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Gaceta municipal de Barcelona. Año 053, nº 20 (11 jul. 1966)

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(1)

DE

BARCELONA

11 de julio de 1966

Se publica decenalmente

PRECIOS DE SUSCRIPCIÓN

Barcelona, anual loo pesetas Provincias y posesiones .125 » Otrospaíses y posesiones 200 »

Número corriente 10 1»

DEPÓSITO LEGAL. B. 1824. -

I958-ADMINISTRACIÓN Y SUSCRIPCIÓN

Oficina de la Gaceta Municipal-Ciudad, 4, bajos.

La correspondencia se dirigirà al limo. Sr. Secretario

general del Ayuntamiento de Barcelona.

\

SUMAR

I

O

Página

Publicaciones y disposiciones oficiales

435

Anuncios oficiales 437

Reglamento del Servicio municipal del Parque Zoológico.

(2)

Año LUI = Num. 20

Se pîiblica decenalmente

DE

BARCELONA

11 de julio de 1966

PRECIOS DE SUSCRIPCIÓN

depósito legal. b. 18*4. - i958'

ADMINISTRACIÓN Y SUSCRIPCIÓN

PUBLICACIONES

Y

DISPOSICIONES OFICIALES

BOLETÍN OFICIAL, DEL ESTADO

Mes de junio de 1966

Día 24. Ayuntamiento de

Barcelona:

Bases

referentesa laoposición libre para proveer 24

plazas

de Oficial de laEscala Técnico-Administrativa,

Sub-grupo Secretaría.

— Resolución del

Ayuntamiento de

Barcelona

referente a la oposición libre para proveer 42

plazas

de Médicos de Dispensarios de los Servicios

de Asis¬

tencia Médica municipal.

Día 25. — Ayuntamiento de

Barcelona.

Reso¬

lución del Ayuntamiento de Barcelona

referente

al

concurso libre para proveer una plaza

de

Médico

de

Instituciones Nosocomiales y Servicios

Especiales

(Reiunatología).

Mes de julio de 1966

Día i. — Ayuntamiento de Barcelona.

Reso¬

lución del Ayuntamiento de

Barcelona

referente

al

concurso libre para proveer 20

plazas

de Profesores

especiales de las Escuelas de Enseñanza

Primaria

de esta Corporación.

— Resolución del

Ayuntamiento de

Barcelona

referente a la oposición libre para proveer 15

plazas

de Auxiliares Técnicos de los ServiciosTécnicos de

Arquitectura e Ingeniería.

Resolución del Ayuntamiento

de

Barcelona

referente al concurso-oposición libre para proveer 12 plazas de Intérpretes informadores

de

Turismo.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Mes de junio de 1966

Día 24. — Servicio municipal de Parques y

Jar¬

dines. — Finalizados los trabajos de jardinería en

un patio del Asilo de Nuestra

Señora de Port

(jar¬

dinería), adjudicados a Hortícola

Avenida,

se

hace

público a los efectos de cancelación

de la

garantía

definitiva.

— Ayuntamiento de Barcelona.

Por

pérdida

del original, doña Pilar Moix

Miquel

solicita dupli¬

cado del permiso- municipal para

alquiler

de turismo

especial de lujo n.° 3,

expedido

a su

nombre.

Día 28. — Ayuntamiento de Barcelona. —

En

sesión celebrada el día 13 de abril de 1966,

la

Co¬

misión municipal ejecutiva acordó imponer

contri¬

bución especial a todos

los

propietarios de

las fincas

enclavadasen lacalle de Paca Soler y que resultaren

beneficiadas con las obras de construcción de alcan¬

tarillado que se llevana

cabo

en

la

mencionada

calle,

a fin de subvenir a las mismas.

Día 29. Ayuntamiento de

Barcelona.

Opo¬

sición libre para proveer 15

plazas

de

Auxiliares

Técnicos de los Servicios Técnicos de Arquitectura

e Ingeniería.

Día 30. — Ayuntamiento

de

Barcelona.

Rela¬

ción de admitidos al concurso libre para proveer 20 plazas de

Profesores

especiales de

Escuela

de

Enseñanza Primaria (7 de

Cultura

general,

3

de

Francés, 3 de Corte y

Confección,

2

de

Lencería

(3)

436

2 de Música). Tribunal calificador constituido a tal

efecto.

Mes de julio de 1966

Día i. — Ayuntamiento de Barcelona.

— Bases que han de regir en el concurso restringido para proveer dos plazas de Cabo del Servicio de Extin¬

ción de Incendios y Salvamentos.

Día 2. — Ayuntamiento de Barcelona. — En

nombre y representación de don Alberto Meier An¬

guera y doña Alejandrina Meier Anguera, don

Enrique Eassala Bauza de Mirabo solicita que la

finca propiedad de sus representados, sita en los

n.s 166 al 170 de la avenida Meridiana, sea incluida en el Registró municipal de solares sujetos a edifi¬

cación forzosa.

— Concurso

público para el otorgamiento de las

licencias de utilización y explotación de los talleres

de artesanía, tiendas anexas y locales sitos en el Pueblo Español de Montjuich.

Bases que han de regir en el concurso res¬

tringido para proveer una plaza de Encargado de

Servicios del Matadero.

Día 4. — Ayuntamiento de Barcelona. — Expo¬ sición al público, en el Negociado de Urbanización,

del expediente de adjudicación de parcela proce¬ dente de la calle del Marqués de Sentmenat, al

propietario colindante, F.E.C.S.A.

Día 5. Ayuntamiento de Barcelona. — Expo¬ sición al público, en el Negociado de Urbanización, del expediente de adjudicación de parcela proce¬ dente de expropiación de la finca n.° 3 del torrente de Mariné, al propietario colindante, doña Josefa Payarol Padrís.

— Finalizadas las obras de construcción de al¬

cantarillado para desagüe de la zona del nuevo

campo del F. C. B., adjudicadas a Materiales y

Tubos Bonna, S. A., se hace público a los efectos

de cancelación de la garantía definitiva.

—• Por

pérdida del original, doña María Teresa

Martí Xuriguer solicita duplicado del permiso mu¬

nicipal de circulación de autotaxi 11.0 763, expedido

a su nombre.

Por pérdida del original, don Marcial Mar¬

tínez Gómez solicita duplicado del carnet municipal de conductor de autotaxi n.° 25168, expedido a su

nombre.

— Relación de admitidos al

concurso-oposición

para proveer 60 plazas de alumnos aspirantes a in¬ greso en la Sección de Formación de la Escuela de

la Policía municipal.

Día 6. — Ayuntamiento de Barcelona. — Fina¬

lizadas las obras de habilitación de compartimentos individuales en la cámara frigorífica del Mercado de Eas Corts, y de refrigeración y accesorios en edi¬ ficiosde Abastos, adjudicadas a Industrias del Frío,

Sociedad Anónima, se hace público a los efectos de

cancelación de la garantía definitiva.

— Finalizadas las obras de

pintura en instala¬

ciones deportivas y Mercados municipales, adjudi¬

cadas a don Francisco Torelló Casanovas, se hace 'público a los efectos de cancelación de la garantía

definitiva.

— En sesión celebrada el día

13 de abril de 1966

la Comisión municipal ejecutiva acordó imponer contribución especial a todos los propietarios de las fincas que, enclavadas en la calle deAglá y en la de

Escudellers Blancs, resultaren beneficiadas con las

obras de construcción de pavimento en las mencio¬

nadas calles, a fin de subvenir a las citadas obras.

- — El

Consejo pleno, en sesión fija celebrada el

día 28 de junio de 1966, acordó la imposición del

arbitrio sobre publicidad y la aprobación de la Or¬

denanza fiscalreguladora de la misma. El expediente

se halla expuesto en el Negociado de Presupuestos.

— En la misma sesión fueron

aprobadas las mo¬

dificaciones de las siguientes Ordenanzas fiscales:

Ordenanza general; de la Vía pública ; Sello mu¬

nicipal; Matadero y Mercado de ganados; Tasa

sobre saneamiento y limpieza; Contribuciones es¬

peciales; Arbitrios con fines no fiscales; Licencia

de apertura de establecimientos. El correspondiente

expediente se halla expuesto en el Negociado de

Presupuestos.

— Bases

que han de regir en el concurso libre

para proveer una plaza de Médico de-Instituciones

Nosocomiales y Servicios especiales

(Dermatología).

— Bases

que han de regir en el concurso libre

para proveer una plaza de Médico de Instituciones

(4)

ANUNCIOS

OFICIALES

CONCURSOS

Se anuncia concurso público para modificación

de accesos y registros correspondientes a las minas

deagua de Moneada, sitos bajo el tramo segundo de

la Autovía Meridiana, bajo el tipo de 159.250,41

pesetas, con arreglo al proyecto que está de mani¬

fiesto en el Negociado de Servicios públicos de. esta

Secretaría general.

La duración del contrato será de ocho meses.

El pago de esta obra se. efectuará con cargo al Presupuesto ordinario de Gastos.

Para tomarparte en la licitación los participantes

deberán constituir previamente la garantía provi¬

sional de 3.185 ptas.; la definitiva será del4 por 100 delprecio de adjudicación, y la complementaria, en su caso, se deducirá en la forma dispuesta por el art. 82 del Reglamento de Contratación de las Cor¬

poraciones locales.

Las proposiciones, extendidas en papel del tim¬ bre de 6 ptas. y reintegradas con sello municipal de

22 ptas., se redactarán con arreglo a este modelo:

«Don ,

vecino de ' , con domicilio en

, enterado del pliego de condiciones,

presupuesto y plano que han de regir en el concurso

público convocado para contratar la modificación de

accesos y registros correspondiente a las minas de

agua de Moneada, sitos bajo el tramo segundo de la

Autovía Meridiana, se compromete a ejecutarlas,

con sujeción a los citados documentos, por ptas. (en letras y

cifras).

Asimismo se compromete a cumplir lo dispuesto por las Leyes protectoras de la Industria nacional

y del Trabajo en todos sus aspectos, incluidos los de

Previsión y Seguridad social.

(Fecha y firma del

proponente.)»

Las proposiciones, juntamente con todos los do¬

cumentos debidamente reintegrados que requiere el pliego, se presentarán, dentro de sobre cerrado, en

el mencionado Negociado, durante las horas de ofi¬

cina, desde el día siguiente al de la inserción de este

anuncio hasta las trece horas del hábil anterior al

del concurso.

La apertura de plicas se verificará eni la Casa

sede Consistorial el día en quie se cumplan los vein¬ tiuno hábiles, a partir de las diez horas, desde el

siguiente al de la publicación de este anuncio en la

Gaceta municipal.

Barcelona, i.° de julio de 1966. — El Secretario

general, Juan Ignacio Bërmkjo y Girones.

* * *

Se convoca concurso público para el otorga¬

miento de las licencias de utilización y explotación

de los talleres de artesanía, tiendas anexas y locales sitos en el Pueblo Español de Montjuich, compren¬ didos en los apartados 1 y 2 del art. 11 del Regla¬ mento del indicado recinto.

La duración del contrato será de cinco años. El pliego de condiciones estará de manifiesto en

el Negociado de Asuntos generales de esta Secre¬

taría general, durante el plazo que después se in¬ dicará.

La garantía provisional para tomar parte en el concurso es de 2.000 ptas., y la definitiva, de 5.000

pesetas.

Las proposiciones, reintegradas con timbre de 6 ptas. y sellos municipales por valor de 4,50 ptas.,

se redactarán con sujeción al modelo que obra en poder del indicado Negociado de Asuntos generales,

ante el cual deberán presentarse las mismas en plica

cerrada, durante las horas de oficina, desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia hasta las trece

horas del hábil anterior M de la celebración del concurso.

Laapertura de plicas severificará en el despacho

del ilustrísimo señor Delegado de Servicios de Ré¬

gimen Interior y Relaciones Públicas, de la Casa

Consistorial, a las once horas del día en que se

cumplan los once hábiles, a contar del siguiente al de la inserción de este anuncio en el Boletín Ofi¬

cial antes indicado. 1

A los efectos oportunos se hace constar que para

la validez del contrato no se precisa obtener auto¬

(5)

Barcelona

Barcelona, i.° de junio de 1966. — El Secretario

general, Juan Ignacio Bermejo y Gironès.

Servicio municipal de Parques y Jardines

Se anuncia concurso de ordenación jardinera de la segunda etapa del Sudoeste del Besos (elementos auxiliares - bancos), bajo el tipo de 165.710,40 pe¬

setas, según proyecto que está de manifiesto en las

oficinas de este Servicio municipal, sitas en la ave¬ nida del Marqués de Comillas, s/n. (Parque de

Montjuich).

La duración de esta obra será de cuatro meses.

El pago de esta obra se efectuará con cargo al

Presupuesto del Patronato municipal de Ta Vivienda.

Para tomar parte en el concurso los lidiadores

deberán constituir previamente la garantía provisio¬

nal de 3.314,20 ptas.; la

definitiva

será del4 por 100 del precio de adjudicación, y la complementaria, en su caso, se deducirá en la forma dispuesta por el art. 82 del Reglamento de Contratación de las Cor¬

poraciones locales.

Las proposiciones, extendidas en papel del tim¬

bre de 3 ptas. y reintegradas con sello municipal de

22 ptas., se redactarán con arreglo al

modelo

que

consta en el expediente.

Las proposiciones, juntamente con todos los

do¬

cumentos debidamente reintegrados que requiere el

pliego, se presentarán en el

mencionado Servicio

municipal, durante las horas de oficina,

desde el

'día siguiente al de la inserción de este anuncio

hasta las trece horas del hábil anterior al del con¬

curso.

La apertura de plicas se

verificará

en la

sede de

'este Servicio, a partir de las diez horas del día en

que se cumplan los

veintiuno hábiles,

desde el

si¬

guiente-al de la

publicación

de

este

anuncio

en

la

Gaceta municipal.

Barcelona, 30 de junio de 1966. —

El Director

Gerente, Luís Rtudor.

* * #

Se anuncia concurso de ordenación jardinera de

la segunda etapa del Sudoeste del Besós

(Jardine¬

ría), bajo el tipo de 1.388.516,40 ptas., según pro¬

yecto que está de manifiesto en las oficinas de este Servicio municipal, sitas en la avenida del Marqués

de Comillas, s/n. (Parque de

Montjuich).

La duración de esta obra será de dos meses.

El pago de esta obra se efectuará con cargo al

Presupuesto del Patronato municipal de la Vivienda.

Para tomar parte en el concurso los licitadores

deberán constituir previamente la garantía provisio¬

nal de 27.770,32 ptas.; la definitiva será del4 por 100 del precio de adjudicación, y la complementaria, en su caso, se deducirá en la forma dispuesta por el art. 82 del Reglamento de Contratación de las Cor¬ poraciones

locales.

Las proposiciones, extendidas en papel del tim¬ bre de 3 ptas. y reintegradas cori sello municipal de 166 ptas., se redactarán con areglo al modelo

que consta en el expediente.

Las proposiciones, juntamente con todos los do¬

cumentos debidamente reintegrados que requiere el

pliego, se presentarán en el mencionado Servicio

municipal durante las horas de oficina, desde el día

siguiente al de la inserción de este anuncio hasta

las trece horas del hábil anterior al del concurso.

La apertura de plicas se verificará en la sede de este serviciof a partir de las 10 horas del día

en que se cumplan los 21 hábiles desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

Barcelona, 30 de junio de 1966. — El Director

gerente, Luis Riudor.

CANCELACIÓN DE GARANTÍAS

Doña María del Remedio Circos Cortés, apode¬

rada de don Luis Puig Sieres, adjudicatario del su¬ ministro de-200 postes con brazo, destinados a la

instalación del alumbrado público en los cruces del Ensanche de la Ciudad, solicita la devolución de las garantías definitiva y complementaria, constitui¬ das en méritos de dicho contrato.

Lo que se hace público para que. en el plazo de quince días puedan presentar reclamaciones quie¬ nes se consideren tener algún derecho exigible al

adjudicatario por razón del contrato garantizado.

Barcelona, i.° de julio de 1966. — El Secretario

general, Juan Ignacio Bermejo y Girones.

* * #

Finalizadas las obras de construcción de alcan¬

tarillado para desagüe de la zona del nuevo campo del Club de Fútbol Barcelona, adjudicadas a

Materiales y Tubos Bonna, S. A., se hace público, a los efectos de cancelación de garantía definitiva

y en cumplimiento de lo dispuesto por el art. 88

del Reglamento de Contratación de las Corpora¬ ciones Locales, para que en el plazo de quince

días

puedan presentar reclamaciones quienes creyeren

tener algún derecho exigible a dicha sociedad, por

razón del contrato garantizado.

Barcelona, 7 de junio de 1966. — El

Secretario

general, Juan Ignacio Bermejo y

Gironès.

* * *

'

»

Finalizadas las obras de pintura en instalaciones

deportivas y Mercados municipales,

adjudicadas

a don Francisco Torelló Casanovas, se hace público,

a los efectos de cancelación de garantía

definitiva

y en cumplimiento de lo dispuesto por el art. 88

del

Reglamento de Contratación de las

Corporaciones

(6)

Gaceta Municipal de Barcelona 439

presentarreclamaciones quienes creyerenteneralgún

derecho exigible a dicho contratista, por razón del

contrato garantizado.

Barcelona, 21 de junio de 1966. —1 El Secretario

general, Juan Ignacio Bermejo y Girones.

* * *

Finalizadas las obras de habilitación de compar¬

timientos individuales en la cámara frigorífica del

Mercado de Las Corts, y de refrigeración y acceso¬ rios en edificios de Abastos, adjudicadas aIndustrias

del Frío, S. A., se hace público, a los efectos de

cancelación degarantía definitivay encumplimiento

de lo dispuesto por el art. 88 del Reglamento de

Contratación de las Corporaciones Locales, para que en el plazo de quince días puedan presentar recla¬ maciones quienes creyeren tener algún derecho exi¬ gible a dicha Sociedad, por

razón del

contrato ga¬ rantizado.

Barcelona, 18 de junio de 1966. — El Secretario

general, Juan Ignacio Bermejo y

Girones.

SERVICIO MUNICIPAL

DE PARQUES Y JARDINES

Finalizados los trabajos de «Jardinería en un

patio del Asilo de Nuestra Señora de Port»

(jardi¬

nería), adjudicados a Hortícola Avenida, se hace

piíblico, a los efectos de cancelación de la

garantía

definitiva y en cumplimiento de lo dispuesto por

el art. 88 del. Reglamento de Contratación de las

Corporaciones Locales, para que en el

plazo

de

quince días puedan presentar reclamaciones quienes

creyeren tener algún derecho exigible a

dicho

con¬

trato garantizado.

Barcelona, 15 de junio de 1966. —

El Director

gerente, Luis Riudor.

EXTRAVÍOS

Don Marcial Martínez Gómez solicita duplicado,

por pérdida del original, del carnet municipal

de

conductor de autotaxi núm. 25168,

expedido

a su nombre.

La persona que lo tuviere en su

poder

deberá

entregarlo en el Negociado de Transportes

de

esta

Secretaría general, situado en la

planta 4.a

del edi¬

ficio de Estadística (avenida Puerta del

Angel, nú¬

meros 8-10), o

alegar

los motivos por

los

cuales

se

considera con derecho para retenerlo.

Transcurridos quince días sin haberse

formulado

objeción, se cursará el duplicado.

Barcelona, 13 de junio de 1966. —

El Secretario

general, Juan Ignacio Bermejo y

Girones.

# îs

Doña María Teresa Martí Xuriguer solicita du¬

plicado, porpérdida del original, delpermiso muni¬

cipal de circulación de autotaxi n.° 763, expedido

a su nombre.

La persona que lo tuviere en su poder deberá

entregarlo en el Negociado de Transportes de esta Secretaría general, situado en la planta 4.a del

edificio de Estadística (avenida Puerta del

Angel,

números 8-10), o alegar los motivos por los cuales

se considera con derecho para retenerlo.

Transcurridos quince días sin haberse formulado

objeción, se cursará el duplicado.

Barcelona, 17 de junio de 1966. ;— El Secretario general, Juan Ignacio Bermejo y Girones.

* * *

Doña Pilar Moix Miquel solicita duplicado, par

pérdida del original, del permiso municipal para

alquiler de automóviles de turismo especial de lujo,

n.° 3, expedido a su nombre.

La persona que lo tuvieré en su poder deberá

entregarlo en el Negociado de Transportes de esta

Secretaría general, situado en la planta 4.a del edi¬

ficio de Estadística, avenida Puerta del

Angel,

nú¬

meros 8-10, o alegar los motivos por los cuales se considera con derecho para retenerlo.

Transcurridos quince días sin haberse formulado

objeción, se cursará el duplicado.

Barcelona, 24 de mayode 1966. —

El Secretario

general, Juan Ignacio Bermejo y Girones.

solares

Don Enrique Lassala Bauza de Mirabo, en re¬

presentación de don Alberto Meier

Anguera

y

doña

Alejandrina Meier Anguera,

solicita

que la

finca

números 166 at170 de la avenida de la Meridiana

sea incluida en el Registro municipal de Solares y

otros inmuebles de edificación forzosa.

Los interesados podrán formular en el plazo

de

ocho días las alegaciones que estimen

convenientes,

y aportar o proponer

las

pruebas

practicables.

Barcelona, 19 de abril de

1966.

El Secretario

general, Juan Ignacio

Bermejo

y

Girones.

EXPOSICIÓN AL PÚBLICO

El expediente de adjudicación de parcela pro¬ cedente de expropiación de la finca n.° 3 del

To¬

rrentedeMariné, de 91 m2deextensión, al propieta¬

rio colindante, doña Josefa Payarol Padrís, estará

expuesto al público en

el

Negociado de

Urbani¬

zación de la Secretaría general, durante quince días,

contados a partir de esta inserción.

Cuantas personas se consideren afectadas

podrán

presentar dentro de ese

plazo reclamaciones,

con

(7)

Barcelona

Barcelona, 3 de junio de 1966. — El Secretario

general, Juan Ignacio Bermejo Girones.

* * *

El expediente de adjudicación de parcela proce¬

dente de la calle del Marqués de Sentmenat, de 89

metros cuadrados de extensión, al propietario co¬

lindante, Fuerzas Eléctricas de Cataluña, S. A.,

estará expuesto en el Negociado de Urbanización de la Secretaría general, durante quince días, con¬

tados a partir de esta inserción.

Cuantas personas se consideren afectadas podrán

presentar dentro* de ese plazo reclamaciones, con los

documentos que las justifiquen.

Barcelona, 3 de junio de 1966. — El Secretario

general, Juan Ignacio Bermejo Gironès.

CONTRIBUCIONES ESPECIALES

La Comisión municipal ejecutiva acordó, en se¬

sión de 13 de abril de 1966, ratificar la imposición

de contribuciones especiales para subvenir a las

obras de construcción de alcantarillado en la calle

Paca Soler, entre Riera Blanca y Munné, de con¬

formidad con lo dispuesto en el art. 67 de la Ley

de Régimen especial del Municipio de Barcelona,

y repartirentre los propietarios especialmente bene¬

ficiados por dichas obras la cantidad de 256.862,52

pesetas, al aplicar, hechas las deduccionesy

desgra-vaciones legales pertinentes, el móduloque establece

la Ordenanza fiscal correspondiente, del que resulta

un tanto alzado de i.631,59 ptas., por cada metro

lineal de fachada.

Durante el plazo de quince días, contados a par¬ tir de la inserción de este anuncio, podrán examinar

los interesados el expediente núm. 3798 del Nego¬

ciado de Contribuciones especiales (Aviñó, 15, 4.0), de esta Secretaría generally dentro de los ocho

siguientes presentar ante el Ayuntamiento

las

re¬ clamaciones que estimaren oportunas, según

lo

que determina el art. 16 del Reglamento de Hacienda

municipal de Barcelona.

Barcelona, 10 de junio de 1966. — El

Secretario

general, Juan Ignacio Bermejo Girones.

* * *

La Comisión municipal ejecutiva acordó, en se¬

sión de 13 de abril de 1966, ratificar la imposición

de contribuciones especiales para subvenir a las

obras de construcción de pavimento en las calles de Aglá y Escudellers Blancs, de conformidad con lo dispuesto en el art. 67 de la Ley de Régimen espe¬ cial del Municipio de Barcelona, y repartir entre los propietarios especialmente beneficiados por di¬ chas obras la cantidad de 97.093,03 ptas., al aplicar, hechas las deduccionesy desgravaciones legales per¬

tinentes, los módulos que establece la Ordenanza

fiscal correspondiente, del que resultan los tantos alzados de 4$4,go y 377 pesetas, respectivamente,

por cada metro lineal de fachada.

Durante el plazo de quince días, contados a

par¬

tir de la inserción de este anuncio, podrán examinar

los interesados el expediente núm. 3808 del

Nego¬

ciado de Contribucionesespeciales (Aviñó, núm. 15),

de esta Secretaría general, y dentro de los ocho si¬

guientes presentar ante el Ayuntamiento las recla¬ maciones que estimaren oportunas, según lo que

determina el art. 26 del Reglamento de Hacienda

municipal de Barcelona.

Barcelona, 13 de junio de 1966. —El Secretario

general, Juan Ignacio Bermejo Girones.

ORDENANZAS

El Consejo pleno acordó, en sesión fija celebrada

el 28 de junio de 1966, la imposición del arbitrio

sobre publicidad, y aprobar la Ordenanza fiscal re¬ guladora de la misma.

El expediente se halla de manifiesto en el Ne¬

gociado de Presupuestos de la Sección de Hacienda de la Secretaría general, por quince días, durante los cuales se admitirán reclamaciones de los intere¬ sados legítimos, y que deberán ser formuladas, las

dirigidas contra el acto de imposición, con inde¬

pendencia de las que impugnen la regulación, y

ambas por duplicado, a los efectos previstos en el artículo único del Decreto de 17 de diciembre del

año 1964.

Lo que se haçe público conforme a lo prevenido

en los arts. 717 y 722 de la Ley de Régimen local

y Decreto de 17 de diciembre de 1964.

Barcelona, 28 de juñio de 1966. — El Secretario

general, Juan Ignacio Bermejo Girones.

* * *

El Consejo pleno acordó, en sesión fija celebrada

el 28 de junio de 1966, la modificación de las si¬ guientes Ordenanzas fiscales:

Ordenanza General. De la Vía pública.

Sello municipal. ...

Matadero y Mercado de Ganados.

Tasa sobre saneamiento y limpieza.

Contribuciones especiales. Arbitrios con fines no fiscales.

Licencia de apertura de establecimientos.

El expediente se halla de manifiesto en el Ne¬

gociado de Presupuestos de la Sección de Hacienda

de la Secretaría general, por el plazo de

quince

días, durante los cuales los interesados legítimos podrán formular reclamaciones por separado para

cada Ordenanza impugnada, y mediante escrito por

duplicado, alos efectos previstosen el artículo

único

(8)

Gaceta Municipal de Barcelona

k.!e h -<

en la parte necesaria, el Reglamento de Hacienda

municipal de Barcelona.

Lo que se hace público conforme a lo previsto en el art. 722 de la Ley de Régimen local y Regla¬ mento de Hacienda municipal de Barcelona.

Barcelona, 28 de junio de 1966. T— El Secretario

general, Juan Ignacio Bermejo

Gironús.

MOVIMIENTO TURÍSTICO DE LAS OFICINAS

MUNICIPALES DE TURISMO E INFORMA¬

CIÓN DURANTE EL MES DE JUNIO DE 1966

Plaza Cataluña: 97 alemanes, 6 andorranos, 43

argentinos, 2 australianos, 25 belgas, 3 bolivianos,

6 canadienses, 2 costarricenses, 10 chilenos, 2 chi¬

nos, 6 daneses, 2 ecuatorianos, 625 españoles, 1

fili¬

pino, 3 finlandeses, 493 franceses, 9

griegos,

3 gua¬

temaltecos, 21 holandeses, 327 ingleses, 5 israelitas,

63 italianos, 6 japoneses, 2

luxemburgueses,

3 me¬

441

jicanos, 6 neozelandeses, 839 norteamericanos, 6 no¬ ruegos, 7 paraguayos, 20 portugueses, 1 sudafri¬

cano, 27 suecos, 31 suizos y 2 venezolanos. Total,

2.710.

Pueblo Español : 189 alemanes, 49 argentinos,

8belgas, 9 chilenos, 5 daneses, 537 españoles,

2 fin¬ landeses, 432 franceses, 2 griegos, 29 holandeses,

285 ingleses, 2 irlandeses, 93 italianos, 11 mejicanos, 234 norteamericanos, 3 noruegos, 4 peruanos, 2 por¬

tugueses, 55 suecos, 7 suizos, 4 uruguayos y 4 ve¬

nezolanos. Total, 1.966.

Aeropuerto del Prat : 42 alemanes, 1 andorrano, 7 argentinos, 5 belgas, 2 brasileños, 9 canadienses, 603 españoles, 49 franceses, 2 holandeses, 76 in¬

gleses y 19 italianos, 3 marroquíes, 201 norteame¬

ricanos, 3 noruegos y 2 portugueses. Total, 1.024.

Estación de Francia: 7.824.

(9)

REGLAMENTO

DEL SERVICIO

MUNICIPAL

DEL

PARQUE

ZOOLÓGICO

Aprobado por

el

Consejo

pleno

el 31

de marzo de 1986

Empieza a regir a partir del 30 de junio de 1966

Capítulo I

Naturaleza y fines

Art. i.° i. Es objeto de este Reglamento re¬

gular la

constitución, funcionamiento

y

régimen ju¬

rídico y económico del órgano

especial

de

gestión,

instituido por acuerdo del Ayuntamiento

pleno

de 28 de mayo de 1958, con la

denominación

de

Servicio municipal del Parque Zoológico»

(Zoo,

en

abreviatura).

2. Él órgano especial no

tendrá personalidad

jurídica, pero sí autonomía

financiera

y

funcional.

3. El Servicio se regirá, en

todos

sus aspectos,

por las disposiciones de este

Reglamento

y por

las

normas de régimen interior y funcionamiento que

dicte la Corporación, siéndole de

aplicación

suple¬

toria la legislación de Régimen

local

y la

Ley de

Entidades estatales autónomas.

Art. 2.0 i. Serán cometidos del Servicio, con

arreglo a los preceptos legales, Ordenanzas

muni¬

cipales y Reglamentos y disposiciones que

dicte la

Corporación:

a) Explotar, conservar y mejorar las

instala¬

ciones y edificios del Parque Zoológico de la

Ciu-dadela y la Colección Zoológica en todos sus as¬

pectos, y, con ese designio, adquirir y disponer

de

ejemplares,

promover su

reproducción

y

selección

y demás actividades similares; y

b) Realizar cuantos cometidos le

encomiende

expresamente elAyuntamiento con relación al Par¬ que y Colección zoológicos, ya fueren auxiliares o

conexos de losanteriores y aunquehubieren de desa¬

rrollarse fuera del recinto del Zoo.

2. Quedarán excluidos del indicado cometido :

a) Los actos que representen ejercicio de auto¬

ridad; y

b) Las funciones de policía.

3- Los actos y funciones indicados en el pá¬

rrafo anterior serán ejercidos directa e inmediata- s

mente por el Ayuntamiento.

Art. 3.0 i. El Servicio actuará bajo la superior

función directora y tuitiva del Ayuntamiento, al que corresponderá asimismo la fiscalización de todas

las actividades.

2. El Servicio podrá contratar y obligarse den¬ tro de los límites de su competencia, con sujeción

a sus planes de actuación aprobados por el Ayun¬

tamiento y de conformidad con los preceptos legales

y reglamentarios relativos a la contratación y a las normas por las que el propip Servicio se rige.

3. Los actos del Servicio se entenderán reali- '

zados en interés del Municipio.

Capítulo II

Organos de gobierno, de administración

y asesoramiento

Art. 4.0 i. El gobierno y administración del Servicio estará a cargo del Consejo de Adminis¬ tración y, bajo su dependencia, la dirección ejecu¬

tiva será ejercida por un Gerente.

2. Para asesorar al Consejo de Administración existiráuna Junta Técnica y una Comisión Asesora.

Sección primera

Del Consejo de Administración

Art. 5.0 i. El Consejo de

Administración

será nombrado por la Corporación municipal, y estará

integrado por doce miembros, del siguiente modo:

a) Seis Concejales en el ejercicio del cargo.

b) El Delegado de Servicios al que correspon¬

dan, por razón de su competencia, las cuestiones

relacionadas con el Parque Zoológico ; y

c) Cinco vocales que reúnan los requisitos

enunciados en los arts. 57 y 73 del Reglamento de

(10)

444 Gaceta Municipal de Barcelona

2. La renovación normal del Consejo de Ad¬

ministración coincidirá con la del Ayuntamiento,

y deberán cesar obligatoriamente la mitad

de

los

vocales iiq Concejales.

Art. 6. i. El Fresidente y Vicepresidente del

Consejo de Administración serán designados por el

Alcalde, y los nombramientos deberán recaer en miembros del propio Consejo que sean Concejales.

. Art. 7-° Actuará de Secretario del Consejo de

Administración el Secretario general de la Corpo¬ ración, quien podrá delegar en'un funcionario mu¬

nicipal licenciado1 en Derecho, y con categoría no

inferior a la de Jefe de Negociado.

Art. 8.° - i. El Consejo de Administración se

reunirá por lo menos una vez al mesy cuando fuere

convocado por el Presidente, a

iniciativa

propia,

en virtud de disposición del Alcalde o a petición

de la mitad más uno de los Consejeros.

2. Las reuniones se celebrarán en primera con¬

vocatoria, siempre que concurran, como mínimo, cuatro miembros Concejales y otros tres de los res¬

tantes vocales, y en segunda convocatoria, una

hora después de la anunciada, si asisten, al menos, siete Consejeros.

3. Los acuerdos se adoptarán por mayoría de

votos, y, en caso de empate, corresponderá al Pre¬

sidente dirimirlo con voto de calidad.

4. Sólo se podrán tratar asuntos no incluidos en el orden del día cuando previamente se acuerde por unanimidad,

Art. 9.0 Las convocatorias, junto con el orden del día, se cursarán a los miembros del Consejo con

antelación mínima de tres fechas.

Art. 10. Corresponderán al Consejo de Admi¬

nistración las siguientes funciones:

a) Aprobar las normas de régimen interior del

Servicio y las que afectan a los visitantes del Zoo,

con arreglo a los preceptos legales y disposiciones

municipales vigentes sobre el particular, y elevarlas

al Ayuntamiento para su ratificación.

b) Proponer al Alcalde el nombramiento del

Director o Gerente.

c) Formular los planes de actuación y some¬

terlos a la aprobación del Ayuntamiento.

d) Ejecutar los planes de actuación aprobados,

y, para ello, contratar las obras y servicios pro¬

gramados.

c) Utilizar los bienes municipales adscritos al Servicio y disponer las obras necesarias para su me¬

jora, conservación, entretenimiento y reparación.

f) Adquirir a título gratuito, salvo que la ad¬ quisición llevare aneja alguna condición o moda¬

lidad onerosa, en cuyo caso se requerirá previo acuerdo aprobatorio de la Corporación municipal.

g) Adquirir, mediante contratos de suministro u operaciones de compraventa mercantil, material fungible, útiles, enseres, vehículos y demás bienes para abastecer la colección zoológica y mantener en

perfecto estado las instalaciones.

h) Otorgar cuantos negocios jurídicos se re¬

fieran a la

adquisición, disposición

y permuta de bienes muebles, semovientes y ejemplares zooló¬

gicos y enajenar directamente efectos no

utilizables,

sobrantes, desechados, residuales u otros análogos.

i) Otorgar concesiones por el aprovechamiento

de los bienes afectos al Servicio, con arreglo a las

prescripciones del Reglamento de Bienes de las En¬

tidades locales.

j) Otorgar representacionesy delegacionespara

cometidos singulares del régimen y administración del Servicio.

k) Formar el proyecto de presupuesto especial

del Servicio para su posterior aprobación reglamen¬ taria, y desarrollar la gestión económica conforme

al mismo.

I) Formar y someter a la aprobación del Ayun¬

tamiento las plantillas del personal del Servicio afecto al mismo, con fijación de sus haberes,

y

efectuar el nombramiento, corrección y separación, salvo cuandose trate de quienes tengan la condición

de funcionario; y

II) Dar cuenta anualmente de la labor reali¬ zada mediante una Memoria destinada a informar a la Corporación sobre, el funcionamiento del Servicio

durante el ejercicio.

Art. 11. i. Corresponderá al Presidente del

Consejo de Administración :

a) Convocar, presidir, suspender y levantar las

reuniones del Consejo de Administración, dirigir

las deliberaciones y dirimir los empates con voto de calidad.

b) Ostentar la representación de la Corpora¬

ción municipal ante cualesquiera

Juzgados, Tribu¬

nales, Autoridades, Corporaciones y Organismos,

accionando y excepcionando en toda clase de expe¬

dientes, procedimientos y juicios, en reclamación,

petición o defensa de los intereses de la Corpo¬

ración en lo que afecten a las funciones que el

Servicio tiene encomendadas.

c) La superior inspección y dirección de los

servicios.

d) Dictar las disposiciones precisas para la eje¬

cución de los acuerdos del Consejo.

e) La ordenación de pagos, dentro de los lí¬

mites y condiciones establecidas en el presupuesto

del Servicio ; y

f) La firma de cuantos actos y documentos im¬

pliquen obligaciones para el Servicio.

2. El Presidente del Consejo de Administración

podrá suspender la ejecución de los acuerdos

cuando :

i.° Recaigan en asuntosque no sean de su com¬

petencia.

2.0 Fueren contrarios a los intereses generales

del Municipio.

3.0 Constituyan infracción manifiesta de las Leyes, Reglamentos, Ordenanzas municipales u

otras disposiciones dictadas por el Ayuntamiento.

3. La suspensión habrá de decretarse dentro de

(11)

tomado el acuerdo, y será comunicada inmediata¬

mente, junto con los antecedentes, al Alcalde, quien

la confirmará o revocará en el plazo de cuarenta y ocho horas,

entendiéndose revocada si

vence

dicho

término sin que dicte niguna decisión.

4. En el caso de que

el Alcalde

mantenga

la

suspensión,

se estará a lo que

establece

el art. 47

para

las suspensiones

decretadas directamente

por

la Alcaldía.

Art. 12. i. El Vicepresidente sustituirá al Pre¬

sidente y asumirá sus facultades y

atribuciones

en los casos de vacante, ausencia o enfermedad.

2. Ea Vicepresidencia ejercerá cuantas fun¬ ciones le delegue el Presidente por escrito y dando cuenta al Consejo de Administración.

3. Cuando la sustitución obedeciere a tener

que atender el Presidente a la vez otras

funciones,

lo comunicará al Vicepresidente que haya de reem¬

plazarlo, quien no tendrá que acreditar ante

los

demás miembros la sustitución, aunque le hubiere

sido transmitida verbalmente.

Art. 13. Incumbirá al Secretario :

a) Asistir a las reuniones del Consejo de Ad¬

ministración, con voz, pero sin voto.

b) Preparar los asuntos que hayan de servir al Presidente para formar el orden del día de cada

convocatoria.

c) Redactar el acta de las reuniones y, una

vez aprobada, transcribirla al libro destinado al

efecto; y

d) Asesorar jurídica y administrativamente al

Servicio, en colaboración con los Servicios jurí¬

dicos del Ayuntamiento, para seguir los procedi¬

mientos de toda índole en defensa de los intereses del propio Serviclio.

Sección segunda

Del Gerente

Art. 14. i. Ea ejecución de los trabajos y la administración del

Servicio, bajo

las órdenes

del

Consejo de Administración y de su Presidente, es¬ tará a cargo de un Gerente, nombrado por el Al¬

calde a propuesta del Consejo.

Art. 15. i. El Gerente deberá estar en pose¬ sión de título expedido por Facultad universitaria

o Escuela técnica superior, y podrá ser o no fun¬

cionario municipal.

Art. 16. i. El Servicio otorgará con el Ge¬ rente un contrato de duración no superior a diez

años, en el que se fijen las condiciones del nom¬

bramiento y de la prestación de sus servicios. 2. Si el designado fuere funcionario de la Cor¬

poración, quedará en la situación de excedencia ac¬

tiva que regula el art. 60 del Reglamento de fun¬

cionarios de Administración local, pero el tiempo

que permanezca en dicha situación le será compu¬

tado a todos los efectos.

3. Si no es funcionario

municipal, el

contrato

quedará excluido de todo carácter

administrativo

o laboral, por ser una relación de

Derecho privado.

Art. 17. i. Serán funciones del Gerente:

a) Ejecutar y hacer cumplir

los

acuerdos del

Consejo, con sujeción, en su caso, a las

disposi¬

ciones establecidas al efecto por el Presidente.

b) Dirigir e inspeccionar los

servicios, bajo la

superior dirección de la Presidencia.

c) Representar administrativamente

al

órgano

especial.

d) Ejercer la jefatura del personal

adscrito

al

Servicio, sin perjuicio de que

pueda existir

en

la

organización interior del Servicio un encargado

del

personal, que actuará por su

delegación.

e) Asistir a las sesiones del

Consejo

y Junta

Técnica,

con voz y

sin

voto.

/) Proponer la ordenación de gastosy pagos ; y

g) Eas demás que expresamente y por

escrito

le confiera el Consejo dentro de

sus'atribuciones.

Art. 18. El Servicio•establecerá su organiza¬ ción de trabajo a base de un Administrador, que cuidará de todas las funciones burocráticas, conta¬

bles y de personal, un jefe técnico, con

título

su¬

perior, que desempeñará la dirección facultativa

del Departamento técnico, y uno o varios encar¬

gados de los distintos servicios.

Sección tercera

De la Junta Técnica y Comisión Asesora •Art. 19. i. Asistirá al Consejo de Adminis¬ tración una Junta Técnica, integrada por el Se¬

cretario general de la Corporación, el Interventor

y Depositario de fondos municipales, el

Director

técnico del Servicio municipal de Parques y Jar¬

dines, el ingeniero Jefe de la Agrupación de Ser¬

vicios Industriales y el Director del Museo Etno¬

lógico.

2. Ea Junta Técnica se reunirá bajo la pre¬ sidencia del Presidente del Consejo cuando éste le requiera, y sus

miembros

podrán ser

convocados

indistintamente a las reuniones del Consejo y asis¬

tir a ellas con voz, pero sin voto.

Art. 20. i. El Alcalde podrá nombrar hasta

un máximo de veinte personas para formar una

Comisión Asesora del Zoo, preferentemente entre

representantes de entidades o asociaciones

de

fines

benéfico altruistas o de defensa de los intereses de

la Ciudad, especialmente 'relacionadas con el Zoo,

y entre aquellas otras que, por haber efectuado no¬ tables donativos o prestado servicios al mismo,

hayan merecido el título honorifico.de «Frotector

del Parque Zoológico de Barcelona».

2. "Ea Comisión Asesora se reunirá preceptiva¬

mente una vez al año, sin perjuicio de

poder

ser convocada siempre que el Presidente o el Consejo

(12)

446

Gaceta Municipal de Barcelona

3. Será consultada en todos aquellos asuntos

que estimen pertinentes el Consejo de Adminis¬

tración o su Presidente, que formule cuantas

suge¬

rencias crea oportunas a fin de conseguir la mayor

eficacia en el cometido del Servicio.

Capítulo I FI

Del patrimonio

Art. 21. i. El Ayuntamiento adscribe al Servi¬ cio la extensión territorial delimitada por el recinto

que circunde el Parque Zoológico,

en el Parque de

la

Ciudadela,

con todas las, instalaciones, construc¬ ciones y edificios, jardines, grupos

escultóricos, es¬

pecies zoológicas que comprende, y los aparatos, enseres, útiles, inmuebles y demás efectos de natu¬

raleza análoga.

Art. 22. i. Se formalizará un inventario de

todos los bienes que el Ayuntamiento ponga a dis¬ posición del Zoo, agrupados según naturaleza, afec¬ tación y destino con expresión de su valor y situa¬

ción o estado.

2. Ea reseña de los bienes su entrega mediante inventario y la rectificación anual de éste se verifi¬ cará con arreglo alos preceptos aplicables del Regla¬ mento de Bienes dq las Entidades locales.

3. Eos aludidos bienes se considerarán como patrimonio inicial del Zoo en congruencia

con lo previsto por el art..82 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones locales.

Art. 23. El Servicio no adquirirá la propiedad

de los bienes que se le adscriban y deberá utili¬ zarlos exclusivamente para

el cumplimiento de sus

fines.

Capítulo IV

De los recursos del Servicio

Art. 24. Eos recursos del Servicio serán :

a) Productos del mismo.

b) Cantidades expresamente consignadas a tal

fin en los Presupuestos ordinarios o extraordinarios de la Corporación.

c)

Subvenciones,

donativos o aportaciones vo¬

luntarias de

Corporaciones,

Entidadeso particulares.

d) Indemnizaciones por daños ocasionados a elementos del Servicio.

e) Multas impuestas por incumplimiento de

contratos.

f) Cánones por concesiones u otras formas de utilización de bienes afectos al Servicio.

g) Importe de los trabajos encargados al Servi¬

cio por organismos públicos y corporaciones

; y

h) Cualquierotro que pueda serle atribuido por

precepto legal o acuerdo de la Corporación.

Art. 25. Constituirán productos del Servicio los

rendimientos obtenidos mediante la explotación y

aprovechamiento de los bienes afectos al mismo

independientes de la recaudación por tasa de en¬

trada al recinto del Zoo.

Art. 26. El Servicio formará para cada ejer¬

cicio económico, coincidente con el del Ayunta¬

miento, un Presupuesto especial, independiente del

de la Corporación, nutrido con los ingresos norma¬ les que se prevean y con arreglo a lo que disponen

los arts. 77, 78 y 79~del Reglamento de la Hacienda

municipal de Barcelona.

Art. 27. El estado de Gastos del Presupuesto

comprenderá lo previsto para el sostenimiento nor¬

mal de los servicios, adquisición

y reposición de

materiales y elementos necesarios para las presta¬

ciones, reparación de instalaciones y bienes adscri¬ tos, haberes y atenciones del personal y material de

oficinas, y otros análogos.

Art. 28. i. El estado de Ingresos contendrá los

recursos que se consignan en el art.

24.

2. Para el cálculo de los productos del Servicio se tendrán en cuenta los resultados del

ejercicio

anteriory del que se halle en curso,

y los previsibles para el siguiente.

Art. 29. i. Formará el proyecto del Presupuesto

especial el Consejo de

Administración,

tomando como base el anteproyectoelaborado por el Gerente.

2. El proyecto del Presupuesto especial se aco¬

modará en su estructura al ordinario de la Corpo¬

ración, a la que será elevado para su aprobación

en la forma y plazos que determina la Eey de Ré¬

gimen especial y el Reglamento de la Hacienda

municipal de Barcelona.

Art. 30. Ante la necesidad de un gasto para el

que no hubiera crédito o fuera insuficiente el con¬ signado en el Presupuesto especial, el Consejo de Administración podrá proponer al Ayuntamiento

que apruebe una habilitación o suplemento de cré¬ dito, respectivamente, si existiera sobrante del

ejercicio anterior, exceso de ingresos sobre dicho Presupuesto o partidas del mismo reducibles que

permitieran la transferencia.

Capítulo V

Depósito de fondos

Art. 31-. i. Todos los fondos del Servicio de¬ berán ingresar en la Depositaría municipal, que

llevará cuentas especiales del efectivo

y valores del

Servicio, con absoluta independencia de los fondos

de los Presupuestos municipales y sin que unos y

otros puedan confundirse.

2. El Gerente tendrá a su cargo la custodia de las cantidades procedentes de las operaciones dia¬

rias, para ingresarlas semanalmente en la Deposi¬

taría de Fondos municipales.

3. No obstante, el Consejo podrá autorizar la

existencia de una Caja auxiliar en la que el Ge¬

(13)

pe-setas, aplicable al pago de facturas por suministros

al contado y pequeñas atenciones, que podrá estar

depositada en un Banco con firma completa e in¬

distinta del Presidente, Vicepresidente, Gerente,

Interventor o Administrador.

Capítulo VI

Intervención, contabilidad y fondo de reserva Art. 32. i. La gestión económica del Servicio

será objeto de una permanente fiscalización por la

Intervención de Fondos municipales, ya directa¬ mente por el propio Interventor o> por funcionarios

con título adecuado en quien delegue.

2. La función fiscalizadora se realizará en for¬ ma similar a la determinada para el Ayuntamiento

por el párrafo 2 del art. 770 de la Ley de Régimen

local y las reglas 4.a y 5.a de la Instrucción de Con¬ tabilidad de las Corporaciones locales.

3. La función contable se desarrollará bajo la

dirección del Interventor de fondos municipales y

en la forma que determina el párrafo 3 del art. 770

de la citada Ley y la regla 6.a de la referida Ins¬

trucción de Contabilidad.

4. La contabilidad del Servicio se llevará con

absoluta independencia de la general del Ayunta¬ miento.

5. Lascuentasanualessesujetarán alasnormas

establecidas para las Entidades locales y deberá

rendirlas el Consejo de Administración y aprobarlas

el Servicio nacional de Inspección y Asesoramiento,

previo informe de la Corporación.

Art. 33. Anualmente

Ael

Gerente presentará el Inventario de los bienes y ejemplares zoológicos

afectos alServicio, la cuenta general de Presupues¬

tos yla de Caudales, acompañadas de una Memoria expresiva de la gestión verificada durante el ejer¬ cicio, todo lo cual habrá de someterse a la aproba¬

ción del Consejo de Administración y por éste a la del Ayuntamiento.

Art. 34. Los excedentes que se obtuvieren des¬

puésde satisfacer los gastostotales de la explotación

del Servicio, conservación normal de obras ei ins¬

talaciones e intereses y amortización de la Deuda

que, en su caso, se hubiere contraído para el esta¬ blecimiento de aquél o sus eventuales ampliaciones,

se aplicarán:

a) Al fondo de reserva, un 20 por 100, y

b) A las necesidades generales del Municipio,

el exceso que resultare.

Art. 35. i. El fondo de reserva será objeto de contabilidad separada de la ordinaria del Ayunta¬ miento y se ingresará en cuenta especial distinta de la general del Servicio.

2. Dicho fondo se entenderá obligatorio hasta

que alcance el 50 por 100 de la valoración de los

bienesadscritos alServicio, a que serefiereel art. 21

de este Reglamento, y voluntariamente en lo que

exceda del indicado porcentaje.

Art. 36. El fondo de reserva constituirá una

disponibilidad para hacer frente al déficit de la li¬ quidación del Presupuesto a gastos extraordinarios

que se originaron por circunstancias anormales, sin

perjuicio de que cuando- alcanzare el tipo obliga¬

torio del artículo anterior, se pueda, destinar hasta

el máximo del 60 por 100 a garantizar las opera¬

ciones financieras con destino a la ampliación o renovación de instalaciones.

Art. 37. Si se produjeran pérdidas en algún

ejercicio serán asumidas momentáneamente, y salvo

la absorción que determina el artículo anterior, por

el Ayuntamiento, en la forma yplazos que acuerde,

y con la obligación de reintegrarle las cantidades aportadas tan pronto existan disponibilidades en el

fondo de reserva.

Art. 38. i. No se podrá disponer del fondo de

reserva, excepto cuando hubiere de aplicarse a la

compensación de pérdidas, sino en virtud de pro¬

puesta del Consejo de Administración, adoptadapor

mayoría de los dos tercios del número legal de sus miembros y aprobada por la Corporación.

2. Las operaciones que se efectuaren con cargo al referido fondo requerirán Presupuesto extraordi¬

nario y, en su defecto, habilitaciones o suplementos

de crédito en el Presupuesto especial.

Capítulo VII

Del personal

Art. 39. El Servicio dispondrá del personal ne¬

cesario, cuyo número, categoría y funciones se de¬

terminarán en la plantilla máxima elaborada por el

Consejo de Administración yaprobada por el

Ayun¬

tamiento, con el oportuno! visado de la Dirección

General de Administración local.

Art. 40. Integrarán las plantillas del

Servicio

:

a) Los funcionarios del Ayuntamiento que

for¬

men parte de las plantillas municipales; y

b) El personal que contrate el propio

Servicio.

Art. 41. El personal a que se refiere el apar¬ tado

a)

del art. 40 quedará en situación de exce¬

dencia activaen el escalafón desu procedencia, pero el tiempo que permanezca en

dicha situación le

será

computado a todos los efectos.

Art. 42. i. El Servicio

podrá nombrar

directa¬

mente el personal a que se refiere el

apartado

b)

del

art. 40, necesariopara cubrir suspuestos

de

trabajo,

con arreglo a las plantillas

establecidas

y

mediante

la aplicación de los procesos

selectivos

que se

fijen,

y adaptación a lo previsto en

las

normas

generales

de Administración local.

2. Este personal quedará

sometido

a

las dispo¬

(14)

44§

Gaceta Municipal de Barcelona

Art. 43. No se podrá designar personal ni sa¬

tisfacer remuneraciones por empleos o cargos que no figuren en las plantillas aprobadas.

capítulo viii

De la tutela

Art. 44. i. En orden al debido ejercicio de la suprema función directoray tuitiva del Servicio que

corresponde indeclinablemente al Ayuntamiento1, el Consejo de Administración estará obligado a dar

cuenta periódidamente a la Alcaldía de los asuntos

de importancia, que rebasen el carácter de actos de

mera gestión y no figuren taxativamente expresados

en los respectivos planes de actuación.

2. Eos actos del Servicio estarán sujetos a la

autorización o aprobación del Ayuntamiento en los

casos procedentes, según lo prescrito en este Re¬ glamento y en las demás disposiciones aplicables.

3. El Alcalde podrá recabar de los órganos de

gobierno y administración del servicio toda clase

de informes y documentos, así como ordenar las

inspecciones que estime oportunas.

Capítulo IX

Del régimen jurídico

Art. 45. Ras relaciones entre el Servicio y la Administración municipal se efectuarán a través

del Delegado de Servicios a quien esté

atribuida la

competencia en la materia.

Art. 46. Contra los acuerdos del Consejo

de

Administración y los actos o decisiones del Ge¬ rente susceptibles de lesionar derechos

subjetivos

de los administrados, podrá recurrirse en alzada

ante la Alcaldía, cuya resolución no será objeto

de ulterior recurso en vía administrativa.

Art. 47. i. El Alcalde estará facultado para

suspender los acuerdos o actos del Consejo de Ad¬

ministración y del Gerente, en los casos y por los motivos a que se refiere el párrafo 2 del art. 11, y, en tal supuesto,, deberá poner la suspensión en co¬

nocimiento del órgano colegiado competente de la

Corporación, en la primera sesión que celebre, a fin

de que en el ejercicio de la correspondiente función

fiscalizadora confirme o revoque la medida adoptada.

2. A los efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, el Presidente del Consejo de

Administra¬

ción remitirá a la Alcaldía, dentro de los tres días

siguientes a la celebración de cualquier reunión del

Consejo, nota de los acuerdos adoptados.

Capítulo X

Duración del Servicio

Art. 48. El Servicio se constituye por tiempo

indeterminado.

Art. 49. El Servicio se extinguirá cuando, oído el Consejo de Administración, lo acuerde el Con¬ sejo pleno del Ayuntamiento, en el ejercicio de la facultad que le confiere el art. 30 del Reglamento

de Servicios de las Corporaciones locales.

Art. 50. Al disolverse el Servicio el Ayunta¬ miento le sucederá umversalmente.

»

Disposición adicional

Este Reglamento deroga y sustituye el que con carácter provisional aprobó el Ayuntamiento pleno

en sesión de 20 de enero de 1959.

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