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INTEGRANTES DEL R. AYUNTAMIENTO DE JUA REZ, NUEVO LEÓN

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JUÁREZ, N.L. A 17 DE DICIEMBRE DE 2021

INTEGRANTES DEL R. AYUNTAMIENTO DE JUA´REZ, NUEVO LEÓN

C. FRANCISCO HÉCTOR TREVIÑO CANTÚ, Presidente Municipal C. ERENOLDO GONZÁLEZ RIVERA, Síndico Primero C. CARMEN LUCERO GONZÁLEZ ALCOCER, Síndico Segundo

C. GEOVANI LEAL HERNÁNDEZ, Primera Regidora C. FRANCISCO RUBÉN GARCÍA FAZ, Segundo Regidor C. LUCIA GUADALUPE GONZÁLEZ GARCÍA, Tercera Regidora

C. JOSÉ SANTOS GARCÍA CORTEZ, Cuarto Regidor C. VERÓNICA GARCÍA PÉREZ, Quinta Regidora C. CÁSTULO GONZÁLEZ ACOSTA, Sexto Regidor

C. CHRISTIAN GUADALUPE PÉREZ RODRÍGUEZ, Séptima Regidora C. VÍCTOR ALFONSO CORZO MORALES, Octavo Regidor

C. GABRIELA CORREA DOMÍNGUEZ, Novena Regidora C. BRENDA DANIELA DE LEÓN REYES, Décima Regidora C. JESÚS FERNANDO GARZA ALCALÁ, Décimo Primer Regidor

C. MIRIAM GARZA PEÑA, Décima Segunda Regidora C. ROY HARIS RAMÍREZ MORALES, Décimo Tercer Regidor

GACETA MUNICIPAL

AÑO I NÚMERO 5

ÓRGANO INFORMATIVO DEL MUNICIPIO DE JUÁREZ, NUEVO LEÓN

ADMINISTRACIÓN 2021-2024

(2)

Página 1

LEY DE GOBIERNO MUNICIPAL DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN Publicada en el Periódico Oficial, el 27 de mayo de 2015

Última Reforma Publicada en el Periódico Oficial del Estado de fecha 20 de noviembre de 2020.

CAPITULO XII

DE LA DIFUSION DE LOS ACTOS DEL AYUNTAMIENTO

ARTÍCULO 64.- Para dar a conocer públicamente los asuntos de su competencia, el Municipio utilizará primordialmente como medio de difusión la Gaceta Municipal; también serán medios de difusión la tabla de avisos, el Periódico oficial del Estado, y los que señalen (sic) la Ley. A falta de Gaceta Municipal, la difusión se hará en el Periódico Oficial del Estado.

La GACETA MUNICIPAL, es el medio de difusión del Gobierno Municipal de Juárez, Nuevo León, elaborada en la Dirección Técnica, adscrita a la Secretaría del Ayuntamiento, ubicada en Palacio Municipal, Zaragoza y Benito Juárez s/n, Planta Alta, Centro, Juárez, N.L. Teléfono 81 34 23 84 90.

GACETA MUNICIPAL del GOBIERNO MUNICIPAL de Juárez, Nuevo León, MÉXICO. Publicada en el sitio oficial del Municipio:http://juarez-nl.gob.mx/

(3)

Página 2

C O N T E N I D O

PÁGINA

ACUERDOS DEL R AYUNTAMIENTO DE JUÁREZ, NUEVO LEÓN, SESIÓN DE CABILDO NÚMERO 07 DE FECHA 16 DE DICIEMBRE DE 2021

ACUERDO NO. 01 ORDEN DEL DÍA PARA LA PRESENTE SESIÓN. 4

ACUERDO NO. 02 DISPENSA DE LA LECTURA DEL ACTA DE LA SESION ANTERIOR. 4

ACUERDO NO. 03 CONTENIDO DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR. 4

ACUERDO NO. 04 DISPENSA DE LAS LECTURAS COMPLETAS DE LOS DICTÁMENES A TRATAR EN LA PRESENTE SESIÓN DE CABILDO, PARA PROCEDER A DAR LECTURA AL PROEMIO Y PUNTO DE ACUERDO DE LOS MISMOS.

4

ACUERDO NO. 05 SE APRUEBA Y AUTORIZA EL DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN, REGLAMENTACIÓN Y MEJORA REGULATORIA, RELATIVO A LA DECLARATORIA DE DÍAS INHÁBILES EN LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL DE JUÁREZ, NUEVO LEÓN, PARA EL AÑO 2022

4 - 5

ACUERDO NO. 06 SE APRUEBA Y AUTORIZA EL DICTAMEN EMITIDO POR LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PATRIMONIO MUNICIPALES DEL AYUNTAMIENTO DE JUÁREZ, NUEVO LEÓN, RELATIVO AL OTORGAMIENTO DE NUEVAS CONCESIONES SOBRE DIVERSAS ÁREAS MUNICIPALES

5 - 6

ACUERDO NO. 07 SE APRUEBA Y AUTORIZA EL DICTAMEN DE BASES GENERALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS, DISMINUCIONES Y/O CONDONACIONES, EMITIDO POR LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PATRIMONIO MUNICIPALES DEL R. AYUNTAMIENTO DE JUÁREZ, NUEVO LEÓN

6 - 13

ACUERDO NO. 08 SE APRUEBA Y AUTORIZA EL DICTAMEN PARA LA APROBACIÓN DEL PROYECTO DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2022, EMITIDO POR LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PATRIMONIO MUNICIPALES DEL R. AYUNTAMIENTO DE JUÁREZ, NUEVO LEÓN

13 - 15

ACUERDO NO. 09 SE APRUEBA Y AUTORIZA EL DICTAMEN DE LA COMISION ESPECIAL DEL AYUNTAMIENTO ENCARGADA DE REVISAR Y ANALIZAR EL ACTA DE ENTREGA-RECEPCION PARA DAR CUENTA DE LA SITUACION QUE GUARDA LA ADMINISTRACION PUBLICA MUNICIPAL 2018-2021 DE JUAREZ, NUEVO LEON

15

ACUERDO NO. 10 SE APRUEBA Y AUTORIZA EL DICTÁMEN DE LA COMISIÓN DE ESPECTÁCULOS Y ALCOHOLES PARA LA APROBACIÓN DE ANUENCIAS MUNICIPALES PARA EL EXPENDIO, VENTA O CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS EN EL MUNICIPIO DE JUÁREZ, NUEVO LEÓN

15 - 24

ACUERDO NO. 11 SE APRUEBA Y AUTORIZA EL PUNTO DE ACUERDO RELATIVO A LA RIFA DE 1-UN AUTOMÓVIL SEDAN, 2-DOS MOTONETAS PARA LOS CONTRIBUYENTES QUE CUMPLAN CON EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL EN EL MES DE ENERO DE 2021 Y 5-CINCO TELEVISORES DE 50 PULGADAS SMART TV, 5-CINCO CELULARES SMARTPHONE, 5-CINCO TABLETS PARA LOS QUE CUMPLAN EN ENERO Y FEBRERO DE 2022

24 - 25

ACUERDOS DEL R AYUNTAMIENTO DE JUÁREZ, NUEVO LEÓN, SESIÓN DE CABILDO NÚMERO 08 DE FECHA 16 DE DICIEMBRE DE 2021

ACUERDO NO. 01 ORDEN DEL DÍA PARA LA PRESENTE SESIÓN. 26

(4)

Página 3 ACUERDO NO. 02 DISPENSA DE LA LECTURA DEL ACTA DE LA SESION ANTERIOR. 26

ACUERDO NO. 03 CONTENIDO DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR. 26

ACUERDO NO. 04 SE APRUEBA LA DISPENSA DE LA LECTURA COMPLETA DEL DICTAMEN A TRATAR EN LA PRESENTE SESIÓN DE CABILDO, PARA PROCEDER A DAR LECTURA AL PROEMIO Y PUNTO DE ACUERDO DEL MISMO.

26

ACUERDO NO. 05 SE APRUEBA Y AUTORIZA EL DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE SEGUIMIENTO AL PLAN MUNICIPAL DE DESARROLLO, RELATIVO AL PLAN MUNICIPAL DE DESARROLLO PARA EL GOBIERNO MUNICIPAL PERIODO 2021-2024

26 - 75

(5)

Página 4

ACUERDOS

ACTA NÚMERO 07

SÉPTIMA SESIÓN DEL R. AYUNTAMIENTO 2021-2024 (ORDINARIA)

16 DE DICIEMBRE DE 2021

ACUERDO NO. 01.- CON CATORCE VOTOS A FAVOR, SE APRUEBA Y AUTORIZA POR UNANIMIDAD DE VOTOS DE LOS EDILES PRESENTES EL ORDEN DEL DÍA PARA LA PRESENTE SESIÓN

ACUERDO NO. 02.- CON CATORCE VOTOS A FAVOR, POR UNANIMIDAD DE VOTOS DE LOS EDILES PRESENTES SE APRUEBA Y AUTORIZA LA DISPENSA DE LA LECTURA DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.

ACUERDO NO. 03.- CON CATORCE VOTOS A FAVOR, POR UNANIMIDAD DE VOTOS DE LOS EDILES PRESENTES SE APRUEBA Y AUTORIZA EL CONTENIDO DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.

ACUERDO NO. 04.- CON CATORCE VOTOS A FAVOR, POR UNANIMIDAD, EL AYUNTAMIENTO DE JUÁREZ, N.L., APRUEBA LA DISPENSA DE LAS LECTURAS COMPLETAS DE LOS DICTÁMENES A TRATAR EN LA PRESENTE SESIÓN DE CABILDO, PARA PROCEDER A DAR LECTURA AL PROEMIO Y PUNTO DE ACUERDO DE LOS MISMOS.

ACUERDO NO. 05.- CON CATORCE VOTOS A FAVOR, POR UNANIMIDAD, EL R. AYUNTAMIENTO DE JUÁREZ NUEVO LEÓN, CON FUNDAMENTO EN LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 115 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 118 Y 130 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE NUEVO LEÓN, 33 FRACCIÓN I INCISO B) DE LA LEY DE GOBIERNO MUNICIPAL DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN; 61 Y DEMÁS RELATIVOS DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL R. AYUNTAMIENTO DE JUÁREZ, NUEVO LEÓN, APRUEBA Y AUTORIZA EL DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN, REGLAMENTACIÓN Y MEJORA REGULATORIA, RELATIVO A LA DECLARATORIA DE DÍAS INHÁBILES EN LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL DE JUÁREZ, NUEVO LEÓN, PARA EL AÑO 2022, EN LOS SIGUIENTES TÉRMINOS:

PRIMERO.- Se comunica a los interesados que se consideran días inhábiles, los días 07-siete de febrero, 21-veintiuno de marzo, 05-cinco de mayo, 16-dieciséis de septiembre, 12-doce de octubre, 02-dos y 21-veintiuno de noviembre, todos del año 2022-dosmil veintidós, así como también los días comprendidos al período vacacional correspondiente del 11- once al 22-veintidós de abril de 2022, además de los sábados y domingos del año 2022, por ser considerados como días inhábiles de acuerdo al calendario oficial de la Comisión de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de Nuevo León. Lo anterior para efecto de que las actuaciones relativas a la recepción, trámite, entrega de respuestas y demás actuaciones y procedimientos relacionados con las solicitudes de acceso a la información y de datos personales, los citados días no sean considerados en el cómputo de los plazos de entrega de respuestas de términos de atención a las solicitudes de acceso a la información y de datos personales, que se presenten a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, o de manera presencial, vía telefónica y/o a través del correo institucional y con ello no incurrir en contestaciones extemporáneas de igualo manera, para efecto de realizar todo tipo de trámites, procedimientos, diligencias, contestaciones, rendición de informes y en general, todo lo conducente en materia de transparencia y acceso a la información y de datos personales ante la Comisión de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de Nuevo León. De igual manera, son declarados como días inhábiles los anteriormente señalados, para efecto de las actuaciones relativas a los procedimientos de responsabilidad administrativa en contra de servidores o ex servidores públicos del Municipio de Juárez, Nuevo León y sus recursos procedimentales.

SEGUNDO.- El presente acuerdo entrará en vigor a partir de la fecha de su aprobación y no deja sin efectos las declaratorias de días inhábiles anteriores, en tanto no contravengan al presente acuerdo.

(6)

Página 5 TERCERO.- Gírense las instrucciones a la Secretaría del Ayuntamiento para que por su conducto se publique el presente acuerdo de conformidad a lo establecido en el Artículo 64 de la Ley de Gobierno Municipal vigente en la entidad; así mismo colóquese el presente Acuerdo en la Tabla de Avisos de la Presidencia Municipal de Juárez, Nuevo León, así como a la vista del público en las Oficinas de la Presidencia Municipal y de la Contraloría Municipal, de Juárez, Nuevo León, y en las demás que así corresponda.

ACUERDO NO. 06.- CON CATORCE VOTOS A FAVOR, POR UNANIMIDAD, EL R. AYUNTAMIENTO DE JUÁREZ NUEVO LEÓN, APRUEBA Y AUTORIZA EL DICTAMEN EMITIDO POR LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PATRIMONIO MUNICIPALES DEL AYUNTAMIENTO DE JUÁREZ, NUEVO LEÓN, RELATIVO AL OTORGAMIENTO DE NUEVAS CONCESIONES SOBRE DIVERSAS ÁREAS MUNICIPALES, EN LOS SIGUIENTES TÉRMINOS:

PRIMERO: Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicano, artículos 118, 119, 120, 130, y demás relativos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, artículos 2, 4, 33, fracción I, inciso b), fracción IV, inciso c), 206 y demás relativos de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León, el Ayuntamiento de Juárez, Nuevo León aprueba y autoriza otorgar una nueva concesión sobre las áreas municipales aprobadas mediante sesión de cabildo número 25-veinticinco con carácter de extraordinaria de fecha 8-ocho de septiembre de 2016-dosmil dieciséis, a favor del Organismo Público Descentralizado, Servicios de Salud de Nuevo León; autorizando al Presidente Municipal y a la Síndico Segundo, en su calidad de representantes legales del municipio, a que firmen las nuevas concesiones mediante los instrumentos jurídicos que sean necesarios.

SEGUNDO. El periodo por el cual se aprueban y autorizan las nuevas concesiones sobre las áreas municipales que se describen a continuación, será hasta el término de la actual administración 2021-2027 del Gobierno del Estado de Nuevo León, es decir, a partir de la firma de los contratos o instrumentos jurídicos que se requieran y hasta el 04-cuatro de octubre de 2027-dosmil veintisiete.

TERCERO.- Las porciones de las áreas municipales objeto de las mencionadas concesiones, serán las que se describen a continuación:

Del área municipal identificada como lote 52 manzana 31 de la COLONIA LOS VALLES 1° SECTOR, ubicada en el municipio de Juárez, N.L., con superficie total de 3,337.21mts2., y con las siguientes colindancias: al norte con lotes 1 y 51 de la manzana 31.Al sur con calle valle de los naranjos, al oeste con calle valle de los sauces y al este con calle valle de los fresnos, será cedida en comodato una porción de 600 mts2, con las siguientes medidas y colindancias: al Norte mide 20 mts y colinda con lotes 1 y 51 de la manzana 31; al sur mide 20 mts y colinda con área Municipal; al oeste mide 30 mts y colinda con área municipal y al este mide 30 mts y colinda con calle Valle de los Fresnos.

Del área municipal identificada como lote 01 manzana 27 de la colonia EJIDO JUÁREZ, ubicada en el municipio de Juárez, N.L., con superficie total de 9,569.49 mts2, y con las siguientes medidas y colindancias: al noreste mide 90.40mts.y colinda con calle Benito Juárez, al sureste mide 99.40mts y colinda con calle Privada 4ta, al suroeste mide 99.40mts. y colinda con calle Emiliano Zapata y al noroeste mide 99.80mts y colinda con calle Privada 3era; será cedida en comodato una porción de 600 mts2, con las siguientes medidas y colindancias: al Noreste mide 30 mts y colinda con calle Benito Juárez; al Sureste mide 20 mts y colinda con área municipal; al Suroeste mide 30 mts y colinda con área municipal; al Noroeste mide 20 mts y colinda con calle Privada 3era.

Del área municipal identificada como lote 01 manzana 60 de la colonia MONTE KRISTAL 2° SECTOR, ubicada en el municipio de Juárez, N.L., con superficie total de 5,411.25mts2., y con las siguientes colindancias: al noreste con calle monte Everest. Al sureste con calle monte palatino, al suroeste con calle monte laurel y al noroeste con calle Monte Rojo;

será cedida en comodato una porción de 109.97 mts2.

Del área municipal identificada como lote 01 manzana 02, región 18 de HACIENDA SAN MATEO, ubicada en el Municipio de Juárez, N.L., con superficie total de 739.50 mts.2 y con las siguientes colindancias: al Norte mide 42.00 mts. Y colinda

(7)

Página 6 con camino a La Lobita, al sur mide 48.00 mts. y colinda con callejón 7, al este mide 18.00 mts. y colinda con calle 3 y al oeste mide 17.00 mts. y colinda con callejón 6; será cedida en comodato el área en su totalidad, con una superficie total de 739.50 mts2.

CUARTO.- Instrúyase a la Dirección Jurídica adscrita a la Secretaría del Ayuntamiento de este Municipio a fin de llevar a cabo la elaboración de los contratos de comodato respectivos o instrumentos jurídicos que se requieran, para la firma de los representantes legales del Municipio y del Organismo Público descentralizado Servicios de Salud de Nuevo León.

QUINTO.- Gírense las instrucciones a la Secretaría del Ayuntamiento para que por su conducto y en base a lo establecido en los artículos 64 y demás relativos de la Ley de Gobierno Municipal del Estado, se publiquen los acuerdos respectivos por una sola vez en el Periódico Oficial del Estado y la Gaceta Municipal a fin de darles la difusión correspondiente para que surtan los efectos legales a que haya lugar.

ACUERDO NO. 07.- CON CATORCE VOTOS A FAVOR, POR UNANIMIDAD, EL R. AYUNTAMIENTO DE JUÁREZ NUEVO LEÓN, CON FUNDAMENTO EN LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 115 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 118 Y 130 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE NUEVO LEÓN, 33 FRACCIÓN I, III Y DEMÁS RELATIVOS DE LA LEY DE GOBIERNO MUNICIPAL DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN; APRUEBA Y AUTORIZA EL DICTAMEN DE BASES GENERALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS, DISMINUCIONES Y/O CONDONACIONES, EMITIDO POR LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PATRIMONIO MUNICIPALES DEL R. AYUNTAMIENTO DE JUÁREZ, NUEVO LEÓN, EN LOS SIGUIENTES TÉRMINOS:

PRIMERO.- Se aprueba la propuesta del C. Presidente Municipal Lic. Francisco Héctor Treviño Cantú, las Bases Generales para el Otorgamiento de Subsidios, Disminuciones, y/o Condonaciones con cargo a las contribuciones y demás ingresos municipales que reciba el Municipio de Juárez, Nuevo León, mismas que se aplicarán durante el período comprendido del 01 de Enero del 2022 al 31 de Diciembre del 2024, en los siguientes términos; otorgándole al C.

Secretario de Finanzas y Tesorero Municipal, para que con apoyo de la Dirección de Ingresos, previo análisis, la libertad de negociar, de acuerdo a las condiciones económicas de cada contribuyente, el monto de la disminución o condonación a las multas y bonificación de las licencias antes señaladas, que se hayan generado de acuerdo a los criterios establecidos, en las Bases Generales que se establecen a continuación:

BASES GENERALES DE SUBSIDIOS, DISMINUCIONES Y/O CONDONACIONES

CONCEPTO FUNDAMENTO ACTIVIDAD O SECTOR

DE CONTRIBUYENTES BENEFICIADOS

BENEFICIO SOCIAL Y ECONÓMICO QUE

REPRESENTARÁ PARA EL MUNICIPIO

LÍMITE DEL SUBSIDIO, DISMINUCIÓN O CONDONACIÓN 1. IMPUESTO PREDIAL

1.1. IMPUESTO PREDIAL Y REZAGO

ART. SEXTO LIM Huérfanos menores de 18 años, mujeres cualquiera que sea su edad, con excepción de casadas;

veteranos de la revolución; personas incapacitadas físicamente para trabajar y jubilados y pensionados de acuerdo a lo establecido por los incisos a), b), c), d) y e) de la fracción IX, del artículo 21 bis 9, de la Ley de Hacienda para los Municipio del Estado de Nuevo León, y quienes en el año 2001 gozaban de la tarifa especial y que con el cambio de los valores catastrales quedaron

Apoyar al sector económico

desprotegido y obtener el pago el rezago que de otra manera no se lograría.

Para inmuebles con valor catastral de

$615,529.80 hasta

$900,000.00 del 50%

del impuesto que les corresponda pagar, para inmuebles con valor catastral de

$900,000.00 hasta de

$1,200,000.00 el 40%

del impuesto que les corresponda pagar.

(8)

Página 7

fuera de los beneficios de la tarifa especial

1.2 IMPUESTO PREDIAL ART. 21 BIS LHM Para los contribuyentes que por diversas situaciones económicas, no han podido regularizar la situación del inmueble de su propiedad.

Depurar el rezago existente toda vez que el mismo evita el cumplimiento del pago del presente año, en virtud de que en la mayoría de los casos, el rezago rebasa el impuesto actual y por tal motivo buscar un aumento en las participaciones, como consecuencia del reflejo que arroja la no percepción de pago por este concepto. Así como para la regularización de los operativos para fomentar el desarrollo de la vivienda y el empleo.

Hasta el 100 %

II. RELATIVOS A ACCESORIOS DEL IMPUESTO PREDIAL.

2.1 RECARGOS APLICABLES GENERAL

ART. 92 LHM Contribuyentes con rezago en el pago del impuesto predial.

Huérfanos menores de 18 años, mujeres cualquiera que sea su edad, con excepción de casadas;

veteranos de la revolución, personas incapacitadas físicamente para trabajar, jubilados y

pensionados, y

contribuyentes a que se refieren las fracciones I, II, III y VII del artículo 21 bis 9 de la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Nuevo León, con rezago en el pago del impuesto predial.

Poner al corriente al padrón de deudores del predial evitando que prescriban los créditos.

Hasta 100 %

2.2 SANCIONES APLICABLES ART. 92 LHM Contribuyentes con rezago en el pago del impuesto predial.

Huérfanos menores de 18 años, mujeres cualquiera que sea su edad, con excepción de casadas;

veteranos de la revolución, personas incapacitadas físicamente para trabajar, jubilados y

pensionados, y

contribuyentes a que se refieren las fracciones I, II, III y VII del artículo 21 bis 9 de la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Nuevo León, con rezago en el pago del impuesto predial.

Poner al corriente al padrón de deudores de predial evitando que prescriban los créditos.

Hasta 100 %

(9)

Página 8

2. GASTOS DE EJECUCIÓN Art. SEXTO LIM y 92 LHM

Contribuyentes con rezago en el pago del impuesto predial

Poner al corriente al padrón de deudores de predial evitando que prescriban los créditos

Hasta 100 %

III. IMPUESTO PREDIAL DE CONSTRUCCIÓN OMISA

(PROGRAMA DE

MODERNIZACIÓN

CATASTRAL) Y

ACCESORIOS.

3.1 IMPUESTO OMITIDO. Art. SEXTO LIM Contribuyentes con rezago en el pago impuesto predial por construcción omisa.

Poner al corriente al padrón de deudores de predial evitando que prescriban los créditos.

Hasta 90 %

3.2 RECARGOS Art. 92 LHM Contribuyentes con

rezago en el pago impuesto predial por construcción omisa.

Poner al corriente al padrón de deudores de predial evitando que prescriban los créditos.

Hasta 100 %

3.3. SANCIONES Art. 92 LHM Contribuyentes con

rezago en el pago impuesto predial por construcción omisa.

Poner al corriente al padrón de deudores de predial evitando que prescriban los créditos.

Hasta 100 %

IV. ACCESORIOS DE DOCUMENTOS VENCIDOS DE PREDIAL Y DEL IMPUESTO SOBRE ADQUISICIÓN DE INMUEBLES.

4.1 RECARGOS Art. 92 LHM Contribuyentes con

convenios de prórroga vencidos.

Propiciar que los contribuyentes se pongan al corriente en su adeudo logrando

aumentar la

recaudación del municipio.

Hasta 100 %

4.2. SANCIONES Art. 92 LHM Contribuyentes con

convenios de prórroga vencidos.

Propiciar que los contribuyentes se pongan al corriente en su adeudo logrando

aumentar la

recaudación del municipio.

Hasta 100 %

4.3. GASTOS DE EJECUCIÓN. Art. SEXTO LIM y Art. 92 LHM

Contribuyentes con convenios de prórroga vencidos.

Propiciar que los contribuyentes se pongan al corriente en su adeudo logrando

aumentar la

recaudación del municipio.

Hasta 100 %

V. IMPUESTO SOBRE ADQUISICIÓN DE INMUEBLES.

5.1. IMPUESTO SOBRE ADQUISICIÓN DE INMUEBLE

Art. 28 BIS LHM Para los contribuyentes que por diversas situaciones económicas, no han podido regularizar la situación del inmueble de su propiedad.

Propiciar el pago de estas contribuciones.

Hasta 50 %

5.2 RECARGOS Art. 92 LHM Contribuyentes con

rezagos en el pago del

impuesto sobre

adquisición de inmuebles.

Poner al corriente al padrón de deudores del ISAI evitando que prescriban los créditos

Hasta 100%

5.3 ACTUALIZACIÓN. Art. 92 LHM Contribuyentes con rezagos en el pago del

Poner al corriente al padrón de deudores del impuesto sobre

Hasta 100 %

(10)

Página 9

impuesto sobre

adquisición de inmuebles.

adquisición de inmuebles evitando que prescriban los créditos.

5.4. GASTOS DE EJECUCIÓN. Art. SEXTO LIM y Art. 92 LHM

Contribuyentes con rezagos en el pago del

impuesto sobre

adquisición de inmuebles.

Poner al corriente al padrón de deudores del impuesto sobre adquisición de inmuebles evitando que prescriban los créditos.

Hasta 100 %

5.5. SANCIÓN Art. 92 LHM Contribuyentes con

rezagos en el pago del

impuesto sobre

adquisición de inmuebles.

Poner al corriente al padrón de deudores del impuesto sobre adquisición de inmuebles evitando que prescriban los créditos.

Hasta 100 %

V. 1 IMPUESTO SOBRE ADQUISICIÓN DE

INMUEBLES DE

OPERACIONES A QUE SE

REFIEREN LAS

FRACCIONES II, III Y IV DEL ARTÍCULO 28 BIS 2, A LAS CUALES LES ES APLICABLE EL ARTÍCULO 28 BIS 3 FRACCIÓN I, AMBOS DE LA LEY DE HACIENDA PARA LOS MUNICIPIOS.

5.1.1 RECARGOS Art. 92 LHM Contribuyentes con

rezago en el pago del

impuesto sobre

adquisición de inmuebles de operaciones a que se refieren las fracciones II, III y IV del artículo 28 Bis 2, a las cuales les es aplicable el artículo 28 Bis 3 fracción I, ambos de la Ley de Hacienda para los Municipios.

Poner al corriente a los contribuyentes deudores del impuesto sobre adquisición de

inmuebles de

operaciones a que se refieren las fracciones II, III y IV del artículo 28 Bis 2, a las cuales les es aplicable el artículo 28 Bis 3 fracción I, ambos de la Ley de Hacienda para los Municipios.

Hasta el 100 %

5.1.2 ACTUALIZACIÓN. Art. 92 LHM Contribuyentes con rezago en el pago del

impuesto sobre

adquisición de inmuebles de operaciones a que se refieren las fracciones II, III y IV del artículo 28 Bis 2, a las cuales les es aplicable el artículo 28 Bis 3 fracción I, ambos de la Ley de Hacienda para los Municipios.

Poner al corriente a los contribuyentes deudores del impuesto sobre adquisición de

inmuebles de

operaciones a que se refieren las fracciones II, III y IV del artículo 28 Bis 2, a las cuales les es aplicable el artículo 28 Bis 3 fracción I, ambos de la Ley de Hacienda para los Municipios.

Hasta el 95 %

5.1.3 GASTOS DE

EJECUCIÓN.

Art. SEXTO LIM y Art. 92 LHM

Contribuyentes con rezago en el pago del

impuesto sobre

adquisición de inmuebles de operaciones a que se refieren las fracciones II, III y IV del artículo 28 Bis 2, a las cuales les es aplicable el artículo 28 Bis 3 fracción I, ambos de la Ley de Hacienda para los Municipios.

Poner al corriente a los contribuyentes deudores del impuesto sobre adquisición de

inmuebles de

operaciones a que se refieren las fracciones II, III y IV del artículo 28 Bis 2, a las cuales les es aplicable el artículo 28 Bis 3 fracción I, ambos de la Ley de

Hasta el 100 %

(11)

Página 10

Hacienda para los Municipios.

5.1.4 SANCIÓN Art. 92 LHM Contribuyentes con

rezago en el pago del

impuesto sobre

adquisición de inmuebles de operaciones a que se refieren las fracciones II, III y IV del artículo 28 Bis 2, a las cuales les es aplicable el artículo 28 Bis 3 fracción I, ambos de la Ley de Hacienda para los Municipios.

Poner al corriente a los contribuyentes deudores del impuesto sobre adquisición de

inmuebles de

operaciones a que se refieren las fracciones II, III y IV del artículo 28 Bis 2, a las cuales les es aplicable el artículo 28 Bis 3 fracción I, ambos de la Ley de Hacienda para los Municipios.

Hasta el 100%

VI. DERECHOS POR COOPERACIÓN PARA OBRAS PÚBLICAS

6.1 DERECHOS REZAGADOS Art. SEXTO LIM Contribuyentes con rezago en el pago de derechos por cooperación de obras.

Poner al corriente a los contribuyentes deudores de este concepto evitando que prescriban los créditos.

Hasta el 75 %

6.2 GASTOS DE EJECUCIÓN Art. SEXTO LIM y Art. 92 LHM

Contribuyentes con rezago en el pago de derechos por cooperación de obras.

Poner al corriente a los contribuyentes deudores de este concepto evitando que prescriban los créditos.

Hasta el 100 %

6.3. RECARGOS. Art. 92 LHM Contribuyentes con

rezago en el pago de derechos por cooperación de obras.

Poner al corriente a los contribuyentes deudores de este concepto evitando que prescriban los créditos.

Hasta el 100%

VII. IMPUESTO SOBRE

DIVERSIÓN Y

ESPECTÁCULOS.

7.1 IMPUESTO Art. SEXTO LIM Instituciones deportivas,

culturales, de

beneficencia, oficiales, desarrollo social y educativas en el fomento de sus actividades.

Apoyar actividades de dichas asociaciones, logrando que se

aumente la

recaudación del municipio por este concepto.

Hasta el 90%

VIII. DERECHOS POR LICENCIAS PARA ANUNCIOS.

8.1 DERECHOS Art. SEXTO LIM Instituciones deportivas,

culturales, de

beneficencia, oficiales, desarrollo social y educativas en el fomento de sus actividades.

Apoyo al fomento de las actividades educativas, culturales y deportivas. Apoyar a la regularización de los contribuyentes morosos para que con esto regularicen su situación.

Hasta el 90%

8.3 RECARGOS Art. 92 LIM Contribuyentes que

tengan adeudos por este concepto.

Apoyar a la

regularización de los contribuyentes morosos para que regularicen su situación.

Hasta el 100%

IX. DERECHOS DE SITIOS Y ESTACIONAMIENTOS EXCLUSIVOS

9.1 DERECHOS REZAGADOS Art. SEXTO LIM Contribuyentes con rezagos en este concepto

Regularización de los

sitios y

estacionamientos exclusivos y lograr una

Hasta el 90%

(12)

Página 11

mayor recaudación para el municipio.

9.2 RECARGOS Art. 92 LIM Contribuyentes con

rezagos en este concepto

Regularización de los

sitios y

estacionamientos exclusivos y lograr una mayor recaudación para el municipio.

Hasta el 100%

9.3 GASTOS DE EJECUCIÓN Art. SEXTO LIM y Art. 92 LHM

Contribuyentes con rezagos en este concepto

Regularización de los

sitios y

estacionamientos exclusivos y lograr una mayor recaudación para el municipio.

Hasta el 100%

X. MULTAS DE LOTES BALDIOS

10.1 MULTAS Art. 92 LHM Contribuyentes con

rezago en este concepto.

Regularización de contribuyentes deudores de éstos conceptos y lograr una mayor recaudación para el municipio,

evitando que

prescriban los créditos.

Además se logra la limpieza efectiva de los lotes baldíos, previniéndose focos de insalubridad.

Hasta un 100%

10.2 GASTOS DE EJECUCIÓN Art. SEXTO LIM y Art. 92 LHM

Contribuyentes con rezagos en este concepto

Regularización de contribuyentes deudores de estos conceptos y lograr una mayor recaudación para el municipio,

evitando que

prescriban los créditos.

Además se logra la limpieza efectiva de los lotes baldíos, previniéndose focos de insalubridad.

Hasta el 100%

XI. MULTAS DE SERVICIOS PUBLICOS, LIMPIA, COMERCIO, OBRAS PÚBLICAS, ESPECTÁCULOS Y PROTECCIÓN CIVIL.

11.1 MULTAS Art. 92 LHM Contribuyentes con

rezagos en este concepto

Regularización de contribuyentes deudores de estos conceptos y lograr una mayor recaudación para el municipio,

evitando que

prescriban los créditos.

Hasta el 100%

11.2 GASTOS DE EJECUCIÓN Art. SEXTO LIM y Art. 92 LHM

Contribuyentes con rezagos en este concepto

Regularización de contribuyentes deudores de estos conceptos y lograr una mayor recaudación para el municipio,

evitando que

prescriban los créditos.

Hasta el 100 %

XII TRÁMITES

URBANÍSTICOS, ECOLOGÍA Y

CONSTRUCCIÓN.

(13)

Página 12

12.1 MULTAS Art. 92 LHM Contribuyentes con

rezagos en este concepto.

Regularización de contribuyentes deudores de estos conceptos y lograr una mayor recaudación para el municipio,

evitando que

prescriban los créditos.

Hasta el 90%

12.2 GASTOS DE EJECUCIÓN Art. SEXTO LIM y Art. 92 LHM

Contribuyentes con rezagos en este concepto.

Regularización de contribuyentes deudores de estos conceptos y lograr una mayor recaudación para el municipio,

evitando que

prescriban los créditos.

Hasta el 100 %

XIII. REZAGO EN DERECHOS POR OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 65 BIS 1 DE LA LHM.

13. 1 DERECHOS

REZAGADOS

Art1. 8 LIM Contribuyentes con adeudos en este concepto.

Regularizar a los contribuyentes deudores de este concepto y lograr una mejor recaudación para el municipio.

Hasta el 50 %

13.2 RECARGOS Art. 92 LHM Contribuyentes con

adeudos en este concepto.

Regularizar a los contribuyentes deudores de este concepto y lograr una mejor recaudación para el municipio.

Hasta el 100 %

13.3 GASTOS DE

EJECUCIÓN.

Art. 92 LHM Contribuyentes con adeudos en este concepto.

Regularizar a los contribuyentes deudores de este concepto y lograr una mejor recaudación para el municipio.

Hasta el 100 %

XIV. LICENCIAS PARA LA UTILIZACION DE EQUIPAMENTO URBANO Y LA VIA PÚBLICA.

14.1. Licencias para la utilización de equipamiento urbano y la vía publica para colocar o adherir anuncios publicitarios o de propaganda de cualquier tipo, que se de a conocer mediante carteles, pendones y demás medios gráficos.

Art. 64 LHM, FRACCIÓN V, PARRAFO 6.

Instituciones de beneficencia pública o privada y Organismos Federales, Estatales o Municipales, que destinen el medio de difusión de que se trate a la promoción de actividades que sean propias de su objeto y que no sean con motivo de lucro y se hagan cargo del retiro de la propaganda colocada por ellos mismos.

Apoyar las actividades de dichas Instituciones, dependencias y/o organismos que se reflejen en beneficio de la sociedad.

Hasta el 100 %

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 41 fracciones I y III del Código Fiscal del Estado de Nuevo León, Artículo Sexto de la Ley de Ingresos de los Municipios de Nuevo León para el año 2021, se acuerda autorizar un subsidio de hasta el 70% en el Impuesto Predial de las regiones 60, 61, 62,63,64,65,66 y 67; así como el rezago de las mismas y/u otras contribuciones que se requieran con la intención de apoyar a todas las familias de este Municipio.

SEGUNDO.- Estas bases entrarán en vigor el 01 de Enero del 2022. Así mismo, se aclara que las presentes bases dejan sin efecto a las aprobadas con anterioridad.

(14)

Página 13 TERCERO.- Deberá informarse trimestralmente al R. Ayuntamiento de Juárez, Nuevo León, de los avances y resultados del presente programa durante todo el tiempo en que se mantenga en vigor, debiendo integrarse el informe a la cuenta pública municipal. Para llevar a cabo el programa propuesto se instruye al Secretario de Finanzas y Tesorero Municipal de Juárez, para que dentro del límite previsto en estas bases y auxiliado por la Dirección de Ingresos otorgue el subsidio, de acuerdo a las condiciones de cada contribuyente en lo particular.

CUARTO.- Por lo que respecta a las Multas de Tránsito, a partir del 1 Enero del 2022, se podrán otorgar subsidios en materia de multas de tránsito en los siguientes términos:

XVIII.- MULTAS DE TRANSITO.

18.1.- MULTAS. Art. 92 LHM Contribuyentes con

multas de tránsito en general.

Regularizar a los contribuyentes deudores de este concepto y lograr una mayor recaudación para el municipio.

Hasta 90%

QUINTO.- Se otorgarán descuentos a los empleados municipales de hasta un 90% del derecho correspondiente a la renta del Auditorio Municipal, así como hasta en un 100% en instituciones de beneficencia, y hasta un 70% para instituciones deportivas, culturales, oficiales, desarrollo social y educativas, en el fomento de sus actividades, que no persigan fines de lucro.

SEXTO.- Se autoriza al C. Presidente Municipal y al C. Secretario de Finanzas y Tesorero Municipal para que otorgue subsidios con cargo a las contribuciones municipales hasta en un 50% y con cargo a sus accesorios hasta en un 100%, en los casos en que a través del otorgamiento del subsidio se fomente el desarrollo social y económico del municipio, se incentive la generación de empleos que beneficie directamente a los habitantes del municipio o se fortalezca la hacienda pública municipal a través de mayores ingresos fiscales netos.

SÉPTIMO.- Los Subsidios, Disminuciones, y/o Condonaciones a las multas, y licencias que se otorguen en virtud del presente dictamen, deberán ser registradas en la cuenta municipal e integradas a los informes trimestrales de los Subsidios, Disminuciones, y/o Condonaciones que se rindan a éste R. Ayuntamiento.

OCTAVO.- La Secretaría del Ayuntamiento deberá turnar para su publicación las presentes Bases Generales de Subsidios, Disminuciones, y/o Condonaciones con cargo a las contribuciones y demás ingresos municipales que reciba el Municipio de Juárez, tanto en la Gaceta Municipal como en el Periódico Oficial del Estado de Nuevo León, de conformidad con lo establecido en los artículos 33 fracción III, incisos a) b) g) y 35 Inciso A, fracción XII de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León en vigor.

ACUERDO NO. 08.- CON CATORCE VOTOS A FAVOR, POR UNANIMIDAD, EL R. AYUNTAMIENTO DE JUÁREZ NUEVO LEÓN, CON FUNDAMENTO EN LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 115 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 118 Y 130 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE NUEVO LEÓN, 33 FRACCIÓN I, III Y DEMÁS RELATIVOS DE LA LEY DE GOBIERNO MUNICIPAL DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, APRUEBA Y AUTORIZA EL DICTAMEN PARA LA APROBACIÓN DEL PROYECTO DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2022, EMITIDO POR LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PATRIMONIO MUNICIPALES DEL R. AYUNTAMIENTO DE JUÁREZ, NUEVO LEÓN, EN LOS SIGUIENTES TÉRMINOS:

PRIMERO.- Se aprueba el Proyecto del Presupuesto de Egresos a ejercer para el año 2022, por una cantidad de

$1,024,759,551.00 (MIL VEINTICUATRO MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y UN PESOS 00/100 M.N.) de acuerdo a la revisión de los documentos y anexos presentados por la Secretaría de Finanzas y Tesorería Municipal, los cuales se distribuyen en las siguientes clasificaciones:

(15)

Página 14 PROYECTO DE PRESUPUESTO DE EGRESOS 2022

Municipio de JUÁREZ, Nuevo León

Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2022

Clasificador por Objeto del Gasto Importe

Total 1,024,759,551.00

Servicios Personales 479,542,620

Materiales y Suministros 68,894,109

Servicios Generales 294,720,874

Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas 13,306,987 Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles 18,338,763

Inversión Pública 73,645,046

Inversiones Financieras y Otras Provisiones

Provisiones para Contingencias y Otras Erogaciones Especiales Participaciones y Aportaciones -

Deuda Pública 76,311,151

Municipio de Juárez, Nuevo León

Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2022

Clasificación Administrativa Importe

Total 1,024,759,551.00 Órgano Ejecutivo Municipal 1,024,759,551.00 Otras Entidades Paraestatales y organismos -

Municipio de Juárez, Nuevo León

Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2022 Clasificador Funcional del Gasto Importe

Total

1,024,759,551

Gobierno 571,283,849

Desarrollo Social 450,911,654

Desarrollo Económico 2,564,048 Otras no clasificadas en funciones anteriores

Municipio de Juárez, Nuevo León

Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2022

Clasificación por Tipo de Gasto Importe

Total 1,024,759,551

(16)

Página 15 SEGUNDO.- Se autoriza a la Secretaría de Finanzas y Tesorería Municipal a realizar las transferencias necesarias de presupuesto entre los programas autorizados en el punto anterior para llevar a cabo una mayor eficiencia en el manejo de sus finanzas.

TERCERO. Se instruye a la Secretaría del Ayuntamiento se mande publicar el presente acuerdo en el Periódico Oficial del Estado, así como en la Gaceta Municipal de Juárez, Nuevo León, a fin de que surtan los efectos legales a que haya lugar.

ACUERDO NO. 09.- CON CATORCE VOTOS A FAVOR, POR UNANIMIDAD, EL R. AYUNTAMIENTO DE JUÁREZ NUEVO LEÓN, CON FUNDAMENTO EN LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 115 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 118 Y 130 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE NUEVO LEÓN, 28, 32, 33 Y DEMÁS RELATIVOS DE LA LEY DE GOBIERNO MUNICIPAL DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN; APRUEBA Y AUTORIZA EL DICTAMEN DE LA COMISION ESPECIAL DEL AYUNTAMIENTO ENCARGADA DE REVISAR Y ANALIZAR EL ACTA DE ENTREGA-RECEPCION PARA DAR CUENTA DE LA SITUACION QUE GUARDA LA ADMINISTRACION PUBLICA MUNICIPAL 2018-2021 DE JUAREZ, NUEVO LEON, EN LOS SIGUIENTES TÉRMINOS:

PRIMERO. – Una vez revisado y analizado el expediente integrado correspondiente al proceso de Entrega-Recepción, que contiene la situación que guarda la Administración Pública Municipal saliente de Juárez, Nuevo León, se determina que cumple con los requisitos que establece el artículo 28 y 32 de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León.

SEGUNDO. – Se tienen por glosadas las cuentas del Ayuntamiento de la Administración Pública Municipal de Juárez, Nuevo León, 2018-2021, de conformidad con el artículo 32 de la Ley de Gobierno del Estado de Nuevo León.

TERCERO. – Remítase al H. Congreso del Estado de Nuevo León, el acuerdo y anexos correspondientes, que contienen la Glosa de las Cuentas del Ayuntamiento de la Administración Pública Municipal de Juárez, Nievo León, 2018-2021.

CUARTO. – Instrúyase a la Secretaría del Ayuntamiento para que se publique el presente acuerdo en los términos del artículo 64 de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León.

ACUERDO NO. 10.- CON CATORCE VOTOS A FAVOR, POR UNANIMIDAD, EL R. AYUNTAMIENTO DE JUÁREZ NUEVO LEÓN, APRUEBA Y AUTORIZA EL DICTÁMEN DE LA COMISIÓN DE ESPECTÁCULOS Y ALCOHOLES PARA LA APROBACIÓN DE ANUENCIAS MUNICIPALES PARA EL EXPENDIO, VENTA O CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS EN EL MUNICIPIO DE JUÁREZ, NUEVO LEÓN, EN LOS SIGUIENTES TÉRMINOS:

PRIMERO: El Ayuntamiento de Juárez, Nuevo León, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 115 fracciones I y II de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos, 118, 119, 120, y 130, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, artículo 33 fracción I inciso B de la Ley de Gobierno Municipal del Estado vigente, articulo 10 de Ley para la Prevención y Combate al Abuso del Alcohol y de Regulación para su Venta y Consumo para el Estado de Nuevo León, fracción I del artículo 5 del Reglamento para la Regulación de la Venta y Consumo de Bebidas Alcohólicas en el Municipio de Juárez, Nuevo León, APRUEBA Y AUTORIZA EL DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE ESPECTÁCULOS Y ALCOHOLES PARA LA APROBACIÓN DE LAS ANUENCIAS MUNICIPALES, PARA EL

Gasto Corriente

856,464,591

Gasto de Capital

91,983,809

Amortización de la deuda y disminución de pasivos 76,311,151

Pensiones y Jubilaciones

Participaciones

(17)

Página 16 EXPENDIO, VENTA O CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS EN EL MUNICIPIO DE JUÁREZ, NUEVO LEÓN, DESCRITAS EN EL NUMERAL SÉPTIMO DE LOS CONSIDERANDOS DEL MISMO DICTÁMEN, LAS CUALES SE TRANSCRIBEN A CONTINUACIÓN:

PERMISO CUENTA NOMBRE DOMICILIO LICENCIA USO

DE SUELO

GIRO RFC

2036 1983/21 CADENA COMERCIAL OXXO, S.A.

DE C.V.

AVE. ELOY CAVAZOS

#1000

SOL RESIDENCIAL

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CCO-860523-1N4

2037 1984/21 CADENA COMERCIAL OXXO, S.A.

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2038 1985/21 CADENA COMERCIAL OXXO, S.A.

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BENITO JUAREZ #247

HEROES DE NACOZARI

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FUENTES DE JUAREZ 4TO SECTOR

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TOLEDO #205 PRADERAS DE SAN JUAN

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JUAREZ #797 JUAREZ TIENDA DE CONVENIENCI A CON VTA DE CERVEZA, VINOS Y LIC.

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2043 1990/21 CADENA COMERCIAL OXXO, S.A.

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AVE.

COAHUILA

#118

LA QUERENCIA RESIDENCIAL

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AVE. ELOY CAVAZOS #203

LA AURORA TIENDA DE CONVENIENCI A CON VTA DE CERVEZA, VINOS Y LIC.

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SAN JOSE TIENDA DE CONVENIENCI A CON VTA DE CERVEZA, VINOS Y LIC.

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Referencias

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