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IES BELLAVISTA. Cta. de la Isla s/n SEVILLA PROYECTO EDUCATIVO

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IES BELLAVISTA

Cta. de la Isla s/n

SEVILLA

PROYECTO EDUCATIVO

(2)

Índice

ÍNDICE DEL PROYECTO EDUCATIVO

CAPÍTULO 1 ... 1

OBJETIVOS PROPIOS PARA LA MEJORA DEL RENDIMIENTO ESCOLAR Y LA CONTINUIDAD DEL ALUMNADO EN EL SISTEMA EDUCATIVO ... 1

1.1. OBJETIVOS ESTABLECIDOS POR LA NORMATIVA EDUCATIVA ... 1

1.2. OBJETIVOS PROPIOS ... 1

En el ámbito educativo ... 1

En el ámbito de la convivencia ... 2

En el ámbito familiar ... 2

En el ámbito organizativo ... 2

En el ámbito del profesorado ... 2

CAPÍTULO 2 ... 3

LÍNEAS DE ACTUACIÓN PEDAGÓGICA ... 3

CAPÍTULO 3 ... 4

COORDINACIÓN Y CONCRECIÓN DE LOS CONTENIDOS CURRICULARES Y TRATAMIENTO DE LOS ELEMENTOS TRANSVERSALES ... 4

3.1. REFERENCIA LEGISLATIVA ... 4

3.2. LAS COMPETENCIAS CLAVE EN EL CURRÍCULO ... 4

3.3. EL MARCO NORMATIVO COMÚN ... 5

3.3.1. EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA ... 5

3.3.2. BACHILLERATO ... 6

3.4. LA CONCRECIÓN A NIVEL DE CENTRO ... 7

3.5. CRITERIOS GENERALES PARA LA ELABORACIÓN DE LAS PROGRAMACIONES DIDÁCTICAS ... 8

3.5.1. ESTRUCTURA DE LA PROGRAMACIÓN ... 8

3.5.2. PATRÓN DE ESTILO PARA LA PROGRAMACIÓN ... 12

3.5.3. PROGRAMACIONES DIDÁCTICAS ... 14

3.6. LOS ELEMENTOS TRANSVERSALES. LA EDUCACIÓN EN VALORES. ... 15

CAPÍTULO 4 ... 16

CRITERIOS PEDAGÓGICOS PARA LA DETERMINACIÓN DE LOS ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE Y DEL HORARIO DE DEDICACIÓN DE LAS PERSONAS RESPONSABLES DE LOS MISMOS. ... 16

4.1. REFERENCIA LEGISLATIVA ... 16

4.2 ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE... 16

(3)

Índice

4.2.2. ÁREAS DE COMPETENCIAS ... 16

4.2.3. DEPARTAMENTO DE ORIENTACIÓN ... 17

4.2.4. DEPARTAMENTO DE FORMACIÓN, EVALUACIÓN E INNOVACIÓN EDUCATIVA. ... 17

4.2.5. EQUIPO TÉCNICO DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA ... 17

4.2.6. TUTORÍAS ... 18

4.2.7. DEPARTAMENTOS DE COORDINACIÓN DIDÁCTICA ... 18

4.2.8. DEPARTAMENTO DE ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y EXTRAESCOLARES (DACE) ... 18

4.3. HORARIO DE DEDICACIÓN DE LAS PERSONAS RESPONSABLES DE LOS ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE ... 19

CAPÍTULO 5 ... 20

LA EVALUACIÓN, PROMOCIÓN Y TITULACIÓN. ... 20

5.1 REFERENCIA LEGISLATIVA ... 20

5.2. CARACTERÍSTICAS DE LA EVALUACIÓN... 21

5.3. CRITERIOS COMUNES DE EVALUACIÓN ... 21

5.4. PROCEDIMIENTOS COMUNES DE EVALUACIÓN ... 23

5.5. CRITERIOS COMUNES DE CALIFICACIÓN ... 24

5.5.1. EN LA ESO ... 24

5.5.2. EN EL BACHILLERATO ... 24

5.6. INFORMACIÓN AL ALUMNADO Y LOS PADRES SOBRE EL PROCESO DE EVALUACIÓN... 25

5.7. DESARROLLO DEL PROCESO DE EVALUACIÓN ... 25

5.7.1. INFORMACIÓN APORTADA POR EL PROGRAMA TRÁNSITO ... 25

5.7.2. EVALUACIÓN INICIAL ... 26

5.7.3. SESIONES DE EVALUACIÓN ... 26

5.7.4. EVALUACIÓN FINAL ORDINARIA Y EVALUACIÓN EXTRAORDINARIA DE SEPTIEMBRE. ... 27

5.7.5. EVALUACIÓN DEL ALUMNADO CON NECESIDAD ESPECÍFICA DE APOYO EDUCATIVO ... 27

5.7.6. CONSIDERACIONES A TENER EN CUENTA EN LA EVALUACIÓN DEL ALUMNADO QUE CURSA PROGRAMAS DE MEJORA DEL APRENDIZAJE Y DEL RENDIMIENTO. ... 28

5.8. PROMOCIÓN DEL ALUMNADO EN LA ESO ... 28

5.8.1. PROCEDIMIENTO GENERAL... 28

5.8.2. INCORPORACIÓN AL PROGRAMA DE MEJORA DEL APRENDIZAJE Y DEL RENDIMIENTO (PMAR)... 29

5.8.3. PROMOCIÓN DEL ALUMNADO QUE CURSA EL PROGRAMA DE MEJORA DEL APRENDIZAJE Y DEL RENDIMIENTO ... 30

5.9. TITULACIÓN DEL ALUMNADO EN LA ESO ... 31

5.10. PROMOCIÓN DEL ALUMNADO EN EL BACHILLERATO ... 31

5.11. TITULACIÓN DEL ALUMNADO EN EL BACHILLERATO ... 32

5.12. PROCEDIMIENTO PARA SER OÍDOS EL ALUMNO Y SUS REPRESENTANTES LEGALES SOBRE LAS CALIFICACIONES FINALES Y LA DECISIÓN DE PROMOCIÓN... 32

(4)

Índice

CAPÍTULO 6 ... 33

CRITERIOS PARA ORGANIZAR Y DISTRIBUIR EL TIEMPO ESCOLAR. OBJETIVOS Y PROGRAMAS DE INTERVENCIÓN EN EL TIEMPO EXTRAESCOLAR ... 33

6.1. HORARIO DEL CENTRO ... 33

6.2. PROGRAMA DE ACOMPAÑAMIENTO ESCOLAR ... 34

6.3. LAS ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y EXTRAESCOLARES ... 34

6.3.1. REALIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES ... 35

6.3.2. NÚMERO DE PROFESORES PARTICIPANTES EN LAS SALIDAS ... 36

6.3.3. PROFESORADO PARTICIPANTE EN LAS SALIDAS: ... 36

6.3.4. MODIFICACIÓN DE HORARIOS POR LAS ACTIVIDADES ... 36

6.3.5. COMUNICACIÓN DE REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES ... 37

6.3.6. VIAJE DE FIN DE ESTUDIOS DE 4º DE ESO ... 37

CAPÍTULO 7 ... 38

CRITERIOS PARA ESTABLECER LOS AGRUPAMIENTOS DEL ALUMNADO Y LA ASIGNACIÓN DE LAS TUTORÍAS ... 38

7.1. CRITERIOS GENERALES... 38

7.2. CRITERIOS ESPECÍFICOS PARA CADA NIVEL ... 38

7.2.1. 1º ESO ... 38

7.2.2. 2º ESO ... 38

7.2.3. 3º ESO ... 39

7.2.4. 4º ESO ... 39

7.2.5. 1º y 2º BACHILLERATO ... 40

7.3. PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR CAMBIOS DE GRUPO ... 40

7.4. ASIGNACIÓN DE TUTORÍAS ... 40

CAPÍTULO 8 ... 42

LOS CRITERIOS PARA DETERMINAR LA OFERTA DE MATERIAS OPTATIVAS ... 42

8.1. REFERENCIA LEGISLATIVA ... 42

8.2. EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA ... 42

8.2.1. 1º ESO ... 43

8.2.2. 2º ESO ... 44

8.2.3. 3º ESO ... 44

8.2.4. 4º ESO ... 45

8.3. BACHILLERATO ... 46

8.3.1. 1º BACHILLERATO ... 46

8.3.2. 2º BACHILLERATO ... 47

(5)

Índice

CAPÍTULO 9 ... 49

LA ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD. ... 49

9.1. REFERENCIA LEGISLATIVA ... 49

9.2. LA ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD COMO EJE PRINCIPAL DE ACTUACIÓN DE TODA LA COMUNIDAD EDUCATIVA ... 49

9.3. MEDIDAS COLECTIVAS DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD ... 50

9.3.1. AGRUPAMIENTOS FLEXIBLES ... 50

9.3.2. DESDOBLAMIENTO DE GRUPOS ... 50

9.3.3. AGRUPACIÓN DE MATERIAS EN ÁMBITOS EN 1º ESO ... 50

9.3.4. UTILIZACIÓN DE LAS HORAS DE LIBRE DISPOSICIÓN EN 1º, 2º y 3º ESO ... 51

9.3.5. PROGRAMA DE REFUERZO DE MATERIAS TRONCALES EN 1º ESO ... 51

9.3.6. PROGRAMA DE REFUERZO DE MATERIAS TRONCALES EN 4º ESO ... 51

9.3.7. PROGRAMA DE MEJORA DEL APRENDIZAJE Y DEL RENDIMIENTO (PMAR) ... 52

9.4. MEDIDAS INDIVIDUALIZADAS DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD ... 54

9.4.1. PROGRAMAS DE REFUERZO PARA LA RECUPERACIÓN DE LOS APRENDIZAJES NO ADQUIRIDOS PARA EL ALUMANDO QUE PROMOCIONA CON PENDIENTES ... 54

9.4.2. PLANES ESPECÍFICOS PERSONALIZADOS ORIENTADOS A LA SUPERACIÓN DE LAS DIFICULTADES DETECTADAS EN EL CURSO ANTERIOR PARA EL ALUMNADO QUE NO PROMOCIONA ... 55

9.4.3. PROGRAMAS PARA EL ALUMNADO EXTRANJERO. ... 61

9.4.4. ADAPTACIONES CURRICULARES NO SIGNIFICATIVAS (ACNS) ... 61

9.4.5. ADAPTACIONES CURRICULARES SIGNIFICATIVAS (ACS) ... 64

9.4.6. ADAPTACIONES CURRICULARES PARA EL ALUMNADO CON ALTAS CAPACIDADES CURRICULARES (ACAI) ... 65

9.4.7. APOYO A LA INTEGRACIÓN ... 65

9.4.8. PROGRAMA DE REFUERZO, ORIENTACIÓN Y APOYO ESCOLAR (PROA). MODALIDAD ACOMPAÑAMIENTO ESCOLAR. ... 66

CAPÍTULO 10 ... 68

EL PLAN DE ORIENTACIÓN Y ACCIÓN TUTORIAL ... 68

CAPÍTULO 11 ... 69

PLAN DE CONVIVENCIA ... 69

11.1. OBJETIVOS ... 69

11.2. SITUACIÓN DE LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO ... 69

11.2.1. CAUSAS ... 70

11.2.2. CONFLICTOS MÁS FRECUENTES ... 70

11.2.3. NIVELES EN LOS QUE SE PRODUCEN LOS CONFLICTOS ... 70

(6)

Índice

11.3. SOBRE LAS NORMAS DE CONVIVENCIA ... 71

11.3.1. DEBERES DEL ALUMNADO: ... 71

11.3.2. DERECHOS DEL ALUMNADO: ... 72

11.3.3. INCUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS DE CONVIVENCIA. ... 73

11.3.4. GRADACIÓN DE LAS CORRECCIONES Y DE LAS MEDIDAS DISCIPLINARIAS. ... 73

11.3.5. ÁMBITOS DE LAS CONDUCTAS A CORREGIR ... 74

11.4. NORMAS DE CONVIVENCIA GENERALES DEL CENTRO ... 75

11.5. NORMAS DE CONVIVENCIA ESPECÍFICAS DEL AULA... 75

11.6. NORMAS DE USO DEL TRANSPORTE ESCOLAR ... 76

11.7. CONTROL DEL ACCESO Y DE LAS SALIDAS DEL CENTRO ... 76

11.8. CONTROL DE LAS FALTAS DE ASISTENCIA E IMPUNTUALIDAD DEL ALUMNADO ... 77

11.8.1. JUSTIFICACIÓN DE LAS FALTAS DE ASISTENCIA... 77

11.9. CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA Y SU CORRECCIÓN. ... 79

11.10. CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA Y SU CORRECCIÓN ... 80

11.11. PROCEDIMIENTOS Y DOCUMENTOS PARA LA GESTIÓN DE LAS CORRECCIONES. ... 81

11.11.1. PROCEDIMIENTO GENERAL... 81

11.11.2. DOCUMENTOS ... 82

11.12. LA COMISIÓN DE CONVIVENCIA ... 85

11.12.1. REUNIONES DE LA COMISIÓN DE CONVIVENCIA ... 85

11.13. EL AULA DE CONVIVENCIA ... 86

11.13.1. DESCRIPCIÓN ... 86

11.13.2. FUNCIONAMIENTO ... 86

11.13.3. PROCEDIMIENTO A SEGUIR POR EL PROFESOR QUE ENVÍA UN ALUMNO AL AULA DE CONVIVENCIA ... 87

11.13.4. PROCEDIMIENTO A SEGUIR POR EL PROFESOR QUE ATIENDE EL AULA DE CONVIVENCIA ... 87

11.14. MEDIDAS A APLICAR EN EL CENTRO PARA PREVENIR, DETECTAR, MEDIAR Y RESOLVER LOS CONFLICTOS QUE PUDIERAN PLANTEARSE ... 88

11.14.1. MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y DETECCIÓN DE CONFLICTOS ... 88

11.14.2. MEDIDAS DE MEDIACIÓN EN CONFLICTOS ... 89

11.14.3. MEDIDAS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS ... 90

11.14.4. FUNCIONES DE LOS DELEGADOS DEL ALUMNADO EN LA MEDIACIÓN PARA LA RESOLUCIÓN PACÍFICA DE LOS CONFLICTOS QUE PUDIRAN PRESENTARSE ENTRE EL ALUMNADO. ... 90

11.14.5. DELEGADO DE PADRES Y MADRES DEL ALUMNADO ... 92

11.15. EL PROCEDIMIENTO PARA SUSCRIBIR COMPROMISOS EDUCATIVOS Y DE CONVIVENCIA CON LAS FAMILIAS ... 93

(7)

Índice

CAPÍTULO 12 ... 95

PLAN DE FORMACIÓN DEL PROFESORADO ... 95

12.1. INTRODUCCIÓN ... 95

12.1. LOS OBJETIVOS DEL PLAN DE FORMACIÓN. ... 95

12.2. LA DETECCIÓN DE NECESIDADES FORMATIVAS Y/O POSIBILIDADES DE MEJORA ... 96

CUESTIONARIO PARA LA DETECCIÓN DE NECESIDADES ... 97

12.3. LA ELABORACIÓN DEL PLAN ANUAL DE FORMACIÓN DEL PROFESORADO ... 99

12.4. LA EVALUACIÓN DEL PLAN ANUAL DE FORMACIÓN DEL PROFESORADO ... 100

12.5. COLABORACIÓN DEL CENTRO CON LA FORMACIÓN INICIAL DEL PROFESORADO ... 101

CAPÍTULO 13 ... 102

PLANES ESTRATÉGICOS Y PROGRAMAS EDUCATIVOS QUE SE DESARROLLAN EN EL IES BELLAVISTA ...102

13.1. RELACIÓN DE PLANES Y PROGRAMAS ... 102

13.2. PLAN ESCUELA TIC 2.0 ... 104

13.3. PLAN DE APERTURA DE CENTROS DOCENTES ... 105

13.4. PLAN DE COMPENSACIÓN EDUCATIVA ... 106

13.5 PLAN DE IGUALDAD ENTRE HOMBRES Y MUJERES EN LA EDUCACIÓN ... 107

13.6. PLAN DE SALUD LABORAL Y PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES ... 109

13.7. FORMA JOVEN EN EL ÁMBITO EDUCATIVO ... 110

13.8. PROGRAMA DE REFUERZO, ORIENTACIÓN Y APOYO EN LOS CENTROS DOCENTES PÚBLICOS DE ANDALUCÍA (PROA ANDALUCÍA). MODALIDAD DE ACOMPAÑAMIENTO ESCOLAR. ... 112

13.9. LA BIBLIOTECA COMO ESPACIO EDUCATIVO ... 113

CAPÍTULO 14 ... 114

LOS PROCEDIMIENTOS DE EVALUACIÓN INTERNA ...114

14.1. REFERENCIA LEGISLATIVA ... 114

14.2. LAS COMPETENCIAS EN EL PROCESO DE AUTOEVALUACIÓN Y MEJORA ... 118

14.3. LA MEMORIA DE AUTOEVALUACIÓN ... 119

14.4. EL PLAN DE MEJORA ... 119

14.5. LA ADAPTACIÓN AL SISTEMA SÉNECA: ORGANIZACIÓN DE PROPUESTAS DE MEJORA POR FACTORES CLAVE ... 120

14.5.1. EL PLAN DE MEJORA ... 120

14.5.2. LA MEMORIA DE AUTOEVALUACIÓN ... 121

APÉNDICE DE MODELOS ... 122

INTRODUCCIÓN ... 1

(8)

Índice

1. PRINCIPIOS BÁSICOS DE LA ORIENTACIÓN ... 1

2. FUNCIONES DE LA ORIENTACIÓN. ... 2

3. PROFESORADO QUE COMPONE EL DEPARTAMENTO DE ORIENTACIÓN ... 3

4. OBJETIVOS DEL DEPARTAMENTO DE ORIENTACIÓN ... 4

4.1. OBJETIVOS GENERALES ... 4

4.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS ... 4

4.2.1. RESPECTO AL CENTRO ... 4

4.2.4. RESPECTO A LAS FAMILIAS ... 6

5. ACTUACIONES A DESARROLLAR POR LOS MIEMBROS DEL DEPARTAMENTO DE ORIENTACIÓN ... 6

5.1. ACTUACIONES DEL DEPARTAMENTO DE ORIENTACIÓN ... 6

5.2. ACTUACIONES DEL PROFESORADO ESPECIALISTA EN PEDAGOGÍA TERAPÉUTICA. ... 8

5.3. ACTUACIONES DEL PROFESOR TUTOR: ... 9

5.4. ACTUACIONES DEL PROFESORADO QUE TENGA ASIGNADO IMPARTIR LOS ÁMBITOS DE LOS PMAR ... 9

6. PROGRAMACIONES DEL PROFESORADO TUTOR RELATIVA A LA HORA LECTIVA CON EL GRUPO DE ALUMNOS Y ALUMNAS. ... 10

6.1. ACTIVIDADES PARA PRIMERO DE ESO: ... 10

6.2. ACTIVIDADES PARA SEGUNDO DE ESO: ... 11

6.3. ACTIVIDADES PARA TERCERO DE ESO: ... 12

6.4. ACTIVIDADES PARA CUARTO DE ESO: ... 13

6.5. ACTIVIDADES PARA PRIMERO Y SEGUNDO DE BACHILLERATO ... 14

6.6. PROGRAMACIÓN DE LA TUTORÍA ESPECÍFICA CON EL ALUMNADO DEL PMAR (ORIENTADORA) ... 15

6.6.1. OBJETIVOS ... 15

6.6.2. CONTENIDOS ... 15

6.6.3. ACTIVIDADES ... 16

6.6.4. METODOLOGÍA. ... 16

6.6.5. CRITERIOS DE EVALUACIÓN ... 16

PROGRAMA 1: AUTOESTIMA ... 17

PROGRAMA 2: APRENDER A ESTUDIAR ... 18

PROGRAMA 3: LA UTILIZACIÓN DE LA WEB COMO RECURSO EN LA VIDA COTIDIANA ... 20

PROGRAMA 4: ORIENTACIÓN ACADÉMICA Y PROFESIONAL ... 21

PROGRAMA 5: BÚSQUEDA DE EMPLEO ... 22

7. COORDINACIÓN ENTRE LOS MIEMBROS DEL DEPARTAMENTO DE ORIENTACIÓN ... 23

8. COORDINACIÓN CON SERVICIOS E INSTITUCIONES DEL ENTORNO ... 23

8.1. COORDINACIÓN CON LOS SERVICIOS DE ORIENTACIÓN ... 23

(9)

Índice

8.1.1. COORDINACIÓN DE LOS DEPARTAMENTOS DE ORIENTACIÓN ... 24 8.2. COORDINACIÓN CON INSTITUCIONES DEL ENTORNO ... 24 9. PROYECTOS Y PROGRAMAS ... 25 ANEXO 1: PROGRAMACIONES DEPARTAMENTOS

ANEXO 2: PLAN DE ORIENTACIÓN Y ACCIÓN TUTORIAL ANEXO 3: PLAN DE FORMACIÓN DEL PROFESORADO

(10)

Capítulo 1. Objetivos propios para la mejora del rendimiento y la continuidad

CAPÍTULO 1

OBJETIVOS PROPIOS PARA LA MEJORA DEL RENDIMIENTO ESCOLAR Y LA CONTINUIDAD DEL ALUMNADO EN EL SISTEMA EDUCATIVO

1.1. OBJETIVOS ESTABLECIDOS POR LA NORMATIVA EDUCATIVA

El Centro asume, como no podía ser de otro modo, los objetivos específicos establecidos por la normativa vigente, tanto a nivel estatal como autonómico, para cada una de las enseñanzas que se imparten en el Centro (ESO y Bachillerato).

OBJETIVOS ESPECÍFICOS DE LA ENSEÑANZA SECUNDARIA OBLIGATORIA (ESO)

Son los establecidos en el artículo 23 de la Ley Orgánica 2/2006, de Educación (LOE), también en el artículo 11 del Real Decreto 1105/2014 por el que se establece el currículo básico de la ESO y del Bachillerato a nivel estatal y en el artículo 3.1 del Decreto 111/2016 por el que se establece la ordenación y el currículo de la ESO en Andalucía. En el apartado 2 de este mismo artículo se añaden dos nuevos objetivos vinculados a hechos diferenciadores de la comunidad andaluza.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS DEL BACHILLERATO

Son los establecidos en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/2006, de Educación (LOE), también en el artículo 25 del Real Decreto 1105/2014 por el que se establece el currículo básico de la ESO y del Bachillerato a nivel estatal y en el artículo 3.1 del Decreto 110/2016 por el que se establece la ordenación y el currículo del bachillerato en Andalucía. En el apartado 2 de este mismo artículo se añaden dos nuevos objetivos vinculados a hechos diferenciadores de la comunidad andaluza.

1.2. OBJETIVOS PROPIOS

Además de los objetivos establecidos por la normativa citada, el centro se plantea otros objetivos propios como medio de favorecer el éxito educativo. Estos son:

En el ámbito educativo

Atender a todo el alumnado del Centro desde una perspectiva inclusiva, ofreciendo a todos y cada uno de los alumnos, a tenor de sus respectivas singularidades, las oportunidades y las ayudas necesarias para su progreso académico y personal.

Posibilitar la madurez personal y social del alumno promoviendo actitudes responsables y la valoración del esfuerzo personal como estrategia para enfrentarse a las dificultades y realizarse personalmente.

Mejorar los rendimientos educativos del alumnado aumentando los índices de éxito escolar (promoción y titulación) y de acceso a estudios post-obligatorios.

Disminuir los retrasos y faltas de asistencia del alumnado.

(11)

Capítulo 1. Objetivos propios para la mejora del rendimiento y la continuidad

En el ámbito de la convivencia

Conseguir un buen clima de convivencia en el centro, entre iguales y entre alumnos y profesores, que facilite la consecución de los objetivos educativos y desarrolle actitudes de respeto y de tolerancia hacia los demás.

En el ámbito familiar

Fomentar la participación y la implicación de las familias en el proceso educativo de sus hijos y en la vida del centro en general.

Potenciar la acción tutorial para tener un mejor conocimiento de las circunstancias personales y familiares del alumnado.

Ampliar y consolidar los canales de comunicación del centro con las familias y el entorno.

En el ámbito organizativo

Desarrollar actitudes de respeto a las instalaciones del Centro, sus recursos educativos, su limpieza, etc., tomando conciencia del sentido y el valor de lo público en nuestra sociedad.

Mejorar la circulación de la información entre todos los miembros de la comunidad educativa.

Fomentar y consolidar las relaciones del centro con otras entidades del entorno:

colegios adscritos, otros centros educativos, servicios sociales, organizaciones civiles, etc.

En el ámbito del profesorado

Crear un clima de trabajo donde el profesorado se sienta partícipe de las decisiones que se tomen, se sienta a gusto, ilusionado con su labor,… como factor clave para la mejora de los procesos educativos.

Fomentar el trabajo en equipo y la coordinación: dentro de los departamentos, entre departamentos, entre los miembros de los equipos educativos, entre el profesorado de apoyo y el de las materias respectivas, entre los tutores y el departamento de orientación y la jefatura de estudios, etc.

Promover la participación del profesorado en actividades de formación y actualización y su puesta en práctica en el aula.

(12)

Capítulo 2. Líneas de actuación pedagógica

CAPÍTULO 2

LÍNEAS DE ACTUACIÓN PEDAGÓGICA

Establecemos nuestras líneas generales de actuación pedagógica basándonos en los valores y principios que preconiza la Constitución Española, los principios y fines que se especifican en los artículos 1 y 2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE) y en los principios del sistema educativo andaluz expresados en el artículo 4 de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía (LEA).

Nuestros principales ejes de actuación pedagógica serán:

1.- Perseguir la adquisición por parte del alumnado de una cultura democrática, de respeto y tolerancia que, por una parte, nos sea útil para conseguir un buen clima de convivencia del centro y, por otra, se proyecte en la sociedad.

2.- Promover una enseñanza de calidad, abierta a la innovación, basada en la igualdad de todos, en la valoración del esfuerzo, en el perfeccionamiento y el trabajo en equipo del profesorado, en la motivación, en la flexibilidad para adaptarse a la diversidad del alumnado.

Debemos fomentar en los alumnos actitudes como la creatividad, la autonomía personal, el trabajo colaborativo y la capacidad de emprender nuevas tareas de aprendizaje.

3.- Aportar una educación integral a los alumnos que les permita su desarrollo personal y les faculte para una vida intelectualmente activa y creativa, socialmente crítica y participativa, físicamente equilibrada, psicológicamente madura y económicamente productiva.

4.- Tratar la diversidad del alumnado a partir del principio de no discriminación y de inclusión educativa, adoptando las medidas necesarias para atender tanto a los alumnos con más dificultades de aprendizaje como a los que cuentan con mayor capacidad para aprender.

5.- Fomentar la participación activa de todos los sectores de la comunidad educativa en la vida y gestión del centro utilizando los órganos e instrumentos existentes: Departamentos Didácticos, E.T.C.P., Claustro y Consejo Escolar, Junta de Delegados, Delegados de padres, A.M.P.A., etc. Se trabajará para involucrar a las familias en el proceso educativo del alumnado.

Se potenciará una mayor participación y responsabilidad de las familias especialmente desde la acción tutorial.

(13)

Capítulo 4. Criterios pedagógicos para la determinación de los órganos de coordinación docente….

CAPÍTULO 3

COORDINACIÓN Y CONCRECIÓN DE LOS CONTENIDOS CURRICULARES Y TRATAMIENTO DE LOS ELEMENTOS TRANSVERSALES

3.1. REFERENCIA LEGISLATIVA

Normativa estatal

• Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato.

• Orden ECD/65/2015, de 21 de enero, por la que se describen las relaciones entre las competencias, los contenidos y los criterios de evaluación de la educación primaria, la educación secundaria y el bachillerato

Normativa autonómica

• Decreto 111/2016, de 14 de junio, por el que se establece la ordenación y el currículo de la ESO en Andalucía.

• Orden de 14 de julio de 2016 por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la ESO en Andalucía, se regulan determinados aspectos de la atención a la diversidad y se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado.

• Decreto 110/2016, de 14 de junio por el que se establece la ordenación y el currículo del Bachillerato en Andalucía.

• Orden de 14 de julio de 2016 por la que se desarrolla el currículo correspondiente al Bachillerato en Andalucía, se regulan determinados aspectos de la atención a la diversidad y se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado.

3.2. LAS COMPETENCIAS CLAVE EN EL CURRÍCULO

Las competencias del currículo son las definidas en el artículo 2.2 del Real Decreto 1105/2014, las cuales reproduce la normativa andaluza en el artículo 5.1 del Decreto 111/2016.

Dichas competencias son las siguientes:

a) Comunicación lingüística.

b) Competencia matemática y competencias básicas en ciencia y tecnología.

c) Competencia digital.

d) Aprender a aprender.

e) Competencias sociales y cívicas.

f) Sentido de iniciativa y espíritu emprendedor.

g) Conciencia y expresiones culturales

Según el artículo 2 de la Orden ECD/65/2015, las competencias enumeradas se consideran las competencias clave del Sistema Educativo Español.

Se definen las competencias clave como aquellas que todas las personas precisan para su realización y desarrollo personal, así como para la ciudadanía activa, la inclusión social y el empleo.

(14)

Capítulo 4. Criterios pedagógicos para la determinación de los órganos de coordinación docente….

En los artículos 4, 5 y 7 de la Orden citada se establece claramente que:

• La adquisición eficaz de las competencias clave por parte del alumnado deben contribuir al logro de los objetivos de las distintas etapas educativas desde un carácter interdisciplinar y transversal. Esto requiere el diseño de actividades de aprendizaje que permitan desarrollar más de una competencia clave al mismo tiempo.

• Los resultados de aprendizaje que los alumnos deben conseguir en las competencias clave deben definirse y explicitarse en las propuestas curriculares y, por tanto, en las programaciones didácticas de cada una de las materias del currículo.

• Todas las materias del currículo deben participar, desde su ámbito correspondiente, en el desarrollo de las competencias clave, seleccionando los contenidos y las metodologías que aseguren dicho desarrollo.

• Los criterios de evaluación deben servir de referencia para valorar lo que el alumno sabe en cada materia. Dichos criterios de evaluación se desglosan en estándares de aprendizaje evaluables, los cuales deben ponerse en relación con las competencias clave para poder valorar el rendimiento o desempeño alcanzado en cada una de dichas competencias.

• La evaluación del alumnado, tanto la continua como las evaluaciones finales, debe tener en cuenta el grado de dominio de las competencias clave a través de procedimientos de evaluación e instrumentos de obtención de datos válidos para la identificación de los aprendizajes adquiridos.

• La evaluación del grado de adquisición de las competencias debe estar integrada con la evaluación de los contenidos.

• Los niveles de desempeño de las competencias clave se podrán medir a través de indicadores de logro (rúbricas, escalas de graduación) que deberán incluir rangos para tener en cuenta el principio de atención a la diversidad.

• Se utilizarán procedimientos de evaluación variados para facilitar la evaluación del alumnado en su diversidad. Los distintos procedimientos, como la observación sistemática, las pruebas orales y escritas, los protocolos de registro o los trabajos de clase, permitirán la integración de todas las competencias clave de una forma coherente.

3.3. EL MARCO NORMATIVO COMÚN

3.3.1. EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA

Los objetivos de la Educación Secundaria Obligatoria son los establecidos en el artículo 23 de la Ley Orgánica 2/2006, de Educación (LOE), también en el artículo 11 del Real Decreto 1105/2014 y en el artículo 3.1 del Decreto 111/2016. En el apartado 2 de este mismo artículo se añaden dos nuevos objetivos vinculados a hechos diferenciadores de la comunidad andaluza.

Para las materias del bloque de asignaturas troncales, los contenidos comunes, los criterios de evaluación vinculados a dichos contenidos y los estándares de aprendizaje

(15)

Capítulo 4. Criterios pedagógicos para la determinación de los órganos de coordinación docente….

evaluables en los que se concretan dichos criterios de evaluación se detallan en el Anexo I del Real Decreto 1105/2014.

Para las materias del bloque de asignaturas específicas, los criterios de evaluación y los estándares de aprendizaje evaluables (en este caso no los contenidos) se detallan en el Anexo II de dicho Real Decreto 1105/2014.

En Andalucía

En nuestra comunidad autónoma, para las materias del bloque de asignaturas troncales los objetivos, los contenidos y los criterios de evaluación (complementados y distribuidos por cursos) y la vinculación de los criterios de evaluación a las competencias clave, se detallan en el Anexo I de la Orden de 14 de julio de 2016 referida al currículo de la ESO en Andalucía. Los estándares de aprendizaje evaluables no los define sino que remite al Real Decreto 1105/2014.

Para las materias del bloque de asignaturas específicas, los objetivos, los contenidos y los criterios de evaluación (complementados y distribuidos por cursos) y la vinculación de los criterios de evaluación a las competencias clave, se detallan en el Anexo II de la Orden de 14 de julio de 2016 referida al currículo de la ESO en Andalucía. Los estándares de aprendizaje evaluables no los define sino que remite al Real Decreto 1105/2014.

Para las materias de libre configuración autonómica, los objetivos, contenidos y criterios de evaluación y la vinculación de los criterios de evaluación a las competencias clave se establecen en el Anexo III de la Orden de 14 de julio de 2016 referida al currículo de la ESO en Andalucía. La legislación no ofrece estándares de aprendizaje evaluables para estas materias.

3.3.2. BACHILLERATO

Los objetivos del Bachillerato son los establecidos en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/2006, de Educación (LOE), también en el artículo 25 del Real Decreto 1105/2014 y en el artículo 3.1 del Decreto 110/2016. En el apartado 2 de este mismo artículo se añaden dos nuevos objetivos vinculados a hechos diferenciadores de la comunidad andaluza.

Para las materias del bloque de asignaturas troncales, los contenidos comunes, los criterios de evaluación vinculados a dichos contenidos y los estándares de aprendizaje evaluables en los que se concretan dichos criterios de evaluación se detallan en el Anexo I del Real Decreto 1105/2014.

Para las materias del bloque de asignaturas específicas, los criterios de evaluación y los estándares de aprendizaje evaluables (en este caso no los contenidos) se detallan en el Anexo II de dicho Real Decreto 1105/2014.

En Andalucía

En nuestra comunidad autónoma, para las materias del bloque de asignaturas troncales los objetivos, los contenidos y los criterios de evaluación (complementados en su caso) y la vinculación de los criterios de evaluación a las competencias clave, se detallan en el Anexo I de la Orden de 14 de julio de 2016 referida al currículo del bachillerato en Andalucía. Los estándares de aprendizaje evaluables no los define sino que remite al Real Decreto 1105/2014.

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Capítulo 4. Criterios pedagógicos para la determinación de los órganos de coordinación docente….

Para las materias del bloque de asignaturas específicas, los objetivos, los contenidos y los criterios de evaluación (complementados en su caso) y la vinculación de los criterios de evaluación a las competencias clave, se detallan en el Anexo II de la Orden de 14 de julio de 2016 referida al currículo del bachillerato en Andalucía. Los estándares de aprendizaje evaluables no los define sino que remite al Real Decreto 1105/2014.

Para las materias de libre configuración autonómica, los objetivos, contenidos y criterios de evaluación y la vinculación de los criterios de evaluación a las competencias clave se establecen en el Anexo III de la Orden de 14 de julio de 2016 referida al currículo del bachillerato en Andalucía. La legislación no ofrece estándares de aprendizaje evaluables para estas materias.

3.4. LA CONCRECIÓN A NIVEL DE CENTRO

Establecido el marco normativo común, corresponde al centro, en virtud de su autonomía pedagógica y organizativa, realizar la concreción del currículo y adecuar la docencia a su realidad contextual.

Será competencia del Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica (ETCP) y de las Áreas de Competencia coordinar los contenidos curriculares que serán trabajados por cada departamento. A partir de un cotejo de los objetivos y, sobre todo, los contenidos compartidos por varias áreas, se establecerán unas directrices para ser tenidas en cuenta por los departamentos de cara a la secuenciación de los contenidos, la temporalización, el nivel de profundidad con que deben ser tratados, el establecimiento de una terminología común, etc.

Al inicio de cada curso escolar, el ETCP y las Áreas de Competencia, realizarán una revisión de las directrices a partir de la valoración de los resultados del curso anterior.

A partir de dichas directrices, los departamentos didácticos elaborarán las programaciones didácticas correspondientes a las materias que tienen asignadas a partir del marco común definido en la normativa citada. Para ello, para cada una de las materias, los departamentos deberán llevar a cabo las siguientes tareas:

• Concretar los objetivos establecidos en la normativa: esto puede hacerse a nivel de la materia en su conjunto o por unidades didácticas. Si se especifican a nivel de unidad didáctica, deberían tener una formulación más concreta, haciendo referencia tanto a las competencias como a los contenidos utilizados en la unidad; podríamos llamarlos objetivos didácticos y tendrían una formulación muy similar a los criterios de evaluación.

• Seleccionar y/o complementar los contenidos y secuenciarlos: puede indicarse el conjunto de contenidos para toda la materia y posteriormente secuenciarlos enumerando los que se tratarán en cada unidad didáctica.

• Adecuar los criterios de evaluación: aunque la normativa referenciada establece unos criterios de evaluación para las materias, los criterios pueden requerir una reformulación en función de los contenidos seleccionados. En cada unidad didáctica se

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Capítulo 4. Criterios pedagógicos para la determinación de los órganos de coordinación docente….

indicarán los criterios de evaluación que se usarán y se relacionarán con las competencias clave a las que están vinculados.

• Seleccionar y/o definir los estándares de aprendizaje evaluables: la normativa referenciada ofrece estándares de aprendizaje evaluables para cada criterio de evaluación de los que indica. No obstante, en la programación se pueden seleccionar, reformular o se pueden añadir otros. Resulta conveniente que para cada criterio de evaluación se definan varios estándares de aprendizaje y establecer en ellos una gradación de nivel, que bien podría ser un nivel básico o iniciado, un nivel estándar o medio y un nivel avanzado.

• Establecer la metodología didáctica: como la metodología será, en la mayoría de los casos, común a todas las unidades didácticas se podrá hacer referencia a ella para toda la materia en su conjunto. En cualquier caso, en las unidades didácticas en las que se utilice una metodología diferente se indicará.

• Establecer los procedimientos e instrumentos de evaluación: se indicarán para la materia en su conjunto. Si en alguna unidad didáctica se van a utilizar unos procedimientos o instrumentos singulares, se indicará.

3.5. CRITERIOS GENERALES PARA LA ELABORACIÓN DE LAS PROGRAMACIONES DIDÁCTICAS

En este apartado se establece un patrón común, tanto de estilo, como para la estructura que se debe contemplar en las programaciones didácticas de las diferentes materias. Si bien el patrón de estilo es una propuesta que no se impone como de obligado uso, la estructura de la programación sí es importante que sea seguida por todos los departamentos, de modo que le dé coherencia al conjunto del Proyecto Educativo del centro.

3.5.1. ESTRUCTURA DE LA PROGRAMACIÓN

La programación didáctica de cada departamento se dividirá en dos partes: una parte general, que es independiente de las materias que tiene asignadas el departamento y una parte específica que se repetirá para cada una de dichas materias.

Cada una de las partes incluirá en su primera página o portada el nombre del centro, del departamento, el curso académico y, en el caso de las partes específicas, la materia y curso a la que se refiere dicha programación.

A dicha primera página le seguirá un índice donde se indiquen los apartados y subapartados de la programación y el número de página donde se inician. A ser posible cada elemento del índice será un vínculo a la página referenciada.

A) PARTE GENERAL

1. Introducción.- Cada departamento elegirá libremente el contenido de este apartado.

Por ejemplo, una breve referencia al centro, al papel de la especialidad en cuestión en la etapa educativa, a las características del alumnado o del entorno social del centro, etc.

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Capítulo 4. Criterios pedagógicos para la determinación de los órganos de coordinación docente….

2. Composición del Departamento.- Nombre de los profesores/as miembros. Situación administrativa (destino definitivo, comisión de servicios, interino, en expectativa).

Cargos desempeñados (jefatura del departamento, tutorías, cargos directivos, coordinaciones de áreas, otras coordinaciones, etc.).

Para cada profesor se indicará las materias que imparte y las horas de docencia y, en su caso, reducciones (por cargos o por edad).

3. Materias o ámbitos asignados/impartidos por el Departamento.- Se indicarán todas las posibilidades derivadas de los ajustes del cupo, es decir, tanto las materias asignadas al departamento e impartidas por miembros del departamento, como materias asignadas a otros departamentos pero impartidas, coyunturalmente, por miembros del departamento, o materias asignadas al departamento pero impartidas, coyunturalmente, por miembros de otros departamentos. En este último caso debe indicarse el mecanismo previsto para garantizar la coordinación de dicho profesorado con el departamento.

Para cada materia se indicará su tipología (troncal, específica, refuerzo, optativa, de libre configuración, ámbito,….), el número de grupos, las horas, los profesores que la imparten y cualquier otro dato de interés.

4. Reuniones del Departamento.- Lugar, día y hora de la reunión. Se puede añadir, si procede, alguna información sobre la dinámica de las reuniones, sobre los temas que se abordan en determinados momentos del curso, como puede tras los resultados de la evaluación inicial o los resultados académicos de las evaluaciones trimestrales, labores de seguimiento de la programación, etc.

5. Coordinación del Departamento con otros Departamentos del centro.- Día y hora de las reuniones de área o de ETCP. Descripción, si procede, de las posibles coordinaciones con otros Departamentos.

6. Participación del Departamento en las actividades y programas del centro.- Descripción, si procede, de las posibles participaciones del Departamento.

7. Estrategias de seguimiento de las programaciones.- Descripción del proceso para realizar el seguimiento y revisión de las programaciones. Si alguna materia utilizara una forma de seguimiento diferente a la general, se indicaría en su respectiva programación.

8. Otros apartados.- se pueden incluir, a criterio de los departamentos, otros apartados con información que se considere relevante.

B) PROGRAMACIONES DE MATERIAS O ÁMBITOS.- Esta parte se repetirá para las diferentes materias, módulos o ámbitos que imparta el Departamento.

1. Introducción.- Breve descripción de la materia, su papel en la etapa correspondiente, descripción de los contenidos, etc.

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Capítulo 4. Criterios pedagógicos para la determinación de los órganos de coordinación docente….

2. Objetivos de la materia o ámbito.-1 Enumeración de los objetivos. Si posteriormente se realiza una concreción de los objetivos en las unidades didácticas, en este apartado se enunciarían de una forma más genérica o incluso puede remitir a la normativa que recoge los objetivos de la materia.

3. Contribución de la materia a la adquisición de las competencias clave.-1 Se indicará la forma en que esta materia contribuye a la adquisición de las competencias clave.

Estas relaciones se recogen en la parte introductoria de cada materia en los Anexos I, II y III de las órdenes de 14 de julio de 2016 por las que se establecen los currículos de la ESO y el Bachillerato en Andalucía.

4. Contenidos.-1 Enumeración de los contenidos que se trabajarán en la materia, organizados por bloques temáticos.

5. Secuenciación de los contenidos.-1 Enumeración y descripción de las diferentes unidades didácticas. Para cada unidad se debe indicar: título, objetivos de la unidad (si se ha optado por concretar los objetivos a nivel de unidades didácticas), criterios de evaluación y su relación con las competencias clave y estándares de aprendizaje evaluables en los que se concretan los criterios de evaluación.

6. Distribución temporal de los contenidos.-1 Temporalización de las diferentes unidades didácticas a lo largo del curso. Se tendrá en cuenta la estructura del curso escolar dividida en tres evaluaciones informativas, repartiendo de forma equitativa las unidades didácticas atendiendo a la duración temporal de cada evaluación.

7. Forma en que se incorporan los elementos transversales.-1 Se indicará cómo la materia en cuestión hace su aportación al desarrollo de los elementos transversales del currículo (esencialmente valores).

8. Metodología.-1 Descripción de la metodología empleada en la materia.

9. Medidas de atención a la diversidad.-1 Se indicarán las actuaciones que proceda llevar a cabo en este aspecto:

9. 1. Programa de refuerzo para la recuperación de los aprendizajes no adquiridos para el alumnado que promociona con la materia pendiente. Se elaborará de acuerdo con las directrices establecidas en el apartado 9.4.1 del Proyecto Educativo.

9. 2. Planes específicos personalizados orientados a la superación de las dificultades detectadas en el curso anterior para el alumnado que no promociona. Se elaborarán de acuerdo con las directrices establecidas en el apartado 9.4.2 del Proyecto Educativo.

9. 3. Programas de refuerzo de troncales en 1º y 4º ESO. Los departamentos que tengan asignada la impartición de estos programas de refuerzo harán mención a ello en la programación de la materia reforzada, pero la programación del propio programa se elaborará de forma independiente.

1 Apartados obligatorios de acuerdo con el artículo 29 del Decreto 327/2010 de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria.

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Capítulo 4. Criterios pedagógicos para la determinación de los órganos de coordinación docente….

9. 4. Adaptaciones curriculares no significativas. Se elaborarán de acuerdo con las directrices establecidas en el apartado 9.4.4 del Proyecto Educativo.

9. 5. Adaptaciones curriculares significativas. Se cumplimentarán según el modelo establecido en el sistema de información Séneca antes de la finalización del primer trimestre.

9. 6. Adaptaciones curriculares para alumnos con altas capacidades. Se cumplimentarán según el modelo establecido en el sistema de información Séneca antes de la finalización del primer trimestre.

9. 7. Programas para el alumnado extranjero. Dado que, salvo las horas en que el alumno recibe las clases de apoyo en el Aula de Adaptación Lingüística, el alumno es atendido en su grupo de referencia, las programaciones de los departamentos deberán incluir las medidas correspondientes de atención a la diversidad de las contempladas en este Proyecto Educativo (adaptaciones curriculares) o elaborar un plan personalizado que tenga en cuenta las dificultades lingüísticas del alumno, así como su posible desfase curricular.

Los documentos relativos a las medidas individualizadas (9.2, 9.4, 9.5, 9.6 y 9.7 anteriores), dado su carácter personalizado y, por tanto, confidencial, no se harán públicos como el resto de la programación. En los departamentos didácticos se guardarán y custodiarán dichos documentos para permitir el acceso a los padres que los soliciten o a la inspección educativa. A la finalización del curso académico, una copia de los documentos citados se entregará al equipo directivo para su incorporación al expediente del alumno.

10. Evaluación.-1 Este apartado incluirá:

10. 1. Enumeración de los criterios de evaluación (será una relación compuesta por la agregación de los criterios de evaluación expresados en las distintas unidades didácticas, pero a pesar de parecer una repetición, conviene disponer de ellos juntos para suministrarlos, como es preceptivo, como información al alumnado y a las familias a principio de curso).

10. 2. Descripción de los procedimientos e instrumentos de evaluación.

10. 3. Detalle de los criterios de calificación.

10. 4. Sistema de recuperación de la materia a lo largo del curso.

11. Recursos y materiales didácticos.-1 Libro de texto/recomendado. Materiales bibliográficos, audiovisuales, informáticos,… Espacios a utilizar.

12. Actividades complementarias y extraescolares.-1 Relación de las actividades a llevar a cabo.

13. Actividades vinculadas a la lectura y expresión oral.- Dependiendo de que la materia sea de ESO o Bachillerato, se incluirá:

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Capítulo 4. Criterios pedagógicos para la determinación de los órganos de coordinación docente….

a) Actividades de lectura, escritura y expresión oral.-1 Solamente para la ESO.

Descripción de la tipología de actividades que se desarrollarán para que el alumno practique la lectura, la escritura y se exprese de forma oral.

b) Actividades para estimular el interés y el hábito por la lectura y la capacidad de expresarse correctamente en público.-1 Solamente para Bachillerato. Descripción de la tipología de actividades que se desarrollarán en este sentido.

14. Realización de trabajos monográficos interdisciplinares por los alumnos.-1 Descripción de los trabajos de esta tipología que se desarrollarán en la materia.

3.5.2. PATRÓN DE ESTILO PARA LA PROGRAMACIÓN

Portada

Con nombre del IES, del Departamento, el curso y logo del centro en la parte inferior centrado.

Márgenes

Margen izquierdo: 3,5 cm.

Margen derecho: 2,5 cm.

Margen superior: 2,5 cm.

Margen inferior: 2,5 cm.

Encabezado: 1,25 cm.

Pie de página: 1,25 cm.

Fuentes

Fuente genérica del texto: Calibri tamaño 12.

Fuente de título de documento: Calibri tamaño 16, versales negrita.

Fuente de título de capítulo: Calibri tamaño 14 versales negrita.

Fuente de título de subcapítulos y apartados: Calibri tamaño 12 negrita.

Fuente de encabezado y pie de página: Calibri de tamaño 10.

Alineación

Alineación del texto genérico: justificada.

Sangría de primera línea de párrafo: 1 cm.

Alineación de títulos de documento y capítulos: centrada.

Resto de títulos, subtítulos y apartados: izquierda

Interlineado

Interlineado general:

Interlineado: 1,5 líneas.

Espaciado respecto a párrafo anterior: 0 puntos.

Espaciado respecto a párrafo posterior: 6 puntos

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Capítulo 4. Criterios pedagógicos para la determinación de los órganos de coordinación docente….

Interlineado de títulos y subtítulos: los títulos, subtítulos y apartados irán separados del texto general por un renglón en blanco en la parte superior, y el mismo interlineado del texto general en la inferior.

Numeración de epígrafes

La numeración será con números árabes, de manera consecutiva y separados por puntos para la anidación (ejemplo: 5.1, 5.1.1,...).

El primer subepígrafe se alineará a la izquierda, sin sangría. A partir del segundo, cada subepígrafe numerado tendrá una sangría adicional de 1 cm, alineándose a la izquierda el subtítulo y manteniendo la justificación general del texto. Se propone un ejemplo:

5.1.- Ejemplo de numeración de epígrafes

Lorem ipsum ad his scripta blandit partiendo, eum, fastidio accumsan euripidis in, eum liber hendrerit an. Qui ut wisi vocibus suscipiantur, quo dicit …..

5.1.1.- Primer apartado del subcapítulo 5.1

Ius id vidir volumus mandamus, vide veritus democritum te nec, ei eos debet libris consulatu. No meu ferri graeco dicunt, ad cum veri accommodare. Sed at malis...

5.1.1.2.- Primer subapartado del primer apartado

Blandit incorrupte quaerendum in quo, nibh impedit id vis, vel no nullam semper audiam. Ei populo graeci consulatu mei, has ea stet modus...

5.1.2.- Segundo apartado del subcapítulo 5.1

Eos dicat oratio partem ut, id cum ignota senserit intellegat. Sit inani ubique graecis ad, quando graecis liberavisse et cum, dicit option eruditi at duo. Homero salutatus ……

Otros detalles de presentación

Si hubiera necesidad de exponer ideas breves, pero diferenciadas, que debido a su brevedad no representen apartados o subapartados, se podrá utilizar una simple lista

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Capítulo 4. Criterios pedagógicos para la determinación de los órganos de coordinación docente….

encabezada por puntos, alineada a la izquierda, o bien se separarán por párrafos, pero con doble interlineado en la parte superior.

Los títulos, subtítulos y apartados no llevarán punto final.

El uso de letras cursivas, negritas o subrayadas queda reservado principalmente para el realce, sin menoscabo de su uso en las formas que recoge la gramática de la academia: títulos de obras de arte en general, publicaciones, términos extranjeros, etc.

3.5.3. PROGRAMACIONES DIDÁCTICAS

Por su gran extensión, así como la necesidad de adaptación de las mismas a cada curso escolar, las programaciones de cada uno de los departamentos figuran en anexos del Proyecto educativo, que contendrá diferentes carpetas para cada uno de los departamentos. Se presentarán en formato digital, y sólo serán impresos aquellos apartados de las mismas que parezcan convenientes.

Dado que no existe departamento didáctico de Religión, la programación de esta materia figurará independiente de las del resto de departamentos, en carpeta especifica para la misma.

Anexo al Proyecto Educativo. Programaciones didácticas.

CARPETA 01. Biología y Geología

CARPETA 02. Dibujo y Artes Plásticas

CARPETA 03. Educación Física y Deportiva

CARPETA 04. Física y Química

CARPETA 05. Filosofía

CARPETA 06. Francés

CARPETA 07. Geografía e Historia

CARPETA 08. Inglés

CARPETA 09. Latín-Griego

CARPETA 10. Lengua Castellana y Literatura

CARPETA 11. Matemáticas

CARPETA 12. Música

CARPETA 13. Tecnología

CARPETA 14. Orientación

CARPETA 15. Dpto. de Actividades Complementarias y Extraescolares.

CARPETA 16. Formación, Evaluación e Innovación.

CARPETA 17. Religión

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Capítulo 4. Criterios pedagógicos para la determinación de los órganos de coordinación docente….

3.6. LOS ELEMENTOS TRANSVERSALES. LA EDUCACIÓN EN VALORES.

Los decretos 110/2016 y 111/2016 establecen en sus respectivos artículos 6 que, sin perjuicio de su tratamiento específico en las materias de la ESO y el Bachillerato que se vinculan directamente con ellos, el currículo de todas las materias incluirá de forma transversal una serie de elementos. Todos estos elementos, detallados en los artículos citados y que son idénticos para la ESO y el Bachillerato, están vinculados a la educación en valores: respeto a los derechos y libertades, desarrollo de habilidades sociales, educación para la convivencia, fomento de la igualdad real entre mujeres y hombres, respeto a la orientación y a la identidad sexual, fomento de la tolerancia y el reconocimiento de la diversidad, el desarrollo de las habilidades básicas para la comunicación interpersonal, el autocontrol en el uso de las TIC, la convivencia vial y la prevención de accidentes de tráfico, la promoción de la actividad física, la adquisición de competencias para actual en el ámbito económico, la toma de conciencia sobre problemas que afectan a las personas como la salud, la pobreza en el mundo, la emigración, la desigualdad, etc.

Para la integración de los elementos transversales, se establecen las siguientes medidas:

El Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica establecerá las directrices generales comunes para la inclusión de los elementos transversales en las programaciones de todos los departamentos. Dichas directrices se revisarán, si procede, cada curso escolar a partir de la experiencia del curso anterior.

Todos los departamentos incluirán en sus programaciones didácticas de cada materia los elementos transversales que se desarrollarán y la forma de hacerlo, principalmente los elementos transversales más relacionados con los contenidos propios de las materias. Esto podrá llevarse a cabo bien elaborando unidades didácticas específicas (para los departamentos más vinculados a la educación en valores, como pueden ser el de Filosofía o el de Ciencias Sociales) o bien incorporándolos de forma complementaria en otras unidades didácticas más amplias.

El departamento de Actividades Complementarias y Extraescolares, en coordinación con los departamentos didácticos, incluirá en su programación actividades relacionadas con los diversos temas transversales, con objeto de profundizar y complementar el desarrollo de los mismos. Para ello, podrá utilizar los recursos que ofrecen diversos organismos y entidades vinculados a la educación para la salud, la prevención de drogodependencias, los peligros del uso inadecuado de las redes sociales, etc. Entre estas entidades tenemos el Servicio Andaluz de Salud, los programas escolares del ayuntamiento, la policía local, ONGs, asociaciones, etc.

El departamento de Orientación incluirá en el Plan de Orientación y Acción Tutorial actividades relacionadas con los diversos temas transversales. Para ello podrá incluir actividades específicas destinadas a ser impartidas en la hora de tutoría lectiva por los tutores, el orientador o por expertos ajenos al centro.

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Capítulo 4. Criterios pedagógicos para la determinación de los órganos de coordinación docente….

CAPÍTULO 4

CRITERIOS PEDAGÓGICOS PARA LA DETERMINACIÓN DE LOS ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE Y DEL HORARIO DE DEDICACIÓN DE LAS PERSONAS RESPONSABLES DE LOS MISMOS.

4.1. REFERENCIA LEGISLATIVA

La normativa aplicable a la determinación de los órganos de coordinación docente es la siguiente:

• Decreto 327/2010, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria.

Capítulo IV. Artículos 82 a 96.

• Orden de 20 de agosto de 2010, por la que se regula la organización y el funcionamiento de los Institutos de Educación Secundaria por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la ESO en Andalucía, así como el horario de los centros, del alumnado y del profesorado.

Capítulo III: Artículos 8 y 9. Capítulo IV: Artículos 13 y 15.

4.2 ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE

Se recogen en el artículo 82 del Decreto 327/2010 los órganos de coordinación docente de los Institutos de Educación Secundaria. En el IES Bellavista no se ha visto la conveniencia pedagógica de crear nuevos órganos de coordinación docente, posibilidad que contempla el artículo 82.2 del Decreto 327/2010.

De acuerdo a lo anterior, en el IES Bellavista se constituyen los siguientes órganos de coordinación docente:

4.2.1. EQUIPOS DOCENTES

Están constituidos por todos los profesores que imparten docencia a cada grupo-clase.

Están coordinados por el profesor tutor de cada grupo. Se reunirán de forma ordinaria para la evaluación inicial y una vez al trimestre coincidiendo con las evaluaciones. De forma extraordinaria se reunirán cada vez que sean convocados por la Jefatura de Estudios, por iniciativa propia o a propuesta del tutor.

4.2.2. ÁREAS DE COMPETENCIAS

En el IES Bellavista serán las tres siguientes:

• Área Social-lingüística: integrada por los departamentos de Filosofía, Francés, Geografía e Historia, Lengua Castellana y Literatura, Lenguas Clásicas e Inglés.

• Área Científico-tecnológica: integrada por los departamentos de Biología y Geología, Física y Química, Matemáticas y Tecnología.

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Capítulo 4. Criterios pedagógicos para la determinación de los órganos de coordinación docente….

• Artística: integrada por los departamentos de Dibujo y Artes Plásticas, Educación Física y Deportiva y Música.

Los jefes de los departamentos integrados en cada área de competencia se reunirán de forma ordinaria durante una hora una vez por semana para actividades de coordinación.

Cada área de competencia tendrá un responsable de las funciones de coordinación entre las áreas de competencia, que será nombrado por la Dirección del centro de entre los jefes de los departamentos integrados en cada área. El nombramiento atenderá a criterios como la implicación y compromiso con el centro, la experiencia en coordinación de proyectos o grupos de trabajo y dinamismo en el trato con el profesorado.

4.2.3. DEPARTAMENTO DE ORIENTACIÓN

El departamento de Orientación está constituido por la orientadora del centro, la profesora de Pedagogía Terapéutica y la profesora de Apoyo y Compensación. También formarán parte de este departamento el profesorado que imparta los ámbitos en el Programa de Mejora del Aprendizaje y del Rendimiento (PMAR).

El departamento de Orientación se reunirá de forma ordinaria una vez por semana, como el resto de departamentos. El profesorado que imparte los ámbitos del PMAR no asistirá a estas reuniones de forma ordinaria, sino cuando los temas a tratar lo requieran.

4.2.4. DEPARTAMENTO DE FORMACIÓN, EVALUACIÓN E INNOVACIÓN EDUCATIVA.

El departamento de Orientación está constituido por el jefe de dicho departamento, por un profesor de cada una de las áreas de competencias (designado por el responsable de coordinación de cada área) y por quien ejerza la jefatura del departamento de Orientación.

El jefe del departamento será designado por la Dirección del centro atendiendo a criterios de compromiso con el centro, experiencia en coordinación de proyectos y grupos de trabajo, destreza y conocimiento de las nuevas tecnologías, etc.

Este departamento se reunirá de forma ordinaria una vez al trimestre y de forma extraordinaria cuando lo convoque el jefe del dicho departamento, por iniciativa propia o a instancias de la Jefatura de Estudios.

4.2.5. EQUIPO TÉCNICO DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA

Este equipo está constituido por las personas que ejercen la Dirección y la Jefatura de Estudios por los responsables de coordinación de las tres áreas de competencias, y por los jefes de los departamentos de Orientación y del de Formación, Evaluación e Innovación Educativa.

Las funciones de secretaría las ejercerá el jefe de departamento que designe la Dirección del centro.

El Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica se reunirá de forma ordinaria durante una hora una vez por semana para actividades de coordinación.

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Capítulo 4. Criterios pedagógicos para la determinación de los órganos de coordinación docente….

4.2.6. TUTORÍAS

De acuerdo con el artículo 90 del Decreto 327/2010, los tutores de cada grupo de alumnos serán nombrados para un curso académico por la Dirección del centro, a propuesta de la Jefatura de Estudios, de entre el profesorado que imparta docencia en el mismo.

La tutoría del alumnado con necesidades educativas especiales escolarizado en un grupo ordinario, como es el caso de nuestro centro, será ejercida de manera compartida entre el profesor que ejerza la tutoría del grupo donde esté integrado y el profesorado especialista para la atención de este alumnado.

El nombramiento del profesorado que ejerza la tutoría se efectuará, siempre que sea posible, de acuerdo a lo siguiente:

• Se procurará que el profesor que haya sido tutor de un grupo de alumnos durante un curso, sea tutor del mayor número de alumnos de dicho grupo en el curso siguiente.

• Se procurará asignar como tutor al profesor que más horas de clase imparta al grupo.

4.2.7. DEPARTAMENTOS DE COORDINACIÓN DIDÁCTICA

En el IES Bellavista no se considera conveniente eliminar o realizar fusiones de los departamentos didácticos tradicionales que han venido existiendo desde hace muchos años. Es más, consideramos contraproducente que un jefe de departamento sea el responsable de coordinar aspectos pedagógicos o académicos de materias de las que no es especialista y que nunca ha impartido ni probablemente impartirá.

Consideramos que la mejor opción es que los departamentos formados por profesores de una misma especialidad son los órganos adecuados para coordinar las materias asignadas a dicho departamento y que la coordinación interdepartamental sea realizada por las áreas de competencia y el Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica.

Atendiendo a lo anterior, en el centro se establecen los siguientes departamentos de coordinación didáctica: Biología y Geología, Dibujo y Artes Plásticas, Educación Física y Deportiva, Física y Química, Filosofía, Francés, Geografía e Historia, Inglés, Lengua Castellana y Literatura, Lenguas Clásicas, Matemáticas, Música, Tecnología.

Para cada departamento didáctico será nombrado un jefe de departamento, de entre los profesores con destino definitivo en el centro. El nombramiento se efectuará por el delegado provincial de educación, a propuesta de la Dirección del centro, la cual consultará al departamento antes de formular la propuesta, procurando que haya un consenso. El nombramiento será por dos cursos académicos.

4.2.8. DEPARTAMENTO DE ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y EXTRAESCOLARES (DACE) De conformidad con lo establecido en el artículo 82 del Decreto 327/2010, el IES Bellavista considera conveniente contar con un departamento de Actividades Complementarias

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Capítulo 4. Criterios pedagógicos para la determinación de los órganos de coordinación docente….

y Extraescolares que promueva, coordine y organice, en colaboración con los departamentos didácticos, asociaciones de padres y madres, etc., las actividades de estas características.

Este departamento estará formado por una persona, que será jefe del mismo.

4.3. HORARIO DE DEDICACIÓN DE LAS PERSONAS RESPONSABLES DE LOS ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE

• Cada tutor de ESO tendrá 2 horas lectivas para tareas de tutoría, una dedicada a actividades con el grupo de alumnos y otra para la atención personalizada del alumno y su familia. Además tendrá 2 horas no lectivas de horario regular de obligada permanencia, una dedicada a las entrevistas con las familias (en horario de tarde) y otra a las tareas administrativas propias de la tutoría.

• Cada tutor de Bachillerato tendrá 3 horas no lectivas de horario regular de obligada permanencia, una dedicada a las entrevistas con las familias (en horario de tarde), otra a la atención personalizada del alumno y de su familia y otra a las tareas administrativas propias de la tutoría.

• Cada Jefe de Departamento didáctico tendrá 2 horas lectivas para tareas de coordinación del departamento, más 1 hora lectiva adicional para actividades de coordinación del área de competencia en la que esté integrado. En total 3 horas lectivas.

• Cada responsable de área de competencia tendrá, además de las 2 horas lectivas para tareas de coordinación del departamento, otras 2 horas lectivas para actividades de coordinación del área de competencia en la que está integrado el departamento y para coordinación en el Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica. En total 4 horas lectivas.

• El jefe del departamento de Orientación tendrá 2 horas lectivas para tareas de coordinación del departamento, más 1 hora lectiva adicional para actividades de coordinación en el Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica. En total 3 horas lectivas.

• El jefe del departamento de Formación, Evaluación e Innovación Educativa tendrá 2 horas lectivas para tareas de coordinación, una de ellas para coordinación en el Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica.

• El jefe del departamento de Actividades Complementarias y Extraescolares tendrá 3 horas lectivas para las tareas de coordinación y organización de este tipo de actividades

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