dicho fondo se entenderá obligatorio hasta
que alcance el 50 por 100 de la valoración de los
bienesadscritos alServicio, a que serefiereel art. 21
de este Reglamento, y voluntariamente en lo que
exceda del indicado porcentaje.
Art. 36. El fondo de reserva constituirá una
disponibilidad para hacer frente al déficit de la li¬ quidación del Presupuesto a gastos extraordinarios
que se originaron por circunstancias anormales, sin
perjuicio de que cuando- alcanzare el tipo obliga¬
torio del artículo anterior, se pueda, destinar hasta
el máximo del 60 por 100 a garantizar las opera¬
ciones financieras con destino a la ampliación o renovación de instalaciones.
Art. 37. Si se produjeran pérdidas en algún
ejercicio serán asumidas momentáneamente, y salvo
la absorción que determina el artículo anterior, por
el Ayuntamiento, en la forma yplazos que acuerde,
y con la obligación de reintegrarle las cantidades aportadas tan pronto existan disponibilidades en el
fondo de reserva.
Art. 38. i. No se podrá disponer del fondo de
reserva, excepto cuando hubiere de aplicarse a la
compensación de pérdidas, sino en virtud de pro¬
puesta del Consejo de Administración, adoptadapor
mayoría de los dos tercios del número legal de sus miembros y aprobada por la Corporación.
2. Las operaciones que se efectuaren con cargo al referido fondo requerirán Presupuesto extraordi¬
nario y, en su defecto, habilitaciones o suplementos
de crédito en el Presupuesto especial.
Capítulo VII
Del personal
Art. 39. El Servicio dispondrá del personal ne¬
cesario, cuyo número, categoría y funciones se de¬
terminarán en la plantilla máxima elaborada por el
Consejo de Administración yaprobada por el
Ayun¬
tamiento, con el oportuno! visado de la Dirección
General de Administración local.
Art. 40. Integrarán las plantillas del
Servicio
:a) Los funcionarios del Ayuntamiento que
for¬
men parte de las plantillas municipales; y
b) El personal que contrate el propio
Servicio.
Art. 41. El personal a que se refiere el apar¬ tado
a)
del art. 40 quedará en situación de exce¬dencia activaen el escalafón desu procedencia, pero el tiempo que permanezca en
dicha situación le
será
computado a todos los efectos.
Art. 42. i. El Servicio
podrá nombrar
directa¬
mente el personal a que se refiere elapartado
b)
del
art. 40, necesariopara cubrir suspuestos
de
trabajo,
con arreglo a las plantillas
establecidas
ymediante
la aplicación de los procesos
selectivos
que sefijen,
y adaptación a lo previsto en
las
normasgenerales
de Administración local.
2. Este personal quedará
sometido
alas dispo¬
44§
Gaceta Municipal de BarcelonaArt. 43. No se podrá designar personal ni sa¬
tisfacer remuneraciones por empleos o cargos que no figuren en las plantillas aprobadas.
capítulo viii
De la tutela
Art. 44. i. En orden al debido ejercicio de la suprema función directoray tuitiva del Servicio que
corresponde indeclinablemente al Ayuntamiento1, el Consejo de Administración estará obligado a dar
cuenta periódidamente a la Alcaldía de los asuntos
de importancia, que rebasen el carácter de actos de
mera gestión y no figuren taxativamente expresados
en los respectivos planes de actuación.
2. Eos actos del Servicio estarán sujetos a la
autorización o aprobación del Ayuntamiento en los
casos procedentes, según lo prescrito en este Re¬ glamento y en las demás disposiciones aplicables.
3. El Alcalde podrá recabar de los órganos de
gobierno y administración del servicio toda clase
de informes y documentos, así como ordenar las
inspecciones que estime oportunas.
Capítulo IX
Del régimen jurídico
Art. 45. Ras relaciones entre el Servicio y la Administración municipal se efectuarán a través
del Delegado de Servicios a quien esté
atribuida la
competencia en la materia.
Art. 46. Contra los acuerdos del Consejo
de
Administración y los actos o decisiones del Ge¬ rente susceptibles de lesionar derechos
subjetivos
de los administrados, podrá recurrirse en alzada
ante la Alcaldía, cuya resolución no será objeto
de ulterior recurso en vía administrativa.
Art. 47. i. El Alcalde estará facultado para
suspender los acuerdos o actos del Consejo de Ad¬
ministración y del Gerente, en los casos y por los motivos a que se refiere el párrafo 2 del art. 11, y, en tal supuesto,, deberá poner la suspensión en co¬
nocimiento del órgano colegiado competente de la
Corporación, en la primera sesión que celebre, a fin
de que en el ejercicio de la correspondiente función
fiscalizadora confirme o revoque la medida adoptada.
2. A los efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, el Presidente del Consejo de
Administra¬
ción remitirá a la Alcaldía, dentro de los tres días
siguientes a la celebración de cualquier reunión del
Consejo, nota de los acuerdos adoptados.
Capítulo X
Duración del Servicio
Art. 48. El Servicio se constituye por tiempo
indeterminado.
Art. 49. El Servicio se extinguirá cuando, oído el Consejo de Administración, lo acuerde el Con¬ sejo pleno del Ayuntamiento, en el ejercicio de la facultad que le confiere el art. 30 del Reglamento
de Servicios de las Corporaciones locales.
Art. 50. Al disolverse el Servicio el Ayunta¬ miento le sucederá umversalmente.
»
Disposición adicional
Este Reglamento deroga y sustituye el que con carácter provisional aprobó el Ayuntamiento pleno
en sesión de 20 de enero de 1959.
Casa Provincial de Caridad