HUMANIDADES
Reconocimiento jurídico e historia en Kant.
Apuntes para una posible superación de la contradicción entre historia y derecho
Legal recognition and history in Kant.
Notes for a possible overcoming of the contradiction between history and law
Ítalo Quispe Pérez
Universidad Antonio Ruiz de Montoya, Perú Contacto: [email protected] https://orcid.org/0000-0003-3639-8308
Palabras clave: Kant, Filosofía del derecho, Filosofía de la historia, Arbitrio, Reconocimiento.
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PURIQ 1 (1) 2019 ISSN: 2664-4029Introducción
El reconocimiento en la filosofía de Kant, reconocimiento en general necesario para enfrentar las dificultades de la constitución, legitimación y mantenimiento del estado moderno, se ha presentado en la reflexión filosófica con un sesgo marcadamente jurídico; de modo que, los intentos por ampliar la concepción jurídica de este reconocimiento hacia criterios históricos que permiten contemplar los intereses particulares o la pluralidad de formas de vida son prácticamente inexistentes. El presente artículo tiene como objetivo argumentar que el reconocimiento jurídico kantiano presenta una base histórica que nos permite comprender las contradicciones entre historia y derecho. Sostengo, además, que la posibilidad de un reconocimiento que atiende a conceptos trascendentales y, sin embargo, no escapa de la historia de los agentes particulares ofrece mejores alternativas a la filosofía política para encarar el problema sobre cómo decidir qué reivindicaciones son legítimas y cuáles no lo son, problemas que la teoría del reconocimiento de inspiración hegeliana no ha solucionado del todo, según Honneth (Pereira, 2010).
El arbitrio y la Idea de la historia
La concepción ilustrada de la historia permite la crítica de los escritos sobre historia de Kant. Arendt (2003) considera que La paz perpetua es un escrito de poca seriedad con ánimo de diversión (p. 22), del mismo modo que nos recomienda, si queremos estudiar la filosofía del derecho en general, ir a autores como Pufendorf, Grocio o Montesquieu, pero no a Kant (p. 23). Finalmente, la historia, dice, es obra de Hegel, Vico o Marx, porque en Kant, la historia forma parte de la naturaleza; el sujeto de la historia es la especie humana entendida como parte de la creación, como si fuera, por así decirlo, su fin último y su coronación. Aquello que importa en la historia, cuya imprevisión y desoladora contingencia nunca olvidó Kant, no son las historias ni los individuos históricos, ni nada que los hombres hicieran de bueno o malo, sino que lo que importa es la secreta astucia de la naturaleza que originó el progreso de las especies y el desarrollo de sus potencialidadesen la serie de generaciones (Arendt, 2003, p. 24).
La historia, entendida como historia de la “especie”, en efecto, no tiene nada que decir sobre libertad, experiencia de injusticia, lucha social o reconocimiento. Sin embargo, Landgrebe (1975) propone dar importancia al concepto de Idea que aparece en el título de uno de los escritos de Kant. Si pensamos en una idea de la historia, entonces se puede hablar de un sistema, una unidad de la razón que toma como un todo el conocimiento de las partes. Las partes que componen la idea de una historia son los hombres y mujeres en su derecho natural innato: como seres libres para decidir según sus representaciones qué elección es la mejor para alcanzar sus fines.
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fundamento de su determinación para la acción se encuentra en ella misma, y no en el objeto. En la medida en que esta facultad está unida a la conciencia de ser capaz de producir el objeto mediante la acción, se llama arbitrio […]. (MS, 213)
En el uso práctico de la razón, el objeto producido por el arbitrio no es un objeto de conocimiento, sino que es un particular cualquiera considerado como conclusión de razón (Engstrom, 2010); cuando la facultad de desear según conceptos no está unida, como conclusión de razón, a un objeto, entonces se trata de un deseo. La explicación indica que el arbitrio (Willkür), y no el deseo, requiere de un objeto, de un particular y, en ese sentido, parece indicar una naturaleza distinta de la autonomía, más ligada a la heteronomía. Pero el arbitrio tiene doble posibilidad de determinación, pues “la voluntad es la facultad de desear, considerada, no tanto en relación con la acción (como el arbitrio), sino más bien en relación con el fundamento de determinación del arbitrio a la acción (MS, 213). En el capítulo tercero de la Fundamentación, Kant equiparó voluntad con autonomía; y esta se definió como la capacidad de la voluntad de darse una ley para sí misma. Es esta voluntad (Wille) a la que se refiere Kant en el pasaje anteriormente citado, pero agrega que se trata del fundamento de que el arbitrio determine una acción. No se trata de heteronomía. Cuando Kant dice que el arbitrio “es conciencia de ser capaz de producir el objeto mediante la acción” no se trata de una determinación total desde el objeto respecto del arbitrio. Este más bien se relaciona directamente con la acción con la que se espera producir el objeto, es decir, el arbitrio determina un curso de acción. Además, la idea de que se trata de una acción con la que “se espera” producir el objeto, indica que el arbitrio es reflexión, consideración, acaso cálculo. El objeto, en el ámbito práctico, refiere por lo tanto a un posible efecto considerado por el sujeto como ligado a su acción. Esta última es acontecimiento de la libertad del arbitrio en el mundo, en la historia. Esta sería la forma en que la Wille y sus principios pueden tener incidencia en el mundo de los sucesos mecánicos como acontecimientos de libertad que inician nuevas cadenas de acción: “And as efficacious, it is an act of causal self-determination as well, a law-governed act of making the object cognized actual: through it, on determines oneself to do what one knows one ought to do, making happen what ought to happen1 (Engstrom, 2010, p. 33).
De este modo, me parece, se puede explicar lo que Kant ha conseguido en la Metafísica, proponer una explicación de cómo la voluntad, en el sentido del arbitrio histórico, permite hacer responsable de los actos “malos” de la persona al mismo sujeto, sin suponer la irracionalidad de esta, como lo había establecido Platón (La República). Kant considera que la naturaleza del arbitrio humano no es ser un mero concepto de libertad pura que reside en un mundo extrañísimo o en lo nouménico ni tampoco una forma de encontrar y copiar el orden ontológico de una naturaleza superior ni, mucho menos, puro deseo y sentimiento:
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PURIQ 1 (1) 2019 ISSN: 2664-4029El arbitrio que puede ser determinado por la razón pura se llama libre arbitrio. El que solo es determinable por la inclinación (impulso sensible, stimulus) sería arbitrio animal (arbitrium brutum). El arbitrio humano, por el contrario, es de tal modo que es afectado ciertamente por los impulsos, pero no determinado; y, por tanto, no es puro en sí, pero puede ser determinado a las acciones por una voluntad pura. (MS, 213)
El arbitrio tiene como contenido la acción, no el objeto. Este está presente en la conciencia de su creación mediante la acción. En esta conciencia el objeto es una posibilidad entre muchas, por lo tanto, el arbitrio tiene la capacidad de determinar una de esas posibilidades y en esa medida la relación entre acción y objeto es causa del arbitrio y no causa de algún factor natural en el objeto. Este es el núcleo de la responsabilidad en la persona, pues, a pesar de las circunstancias que lo rodean, el arbitrio es causa, vía reflexión, del curso de acción que se sigue.
De vuelta a la cuestión de la historia en Kant, Arendt puede asumir la racionalidad de las acciones particulares de los agentes, tal como se ha expuesto el arbitrio humano, pero no considera legítimo trasladar esa racionalidad hacia una “persona universal de la historia” o lo que ella llama “la historia de la especie”. Estoy de acuerdo con ella, porque una persona universal de la historia tendría que pensarse ubicado en un espacio trascendente y el método crítico ya advirtió a la razón sobre los problemas que ese proceder conlleva. Sin embargo, la exposición de la distinción entre Wille y Willkür permite pensar la historia como un sistema en que su finalidad es una idea de la adecuación a un fin. En otras palabras, que la idea de un fin de la historia es una idea apofántica, pero no trascendente, sino que implica en sí misma las acciones que deben realizarse para que sea posible. Este es un principio regulativo, dice Landgrebe (1975), por eso no hay una representación de un obrar final o de un objeto final, sino que se trata de las acciones racionales que son guiadas con fines que su propia razón ha ideado en virtud de esa libertad de arbitrio, Willkür, que es propiedad innata del ser humano. El paso de la racionalidad particular hacia una idea de la historia es posible a causa de que el arbitrio humano produce el conflicto. La insociable sociabilidad del ser humano les muestra a estas dos verdades: que no existe un estado totalmente justo, porque el gobernante ha de ser humano y, por lo tanto, contar su propio arbitrio que lo determina a actuar según sus principios. En ese sentido, Kant expone en la Metafísica de las costumbres que el derecho se dirige a ordenar los arbitrios de las personas para evitar el conflicto, pero no puede decir cómo o qué jerarquía deben tener los motivos de las personas para actuar. La otra verdad es que la idea de la historia como perfección tiene que ser entendida como la historia del mejoramiento jurídico del estado impulsado por las pretensiones particulares de los agentes que siempre tendrán concepciones particulares de justicia. A diferencia de Hegel o Marx, esta historia no tiene leyes ni tampoco es garantía de que el hombre evolucione a “mejor” con necesidad: “la historia es historia de la libertad y de su posible realización” (Landgrebe, 1975, p. 65)
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historia de las acciones completas de cada agente particular. La recuperación del agente particular en la filosofía de Kant es posible porque precisamente el sentimiento propio de justicia es la causa de que los hombres pretendan enfrentar la justicia universal legal bajo la que conviven. El sentimiento propio de lo que debe ser justicia y de que la ley no responde a ese sentimiento es causa del movimiento de la historia como perfección jurídica. Por supuesto, se corre el riesgo de la revolución sangrienta; pero la exposición de la idea de la historia muestra que la materia de esta es el arbitrio propio y el arbitrio de los demás: la historia como idea es condición de posibilidad para pensar el arbitrio de los particulares como capaces de determinarse por un principio objetivo: el respeto de la libertad externa según una regla universal.
Libertad exterior y doctrina del derecho
La racionalidad histórica de las acciones particulares se define con la idea de finalidad, por tanto, debe ser posible hallar una finalidad para la historia, pero esta finalidad no es trascendente ni natural, sino obra de la razón humana. Sobre la base de esta exposición se puede decir que el objeto de la razón histórica es aquella “sociable insociabilidad” o, en otras palabras, el conflicto que se origina por el encuentro entre arbitrios particulares que tienen un sentido también particular de vida y de justicia, conflicto que no debe llevar la irracionalidad a menos que se renuncie a la posibilidad de coordinarlos bajo un Estado. En este mismo sentido, la racionalidad con arreglo a fines sí expone un pensamiento teleológico, pero a diferencia de otras consideraciones, esta teleología en Kant es una representación. Esto significa que la idea de historia no es un principio constitutivo “de la ampliación de nuestro conocimiento a más objetos de los que puede dar la experiencia” sino tan solo un principio regulativo “de la unidad sistemática de la multiplicidad del conocimiento empírico en general, el cual por ello se construye y rectifica dentro de sus propios límites más de lo que […] podría acontecer sin tales Ideas” (Landgrebe, 1975, p. 61)
La naturaleza activa de la Willkür se sostiene en la explicación de una de las tres facultades del espíritu, ánimo o 2, a saber, la facultad de desear (Engstrom, 2010; Flikschuh, 2010; Serrano, 2004). Según Serrano (2004), Kant prefiere argumentar sobre una facultad de desear y no meramente sobre deseos para resaltar la función activa de la razón en el arbitrio. A su vez, resaltar esta función es el modo en que se enfrentó a las tesis empiristas que sostienen que la razón no interviene en las distinciones morales (Hume, Tratado de la naturaleza humana [1977]).
La primera tesis empirista a la que se enfrenta Kant es aquella que utiliza el argumento: “del ser no puede derivarse el deber ser” para concluir en la imposibilidad de un lenguaje moral. Los empiristas sostienen que la razón accede a conocer objetos
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PURIQ 1 (1) 2019 ISSN: 2664-4029y propiedades de estos, elementos que pueden expresarse en un lenguaje empírico. Los conceptos como “bueno”, “correcto” y “malo” tienen una existencia que procede del sentimiento subjetivo de quien los utilice, diferente de “mesa”, “rojo”, “hoy”. A diferencia de conceptos ostensibles como estos últimos, los conceptos de la moral se presentan como imposibles para una norma objetiva universal sobre qué es bueno y qué no lo es (Hobbes, Leviatán, 1.6 [1984]). La segunda tesis empirista, también es plausible. Esta consiste en afirmar que si la voluntad es apetencia racional, como Platón argumentó, entonces el bien sería producto de la racionalidad, mientras que el mal sería producto de la irracionalidad. El carácter de irracional cubre las acciones de las personas tras un mero acto mecánico de origen distinto de la razón activa. La persona no es imputable de acción incorrecta en este último caso, porque lo suyo son actos irracionales. Se requiere, para escapar de este dilema, que la razón sea la causa tanto del bien como del mal. Como esa relación se aparece como contradictoria, el empirismo asume que razón y voluntad son dos cosas distintas. Esta última es la que interviene en las acciones y se define como el último apetito de la deliberación, o el más fuerte, el que ganó y determinó la acción.
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La fragilidad del arbitrio que expone la naturaleza humana tanto racional como apetente, a diferencia del concepto trascendental de autonomía, permite exponer que los acuerdos entre personas sobre la base de la libertad histórica son frágiles. Los cursos de acción del hombre individual que muestran su propia reflexión en que las cosas son como deben ser, por ser históricos, pueden cambiar por razones subjetivas. La historia ha mostrado que los hombres no siempre respetan el imperativo categórico, por eso, para Kant, una ley externa que coaccione el arbitrio (y no la autonomía) se hace necesaria para asegurar que los acuerdos, una vez establecidos, se cumplan, es decir, sean duraderos.
La doctrina del derecho, por lo tanto, se relaciona con el arbitrio como libertad exterior: “Se llama doctrina del derecho (Ius) al conjunto de leyes, para las que es posible una legislación exterior” (MS, 229). Kant diferencia entre derecho estricto y derecho amplio. El primero se relaciona con la ley positiva que emana de la voluntad del legislador. El segundo es un concepto moral, en tanto que, principio a priori de la razón práctica que se relaciona con las condiciones necesarias para la conciliación de los diversos arbitrios particulares. De este modo, los principios del derecho son trascendentales. El derecho en sentido amplio invoca una obligación: que cada persona contemple el derecho de los otros. Este se encarna en el derecho positivo y en las instituciones encargadas de hacer cumplir la obligación invocada. En efecto, esta proposición se acerca al iusnaturalismo (Serrano, 2004), pero Kant se distingue de este porque, desde la primera Crítica, no espera que exista un orden ontológico natural, ni metafísico, ni divino, al que podamos acceder para tomarlo como criterio de justicia (Korsgaard, 2004; Serrano, 2004; Engstrom, 2010; Flikschuh, 2010; Beade, 2016;). Esta distinción permite entender que es la propia razón autofundamentadora (la razón de la modernidad) la que concibe los principios trascendentales sin referir a ninguna trascendencia, pero no explica con claridad por qué los principios de la legalidad externa pueden entrar en contradicción con los principios de la ética. Para Kant, tanto los deberes éticos como los deberes jurídicos, en tanto que deberes, pertenecen a la moralidad, son leyes de libertad (MS, 219), lo que los diferencia es el tipo de legislación. La legislación externa del derecho se dirige a la relación práctica entre una persona y otra, es decir, a la relación entre sus acciones determinadas por su arbitrio. Tampoco se dirige a los deseos internos de la persona, por lo tanto, tampoco a la materia del arbitrio, es decir, aquel objeto de que se tiene conciencia de alcanzar mediante una acción, sino solo a la acción. Para el derecho importa la conformidad de la acción, su forma, a la ley (MS, 230).
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PURIQ 1 (1) 2019 ISSN: 2664-4029cuales el arbitrio de uno puede conciliarse con el arbitrio del otro según una ley universal de la libertad” (MS, 230)3.
La distinción entre Wille y Willkür permite explicar por qué Kant sostiene que la libertad es un derecho original o innato de la persona. En efecto, mientras que la Wille, es decir, la autonomía es prácticamente un logro de la razón que requiere esfuerzo personal para concebirse como un ser autónomo, la Willkür, sobre la base de la dignidad de la autonomía, debe ser presupuesta en toda persona, al margen de cuán autónomo se considere a sí mismo. Esta es la base del reconocimiento jurídico kantiano donde, sin importar las condiciones, toda consideración de acción (la evidencia del arbitrio para los otros) presupone la independencia del arbitrio. El derecho original del hombre es su libertad externa.
La legislación externa no provee a la persona de derechos, pues la persona naturalmente tiene derecho a su libertad exterior. Algunas acciones son jurídicamente relevantes cuando exigen una decisión entre dos o más arbitrios, por lo tanto, el derecho (recht) es una forma de garantizar el derecho natural (Byr, 2010). Esta concepción marca la gran diferencia entre Kant y los defensores del contractualismo, quienes asumen que el estado de naturaleza provee una libertad natural al hombre y que gana derechos al entrar en un “pacto” o “contrato”. En cambio, la libertad exterior kantiana se funda en un argumento trascendental de la razón4, de tal modo que el derecho no puede ofrecer derechos porque el hombre tiene la libertad exterior de lo suyo.
Dos casos históricos en Perú
En nuestro país, es real la contradicción recurrente entre las exigencias de reconocimiento jurídico, desde la etnicidad de muchos grupos sociales y el derecho de legislación universal que los contempla como sujetos despojados de historia. Pensemos, primero, en el conflicto armado interno durante los años 80 donde las condiciones socioeconómicas y una autoconciencia histórica acompañaron la decisión de muchos hombres y mujeres para levantarse en armas y cometer crímenes que fueron más allá del propósito de obtener reconocimiento y justicia distributiva. La respuesta del Estado, tristemente, fue la violencia y el terror que elevó el número de víctimas, todos ciudadanos peruanos. La contradicción estriba en que, de parte de los terroristas, la búsqueda del reconocimiento y justicia distributiva cambió hacia el objetivo de la toma de poder del Estado y la declinación del estado de derecho, es decir, destruyeron el medio y las formas en que el reconocimiento aparece. De parte del Estado, la respuesta violenta para aniquilar a aquellos peruanos armados, como si fuera la única alternativa, destruyó el principio de libertad, cuya defensa es la razón de ser de la legalidad, según lo que se ha expuesto. En suma, para muchos que sin ser terroristas tenían y tienen opiniones
3 El resaltado es mío.
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contrarias, las acciones del Estado actúan en contra del reconocimiento de su libertad histórica para proponer fines de acciones particulares.
Otro ejemplo de esta contradicción es el caso “baguazo” de 2009 cuando el “contacto” con el Estado fue la legalidad económica que permite explotar el territorio peruano en beneficio “de todos” y con perjuicio directo contra unos “pocos”. La voluntad general de los pueblos, que los legisladores tienen en mente al dictaminar leyes, según parece, se aleja del principio jurídico kantiano que expone la necesidad de una verdadera universalidad; es decir, aquella que se aleja del arbitrio del gobernante porque es imposible que este sea completamente justo. Sucedió, pues, en el caso del “baguazo”, no solo una voluntad, la del gobernante, sino la voluntad de las mayorías en contra de las minorías fue la que decidió. La contradicción estriba en que la legalidad debe garantizar la elección de cualquier forma de vida y bajo criterios plurales para todos por igual, pero no debe ser herramienta de coacción por interés, aunque este sea el de la mayoría5. Sin embargo, es justo decir que la reacción de los miembros de las etnias fue una especie de revolución violenta que asumió atribuciones judiciales que no les competían y asesinaron a otros peruanos; en este caso, la minoría quiere imponer su regla sobre la mayoría destruyendo el estado de derecho, que es el medio por el que se canaliza el sentido de justicia particular para convertirlo en legalidad. La contradicción radica en que la destrucción de la legalidad sobre la base de un sentido particular de justicia también es injusticia.
En conclusión, seguramente no se puede ni pretende hacer juicios históricos sobre los hechos. Una vez más, eso es historia de la ciudadanía. Sin embargo, la exposición de la filosofía de Kant nos muestra que mantener criterios trascendentales surgidos de la razón humana no significa anular la historia particular; sino que racionaliza las luchas legítimas por buscar que un sentido particular de justicia se convierta en ley positiva universal.
Referencias bibliográficas
Arendt, H. (2003). Conferencias sobre la filosofía política de Kant (C. Corral, Trad.). Buenos Aires: Paidós. (Trabajo original en inglés publicado en 1982)
Beade, I. P. (2016). Observaciones acerca de la relación entre ética y derecho en La metafísica de las costumbres. Ideas y valores, 65(162), 135-160.
Engstrom, S. (2010). Reason, desire, and the will [Razón, deseo, y la voluntad]. Denis, L. (Ed.). Kant´s metaphysics of morals. A critical guide. Cambridge: Cambridge University Press
Flikschuh, K. (2010). Justice without virtue [Justicia sin virtud]. Denis, L. (Ed.). Kant´s metaphysics of morals. A critical guide. Cambridge: Cambridge University Press
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PURIQ 1 (1) 2019 ISSN: 2664-4029Hobbes, Th. (1984). Leviatán. O la materia, forma y poder de una república eclesiástica y civil. México D.F.: FCE. (Trabajo original en inglés publicado en 1651)
Hume, D. (1977). Tratado de la naturaleza humana. Ensayo para introducir el método del razonamiento humano en los asuntos morales. México D.F.: Porrúa. (Trabajo original en inglés publicado en 1739, tomos I y II; en 1740 el tomo III)
Kant, I. (1989). La metafísica de las costumbres (A. Cortina y J. Conill, Trad.). Madrid: Tecnos (Trabajo original en alemán publicado en 1797)
Kant, I. (1996). Fundamentación de la metafísica de las costumbres (12ª ed.). Madrid: Espasa-Calpe. (Trabajo original en alemán publicado en 1785)
Kant, I. (1985). ¿Qué es la ilustración?, Idea de una historia universal en sentido cosmopolita, Comienzo presunto de la historia humana, Si el género humano se halla en progreso constante hacia mejor, El fin de todas las cosas. México D.F.: FCE
Landgrebe, L. (1975). Fenomenología e historia. Caracas: Monte Ávila. (Trabajo original en alemán publicado en 1968)
Pereira, G. (2010). Reconocimiento y criterios normativos: entrevista a Axel Honneth.
Andamios, 7(13), 323-334. Recuperado de
https://www.redalyc.org/articulo.oa?id=62815635014
La enseñanza de la filosofía de la ciencia en el Perú en la actualidad1
The teaching of the philosophy of science in Perú today
Manuel Abraham Paz y Miño Conde Universidad de Lima, Perú Contacto: [email protected] https://orcid.org/0000-0001-6549-795X
A los que enseñan, divulgan y defienden la razón y la ciencia en el Perú
Resumen
En este artículo mencionaremos: a) los cursos de Epistemología, Filosofía de la Ciencia (y de la Tecnología), Teoría de la Ciencia e Introducción a la Ciencia que se enseñan en diversas universidades peruanas tanto públicas como privadas a nivel del pre y post grado; b) los libros publicados, en el país, sobre la materia por docentes universitarios; c) diversos eventos académicos sobre la materia, organizados en las universidades; y d) algunos números de revistas dedicadas a la filosofía de la ciencia.
Palabras clave: cursos, ciencia, epistemología, universidades peruanas.
Abstract
In this article we will mention: a) the courses of Epistemology, Philosophy of Science (and Technology), Theory of Science and Introduction to Science that are taught in various Peruvian universities both public and private at the pre and post-graduate level ; b) the books published, in the country, on the subject by university professors; c) various academic events on the subject organized in the universities; and d) some issues of journals dedicated to the philosophy of science.
Keywords: courses, science, epistemology, Peruvian universities.
Recibido: 15.04.19 Aceptado: 01.06.19
1 La intención original de este escrito era de ser solo un comentario crítico a la entrada “4.3 Perú” de la sección "Philosophy of Science in Latin America" por Alberto Cordero-Lecca y publicada en la Stanford Encyclopedia of
Philosophy (2015) la cual se reprodujo en la Revista Analítica nro. 9 (Lima: CESFIA, pp. 9-42, 2015) y que es
una nueva versión (se le ha agregado un párrafo) de la sección 26 “Philosophy of Science” (pp. 370-382) escrita también por el Dr. Cordero-Lecca, profesor principal de Filosofía e Historia de la Ciencia del Graduate Center de la City University of New York (CUNY), y publicada originalmente en A Companion to Latin American
Philosophy por la Wiley-Blackwell (2009). Quizá sea porque el referido autor al no residir en el Perú (como
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PURIQ 1 (1) 2019 ISSN: 2664-4029 I. IntroducciónSaber qué es la ciencia, sus funciones y su clasificación, diferenciar la ciencia de la filosofía, la religión y la pseudociencia, en qué consiste el método científico, una hipótesis, una teoría y una ley científica, entre otras cosas, es el propósito del curso universitario de Epistemología que, muchas veces, se llama Filosofía de la Ciencia (que abarca la ontología, gnoseología, la ética, etc. de la ciencia) en países de habla castellana como el nuestro. Es un conocimiento esencial que todo estudiante universitario y futuro profesional debe saber para interpretar la realidad de modo científico y saber diferenciar que es conocimiento científico y qué no lo es, qué es creencia, superstición o prejuicios. Hay diversas definiciones de lo que es y de lo que trata la filosofía de la ciencia:
"Philosophy of science" is the name given to that branch of philosophy that reflects on and critically analyzes science. As a discipline, it tries to understand the aims and methods of science, along with its principles, practices, and achievements. Philosophers try to provide precise answers to very broad questions about science, such as the question just raised about the nature of scientific explanation. (Salmon et al., 1992, p. 1).2 [S]e trata del examen filosófico de la ciencia: de sus problemas, métodos, técnicas, estructura lógica, resultados generales, etc. (Bunge, M., 1960, p. 63). La filosofía de la ciencia investiga el conocimiento científico y la práctica científica (Wikipedia: Filosofía de la ciencia).
En la actualidad hay toda una gama de cursos y docentes peruanos dedicados a la Filosofía de la ciencia (conocida en nuestro medio como epistemología y esta, a su vez, equivale al inglés epistemology que, según la tradición anglo-sajona, es entendida como teoría del conocimiento, que nosotros llamamos gnoseología), además de cursos muy relacionados y complementarios como Lógica y Metodología de la Investigación Científica.
En este escrito solo3 nos ocuparemos de mencionar: a) los cursos de Epistemología, Filosofía de la Ciencia (y de la Tecnología, de ser el caso) con sus diversas subespecializaciones según el área, Teoría de la Ciencia e Introducción a la Ciencia que se enseñan en diversas universidades peruanas tanto públicas como privadas4 a nivel del pre y post grado; b) los libros publicados sobre la materia por
2“"Filosofía de la ciencia" es el nombre que se da a aquella rama de la filosofía que reflexiona y analiza críticamente la ciencia. Como disciplina, trata de entender los objetivos y métodos de la ciencia, junto con sus principios, prácticas y logros. Los filósofos intentan dar respuestas precisas a preguntas muy amplias sobre la ciencia, como la pregunta que acabamos de plantear sobre la naturaleza de la explicación científica” (traducción nuestra).
3 Ciertamente también hay artículos en revistas académicas de humanidades y ciencias, o de filosofía en general de nuestro país, pero debido a que casi todas no tienen la información de sus contenidos de fácil acceso no las hemos incluido. La excepción son Areté, Solar, Analítica y la Revista Peruana de Filosofía Aplicada que tienen sus contenidos visibles con temática filosófica diversa en sus respectivas páginas web. También ha habido ponencias de epistemología en los hasta ahora 16 Congresos Nacionales de Filosofía, pero ya que no hay actas publicadas de todos ellos tampoco se ha incluido aquí las ponencias sobre nuestro tema.
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docentes universitarios de y en nuestro país; c) diversos eventos académicos sobre la materia, organizados en las universidades; y d) algunos números de revistas dedicadas a la filosofía de la ciencia.
II. La Filosofía de la cienciaen Universidades públicas
1. Universidad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM) de Lima
a. Cursos5 :
Introducción a la Ciencia en los Estudios Generales del Área de Humanidades, Ciencias Jurídicas y Sociales (desde el 2018).
Epistemología de la Comunicación en la Escuela de Comunicación.
Epistemología, Filosofía de la Biología, Filosofía de las Ciencias Naturales, Filosofía de las Ciencias Sociales, Filosofía de la Lógica, Filosofía de la Matemática, Filosofía de la Psicología, Filosofía del Derecho y Filosofía de la Educación en la Escuela de Filosofía de la Facultad de Letras y Ciencias Humanas.
Epistemología de las Ciencias Formales y Naturales en la Maestría de Filosofía con Mención en Epistemología de la Unidad de Posgrado (UP) de la misma Facultad.
Seminario de Investigación en Epistemología A, B y C se dicta en el Doctorado de Filosofía de la mencionada UP.
Epistemología en el Doctorado en Farmacia y Bioquímica.
Filosofía de las Ciencias médicas en el Doctorado de Medicina de la Unidad de Posgrado de la misma especialidad.
Epistemología en el pregrado la Escuela de Educación de la Facultad de Educación de la UNMSM.
Cabe anotar que hasta hace unos años se enseñaba el curso de Epistemología en todas las menciones de la Maestría en Educación de la Unidad de Posgrado de la Facultad del mismo nombre, permaneciendo el de Metodología de la Investigación Científica.
b. Libros:
Los escritos por el finado Julio Sanz Elguera (1987), los ya cesantes como catedráticos pero aún vivos Francisco Miró Quesada C. (1976), y Juan Rivera Palomino (2009), y los aún activos José Carlos Ballón (1999), Marino Llanos (2009), Roberto Katayama (2017), Carlos Alvarado de Piérola (2005), Raymundo Casas Navarro y el jubilado Carlos Matta Rojas (2006), Óscar García Zárate
en la de educación. No hemos incluido a las universidades estatales y particulares que no tienen ningún curso de filosofía de la ciencia sea en el pre o posgrado
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PURIQ 1 (1) 2019 ISSN: 2664-4029(2011) todos, excepto Casas, del Departamento de Filosofía de la Facultad de Letras y Ciencias Humanas de la UNMSM, y también por supuesto, Luis Piscoya Hermoza (2009), docente de posgrado.
Además, libros por Arsenio Guzmán Jorquera (2005), Carlos Barriga (2011) y Alberto Vásquez Tasayco (2012), el primero ex docente de la UP de Educación y los dos restantes de la Escuela de Educación de la Facultad de Educación de la UNMSM.
c. Eventos:
Viernes filosóficos organizados por el Departamento Filosofía de la UNMSM donde se han presentado conferencias de epistemología, entre otros.
I Curso Internacional de Filosofía “Epistemología y Metodología de las Ciencias” (2007), II Curso Internacional de Filosofía “Lógica y Filosofía de la Lógica: Gottlob Frege” (2009), III Curso Internacional de Filosofía “De Galileo a Einstein” (2010), IV Curso Internacional de Filosofía “Ciencia y realidad” (2011), V Curso Internacional de Filosofía “La filosofía del humanismo en el pensamiento español” (2011), VI Curso Internacional de Filosofía "La Teoría de Darwin, su recepción crítica y vigencia científica y filosófica" (2012), y VII Curso Internacional de Filosofía: “El Impacto Filosófico de la Psicología Darwiniana” (2014) organizados por la Escuela y el Departamento de Filosofía.
Seminario Internacional de Epistemología "Ciencia, complejidad y globalización" (2008), o el Ciclo “Filosofía, ciencia y sociedad después de Darwin” (2009) también organizados por tal Departamento.
4 Seminarios Internacionales de Epistemología (2008 y 2009), 3 Coloquios Peruanos de Filosofía de las Ciencias (2005, 2007 y 2009), 2 Cursos Internacionales de Epistemología y Transdisciplinariedad (2006 y 2009), y 2 Jornadas Americano-Europeas de Ciencia y Filosofía (2010) organizados por un grupo de estudiantes del pregrado de filosofía: Diaporein-Círculo Peruano de Investigaciones Filosóficas y Transdisciplinarias, siendo el Presidente de su Comité Directivo, el controversial y desaparecido Antonio Ramírez-Victorio,
Simposio Sobre Historia de la Ciencia «Julio C. Sanz Elguera» (2017) organizado por la Asociación Peruana de Historia de la Ciencia (APHC), conformada por docentes preparados en la UNMSM.
I y II Seminario "Ciencias, Pseudociencias y Terapias Pseudocientíficas" (2011 y 2012) organizado por la Unidad de Posgrado de la Facultad de Educación.
III Seminario "Ciencias, Pseudociencias y Terapias Pseudocientíficas" (2015) organizado por el Centro Cultural de la UNMSM.
IV Seminario "Ciencias, Pseudociencias y Terapias Pseudocientíficas" (2011 y 2012) organizado por el Departamento de Física de la UNMSM (2016).
Manuel Abraham Paz y Miño Conde
2. Universidad Nacional Federico Villarreal (UNFV) de Lima a. Cursos:
Epistemología en las Escuelas de Ciencias de la Comunicación, Filosofía, Psicología, Sociología.
Epistemología de las Ciencias Sociales en la de Trabajo Social.
Epistemología del Cambio en el Programa de Segunda Especialidad en Terapia Familiar Sistémica de la Unidad de Posgrado de la Facultad de Psicología.
b. Eventos:
El Departamento y la Escuela de Filosofía de la UNFV organizan los Jueves Filosóficos y la segunda a la fecha ha organizado 15 Fórums de Filosofía con temas que incluyen filosofía de la ciencia, como, en el primer caso, el Seminario Internacional por el Bicentenario del Naturalista Charles Darwin (2009) y mesas diversas en el segundo.
3. Universidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y Valle (UNE)-La Cantuta de Chosica
a. Cursos:
Epistemología en la mayoría de las menciones de la Maestría en Ciencia de la Educación de la Escuela de Posgrado (EP).
Epistemología de la matemática en la Mención Didáctica de la Matemática de la mencionada Maestría.
Epistemología en Administración en la Maestría en Administración en la misma EP.
b. Libros:
Por Bladimiro Guevara (2003, 2015), ex docente de la EP de la UNE y Víctor Mazzi Huaycucho (2010) actual docente de la Facultad de Ciencias Sociales y Humanidades; además por Nicómedes Esteban Nieto, Julio Carhuaricra Meza y Moisés Esteban Nieto (2015) de la misma EP.
4. Universidad Nacional de San Agustín (UNSA) de Arequipa
a. Cursos:
Epistemología general para diversas carreras.
Epistemología General e Investigación filosófica del Derecho (3er año del pregrado de la Escuela de Filosofía).
Seminario de Filosofía de las ciencias sociales e Investigación filosófica sobre Educación (4to año).
Filosofía y Tecnología (anual).
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PURIQ 1 (1) 2019 ISSN: 2664-4029 b. Libros:Oscar Barreda Tamayo (1997, 1999, 2004 y 2010) que enseñó en el pregrado de filosofía y ahora en el Escuela de Posgrado y publicó con Elita Oviedo Pinto (1999), también está Luis Salluca Quispe (2014, 2015).
c. Eventos:
En 1997, el Departamento de Filosofía organizó el I Curso Internacional de Postgrado: Epistemología de las ciencias y técnicas naturales y sociales” con del Dr. Mario Bunge, y recientemente el Congreso Internacional de Filosofía de la Ciencia y la Tecnología (2016) y acaba de publicar las respectivas Actas (2017).
La Oficina de Cultura de la UNSA organizó, en el 2011, el Curso Internacional de Postgrado “Filosofía de la Ciencia y Conocimiento del Universo” con el ahora fenecido Dr. Jesús Mosterín.
5. Universidad Nacional de Trujillo (UNT
a. Cursos:
Epistemología en la Escuela de Educación en el Nivel Inicial, Primaria y en la Escuela de Ciencias de la Comunicación.
Epistemología y Sistematización Teórica en la Maestría en Educación, con mención en Epistemología y Teoría Educativa.
Filosofía de la Ciencia en todos sus Doctorados.
b. Libros:
Por Víctor Baltodano Azabache (2010) y Carlos Lázaro Arroyo (2010), docentes de la Escuela de Posgrado de la UNT.
6. Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión (UNJFSC) de Huacho
a. Cursos:
Filosofía de la Ciencia y de la Tecnología en el pregrado de Sociología, Ciencia de la Comunicación, Trabajo Social, Estadística e Informática, Biología, Matemática Aplicada, Ingeniería Agronómica, Ambiental, Industrias Alimentarias, Zootécnica, Industrial, de Sistemas, Informática y Electrónica, Metalúrgica, Química, etc.
Filosofía, Ciencia y Tecnología en el pregrado de Física, Ingeniería Pesquera, y Acuícola, etc.
Manuel Abraham Paz y Miño Conde
b. Libros:
Jenner Ricardo Ramos Murphy (2008, 2009 y 2010) quien enseñó en la UNJFSC hasta el 2016.
7. Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga(UNSCH)
a. Cursos:
Epistemología de las Ciencias Sociales en la Maestría en Ciencias Sociales, con mención en Antropología en la Sección de Post Grado de la Facultad de Ciencias Sociales.
Bases Epistemológicas en la Investigación Educativa en el Doctorado en Educación en la Sección de Post Grado de la Facultad de Ciencias de la Educación.
8. Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco (UNSAAC)
a. Cursos:
Filosofía de la Ciencia para la mayoría de carreras, y
Epistemología en el Doctorado de Derecho y en el de Administración.
9. Universidad Nacional de la Amazonía Peruana (UNAP) de Iquitos a. Cursos:
Epistemología para el pregrado de Educación, Especialidad de Filosofía y Psicopedagogía.
Epistemología y Gnoseología para la Especialidad de CCSS.
Epistemología Educativa en el Doctorado de Educación.
Epistemología Jurídica en el Doctorado de Derecho.
Epistemología en el Doctorado en Ciencias Ambientales.
10. Universidad Nacional del Altiplano – Puno (UNAP)
a. Cursos:
Epistemología para el pregrado de Educación Inicial y Educación Secundaria, especialidad: Lengua, Literatura, Psicología, y Filosofía.
Epistemología de las Ciencias Sociales para el pregrado de Sociología.
Epistemología de la Investigación Antropológica para el pregrado de Antropología.
Filosofía del Derecho y Epistemología Jurídica para el pregrado de Derecho.
11. Universidad Nacional "San Luis Gonzaga" de Ica (UNICA)
a. Cursos:
Manuel Abraham Paz y Miño Conde
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PURIQ 1 (1) 2019 ISSN: 2664-4029 Epistemología y Metodología de la Investigación científica en las Maestrías en Administración, menciones: Gestión Empresarial, y Gestión Pública; Agronomía, menciones: Producción Agrícola, y Agronegocios; Ciencias de la Comunicación; Economía, Educación, menciones: Administración y Planificación de la Educación, y Gestión Educativa, Derecho, menciones: Civil y Comercial, y Ciencias Penales; Ingeniería Civil, mención: Gestión y Gerencia de la Construcción; Ingeniería Mecánica; Ingeniería Química; Ingeniería de Sistemas; Salud Pública; Ingeniería de Sistemas.
Epistemología en las Maestrías en Ingeniería; Farmacia y Bioquímica; Química Farmacéutica.
Epistemología e investigación científica en el Doctorado en Salud Pública.
Seminario y Epistemología del Derecho en el Doctorado en Derecho.
Epistemología en los Doctorados en Educación, y Farmacia y Bioquímica.
III. La Epistemología en las Universidades privadas
1. Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP) de Lima
a. Cursos:
Epistemología en Estudios Generales (EEGG) de Letras, Pregrado de Filosofía.
Filosofía de la ciencia en Pregrado de Filosofía.
Ciencia y Filosofía en EEGG de Ciencias.
Filosofía de las Matemáticas en Pregrado de Filosofía.
Filosofía de la Mente en Pregrado de Filosofía.
2. Universidad Inca Garcilaso de la Vega (UIGV) de Lima
a. Cursos:
Epistemología para la Carrera Profesional de Educación Nivel Inicial y la de Primaria.
Epistemología para las Maestrías de Contabilidad, Derecho Administrativo, Derecho Civil y Comercial, Desarrollo Organizacional y Alta Dirección, Estomatología, Gerencia de Servicios de Salud, Gestión Educativa, Gobierno y Gestión Pública, Investigación y Docencia Universitaria, Política, Gestión y Derecho Ambiental, Psicología del Niño y el Adolescente, Salud Pública, etc.
Filosofía de la Ciencia en los Doctorados de Administración, Contabilidad, Derecho, Economía, Educación, Salud Pública.
Seminario de Teoría de la Ciencia en el Doctorado de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible.
b. Libros por:
Manuel Abraham Paz y Miño Conde
c. Eventos:
I Curso Internacional: Vigencia de la Filosofía (1996), el IV Curso Internacional: Una Filosofía Realista para el Nuevo Milenio (2001) y el Curso Internacional: Filosofía Política (2009), con el Dr. Mario Bunge de Argentina a quien le ha publicado diversos libros (2009, 2012, 20122, 2015, 20152).
Curso Internacional Naturaleza y Cultura Humana: Del Genoma a Internet (2010), con el Dr. Jesús Mosterín de España a quien también le ha publicado diversos libros (2009, 2012, 20122, 2015, 20152).
3. Universidad Católica Sedes Sapientiae(UCSS) de Lima
a. Cursos:
Epistemología en el pregrado de Educación Inicial, Educación Primaria, Educación Especial, Educación Secundaria, especialidad de Filosofía y Religión, y Educación Secundaria, especialidad de Lengua Inglesa, Psicología.
b. Libros por:
Paolo Musso (2012), docente de la Universidad de Insubria (Italia) y profesor visitante en la UCSS donde enseña el curso de Epistemología en la Facultad de Ciencias de la Educación y Humanidades desde el 2005.
4. Universidad Antonio Ruiz de Montoya (UARM) de Lima a. Curso: Filosofía y Ciencia para la Carrera de Filosofía.
5. Universidad Facultad de Teología Pontificia y Civil de Lima (FTPCL) a. Curso: Filosofía de la Ciencia para las Carreras de Filosofía y Teología.
6. Universidad de San Martín de Porres (USMP)
a. Curso: Epistemología en el Doctorado de Medicina. b. Libro: Por Bernardo Rea Ravello (1993).
7. Universidad Ricardo Palma (URP) de Lima
a. Curso: Epistemología en la Escuela de Psicología, que tiene como prerrequisito el de Lógica, curso que hasta no hace mucho se enseñaba en la mayoría de carreras de ahí.
8. Universidad César Vallejo (UCV)
a. Cursos:
Epistemología en el Doctorado en Educación
Epistemología de la Psicología en el Doctorado en Psicología
Epistemología de la Comunicación en el Doctorado en Comunicación Social
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PURIQ 1 (1) 2019 ISSN: 2664-40299. Universidad San Ignacio de Loyola (USIL) de Lima a. Cursos:
Filosofía de la Ciencia en las carreras de Diseño y Gestión de Marca, Multimedia y Fotografía Publicitaria.
Fundamentos Epistemológicos de la Psicología en la de Psicología.
Epistemología de la Educación en la Maestría y Doctorado de Educación.
Epistemología Jurídica en el Doctorado de Derecho.
10. Universidad de Ciencias y Humanidades (UCH)
a. Cursos:
Filosofía, Ciencia y Tecnología en el pregrado de todas sus carreras, a saber: Educación Primaria e Interculturalidad, Ingeniería de Sistemas e Informática, Ingeniería Electrónica con mención en Telecomunicaciones, Enfermería, Contabilidad con mención en Finanzas.
b. Eventos:
Ciclo de Conferencias Ciencia y Pseudociencia: Una Introducción a la Epistemología (2010) por miembros de la Asociación Peruana de Historia de la Ciencia.
11. Universidad Norbert Wiener (UWIENER)
a. Cursos:
Investigación Jurídica y Epistemología en la Maestría en Derechos Fundamentales.
12. Universidad Privada Antenor Orrego (UPAO) de Trujillo a. Cursos:
Filosofía de la Ciencia se enseña tanto a las carreras de ciencias como de letras.
13. Universidad Católica San Pablo (UCSP) de Arequipa a. Cursos:
Epistemología de la Educación en el pregrado de Educación, especialidades en Educación Inicial, y Educación Primaria.
IV. Revistas sobre Filosofía de la Ciencia
Manuel Abraham Paz y Miño Conde
Lo que si ha habido es una serie de revistas de filosofía que han publicado algunos artículos de la especialidad como, por ejemplo, la desaparecida Yachay o su sucesora Sullul publicada por algunos docentes del Departamento de Filosofía, UNMSM; o Reflexión y Crítica. Revista de Filosofía, publicación oficial del mismo Departamento; Letras de la Facultad de Letras y CCHH de la UNMSM; Magistri et Doctores que la Escuela de Post Grado de la UNMSM publicó entre 1993 y 2006, Areté del Departamento de Humanidades de la PUCP, Analítica del Centro de Estudios de Filosofía Analítica- CESFIA, etc.
Sin embargo, cabe mencionar que el nro. 3 de la Revista Peruana de Filosofía Aplicada (RPFA) de la cual el autor de estas líneas es Director, fue dedicado a la Filosofía de la Ciencia. Además, los 4 números impresos de la ya descontinuada revista Neo-Skepsis fueron dedicados a desenmascarar diversas pseudociencias.
V. Conclusiones
Hemos podido ver que hay un interés variado por enseñar cursos de Epistemología o Filosofía de la Ciencia con sus variables y especializaciones en las universidades públicas o privadas, confesionales o no.
En unas universidades se enseña en casi todas las carreras a nivel de pregrado, en otras solo a unas cuantas, y en unas no enseñan tales cursos en el pregrado. Otras solo en la maestría o el doctorado o ningún curso de la especialidad en el posgrado.
Entonces no todos los egresados tienen la misma formación y eso explicaría por qué no pocos de ellos ni siquiera sabe de qué se ocupa la ciencia, cuál es su objeto de estudio, qué tipos de ciencia hay, etc., o peor, que algunos profesionales a pesar de su formación universitaria practiquen alguna pseudociencia o pseudotecnología.
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Rosa Luxemburg: la revolución el único camino
Rosa luxemburg: the revolution the only way
Susana Bruno Ochoa
Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, México Contacto: [email protected]
http://orcid.org/0000-0002-3238-7436
Recibido: 24.05.19 Aprobado: 16.06.19
“…El acto más revolucionario siempre consiste en decir la verdad en voz alta…” 1
Rosa Luxemburg
Rosa Luxemburg, gran líder, mujer de ideales firmes que consideraba que no había otro camino hacia la libertad que la revolución, fue cofundadora del Partido Comunista de Alemania y defendió sus ideales hasta el día de su brutal muerte en 1919. En 1917 desde la cárcel de Breslau, escribía una carta a su joven amiga Sophie Liebknecht2, en dicha carta, hacía patente la esperanza, de que, los proletarios alemanes despertaran a la revolución, para incitar a su joven amiga a mantener “la frente en alto” y conservar la fortaleza, la autora escribió las siguientes líneas: “... ¡Todo cambiará y va a mejorar!, ¡No hay que esperar siempre lo peor! (Schütrumpf 2007, 58)
En el pensamiento de Rosa Luxemburg prevalecieron la libertad y la igualdad como dos estafetas que habrían de llevarse a la par dentro del marco de la Revolución. En este trabajo se muestra la lucha que llevó a lo largo de su vida la filósofa polaca, al permanecer fiel al ideal de la revolución, ideal que hace eco a 100 años de su muerte.
Rosa es el ejemplo paradigmático de la coherencia entre teoría y praxis ante la adversidad, ya que, cuando en 1906 cayó presa en Varsovia rechazó cualquier intervención diplomática del Reich, “(…) Se mantuvo como Citoyen, es decir, una ciudadana en el sentido de la Revolución Francesa, con autoestima y deseosa de su libertad, en otras palabras, una rareza para Alemania (…)” (Schütrumpf 2007, 23). La libertad es un proyecto que dirigió todos los aspectos de su vida revolucionaria y, por tanto, representa un ideal de lucha abierta que no debe ser abandonado bajo ningún pretexto. Pues la libertad, no está a manos de un frente político, sino que debe ser accesible para todos: “…La libertad sólo para los que apoyan al gobierno, sólo para los miembros de un partido (por numeroso que este sea) no es libertad en absoluto. La libertad es siempre y exclusivamente libertad para el que piensa de manera diferente…” (Luxemburg, La revolución rusa 2006, 400). Para Luxemburg la única forma de alcanzar la libertad es mediante la revolución, por ello, queda anulado cualquier discurso que pretende alcanzarla su cometido “por medio de la reforma legislativa”, ya que, esto carece de realidad y eficiencia.
1 (Schütrumpf 2007, 44)
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PURIQ 1 (1) 2019 ISSN: 2664-4029Rosa Luxemburg tuvo: “(…) Una vida corta, (pero) rica en persecuciones, y corta a causa de una ejecución por quienes se mostraron, la noche de ese 15 de enero, como Rosa Luxemburg ya los había descrito: inhumanos y despiadados (…)” (Schütrumpf 2007, 98)
La producción capitalista tiene diversas características entre ellas destacan tres: 1) existe una separación del productor de medios de producción, 2) la concentración de los medios de producción en la forma de monopolio, en manos de una sola clase social la burguesía y 3) la aparición de una clase social que no tiene otro medio de supervivencia que su propio trabajo, esta clase es el proletariado. La característica principal del proletariado es el estar separado de los medios de producción y no disponer de ingresos suficientes para trabajar por su propia cuenta. Así para la filósofa al igual que para Marx el hombre del proletariado se encuentra en una explotación circular, está deprovisto de los medios de producción y del capital necesario para la inversión, además es oprimido socialmente, ya que, su posición dentro de la sociedad está determinada por su estatuto y el lugar que ocupa en la línea de producción.
Rosa Luxemburg afirmaba que es la clase obrera la que lleva a cabo las transformaciones de la revolución; sin embargo, para que esto sea posible es necesario que se cumplan ciertas condiciones, entre ellas destacan las condiciones históricas, el desarrollo de las instituciones democráticas y la educación de la clase del proletariado: “(…) Pero para estar a la altura de estas tareas, las masas obreras han de ser sobre todo conscientes de sus deberes y constituirse en masas organizadas según un principio de clase; por otra parte, para que sea posible la implantación de las instituciones socialistas, la sociedad burguesa ha de haber alcanzado previamente un cierto nivel de desarrollo tanto económico como político(…)” (Luxemburg, s.f., 9)
Para Rosa Luxemburg –al igual que para la mayor parte del marxismo- solo la clase del proletariado puede encabezar los ideales de la revolución, por ello, entre los años de 1905 y 1917, Rosa Luxemburg observaba en la Revolución Rusa un proyecto consolidado que podía dirigirse hacia la conquista de la libertad y así representar una lucha que aboliera las clases sociales; sin embargo, dentro del partido socialdemócrata este movimiento tenía sus detractores, entre ellos la facción reformista alemana, la cual, daba una serie de razones por las que la Revolución rusa no era un movimiento revolucionario: 1) No consideraba al proletariado como la base más importante del proyecto revolucionario, ya que, en ese momento la industria rusa no estaba completamente desarrollada, 2) Existía un desconocimiento de la relación que hay entre el poder y la historia, lo que deriva en una separación entre el derrocamiento del gobierno y la lucha de clases, dando preferencia al primero3. 3) La Revolución rusa fue local, es decir, olvidó uno de los preceptos fundamentales de Marx: imponer el levantamiento revolucionario mundial. 4) Finalmente, no existe ninguna preocupación por la educación de la clase obrera, ya que supone que al pertenecer a la clase trabajadora se tiene la experiencia necesaria para dirigir la revolución. A pesar de estos tropiezos presentes en la revolución rusa, esta ha demostrado la importancia de las huelgas de masas para
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combatir las desigualdades entre las clases, ya que, generan un impulso para lucha política. Cabe destacar, que la filósofa desconocía el contexto particular de Rusia, por tanto tenía algunos errores de percepción; sin embargo, su preocupación se centraba en otorgar la importancia histórica de los acontecimientos en torno a esta revolución: “[…] El análisis crítico de la Revolución Rusa con todas sus consecuencias históricas constituye el mejor entrenamiento para la clase obrera alemana e internacional, teniendo en cuenta las tareas que le aguardan como resultado de la situación actual […]” (Luxemburg, 2006, 379)
Para Rosa Luxemburg, la revolución a manos de la clase del proletariado es un proceso lento y complejo, en el cual intervienen diversos factores para consolidar la Dictadura del Proletariado. Para que esto sea posible las condiciones históricas deben ser las adecuadas, es decir, la industria capitalista debe estar completamente desarrollada y las contradicciones entre los intereses de clases deben estar presentes. El llamado de la filósofa polaca es para comprometerse con los ideales revolucionarios, independientemente del estrato social al que se pertenece. Por ello, el deber de la clase del proletariado es hacer un llamado a cuantos más sea posible hacia la lucha: “(…) Según Rosa Luxemburg, formaba parte de la clase trabajadora aquella persona, que se comprometía al interior de la clase trabajadora y con esta en contra de las condiciones imperantes; sin importar su origen o su estado social actual. La praxis, y no el estatus, era su criterio. Entendía a la clase como movimiento (…)” (Schütrumpf 2007, 33)
La preocupación de Rosa Luxemburg por llevar a cabo una revolución paso a paso es patente en su texto Huelgas de masas, partidos y sindicatos, allí expone su preocupación ante el rechazo de algunos dirigentes sindicales hacia la huelga general, pues para ella este rechazo es parte de un discurso de la clase capitalista que teme perder su lugar privilegiado en la sociedad. La autora afirma que las huelgas son un fenómeno interesante, ya que motivan a la educación y al acceso de la información por parte del proletariado. Las luchas económicas instauradas por las huelgas suelen desplegar luchas políticas, si bien la huelga puede ser la antesala de la revolución, esto no siempre sucede debido a la falta de dirección y de un programa de acción de la clase del proletariado: “(…) La voluntad de lucha manifestada por la clase debe fusionarse con la dirección revolucionaria, una dirección que no puede ser improvisada en el curso de la lucha (…)” (Luxemburg, 2003, 13). Para Rosa Luxemburg la huelga, al igual que la revolución, es una forma de lucha de clases que responde a un interés particular de la clase trabajadora y promueve cambios en las relaciones sociales y políticas.
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PURIQ 1 (1) 2019 ISSN: 2664-4029últimas consecuencias por reestablecer el tejido social:4 “(…) Las masas proletarias deben aprender a superar su estadio de simples máquinas muertas que el capitalista aplica al proceso de producción, y convertirse en dirigentes pensantes, libres, protagonistas de esa misma producción social. Deben adquirir el sentimiento de su responsabilidad como miembros de la colectividad, única depositaria de toda la riqueza social (…)” (Luxemburg, s.f., 43). Las huelgas son, para Rosa Luxemburg, un escenario preparatorio para el movimiento revolucionario, al cual solo se puede llegar a través de paulatinas conquistas.
Las huelgas han sido consideradas como fenómenos aislados y repentinos; sin embargo, las huelgas de protesta son la manifestación histórica de la lucha de clases, de hecho, es la forma en la que se hace patente la revolución misma y sus intereses se enfocan en cambiar la situación social y las injusticias que se han fraguado a lo largo de años de dominación ejercida por la clase dominante.
Las huelgas, como lucha política, representan una unidad dialéctica, por esta razón, es posible pasar de una lucha económica a una transformación política. Rosa Luxemburg estaba convencida de que la lucha política educaba a las masas y las mantenía en constante acción, por lo tanto, esta era imprescindible para la revolución. La conciencia de clase no puede aprenderse en la escuela, por tanto, debe educarse en las calles, es decir, la clase del proletariado debe probarse en la lucha, solo así la organización podrá fortalecerse poco a poco.
La filósofa observaba con desagrado la postura de los sindicatos alemanes con respecto a la huelga, ya que aquellos rechazaban los movimientos de masas al considerarlos incendiarios, costosos e innecesarios5. Esta postura demostraba una falta del conocimiento de los sucesos históricos que antecedieron a la revolución rusa y así mismo expresaba la incapacidad de algunos partidos y sindicaros de comprender la importancia de la lucha proletaria, ya que, afirman que la revolución puede ser sustituida por las reformas. Rosa Luxemburg, realiza una comparación entre el obrero alemán y el obrero ruso, de ello deriva la conclusión siguiente: A pesar de que el obrero alemán posee mayor grado de educación inculcada por el partido socialdemócrata esta educación es principalmente teórica, la ferviente juventud en el proletariado ruso lo llevó a la acción y es en dicha acción en la que los obreros rusos han sido educados; por ello, en Alemania las huelgas de masas no deben ser rechazadas por el partido socialdemócratas, por el contrario deben ser dirigidas por este.
4 Las huelgas generales rusas guiadas por los diferentes sectores de trabajadores llevadas a cabo entre los años de 1903 a 1907 demuestran las conquistas que ha logrado el proletariado organizado y comprometido; dichas conquistas son el antecedente para la revolución. La revolución requiere entre otras cosas la educación de los proletarios, lo cual es posible por medio de la maduración de la lucha de clase y del propio desenvolvimiento histórico.