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Modelo de gestión de los recursos hídricos desde la visión comunitaria

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Academic year: 2020

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UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES “UNIANDES”

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA CARRERA DE DERECHO

PROYECTO DE INVESTIGACIÓN PREVIO A LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE LOS TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA

TEMA:

MODELO DE GESTIÓN DE LOS RECURSOS HÍDRICOS DESDE LA VISIÓN COMUNITARIA.

AUTORA: LECHÓN CHOLCA JANETH EMERITA

ASESOR: DR. BENAVIDES BENALCÁZAR MERCK MILKO.

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APROBACIÓN DEL ASESOR DEL TRABAJO DE TITULACIÓN

CERTIFICACIÓN:

Quien suscribe, legalmente CERTIFICA QUE: El presente trabajo de Titulación realizado por la señorita Janeth Emerita Lechón Cholca, estudiante de la Carrera de Derecho, Facultad de Jurisprudencia, con el tema “MODELO DE GESTIÓN DE LOS RECURSOS HÍDRICOS DESDE LA VISIÓN COMUNITARIA”, ha sido prolijamente revisado, y cumple con todos los requisitos establecidos en la normativa pertinente de la Universidad Regional Autónoma de los Andes-UNIANDES, por lo que apruebo su presentación.

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DECLARACIÓN DE AUTENTICIDAD

Yo, Janeth Emerita Lechón Cholca, estudiante de la Carrera de Derecho de la Facultad de Jurisprudencia, declaro que todos los resultados obtenidos en el presente trabajo de investigación, previo a la obtención del título de ABOGADA DE LOS TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA, son absolutamente originales, auténticos y personales; a excepción de citas, por lo que son de mi exclusiva responsabilidad.

Ibarra, julio de 2018

____________________________ Srta. Janeth Emerita Lechón Cholca CI: 100313665-0

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CERTIFICACIÓN DEL LECTOR DEL TRABAJO DE TITULACIÓN

Yo, Dr. Limaico Mina Josué Ramón, Mgs. En calidad de Lector del Proyecto de Titulación.

CERTIFICO:

Que el presente trabajo de titulación realizado por el estudiante Janeth Emerita Lechón Cholca, sobre el tema: “MODELO DE GESTIÓN DE LOS RECURSOS HÍDRICOS DESDE LA VISIÓN COMUNITARIA”, ha sido cuidadosamente revisado por el suscrito por el que he podido constatar que cumple con todos los requisitos de fondo y forma establecidos por la Universidad Regional Autónoma de los Andes para esta clase de trabajos, por lo que autorizo su presentación.

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DERECHOS DE AUTOR

Yo, Janeth Emerita Lechón Cholca, declaro que conozco y acepto la disposición constante en el literal d) del Art. 85 del Estatuto de la Universidad Regional Autónoma de los Andes, que en su parte pertinente textualmente dice: El patrimonio de la UNIANDES, está constituido por: La propiedad intelectual sobre las investigaciones, trabajos científicos o técnicos, proyectos profesionales y consultoría que se realicen en la Universidad o por cuenta de ella:

Ibarra, julio de 2018

__________________________ Srta. Janeth Emerita Lechón Cholca CI: 100313665-0

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DEDICATORIA

Dedico este trabajo a las personas más importantes en mi vida, Wilson y Alexis por confiar en mi capacidad, por su paciencia y amor entregado, quienes fueron un soporte fundamental para poder cumplir firmemente con mi objetivo, ya que siempre se encontraban a mi lado apoyándome día tras día gracias por todo. A mis padres por su apoyo incondicional que con sus valores inculcados me permitieron ser una persona de bien.

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AGRADECIMIENTO

Agradezco a Dios por guiarme por el sendero correcto de mi vida y derramarme muchas bendiciones.

A mi familia quienes me brindaron su apoyo incondicional y me dieron ánimo para cumplir mi sueño.

Un agradecimiento infinito a la Universidad Regional Autónoma de los Andes, en sus aulas los profesores me han inculcado sabios conocimientos, en el trayecto de mi etapa estudiantil.

Con gratitud a mi asesor Dr. Merck Milko Benavides Benalcázar, por su constante asesoramiento, apoyo y comprensión.

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RESUMEN

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ABSTRACT

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INDICE GENERAL

INTRODUCCIÓN ... 1

Antecedentes de la investigación. ... 1

Situación problemática ... 1

Problema científico ... 2

Objeto de investigación y campo de acción ... 2

Identificación línea de investigación ... 2

Objetivo general ... 3

Objetivo especifico ... 3

Idea a defender ... 4

Variable de investigación ... 4

Aporte teórico, significativo práctica y novedad científica ... 5

CAPITULO I. MARCO TEÓRICO ... 8

1.1. El derecho al agua en la normativa jurídica ... 8

1.1.1. El Estado garantiza la gestión integral, integrada y participativa del agua ... 9

1.1.2. La gestión del agua es pública y comunitaria ... 11

1.1.2.1. La gestión pública ... 11

1.1.2.2. La gestión comunitaria ... 12

1.1.3. El Estado garantiza la conservación y manejo integral de recursos hídricos. ... 20

1.1.4. El derecho al agua garantiza la soberanía alimentaria ... 21

1.2. El agua, aprovechamiento y distribución del riego por parte de comunidad. ... 23

1.2.1. Conceptualización del agua de riego ... 23

1.2.2. Utilización del agua de riego ... 25

1.2.3. Calidad de agua de riego ... 26

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1.2.5. Distribución del agua de riego ... 29

1.3. Los principios fundamentales de la gestión del agua de riego ... 33

1.3.1. Definición de los principios fundamentales ... 33

1.3.1.1. Principio de equidad ... 33

1.3.1.2. Principio de eficiencia ... 35

1.3.1.3. Principio de sostenibilidad ambiental ... 36

1.3.1.4. Principios de precaución y prevención ... 37

1.3.1.5. Principios de accesibilidad ... 38

1.4. Infracciones en el uso, aprovechamiento y distribución en el agua de riego. ... 39

1.4.1. Clasificación de las infracciones en caso de incurrir en una inadecuada distribución del riego. ... 39

1.4.2. Infracciones leves ... 40

1.4.3. Infracciones graves ... 40

1.4.4. Infracciones muy graves ... 40

1.4.5. Tipos de responsabilidades relación a la gestión de riego ... 41

1.4.5.1. Responsabilidad administrativa ... 41

1.4.5.2. Responsabilidad civil ... 43

1.4.5.3. Responsabilidad penal ... 44

1.4.5.4. Clasificación de sanciones en base a las infracciones cometidas. . 44

1.5. Conclusiones parciales del capítulo I ... 46

CAPITULO II. MARCO METODOLÓGICO Y PLANTEAMIENTO DE LA PROPUESTA ... 48

2.1. Caracterización del sector ... 48

2.2. Descripción del procedimiento metodológico para el desarrollo de la investigación. ... 48

2.3. Metodología ... 48

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2.3.2. Técnicas ... 49

2.3.3. Instrumentos ... 49

2.4. Población y muestra ... 50

2.5. Análisis e interpretación de datos de la aplicación de encuestas ... 51

2.6. Verificación de idea a defender ... 61

2.7. Conclusiones parciales del capítulo II ... 61

CAPÍTULO III. DESARROLLO DE LA PROPUESTA ... 63

3.1. Tema ... 63

3.2. Objetivo ... 63

3.3. Justificación ... 63

3.4. Descripción de la propuesta ... 64

3.4.1. Desarrollo del cuerpo central ... 64

3.4.2. Deberes y atribuciones del modelo de gestión de recurso hídrico .... 66

3.4.3. Derechos y principios ... 68

3.4.4. Diseño del Modelo de Gestión ... 70

3.4.5. Validación, aplicación y evaluación de los resultados de la aplicación de la propuesta. ... 74

3.5. Impactos ... 74

3.5.1. Impacto social ... 74

3.5.2. Impacto jurídico ... 75

3.6. Conclusiones parciales del capítulo III ... 75

CONCLUSIONES GENERALES ... 77

RECOMENDACIONES ... 79

BIBLIOGRAFÍA ... 80

LINKOGRAFÍA ... 84

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ÍNDICE DE TABLAS

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INDICE DE FIGURAS

Pág. Figuras 1Ley que regula el uso y aprovechamiento del agua de riego ... 51 Figuras 2 Fortalecer la organización comunitaria en la gestión del agua de riego ... 52 Figuras 3 Canalizar el apoyo institucional para los sistemas de riego

comunitario... 53 Figuras 4 Cuantas veces a la semana hacer uso del agua de riego veces a la semana hace uso del agua de riego ... 54 Figuras 5 El agua de riego debe ser repartido de manera equitativa ... 55 Figuras 6 El gobierno comunitario está en la capacidad de administrar y

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1 INTRODUCCIÓN

Antecedentes de la investigación.

Al Nororiente de la serranía ecuatoriana, en el cantón Cayambe, parroquia de Olmedo, provincia de Pichincha se encuentra la comunidad La Chimba, que por su forma original y su espacio geográfico es afortunada de una gran riqueza hídrica lo que responde a la fertilidad de sus tierras, que la han convertido en una zona agrícola y ganadera por excelencia.

Para todas las familias de la comunidad La Chimba, el acceso al riego es de suma importancia para la producción del campo agrícola-ganadero y su sostenibilidad económica. El acceso al agua es a través de los sistemas de riego a gravedad y la gestión es efectuada por el gobierno comunitario que agrupan a las personas o grupos de personas determinados como usuarios y usuarias. A nivel de toda la comuna existen 15 sistemas de riego, ninguno cuenta con un catastro de predios a regar, únicamente disponen de un padrón de usuarios y superficie de riego aproximada, por lo cual la dotación de agua por sistema no cuenta con soporte técnico que faculte el caudal asignado a cada sistema, lo cual repercute que algunos sectores sean más favorecidos y cuenten con mayor volumen de agua por área a irrigar. Por otro lado la organización de los usuarios y usuarias de riego en la comuna La Chimba, muestra grandes debilidades en conocimientos legales, carecen de un estatuto y reglamento interno que oriente a una administración y reparto del agua de riego en forma equitativa.

Con este preámbulo esta investigación y el presente trabajo está concebida en generar una propuesta de modelo de gestión del riego comunitario, bajo la normativa legal, técnica y social, parámetros necesarios para crear un modelo de gestión de recursos hídricos de uso, aprovechamiento y distribución del agua de riego, sin vulnerar el derecho al acceso y equidad de este recurso hídrico. Situación problemática

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problemas de déficit del agua han sido objeto de preocupación y debate debido al alto grado de desigualdad en la distribución y la falta de un modelo de gestión de recursos hídricos de uso, aprovechamiento y distribución del agua de riego. En este contexto también la ley motiva a las comunas a la participación en la protección y conservación del agua, administración, operación y mantenimiento de infraestructura de la que se beneficien los miembros de un sistema de agua y que no se encuentre bajo la administración del Estado.

En este contexto la problemática que acontece la comunidad en estudio, es la falta de conocimiento legal, técnico y administrativo para crear un modelo de gestión comunitario interno que permita aplicar la normativa de riego bajo principios de equidad sin vulnerar o violentar el derecho de acceso, uso, aprovechamiento y distribución del agua de riego.

Problema científico

Falencia en la aplicación de la normativa sobre el uso, aprovechamiento y distribución del agua de riego, que se ha generado debido a una mala gestión y aplicación de la normativa.

Objeto de investigación y campo de acción

El objeto de esta investigación.- Es el Derecho Constitucional para ratificar el agua como un derecho humano fundamental e irrenunciable, patrimonio nacional estratégico de uso público, dominio inalienable, imprescriptible, inembargable del Estado y que constituye un elemento vital para la naturaleza y para la existencia de los seres humanos.

Campo de acción.- el presente trabajo investigativo enmarca la generación de una propuesta de modelo de gestión de riego comunitario para el uso, aprovechamiento y distribución recurso hídrico.

Identificación línea de investigación

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ordenamiento jurídico ecuatoriano, presupuestos históricos, teóricos, filosóficos y constitucionales.

Objetivo general

Elaborar un modelo de gestión de los recursos hídricos sobre el uso, aprovechamiento y distribución del agua de riego en la comunidad La Chimba, parroquia Olmedo, cantón Cayambe, provincia Pichincha para garantizar que las autoridades de la comunidad cumplan con la normativa jurídica vigente.

Objetivo especifico

 Fundamentar teóricamente sobre un modelo de gestión de recursos hídricos sobre el uso, aprovechamiento y distribución, utilizados para el riego, en base a la Doctrina, Jurisprudencia, Constitución, Convenios de Internacionales de Derechos Humanos y la Ley.

 Diagnosticar el grado de conocimiento que tienen los involucrados en el presente trabajo mediante una investigación de campo sobre un modelo de gestión de los recursos hídricos de uso, distribución y aprovechamiento desde la visión comunitaria.

 Elaborar un modelo de gestión de recursos hídricos sobre el uso, aprovechamiento y distribución del agua de riego mediante la normativa jurídica vigente.

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4 Idea a defender

Con la elaboración de un modelo de gestión de los recursos hídricos sobre el uso, aprovechamiento y distribución del agua de riego, se garantizara que las autoridades comunitarias cumplan con el reparto equitativo del recurso hídrico como un derecho plasmado en la normativa jurídica vigente.

Variable de investigación Variable independiente.

Con la elaboración de un modelo de gestión de recursos hídricos sobre el uso, aprovechamiento y distribución del agua de riego en la comunidad La Chimba, parroquia Olmedo, cantón Cayambe, provincia Pichincha.

Variable dependiente.

Se garantizar que las autoridades comunitarias cumplan con la normativa vigente.

Métodos, técnicas e instrumentos empleados en la investigación

Método Científico.- Es una serie ordenada de procedimientos de que hace uso la investigación científica para observar la extensión de nuestros conocimientos, puesto que nos permite a desarrollar de la mejor manera un modelo de gestión de recursos hídricos sobre el uso, aprovechamiento y distribución del agua de riego

Método Inductivo – Deductivo.- En el momento de la investigación este método es el cual nos permitirá conocer las causas generales del tema de investigación y de esta manera tratar de dar una solución, luego de hacer un modelo de gestión de recursos hídricos sobre el uso, aprovechamiento y distribución del agua de riego.

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Método Histórico – Lógico.- Este vincula el conocimiento de la evolución social para poder, de esta manera aplicar el desarrollo normativo que ha sufrido a través de la historia de la legislación ecuatoriana así podemos establecer la trayectoria concreta de la teoría, su condicionamiento a los diferentes períodos de la historia.

Técnicas e instrumento

Encuesta.- La encuesta es una de las técnicas más utilizada en la investigación que permite obtener amplia información de un tema o problema, aplicando para ello un cuestionario a fuentes primarias. Pero de distintas perspectivas para tener un panorama más completo de la misma.

Instrumento Cuestionario

El cuestionario es una de los instrumentos que sirven de guía o ayuda para obtener la información deseada, sobre todo a escala masiva. El mismo está destinado a obtener respuestas a las preguntas previamente elaboradas que son significativas para la investigación social que se realiza y se aplica al universo, o la nuestra obtenida de la población objeto de estudio, utilizado para ello un formulario impreso que los individuos responden por sí mismos. En el cuestionario se formula una serie de preguntas que permiten mediar una o más variables.

Aporte teórico, significativo práctica y novedad científica

El presente trabajo servirá como aporte teórico, con el estudio del tema propuesto se evidenciara teóricamente que existen leyes, doctrinas, normas, y procesos que asignan un estudio profundo a una norma expresa que se fundamenta en modelo de gestión de recursos hídricos sobre el uso, aprovechamiento y distribución del agua de riesgo mediante la normativa jurídica vigente.

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de Ecuador, en donde hace hincapié que el agua es un derecho irrenunciable, inalienable, imprescriptible, inembargable y esencial para la vida que la misma Constitución nos garantiza, mismo que la gestión del uso, aprovechamiento y distribución del agua de riego debe ser competencia de organizaciones de los usuarios de la comunidad que, entre sus responsabilidades, debe tener un modelo de gestión del agua de riego, de acuerdo a sus necesidades, que ayuda a un reparto equitativo del agua de riego.

Significación de la práctica

Con la elaboración del modelo de gestión de recuro hídricos sobre el uso, aprovechamiento y distribución del agua de riesgo mediante la normativa jurídica vigente, lo cual nos permite garantizar el derecho al agua establecido en la Constitución del 2008, con la finalidad que los comuneros tenga un manejo adecuado del agua, mismos que debe fomentar el fortalecimiento del modelo de gestión recursos hídricos del agua de riego comunitario y promover los espacios de participación necesarios para democratizar e incentivar a la comunidad en la toma de decisiones sobre el uso, aprovechamiento y distribución del agua de riego.

Es importante destacar la significación de esta investigación ya que podemos evidenciar una inadecuada distribución del agua de riego a nivel comunitario, debido a que el agua no es equitativamente distribuido, misma que va generando una producción de cultivos pobres desabastecidos, incluso se pierde los productos cultivables por la insuficiencia de este recurso, porque no es abastecido en igualdad a todos los usuarios, la solución de esto se ve encaminada a un modelo de gestión de recursos hídricos sobre el uso, aprovechamiento y distribución del agua de riego que garantice a todos el acceso al líquido vital en igualdad.

Novedad científica

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nivel local, inclusive comunitario, es así que la investigación puede determinar la falta de cumplimiento de las obligaciones del Estado, las mismas que se encuentran establecidas en la Constitución de la República del Ecuador del 2008.

No hay que hacer una gran reflexión para poder establecer que este tema es novedoso debido a que en la época prehistórica en uso del agua para las actividades productivas viene desde la época prehistórica en las que por los acontecimientos se crearon sistemas de origen andino que combinaron funciones de drenaje y riego como terrazas de cultivo, los camellos que fueron utilizados en su mayor parte por el valle interandino de Cayambe y que cumplían varias funciones como drenaje y reserva del agua para el desarrollo de las actividades agrícolas en época de sequía.

En Ecuador la relevancia de los sistemas comunitarios constituye una piedra angular para entender la configuración básica de las comunidades, para atender y cubrir sus necesidades mínimas en relación al recurso agua. Actualmente se desarrolla el concepto de riego parcelario para atender el conjunto de iniciativas nacidas de los sistemas comunitarias, buscando alternativas de participación y desarrollo. Probablemente este comercio es un desafío que se debe implementar mediante acciones de corto, mediano y largo plazo(Rodríguez, 2011)

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8 CAPITULO I. MARCO TEÓRICO

1.1. El derecho al agua en la normativa jurídica

En la normativa jurídica de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento de Agua, establece que se respeta el orden de prelación del agua para consumo humano: garantiza agua de riego para la producción destinada al consumo interno (soberanía alimentaria), permite combatir el acaparamiento debido a que es indispensable para vivir dignamente, el cual ayuda al sustento de la vida diaria del ser humano.

También es importante tomar en cuenta que para el uso humano debe ser saludable y aceptable exento de todo tipo de microorganismos y por ningún motivo deberían verse privados del acceso al agua la sociedad.

Cabe recalcar que el acceso al agua es un derecho que garantiza el Estado Ecuatoriano no se puede privar a nadie del acceso a este recurso hídrico. Por lo tanto no debe ser un obstáculo el costo de este servicio, especialmente para los pobres, debe haber un consenso entre el usuario y la comunidad, por el cobro del agua, como puede ser el pago de acuerdo a la utilización, el cual permite que no se vulnere el derecho constitucional.

Buitrón, sostiene que: “El agua es indispensable para la vida, pero también es fundamental para la seguridad alimentaria, la generación de ingresos y la protección del consumo de agua y absorbe actualmente más del 80% en los países en desarrollo”.(Buitron R. , 2013, pág. 146)

Según el artículo mencionado anteriormente se puede decir que es un requisito indispensable que garantiza la seguridad alimentaria, el cual permite prevenir el hambre. Se dice que el Estado debe garantizar el acceso, uso aprovechamiento justo y equitativo del agua, a través de la gestión integral del recurso hídrico, que permite asegurar la disponibilidad del agua que es vital para construir un futuro mejor en el cual exista suficiente agua para el desarrollo económico, social y para los ecosistemas, puesto que esta reduce la pobreza, promueva la educación y aumenta el nivel de vida.

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la rectoría, planificación, regulación, y seguimiento de la gestión integral del riego considerando a las presentes y futuras generaciones, en la que no bebe existir desigualdad en el acceso a este recurso hídrico.

1.1.1. El Estado garantiza la gestión integral, integrada y participativa del agua

La Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua en su artículo 8 determina que:..” la gestión integrada e integral de los recursos hídricos es la autoridad única del agua con un enfoque eco sistémico y por cuenca o sistemas de cuencas hidrográficas y su posible agrupación a efectos de planificación participativa para el desarrollo y gestión así como la atribución de las aguas subterráneas a la cuenca que corresponda según el eje transversal que será coordinado con los diferentes niveles de gobierno según sus ámbitos de competencia”.

Se puede decir que es un proceso que promueve la gestión y el desarrollo coordinado del agua con el fin, de maximizar el bienestar social y económico, pero de manera equitativa y sostenible tomando en cuenta la accesibilidad y el criterio de equidad, con la solución de enfatizar el acceso al recurso hídrico. Por lo tanto se ha logrado recuperar el conocimiento respecto a los saberes ancestrales y culturales del agua que permite fortalecer los criterios sobre su importancia, para la gestión integral, con un enfoque en el manejo del recurso hídrico desde la visión colectiva de los pueblos y nacionalidades, que permite el desarrollo sostenible con el objetivo de fomentar el buen vivir.

La participación del agua debe partir desde la conservación del recurso hídrico, en el cual intervienen las comunidades, pueblos y nacionalidades que tienen derecho a que el Estado, a través de sus instituciones, articule políticas y programas para la conservación, protección y preservación del agua que influye en las actividades productivas el cual permite satisfacer sus necesidades como seres humanos.

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los decisores considerar asunto, perspectivas y opciones consistentes en el aspecto ambiental, manejo y conservación de cuencas hidrográficas.

La Constitución de la República en sus título VI, del Régimen de Desarrollo, se encuentra enmarcado capitulo quinto, de los Sectores estratégicos, servicios y empresas públicas,

De acuerdo a este enunciado el Estado es la autoridad única del agua y responsable directo de la planificación y gestión del recurso hídrico que será destinado al consumo humano y riego productivo que garantiza la soberanía alimentaria. Se requiere de la potestad del Estado para la utilización del recurso hídrico con un fin fructífero, se debe enfatizar no sólo centrarnos en desarrollar recursos hídricos sino administrar en forma eficiente el desarrollo hídrico para garantizar el uso sostenible a largo plazo para las generaciones futuras.

Jacinto Pérez sostiene que: “Los diversos intereses relacionados con el uso del agua, plantean retos importantes y muy variados que inciden en la toma de decisiones”.(Perez., 2013, pág. 9)

Por lo tanto la gestión integradora de los recursos hídricos y como su nombre lo indica, imprime coherencia a los intereses vinculados con el uso, control, aprovechamiento, preservación y sostenibilidad de los sistemas hídricos, que permite promover el uso sostenible del agua para el desarrollo sustentable del país, mediante múltiples actores en un proceso participativo articulando diversos ecosistemas y recursos naturales vinculados al agua.

Según lo que manifiesta Adolfo Toledo: “Gestión integrada de Recursos Hídricos, se basa en que los diferentes usos de los recursos hídricos son interdependientes. Como se verá, el concepto básico de Gestión Integrada de los Recursos Hídricos fue ampliado para incorporar la toma de decisiones participativa”.(Toledo, 2013, pág. 4)

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1.1.2. La gestión del agua es pública y comunitaria

Martínez, afirma que: “La gestión del agua será exclusivamente pública y comunitaria. Este principio es muy importante por dos razones: la primera, porque recupera la prestación de servicios de agua por parte de las entidades públicas las empresas municipales de agua e impide que estos servicios se privaticen.

La segunda, porque reconoce y fortalece a las juntas de agua de consumo y riego, que hasta ahora estuvieron ignoradas. Estas juntas han sido fundamentales e imprescindibles para garantizar el acceso al agua, sobre todo en zonas rurales, pero no han recibido prácticamente ningún apoyo del Estado. En la medida en que se han sostenido gracias al trabajo comunitario mingas y a sus propios recursos, muchas de ellas tienen problemas en cuanto a la administración, operación y mantenimiento de sus sistemas, pero constituyen una vigorosa forma de organización autónoma que debe ser fortalecida por el Estado”.(Martinez A. A., Agua un derecho fundamental, 2010, pág. 193)

Es por esto que el trabajo colectivo comunitario, en el que los actores locales buscan resolver sus necesidades a partir de sus propios recursos, como es el abasto de agua para el sustento de la vida diaria. Esto ha requerido del manejo de ciertos saberes tácitos y prácticas mejoradas por el acierto y error, conocimientos transmitidos por generaciones, que van asumiendo innovaciones, motivadas por transformaciones internas a la comunidad. Pero con la Constitución busca constituir alianzas entre público y comunitario para fortalecer sus capacidades lo cual permite cambios locales.

1.1.2.1. La gestión pública

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Podemos decir que la gestión pública busca satisfacer las necesidades colectivas no cubiertas por el mercado, que sólo responde a requerimientos e intereses económicos ya que el agua es un bien de uso común que debe ser garantizado a través de un servicio público de calidad que garantice su universalidad, la participación ciudadana en su gestión, el respeto al medioambiente y la cooperación. La gestión pública promulga porque el agua nunca sea considerada como una mercancía, ya que se perdería el sentido de bien común y, por consiguiente, su priorización como bien público.

1.1.2.2. La gestión comunitaria

Hoogendam, afirma que: “La gestión comunitaria de agua es una de las tantas actividades de la comunidad, que responde a las características de la gestión comunitaria en general. Ella abarca la socio territorialidad, la relación con los ciclos de producción agrícola, la participación amplia de los comunitarios, una estructura de equidad entre sus miembros y una gran flexibilidad en la aplicación de reglas y normas relacionadas con la circunstancialidad de la gestión comunitaria”.(Hoogendam, 1998, pág. 258)

Se puede decir que la gestión comunitaria es una de las estrategias que permita a la comunidades tener su propia decisión en cuanto a la gestión de recursos hídricos, la gestión de agua incluye todas las actividades que mencionamos anteriormente, la distribución de agua, el mantenimiento de la infraestructura, la definición de los derechos, la organización de los usuarios, queda claro que cuando se trata de un sistema comunitario, de una sola comunidad, ella cuenta con una autonomía total en su forma de cumplir con todas estas exigencias en sistemas compuestos por varias comunidades, a nivel de cada comunidad, se necesita ajustar sus arreglos internos a las reglas y normas fijadas para un mejor desarrollo general.

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necesidades humanas y básicas de sobrevivencia y reproducción”.(Moreno, 2011, págs. 367-385).

Por lo mencionado anteriormente la gestión comunitaria del agua es una forma de organización que existe en barias localidades rurales del país. La utilización del agua está asociado con las necesidades básicas, humanas y productivas, y a la vez se desarrollan actividades de cuidado de fuentes y control de la contaminación en este sentido, la gestión comunitaria tiene elemento de manejo de los recursos hídricos que favorecen la sostenibilidad de los ecosistemas promoviendo un acceso responsable y equitativo.

La Constitución de la República en su artículo 318, manifiesta acerca de la gestión del agua será exclusivamente pública o comunitaria.

Así las comunidades, comunas, pueblos y nacionalidades indígenas han administrado de acuerdo a sus costumbres creando gobiernos comunitarios, juntas comunitarias el cual permite un reparto equitativo del agua entre todos los comuneros, sin dejar de lado las organizaciones que mantiene una relación cercana con las autoridades locales, el cual permite el usos y costumbres como un conjunto de prácticas, hábitos, reglas y concepciones tácitas que orientan las interacciones humanas y las relaciones con el medio ambiente, en correspondencia con el reconocimiento de pautas y formas de comportamiento por el colectivo.

Si bien la gestión pública y la gestión comunitaria tienen sus particularidades y pueden ser vistas en oposición, según la correlación de fuerzas presente en un momento dado, en la práctica tenemos evidencias sobre las ventajas de una gestión compartida entre lo público y lo comunitario que implicaría la identificación, diseño, formulación, administración de recursos financieros, manejo y ejecución de acciones, y resolución de conflictos para el uso equitativo del recurso hídrico como bien común, con la participación coordinada de los diversos actores locales.

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importantes con respecto del servicio de agua de riego son discutidos en las asambleas comunitarias, las cuales están conformadas por el total de los usuarios de cada uno de los pueblos”.(Cervantes, 2014, pág. 12)

Según Casas, “La Junta, es un mecanismo de participación ciudadana y de autogestión de los servicios públicos a nivel de caseríos, aldeas y municipios. Corresponde fundamentalmente a la Junta, la operación, mantenimiento y administración de los sistemas de abastecimiento de agua de riego y saneamiento de las comunidades rurales y en las áreas peri urbanas en vías de desarrollo”.(Casas, 2014, pág. 22)

Al referirse a un comité de agua y junta administradora se pude decir que es importante el comité, que ayuda a mantener organizados para el fortalecimiento de una organización comunitaria que gestiona permanente el sistema de riego, participa en los espacios organizativos de la comunidad llevando las expectativas de sus bases de gobierno locales e institucionales relacionados con el agua, se involucra en capacitaciones y labores que completan el funcionamiento del sistema, como son vertientes, proteger la propiedad comunitaria, mejora la calidad del agua.

En cuanto a la junta administradora del agua busca fortalecer la participación de la comunidad el cual permite enlazar un trabajo compartido entre el Estado, a través de las normas y leyes en función de garantizar el derecho humano al agua en armonía con la naturaleza guardando su autonomía y su carácter comunitario, con el ente de autogestión los servicios públicos para la operación, mantenimiento y la administración de los sistemas de abastecimiento de recursos hídricos en las comunidades rurales.

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Así mismo Zambrano sostiene que: “La organización denominada Juntas Administradoras de Agua Potable y Riego del Ecuador, nació en junio de 2009, justamente al calor de la elaboración y la discusión de la ley. En el COOTAD, no se menciona a las Juntas Administradoras de Agua Potable y Saneamiento y se generaliza como “organizaciones comunitarias de agua”, porque las formas organizativas relacionadas con la CONAIE y la ECUARUNARI no se definen como “juntas”, término que provoca tensión con las formas tradicionales de nombrar a las organizaciones comunitarias”.(Zambrano, 2013, pág. 22)

Por medio de esta afirmación el autor claramente desea dar a entender que la Junta administradoras de agua potable y riego en el Ecuador, nació justamente con la elaboración de la Ley del Código Orgánico de Organización Territorial, porque no se menciona a las Juntas Administradoras de agua potable y saneamiento y se generaliza como organizaciones comunitarias de agua, porque las formas organizativas son relacionadas con la confederación de nacionalidades indígenas del Ecuador por su formas tradicionales de ser organizaciones comunitarias, que participaran en la gestión y uso del recurso hídrico.

Es así que la organización comunitaria decide en afrontar sus propios problemas y se organizan para resolverlos aprovechando sus propios recursos y potencialidades. Sirven como medio para solucionar necesidades sentidas y prioritarias de la comunidad, utilizado sus recursos y los que el Estado y las entidades privadas pueden proveer.

La organización comunitaria entendida como un medio adecuado de interacción y representación con el propósito de intereses comunes para el desarrollo integral, si bien es cierto es la parte fundamental de una comunidad que busca el desarrollo de la misma, ya que esta permite resolver problemas de carácter social, económico, cultural, político y productivo, que afecte a la comunidad, de la misma forma dar soluciones a estas dificultades.

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 Recaudar mensualmente el pago por el servicio del agua de riego.

 Administrar sus propios recursos.

 Convocar a la asamblea general extraordinariamente para temas urgentes

 Rendir informes de las actividades periódicamente.

 Una personas elegido por asamblea general de la comunidad es la encargada

de velar por el funcionamiento del agua, abrir y cerrar las llaves cuando se va hacer mejoramiento de canales de riego o en cuanto a las lluvias cerrar las llaves para que no exista derrumbes de las acequias o reservorios.

 Organizar y participar en las mingas comunitarias para el mantenimiento del canal de riego.

b. Los pueblos indígenas como principales practicantes de la gestión comunitaria del agua

Brizzi, acerca de los pueblos indígena afirma que:.. “poseen grandes y antiguos patrimonios culturales y consideran que hay una profunda interdependencia entre sus sistemas sociales, económicos ambientales y espirituales. Sus conocimientos tradicionales y su comprensión del manejo de los ecosistemas son contribuciones valiosas para el acervo mundial. A pesar de ello, los pueblos indígenas figuran al mismo tiempo entre los grupos más vulnerables, marginados y desfavorecidos del mundo”.(Brizzi, 2016, pág. 1)

Al referirse a pueblos indígenas cabe mencionar que es un grupo vulnerable en su sentido amplio y es originario de una población en el cual habita, porque su presencia y establecimiento en la misma precede en su pueblo por su identidad, tradiciones, costumbres y forma de vivir la vida, al cual debemos escuchar sus voces, respetar sus derechos y sus identidad cultural que permite mejorar su bienestar.

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iguales entre Sierra y Costa. Un porcentaje mínimo de alrededor del 5% está ubicado en la Amazonía”.(Comisión Económica para América Latina y el Caribe, 2014, pág. 7)

Con esta afirmación es así que el agua desempeña una papel importante en la existencia cotidiana del 7.0% de los pueblos indígenas, ya que es un componente central de sus tradiciones, sus cultura y sus instituciones. También es un elemento clave para el sustento diario de la vida porque está estrechamente relacionado con el control sobre sus tierras, territorio y recursos ancestrales que ayuda a mejor la calidad de vida de los seres humanos.

c. Autoridad única del agua

Con lo que respecta a la Autoridad Única del Agua, sus competencias, su estructura y su planificación lo podemos encontrar en la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua que a continuación se describe nos siguientes artículos: “En el Artículo 2.- La Autoridad Única del Agua es la Secretaría del Agua que dirige el Sistema Nacional Estratégico del Agua y es persona jurídica de derecho público. Su titular es designado por el Presidente de la República y tendrá rango de Ministro de Estado. Corresponde a la Secretaría del Agua la rectoría, planificación y gestión de los recursos hídricos. Sus competencias son las establecidas en el artículo 18 de la Ley. Su gestión será desconcentrada en el territorio y se basará en el criterio de respeto a la cuenca hidrográfica. A la Secretaría del Agua está adscrita la Agencia de Regulación y Control del Agua. Cuenta para su actuación con la Empresa Pública del Agua”.(Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua, 2014)

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Así mismo en el mismo cuerpo legal en su Art. 4 determina que la organización central de la Secretaría del Agua “estará encabezada por un Secretario y su organización central se fundamenta en las unidades técnicas y administrativas de dirección por áreas según lo determine su Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos, el cual recoge a los demás órganos de la Secretaria y sus ámbitos de su competencia”.

De acuerdo al Art. 5 del cuerpo legal antes mencionado ordena que: “La planificación hídrica y la gestión del agua serán llevadas a cabo por la Secretaría del Agua tomando como base territorial la Demarcación Hidrográfica que se 25 constituirá por la agrupación de cuencas hidrográficas vecinas conforme a la definición de cuenca que se contiene en el artículo 7 del Reglamento. Cada Demarcación Hidrográfica estará dirigida por un Subsecretario con las atribuciones que se contienen en el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de la Secretaría del Agua”.(Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua, 2014)

De acuerdo a los artículos antes mencionados las autoridades únicas del agua tiene sus gabinete estructurado el cual establece mecanismos de coordinación y competencias para ejercer su jurisdicción de acuerdo a las necesidades, la cual permite cumplir con sus políticas públicas basándose en criterios positivos, que permitirá establecer una planificación, gestión, asegurar la protección y la conservación estructural de los recursos hídricos.

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19 d. Sistemas comunitarios del agua

Castillo, sostiene que: “Los sistemas comunitarios se inscriben dentro de organizaciones comunitarias con base en un territorio determinado. No tiene fines de lucro y se constituyen con el fin de abastecer del servicio de agua del riego a zonas rurales. El criterio fundamental de la gestión es la prestación de un servicio público que garantice el beneficio comunitario”.(Castillo, 2015, pág. 56) Los sistemas comunitarios son autónomos y autogestionarios. Por lo general han sido construidos con trabajo comunitario y en algunos casos han recibido apoyo del Estado o de la cooperación internacional a través de ONGs. La participación activa de los usuarios en el diseño y construcción del sistema ha generado sólidos procesos de empoderamiento y apropiación de los sistemas, que no se expresan solamente en el cuidado de la infraestructura sino en la participación activa en la administración, operación y mantenimiento de los sistemas de agua, con la finalidad que este recurso sea equitativo para toda la población y así fortalecer la soberanía alimentación.

Según Castillo, establece que: “Los sistemas comunitarios son participativos. El trabajo comunitario implica el principio de reciprocidad, se destaca la importancia de la organización y del trabajo colectivo. Este tipo de sistemas incorporan en su gestión el control social y mecanismos de transparencia. La democracia no sólo es representativa sino deliberativa. Adicionalmente, los sistemas comunitarios le ahorran recursos al Estado. En las zonas rurales los usuarios participan activamente en la construcción, en la gestión y aportan trabajo para su operación y mantenimiento. El trabajo comunitario racionaliza y disminuye costos” (Castillo, 2015, pág. 56).

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También tiene una estrecha relación con la gestión comunitaria que rebasa lo económico e incorpora otras dimensiones que promueven la conservación y el respeto por el ecosistema que influyen saberes, formas y modo de hacer propios para responder a la necesidad primordial de contar con agua para la vida y buscar el acceso para toda la familia, en el sentido de equidad presente en el colectivo.

1.1.3. El Estado garantiza la conservación y manejo integral de recursos hídricos.

La Constitución de la República del Ecuador, en el artículo 411 expresa que: “El Estado garantizará la conservación, recuperación y manejo integral de los recursos hídricos, cuencas hidrográficas y caudales ecológicos asociados al ciclo hidrológico. Se regulará toda actividad que pueda afectar la calidad y cantidad de agua, y el equilibrio de los ecosistemas, en especial en las fuentes y zonas de recarga de agua”. (Constitución de la República del Ecuador, 2008) Con el fin de beneficiar a la mayoría, incentivar la conservación y el aprovechamiento sustentable del agua sin poner en riesgo a los ecosistemas y vulnerar, por ende, los derechos de la naturaleza.

Finalmente, la Constitución de la República, establece un marco bastante detallado y preciso en cuanto a usos y aprovechamientos del agua relacionados con el derecho humano al agua, el modelo de desarrollo basado en el buen vivir así como la protección, el manejo y la conservación del ambiente tanto para el respeto del derecho a la salud y la vida,

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que quemen los páramos, reduzcan la carga animal, y una de las estrategias es la siembra de más árboles en las vertientes del agua el cual nos ayuda a conservar este recurso hídrico importante para el desarrollo humano.

Así mismo Arias afirma que: “La conservación, el manejo adecuado y sostenible del agua, es particularmente importante en el país, pues las desigualdades de riqueza potencial entre diferentes cuencas hidrográficas y entre los diferentes actores sociales, están estrechamente vinculadas a la inequidad de acceso al recurso de muchos sectores de la población, lo que agudiza la problemática de su manejo”.(Arias, 2012, pág. 2)

Al referirse a la conservación y el manejo adecuado de los recursos hídricos, cuencas hidrográficas y de los caudales ecológicos, se debe regular toda actividad que pueda afectar la calidad y cantidad de agua y el equilibrio de los ecosistemas, es así que las comunidades son los entes rectores en la conservación de la fuentes de agua, para evitar que se destruyen, sin dejar de lado la protección de los páramos evitando la quema de los mismo, dando un enfoque ecosistémico al recurso que es importante para la sustentabilidad de los ecosistemas que ayuda a mantener la naturaleza con vida el cual nos genera el agua en sus uso y aprovechamiento como es para el consumo humano y los riegos productivos.

1.1.4. El derecho al agua garantiza la soberanía alimentaria

De su disponibilidad o su déficit depende el desarrollo de las actividades de la población, así como su superveniencia que permitirá el fortalecimiento de la sociedad. También es importante manifestar que los recursos hídricos son parte del patrimonio natural del Estado ecuatoriano el cual tendrá la competencia exclusiva.

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La Constitución de la República de Ecuador garantiza el derecho al agua en la planificación y gestión de los recursos hídricos el cual está destinado para el consumo humano y riego que garantiza la soberanía alimentaria, a sabiendas que todo ser humano necesita de una alimentación de calidad, sana y nutritiva que sean suficientes que permite el desarrollo de las personas y esto ayuda a mantener la salud estable que se requiere para realizar ciertas actividades del diario vivir.

Juan Antonio Senent afirma que: “La soberanía alimentaria es el derecho de los pueblos a alimentos nutritivos y culturalmente adecuados, accesibles, producidos de forma sostenible y ecológica, y su derecho a decidir su propio sistema alimentario y productivo que promueve el comercio transparente, que garantiza ingresos dignos para todos los pueblos, y los derechos de los consumidores para controlar su propia alimentación y nutrición”.(Senent, 2014, págs. 79, 80)

Se puede argumentar en un primer momento, que la soberanía alimentaria, es el derecho de los pueblos, las comunidades y los países a definir sus propias políticas de trabajo, agrícolas, pesca, tierras y alimentación, que sean las más adecuadas desde todos los puntos de vista como ecológico, social, económico y cultural a sus circunstancias únicas.

Enrique Ossorio afirma que: “La soberanía alimentaria es un concepto que, entre otras cosas, quiere devolver a la alimentación su papel primordial de nutrir a las personas y ayudar a garantizar su salud. Para lograr este propósito, la producción tiene que estar lo más adaptada posible a las capacidades físicas locales, en base, principalmente, a la tierra y recursos hídricos disponibles y aptos para ella”.(Ossorio, 2008, pág. 24)

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Carrión sostiene que: “El derecho humano al agua, por su carácter trasversal a otros derechos especialmente vinculados con la garantía de una vida adecuada, está directamente relacionado con la alimentación, pues el ser humano necesita de agua y alimentos para sobrevivir y garantizar una salud adecuada; en este sentido, existe una relación directa entre la tenencia de la tierra y el acceso al agua entendidos como factores de producción ya que ambos son indispensables para garantizar la alimentación”. (Carrión, 2011, pág. 39)

Por medio de esta afirmación el autor claramente desea dar a entender que la alimentación es un derecho fundamental de todo ser humano, que como tal debe ser reconocido, respetado, protegido y garantizado, desde un enfoque de derechos, impulsando la plena realización del ejercicio del derecho a la alimentación con dignidad e inclusión, como uno más de los derechos humanos que toda persona tiene. Considerando el estado nutricional de la población rural enfocamos a la seguridad alimentaria desde el aspecto nutricional, de autoconsumo y educación alimentaria, de modo que los alimentos sean adecuadamente aprovechados, para mantener una vida saludable y activa. 1.2. El agua, aprovechamiento y distribución del riego por parte de comunidad.

1.2.1. Conceptualización del agua de riego

Varas informa sobre: “El agua es un recurso natural básico para la vida del hombre, animales y vegetales; puede generar múltiples beneficios que dependerán de una planificación, uso, manejo y control racional de la misma. Cuando esto no ocurre, debido al poder destructivo que es capaz de tener el agua, pueden ocurrir grandes tragedias, como crecidas de ríos, inundaciones y aluviones por eso es importante el estudio de diseño y manejo de sistemas de riego, lo que refleja la complejidad del uso del agua y que cobra mayor importancia con la concepción actual de sustentabilidad de los sistemas productivos”.(Varas, 2004, pág. 7)

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se debe tomar en cuenta que se necesita de un estudio técnico para el manejo y control del recurso hídrico y así evitar un desastre natural que sea ocasionado por un siniestro, esto ayuda a impulsar el crecimiento económico de la comunidad con equidad y sostenibilidad para el desarrollo.

Petillo, afirman que: “El riego es un procedimiento que consiste en el aporte artificial de agua a un determinado terreno, generalmente con la intención de intentar con el mismo facilitar el crecimiento de vegetales. Es implementado desde la antigüedad por su relevancia en el desarrollo de la agricultura. En cada momento histórico fueron empleándose distintas técnicas para garantizarlo, dejando testimonios de distintas formas de encarar este intento”.(Petillo, 2011, pág. 2)

Por esta razón el riego es primordial para el desarrollo de la sociedad humana, en la actualidad en las comunidades habido un avance en la utilización del agua de riego, mediante estudios técnicos realizados, es por esto que hoy en día el agua de riego se hace a través de aspersores con la finalidad, que en los momento de sequía, las personas que se dedican a la agricultura o ganadería puedan tener este recurso. Es por esta circunstancia que el progreso de nueva forma de proporcionar agua de riego siempre estará presente para garantizar una mejora en la producción de materia prima.

Mediante la forma de la distribución del agua de riego se ha visto un desarrollo en las plantas y ganadería, esto tiene la finalidad de que todas la personas de la comunidad, puedan generar ingresos económicos el cual permite el progreso de los mismos. También es importante tomar en cuenta que el agua debe tener sus propias características como es la calidad del agua que influir en el rendimiento de los cultivos y así satisfacer las necesidades básicas de la gente de la comunidad.

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recurso hídrico y que los cultivos tenga la cantidad necesaria, que abarque a toda la población de esta manera garantizar el derecho al recurso hídrico. 1.2.2. Utilización del agua de riego

Smith dice “La agricultura es con diferencia el mayor consumidor de agua a nivel global. El 70% del consumo de agua del mundo es para el riego de cultivos, en varios países en vías de desarrollo, el agua destinada al riego de cultivos representa el 95% del agua consumida, y juega un papel clave dentro de la producción de alimentos y seguridad alimentaria”. (Smith, 1994, pág. 45).

El agua de riego es utilizado especialmente en la agricultura dependiendo de la necesidad hídrica de los cultivos y del agua que está disponible para los mismos de forma natural, precipitación efectividad, humedad del suelo, etc. Por otro lado puede estimarse basándose en las condiciones climáticas, el acceso al agua y la seguridad hídrica son primordiales para mejorar la seguridad alimentaria, los ingresos y los medios de vida de las comunidades rurales.

Según El Gobierno Nacional impulsa el Plan Nacional de Riego proyectado hasta el 2027 menciona que:.. “con el propósito es ampliar la cobertura y mejorar la eficiencia del riego, mediante el fortalecimiento de las organizaciones de regantes. Para ello, el Plan prevé fortalecer la institucionalidad y mejorar las capacidades del Estado”.

De lo antes expuesto se da a conocer que se requiere proveer el agua de riego para todas las personas, mediante una distribución equitativa que permite promover el desarrollo de la comunidad y propiciar la sustentabilidad el crecimiento sostenible de la producción y productividad agropecuaria, constituyendo una prioridad fundamental dada su fuerte repercusión en el monto total de agua utilizada.

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26 1.2.3. Calidad de agua de riego

Smart sostiene que: “La calidad del agua de riego depende fundamentalmente de sus constituyentes salinos, entre ellos la concentración total de sales, la proporción de sodio y la presencia de iones tóxicos como los cloruros, sodio, bicarbonato y boro”. (Smart, 2018, pág. 4)

Por esto se puede decir que el agua de riego debe tener todas sus propiedades físicas y químicas adecuadas, que permita tener unos buenos resultados de los productos cultivados, de la misma manera que no desmejoren la calidad del suelo por el agua inapropiada, puesto que esta sería una perdida que puede generar durante la utilización del agua inadecuada en la producción que afectaría económicamente y generaría perdida.

Ruiz, dice que: “La calidad física está relacionada con la cantidad de sólidos en suspensión o sedimentos presentes en el agua. Este aspecto es de particular importancia en el diseño y operación de microsistemas de riego ya que aguas con gran cantidad de sedimentos que pueden ocasionar serios problemas de obstrucción en los emisores, es así que bajo condiciones de riego superficial se ha podido constatar que los sedimentos del agua se acumulan en los surcos de riego a tal punto que provocan serios problemas de infiltración del agua en el suelo”.

Si bien es cierto la calidad del agua debe cumplir ciertos requisitos que van relacionados con la salud de los ecosistemas y la seguridad del ser humano con el fin de saber si el agua es apta para el consumo humano y el riego basándose en los parámetros físicos del agua, esto ayuda a prevenir enfermedades que pueden ser transmitidos por el agua.

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De acuerdo a lo anterior es de gran importancia conocer la calidad química del agua de riego en lo que se refiere a: concentración total de sales disueltas, relativa de sodio respecto a otros cationes, y de algunos constituyentes tóxicos como sodio, cloruros, boro por citar los más comunes, esto ayuda a determinar si el agua es apta para ser utilizado en los cultivos productivos, que es beneficio para tener unos mejores resultados con la utilización del recurso hídrico.

Con lo indicado anteriormente se entiende que la calidad del agua de riego está ligada a la terna del suelo, agua y planta, porque además de considerar el efecto sobre la nutrición de la planta, se debe de considerar el efecto que la calidad del agua que produce en el equilibrio del suelo que afecta tanto a los rendimientos de los cultivos y esto afecta a la población comunitaria.

Es importante tomar en consideración algunas fuentes del agua puede variar significativamente de acuerdo a la época del año, como en una época seca época de lluvias, así que es recomendable tomar más de una muestra, en distintos períodos de tiempo para no tener inconvenientes que afecta tanto al rendimiento de los cultivos como a las propiedades físicas del suelo, especialmente a la conductividad hidráulica. Si la calidad del agua no es adecuada, no sirve de mucho que todas las demás condiciones y prácticas de producción sean óptimas.

Abdón Palacios, a firma que: “La calidad del agua generalmente está asociada con la zona geográfica donde se encuentra el sistema de riego”.(Palacios, 2011, pág. 4)

Por lo expuesto anteriormente las características químicas y físicas del agua de riego se refieren al contenido de sales en el agua, así como a los parámetros derivados de la composición de sales en el agua la principal fuente natural de las sales minerales en el agua es la erosión de las rocas y minerales, sin dejar de lado otras fuentes secundarias como. Productos químicos de fertilizantes, que lixivian a las fuentes de agua, también puede afectar a la calidad del agua de riego.

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características físicas, químicas o biológicas para uso agrícola, lo más importantes que determinan la calidad del agua para riego son la concentración total de sales solubles y del sodio”.(Chulim, 2014, pág. 2)

Según lo que el autor menciona anteriormente se puede decir que la calidad del agua de riego esta determina por la concentración y composición de los constituyentes disueltos, esto depende de los parámetros que el agua debe reunir y los valores normales que debe tener, con el cual garantizara un rendimiento óptimo en el área de cultivo.

Se puede decir que la calidad del agua se ve afectado por los factores riesgos originados por el mal manejo de los residuos sólidos, por eso es transcendental promover un programa que tiendan a mejorar la calidad del agua en todos los ámbitos y esto ayude a diseminar conocimientos, a través de la transferencia de tecnologías apropiados sobre el control y tratamiento del agua, que admitirá determinar cómo debe ser la calidad del agua y así poder utilizar.

1.2.4. Importancia del agua de riego

Velarde, al referirse a la importancia del riego menciona lo siguiente: “El riego es el factor de cultivo más importante y limitante de la producción”.(Velarde, 2013, pág. 3)

Según la definición anteriormente mencionada la importancia del agua es fundamental para el desarrollo económico de la sociedad especialmente los agricultores, por el mismo hecho es considerado como un elemento primordial que ayuda al progreso de todas las personas que se dedican a esta actividad, también cabe destacar que interviene la calidad del agua de riego como en el manejo adecuado del mismo son esenciales para la producción exitosa de cultivos y así poder conseguir altos rendimientos.

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agua, se disminuyen costos por ahorro de energía y mano de obra, se minimiza estrés hídrico y maximizan rendimientos, así como la calidad, rentabilidad e ingresos”.(Catalán, 2017, pág. 1)

Al referirse a la programación del agua de riego, debe haber una administración caritativa que no afecte a ningún usuario y que todos tenga las cantidades necesarias del agua de riego que permita cubrir sus necesidad y de esta manera lograra el rendimiento y calidad de cultivos en las parcelas mediante el recurso hídrico y así satisfacer sus necesidades garantizando el derecho humano al agua en toda la población comunitaria.

La importancia del agua de riego radica primeramente por ser un derecho, fundamental estratégico de uso público y de suma utilidad para las actividades agropecuarias, es así que se encuentra establecido en la(Constitución de la República del Ecuador, 2008) en el artículo 12 “El derecho humano al agua es fundamental e irrenunciable. El agua constituye patrimonio nacional estratégico de uso público, inalienable, imprescriptible, inembargable y esencial para la vida”.

Según lo que determina la Constitución de la República todos los seres humanos tenemos derecho al agua, el uso es público, que sirve para las actividades cotidianas que cada persona realiza a diario, el cual consiente en satisfacer las necesidades básicas de la vida. También se pude decir que el recurso debe ser distribuido de la mejor manera, que garantice la equidad entre todos los moradores de la comunidad.

Del mismo modo es importante que se cuente con un sistema de agua de riego eficaz para distribuir a todas las personas y comunidades que necesiten de él, para la producción de alimentos para el consumo familiar y comunitario que busca el fortalecimiento de las organizaciones comunitarias. También es fundamental del sector económico del país pues depende de la producción y garantiza la soberanía alimentaria.

1.2.5. Distribución del agua de riego

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se ha visto que no hay una distribución equitativa que garantice el derecho al agua, puesto que este factor viene predominado, dese que existe sistemas de riego porque no todas las personas son parte de los sistemas y esto ha ocasionado un malestar entre los usuarios de la comunidad, para ello es necesario tener un modelo de gestión del agua de riego, para todos los moradores de la comunidad, el cual permita tener el acceso equitativo del agua, con la finalidad que las personas tengan un desarrollo económico, sustentable que permitan tener una vida digna.

Salazar, sobre la distribución del agua de riego asevera que: “La asignación eficiente del agua implica su distribución de acuerdo con su mayor valor de uso. Dado que el valor del agua se mide por el área bajo la curva de demanda, la reducción en la disponibilidad y su asignación entre consumidores se puede analizar con un modelo de equilibrio espacial e inter temporal. Dadas funciones de demanda y ofertas fijas, el modelo permite determinar la distribución entre regiones y usuarios”.(Salazar, 2015, pág. 270)

De igual manera la asignación del agua de riego se hace de acuerdo a la demanda y disponibilidad del recurso hídrico para el riego que tiene como función básica el proveer agua en cantidad y oportunidad adecuada. También se debe tomar en cuenta la planificación de la distribución de agua para riego a nivel de canales laterales buscando asegurar la confiabilidad en cuanto a la entrega oportuna y en la cantidad requerida para asegurar la equidad de la distribución del recurso entre los usuarios.

La distribución del agua de riego se enfoca en establecer un cierto equilibrio entre las demandas y la disponibilidad de agua, establecido en un marco de aceptación por parte de los usuarios del agua de riego, la repartición del recurso hídrico está distribuido a base de tuberías, mediante reservorios que han facilitado a los comuneros a tener agua durante las épocas de sequía, misma que son utilizadas para irrigar sus cultivos en la cantidad escazas que no pueden tener todos los usuarios debido a que el recurso no está repartido con equidad, sino de acuerdo a sus interés personales entre los más fuertes.

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el sistema de riego que el Estado ha construido desde los años sesenta tiene capacidad para regar 1,5 millones de ha aunque la superficie efectivamente regada es de 942 mil ha, una de las razones para esta realidad es la falta de mantenimiento de la infraestructura de riego existente”.(Martinez A. , 2018, pág. 2)

Por lo tanto en la práctica la distribución de agua debe ser hecha con equidad, sin embargo esto no siempre resulta así debido a que la disponibilidad de agua riego se escasea en las épocas de verano. Se complica aún más cuando no se dispone de una gestión adecuada.

Es importante tener una planificación de la distribución del agua de riego la cual permite evaluar, analizar y establecer los siguientes parámetros:

Parámetro Concepto

Disponibilidad de agua en las fuentes

Está referido a la cantidad de agua que existe en la fuente natural: rio, quebrada, manantial, que permita atender la demanda agrícola de los cultivos sembrados.

Modalidad de distribución de agua

Se refiere a los métodos de entrega de agua a los predios, los principales son el método de la demanda por los usuarios y el método por turnos, este último es el más utilizado, incluso en ámbitos de la comunidad.

Formas de entrega de agua

Está relacionado a la manera en que se entrega el agua en los canales y puede ser mediante caudal continuo o caudal intermitente (entrecortado), la entrega de agua a nivel de los predios que es por volumen, por caudal y tiempo de riego, por área bajo riego y cultivo.

Capacidad de

conducción de los canales

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que pueden conducir los canales cualquiera sea el orden que tenga (CC).

Capacidad de captación de agua en la toma o bocatoma

Influye en la distribución de agua, puesto que al igual que la capacidad de conducción de los canales es necesario el conocimiento pleno del caudal Q máximo que puede captar la toma.

Si bien es cierto que actualmente la distribución de agua de riego en la comunidad es mucho más funcional a nivel de canal y usuario, la misma que está estrechamente relacionada a la gestión que realizan la comunidad.

Según él (Martinez, 2013, pág. 22) “La Distribución de agua se rige por usos y costumbres, lo que origina que se realice y adolezca de criterios como la equidad, la transparencia, la autonomía y la flexibilidad”

Para lograr que la distribución de agua sea un proceso ordenado, es preciso conocer los principios que rigen la distribución de agua, entre los más importantes son:

 Equidad.- se define como la imparcialidad en el reparto de agua; en algunos ámbitos se realiza por horas y días para cada usuario en función a los trabajos realizados, en la comunidad esto no se da en algunos sectores el agua se riega cada tres días durante todo el día y la noche, en algunos sectores no corren con la misma suerte, ya que el agua llega el turno cada quince días y por dos días.

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 Autonomía.- se refiere a la capacidad para regirse con órganos y normas propias evitando la centralización para la toma de decisiones sobre la distribución de agua y que no sólo esté supeditado a los niveles jerárquicos, sino se involucre a todos los usuarios, si bien es cierto en la comunidad el agua es administrado por el gobierno comunitario.

 Flexibilidad.- es la capacidad de adecuarse a cambios en las condiciones sociales, climáticas, productivas y legales. En algunos sectores los usuarios consideran que si su licencia de uso de agua establece un caudal de 40 o 60 l/s, ese es el caudal que deben recibir, sin entender las condiciones climáticas existentes de fuerte estiaje entre otros, en la comunidad los usuarios reciben el caudal del agua de 3 litros por segundo.

Podemos decir que la gestión del agua de riego es importante porque se basa en la satisfacción de necesidades humanas básicas que permite tener una sobrevivencia adecuada y es fundamental para el desarrollo sustentable y así lograr del buen vivir de todas las personas.

1.3. Los principios fundamentales de la gestión del agua de riego 1.3.1. Definición de los principios fundamentales

De acuerdo con los artículos 282 y 313 de la Constitución de la República del Ecuador, establece que el uso y manejo del agua de riego será por el Estado para la producción de alimentos en base a los principios de equidad, eficiencia, sostenibilidad ambiental, precaución prevención, y accesibilidad.

1.3.1.1. Principio de equidad

Marín, sostiene que “La equidad es un aspecto que debe alcanzarse a través de la cooperación de todos los sectores y el sector del agua es solo uno de ellos, en lugar de ello, la gestión del agua debe evitar contribuir a esa problemática”.(Marín, 2015, pág. 13)

Figure

Tabla 1 Ley que regula el uso y aprovechamiento del agua de riego
Tabla 1 Fortalecer la organización comunitaria en la gestión del agua de  riego
Tabla 2 Canalizar apoyo institucional para los sistemas de riego  comunitario
Tabla 3 Cuantas veces a la semana hace uso del agua de riego
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