UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES
“UNIANDES”
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA ESCUELA DE DERECHO
TESIS DE GRADO, PREVIO A LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADO DE LOS JUZGADOS Y TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR.
TEMA:
LA DEFENSA TÉCNICA IMPERFECTA Y SUS CONSECUENCIAS LEGALES
AUTOR:
JUAN CARLOS ALMEIDA GÓMEZ
TUTOR DE TESIS: DR. ALVARO RIOS VERA
II
CERTIFICACIÓN DEL TUTOR
DR. ALVARO RIOS VERA MG. certifica que la tesis de grado presentada por el señor, JUAN CARLOS ALMEIDA GÓMEZ, estudiante de Pregrado de la Facultad de Jurisprudencia, de la Universidad Regional Autónoma de los Andes
“UNIANDES” Quevedo, cuyo tema es, “LA DEFENSA TÉCNICA IMPERFECTA Y
SUS CONSECUENCIAS LEGALES”, ha sido revisado en todas sus partes por lo tanto reúne todos los requisitos de fondo y forma exigidos por la Universidad, por lo que se recomienda continuar con el trámite respectivo.
La defensa técnica imperfecta desencadena graves problemas jurídicos en la sociedad, por ello es necesario realizar un estudio crítico sobre los efectos legales que ocasionan una mala defensa por parte de los defensores públicos del Cantón Quevedo.
Atentamente,
III
DECLARACIÓN DE AUTORÍA
Juan Carlos Almeida Gómez, estudiante de Pregrado de la Facultad de Jurisprudencia, de la Universidad Regional Autónoma de los Andes “UNIANDES” Quevedo, declaro que la tesis de grado cuyo tema es. “LA DEFENSA TÉCNICA IMPERFECTA Y SUS CONSECUENCIAS LEGALES”, es de mi autoría ya que revisado los archivos de la
Universidad no existe otro similar, de ahí la importancia de los investigadores de aportar a la solución de este gravísimo problema social, siendo de mi absoluta responsabilidad todo su contenido.
De conformidad a los artículos 4 y 5 de la ley de propiedad intelectual autorizo a la universidad para que el presente tema sea utilizado como material bibliográfico, además sobre sobre él se desarrollen nuevas investigaciones.
Atentamente,
IV
DEDICATORIA
Esta tesis se la dedico a mi Dios, quien supo dirigirme de la mejor manera por el buen camino, a darme fuerzas para seguir adelante, no desmayar guiándome, haciendo que tome las mejores decisiones en todo momento y con todo obstáculo que se presentaba; enseñándome a encarar las adversidades con mucha sindéresis sin perder nunca la dignidad ni desfallecer en el intento.
A mi familia quienes por ellos soy lo que soy.
Para mis padres por su incondicional apoyo, consejos, comprensión, amor ayuda, en los momentos difíciles por ayudarme con los medios y recursos necesarios para obtener el título profesional de esta hermosa carrera; agradeciendo a mi Taita Dios por tenerlos vivos junto a mí, seguir aprendiendo de ellos todo en cuanto a valores, principios, carácter, sobre todo el empeño, coraje y perseverancia, para conseguir con mucha decisión todos los objetivos trazados
A mis compañeros, por estar siempre presentes, acompañándome en todo momento, entre alegrías y tristezas entre buenos y malos momentos pará junto con ellos podernos realizar como profesionales del derecho.
“La lealtad se mide y se cuida con la misma lealtad” Juan C. Almeida
V
AGRADECIMIENTO
VI
ÍNDICE GENERAL
CERTIFICACIÓN DEL TUTOR ... II La defensa técnica imperfecta desencadena graves problemas jurídicos en la sociedad, por ello es necesario realizar un estudio crítico sobre los efectos legales que ocasionan una mala defensa por parte de los defensores públicos del Cantón Quevedo... II DECLARACIÓN DE AUTORÍA... III DEDICATORIA ... IV AGRADECIMIENTO ... V ÍNDICE GENERAL ... VI RESUMEN EJECUTIVO... VIII EXECUTIVE SUMMARY ... IX
INTRODUCCIÓN ... 12
INTRODUCCION ... 13
Antecedentes de la Investigación ... 13
Identificación de la línea de investigación ... 17
Objetivo General ... 17
Idea a Defender: ... 18
Breve explicación de la metodología investigativa a emplear ... 19
Resumen de la Estructura de la Tesis ... 21
Aporte teórico, significación práctica o novedad científica. ... 22
CAPITULO I: MARCO TEÓRICO ... 24
1.1. Origen y evolución del objeto de investigación ...244 1.2. Análisis de las distintas posiciones teóricas sobre el objeto de transformación ... 28
1.2.1. Historia de las primeras civilizaciones... 28
1.2.1.8. Derecho constitucional de la defensa ... 36
1.2.2. Derecho Constitucional de la Defensa ... 38
1.2.3. Defensoría publica ... 50
1.2.4. Derecho Comparado ... 61
1.3. Valoración crítica de los conceptos principales de las distintas posiciones teóricas ... 65
CAPITULO II. MARCO METODOLÓGICO Y PLANTEAMIENTO DE LA PROPUESTA ... 67
2.1 . Caracterización del sector, rama, empresa o problema seleccionado para la investigación. ... 67
2.2 . La población y muestra ... 67
2.3. Descripción del Procedimiento Metodológico para el Desarrollo de la Investigación. ... 68
VII
2.5. Conclusiones parciales del capítulo ... 84
CAPITULO III. VALIDACION Y/O EVALUACION DE RESULTADOS DE APLICACIÓN ... 85
3.1 Procedimiento de la aplicación de los resultados de la investigación Interpretación de resultados... 85
3.2. Análisis de los resultados finales de la investigación. Incluye validación, aplicación y evaluación de los resultados de la aplicación de la propuesta. ... 94
3.3. Conclusiones parciales del capítulo ... 95
CONCLUSIONES GENERALES ... 96
RECOMENDACIONES ... 96
BIBLIOGRAFÍA ... 12
CARATULA ... 14
1.2.1 Historia de las primeras civilizaciones... 22
1.2.5. Defensoría publica ... 23
1.2.6. Derecho Comparado ... 24
VIII
RESUMEN EJECUTIVO
El presente trabajo de tesis de pregrado denominado “LA DEFENSA TÉCNICA IMPERFECTA Y SUS CONSECUENCIAS LEGALES” consiste en la importancia de que se garantice una adecuada cultura jurídica de los sujetos implicados.
Los defensores públicos son un grupo de personas que buscan garantizar los derechos propios de las personas y anteriores al Estado, de carácter sustantivo y procesal, reconocidos por la Constitución, que buscan precautelar la libertad y procurar que quienes sean sometidos a juicio gocen de las garantías para ejercer su derecho de defensa y obtener de los órganos judiciales y administrativos un proceso justo, pronto y transparente.
En el presente trabajo, se establecerán pautas o parámetros para que las autoridades competente al realizar los concursos para seleccionar a los Defensores Públicos se han escogidos con mayor responsabilidad y razonamiento jurídico y de esa manera sus actuaciones al asumir una defensa, y de esta forma se puedan involucrar en el garantismo penal y en el nuevo constitucionalismo, para que estos objetivos se hagan realidad, está basada en la concepción de métodos y cimentadas en la realidad social.
IX
EXECUTIVE SUMMARY
This undergraduate thesis entitled "DEFENSE TECHNICAL IMPERFECT AND ITS LEGAL CONSEQUENCES" is the importance of adequate legal training of the persons involved is guaranteed.
Public defenders are a group of people that seek to guarantee the rights of its own people and before the state, substantive and procedural nature recognized by the Constitution, seeking to safeguard the freedom and ensuring that those on trial are afforded the guarantees to exercise their right of defense and get in judicial and administrative bodies a fair, prompt and transparent process.
Guidelines or parameters are set in this work, so that the competent authorities in conducting competitions to select the Public Defender have chosen more responsible and legal reasoning and thus their performances by assuming a defense, and thus they can involve in the penal guarantees and the new constitutionalism, that these goals a reality, is based on the conception of methods and grounded in social reality.
X
MISIÓN Y VISIÓN
DE LA UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES “UNIANDES”
MISIÓN
Somos una Carrera del Área de Derecho, que contribuye a la formación de profesionales para la solución de problemas jurídicos de los sectores sociales, económicos, políticos, en la administración de justicia, a través de la formación de Abogados y Profesionales de Cuarto Nivel, críticos y reflexivos, con capacidad de analizar y aplicar el ordenamiento normativo, a través de la investigación de la realidad jurídica y social, responsables, con conciencia ética y moral, respetuosos de los derechgos humanos.
VISIÓN
XI
VISIÓN Y VISIÓN DE LA CARRERA DE DERECHO MISIÓN
Somos una Carrera del Área de Derecho, que contribuye a la formación de profesionales para la solución de problemas jurídicos de los sectores sociales, económicos, políticos, en la administración de justicia, a través de la formación de Abogados y Profesionales de Cuarto Nivel, críticos y reflexivos, con capacidad de analizar y aplicar el ordenamiento normativo, a través de la investigación de la realidad jurídica y social, responsables, con conciencia ética y moral, respetuosos de los derechos humanos.
VISIÓN
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INTRODUCCIÓN
En la introducción se describe el problema, objeto de estudio e investigación, lo principal se lo explica en el árbol de problemas a través de la relación causa-problema-efectos, se plantea un objetivo general que consiste en la forma en que se solucionara, luego de cumplir con el proceso investigativo.
El Capítulo I, es referente al marco teórico, el mismo valiéndose de la abundante bibliografía se fundamentara científicamente a través de distintos autores nacionales y extranjeros, se analiza nuestra legislación siempre desde el plano constitucional, la legislación comparada que se ha tomado de los diferentes países son un referente de cómo se tipifica la defensa técnica imperfecta en los juicios penales, los mismos que están enmarcados en la ley y se convierten en inadecuada y esconde muchas injusticias.
El Capítulo II, está destinado al detalle del marco metodológico, el planteamiento de la propuesta, la solución al problema, lo cual nos permite conocer el comportamiento de la población a través de los cuadros matemáticos y estadísticos, que nos permita proponer una solución efectiva coherente y aplicable a la realidad de nuestro medio, con sus conclusiones del capítulo.
13 INTRODUCCION
El desarrollo de investigaciones en el campo jurídico, ha sido pilar fundamental de crecimiento teórico y praxiológico del ejercicio de los juristas. En el marco de esta dinámica han emergido diferentes temas, siendo uno de los más actuales el relativo a la igualdad de géneros, la defensa técnica imperfecta y sus consecuencias legales en la cual se fundamenta la necesidad de realizar un estudio critico de los efectos legales provocados por la defensa técnica publica imperfecta.
Antecedentes de la Investigación
El derecho a la defensa es un derecho que le asiste a todo imputado tal como lo determina la Constitución de la República del Ecuador. Podría entenderse como los derechos fundamentales a comparecer en las diferentes instrucciones a lo largo de todo el proceso.
El derecho a la defensa puede ser violentado si el defensor no cumple con su función, es decir no pude velar de manera efectiva por los derechos del imputado.
La Defensa Técnica , constituye una actividad esencial del proceso penal y admite dos modalidades: a) la defensa material que realiza el propio imputado ante el interrogatorio de la autoridad policial o judicial; y, b) la defensa técnica que está confiada a un abogado que asiste y asesora jurídicamente al imputado y lo representa en todos los actos procesales no personales. Los pactos internacionales también regulan la defensa oficial, como el “derecho irrenunciable” del imputado a ser asistido gratuitamente por un defensor proporcionado por el Estado, cuando no designare defensor.
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curso de la defensa, sea oralmente o por escrito siempre que no se ofenda el honor de las personas.
Es indudable que la defensa técnica es un presupuesto necesario para la correcta viabilidad del proceso. Aun cuando el imputado puede hacer uso de la autodefensa, resulta imprescindible la presencia y asistencia del abogado defensor en el curso del procedimiento.
La defensa técnica es la de mayor relieve en el procedimiento penal, pudiendo resumirse en las siguientes características principales:
a) El derecho a la asistencia letrada consiste en la facultad que tiene el imputado de elegir un abogado de su confianza.
b) La actuación del defensor no puede colisionar con la voluntad del defendido. El Abogado defiende los intereses del imputado y como tal se constituye en un alter ego procesal, algo así como el oído y la boca jurídica del inculpado.
c) El derecho de defensa es irrenunciable. Si el inculpado asume una actitud pasiva en el proceso y no quiere defenderse, manifestando su rechazo a la asistencia de letrado, el ordenamiento jurídico prevé la actuación del defensor quien aparece en legitimo mecanismo de autoprotección del sistema, para cumplir con las reglas del juego de la dialéctica procesal y de la igualdad de las partes, como lo expresa Moreno Catena.
d) La defensa técnica es obligatoria. Debe manifestarse cuando el imputado ha sido detenido por la policía o cuando no estando en dicha situación ha de producirse el primer interrogatorio. Pero sobre todo es obligatoria la defensa técnica en el procedimiento penal, aun cuando la ley considera posible la intervención de persona idónea para asumir el cargo en la declaración del imputado.
En tiempos como los de hoy de cambios y dinamismos civilizados es de esperar que el estado de derecho como garantía para las libertades de los ciudadanos sin la intervención autoritaria del Estado que vulnere los derechos inviolables de la persona, administre una auténtica justicia basada en los principios de la legalidad.
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positivizadas en la Constitución o en la Ley, cuya finalidad es señalar el marco dentro del cual debe desenvolverse la actividad procesal.
La Constitución ha incorporado un conjunto de garantías genéricas y una extensa relación de garantías específicas. Estas garantías, en cuanto tales, se proyectan en bloque en todo el ámbito procesal penal; son expansivas y polivalentes, pues una misma garantía tanto se la encuentra en una fase del proceso como en otra.
El artículo 24 numeral 5 de la Constitución de 1998 señalaba “Ninguna persona podrá ser interrogada, ni aún con fines de investigación, por el Ministerio Público (hoy Fiscalía General del Estado), por una autoridad policial o por cualquier otra, sin la asistencia de un abogado defensor particular o nombrado por el Estado, en caso de que el interesado no pueda designar a su propio defensor. Cualquier diligencia judicial, procesal o administrativa que no cumpla con este precepto, carecerá de eficacia probatoria”.
El artículo 76 numeral 7 letras a), b) c) e) y g) de la Constitución de la República vigente dispone “En todo proceso en el que se determinen derechos y obligaciones de cualquier orden, se asegurará el derecho al debido proceso que incluirá las siguientes garantías básicas: …7. El derecho de las personas a la defensa incluirá las siguientes garantías:
a) Nadie podrá ser privado al derecho de la defensa en ninguna etapa o grado del procedimiento.
b) Contar con el tiempo y con los medios adecuados para la preparación de su defensa.
c) Ser escuchado en el momento oportuno y en igualdad de condiciones.
e) Nadie podrá ser interrogado, ni aún con fines de investigación, por la Fiscalía General del Estado, por una autoridad policial o por cualquier otra, sin la presencia de un abogado particular o un defensor público, ni fuera de los recintos autorizados para el efecto.
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El artículo 76 numeral 4 ibídem dispone “Las pruebas obtenidas y actuadas con violación de la Constitución o la ley no tendrán validez alguna y carecerán de eficacia probatoria”.
Estas disposiciones constitucionales se refieren a la ineficacia probatoria de todo acto procesal que vulnere garantías constitucionales o legales.
De este modo, el legislador quiere que dentro de todo procedimiento judicial, especialmente en materia penal e inclusive administrativo, exista una prueba fidedigna e incontrovertible, por eso la exigencia de la presencia de un abogado particular o sea de confianza del demandado, procesado o acusado, especialmente en las declaraciones ante la Fiscalía General del Estado o la Policía Judicial, pues de este modo se garantiza el legítimo derecho de defensa, se hace más ágil y factible dicho derecho y esto es prenda de garantía para la justicia.
Pues solo así esta prueba puede ser sometida al libre y limpio proceso dialéctico de la contradicción, señalado en el Art. 76 numeral 7 letra h) de la Constitución de la República, que dice “Presentar de forma verbal o escrita las razones o argumentos de los que se crea asistida y replicar los argumentos de las otras partes; presentar pruebas y contradecir las que se presenten en su contra”; lo que guarda relación con lo señalado en los Arts. 5 numeral 2 y 11 inciso segundo del Código de Procedimiento Penal, pues no hay que olvidar que el principio de contradicción es fundamental en todo proceso.
Planteamiento del Problema
La de carencia de experiencia en relación al problema ¿Cómo favorecer la gestión de la defensa publica adecuada para garantizar los derechos de los sujetos procesales, tiene como efecto el desconocimiento de las leyes.
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Al no ofrecer pruebas idóneas y adecuadas, en relación al problema ¿Cómo favorecer la gestión de la defensa pública adecuada para garantizar los derechos de los sujetos procesales, tiene como efecto, la pérdida del proceso.
La carencia de empoderamiento de los procesos, en relación al problema ¿Cómo favorecer la gestión de la defensa pública adecuada para garantizar los derechos de los sujetos procesales, tiene como efecto, acusación del procesado.
Formulación del Problema
Cómo favorecer la gestión de la defensa técnica publica, para garantizar los
derechos de los sujetos procesales.
Delimitación del problema: Objeto de Investigación y Campo de Acción El objeto de investigación Legislación Penal
Campo de acción: Defensa pública
Lugar: Unidades Judiciales penales de Quevedo
Tiempo: Año 2015
Identificación de la línea de investigación
Protección de Derechos y Garantías Constitucionales
Objetivo General
Realizar un estudio crítico sobre los efectos legales provocados por la defensa técnica publica imperfecta en los juicios penales tramitados en la Unidad Judicial del cantón Quevedo, para que se efectivicen las garantías del debido proceso.
Objetivos Específicos
Fundamentar teóricamente los efectos y defectos socio jurídico de la defensa técnica pública en el procedimiento penal, mediante la consulta a autores nacionales y extranjeros que tienen relación con el tema de investigación.
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Diseñar las estrategias para el estudio crítico sobre los efectos de la defensa técnica publica imperfecta en el procedimiento penal.
Validar la propuesta con especialistas del tema.
Idea a Defender:
Estudio crítico sobre los efectos legales provocados por la defensa técnica publica imperfecta en los juicios penales tramitados en la Unidad Judicial del cantón Quevedo, se lograra garantizar el debido proceso.
Justificación del Tema
El presente estudio de tesis cuyo tema es “LA DEFENSA TÉCNICA IMPERFECTA Y SUS CONSECUENCIAS LEGALES”, resulta motivo de un estudio profundo por cuanto, este tema es desconocido en la Ciudad de Quevedo en donde se ha identificado la problemática, teniendo en cuenta los efectos y responsabilidad social del tema.
En el Ecuador entro en vigencia una nueva figura penal, a partir de la promulgación del Código Orgánico Integral Penal, en el mismo al igual que en la Constitución de la República se ha puesto mayor énfasis en las garantías del debido proceso, entre ellas la de ser asistidos por un defensor profesional del derecho público o privado.
Con la creación del nuevo Código Orgánico Integral Penal se busca garantizar el derecho a la defensa de los imputados, así como el cumplimiento de un proceso jurídico transparente, justo y que actúe con celeridad, y de esta manera dejar de lado los procesos largos y confusos.
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Breve explicación de la metodología investigativa a emplear Modalidad
La modalidad a aplicarse en la presente investigación son:
Modalidad Cuali- cuantitativa: Con predominio de la cualitativa, cuanto a la utilización de la variada bibliografía
Modalidad Cualitativa: Permitió distinguir y orientarse a describir e interpretar las garantías del debido proceso, para los investigadores que se interesan por garantizar los derechos del ciudadano desde la perspectiva de los propios agentes sociales, en cuanto a la utilización de la variada bibliografía.
Modalidad Cuantitativa: Permitió examinar los datos de manera científica y numérica, generalmente con ayuda de herramientas de campo de la estadística, por lo que fue de gran ayuda para obtener los resultados de las encuestas y entrevistas realizadas.
Tipos de investigación Por su diseño:
Teoría fundamentada.- Estudios predominantes teóricos. Su propósito fue desarrollar la teoría en base a datos empíricos obtenidos en la propia investigación, más que en los estudios previos.
20 Por su alcance
Exploratoria.- Tiene por objeto esencial la familiarización de con un fenómeno o concepto desconocido o poco estudiado.
Descriptiva.- Para analizar cómo es y cómo se manifiesta un fenómeno y sus componentes.
Explicativa.- Dirigidas a encontrar las causas que provocan determinados fenómenos o procesos.
Métodos, Técnicas e Instrumentos Métodos Empíricos
La observación científica
Medición
Experimento
Recolección de información Encuesta
Entrevista Cuestionario
El criterio de especialistas
Métodos Teóricos
Método Inductivo – Deductivo Método Histórico – Lógico
Método Analítico – Sintético
Método Hipotético – Deductivo
Modelación
Método Sistemático
21 Estadística
Otros métodos
Técnicas
Entrevista
Encuesta
Fichaje
Instrumentos
Guía de la Entrevista
Formulario de la encuesta
Ficha Bibliográfica
Ficha Nemotécnica
Resumen de la Estructura de la Tesis
En la introducción de la presente tesis se encuentran los antecedentes del problema, el planteamiento del problema, la línea de investigación, objetivo general y objetivos específicos, la justificación en la cual se fundamenta la necesidad de estudiar las garantías procesales de la defensa técnica practicada en el ámbito penal de Quevedo, la metodología, los elementos de novedad, aporte teórico y significación práctica.
El Capítulo I, es referente al marco teórico el cual se fundamentara en el origen, evolución del objeto de investigación, análisis de las distintas posiciones teóricas, valor crítico de los conceptos principales de las distintas posiciones teóricas sobre el objeto de investigación y las conclusiones del capítulo.
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El Capítulo III, se desarrolla el procedimiento de la aplicación de los resultados, la validación y evaluación de resultados, se la hará mediante especialistas, los cuales a través de su experiencia profesional o personal sabrán dar su punto de vista favorable en relación a la investigación desarrollada.
Aporte teórico, significación práctica o novedad científica. Elementos de novedad
Como elementos de novedad tenemos un estudio crítico sobre los efectos legales provocados por la defensa técnica imperfecta en los juicios penales tramitados en la Unidad Judicial del cantón Quevedo para que se efectivicen las garantías del debido proceso, donde se está incluyendo opiniones de grandes pensadores del Ecuador y del Mundo, disposiciones de la Constitución, Código Orgánico Integral Penal, y los Derechos Humanos, donde se ha tomado en cuenta diferentes teorías bibliográficas y ayudar a diagnosticar el estado actual de la defensa técnica publica para el procesado.
Es de suma importancia la ponencia de profesionales del Derecho sobre los principios constitucionales que deben ser tomados en cuenta para la realización de una defensa técnica real y con justicia, así como su aplicación. La teoría utilizada y que consta en la bibliografía constituye un importante aporte teórico para la conformación de la reforma a presentar y además para el enriquecimiento del conocimiento de los futuros profesionales del derecho.
23 Aporte teórico
En el aporte teórico, el presente trabajo abarca sobre el derecho a tener una buena defensa técnica, que no afecte a la integridad de la persona, el desarrollo de la presente investigación se debe estudiar los orígenes del defensor público, de acuerdo a autores de renombre que han elaborado libros referentes a la materia.
En el presente trabajo se considerará La Carta Magna de nuestro país, El Código Orgánico Integral Penal, Procedimientos, Reformas y demás Leyes existentes en donde sea aplicable la Defensa Técnica.
Es de suma importancia la ponencia de profesionales del Derecho sobre los principios constitucionales que deben ser tomados en cuenta para la realización de una defensa técnica real y con justicia, así como su aplicación. La teoría utilizada y que consta en la bibliografía constituye un importante aporte teórico para la conformación de la reforma a presentar y además para el enriquecimiento del conocimiento de los futuros profesionales del derecho.
Significación práctica
Lograr contar en nuestro país con una defensa técnica que garantice derechos de los defendidos, así como una real aplicación de las leyes por parte de los defensores públicos sería realmente de mucha utilidad en los procesos judiciales.
24 CAPITULO I: MARCO TEÓRICO
La presente investigación cuyo tema es la defensa técnica imperfecta y sus consecuencias legales es original, ya que revisado los archivos y la base de datos de la universidad no existe otro tema parecido o igual que haya sido desarrollado del presente tema, por lo tanto es viable el desarrollo del siguiente tema, ya que el estudio critico de las actuaciones de los defensores públicos de las diferentes unidades de vigilancias comunitarias, fiscalías, y salas penales que no cumplen con la defensa técnica, constituyéndose en un desmedro para la administración de justicia y el prestigio del profesional del derecho, con lo que se establecerán correctivos para mejorar el manejo de los procesos.
Bibliografía.
David Gordillo Guzmán en su obra, Manual Teórico Practico de Derecho Constitucional resalta que para llegar a una defensa técnica adecuada debe existir el dominio constitucional como quien quiere decir la constitucionalizacion del proceso, sea como víctima o victimario, y va mas allá cuando esa constitucionalizacion está amparada y respaldada por los convenios internacionales, pero la realidad procesal es otra; por qué existen causas como, pocos defensores públicos, poca experiencia, exagerado número de procesos.
1.1. Origen y evolución del objeto de investigación
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Algunos esclavos tenían la consideración de personas libres, bien por la humanidad de sus amos o por el trabajo intelectual que desarrollaban. Esto pasó con los esclavos procedentes de la Antigua Grecia, que en cierto modo el amo consideraba de mayor educación que la suya. Estos eran los que servían como secretarios, administradores o educadores. En el siglo III se redujeron las masas de esclavos y estos empezaron a valorarse casi como personas libres. El emperador Diocleciano era hijo de un esclavo que había comprado su libertad.
En la monarquía, la persona era cosificada, luego la Revolución francesa fue un conflicto social y político, con diversos periodos de violencia, que convulsionó Francia y, por extensión de sus implicaciones, a otras naciones de Europa que enfrentaban a partidarios y opositores del sistema conocido como el Antiguo Régimen.
La terminación de la guerra y los tratados de Utrech significaron para la Monarquía el fin de su presencia Europea extra peninsular, que arrancaba del imperio de Carlos I. y dando inicio al nacimiento de la Republica y la implantación del régimen democrático Sanz, 1997).
Con la constitución de la Organización de la Naciones Unidas en 1945 nace, propiamente, el principio de la internacionalización de los Derechos Humanos, esto es, que su protección ya no sería exclusivamente de jurisdicción interna de los Estados, sino que ahora la comunidad internacional al tomar mayor conciencia de que las violaciones a los derechos fundamentales trascendían las fronteras nacionales, se requería de una colaboración interestatal para afrontar eficazmente su protección, así es como a partir de 1945 se crean instituciones y organismos especializados y, al mismo tiempo, la adopción de una serie de declaraciones y tratados internacionales que van a consagrar los derechos de la libertad.
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Contreras, inquisidor mayor de la Nueva España, y fue denominado Tribunal de la Fe y es a partir de este momento en que se considera el establecimiento del Santo Oficio en suelo mexicano.
El desenvolvimiento histórico del derecho de defensa, en el concierto internacional, recoge lo que los Tribunales y Convenciones internacionales llaman "garantías mínimas" aquellas que deben ser respetadas en la formación del debido proceso, como se observa en el Pacto de San José de Costa Rica y en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, los cuales, en artículos especiales, determinan cuáles son las "garantías mínimas" que aseguran institucionalidad jurídica del debido proceso.
Con la expresión "garantías mínimas" lo que quieren decir tales Pactos es que, además de las otras garantías que puedan estar consagradas en las Constituciones políticas y en las leyes de procedimiento penal de los diversos estados, las que constan en dichos acuerdos internacionales son las de exigida obligación que no pueden ser soslayadas, sin perjuicio de enervar la legitimidad del proceso penal, pues son de la esencia del derecho de defensa, el cual sería violentado si es que no se respetan dichas garantías esenciales.
Si analizamos el derecho debe contar con un asistente técnico que lo auxilie en su defensa. Binder, A., (2005), define que el derecho a defensa técnica constituye una derivación del derecho a defensa material, justificada por la complejidad del proceso penal.
El Informe sobre los Derechos Humanos de las Personas Privadas de Libertad en las Américas", aprobado el 31 de diciembre de 2011, indica que el derecho a la asistencia letrada o técnica, como garantía integrada dentro del más amplio derecho de defensa, debe garantizarse a todas las personas, sin ningún tipo de discriminación. La asistencia letrada deberá ser gratuita para quien carezca de recursos económicos
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de este derecho es la medida que permite equilibrar la balanza de la justicia. El axioma es que ante el ataque, la defensa. Por ello, ante la ofensa realizada por la acusación oficial el derecho a la igualdad formal y material se verifica con la defensa, Cuique defensio tribuenda “se debe conceder a todos el derecho a la defensa”. (Castillo, 2013)
El derecho a la defensa incluye la facultad que se concede a toda persona para escoger los medios legítimos para oponerse a las acciones iniciadas en su contra en un procedimiento judicial, pero también incluye el escoger al abogado de su confianza, que haga efectiva la defensa jurídica de la persona a la que representa profesionalmente; pues este derecho se caracteriza, porque se trata de una garantía que opera durante todo el procedimiento judicial, esto es desde el principio hasta su completa extinción; o sea, poder alegar, probar, intervenir en el juicio, en el procedimiento para su preparación, pues si se permite a una persona acudir libremente ante los tribunales de justicia, a pedir que le sean actuadas sus pretensiones. (Falconi, 2013),
Cuando hablamos de acceso a los antecedentes de cargo, desde la perspectiva del ejercicio de la defensa técnica, nos referimos fundamentalmente a la posibilidad del Defensor de conocer, en forma oportuna y completa, el contenido del material reunido en la investigación, de acuerdo a su avance, y cuyo examen resulta central para conducir una defensa efectiva. No puede aceptarse la posibilidad de que el defensor no pueda contrarrestar los cargos que se formulan en contra de su cliente porque desconoce el contenido de los antecedentes en que se funda la imputación.
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1.2. Análisis de las distintas posiciones teóricas sobre el objeto de transformación
1.2.1. Historia de las primeras civilizaciones 1.2.1.1. China - Los King
China tiene a los largo de su historia los King que están conformados por dinastía que son analizadas a continuación.
1.2.1.1.1. Dinastía Tang: (618-906).
Aporta a China una época de estabilidad y prosperidad en la que se da la etapa con mayor esplendor en la poesía lírica, se conservan más de 50 mil poemas de miles de autores, destacando cuatro grandes escritores, Li Tai-pe (poeta del amor), Tu Fu, Pe Kiu-i (cuya obra es una fuerte protesta sobre la guerra y la injusticia social) y Han Yu (jefe de una amplia escuela de poetas líricos).
Las dimensiones del espacio chino, ya incluso en época Tang, son gigantescas, únicamente comparables, quizá, con el conjunto de Europa. Menciono esta coyuntura para evidenciar el problema supone intentar analizar la mujer de la dinastía Tang. Dicha dinastía llegó a controlar un vasto territorio, cuya heterogeneidad implícita resulta fascinante. En este sentido, cabe señalar que China, ocasionalmente, ha sido apodada como reino de los atuendos y los sombreros, mote que encaja perfectamente con el presente estudio. (He, 1987)
29 1.2.1.1.2. Dinastía Song: (960-1279)
Se caracteriza por la actividad de la filosofía, historia y erudición. Aquí encontramos ensayos y tratados históricos como el de Tse-chi t´ung-kiu (espejo universal del arte de gobernar) en el que aparecen normas para los príncipes.
Los primeros Song del norte limitaron en gran manera el poder de los militares de las provincias y subordinaron el ejército al gobierno civil, por miedo a dispersar el poder militar hacia las fronteras, un desarrollo que había debilitado a los Tang. Así, los funcionarios (burócratas) civiles dominaban cada aspecto del gobierno y la sociedad. (Encarta, 2005)
Los Song del Sur fueron incitados por la propia debilidad militar y fiscal, los Song se aliaron, a comienzos del año 1120 con la dinastía Jin (1122-1234) del norte de Dongbei Pingyuan (Manchuria) en contra de los Liao. Después de la derrota de éstos, los Jin se volvieron contra los Song y marcharon hacia el norte de China, tomando la capital, Kaifeng, en 1126. Los Song se retiraron y en 1135 restablecieron su capital en Hangzhou, en la provincia de Zhejiang. (Encarta, 2005)
La dinastía Song en el sur significó un nuevo esplendor para China,a partir de este momento, el país se transformó en un imperio de grandes características marítimas y mercantiles, este salto estuvo acompañado de un impresionante desarrollo económico que se manifestó en el crecimiento de la producción agraria y en el incremento de los ingresos para el Estado y para los campesinos.
1.2.1.1.3. Dinastía Yüan: (1280-1368).
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Un gran cambio fue que los extranjeros se convirtieron en los gobernantes y administradores, puesto que no se fiaba de la gente local, movieron un gran número de musulmanes y de otras personas para ayudarles a gobernar el imperio. Esto estableció el Islam como una religión importante, se estableció una estructura de clases con el clan de Genghis Khan en la parte superior, los mongoles al lado, musulmanes y otros extranjeros que se instalaron en los puestos oficiales próximos, y los chinos en la parte inferior. Esto creó un gran resentimiento. Se exigía una gran cantidad de riqueza a muchos estados tributarios para financiar sus guerras y vivir de forma extravagante (Alejandra, 2014)
Nunca estuvieron dotados para la política y la economía y con el tiempo tuvieron que enfrentarse a una férrea oposición controlaron China durante menos de un siglo, a mediados del S.XIV estallaron varias revueltas en el centro y norte del país.
1.2.1.1.4. Dinastía Ming: (1368-1644).
Las Trece Tumbas de la dinastía Ming (1368-1644) están ubicadas en las afueras del noroeste de Beijing, a 50 kilómetros de la ciudad. Se encuentran en un valle al sur de la montaña Tianshou (Longevidad del Cielo) en el distrito de Changping. Al suroeste del valle, una parte de las montañas Yanshan se cortan súbitamente y se forma una puerta natural a la cuenca de 40 kilómetros cuadrados en la que se construyeron las tumbas.
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1.2.1.1.5. Dinastía Tsing o Manchú: (1644-1912)
Los llamadosTsin Occidentalesse inician con Wu-ti (265-90), que derrocó al último emperador de la dinastía Ts'ao (265) y reunificó temporalmente China poniendo fin al periodo de los Tres Reinos (280). Sus sucesores repartieron el imperio entre la familia, colocando a sus miembros como señores semiindependientes de los diversos territorios.
Cheng destruyó el feudalismo y mandó quemar los libros de Confucio, aunque sin conseguir acabar con su doctrina; también luchó contra los poderosos hunos que habían unificado los territorios desde el Ural al Pacífico-, apoyando a losyue-chi, afines pero rivales de aquéllos. Hizo completar la gran muralla, para defender la frontera septentrional, y por el Sur extendió el Imperio hasta Assam. (Biblioteca Virtual)
La entrada de los manchúes en China y las consecuencias que este suceso tuvo sobre los misioneros que estaban allí, implicó que en los informes que llegaban a Europa procedentes de China, o en las historias que se escribían, quedaran incorporadas todas las noticias vinculadas a los hechos históricos que estaban aconteciendo en aquel imperio (Carlos, 1985)
En este periodo el teatro experimenta un cierto auge, promovido por distintos dramas amorosos de gran refinamiento, a pesar de ello el género más significativo sigue siendo la novela
1.2.1.2. India Código de Manù
Código de Manú, persiste la dominación del hombre por el hombre, para proteger la casta dominante, siendo las castas inferiores las más castigadas, en cuanto al delito de homicidio se sanciona, pero tomando en cuenta la casta a la que pertenecía tanto el victimario como la víctima, además se considera ya el delito de homicidio intencional como el culposo.
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diferencias claras, y en el contexto social aparece la figura del juez, independiente de los sacerdotes y del poder político central”. (Esparza, 2014)
La infertilidad era pagada con el repudio. En la India, la mujer sin hijos, cuyos hijos habían muerto o que sólo había tenido hijas mujeres, podía ser rechazada por el marido, amparado por el Código de Manú. (Pizani, 2009)
Por otra parte la institución de El Levirado que pertenece a las leyes de Manu en la India, era obligación de la mujer que si su esposo moría debía tener relaciones con el hermano del difunto para de esta manera continuar la descendencia y este niño sería considerado hijo del difunto. También aparece en el derecho Hebreo ya que Moisés impuso la ley de la adopción considerando lo antes mencionado en la ley de Manú. (Troya, 2013)
El objetivo de este código es establecer lo bueno y lo malo, lo que está permitido hacer y no hacer para que de esta manera se pueda manejar bien una vida con tranquilidad y siguiendo las normas establecidas tanto en la moral como en la social, que en este caso es el código.
1.2.1.3. Egipto, El Libro de los Muertos Egipcio
El Libro de los Muertos Egipcio recopilación de textos de innovaciones, conjuros, oraciones, diseñados en papiro con ilustraciones o viñetas
Los pusieron en las tumbas de egipcios generalmente con fuerte caudal de dinero, esto ellos lo hacían como una inversión para ir a la nueva vida o partir del Imperio Nuevo. Los textos más antiguos están en las paredes de las cámaras y corredores de las pirámides de Unas, Teti, Pepi I, Nemty-En-Saf I y Pepi II, reyes de la V y VI dinastía en Sakkara
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tu veneno!. El muerto obtenía poderes de distintas divinidades y pelear contra la serpiente. (Castro,1998)
La naturaleza del más allá que disfrutaban los fallecidos es difícil de definir, sobre todo por las diferentes tradiciones dentro de la antigua religión egipcia. En el Libro de los muertos los difuntos eran llevados ante la presencia del dios Osiris, deidad confinada en la Duat del inframundo. Había sortilegios destinados a que el Ba o el Aj del fallecido se unieran a Ra en el viaje por el cielo en su barca solar y le ayudara a luchar contra Apep. (Demiguel,1789)
El libro de los muertos una colección de sortilegios que se incluían en las tumbas egipcias, y cuyo contenido pretendía ayudar al difunto en su difícil camino al más allá y el juicio de Osiris.
1.2.1.4. Mesopotamia Código Hammurabi, Ley del Talión
El celebérrimo código de Hammurabi, que ha sido considerado durante siglos “el primero y más antiguo código de leyes” de todos los existentes en la Historia, no debe considerarse como tal, puesto que caeríamos en un error. Y es que existen recopilaciones de leyes tanto de Ur-Nammu como de Lipit Istar, incluso pertenecientes al reino de Eshnunna. Sin embargo, se debe reconocer que el código que nos ocupa es el más completo y el que más información nos brinda. (Alberca, 2013).
Por otra parte se refleja en ciertos artículos el valor que tenían las parcelas de tierra en propiedad, ya sean de un soldado, un militar o un colono. Y es que la entrega de porciones de tierra era algo muy importante en la sociedad babilonia del siglo XVIII antes de Cristo, pues garantizaba reservas de mano de obra y efectivos militares. La porción o porciones de tierra podían ser recibidas por una o más personas por parte del Estado. (Roux,2002).
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tres años, la porción de tierra pasaba directamente al sustituto, quedando bajo su propiedad. (Lara, 1992)
En la frase ley del Talión consiste en un principio jurídico de justicia retributiva en el que la norma decidiría un castigo en el que reafirmaba el crimen cometido. De esta manera, no sólo se habla de una pena equivalente, sino de una pena idéntica. La frase mas reconocida de la ley del Talión es "ojo por ojo, diente por diente" que aparece en la BIBLIA Históricamente, es la primera ley que quiere igualar el daño expuesto por el daño recibido, convirtiéndose en la primera ley que limita la venganza.
La ley del talión era un avance ético en momentos de brutalidad, cuando la venganza era mayor que la ofensa recibida. La cadena de venganzas era creciente, y fuente de dolores casi imposible de curar. Jesús va de nuevo a la raíz: el perdón ante la ofensa real recibida. Ante la violencia responder con la caridad, no con más violencia.
1.2.1.5. Hebreos- Libros de Job – defensa caritativa
El libro abre con cinco escenarios que alternan entre tierra y cielo. Job está presentado como hombre justo y recto que temía a Dios y aborrecía el mal. Tenía una familia admirable, era rico y se interesaba por su familia. Cuando ellos celebraban un banquete, él ofrecía holocaustos por ellos acaso hubieran blasfemado a Dios en sus corazones. (Wilson, 1996).
El libro de Job trata de indicar que pueden venirles desgracias también a los justos de parte de Dios? En esto Job está convencido y defiende que Dios puede hacer sufrir a los justos sin causa, sólo para su gloria, tal y como testifica Cristo en Jn 9:3 del ciego de nacimiento.
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Job nos inspira a que todos respetemos las ley de Dios aprendamos a compartir y dejemos la lujuria y siempre estos prestos a acatar lo que Dios nos tenga destinados para nosotros si es bueno bendecir y si es malo prueba de superar y ser mejores cada día, mantener siempre la caridad para todos en el mundo del derecho existen los defensores públicos quienes deberían dar lo mejor de sí a la sociedad sin esperar nada a cambio.
1.2.1.6. Grecia- Código Dracón
Dracón fue uno de los primeros legisladores de Atenas a finales del siglo VII A.C. estaba a cargo de elaborar un código penal, lo hizo con castigos muy severos, con castigo de muerte para todo acto ilícito, desde entonces se le da el nombre de “ley draconiana “ a una ley exageradamente dura, el término ha recibido posteriormente aplicaciones más amplias se refiere a un castigo extremadamente severo no solo a una ley sino, en general, de disposiciones gubernativas e incluso de contratos que resultan demasiado explotadores.
Dracòn fue un reformador, quiso quitarle a los nobles la facultad de juzgar arbitrariamente, mediante la recopilación y la publicación de leyes existentes, lo que se conocen como leyes draconiano.
Al ser un reformador buscaba lo siguiente:
Reemplazar a la legislación oral que regia hasta entonces.
Un gobierno de leyes en sustitución de un gobierno de hombres.
Que los ciudadanos ejercieran un control efectivo sobre el cumplimiento de las leyes.
Junto a otras reformas, hay que atribuir a Dracòn la ley de homicidio, que despenalizaba el homicidio involuntario e intentaba poner fin a la tradicional venganza de sangre de la familia.
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cabalidad porque continua los delitos en muchos países en mas aumento que otros.
1.2.1.7. Roma – XII Tablas
Las XII tablas son el código más antiguo de Derecho Romano, escrito entre los años 451 y 450 a.C. que se basaba en el Derecho oral, de los quirites, posteriormente, tras la caída de la monarquía se aplicó el derecho consuetudinario ( leyes no escritas que se transmitan oralmente) (Quisbert, 2006)
Los plebeyos reclamaban contra el monopolio y eventuales abusos patricios en la interpretación y aplicación de un derecho no escrito. El tribuno Terentilo Arsa propuso en el 462 a. C. la constitución de una comisión de cinco miembros para redactar un cuerpo de normas. El Senado se opuso, pero la plebe persistió en elegir durante ocho años seguidos los mismos tribunos.
Los patricios transaron en el año 454 a. C. en la elección por los comicios centuriados de una magistratura extraordinaria de diez patricios investidos del imperium consulare con específico cargo escribir las leyes: durante su desempeño quedaban suspendidas todas las garantías ciudadanas y no serían elegidos cónsules ni tribunos de la plebe. Antes de ponerse en práctica lo acordado se envió una delegación a Atenas y tal vez a la Magna Grecia para estudiar la legislación de Solón y otras leyes griegas. A su vuelta son elegidos los decenviros, que presidirían la civitas en el 451 a. C. (Torres, 2009).
Las XII tablas fueron creadas con el objetivo de tener una sociedad milagrosamente normativa por eso hubo la necesidad de elaborar reglas para regirse y así brindar solución a los grandes problemas que tenía la sociedad en esos tiempos y gracias a ellos hoy podemos gozar de leyes que tratan de equiparar la justicia social.
1.2.1.8. Derecho constitucional de la defensa
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defensa, Muchas veces de tanto citar el derecho de defensa se termina asumiendo que es un tema obvio respecto del cual nada hay más por conocer, en tanto sólo es necesario aceptar y reconocer su importancia. (Perez, 1997).
El ejercicio del derecho a la defensa en materia penal y de contravenciones por pertenecer a un mismo género que es la sanción personal y real, comprende dos modalidades: la defensa material y la defensa técnica. La primera es aquella que le corresponde ejercer directamente al sindicado, la segunda es la que ejerce en nombre de aquel un profesional del derecho. En nuestro sistema procesal penal, el derecho a la defensa técnica se materializa, o bien con el nombramiento de un abogado escogido por el sindicado, denominado defensor particular, o bien a través de la asignación de un defensor público proporcionado directamente por el Estado. (Zavala, 2011).
Las pruebas obtenidas y actuadas con violación de la Constitución o la ley no tendrán validez alguna y carecerán de eficacia probatoria”.
De este modo, podemos definir a las Garantías Constitucionales, como los mecanismos que la Ley pone a disposición de la persona para que pueda defender sus derechos, reclamar cuando corren peligro de ser conculcados o indebidamente restringidos; y, por último obtener la reparación cuando son violados.
Se establece que la constitución garantiza una defensa la misma que debe ser técnica y adecuada al sistema penal actual del estado ecuatoriano para de esta manera no se viole el debido proceso que conlleva al fallo en proceso y este debe ser acorde a lo que la ley esta establece y poder tener un país con una justicia justa y equitativa la constitución vigente nos da garantías constitucionales que deben ser aplicadas por el defensor público para esto debe ser conocedor idóneo su conocimiento jurídico al momento de defender.
38 1.2.2. Derecho Constitucional de la Defensa
1.2.2.1. Dogmática jurídica y su relación con el derecho a la defensa
La regulación del derecho de defensa al concebirse como un derecho de rango fundamental, atribuido a las partes de todo proceso, podemos decir que se puede materializar básicamente en la necesidad de que estas sean oídas, en el sentido de que puedan alegar y puedan demostrar para conformar la resolución judicial, y en que conozcan y puedan rebatir sobre todos los materiales de hecho y de derecho que puedan influir en la resolución judicial. (Perez, 1997).
La vigencia del derecho a la defensa asegura a las partes la posibilidad de sostener argumentalmente sus respectivas pretensiones y rebatir los fundamentos que la parte contraria haya podido formular en apoyo de las suyas, pero sin que sea necesario que de facto tenga lugar una efectiva controversia argumental entre los litigantes, que, por unas u otras razones, puede no producirse. (Picó, 2008).
Indica que podemos decir que el derecho de defensa junto con el contradictorio o contradicción es esencialmente la manifestación técnica en el proceso de la garantía constitucional y legal de la defensa, ya que, es a través del contradictorio donde se logra la fórmula mediante la cual se articula técnicamente en el proceso, el derecho fundamental a la defensa, para no confundirse entonces la causa con la consecuencia, lo correcto es afirmar que el contradictorio (efecto), deriva de la consagración del derecho a la defensa.”(Christian, 2013).
La defensa a las personas que no puedan pagar un abogado por su situación económica será siempre responsabilidad del estado garantizarla de una manera adecuada y de esta forma que no se violen sus derechos en bien de su familia y la justicia del estado que se encuentre.
1.2.2.2. Principio de Inviolabilidad, para una igualdad de armas
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tenemos que atribuir la carga de la prueba a la acusación particular, no constituye discriminación, sino consecuencia inevitable del estado de inocencia que goza toda persona que está siendo investigada o procesada, lo que se pretende es que las partes procésales litiguen en igualdad de condiciones disponiendo oportunidades similares para sustentar y defender sus tesis, al no respetar este principio y que el estado continúe dando como defensores públicos abogados que hagan respetar las leyes por su desconocimiento jurídico se estaría violando la igualdad de derechos que la constitución vigente nos respalda a todos.
Al respecto el tratadista Castro (2012), en su obra de Derecho Procesal Penal dice “ que ambas partes procésales, gocen de los medios de ataque y de defensa y de la igualdad de armas para hacer valer sus alegaciones y medios de prueba, cuya vulneración produce indefensión”, de allí que la igualdad entre los sujetos procésales sea todavía necesaria en el proceso oral, cuya esencia y eficacia residen, en su carácter contradictorio, siendo determinante el papel del juez en cuanto a precautelar la igualdad procesal, amenazada de ordinario, no por un tratamiento desigual en la ley, cuanto en los hechos, es decir, en el decurso mismo del proceso.
Corte constitucional indica que el principio de igualdad de armas constituye un elemento esencial de la garantía del derecho de defensa, de contradicción, y más ampliamente del principio de juicio justo, y hace relación a un mandato según el cual, cada parte del proceso penal debe poder presentar su caso bajo unas condiciones y garantías judiciales, que permitan equilibrar los medios y posibilidades de actuación procesal, dentro de las cuales se presente como esencial las facultades en cuanto al material probatorio a recabar, de tal manera que no se genere una posición sustancialmente desventajosa de una de las partes frente a la otra parte procesal.
40 1.2.2.3. Bases Legales de la defensa
La abogacía como función social, es una función social al servicio de la justicia y del derecho artículo 323 de acuerdo al código orgánico de la función judicial
El derecho a la asistencia letrada o técnica, como garantía integrada dentro del más amplio derecho de defensa, debe garantizarse a todas las personas, sin ningún tipo de discriminación. La asistencia letrada deberá ser gratuita para quien carezca de recursos económicos.
Y debe cumplirse no solo con el hecho de dar un defensor sino un abogado con el conocimiento acorde a la causa a defender.
Y todo abogado debe cumplir con el artículo 324 del código orgánico de la función judicial, Requisitos para el patrocinio.
Debe tener título de abogada o abogado otorgado por una facultad de jurisprudencia, derecho o ciencias jurídicas de una universidad legalmente reconocida e inscrita en el Consejo de Educación Superior; si se trata de un título obtenido en el extranjero, deberá acreditarse su previa homologación e inscripción;
Hallarse en goce de los derechos de participación política; y si la abogada o abogado es extranjero hallarse en goce de los derechos civiles;
Formar parte del Foro mediante su incorporación al registro que, al efecto, mantendrá el Consejo de la Judicatura, a través de las direcciones regionales.
Y se debe estar acreditado en ciertas áreas jurídicas defensas especializadas para garantizar la protección del defendido
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Los interdictos; y, los condenados por sentencia ejecutoriada a pena de prisión o reclusión, durante el tiempo de la condena.
Defensoría Pública, garantizará el pleno e igual acceso a la justicia de las personas, que por su estado de indefensión o condición económica, social o cultural, no pueden contratar los servicios de una defensa legal privada, para la protección de sus derechos.
La o el defensor público no podrá excusarse de defender a la persona, salvo en los casos previstos en las normas legales pertinentes. La Defensoría Pública asegurará la asistencia legal de la persona desde la fase de investigación previa hasta la finalización del proceso, siempre que no cuente con una o un defensor privado.
La persona será instruida sobre su derecho a elegir otra u otro defensor público o privado. La o el juzgador, previa petición de la persona, relevará de la defensa a la o al defensor público, cuando sea manifiestamente deficiente.
Necesidad de defensor La defensa de toda persona estará a cargo de una o un abogado de su elección, sin perjuicio de su derecho a la defensa material o a la asignación de una o un defensor público.
Podemos ver que en los casos de ausencia de la o el defensor elegido y desde la primera actuación, se contará con una o un defensor público previamente notificado. La ausencia injustificada de la o el defensor público o privado a la diligencia, se comunicará al Consejo de la Judicatura para la sanción correspondiente.
1.2.2.4. Ética profesional Jurídica
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obligación de designarle a un defensor público, quien debe asumir la responsabilidad de la defensa técnica, que es imprescindible en el proceso penal.
Según Soto R. (2001), autor de la obra “La Mejor estrategia para lograr un éxito” explica que a cada ciencia le corresponde un objeto de estudiar particular, y que reconociendo el posible carácter científico de la ética, entonces, su objeto de estudio es la moral debido a la importancia que representan los valores morales, es así que la ética es una disciplina filosófica que estudia el comportamiento moral del hombre en la sociedad.
En todas las profesiones existen valores éticos que nos permiten afirmar buenas conductas, tanto en el plano interno relacionado con la rectitud de conciencia, así como en el plano externo, esta rectitud de conciencia suele ser un factor de gran importancia como elemento rector de la conducta. Osorio (2005).
Vega J.(2007), lo define como “La ciencia Filosófica que estudia los actos, los hábitos, la conducta y el carácter humanos desde el punto de vista de su valor o desvalor morales en cuanto buenos y debidos o malos e indebidos.
Y todo abogado debe cumplir con artículo 331 del código orgánico de la función judicial, derechos de los abogados en el patrocinio de las causas, Son derechos del abogado que patrocina en causa:
Sostener por escrito y de palabra los derechos de sus defendidos ante tribunales y juzgados;
Concertar libremente sus honorarios profesionales;
Renunciar o negarse a prestar defensa por criterio de conciencia;
Exigir el cumplimiento del pago íntegro de sus honorarios cuando sean relevados del patrocinio de una causa sin justo motivo;
Informar por escrito en todo proceso judicial, antes que se ponga fin a la instancia;
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Ser atendido personalmente por los titulares de la judicatura, cuando así lo requiera el ejercicio de su patrocinio, previo cumplimiento de los requisitos establecidos por este Código y los reglamentos, y
Recibir de toda autoridad y servidor judicial el trato que corresponde a su función.
Zavala (2002), indica que hablar del ética profesional es referirnos igualmente al respeto a los derechos humanos en la Administración de Justicia Penal, que como sabemos se refieren a aquellos derechos fundamentales que le son reconocidos a cualquier persona que, por una u otra razón, justa o injustamente, entra en contacto con los sistemas de justicia penal en un país, refiriéndonos a un concepto de justicia penal en sentido amplio; es decir, teniendo en cuenta no solo la fase judicial-penal, sino que cubre la actividad de los órganos jurídicos.
Concluimos entonces que la ética jurídica es una ciencia filosófica cuyo objeto es reconocer, analizar y reflexionar los actos morales, captando, reconociendo, aprehendiendo el valor moral aceptado libre y conscientemente que regula la conducta de los seres humanos.
1.2.2.5. El debido proceso
El debido proceso, “due process of law”, como se denomina en Estados Unidos de Norteamérica, es el pilar fundamental del sistema jurídico en un Estado. Nació como resultado de la lucha permanente entre el ciudadano y el Estado, Está formado por un conjunto de normas jurídicas que garantizan el equilibrio entre el Estado y sus ciudadanos, pues su fin primordiales hacer respetar los derechos fundamentales y evitar la arbitrariedad.
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Definir el Debido Proceso no es difícil, pues la doctrina es prolija en conceptualizaciones, no obstante, esta diversidad es sobre todo en la forma, pues existe, en sentido general, bastante coincidencia en el contenido. El Debido Proceso, conceptualmente hablando, puede ser definido como “el conjunto de garantías que protegen al ciudadano sometido a cualquier proceso, que le aseguran a lo largo del mismo, una recta y cumplida administración de justicia, la libertad y la seguridad jurídica, la racionalidad y fundamentación de las resoluciones judiciales conforme a derecho. (Valle M. 2013).
Según Ochoa, L. (2010), el Debido Proceso es un derecho constitucional, que compromete a todo el sistema jurídico de un país, es por esta razón que nada ni nadie puede sustraerse a él, todos los actos y procedimientos de los funcionarios y de los órganos del poder público deben acatarse a él, de lo contrario, atentarían contra el Estado Constitucional como consta en la nueva constitución en vigencia de la República del Ecuador.
El Proceso Penal hoy en día con el nuevo Código se permite la protección de los Derechos Humanos, o sea se garantiza al ciudadano de la tutela de sus Derechos fundamentales, para que el proceso seguido en su contra concluya con el dictado de una sentencia fundada y en el fiel cumplimiento de los principios supremos que así lo exige un Estado de Derecho.
Señalaba “Ninguna persona podrá ser interrogada, ni aún con fines de investigación, por el Ministerio Público (hoy Fiscalía General del Estado), por una autoridad policial o por cualquier otra, sin la asistencia de un abogado defensor particular o nombrado por el Estado, en caso de que el interesado no pueda designar a su propio defensor. Cualquier diligencia judicial, procesal o administrativa que no cumpla con este precepto, carecerá de eficacia probatoria”.
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Nadie podrá ser privado al derecho de la defensa en ninguna etapa o grado del procedimiento.
Contar con el tiempo y con los medios adecuados para la preparación de su defensa.
Ser escuchado en el momento oportuno y en igualdad de condiciones.
Nadie podrá ser interrogado, ni aún con fines de investigación, por la Fiscalía General del Estado, por una autoridad policial o por cualquier otra, sin la presencia de un abogado particular o un defensor público, ni fuera de los recintos autorizados para el efecto.
En procedimientos judiciales, ser asistido por una abogada o abogado de su elección o por defensora o defensor público; no podrá restringirse el acceso ni la comunicación libre y privada con su defensora o defensor.
El debido proceso debe cumplir con las garantías mediante los siguientes principios de:
El principio non bis in idem depende de la observancia de los derechos fundamentales que hacen válido un proceso penal y por lo tanto la sentencia que el tribunal juzgador haya dictado dentro de este proceso.
La sentencia ejecutoriada que se sustenta en un proceso penal libre de toda violación a los derechos fundamentales- tiene la autoridad de cosa juzgada (non bes in idem material), lo que quiere decir que una persona no puede ser juzgada más de una vez por el mismo delito. Este principio también abarca el hecho de que una persona no puede ser procesada al mismo tiempo en dos procesos diferentes (non bes in idemprocesal).
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Roxin C. (2008), indica que debemos hacer que se cumpla con el Principio de celeridad, el proceso público no puede tener dilaciones injustificadas. La investigación y las diferentes etapas de la actuación procesal deben estar sometidas a términos rigurosos y de estricto cumplimiento.”
Este principio del debido proceso, propio de un Estado Constitucional de Derecho, tiene que ver con la duración del proceso penal, con la economía procesal. Aclarando que esta garantía es aplicable en todo tipo de proceso.
La actividad investigativa del fiscal debe tener un límite en el tiempo. La presentación de la acusación y la convocatoria al juicio oral se tienen que decidir en términos razonables y el juicio se debe evacuar con prontitud, justificándose la mora para adelantar estas etapas, únicamente por la salvaguarda de las garantías sustanciales. (García, 2005).
Es cierto, que en ocasiones, el proceso penal se dilata de acuerdo a su desarrollo, sin embargo cuando se alarga irrazonablemente sin justificaciones válidas y tolerables, se está vulnerando este principio.
Principio de Defensa, cuando el ser humano se ve agredido invariablemente tendrá una reacción de protección o defensa, en esta idea tan sencilla se basa este principio pues ante la agresión del Estado, el hombre tiene derecho a reaccionar contra ella en igualdad de condiciones. Estará en poder del afectado decir por una defensa realizada por el mismo (autodefensa) o podrá optar por la defensa técnica o experta, que significa gozar de la compañía o asistencia de un abogado, que será una figura de asesor técnico cuya tarea será la protección del procesado o presunto infractor.
Este principio es aplicable tanto en derecho penal, como en derecho administrativo, pues es un derecho fundamental, y por tanto, un derecho irrenunciable que debe que ser continuo y permanente durante toda la actuación procesal.
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subordina a nada, de tal modo que si finalmente se condena a alguien, se condena a una persona entera y no a un fracasado humano como bien dice el Preámbulo del Programa de Justicia para Centro América.
El deber de motivación de las resoluciones judiciales y administrativas es un derecho que tiene el ciudad ano para conocer las razones de una determinada decisión, en respeto del debido proceso y la necesidad de precautelar el control de la actividad jurisdiccional, así, la falta de motivación afecta al derecho de impugnación que tiene todo ciudadano que ha sido afectado en sus intereses por una resolución judicial, pues no conoce cuáles fueron los motivos que llevaron al juez o autoridad competente a dictar una determinada resolución.
Por lo que es de exigencia legal y constitucional que toda resolución sea fundamentada y de esta forma darle las herramientas para que el sujeto procesal afectado por la misma pueda recurrir ante el superior.
Es importante destacar que, en acatamiento al debido proceso, todo funcionario público está obligado a respetar el principio de legalidad o reserva de ley, mediante el cual se ha de entender que la única fuente de derecho nace de la ley y, por tanto, el ciudadano tiene derecho a exigir del Estado que se respete este precepto constitucional.
Se puede ver que prevalece la ausencia de profesionales capaces de ser lo suficientemente reflexivos para reaccionar, reconciliar, integrar o elegir entre informaciones y valoraciones opuestas que los lleven a obtener soluciones encaminadas a la generación de conocimiento; es decir, que transformen la información en hechos y decisiones pertinentes.