ESTELLA/LIZARRA
PLAN GENERAL
CAPÍTULO I. SUELO URBANO
CONSOLIDADO.
SECCIÓN 1ª. UNIDADES CONSOLIDADAS.
ARTÍCULO 1.- U.C. “CASCO HISTÓRICO” 1.- DETERMINACIONES GENERALES.
- Clasificación del suelo ... Suelo Urbano Consolidado. - Calificación:
Uso global...Residencial Intensivo. Alta Densidad. Uso pormenorizado... Residencial. Vivienda libre. 2.- NORMAS DE ORDENACIÓN.
- Alineaciones exteriores conforme a lo grafiado en los planos.
- Altura máxima de la edificación y fondo máximo edifi-cable conforme a lo establecido en el PEPRI.
- Se prohíben las viviendas interiores.
- Los huecos tendrán una composición vertical.
- Las fachadas tendrán una carácter de plano macizo sin movimiento volumétricos de entrantes ni salientes. - Se establece para la parcela 263 del polígono 3 (Ca-Chetas) la posibilidad de ocupar el 100% de la super-ficie de la parcela con edificación tanto en planta baja como en plantas elevadas. Además se permite una alternativa de edificación de B+3.
- Se prohíbe la instalación de placas solares en las cu-biertas de los edificios del Casco Histórico.
3.- NORMAS DE CESIONES.
- No se contemplan cesiones para zonas verdes o do-taciones públicas.
- En la documentación gráfica se reflejan las cesiones para ampliación de los espacios públicos (calles y plazas)
- En los supuestos en los que la alineación propuesta por el P.G.M. no se corresponda con la actual se ac-tuará conforme a lo establecido en el Artículo 31.3 de la Normativa Urbanística General.
4.- NORMAS DE APROVECHAMIENTO.
- El Aprovechamiento está definido por la ocupa-ción de la superficie de parcela con edificaocupa-ción en planta baja, el fondo máximo edificable en plantas elevadas y la altura máxima de la edificación, de-finido en el PEPRI.
5.- NORMAS DE GESTIÓN.
- Sistema de Actuación: Actuación Directa.
- En los supuestos de sustitución de la edificación ac-tual y obra nueva se deberá reurbanizar el frente de parcela.
- Las edificaciones existentes con un aprovechamiento superior al permitido en esta Unidad se consolidan y en las mismas se podrán realizar obras de reforma y rehabilitación. En el supuesto de obras nuevas, debe-rán ajustar su altura y fondo edificado a las limitacio-nes impuestas en este artículo.
- El Casco Histórico de Estella - Lizarra cuenta con un Plan Especial de Protección y Reforma Interior (P.E.P.R.I.) que establece las determinaciones urba-nísticas pormenorizadas de cada solar. Las determi-naciones del P.E.P.R.I., como planeamiento de desa-rrollo específico del Casco Histórico, prevalecen so-bre las establecidas en este artículo de manera que en caso de contradicción entre ambas se deberá atender a lo establecido en el P.E.P.R.I.
Se desagrega en:
-UCCH.-1 “San Juan”- ...138.191 m2 -UCCH.-2”Ruiz de Alda” ...10.755 m2 -UCCH.-3 “Sto. Domingo” ...29.888 m2 -UCCH.-4 “S. Pedro” ...33.136 m2 -UCCH.-5 ”Pl. Azucarero” ... 2.006 m2 Total ...214.056 m2
Notas:
- Son determinaciones de ordenación urbanística estructurantes las señaladas en negrita.
- Son determinaciones de ordenación urbanística pormenorizadas el resto
ARTÍCULO 2.- U.C.-1 RESIDENCIAL INTENSIVO. “LIZARRA”
1.- DETERMINACIONES GENERALES.
- Clasificación del suelo ... Suelo Urbano Consolidado. - Calificación:
Uso global...Residencial Intensivo. Alta Densidad. Uso pormenorizado... Residencial. Vivienda libre. 2.- NORMAS DE ORDENACIÓN.
- Alineaciones conforme a lo grafiado en los planos. - Altura máxima de la edificación = PB+4.
- Se permite la ocupación de la totalidad de la superfi-cie de los solares con edificación en planta baja y plantas elevadas.
3.- NORMAS DE CESIONES.
- No se contemplan cesiones a espacios públicos.
4.- NORMAS DE APROVECHAMIENTO.
- El Aprovechamiento está definido por la ocupa-ción en planta baja, el fondo máximo edificable que se corresponderá con lo construido a la en-trada en vigor del PUM en plantas elevadas y la al-tura máxima de la edificación.
- En el supuesto de sustitución de las edificaciones actuales y obras nuevas se podrá edificar como má-ximo un volumen similar al que se sustituye.
- No se permite la construcción de nuevas edificacio-nes en esta Unidad, salvo sustitución de las existen-tes.
5.- NORMAS DE GESTIÓN.
- Sistema de Actuación: Actuación Directa.
- En los supuestos de sustitución de las edificaciones actuales y obra nueva se deberá reurbanizar el frente de parcela.
Se desagrega en:
-U.C.-1 -1 “Pl. S. Agustín” ... 4.660 m2 -U.C.-1 -2 “ Cordeleros” ... 456 m2 -U.C.-1 -3”Barrio de Lizarra” ...14.450 m2 -U.C.-1 -4” Las Murallas” ... 426 m2 Total ...19.992 m2
ARTÍCULO 3.- U.C.-2 RESIDENCIAL INTENSIVO “ENSANCHE”
1.- DETERMINACIONES GENERALES.
- Clasificación del suelo ... Suelo Urbano Consolidado. - Calificación:
Uso global...Residencial Intensivo. Alta Densidad. Uso pormenorizado... Residencial. Vivienda libre. 2.- NORMAS DE ORDENACIÓN.
- Alineaciones y altura máxima de la edificación con-forme a lo grafiado en los planos.
- Se permite la ocupación de la totalidad de la superfi-cie de los solares con edificación en planta baja. - Fondo máximo edificable en plantas elevadas = 14 m.
3.- NORMAS DE CESIONES.
- En los supuestos en los que la alineación propuesta por el P.G.M. no se corresponda con la actual se ac-tuará conforme a lo establecido en el Artículo 31.3 de la Normativa Urbanística General.
4.- NORMAS DE APROVECHAMIENTO.
- El Aprovechamiento está definido por la ocupa-ción en planta baja, el fondo máximo edificable en plantas elevadas y la altura máxima de la edifica-ción.
5.- NORMAS DE GESTIÓN.
- Sistema de Actuación: Actuación Directa.
- En los supuestos de sustitución de la edificación ac-tual y obra nueva se deberá reurbanizar el frente de parcela.
- Las edificaciones existentes con un aprovechamiento superior al permitido en esta Unidad se consolidan y en las mismas se podrán realizar obras de reforma y rehabilitación. En el supuesto de su sustitución obras nuevas, deberán ajustar su altura y fondo edificado a las limitaciones impuestas en este artículo.
Se desagrega en:
-U.C.-2-1 “Fuente de la Salud” .. 5.575 m2 -U.C.-2-2 “Bloque de Zaldu” ... 771 m2 -U.C.-2-3“Bloque de Zaldu” ... 720 m2 -U.C.-2-4” Plaza Toros” ...38.705 m2 -U.C.-2-5 “Yerri”... 6.515 m2 -U.C.-2-6 “ Ensanche” ...49.117 m2 -U.C.-2-7 “Zalatambor” ...14.616 m2 -U.C.-2-8 “Camino Logroño” ... 7.045 m2 -U.C.-2-9 “Carlos VII” ...12.427 m2 -U.C.-2-10 “Amaiur” ... 4.314 m2 -U.C.-2-11 “El Volante” ... 6.139 m2 -U.C.-2-12 “Rio Urederra” ...11.610 m2 -U.C.-2-13 “Capilla Merced” ... 439 m2 -U.C.-2-14 “PL. S. José” ... 5.670 m2 -U.C.-2-15 “Rocamador” ... 1.668 m2 -U.C.-2-16 “Dr. Huarte” ... 6.732 m2 -U.C.-2-17 “Dtes. Sangre” ... 1.137 m2 - TOTAL ...173.200 m2
Notas:
- Son determinaciones de ordenación urbanística estructurantes las señaladas en negrita.
- Son determinaciones de ordenación urbanística pormenorizadas el resto
ARTÍCULO 4.- U.C.-3 RESIDENCIAL INTENSIVO. “EL PUY”
1.- DETERMINACIONES GENERALES.
- Clasificación del suelo ... Suelo Urbano Consolidado. - Calificación:
Uso global...Residencial Intensivo. Alta Densidad. Uso pormenorizado... Residencial. Vivienda libre. 2.- NORMAS DE ORDENACIÓN.
- Alineaciones conforme a lo grafiado en los planos. - Altura máxima de la edificación = PB+2.
- Se permite la ocupación de la totalidad de la superfi-cie de los solares con edificación en planta baja. - Fondo máximo edificable en plantas elevadas = 12 m.
3.- NORMAS DE CESIONES.
- Se deberán mantener las cesiones de zonas verdes públicas existentes en la Unidad.
4.- NORMAS DE APROVECHAMIENTO.
- El Aprovechamiento está definido por la ocupa-ción en planta baja, el fondo máximo edificable en plantas elevadas y la altura máxima de la edifica-ción.
- En el solar dotacional privado incluido en la Unidad se permite una ocupación máxima de su superficie con la edificación de un 25%.
5.- NORMAS DE GESTIÓN.
- Sistema de Actuación: Actuación Directa.
- En los supuestos de sustitución de la edificación ac-tual y obra nueva se deberá reurbanizar el frente de parcela.
- Las edificaciones existentes con un aprovechamiento superior al permitido en esta Unidad se consolidan y en las mismas se podrán realizar obras de reforma y rehabilitación. En el supuesto de obras nuevas, debe-rán ajustar su altura y fondo edificado a las limitacio-nes impuestas en este artículo.
- No se permite la construcción de nuevas edificacio-nes en esta Unidad salvo sustitución de las existen-tes.
ARTÍCULO 5.- U.C.-4 RESIDENCIAL INTENSIVO. 1.- IDENTIFICACIÓN Y DEFINICIÓN.
Son desagregaciones identificadas para explicar suelos en ejecución o en desarrollo. Provienen de ordenacio-nes pormenorizadas aprobadas definitivamente en su fecha. Están en ejecución, han construido la urbaniza-ción y han efectuado las cesiones que les correspon-dieran. Son las siguientes:
U.C.-4-1- Es la antigua UPP20 (Sector B) del PGOU 95. Se corresponde con la ejecución del Plan correspondiente “Agua Salada”. Está prácticamente ejecutada a falta de la cons-trucción de algún pequeño solar. Sus carac-terísticas y determinaciones urbanísticas provienen de sus planes ya aprobados defi-nitivamente.
U.C.-4.2- Proviene de la antigua U.E.-3-8 (PGOU 1995). Está prácticamente ejecutada a falta de la construcción de algún pequeño solar. Sus características y determinaciones urba-nísticas provienen de sus planes ya aproba-dos definitivamente.
U.C.-4.3- Proviene de una Modificación del PGOU-95 Aprobada Definitivamente por la O.F.-431/2005 de 14 de julio de 2005 Sector S-1 “Ibarra”. Está ejecutada la urbanización y falta por construir algunos solares. Sus ca-racterísticas y determinaciones urbanísticas provienen de sus planes ya aprobados defi-nitivamente.
U.C.-4.4.1 Provienen de la ejecución de la antigua U.E. U.C.-4.4.2 10.1 del PGOU 95.
El acuerdo municipal de 26.10.2011, acordó reubi-car 390,50 UA de la antigua UE.-19 “Canasa” (PGOU 1995) y trasladarlas a la U.C.-4.4.2. En orden a poder materializar estas 390,50 UA (equivalentes a 390,50 m2 construidos de vivienda libre) se permite la cons-trucción de una planta de ático en el solar resultante de la reparcelación de la antigua U.E.-10.1 (PGOU 1995) ubicado al Sur de la U.C.-4.4.2. Este aprovechamiento se añade al resultante del Proyecto de Reparcelación de la U.E.-10.1 (PGOU 1995) que no se modifica. Se tramitará el expediente administrativo oportuno para patrimonializar las UA citadas.
2.- DETERMINACIONES GENERALES.
- Clasificación del suelo ... Suelo Urbano Consolidado. - Calificación:
Uso global...Residencial Intensivo. Alta Densidad. Uso pormenorizado ... Residencial. Vivienda libre. 3.- DETERMINACIONES URBANÍSTICAS.
Las desagregaciones explicadas y grafiadas en los correspondientes planos de gestión tienen sus propias determinaciones y son vigentes por la aprobación defi-nitiva de sus tramitaciones urbanísticas, la ejecución de obras de urbanización y efectuadas las cesiones y/o construcciones.
Notas:
- Son determinaciones de ordenación urbanística estructurantes las señaladas en negrita.
- Son determinaciones de ordenación urbanística pormenorizadas el resto
ARTÍCULO 6.- U.C.-5 RESIDENCIAL SEMI-INTENSIVO. UNIFAMILIARES ADO-SADAS.
1.- DETERMINACIONES GENERALES.
- Clasificación del suelo ... Suelo Urbano Consolidado. - Calificación:
Uso global...Residencial Extensivo. Baja Densidad. Uso pormenorizado..Residencial. Unifamiliar Adosada. 2.- NORMAS DE ORDENACIÓN.
- Alineación exterior, definida por el cierre de parcela, conforme a lo grafiado en los planos.
- Altura máxima de la edificación: PB+1 y PB+2, con-forme a lo grafiado en los planos.
- Se permite una ocupación máxima de la superficie de la parcela con edificación del 80%.
3.- NORMAS DE CESIONES.
- En los supuestos en los que la alineación propuesta por el P.G.M. no se corresponda con la actual se ac-tuará conforme a lo establecido en el Artículo 31.3 de la Normativa Urbanística General.
4.- NORMAS DE APROVECHAMIENTO.
- El Aprovechamiento está definido por la ocupa-ción máxima de la superficie de la parcela con edi-ficación y la altura máxima de la ediedi-ficación.
- Superficie de parcela mínima : La existente en la ac-tualidad o 150 m2 para el caso de nuevas segrega-ciones.
5.- NORMAS DE GESTIÓN.
- Sistema de Actuación: Actuación Directa.
- En los supuestos de sustitución de la edificación ac-tual y obra nueva se deberá reurbanizar el frente de parcela.
- Las edificaciones existentes con un aprovechamiento superior al permitido en esta Unidad se consolidan y en las mismas se podrán realizar obras de reforma y rehabilitación. En el supuesto de obras nuevas, debe-rán ajustar la ocupación de la parcela con la edifica-ción y su altura a las limitaciones impuestas en este artículo.
Se desagrega en:
-U.C.-5-1 “Galdarrain” ...18.207 m2 -U.C.-5-2 “Paula Aguirre” ... 4.236 m2 -U.C.-5-3 “Camineros” ...18.526 m2 -U.C.-5-4 “S. Juan Pie de P.” ..22.388 m2 -U.C.-5-5 “La Merced” ... 4.427 m2 -U.C.-5-6 “Chalets Zalatambor .. 1.302 m2 -U.C.-5-7 “Avda Pamplona 6 ... 787 m2 -U.C.-5-8 “Zumalacárregui” ...22.517 m2 -U.C.-5-9 “Valencianos” ... 2.441 m2 -U.C.-5-10 “C. Lizarra” ... 2.054 m2 -TOTAL ...96.885 m2 -Notas:
- Son determinaciones de ordenación urbanística estructurantes las señaladas en negrita.
- Son determinaciones de ordenación urbanística pormenorizadas el resto.
ARTÍCULO 7.- U.C.-6.A RESIDENCIAL EXTENSIVO UNIFAMILIAR EN PARCELA MEDIA-NA.
1.- DETERMINACIONES GENERALES.
- Clasificación del suelo ... Suelo Urbano Consolidado. - Calificación:
Uso global...Residencial Intensivo. Alta Densidad. Uso pormenorizado. Residencial. Unifamiliar Aislada. 2.- NORMAS DE ORDENACIÓN.
- Alineación exterior, definida por el cierre de parcela, conforme a lo grafiado en los planos.
- Altura máxima de la edificación = PB+1, excepto en la U.C.-6.A-10 en la que se permite PB+2.
- Se permite una ocupación máxima de la superficie de la parcela con edificación del 40%.
- Retranqueo mínimo de la edificación: - 5 m, a los viales estructurantes. - 3 m, a espacio público.
- 1 m, a los linderos interiores.
- Se permite la construcción de viviendas pareadas. En este supuesto, las determinaciones sobre retranqueos se aplicarán a la unidad edificada (2 viviendas). - Para poder tener luces y vistas hacia los linderos
inte-riores, será necesario retranquearse una distancia de 3 m.
3.- NORMAS DE CESIONES.
- En los supuestos en los que la alineación propuesta por el P.G.M. no se corresponda con la actual se ac-tuará conforme a lo establecido en el Artículo 31.3 de la Normativa Urbanística General.
4.- NORMAS DE APROVECHAMIENTO.
- El Aprovechamiento está definido por el porcenta-je de ocupación máxima de la superficie de la par-cela con edificación (40%) y la altura de la edifica-ción (PB+1).
- Superficie de parcela mínima = La existente en la ac-tualidad o 500 m2 para el caso de nuevas segrega-ciones.
- La U.C.-6.A-10 tiene una parcela edificable de 520 m2 de suelo compatible con dos viviendas unifamiliares. Superficie construida máxima 400 m2 construidos. Número máximo de plantas PB+2.
5.- NORMAS DE GESTIÓN.
- Sistema de Actuación: Actuación Directa.
- En los supuestos de sustitución de la edificación ac-tual y obra nueva se deberá reurbanizar el frente de parcela.
- Las edificaciones existentes con un aprovechamiento superior al permitido en esta Unidad se consolidan y en las mismas se podrán realizar obras de reforma y rehabilitación. En el supuesto de obras nuevas, debe-rán ajustar la ocupación de parcela y su altura a las limitaciones impuestas en este artículo.
- Para llevar a cabo la actuación prevista en la U.C.-6.A-10 se deberá tramitar con anterioridad una Modi-ficación Puntual del PEPRI.
Se desagrega en:
-U.C.-6.A-1 “Sta. Soria”” ...34.791 m2 -U.C.-6.A-2 “C.Ibarra” ...26.074 m2 -U.C.-6.A-3 “C.Santesteban” ... 3.869 m2 -U.C.-6.A-4 “A. Pamplona” ... 9.597 m2 -U.C.-6.A-5 “ M. Iranzu” ...10.872 m2 -U.C.-6.A-6 “Alkaburúa” ... 1.283 m2 -U.C.-6.A-7 “C. Zaldu” ... 3.718 m2 -U.C.-6.A-8 “Tr. Pio Baroja” ...10.783 m2 -U.C.-6.A-9 “C.Remontival” ...26.670 m2 -U.C,.6.A-10 “Sta. María” ... 1.665 m2 TOTAL ...129.322 m2
Notas:
- Son determinaciones de ordenación urbanística estructurantes las señaladas en negrita.
- Son determinaciones de ordenación urbanística pormenorizadas el resto.
ARTÍCULO 8.- U.C.-6B RESIDENCIAL EXTENSIVO EN UNIFAMILIARES ADOSADAS EN VALDELOBOS.
1.- DETERMINACIONES GENERALES.
- Clasificación del suelo ... Suelo Urbano Consolidado. - Calificación:
Uso global...Residencial Intensivo. Alta Densidad. Uso pormenorizado..Residencial. Unifamiliar Adosada. 2.- NORMAS DE ORDENACIÓN.
- Alineación exterior, definida por el cierre de parcela, conforme a lo grafiado en los planos.
- Alineación interior, conforme a los grafiado en los pla-nos.
- Altura máxima de la edificación = PB+1.
3.- NORMAS DE CESIONES.
- En los supuestos en los que la alineación propuesta por el P.G.M. no se corresponda con la actual se ac-tuará conforme a lo establecido en el Artículo 31.3 de la Normativa Urbanística General.
4.- NORMAS DE APROVECHAMIENTO.
- Se establece, para estas parcelas, una edificabili-dad media de 0,4186 metros cuadrados construi-dos por metros cuadraconstrui-dos de parcela.
- Superficie de parcela mínima = La existente en la ac-tualidad o 300 m2 para el caso de nuevas segrega-ciones.
5.- NORMAS DE GESTIÓN.
- Sistema de Actuación: Actuación Directa.
- En los supuestos de sustitución de la edificación ac-tual y obra nueva se deberá reurbanizar el frente de parcela.
- Las edificaciones existentes con un aprovechamiento superior al permitido en esta Unidad se consolidan y en las mismas se podrán realizar obras de reforma y rehabilitación. En el supuesto de obras nuevas, debe-rán ajustar la ocupación de parcela y su altura a las limitaciones impuestas en este artículo.
- Existe un Proyecto de Reparcelación de esta Unidad Consolidada que establece las determinaciones
ARTÍCULO 9.- U.C.-7 RESIDENCIAL EXTENSIVO UNIFAMILIAR EN PARCELA GRAN-DE
1.- DETERMINACIONES GENERALES.
- Clasificación del suelo ... Suelo Urbano Consolidado. - Calificación:
Uso global...Residencial Extensivo. Baja Densidad. Uso pormenorizado..Residencial. Unifamiliar Aislada. 2.- NORMAS DE ORDENACIÓN.
- Alineación exterior, definida por el cierre de parcela, conforme a lo gr-afiado en los planos.
- Altura máxima de la edificación = PB+1.
- Se permite una ocupación máxima de la superficie de la parcela con edificación del 30%.
- Retranqueo mínimo de la edificación: - 5 m a los viales estructurantes. - 3 m a espacio público.
- 1 m a los linderos interiores.
- Se permite la construcción de viviendas pareadas. En este supuesto, las determinaciones sobre retranqueos se aplicarán a la unidad edificada (2 viviendas). - Para poder tener luces y vistas hacia los linderos
inte-riores, será necesario retranquearse una distancia de la parcela con la edificación de 3 m.
3.- NORMAS DE CESIONES.
- En los supuestos en los que la alineación propuesta por el P.G.M. no se corresponda con la actual se ac-tuará conforme a lo establecido en el Artículo 31.3 de la Normativa Urbanística General.
4.- NORMAS DE APROVECHAMIENTO.
- El Aprovechamiento está definido por el porcenta-je de ocupación máxima de la superficie de la par-cela con edificación (30%) y la altura de la edifica-ción (PB+1).
- Superficie de parcela mínima = La existente en la ac-tualidad o 750 m2 para el caso de nuevas segrega-ciones.
5.- NORMAS DE GESTIÓN.
- Sistema de Actuación: Actuación Directa.
- En los supuestos de sustitución de la edificación ac-tual y obra nueva se deberá reurbanizar el frente de parcela.
- Las edificaciones existentes con un aprovechamiento superior al permitido en esta Unidad se consolidan y en las mismas se podrán realizar obras de reforma y rehabilitación. En el supuesto de obras nuevas, debe-rán ajustar su altura y fondo edificado a las limitacio-nes impuestas en este artículo.
Se desagrega en:
-U.C.-7-1 “Las Lomas” ...195.094 m2 -U.C.-7-2 “Zumalacarregui” ... 2.328 m2 -U.C.-7-3 “Parcela Ibarra” ... 3.269 m2 TOTAL ...200.691 m2
Notas:
- Son determinaciones de ordenación urbanística
estructu-rantes las señaladas en negrita.
- Son determinaciones de ordenación urbanística
ARTÍCULO 10.- U.C.-8 DOTACIONAL LOS LLANOS 1.- DETERMINACIONES GENERALES.
- Clasificación del suelo ... Suelo Urbano Consolidado. - Calificación:
Uso global... ...Zonas Verdes y Áreas Libres. Uso pormenorizado...Dotacional.
2.- NORMAS DE ORDENACIÓN.
- Alineación, definida por el cierre de parcela, conforme a lo grafiado en los planos.
- Altura de la edificación conforme a lo grafiado en los planos.
- La dotación privada Restaurante “Navarra” podrá
au-mentar la edificación actual hasta 1.176 m2 construi-dos ocupando 100 m2 de su jardín privado, con servi-dumbre de uso público, y elevando la edificación has-ta PB+2. Se amplía el uso terciario dehas-tallado hashas-ta el Hotelero - hostelero.
3.- NORMAS DE CESIONES.
- Se cederán a suelo público los espacios identificados en los planos de ordenación como viales.
- En los supuestos en los que la alineación propuesta por el P.G.M. no se corresponda con la actual se ac-tuará conforme a lo establecido en el Artículo 31.3 de la Normativa Urbanística General.
4.- NORMAS DE APROVECHAMIENTO.
- Aprovechamiento Medio = 0,34 U.A./m2.
- Se permite, en la parcela de la Ikastola Lizarra, la ampliación de sus instalaciones, por encima del 0,34 U.A./m2.Concretamente se permite edificar 600 m2 de superficie construida en Planta Baja.
- En la parcela catastral 216 “La Navarra”, se permite la nueva edificación de 1.176 m2 construidos en PB+2 ocupando parte del jardín privado.
5.- NORMAS DE GESTIÓN.
- Sistema de Actuación: Actuación Directa.
- En el supuesto de desaparición de la actividad que actualmente se desarrolla en estas parcelas se podrá sustituir el uso por otro equipamiento privado o público, por un uso institucional o por un uso de Servicios – Terciario de las mismas condiciones y características que las establecidas en el P.E.P.U. de Los Llanos.
- El Parque de Los Llanos de Estella - Lizarra cuenta con un Plan Especial de Protección y Usos de Los Llanos (P.E.P.U.) que establece las determinaciones urbanísticas pormenorizadas de cada Unidad Básica. La Aprobación Definitiva de este documento fue pu-blicado oficialmente en el B.O.N. Nº6 de 13 de enero de 2010.
- Las determinaciones del P.E.P.U. “Los Llanos”, como desarrollo específico de este ámbito, completan las establecidas en el P.G.M.
- La Normativa Particular establecida en el P.E.P.U. para el ámbito de “Los Llanos” se incorpora como normativa vinculante del P.G.M. Se adjunta la
Nor-mativa del P.E.P.U. de Los Llanos como anexo a la Normativa Urbanística del Plan.
Notas:
- Son determinaciones de ordenación urbanística estructurantes las señaladas en negrita.
- Son determinaciones de ordenación urbanística pormenorizadas el resto
ARTÍCULO 11.-U.C.-9 ESTACIONES DE SERVICIO 1.- DETERMINACIONES GENERALES.
- Clasificación del suelo ... Suelo Urbano Consolidado. - Calificación:
Uso global...Residencial Intensivo. Alta Densidad. Uso pormenorizado... ...Estaciones de Servicio. 2.- NORMAS DE ORDENACIÓN.
- Alineación exterior conforme a lo grafiado en los pla-nos.
- Altura máxima de la edificación = PB+1.
- De existir un cierre exterior de la parcela éste no po-drá tener una altura superior a 2 m ni ser opaco. - Se permite una ocupación máxima de la superficie de
la parcela con la edificación del 40%.
3.- NORMAS DE CESIONES.
- Se contemplan como cesión a suelo público para via-les la superficie de parcelas que queda fuera de la alineación exterior.
4.- NORMAS DE APROVECHAMIENTO.
- El Aprovechamiento está definido por la ocupa-ción máxima de la superficie de la parcela con la edificación y la altura máxima de la edificación.
- Superficie de parcela mínima: 500 m2.
5.- NORMAS DE GESTIÓN.
- Sistema de Actuación: Actuación Directa.
- En los supuestos de sustitución de las instalaciones actuales se deberá reurbanizar el frente de la parcela. Se desagrega en:
-U.C.-9-1 “Zaldu” ... 892 m2 -U.C.-9-2 “Avda, Pamplona” ... 1.145 m2 -U.C.-9-3 “Velaz” ... 2.545 m2 TOTAL ... 4.582 m2
Notas:
- Son determinaciones de ordenación urbanística estructurantes las señaladas en negrita.
- Son determinaciones de ordenación urbanística pormenorizadas el resto
ARTÍCULO 12.- U.C.-10 TALLERES E INDUSTRIAS. 1.- DETERMINACIONES GENERALES.
- Clasificación del suelo ... Suelo Urbano Consolidado. - Calificación:
Uso global...Actividad Económica. Uso pormenorizado....Industrial y Servicios-Terciario. 2.- NORMAS DE ORDENACIÓN.
- Alineaciones definidas por el cierre de parcela, con-forme a lo grafiado en los planos.
- Altura máxima de la edificación = PB+1.
- Se permite la construcción de sótanos bajo rasante. - Porcentaje máximo de ocupación de la superficie de
la parcela con edificación.
Superficie Parcela % ocupación. < 500 m2 100%
500 m2 - 1.000 m2 80% 1.000 m2 - 2.000 m2 60%
> 2.000 m2. 50%
3.- NORMAS DE CESIONES.
- Se cederán a suelo público los espacios identificados en los planos de ordenación como viales.
- En los supuestos en los que la alineación propuesta por el P.G.M. no se corresponda con la actual se ac-tuará conforme a lo establecido en el Artículo 31.3 de la Normativa Urbanística General.
4.- NORMAS DE APROVECHAMIENTO.
- El Aprovechamiento está definido por el porcenta-je de ocupación máxima de la superficie de la par-cela con la edificación y por la altura de la edifica-ción.
- Superficie de parcela mínima: la existente en la actua-lidad o 500 m2 para el caso de segregaciones.
5.- NORMAS DE GESTIÓN.
- Sistema de Actuación: Actuación Directa.
- En los supuestos de sustitución de la edificación ac-tual y obra nueva se deberá reurbanizar el frente de parcela.
- Las edificaciones existentes con un aprovechamiento
Se desagrega en:
-U.C.-10-1 Vº Divino” ... 9.409 m2 -U.C.-10-2 “Matadero” ... 1.926 m2 -U.C.-10-3 “Carlos VII” ...35.705 m2 -U.C.-10-4 “Merkatondoa” ...66.860 m2 -U.C.-10-5 “Egatex” ...36.872 m2 -U.C.-10-6 “Area 99” ...46.327 m2 -U.C.-10-7 “Conservación” ...17.656 m2 -U.C.-10-8 “Patria” ... 3.228 m2 -U.C.-10-9 Ctra. Bearin ... 9.422 m2 TOTAL ...227.405 m2
La U.C.-10.3 contiene una pequeña porción (297 m2 de suelo y edificación ) del Colegio Mater Dei ubicado en Ayegui.
6.- NORMAS DE USOS.
- El Uso “Industrial” es equivalente a la Actividad eco-nómica entendida por tal al conjunto de actividades de carácter secundario (industrial), terciario (servicios) que recorre el espectro que va desde los usos pro-piamente productivos e industriales hasta los usos li-gados a las actividades de ocio, administrativas, etc. Se adjunta una relación de usos orientativos:
- Industrial: Industrias pesadas, industria media y lige-ra, naves, talleres, almacenes industriales, etc. - Servicio: Servicios del automóvil, lavanderías,
esta-ciones de servicio, comercial, terminales de trans-porte y logística, etc.
- Terciario: Oficinas, edificios de administración de empresas, centros de investigación y desarrollo (I+D), centros tecnológicos, parques empresariales, etc.
ARTÍCULO 13.- U.C.-11 SERVICIOS - TERCIARIOS 1.- DETERMINACIONES GENERALES.
- Clasificación del suelo ... Suelo Urbano Consolidado. - Calificación:
Uso global...Dotacional. Uso pormenorizado... Servicios-Terciario. 2.- NORMAS DE ORDENACIÓN.
- Alineaciones definidas por el cierre de parcela, con-forme a lo grafiado en los planos.
- Altura máxima de la edificación conforme a lo grafiado en los planos.
- Porcentaje máximo de ocupación de la superficie de la parcela con edificación.
Superficie Parcela % ocupación.
500 m2 100%
500 m2 - 1.000 m2 80% 1.000 m2 - 2.000 m2 60% > 2.000 m2. 40%
3.- NORMAS DE CESIONES.
- Se cederán a suelo público los espacios identificados en los planos de ordenación como viales.
- En los supuestos en los que la alineación propuesta por el P.G.M. no se corresponda con la actual se ac-tuará conforme a lo establecido en el Artículo 31.3 de la Normativa Urbanística General.
4.- NORMAS DE APROVECHAMIENTO.
- El Aprovechamiento está definido por el porcenta-je de ocupación máxima de la superficie de la par-cela con la edificación y por la altura de la edifica-ción.
- Superficie de parcela mínima: la existente en la actua-lidad o 500 m2 para el caso de segregaciones.
5.- NORMAS DE GESTIÓN.
- Sistema de Actuación: Actuación Directa.
- En los supuestos de sustitución de la edificación ac-tual y obra nueva se deberá reurbanizar el frente de parcela.
- Las edificaciones existentes con un aprovechamiento superior al permitido en esta Unidad se consolidan y en las mismas se podrán realizar obras de reforma y rehabilitación. En el supuesto de obras nuevas, debe-rán ajustar su altura y fondo edificado a las limitacio-nes impuestas en este artículo.
Se desagrega en:
-U.C.-11-1 “Hotel Tximista” ... 1.867 m2 -U.C.-11-2 “Proyecto Hombre” 19.277 m2 -U.C.-11-3 “Residencia VºDº ...19.469 m2 -U.C.-11-4 “Palacio Luquin” ....12.670 m2 TOTAL ...53.283 m2
Notas:
- Son determinaciones de ordenación urbanística estructurantes las señaladas en negrita.
- Son determinaciones de ordenación urbanística pormenorizadas el resto
ARTÍCULO 14.- U.C.-12 DOTACIONAL PRIVADO. 1.- DETERMINACIONES GENERALES.
- Clasificación del suelo ... Suelo Urbano Consolidado. - Calificación:
Uso global...Dotacional. Uso pormenorizado... Dotacional. .
2.- NORMAS DE ORDENACIÓN.
- Alineación, definida por el cierre de parcela, conforme a lo grafiado en los planos.
- Altura de la edificación conforme a lo grafiado en los planos.
- Se permite una ocupación máxima de la superficie de la parcela con edificación del 75%.
- La nueva edificación prevista en la U.C.-12.4 deberá estar alineada con la fachada principal de la Iglesia de Rocamador y tendrá una altura máxima de PB+1 y unas dimensiones máximas en planta de 12 m. x 8 m.
3.- NORMAS DE CESIONES.
- Se cederán a suelo público los espacios identificados en los planos de ordenación como viales.
- En los supuestos en los que la alineación propuesta por el P.G.M. no se corresponda con la actual se ac-tuará conforme a lo establecido en el Artículo 31.3 de la Normativa Urbanística General.
4.- NORMAS DE APROVECHAMIENTO.
- El Aprovechamiento está definido por el porcentaje de ocupación máxima de la superficie de la parcela con edificación (75%) y por la altura de la edificación. - Superficie de parcela mínima: La existente o 1.000 m2
para el caso de segregaciones.
-5.- NORMAS DE GESTIÓN.
- Sistema de Actuación: Actuación Directa.
- En el supuesto de desaparición de la actividad que actualmente se desarrolla en estas parcelas se podrá sustituir el uso por otro equipamiento privado o públi-co, por un uso institucional o por un uso de Servicios - Terciario.
Se desagrega en:
ARTÍCULO 15.- U.C.-13 “NOVELETA” 1.- DETERMINACIONES GENERALES. 1.- DETERMINACIONES GENERALES.
- Clasificación del suelo ... Suelo Urbano Consolidado. - Calificación:
Uso global...Residencial Extensivo. Baja Densidad. Uso pormenorizado..Resid.. Unif. Adosada.y Aislada 2.- NORMAS DE ORDENACIÓN.
- Alineación exterior, definida por el cierre de parcela, conforme a lo grafiado en los planos.
- Altura máxima de la edificación = PB+1.
- Retranqueos de la edificación: 3 m a espacio público y 1 m a los linderos interiores salvo para las viviendas unifamiliares adosadas.
- Para poder tener luces y vistas a los linderos interio-res es necesario retranquearse un mínimo de 3 m. - Se permite una ocupación máxima de la parcela con
edificación del 40% para las viviendas unifamiliares aisladas y del 80% para las viviendas unifamiliares adosadas.
3.- NORMAS DE CESIONES.
- En los supuestos en los que la alineación propuesta por el P.G.M. no se corresponda con la actual se ac-tuará conforme a lo establecido en el Artículo 31.3 de la Normativa Urbanística General.
4.- NORMAS DE APROVECHAMIENTO.
- El Aprovechamiento está definido por el porcenta-je de ocupación máxima de la superficie de la par-cela con edificación y la altura de la edificación (PB+1).
- Superficie de parcela mínima = La existente en la ac-tualidad o 500 m2 para el caso de nuevas segrega-ciones.
5.- NORMAS DE GESTIÓN.
- Sistema de Actuación: Actuación Directa.
- En los supuestos de sustitución de la edificación ac-tual y obra nueva se deberá reurbanizar el frente de parcela.
- Las edificaciones existentes con un aprovechamiento superior al permitido en esta Unidad se consolidan y en las mismas se podrán realizar obras de reforma y rehabilitación. En el supuesto de obras nuevas, debe-rán ajustar la ocupación de parcela y su altura a las limitaciones impuestas en este artículo.
Se desagrega en: -U.C.-13-1 ... 445 m2 -U.C.-13-2 ... 1.020 m2 -U.C.-13-3 ... 776 m2 -U.C.-13-4 ... 2.656 m2 -U.C.-13-5 ... 2.230 m2 -U.C.-13-6 ... 539 m2 TOTAL ... 7.666 m2 Notas:
- Son determinaciones de ordenación urbanística estructurantes las señaladas en negrita.
ARTÍCULO 16 .- U.C.-14 “MERKATONDOA” 1.- DETERMINACIONES GENERALES.
- Clasificación del suelo ... Suelo Urbano Consolidado. - Calificación:
Uso global...Actividad Económica. Uso pormenorizado....Industrial y Servicios-Terciario. 2.- NORMAS DE ORDENACIÓN.
- Alineaciones definidas por el cierre de parcela, con-forme a lo grafiado en los planos.
- Altura máxima de la edificación = PB+1.
- Porcentaje máximo de ocupación de la superficie de la parcela con edificación.
Superficie Parcela % ocupación. < 500 m2 100%
500 m2 - 1.000 m2 80% 1.000 m2 - 2.000 m2 60%
> 2.000 m2. 40%
3.- NORMAS DE CESIONES.
- Se cederán a suelo público los espacios identificados en los planos de ordenación como viales.
- En los supuestos en los que la alineación propuesta por el P.G.M. no se corresponda con la actual se ac-tuará conforme a lo establecido en el Artículo 31.3 de la Normativa Urbanística General.
4.- NORMAS DE APROVECHAMIENTO.
- El Aprovechamiento está definido por el porcenta-je de ocupación máxima de la superficie de la par-cela con la edificación y por la altura de la edifica-ción.
- Superficie de parcela mínima: la existente en la actua-lidad o 500 m2 para el caso de segregaciones.
5.- NORMAS DE GESTIÓN.
- Sistema de Actuación: Actuación Directa.
- En los supuestos de sustitución de la edificación ac-tual y obra nueva se deberá reurbanizar el frente de parcela.
- Las edificaciones existentes con un aprovechamiento superior al permitido en esta Unidad se consolidan y en las mismas se podrán realizar obras de reforma y
industriales ubicados fuera del núcleo urbano y que esta zona, que por su accesibilidad y cercanía al Cen-tro Histórico es óptima para la construcción de nuevas viviendas, se destine a este uso.
- El Ayuntamiento de Estella elaborará un Estudio de Viabilidad en el que se plantee la posibilidad de susti-tución del uso industrial actual por un uso residencial, valorando las indemnizaciones que deben realizarse y los costes de urbanización y proponiendo el aprove-chamiento necesario para sustentar estos costes..
Se desagrega en: -U.C.-14-1 ...18.051 m2 -U.C.-14-2.1 ...10.626 m2 -U.C.-14-2.2 ...16.132 m2 -U.C.-14-3 ... 9.472 m2 TOTAL ...54.281 m2 6.- NORMAS DE USOS.
- El Uso “Industrial” propuesto en el planeamiento es equivalente al de Actividades Económicas entendien-do por tal al conjunto de actividades de carácter se-cundario (industrial) o terciario (servicios) que recorre el espectro que va desde los usos propiamente pro-ductivos e industriales hasta los usos ligados a las ac-tividades de ocio, administrativas, etc. Se adjunta una relación de usos que tienen cabida dentro del porme-norizado industrial. Se trata de una relación no exclu-yente, es decir, que se podrán ubicar otros usos simi-lares a los que se relacionan:
- Industrial: Industria media y ligera, naves, talleres, almacenes industriales, transformación, etc.
- Servicio: Servicios del automóvil, lavanderías, esta-ciones de servicio, comercial, terminales de trans-porte y logística, etc.
- Terciario: Oficinas, edificios de administración de empresas, centros de investigación y desarrollo (I+D), complejos recreativos, hostelería, culturales, etc.
ARTÍCULO 17 .-U.C.-15. ÁREA COMERCIAL. 1.- DETERMINACIONES GENERALES.
- Clasificación del suelo ... Suelo Urbano Consolidado. - Calificación:
Uso global...Actividad Económica. Uso pormenorizado...Comercial. 2.- NORMAS DE ORDENACIÓN.
- Alineación exterior conforme a lo definido en los pla-nos.
- Altura máxima de la edificación = PB+1.
- Los materiales a emplear en la edificación tendrán calidad suficiente que los diferencie de los edificios industriales.
3.- NORMAS DE CESIONES.
- El régimen de cesiones a suelo público está ultimado. - No se contemplan nuevas cesiones para suelos, zo-nas verdes, etc. aparte de las grafiadas en los planos.
4.- NORMAS DE APROVECHAMIENTO.
- El aprovechamiento está definido por la ocupa-ción máxima de la superficie con la edificaocupa-ción, las alineaciones exteriores y la altura de la edifi-cación (PB+1), grafiadas en los planos.
5.- NORMAS DE GESTIÓN.
- Sistema de Actuación: Actuación Directa.
- El mantenimiento de las áreas libres y zonas verdes anexas corre a cargo de la entidad propietaria del edi-ficio comercial. -U.C.-15-1 “Sabeco” ...15.418 m2 -U.C.-15-2 “Eroski” ... 6.571 m2 -U.C.-15-3 “Neto”... 4.550 m2 TOTAL ...26.539 m2 Notas:
- Son determinaciones de ordenación urbanística estructurantes las señaladas en negrita.
- Son determinaciones de ordenación urbanística pormenorizadas el resto
CAPÍTULO I. SUELO URBANO
CONSOLIDADO.
SECCIÓN 1ª. UNIDADES CONSOLIDADAS.
ARTÍCULO 1.- U.C. “CASCO HISTÓRICO” 1.- DETERMINACIONES GENERALES.
- Clasificación del suelo ... Suelo Urbano Consolidado. - Calificación:
Uso global...Residencial Intensivo. Alta Densidad. Uso pormenorizado... Residencial. Vivienda libre. 2.- NORMAS DE ORDENACIÓN.
- Alineaciones exteriores conforme a lo grafiado en los planos.
- Altura máxima de la edificación y fondo máximo edifi-cable conforme a lo establecido en el PEPRI.
- Se prohíben las viviendas interiores.
- Los huecos tendrán una composición vertical.
- Las fachadas tendrán una carácter de plano macizo sin movimiento volumétricos de entrantes ni salientes. - Se establece para la parcela 263 del polígono 3 (Ca-Chetas) la posibilidad de ocupar el 100% de la super-ficie de la parcela con edificación tanto en planta baja como en plantas elevadas. Además se permite una alternativa de edificación de B+3.
- Se prohíbe la instalación de placas solares en las cu-biertas de los edificios del Casco Histórico.
3.- NORMAS DE CESIONES.
- No se contemplan cesiones para zonas verdes o do-taciones públicas.
- En la documentación gráfica se reflejan las cesiones para ampliación de los espacios públicos (calles y plazas)
- En los supuestos en los que la alineación propuesta por el P.G.M. no se corresponda con la actual se ac-tuará conforme a lo establecido en el Artículo 31.3 de la Normativa Urbanística General.
4.- NORMAS DE APROVECHAMIENTO.
- El Aprovechamiento está definido por la ocupa-ción de la superficie de parcela con edificaocupa-ción en planta baja, el fondo máximo edificable en plantas elevadas y la altura máxima de la edificación, de-finido en el PEPRI.
5.- NORMAS DE GESTIÓN.
- Sistema de Actuación: Actuación Directa.
- En los supuestos de sustitución de la edificación ac-tual y obra nueva se deberá reurbanizar el frente de parcela.
- Las edificaciones existentes con un aprovechamiento superior al permitido en esta Unidad se consolidan y en las mismas se podrán realizar obras de reforma y rehabilitación. En el supuesto de obras nuevas, debe-rán ajustar su altura y fondo edificado a las limitacio-nes impuestas en este artículo.
- El Casco Histórico de Estella - Lizarra cuenta con un Plan Especial de Protección y Reforma Interior (P.E.P.R.I.) que establece las determinaciones urba-nísticas pormenorizadas de cada solar. Las determi-naciones del P.E.P.R.I., como planeamiento de desa-rrollo específico del Casco Histórico, prevalecen so-bre las establecidas en este artículo de manera que en caso de contradicción entre ambas se deberá atender a lo establecido en el P.E.P.R.I.
Se desagrega en:
-UCCH.-1 “San Juan”- ...138.191 m2 -UCCH.-2”Ruiz de Alda” ...10.755 m2 -UCCH.-3 “Sto. Domingo” ...29.888 m2 -UCCH.-4 “S. Pedro” ...33.136 m2 -UCCH.-5 ”Pl. Azucarero” ... 2.006 m2 Total ...214.056 m2
Notas:
- Son determinaciones de ordenación urbanística estructurantes las señaladas en negrita.
- Son determinaciones de ordenación urbanística pormenorizadas el resto
ARTÍCULO 2.- U.C.-1 RESIDENCIAL INTENSIVO. “LIZARRA”
1.- DETERMINACIONES GENERALES.
- Clasificación del suelo ... Suelo Urbano Consolidado. - Calificación:
Uso global...Residencial Intensivo. Alta Densidad. Uso pormenorizado... Residencial. Vivienda libre. 2.- NORMAS DE ORDENACIÓN.
- Alineaciones conforme a lo grafiado en los planos. - Altura máxima de la edificación = PB+4.
- Se permite la ocupación de la totalidad de la superfi-cie de los solares con edificación en planta baja y plantas elevadas.
3.- NORMAS DE CESIONES.
- No se contemplan cesiones a espacios públicos.
4.- NORMAS DE APROVECHAMIENTO.
- El Aprovechamiento está definido por la ocupa-ción en planta baja, el fondo máximo edificable que se corresponderá con lo construido a la en-trada en vigor del PUM en plantas elevadas y la al-tura máxima de la edificación.
- En el supuesto de sustitución de las edificaciones actuales y obras nuevas se podrá edificar como má-ximo un volumen similar al que se sustituye.
- No se permite la construcción de nuevas edificacio-nes en esta Unidad, salvo sustitución de las existen-tes.
5.- NORMAS DE GESTIÓN.
- Sistema de Actuación: Actuación Directa.
- En los supuestos de sustitución de las edificaciones actuales y obra nueva se deberá reurbanizar el frente de parcela.
Se desagrega en:
-U.C.-1 -1 “Pl. S. Agustín” ... 4.660 m2 -U.C.-1 -2 “ Cordeleros” ... 456 m2 -U.C.-1 -3”Barrio de Lizarra” ...14.450 m2 -U.C.-1 -4” Las Murallas” ... 426 m2 Total ...19.992 m2
Notas:
- Son determinaciones de ordenación urbanística estructurantes las señaladas en negrita.
ARTÍCULO 3.- U.C.-2 RESIDENCIAL INTENSIVO “ENSANCHE”
1.- DETERMINACIONES GENERALES.
- Clasificación del suelo ... Suelo Urbano Consolidado. - Calificación:
Uso global...Residencial Intensivo. Alta Densidad. Uso pormenorizado... Residencial. Vivienda libre. 2.- NORMAS DE ORDENACIÓN.
- Alineaciones y altura máxima de la edificación con-forme a lo grafiado en los planos.
- Se permite la ocupación de la totalidad de la superfi-cie de los solares con edificación en planta baja. - Fondo máximo edificable en plantas elevadas = 14 m.
3.- NORMAS DE CESIONES.
- En los supuestos en los que la alineación propuesta por el P.G.M. no se corresponda con la actual se ac-tuará conforme a lo establecido en el Artículo 31.3 de la Normativa Urbanística General.
4.- NORMAS DE APROVECHAMIENTO.
- El Aprovechamiento está definido por la ocupa-ción en planta baja, el fondo máximo edificable en plantas elevadas y la altura máxima de la edifica-ción.
5.- NORMAS DE GESTIÓN.
- Sistema de Actuación: Actuación Directa.
- En los supuestos de sustitución de la edificación ac-tual y obra nueva se deberá reurbanizar el frente de parcela.
- Las edificaciones existentes con un aprovechamiento superior al permitido en esta Unidad se consolidan y en las mismas se podrán realizar obras de reforma y rehabilitación. En el supuesto de su sustitución obras nuevas, deberán ajustar su altura y fondo edificado a las limitaciones impuestas en este artículo.
Se desagrega en:
-U.C.-2-1 “Fuente de la Salud” .. 5.575 m2 -U.C.-2-2 “Bloque de Zaldu” ... 771 m2 -U.C.-2-3“Bloque de Zaldu” ... 720 m2 -U.C.-2-4” Plaza Toros” ...38.705 m2 -U.C.-2-5 “Yerri”... 6.515 m2 -U.C.-2-6 “ Ensanche” ...49.117 m2 -U.C.-2-7 “Zalatambor” ...14.616 m2 -U.C.-2-8 “Camino Logroño” ... 7.045 m2 -U.C.-2-9 “Carlos VII” ...12.427 m2 -U.C.-2-10 “Amaiur” ... 4.314 m2 -U.C.-2-11 “El Volante” ... 6.139 m2 -U.C.-2-12 “Rio Urederra” ...11.610 m2 -U.C.-2-13 “Capilla Merced” ... 439 m2 -U.C.-2-14 “PL. S. José” ... 5.670 m2 -U.C.-2-15 “Rocamador” ... 1.668 m2 -U.C.-2-16 “Dr. Huarte” ... 6.732 m2 -U.C.-2-17 “Dtes. Sangre” ... 1.137 m2 - TOTAL ...173.200 m2
Notas:
- Son determinaciones de ordenación urbanística estructurantes las señaladas en negrita.
- Son determinaciones de ordenación urbanística pormenorizadas el resto
ARTÍCULO 4.- U.C.-3 RESIDENCIAL INTENSIVO. “EL PUY”
1.- DETERMINACIONES GENERALES.
- Clasificación del suelo ... Suelo Urbano Consolidado. - Calificación:
Uso global...Residencial Intensivo. Alta Densidad. Uso pormenorizado... Residencial. Vivienda libre. 2.- NORMAS DE ORDENACIÓN.
- Alineaciones conforme a lo grafiado en los planos. - Altura máxima de la edificación = PB+2.
- Se permite la ocupación de la totalidad de la superfi-cie de los solares con edificación en planta baja. - Fondo máximo edificable en plantas elevadas = 12 m.
3.- NORMAS DE CESIONES.
- Se deberán mantener las cesiones de zonas verdes públicas existentes en la Unidad.
4.- NORMAS DE APROVECHAMIENTO.
- El Aprovechamiento está definido por la ocupa-ción en planta baja, el fondo máximo edificable en plantas elevadas y la altura máxima de la edifica-ción.
- En el solar dotacional privado incluido en la Unidad se permite una ocupación máxima de su superficie con la edificación de un 25%.
5.- NORMAS DE GESTIÓN.
- Sistema de Actuación: Actuación Directa.
- En los supuestos de sustitución de la edificación ac-tual y obra nueva se deberá reurbanizar el frente de parcela.
- Las edificaciones existentes con un aprovechamiento superior al permitido en esta Unidad se consolidan y en las mismas se podrán realizar obras de reforma y rehabilitación. En el supuesto de obras nuevas, debe-rán ajustar su altura y fondo edificado a las limitacio-nes impuestas en este artículo.
- No se permite la construcción de nuevas edificacio-nes en esta Unidad salvo sustitución de las existen-tes.
Notas:
- Son determinaciones de ordenación urbanística estructurantes las señaladas en negrita.
- Son determinaciones de ordenación urbanística pormenorizadas el resto
ARTÍCULO 5.- U.C.-4 RESIDENCIAL INTENSIVO. 1.- IDENTIFICACIÓN Y DEFINICIÓN.
Son desagregaciones identificadas para explicar suelos en ejecución o en desarrollo. Provienen de ordenacio-nes pormenorizadas aprobadas definitivamente en su fecha. Están en ejecución, han construido la urbaniza-ción y han efectuado las cesiones que les correspon-dieran. Son las siguientes:
U.C.-4-1- Es la antigua UPP20 (Sector B) del PGOU 95. Se corresponde con la ejecución del Plan correspondiente “Agua Salada”. Está prácticamente ejecutada a falta de la cons-trucción de algún pequeño solar. Sus carac-terísticas y determinaciones urbanísticas provienen de sus planes ya aprobados defi-nitivamente.
U.C.-4.2- Proviene de la antigua U.E.-3-8 (PGOU 1995). Está prácticamente ejecutada a falta de la construcción de algún pequeño solar. Sus características y determinaciones urba-nísticas provienen de sus planes ya aproba-dos definitivamente.
U.C.-4.3- Proviene de una Modificación del PGOU-95 Aprobada Definitivamente por la O.F.-431/2005 de 14 de julio de 2005 Sector S-1 “Ibarra”. Está ejecutada la urbanización y falta por construir algunos solares. Sus ca-racterísticas y determinaciones urbanísticas provienen de sus planes ya aprobados defi-nitivamente.
U.C.-4.4.1 Provienen de la ejecución de la antigua U.E. U.C.-4.4.2 10.1 del PGOU 95.
El acuerdo municipal de 26.10.2011, acordó reubi-car 390,50 UA de la antigua UE.-19 “Canasa” (PGOU 1995) y trasladarlas a la U.C.-4.4.2. En orden a poder materializar estas 390,50 UA (equivalentes a 390,50 m2 construidos de vivienda libre) se permite la cons-trucción de una planta de ático en el solar resultante de la reparcelación de la antigua U.E.-10.1 (PGOU 1995) ubicado al Sur de la U.C.-4.4.2. Este aprovechamiento se añade al resultante del Proyecto de Reparcelación de la U.E.-10.1 (PGOU 1995) que no se modifica. Se tramitará el expediente administrativo oportuno para patrimonializar las UA citadas.
2.- DETERMINACIONES GENERALES.
- Clasificación del suelo ... Suelo Urbano Consolidado. - Calificación:
Uso global...Residencial Intensivo. Alta Densidad. Uso pormenorizado ... Residencial. Vivienda libre. 3.- DETERMINACIONES URBANÍSTICAS.
Las desagregaciones explicadas y grafiadas en los correspondientes planos de gestión tienen sus propias determinaciones y son vigentes por la aprobación defi-nitiva de sus tramitaciones urbanísticas, la ejecución de obras de urbanización y efectuadas las cesiones y/o construcciones.
Notas:
- Son determinaciones de ordenación urbanística estructurantes las señaladas en negrita.
ARTÍCULO 6.- U.C.-5 RESIDENCIAL SEMI-INTENSIVO. UNIFAMILIARES ADO-SADAS.
1.- DETERMINACIONES GENERALES.
- Clasificación del suelo ... Suelo Urbano Consolidado. - Calificación:
Uso global...Residencial Extensivo. Baja Densidad. Uso pormenorizado..Residencial. Unifamiliar Adosada. 2.- NORMAS DE ORDENACIÓN.
- Alineación exterior, definida por el cierre de parcela, conforme a lo grafiado en los planos.
- Altura máxima de la edificación: PB+1 y PB+2, con-forme a lo grafiado en los planos.
- Se permite una ocupación máxima de la superficie de la parcela con edificación del 80%.
3.- NORMAS DE CESIONES.
- En los supuestos en los que la alineación propuesta por el P.G.M. no se corresponda con la actual se ac-tuará conforme a lo establecido en el Artículo 31.3 de la Normativa Urbanística General.
4.- NORMAS DE APROVECHAMIENTO.
- El Aprovechamiento está definido por la ocupa-ción máxima de la superficie de la parcela con edi-ficación y la altura máxima de la ediedi-ficación.
- Superficie de parcela mínima : La existente en la ac-tualidad o 150 m2 para el caso de nuevas segrega-ciones.
5.- NORMAS DE GESTIÓN.
- Sistema de Actuación: Actuación Directa.
- En los supuestos de sustitución de la edificación ac-tual y obra nueva se deberá reurbanizar el frente de parcela.
- Las edificaciones existentes con un aprovechamiento superior al permitido en esta Unidad se consolidan y en las mismas se podrán realizar obras de reforma y rehabilitación. En el supuesto de obras nuevas, debe-rán ajustar la ocupación de la parcela con la edifica-ción y su altura a las limitaciones impuestas en este artículo.
Se desagrega en:
-U.C.-5-1 “Galdarrain” ...18.207 m2 -U.C.-5-2 “Paula Aguirre” ... 4.236 m2 -U.C.-5-3 “Camineros” ...18.526 m2 -U.C.-5-4 “S. Juan Pie de P.” ..22.388 m2 -U.C.-5-5 “La Merced” ... 4.427 m2 -U.C.-5-6 “Chalets Zalatambor .. 1.302 m2 -U.C.-5-7 “Avda Pamplona 6 ... 787 m2 -U.C.-5-8 “Zumalacárregui” ...22.517 m2 -U.C.-5-9 “Valencianos” ... 2.441 m2 -U.C.-5-10 “C. Lizarra” ... 2.054 m2 -TOTAL ...96.885 m2 -Notas:
- Son determinaciones de ordenación urbanística estructurantes las señaladas en negrita.
- Son determinaciones de ordenación urbanística pormenorizadas el resto.
ARTÍCULO 7.- U.C.-6.A RESIDENCIAL EXTENSIVO UNIFAMILIAR EN PARCELA MEDIA-NA.
1.- DETERMINACIONES GENERALES.
- Clasificación del suelo ... Suelo Urbano Consolidado. - Calificación:
Uso global...Residencial Intensivo. Alta Densidad. Uso pormenorizado. Residencial. Unifamiliar Aislada. 2.- NORMAS DE ORDENACIÓN.
- Alineación exterior, definida por el cierre de parcela, conforme a lo grafiado en los planos.
- Altura máxima de la edificación = PB+1, excepto en la U.C.-6.A-10 en la que se permite PB+2.
- Se permite una ocupación máxima de la superficie de la parcela con edificación del 40%.
- Retranqueo mínimo de la edificación: - 5 m, a los viales estructurantes. - 3 m, a espacio público.
- 1 m, a los linderos interiores.
- Se permite la construcción de viviendas pareadas. En este supuesto, las determinaciones sobre retranqueos se aplicarán a la unidad edificada (2 viviendas). - Para poder tener luces y vistas hacia los linderos
inte-riores, será necesario retranquearse una distancia de 3 m.
3.- NORMAS DE CESIONES.
- En los supuestos en los que la alineación propuesta por el P.G.M. no se corresponda con la actual se ac-tuará conforme a lo establecido en el Artículo 31.3 de la Normativa Urbanística General.
4.- NORMAS DE APROVECHAMIENTO.
- El Aprovechamiento está definido por el porcenta-je de ocupación máxima de la superficie de la par-cela con edificación (40%) y la altura de la edifica-ción (PB+1).
- Superficie de parcela mínima = La existente en la ac-tualidad o 500 m2 para el caso de nuevas segrega-ciones.
- La U.C.-6.A-10 tiene una parcela edificable de 520 m2 de suelo compatible con dos viviendas unifamiliares. Superficie construida máxima 400 m2 construidos. Número máximo de plantas PB+2.
5.- NORMAS DE GESTIÓN.
- Sistema de Actuación: Actuación Directa.
- En los supuestos de sustitución de la edificación ac-tual y obra nueva se deberá reurbanizar el frente de parcela.
- Las edificaciones existentes con un aprovechamiento superior al permitido en esta Unidad se consolidan y en las mismas se podrán realizar obras de reforma y rehabilitación. En el supuesto de obras nuevas, debe-rán ajustar la ocupación de parcela y su altura a las limitaciones impuestas en este artículo.
- Para llevar a cabo la actuación prevista en la U.C.-6.A-10 se deberá tramitar con anterioridad una Modi-ficación Puntual del PEPRI.
Se desagrega en:
-U.C.-6.A-1 “Sta. Soria”” ...34.791 m2 -U.C.-6.A-2 “C.Ibarra” ...26.074 m2 -U.C.-6.A-3 “C.Santesteban” ... 3.869 m2 -U.C.-6.A-4 “A. Pamplona” ... 9.597 m2 -U.C.-6.A-5 “ M. Iranzu” ...10.872 m2 -U.C.-6.A-6 “Alkaburúa” ... 1.283 m2 -U.C.-6.A-7 “C. Zaldu” ... 3.718 m2 -U.C.-6.A-8 “Tr. Pio Baroja” ...10.783 m2 -U.C.-6.A-9 “C.Remontival” ...26.670 m2 -U.C,.6.A-10 “Sta. María” ... 1.665 m2 TOTAL ...129.322 m2
Notas:
- Son determinaciones de ordenación urbanística estructurantes las señaladas en negrita.
ARTÍCULO 8.- U.C.-6B RESIDENCIAL EXTENSIVO EN UNIFAMILIARES ADOSADAS EN VALDELOBOS.
1.- DETERMINACIONES GENERALES.
- Clasificación del suelo ... Suelo Urbano Consolidado. - Calificación:
Uso global...Residencial Intensivo. Alta Densidad. Uso pormenorizado..Residencial. Unifamiliar Adosada. 2.- NORMAS DE ORDENACIÓN.
- Alineación exterior, definida por el cierre de parcela, conforme a lo grafiado en los planos.
- Alineación interior, conforme a los grafiado en los pla-nos.
- Altura máxima de la edificación = PB+1.
3.- NORMAS DE CESIONES.
- En los supuestos en los que la alineación propuesta por el P.G.M. no se corresponda con la actual se ac-tuará conforme a lo establecido en el Artículo 31.3 de la Normativa Urbanística General.
4.- NORMAS DE APROVECHAMIENTO.
- Se establece, para estas parcelas, una edificabili-dad media de 0,4186 metros cuadrados construi-dos por metros cuadraconstrui-dos de parcela.
- Superficie de parcela mínima = La existente en la ac-tualidad o 300 m2 para el caso de nuevas segrega-ciones.
5.- NORMAS DE GESTIÓN.
- Sistema de Actuación: Actuación Directa.
- En los supuestos de sustitución de la edificación ac-tual y obra nueva se deberá reurbanizar el frente de parcela.
- Las edificaciones existentes con un aprovechamiento superior al permitido en esta Unidad se consolidan y en las mismas se podrán realizar obras de reforma y rehabilitación. En el supuesto de obras nuevas, debe-rán ajustar la ocupación de parcela y su altura a las limitaciones impuestas en este artículo.
- Existe un Proyecto de Reparcelación de esta Unidad Consolidada que establece las determinaciones Por-menorizadas de la Unidad (Proyecto de Reparcela-ción Voluntaria Parcelas 46 y 48 Polígono 2 de Este-lla-Lizarra de agosto de 2003).
Notas:
- Son determinaciones de ordenación urbanística estructurantes las señaladas en negrita.
- Son determinaciones de ordenación urbanística pormenorizadas el resto.
ARTÍCULO 9.- U.C.-7 RESIDENCIAL EXTENSIVO UNIFAMILIAR EN PARCELA GRAN-DE
1.- DETERMINACIONES GENERALES.
- Clasificación del suelo ... Suelo Urbano Consolidado. - Calificación:
Uso global...Residencial Extensivo. Baja Densidad. Uso pormenorizado..Residencial. Unifamiliar Aislada. 2.- NORMAS DE ORDENACIÓN.
- Alineación exterior, definida por el cierre de parcela, conforme a lo gr-afiado en los planos.
- Altura máxima de la edificación = PB+1.
- Se permite una ocupación máxima de la superficie de la parcela con edificación del 30%.
- Retranqueo mínimo de la edificación: - 5 m a los viales estructurantes. - 3 m a espacio público.
- 1 m a los linderos interiores.
- Se permite la construcción de viviendas pareadas. En este supuesto, las determinaciones sobre retranqueos se aplicarán a la unidad edificada (2 viviendas). - Para poder tener luces y vistas hacia los linderos
inte-riores, será necesario retranquearse una distancia de la parcela con la edificación de 3 m.
3.- NORMAS DE CESIONES.
- En los supuestos en los que la alineación propuesta por el P.G.M. no se corresponda con la actual se ac-tuará conforme a lo establecido en el Artículo 31.3 de la Normativa Urbanística General.
4.- NORMAS DE APROVECHAMIENTO.
- El Aprovechamiento está definido por el porcenta-je de ocupación máxima de la superficie de la par-cela con edificación (30%) y la altura de la edifica-ción (PB+1).
- Superficie de parcela mínima = La existente en la ac-tualidad o 750 m2 para el caso de nuevas segrega-ciones.
5.- NORMAS DE GESTIÓN.
- Sistema de Actuación: Actuación Directa.
- En los supuestos de sustitución de la edificación ac-tual y obra nueva se deberá reurbanizar el frente de parcela.
- Las edificaciones existentes con un aprovechamiento superior al permitido en esta Unidad se consolidan y en las mismas se podrán realizar obras de reforma y rehabilitación. En el supuesto de obras nuevas, debe-rán ajustar su altura y fondo edificado a las limitacio-nes impuestas en este artículo.
Se desagrega en:
-U.C.-7-1 “Las Lomas” ...195.094 m2 -U.C.-7-2 “Zumalacarregui” ... 2.328 m2 -U.C.-7-3 “Parcela Ibarra” ... 3.269 m2 TOTAL ...200.691 m2
Notas:
- Son determinaciones de ordenación urbanística
estructu-rantes las señaladas en negrita.
- Son determinaciones de ordenación urbanística
ARTÍCULO 10.- U.C.-8 DOTACIONAL LOS LLANOS 1.- DETERMINACIONES GENERALES.
- Clasificación del suelo ... Suelo Urbano Consolidado. - Calificación:
Uso global... ...Zonas Verdes y Áreas Libres. Uso pormenorizado...Dotacional.
2.- NORMAS DE ORDENACIÓN.
- Alineación, definida por el cierre de parcela, conforme a lo grafiado en los planos.
- Altura de la edificación conforme a lo grafiado en los planos.
- La dotación privada Restaurante “Navarra” podrá
au-mentar la edificación actual hasta 1.176 m2 construi-dos ocupando 100 m2 de su jardín privado, con servi-dumbre de uso público, y elevando la edificación has-ta PB+2. Se amplía el uso terciario dehas-tallado hashas-ta el Hotelero - hostelero.
3.- NORMAS DE CESIONES.
- Se cederán a suelo público los espacios identificados en los planos de ordenación como viales.
- En los supuestos en los que la alineación propuesta por el P.G.M. no se corresponda con la actual se ac-tuará conforme a lo establecido en el Artículo 31.3 de la Normativa Urbanística General.
4.- NORMAS DE APROVECHAMIENTO.
- Aprovechamiento Medio = 0,34 U.A./m2.
- Se permite, en la parcela de la Ikastola Lizarra, la ampliación de sus instalaciones, por encima del 0,34 U.A./m2.Concretamente se permite edificar 600 m2 de superficie construida en Planta Baja.
- En la parcela catastral 216 “La Navarra”, se permite la nueva edificación de 1.176 m2 construidos en PB+2 ocupando parte del jardín privado.
5.- NORMAS DE GESTIÓN.
- Sistema de Actuación: Actuación Directa.
- En el supuesto de desaparición de la actividad que actualmente se desarrolla en estas parcelas se podrá sustituir el uso por otro equipamiento privado o público, por un uso institucional o por un uso de Servicios – Terciario de las mismas condiciones y características que las establecidas en el P.E.P.U. de Los Llanos.
- El Parque de Los Llanos de Estella - Lizarra cuenta con un Plan Especial de Protección y Usos de Los Llanos (P.E.P.U.) que establece las determinaciones urbanísticas pormenorizadas de cada Unidad Básica. La Aprobación Definitiva de este documento fue pu-blicado oficialmente en el B.O.N. Nº6 de 13 de enero de 2010.
- Las determinaciones del P.E.P.U. “Los Llanos”, como desarrollo específico de este ámbito, completan las establecidas en el P.G.M.
- La Normativa Particular establecida en el P.E.P.U. para el ámbito de “Los Llanos” se incorpora como normativa vinculante del P.G.M. Se adjunta la
Nor-mativa del P.E.P.U. de Los Llanos como anexo a la Normativa Urbanística del Plan.
Notas:
- Son determinaciones de ordenación urbanística estructurantes las señaladas en negrita.
- Son determinaciones de ordenación urbanística pormenorizadas el resto
ARTÍCULO 11.-U.C.-9 ESTACIONES DE SERVICIO 1.- DETERMINACIONES GENERALES.
- Clasificación del suelo ... Suelo Urbano Consolidado. - Calificación:
Uso global...Residencial Intensivo. Alta Densidad. Uso pormenorizado... ...Estaciones de Servicio. 2.- NORMAS DE ORDENACIÓN.
- Alineación exterior conforme a lo grafiado en los pla-nos.
- Altura máxima de la edificación = PB+1.
- De existir un cierre exterior de la parcela éste no po-drá tener una altura superior a 2 m ni ser opaco. - Se permite una ocupación máxima de la superficie de
la parcela con la edificación del 40%.
3.- NORMAS DE CESIONES.
- Se contemplan como cesión a suelo público para via-les la superficie de parcelas que queda fuera de la alineación exterior.
4.- NORMAS DE APROVECHAMIENTO.
- El Aprovechamiento está definido por la ocupa-ción máxima de la superficie de la parcela con la edificación y la altura máxima de la edificación.
- Superficie de parcela mínima: 500 m2.
5.- NORMAS DE GESTIÓN.
- Sistema de Actuación: Actuación Directa.
- En los supuestos de sustitución de las instalaciones actuales se deberá reurbanizar el frente de la parcela. Se desagrega en:
-U.C.-9-1 “Zaldu” ... 892 m2 -U.C.-9-2 “Avda, Pamplona” ... 1.145 m2 -U.C.-9-3 “Velaz” ... 2.545 m2 TOTAL ... 4.582 m2
Notas:
- Son determinaciones de ordenación urbanística estructurantes las señaladas en negrita.
- Son determinaciones de ordenación urbanística pormenorizadas el resto