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DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACION

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DE GARANTÍA AGRARIA O. A.

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DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACION

SECRETARÍA GENERAL DE AGRICULTURA Y ALIMENTACIÓN

RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE INNOVACIÓN DE INTERÉS GENERAL POR GRUPOS OPERATIVOS DE LA ASOCIACIÓN EUROPEA PARA LA INNOVACIÓN EN MATERIA DE PRODUCTIVIDAD Y SOSTENIBILIDAD AGRÍCOLAS (AEI-AGRI), EN EL MARCO DEL PROGRAMA NACIONAL DE DESARROLLO RURAL 2014-2020, PARA EL AÑO 2020.

El 3 de abril de 2018 se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el Real Decreto 169/2018, de 23 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a la ejecución de proyectos de innovación de interés general por grupos operativos de la Asociación Europea para la Innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas.

El Real Decreto 169/2018, de 23 de marzo ha sido modificado en tres ocasiones, por la disposición final primera del Real Decreto 146/2019 de 15 de marzo y por la disposición final primera del Real Decreto 137/2020 de 28 de enero y por la Orden APA/508/2020, de 5 de junio.

El 24 de octubre de 2020 se publicó en el Boletín Oficial del Estado el extracto de la Resolución de 19 de octubre de 2020, del Fondo Español de Garantía Agraria, O. A.

(FEGA) por la que se convocan anticipadamente en el año 2020 ayudas para la ejecución de proyectos de innovación de interés general por grupos operativos de la Asociación Europea para la Innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas (AEI-Agri), en el marco del Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020.

El plazo de presentación de solicitudes, de 20 días hábiles a partir de la publicación de la convocatoria en el BOE, finalizó el 17 de noviembre de 2020 a las 14:00 h (hora peninsular). Si bien, se aceptaron solicitudes con posterioridad debido a problemas técnicos, en la sede electrónica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, que fueron acreditados por los interesados.

Corresponde a la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria, la instrucción del procedimiento de concesión de las ayudas, de conformidad con lo previsto en el artículo 12, del Real Decreto 169/2018, de 23 de marzo.

El órgano instructor ha comprobado las solicitudes y la documentación adjunta presentada verificando el cumplimiento de las condiciones de admisibilidad establecidas en la convocatoria y las bases reguladoras.

Las solicitudes verificadas se remitieron, conforme a lo previsto en el artículo 12.4 del

Real Decreto 169/2018, de 23 de marzo, al Instituto Nacional de Investigación y

Tecnología Agraria y Alimentaria (INIA), como órgano especializado en innovación de

reconocido prestigio, así como a los centros directivos competentes del Ministerio de

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solicitud relativo a los aspectos técnicos relacionados con los criterios de selección recogidos en el anexo I del citado Real Decreto y en el anexo III de la convocatoria, propuestos por el Comité de Seguimiento del Programa Nacional de Desarrollo Rural y aprobados por su Autoridad de Gestión.

Tomando como base la relación de solicitudes elegibles junto con los informes técnicos de valoración realizados por los expertos y el informe de la prelación que se derivaba de ellos, teniendo en cuenta los umbrales mínimos de calidad establecidos en el apartado octavo de la convocatoria, la Comisión de Valoración en su reunión del 25 de marzo de 2021, emitió el correspondiente informe en el que se concretaba el resultado de la valoración efectuada, estableciendo tanto las ayudas propuestas como las solicitudes denegadas, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 12.7 del Real Decreto 169/2018, de 23 de marzo, de bases reguladoras.

Además, la Comisión de Valoración propuso la moderación de costes a 32 de los 34 proyectos que fueron propuestos como beneficiarios, como medida de eficiencia y equilibrio en el uso de los fondos públicos, conforme a lo expuesto en el artículo 48.2 del reglamento de ejecución (UE) Nº 809/2014 de la comisión de 17 de julio de 2014 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) nº 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere al sistema integrado de gestión y control, las medidas de desarrollo rural y la condicionalidad, y en base a la versión 8.1 del PNDR adoptado por la CE de 13 de agosto de 2020.

La selección de solicitudes se ha realizado por orden de prioridad según la valoración realizada y la ayuda propuesta para cada solicitud hasta agotar el crédito disponible, aplicando lo dispuesto en el punto 8 del apartado decimosexto de la convocatoria:

“Valorados los proyectos innovadores conforme a lo establecido en el artículo 12 de las bases reguladoras, se establecerá la prelación de solicitudes. El crédito disponible para cada línea estratégica se concederá a los proyectos de mayor puntuación dentro de cada línea, siguiendo el orden de la prelación de solicitudes, proponiendo la financiación de proyectos completos. En el supuesto de que quedara una cantidad remanente sin comprometer en alguna de las líneas estratégicas, de la A a la K, establecidas en este apartado 7, dicha cantidad se repartirá a la línea L.

Los proyectos innovadores englobados en una línea estratégica que no hayan podido financiarse por haberse agotado el crédito de su línea, o porque no hay crédito remanente suficiente para financiarse de manera completa, pasarán automáticamente a formar parte de la línea L, de proyectos innovadores con un enfoque bottom-up.

La Comisión de Valoración de las ayudas, a la vista de la prelación de solicitudes y en función de la puntuación final otorgada a los proyectos innovadores repartirá el crédito de manera que se financien los proyectos que hayan obtenido una mayor puntuación y se respete la concurrencia competitiva dentro de cada línea estratégica. Además se tendrá en cuenta en esta asignación de fondos el crédito programado en el PNDR 2014- 2020, para cada área focal a la que contribuyan los proyectos”.

Esto es, en cada línea estratégica (de la A a la K) se va concediendo ayuda a los

distintos proyectos innovadores en función de la puntuación obtenida (de mayor a

menor), hasta que no queda crédito suficiente en la línea estratégica para financiar de

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forma completa al siguiente proyecto con mayor puntuación. El remanente de crédito de cada línea estratégica va a parar a la línea estratégica L.

Los proyectos no elegidos, en cada una de las líneas estratégicas, pasan también a concurrir en la línea estratégica del bottom-up, es por ello, que con el crédito final resultante de la línea estratégica bottom-up terminan financiándose proyectos de otras líneas mediante un nuevo proceso de concurrencia competitiva, exclusivamente, en la línea estratégica del bottom-up.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 12.8 del Real Decreto 169/2018, de 23 de marzo, vistas las solicitudes presentadas, la tramitación efectuada, en especial en la fase de subsanación de las solicitudes prevista en la disposición séptima de la convocatoria, la evaluación técnica realizada con el apoyo de un órgano técnico especializado y el informe de la Comisión de Valoración como órgano colegiado, la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria, en su calidad de órgano instructor, elaboró su informe y propuesta de resolución provisional de 13 de abril de 2021.

El 14 de abril de 2021 se publicó en la sede electrónica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación la propuesta de resolución provisional, de 13 de abril de 2021, del procedimiento de concesión de subvenciones para la ejecución de proyectos de innovación de interés general por grupos operativos de la Asociación Europea para la Innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas (AEI-Agri), en el marco del Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020, convocadas anticipadamente en el año 2020 (en adelante PRP).

Esta propuesta de resolución provisional estableció un plazo de 10 días hábiles para presentar alegaciones. Se recibieron alegaciones de 36 proyectos, 2 de ellas fuera de plazo.

Las alegaciones fueron estudiadas por el órgano instructor con el apoyo técnico de los correspondientes expertos de órganos especializados en innovación de reconocido prestigio y de los distintos centros directivos del Departamento, en calidad de informantes de la valoración de dichas solicitudes, que las han analizado, valorado e informado.

El 31 de mayo de 2021 se celebró la segunda Comisión de Valoración de proyectos, iniciada de forma telemática y finalizada por procedimiento escrito.

La Comisión de Valoración confirmó los 32 presupuestos reformulados que habían sido previamente revisados por el órgano instructor.

Todos los proyectos han aceptado la reformulación y aplicado las condiciones establecidas en la propuesta de resolución provisional salvo los proyectos O00000226e2000044450, O00000226e2000044232, O00000226e2000044284 y O00000226e2000044438.

La Comisión de Valoración confirmó los 32 presupuestos reformulados que habían sido

previamente revisados por el órgano instructor.

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O00000226e2000044450, O00000226e2000044232, O00000226e2000044284 y O00000226e2000044438.

Estos 4 proyectos han reducido los costes de subcontratación o algunas otras partidas en una cantidad inferior a la propuesta, pero se han ajustado al importe de subvención máxima aprobada. Quedan justificados los nuevos presupuestos y la necesidad de dichas subcontrataciones para la correcta ejecución de los proyectos y para la consecución de los resultados previstos inicialmente, siendo necesario mantener dichos importes para dar cumplimiento a los límites porcentuales que establecen las bases reguladoras en su artículo 9.

Por lo tanto, se aprueban los 32 presupuestos, que se ajustan a la subvención máxima propuesta (en algún caso ligeramente superior debido al redondeo de decimales) y se incluyen los nuevos compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de subvención a ejecutar por cada uno de ellos.

Por otro lado, la Comisión de Valoración estudió las 36 alegaciones y los informes sobre las mismas, y tomó en consideración toda la información puesta a su disposición para tomar una decisión respecto a las mismas. Queda reflejado en el acta e informe de la Comisión de Valoración los acuerdos adoptados en dicha reunión en relación a la propuesta de concesión de la subvención y la estimación y desestimación de alegaciones.

Fruto del resultado de las alegaciones se modificó la prelación de solicitudes y la situación para 5 proyectos con respecto a lo dictado en la propuesta de resolución provisional de 13 de abril de 2021:

- El proyecto O00000226e2000044624 entró dentro de la relación de solicitudes estimadas que han obtenido la puntuación suficiente para ser propuestas como beneficiarias del crédito disponible. Sin embargo, el proyecto O00000226e2000044308, pasó a formar parte de la relación de solicitudes para las que no se propone la ayuda solicitada porque, aun cumpliendo con las condiciones de admisibilidad y los preceptivos requisitos administrativos y técnicos establecidos en las bases reguladoras y en la convocatoria, no existe crédito suficiente para financiar a este proyecto por la alta concurrencia competitiva existente. Ambos proyectos concurren en la línea estratégica de interoperabilidad.

- El proyecto O00000226e2000044341 entró dentro de la relación de solicitudes estimadas que han obtenido la puntuación suficiente para ser propuestas como beneficiarias del crédito disponible. Esto supuso que el proyecto O00000226e2000044268, pasó a formar parte de la lista de espera de proyectos.

Ambos han acabado concurriendo en la línea estratégica bottom-up (en aplicación de lo dispuesto en el punto 8 del apartado decimosexto de la convocatoria).

- El proyecto O00000226e2000044222 pasó a formar parte del anexo IV de la PRP, de solicitudes denegadas por insuficiencia de crédito en la convocatoria ordenadas por puntuación de mayor a menor -listas de espera por líneas estratégicas- al haber obtenido 22 puntos en el criterio C “impacto del proyecto”

alcanzando el umbral mínimo de calidad establecido en el apartado octavo de la

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Además, la Comisión de Valoración en su reunión de 31 de mayo de 2021 propuso la reformulación presupuestaria con reajuste de anualidades, para los dos proyectos que entraban en la nueva prelación de proyectos propuestos a subvención, el proyecto O00000226e2000044624 del GO GLOBAL DIMENSION SENSOLIVE_OIL y el proyecto O00000226e2000044341 del GO IMPULSE.

Las moderaciones de costes propuestas por la Comisión de Valoración tanto en su primera reunión como en la segunda, se basa en los informes sobre moderación de costes, en las evaluaciones (fundamentalmente en el criterio B6 del presupuesto) realizadas por los evaluadores externos y en las memorias narrativas y de los presupuestos aportados por los solicitantes a subvención. Como es preceptivo, se ha analizado el cumplimiento de los límites porcentuales marcados por la normativa vigente.

Las propuestas de reformulación presupuestaria aprobadas por la Comisión de Valoración, se consideran equilibradas y proporcionadas.

Como resultado de los acuerdos adoptados por la Comisión de Valoración, el órgano instructor elaboró el informe y propuesta de resolución provisional complementarios, de fecha 15 de junio de 2021.

Para la elaboración de la propuesta de concesión complementaria y la asignación de fondos se aplicó lo dispuesto en el apartado decimosexto de la convocatoria. Además, se tuvo en cuenta la reformulación presupuestaria propuesta por la Comisión de Valoración en su informe.

El 15 de junio de 2021 se publicó en la sede electrónica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación la Propuesta de Resolución Provisional Complementaria, de igual fecha, del procedimiento de concesión de subvenciones para la ejecución de proyectos de innovación de interés general por grupos operativos de la Asociación Europea para la Innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas (AEI-Agri), en el marco del Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020, convocadas anticipadamente en el año 2020 (en adelante PRPC).

Esta PRPC estableció un plazo de 10 días naturales para que los 2 proyectos que entraban en la propuesta de proyectos a subvencionar presentasen la documentación adicional preceptiva que se indica en el apartado 6 de la disposición cuarta de la Resolución de 19 de octubre de 2020, del Fondo Español de Garantía Agraria, O. A.

(FEGA), de convocatoria y para que se pronunciasen sobre la aceptación o no la reformulación propuesta y presentasen un nuevo presupuesto que reflejara los nuevos compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de subvención a ejecutar por cada uno de ellos.

Además estableció en su dispositivo cuarto un nuevo plazo de 10 días hábiles para que los proyectos afectados (aquellos que salieron de la prelación de solicitudes por la entrada de los 2 proyectos antes mencionados), pudieran presentar alegaciones.

Se han recibido alegaciones de 3 proyectos a la PRPC: proyecto

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ALINEADO) y proyecto O00000226e2000044430 (GO CORTAFUEGOS PRODUCTIVOS).

Las alegaciones han sido estudiadas por el órgano instructor con el apoyo técnico de los correspondientes expertos de órganos especializados en innovación de reconocido prestigio y de los distintos centros directivos del Departamento, en calidad de informantes de la valoración de dichas solicitudes, que las han analizado, valorado e informado.

Las alegaciones y los informes sobre las mismas han sido examinadas finalmente por la Comisión de Valoración en su reunión del 1 de julio de 2021. Queda reflejado en el acta e informe de la Comisión de Valoración los acuerdos adoptados en dicha reunión en relación a la propuesta de concesión de la subvención y la desestimación de alegaciones.

La Comisión de Valoración ha confirmado los presupuestos reformulados de los proyectos O00000226e2000044624 y O00000226e2000044341 que habían sido previamente revisados por el órgano instructor y ajustan los compromisos a la subvención máxima propuesta.

Tras el examen de las alegaciones a la propuesta de resolución provisional de 13 de abril y las alegaciones a la propuesta de resolución complementaria de 15 de junio, la Comisión de Valoración ha aprobado la prelación definitiva en su reunión de 1 de julio de 2021.

A la vista de lo expuesto, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 12.10 del Real Decreto 169/2018, de 23 de marzo y tomando como base la propuesta de resolución definitiva de 12 de julio de 2021, elevada por el órgano instructor:

RESUELVO

Primero: Estimar parcialmente las alegaciones presentadas por las 12 agrupaciones solicitantes siguientes, por las razones expuestas en el anexo V, modificándose sus puntuaciones:

Nº de registro de solicitud

Nota de la PRP

Nota después de estimación de

alegaciones

O00000226e2000044137 83,5 85,5

O00000226e2000044220 77,0 81,0

O00000226e2000044219 75,5 77,5

O00000226e2000044089 72,5 78,5

O00000226e2000044222 67,0 77,0

O00000226e2000044309 65,0 69,0

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Nº de registro de solicitud

Nota de la PRP

Nota después de estimación de

alegaciones

O00000226e2000044573 61,0 62,0

O00000226e2000044150 53,0 55,0

O00000226e2000044280 81,0 83,0

O00000226e2000044401 75,5 79,5

O00000226e2000044624 70 84

O00000226e2000044341 86 87

En todos los casos el incremento de puntuaciones mejora su posición en la prelación de solicitudes.

Segundo: Desestimar las alegaciones presentadas por los 26 proyectos restantes relacionados en el anexo V. Ya que a la vista de los informes de la Comisión de Valoración, reunida el 31 de mayo y el 1 de julio, y por las razones técnicas en ellos expuestas, en aplicación, ya sea de los criterios de admisibilidad, ya sea de los criterios de selección u otras condiciones, no tienen base justificativa suficiente para ser aceptadas.

Y por consiguiente,

Tercero.- Desestimar los expedientes que se recogen en el Anexo I, dado que de acuerdo a la información presentada, la citadas solicitudes no cumplen los requisitos establecidos en el artículo 4 del Real Decreto 169/2018, de 23 de marzo, ni los establecidos en el dispositivo tercero de la Resolución de 19 de octubre 2020, del Fondo Español de Garantía Agraria, O. A. (FEGA) por la que se convocan anticipadamente en el año 2020 ayudas para la ejecución de proyectos de innovación de interés general por grupos operativos de la Asociación Europea para la Innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas (AEI-Agri), en el marco del Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020, necesarios para poder optar a las ayudas contempladas en los mismos.

La motivación de la exclusión se indica para cada solicitud, destacando, la no subsanación de los defectos notificados, la retirada de solicitudes fallidas o duplicadas por parte del interesado, o la no subsanación de los defectos en plazo, según los plazos previstos en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones y por contravenir el apartado 12 del artículo 12 del Real Decreto 169/2018, de 23 de marzo, de bases reguladoras.

También desestimar las solicitudes que se recogen en el Anexo II, pues si bien reúnen

los requisitos recogidos en las bases reguladoras y la convocatoria, no han superado

los criterios de selección establecidos como Anexo I del Real Decreto 169/2018, de 23

de marzo, de bases reguladoras. Según se indica, o bien no se ha alcanzado la

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en su Anexo III, como subtotales para el criterio A – Composición del grupo operativo (mínimo 8 puntos), B- Calidad de la propuesta (mínimo 20), C-Impacto del proyecto (mínimo 15) o D- Divulgación de resultados (mínimo 7 puntos).

Finalmente desestimar solicitudes de proyectos que reúnen los requisitos exigibles y superan las notas mínimas parciales y la mínima total de los criterios de selección mencionados, pero que por falta de crédito, no se pueden atender, y que constan en el Anexo IV.

Cuarto.- Proponer que se concedan, con cargo a la partidas presupuestarias de los vigentes Presupuestos Generales del Estado, que se reflejan en la siguiente tabla, las subvenciones a las agrupaciones solicitantes y por los importes que se relacionan en el Anexo III, destinadas a ejecución de proyectos de innovación de interés general por grupos operativos de la Asociación Europea para la Innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas (AEI-Agri), en el marco del Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020, para el año 2020.

La concesión de estas ayudas quedará supeditada a la aprobación de la modificación presupuestaria que pueda resultar necesaria para la disposición del crédito aplicable.

La subvención total desglosada por anualidades y aplicaciones presupuestarias es la siguiente:

APLICACIONES PRESUPUESTARIAS- CATEGORÍA MIEMBRO REPRESENTANTE

DE LA AGRUPACIÓN

NÚMERO DE PROYECTOS

SUBVENCIÓN TOTAL PROPUESTA (€)

2021 2022 2023

21.103.414B.751.01 A COMUNIDADES AUTÓNOMAS FEADER

3

915.724,08 160.790,04 571.559,51 183.374,53 21.103.414B.751.02 A COMUNIDADES

AUTÓNOMAS AGE 228.931,01 40.197,49 142.889,88 45.843,64

21.103.414B.774.05 A EMPRESAS PRIVADAS FEADER

8

3.412.998,07 679.135,76 2.036.412,66 697.449,65 21.103.414B.774.06 A EMPRESAS PRIVADAS

AGE 853.249,53 169.783,94 509.103,15 174.362,44

21.103.414B.780.01 A FAMILIAS E INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO FEADER

23

8.956.720,71 1.665.172,11 5.443.997,70 1.847.550,90 21.103.414B.780.02 A FAMILIAS E

INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO AGE 2.239.180,23 416.293,03 1.360.999,44 461.887,76

Total general 34 16.606.803,63 3.131.372,37 10.064.962,34 3.410.468,92

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SUBVENCIÓN PROPUESTA GTP TOTAL (€)

SUBVENCIÓN PROPUESTA FEADER (€)

SUBVENCIÓN PROPUESTA AGE (€)

16.606.803,63 13.285.442,86 3.321.360,77

La subvención propuesta para cada proyecto es el resultado de la suma de los parciales reflejados en los presupuestos presentados, para cada miembro de la agrupación solicitante, desglosados en la parte financiada por el FEADER y la financiada por la AGE. Para el caso de los 32 proyectos para los que se propuso la reformulación de sus presupuestos en la propuesta de resolución provisional de 13 de abril de 2021 y la propuesta de resolución provisional complementaria de 15 de junio de 2021, las agrupaciones han presentado los nuevos presupuestos reformulados que han sido revisados y aceptados por el órgano instructor y confirmados por la Comisión de Valoración en sus 2 reuniones, la del 25 de marzo y la del 31 de mayo.

Los presupuestos presentados se dan por válidos aunque no coincidan al céntimo con los propuestos en las propuestas de resolución provisional y provisional complementaria, debido a los redondeos y se toman como base para la propuesta de resolución definitiva.

El Programa Nacional de Desarrollo Rural está regulado por el Reglamento (UE) nº 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por el que se deroga el Reglamento (CE) 1698/2005 del Consejo.

Las subvenciones que se proponen, corresponden a la submedida 16.2 del Programa, y contribuyen a las prioridades y áreas focales que se reflejan junto a cada solicitud, establecidas en el artículo 5 del Reglamento (UE) n.º 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Se puede proponer su aprobación en tanto que las solicitudes han superado satisfactoriamente el proceso de selección de operaciones a financiar con el FEADER, cumpliendo con las condiciones de elegibilidad y los criterios de selección establecidos para la submedida 16.2.

Al tratarse de una actuación financiada al 80% por el FEADER, deberá darse cumplimiento a las normas establecidas en materia de información y publicidad detalladas en el anexo III del Reglamento de Ejecución (UE) 808/2014 de la Comisión.

La cofinanciación nacional por consiguiente es el restante 20% del importe propuesto para aprobación.

Todo ello de conformidad con lo establecido en la convocatoria, en las bases reguladoras y en particular lo previsto en el artículo 12.

Quinto.- El pago de estas ayudas se entiende condicionado al cumplimiento de los

requisitos establecidos en las bases reguladoras, la resolución de convocatoria y demás

reglamentación vigente.

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etc.) a cuyo efecto se les comunica que pueden consultar dicho aspecto en la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Séptimo.- En aplicación con lo previsto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la notificación individual de resolución de concesión que se derive de la presente propuesta se sustituye por la publicación de la misma mediante su inserción en la sede electrónica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Todo ello de conformidad con lo establecido en la convocatoria, las bases reguladoras, en particular lo previsto en el artículo 12 y 13.

De conformidad con lo previsto en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la presente Resolución, podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en la página web oficial del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

EL PRESIDENTE

Firmado electrónicamente por

Miguel Ángel Riesgo Pablo

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ANEXO I. RELACIÓN DE SOLICITUDES DENEGADAS POR NO CUMPLIR LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN LAS BASES REGULADORAS O LA CONVOCATORIA DE ESTAS SUBVENCIONES, INDICANDOSE EL MOTIVO DEL INCUMPLIMIENTO

Nº Registro Título del proyecto innovador

CIF/NIF REPRESENTANTE

AGRUPACIÓN SOLICITANTE

DENEGADAS - MOTIVACIÓN DEL INCUMPLIMIENTO

O00000226e2000039932 adquisición atomizador J14699045

Solicitud inadmisible. No cumple los requisitos establecidos en el artículo 4 de las bases reguladoras:

Agrupación de solicitantes formada por al menos 2 miembros independientes entre sí. En el anexo II Documento Vinculante, las 2 personas físicas que forman parte de la agrupación solicitante pertenecen a la misma entidad FUENTE DE PLATA, con CIF J14699045, por lo que no son independientes entre sí. Por la información incluida con la solicitud se deduce que los dos miembros

pertenecen a la misma empresa, por lo que tienen claras dependencias orgánicas y no son independientes. No es el objeto de estas subvenciones, que son ayudas para la ejecución de proyectos de innovación que se ejecuten materialmente en más de 1 comunidad autónoma.

Además faltan los siguientes documentos obligatorios:

Anexo I-Parte A-Principales datos/Anexo I-parte B:

Memoria Narrativa del proyecto/Presupuesto-Excel/Anexo I. Memoria del presupuesto

No se ha elegido una línea estratégica de las relacionadas en el apartado decimosexto de la convocatoria.

El solicitante no presenta subsanación alguna a los defectos notificados en el requerimiento de 13/12/2020.

DENEGADO. INCUMPLIMIENTO DE REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL ARTÍCULO 4.

O00000226e2000044245

Puesta en funcionamiento de un laboratorio de

pruebas para la co- creación de productos de primera transformación de

alto valor añadido mediante el establecimiento de

sinergias entre productores locales de

diferentes ámbitos sectoriales

***3094**

El Art.4 apartado 3 c) de las bases reguladoras establece como requisito del solicitante presentar toda la

documentación exigida en la convocatoria. En el apartado 3 d) se establece que en el momento de la solicitud, la agrupación ha de disponer de un documento vinculante en el que los miembros de la agrupación concreten los compromisos y obligaciones que adquieren entre sí para la ejecución de las actuaciones subvencionadas que irá suscrito por todos los miembros de la agrupación de solicitantes.

Faltan los 5 documentos principales:

Falta: Anexo I-Parte A-Principales datos/Anexo I-parte B:

Memoria Narrativa del proyecto/Presupuesto- Excel/Memoria del presupuesto/ Anexo II-Documento Vinculante

No habiendo presentado subsanación alguna a los

defectos notificados en el requerimiento de 13/12/2020,

se produce el incumplimiento del requisito establecido en

el artículo 4 de las Bases Reguladoras, RD 169/2018, de 23

(12)

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Nº Registro Título del proyecto innovador

CIF/NIF REPRESENTANTE

AGRUPACIÓN SOLICITANTE

DENEGADAS - MOTIVACIÓN DEL INCUMPLIMIENTO

Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

DESISTIDO, AL NO SUBSANAR LA SOLICITUD EN EL PLAZO ESTABLECIDO

O00000226e2000044310

GO ENTOLIVO- BIODIGESTOR AEROBIO

PARA PROCESO DE ALPERUJO 3

B87812202

EL Art.4 apartado 3 c) de las bases reguladoras establece como requisito del solicitante presentar toda la

documentación exigida en la convocatoria. En el apartado 3 d) se establece que en el momento de la solicitud, la agrupación ha de disponer de un documento vinculante en el que los miembros de la agrupación concreten los compromisos y obligaciones que adquieren entre sí para la ejecución de las actuaciones subvencionadas que irá suscrito por todos los miembros de la agrupación de solicitantes.

Faltan los siguientes documentos obligatorios:

Anexo I_A: Solicitud. Principales datos.

Anexo II Documento Vinculante.

No habiendo presentado subsanación alguna a los defectos notificados en el requerimiento de 13/12/2020, se produce el incumplimiento del requisito establecido en el artículo 4 de las Bases Reguladoras, RD 169/2018, de 23 de marzo, apartado 3.c) y 3 d).

Se da por desistido al no subsanar la solicitud, en base al art. 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

DESISTIDO, AL NO SUBSANAR LA SOLICITUD EN EL PLAZO

ESTABLECIDO

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Nº Registro Título del proyecto innovador

CIF/NIF REPRESENTANTE

AGRUPACIÓN SOLICITANTE

DENEGADAS - MOTIVACIÓN DEL INCUMPLIMIENTO

O00000226e2000044379 GAC geoportal y análisis de

cultivos G30556864

EL Art.4 apartado 3 c) de las bases reguladoras establece como requisito del solicitante presentar toda la

documentación exigida en la convocatoria. En el apartado 3 d) se establece que en el momento de la solicitud, la agrupación ha de disponer de un documento vinculante en el que los miembros de la agrupación concreten los compromisos y obligaciones que adquieren entre sí para la ejecución de las actuaciones subvencionadas que irá suscrito por todos los miembros de la agrupación de solicitantes.

El Anexo II_Documento vinculante, está en formato inadecuado (MS Word) y no tiene las firmas de la

agrupación de solicitantes.

Deberá cumplimentar un Anexo I Memoria del presupuesto completo, y no en blanco.

No habiendo presentado subsanación alguna a los defectos notificados en el requerimiento de 13/12/2020, se produce el incumplimiento del requisito establecido en el artículo 4 de las Bases Reguladoras, RD 169/2018, de 23 de marzo, apartado 3.c) y 3 d).

Se da por desistido al no subsanar la solicitud, en base al art. 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

DESISTIDO, AL NO SUBSANAR LA SOLICITUD EN EL PLAZO ESTABLECIDO

O00000226e2000044489

MEJORANDO LA CAPACIDAD DE CULTIVOS

LEÑOSOS PARA MITIGAR EL CAMBIO CLIMÁTICO:

G79256962

EL Art.4 apartado 3 c) de las bases reguladoras establece como requisito del solicitante presentar toda la

documentación exigida en la convocatoria. En el apartado 3 d) se establece que en el momento de la solicitud, la agrupación ha de disponer de un documento vinculante en el que los miembros de la agrupación concreten los compromisos y obligaciones que adquieren entre sí para la ejecución de las actuaciones subvencionadas que irá suscrito por todos los miembros de la agrupación de solicitantes.

Faltan los siguientes documentos obligatorios:

Anexo I-parte B: Memoria Narrativa del proyecto/AnexoI.Memoria del presupuesto No habiendo presentado subsanación alguna a los defectos notificados en el requerimiento de 13/12/2020, se produce el incumplimiento del requisito establecido en el artículo 4 de las Bases Reguladoras, RD 169/2018, de 23 de marzo, apartado 3.c) y 3 d)

Se da por desistido al no subsanar la solicitud, en base al

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AGRUPACIÓN SOLICITANTE

DENEGADAS - MOTIVACIÓN DEL INCUMPLIMIENTO

Administraciones Públicas.

DESISTIDO, AL NO SUBSANAR LA SOLICITUD EN EL PLAZO ESTABLECIDO

O00000226e2000044548

Aceleración del proceso de certificación de la producción agrícola. Eco-

Certificación Digital

G79256962

EL Art.4 apartado 3 c) de las bases reguladoras establece como requisito del solicitante presentar toda la

documentación exigida en la convocatoria. En el apartado 3 d) se establece que en el momento de la solicitud, la agrupación ha de disponer de un documento vinculante en el que los miembros de la agrupación concreten los compromisos y obligaciones que adquieren entre sí para la ejecución de las actuaciones subvencionadas que irá suscrito por todos los miembros de la agrupación de solicitantes.

Faltan los siguientes documentos obligatorios:

Anexo I-parte B: Memoria Narrativa del proyecto/AnexoI.Memoria del presupuesto No habiendo presentado subsanación alguna a los defectos notificados en el requerimiento de 13/12/2020, se produce el incumplimiento del requisito establecido en el artículo 4 de las Bases Reguladoras, RD 169/2018, de 23 de marzo, apartado 3.c)

Se da por desistido al no subsanar la solicitud, en base al art. 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

DESISTIDO, AL NO SUBSANAR LA SOLICITUD EN EL PLAZO ESTABLECIDO

O00000226e2000044564

GO ORLEAns. Valorización de Residuos Lácteos mediante el desarrollo de

envASes bioactivos

G46949368 SOLICITUD ANULADA Solicitud duplicada con la O00000226e2000044566.

O00000226e2000044201

Creación de una nueva cadena de valor en la

producción de

G26067272 SOLICITUD ANULADA Solicitud duplicada con la

O00000226e2000044463.

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Nº Registro Título del proyecto innovador

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AGRUPACIÓN SOLICITANTE

DENEGADAS - MOTIVACIÓN DEL INCUMPLIMIENTO

champiñones mediante la economía circular

O00000226e2000043505 DEGEA ***6007** SOLICITUD ANULADA Solicitud duplicada con la O00000226e2000043833

O00000226e2000043847 Del Campo a la Mesa, con

Garantías G10382612 SOLICITUD ANULADA Solicitud duplicada con

O00000226e2000044583.

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ANEXO II. SOLICITUDES QUE CUMPLIENDO CON LOS REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DE LAS BASES REGULADORAS Y LA CONVOCATORIA, NO SON ELEGIBLES POR NO ALCANZAR EL MINIMO GLOBAL O LOS MINIMOS PARCIALES EN LOS GRANDES CRITERIOS DE SELECCIÓN

Posición prelación DEFINITIVA

Nº exp

CIF/NIF REPRESENT

ANTE

Título del proyecto

innovador A1 A2 A3 A4 B1 B2 B3 B4 B51 B52 B6 C1 C2 C3 D1 D2 D3 D4

SUBTOTAL A SUBTOTAL B SUBTOTAL C SUBTOTAL D TOTAL

Subvención total SOLICITADA GPT

DENEGADAS MOTIVO DE LA INADMISIBILIDAD

DE LA SOLICITUD

96 O00000226e200004

4089 G58978453

Innovación en la autentificación, control de calidad y etiquetado de aceite de oliva mediante sensores espectrales de infrarrojo cercano

6 5 2 2 5 5 5 4 3 4,5 9,5 6 2 5 6 3 2,5 3 15,0 36,0 13,0 14,5 78,5 490.732,48

Admitida- NO LLEGA A LOS MINIMOS PARCIALES -C Art. 12.4 BBRR No elegible por no llegar a los mínimos adicionales establecidos en la convocatoria en el apartado octavo y el Anexo III.

104 O00000226e200004

4325 G78566585 GO-Temporeros 6 5 2 1,5 5 4,5 5 4,5 4 5,5 10 10 0 0 6 3 2,5 3 14,5 38,5 10,0 14,5 77,5 599.953,22

Admitida- NO LLEGA A LOS MINIMOS PARCIALES -C Art. 12.4 BBRR No elegible por no llegar a los mínimos adicionales establecidos en la convocatoria en el apartado octavo y el Anexo III.

108 O00000226e200004

4901 Q2818002D

Desarrollo de un entorno Digital y de laboratorios vivientes para valorizar los recursos fitogenéticos de interés Agrícola - FitoNET

6 4,5 2 2 5 5 5 4,5 3 5,5 9,5 2 5 4 6 2,5 3 2,5 14,5 37,5 11,0 14,0 77,0 599.745,26

Admitida- NO LLEGA A LOS MINIMOS PARCIALES -C Art. 12.4 BBRR No elegible por no llegar a los mínimos adicionales establecidos en la convocatoria en el apartado octavo y el Anexo III.

122 O00000226e200004

4151 G20712428

GO NATURCUN :

Avances Tecnológicos para el Control y Mejora

del Sistema de

Aturdimiento en

Mataderos de Conejos para una Cunicultura más sostenible

6 5 1,5 2 5 4 5 5 3 5,5 8,5 8 4 1 5 1,5 3 2,5 14,5 36,0 13,0 12,0 75,5 330.503,59

Admitida- NO LLEGA A LOS MINIMOS PARCIALES -C Art. 12.4 BBRR No elegible por no llegar a los mínimos adicionales establecidos en la convocatoria en el apartado octavo y el Anexo III.

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Posición prelación DEFINITIVA

Nº exp

CIF/NIF REPRESENT

ANTE

Título del proyecto

innovador A1 A2 A3 A4 B1 B2 B3 B4 B51 B52 B6 C1 C2 C3 D1 D2 D3 D4

SUBTOTAL A SUBTOTAL B SUBTOTAL C SUBTOTAL D TOTAL

Subvención total SOLICITADA GPT

DENEGADAS MOTIVO DE LA INADMISIBILIDAD

DE LA SOLICITUD

129 O00000226e200004

4313 B73729592

Grupo Operativo

CROPSoS. Calculadora multiplataforma para balance integrado de nutrientes en suelos sostenibles

6 4 1,5 1,5 5 5 5 2 2 3,5 5 10 8 10 3 1 0 2,5 13,0 27,5 28,0 6,5 75,0 595.474,91

Admitida- NO LLEGA A LOS MINIMOS PARCIALES - D Art. 12.4 BBRR No elegible por no llegar a los mínimos adicionales establecidos en la convocatoria en el apartado octavo y el Anexo III.

141 O00000226e200004

3848 A42146399

Montfrut "recuperación y puesta en valor de árboles y arbustos frutales de montaña en zonas rurales desfavorecidas"

6 5 2 2 5 3,5 5 4,5 4 5,5 8 4 4 5 4,5 1,5 1 3 15,0 35,5 13,0 10,0 73,5 462.762,95

Admitida- NO LLEGA A LOS MINIMOS PARCIALES -C Art. 12.4 BBRR No elegible por no llegar a los mínimos adicionales establecidos en la convocatoria en el apartado octavo y el Anexo III.

142 O00000226e200004

4457 G28607315

Grupo Operativo

EPIENSO: Plataforma Digital para la Gestión Conjunta de la Calidad y Seguridad Alimentaria de las Materias primas para nutrición Animal

6 4,5 2 2 5 4,5 5 4,5 4 5 7,5 8 3 0 5,5 2 2,5 2,5 14,5 35,5 11,0 12,5 73,5 459.683,59

Admitida- NO LLEGA A LOS MINIMOS PARCIALES -C Art. 12.4 BBRR No elegible por no llegar a los mínimos adicionales establecidos en la convocatoria en el apartado octavo y el Anexo III.

145 O00000226e200004

4403 G24703142

Grupo Operativo de Innovación JARESPA:

Creación de una marca de calidad para la Jalea Real Española amparada bajo el sello JRE (JALEA REAL España)

6 4,5 2 2 2 5 5 4,5 4 5 10 2 5 1 6 3 3 3 14,5 35,5 8,0 15,0 73,0 513.102,27

Admitida- NO LLEGA A LOS MINIMOS PARCIALES -C Art. 12.4 BBRR No elegible por no llegar a los mínimos adicionales establecidos en la convocatoria en el apartado octavo y el Anexo III.

146 O00000226e200004

4343 A33011826

GO SIMETRIC - Sistemas Innovadores para la Monitorización, Gestión y pRediccIón de la producción de Cultivos leñosos basados en

6 5 2 2 5 5 5 3 2 5 10 6 4 0 6 2 2 3 15,0 35,0 10,0 13,0 73,0 556.790,26

Admitida- NO LLEGA A LOS MINIMOS PARCIALES -C Art. 12.4 BBRR No elegible por no llegar a los mínimos adicionales establecidos en la convocatoria en el apartado

(18)

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Posición prelación DEFINITIVA

Nº exp

CIF/NIF REPRESENT

ANTE

Título del proyecto

innovador A1 A2 A3 A4 B1 B2 B3 B4 B51 B52 B6 C1 C2 C3 D1 D2 D3 D4

SUBTOTAL A SUBTOTAL B SUBTOTAL C SUBTOTAL D TOTAL

Subvención total SOLICITADA GPT

DENEGADAS MOTIVO DE LA INADMISIBILIDAD

DE LA SOLICITUD

152 O00000226e200004

4621 B78671633

GO SALUVINO-

Valorización de residuos de la Industria enológica para la elaboración de vinos con bajo contenido en sulfuroso

6 5 2 2 5 4,5 5 4 3 5,5 8 2 5 4 4 2,5 2,5 2,5 15,0 35,0 11,0 11,5 72,5 599.994,78

Admitida- NO LLEGA A LOS MINIMOS PARCIALES -C Art. 12.4 BBRR No elegible por no llegar a los mínimos adicionales establecidos en la convocatoria en el apartado octavo y el Anexo III.

153 O00000226e200004

4224 B99289019

GOFOPRO: Grupo

Operativo para la mejora del valor añadido de forrajes protéicos deshidratados

6 5 1,5 2 5 4,5 3 4 3 5,5 9 6 4 2 5 2 2,5 2,5 14,5 34,0 12,0 12,0 72,5 599.650,00

Admitida- NO LLEGA A LOS MINIMOS PARCIALES -C Art. 12.4 BBRR No elegible por no llegar a los mínimos adicionales establecidos en la convocatoria en el apartado octavo y el Anexo III.

154 O00000226e200004

4255 G79853628

GO_waka_0.2050.

MEDICIÓN DE

EMISIONES DE

METANO INDIVIDUAL EN GRANJA HACIA UNA DESCARBONIZACION DE LA GANADERÍA LECHERA EN 2050

6 4,5 2 2 2 4,5 4 5 4 6 7,5 6 4 4 5 2 1,5 2,5 14,5 33,0 14,0 11,0 72,5 220.483,27

Admitida- NO LLEGA A LOS MINIMOS PARCIALES -C Art. 12.4 BBRR No elegible por no llegar a los mínimos adicionales establecidos en la convocatoria en el apartado octavo y el Anexo III.

158 O00000226e200004

4293 G83076810

Ovi-CRO-Vac.

Prevención del complejo respiratorio ovino del cordero de cebo mediante vacunación.

6 5 1,5 2 5 4,5 4 5 3 5,5 7,5 8 0 1 6 2,5 2,5 2,5 14,5 34,5 9,0 13,5 71,5 358.280,59

Admitida- NO LLEGA A LOS MINIMOS PARCIALES -C Art. 12.4 BBRR No elegible por no llegar a los mínimos adicionales establecidos en la convocatoria en el apartado octavo y el Anexo III.

159 O00000226e200004

2001 G64471675

Grupo Operativo para la implementación de un probiótico para mejorar la nutrición de los caracoles de granja - PROBIOTIC HELIX

6 4,5 1,5 2 5 5 5 3 3 4,5 7 6 3 5 4,5 2 2 2,5 14,0 32,5 14,0 11,0 71,5 374.659,79

Admitida- NO LLEGA A LOS MINIMOS PARCIALES -C Art. 12.4 BBRR No elegible por no llegar a los mínimos adicionales establecidos en la convocatoria en el apartado octavo y el Anexo III.

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Posición prelación DEFINITIVA

Nº exp

CIF/NIF REPRESENT

ANTE

Título del proyecto

innovador A1 A2 A3 A4 B1 B2 B3 B4 B51 B52 B6 C1 C2 C3 D1 D2 D3 D4

SUBTOTAL A SUBTOTAL B SUBTOTAL C SUBTOTAL D TOTAL

Subvención total SOLICITADA GPT

DENEGADAS MOTIVO DE LA INADMISIBILIDAD

DE LA SOLICITUD

167 O00000226e200004

4254 G33906637

GO DOPCHAIN: Solución basada en Tecnologías Blockchain para la trazabilidad de productos de Calidad protegida.

6 4,5 1,5 2 5 5 5 4 3 5 6 4 2 3 6 2,5 2,5 2,5 14,0 33,0 9,0 13,5 69,5 598.092,36

Admitida- NO LLEGA A LOS MINIMOS PARCIALES -C Art. 12.4 BBRR No elegible por no llegar a los mínimos adicionales establecidos en la convocatoria en el apartado octavo y el Anexo III.

168 O00000226e200004

4480 F45741329

DESARROLLO DE

NUEVOS

INGREDIENTES A

PARTIR DE LAS

DIFERENTES

FRACCIONES DEL

SUERO DE CABRA Y OVEJA (GO WHEY)

6 5 2 1,5 5 5 5 4 2 4 6,5 2 7 4 4 2 2 2,5 14,5 31,5 13,0 10,5 69,5 595.457,19

Admitida- NO LLEGA A LOS MINIMOS PARCIALES -C Art. 12.4 BBRR No elegible por no llegar a los mínimos adicionales establecidos en la convocatoria en el apartado octavo y el Anexo III.

170 O00000226e200004

4373 G13508700

Medidas innovadoras de control micro biológico y trazabilidad mediante blockchain para mejorar la calidad y seguridad Alimentaria de la carne de origen silvestre

6 4,5 2 2 2 4,5 5 4,5 3 6 8,5 2 4 2 5,5 2 3 2,5 14,5 33,5 8,0 13,0 69,0 449.480,34

Admitida- NO LLEGA A LOS MINIMOS PARCIALES -C Art. 12.4 BBRR No elegible por no llegar a los mínimos adicionales establecidos en la convocatoria en el apartado octavo y el Anexo III.

171 O00000226e200004

4309 B01807544 G.O. OLEOVALOR 6 4,5 2 2 5 3 5 4,5 3 5 6 4 5 2 5 2,5 2 2,5 14,5 31,5 11,0 12,0 69,0 589.749,45

Admitida- NO LLEGA A LOS MINIMOS PARCIALES -C Art. 12.4 BBRR No elegible por no llegar a los mínimos adicionales establecidos en la convocatoria en el apartado octavo y el Anexo III.

176 O00000226e200004

4631 G78213303

GO FOSFONUTS.

FOSFONUTS: Cómo

eliminar los residuos fosfonatos en los frutos secos Ecológicos

6 4,5 1,5 1,5 2 4,5 3 4 3 5,5 9,5 6 3 1 5,5 2,5 3 2,5 13,5 31,5 10,0 13,5 68,5 589.444,61

Admitida- NO LLEGA A LOS MINIMOS PARCIALES -C Art. 12.4 BBRR No elegible por no llegar a los mínimos adicionales establecidos en la convocatoria en el apartado

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Posición prelación DEFINITIVA

Nº exp

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ANTE

Título del proyecto

innovador A1 A2 A3 A4 B1 B2 B3 B4 B51 B52 B6 C1 C2 C3 D1 D2 D3 D4

SUBTOTAL A SUBTOTAL B SUBTOTAL C SUBTOTAL D TOTAL

Subvención total SOLICITADA GPT

DENEGADAS MOTIVO DE LA INADMISIBILIDAD

DE LA SOLICITUD

177 O00000226e200004

4422 A08933251

GO FREEWINE - Nuevas estrategias de vinificación para la reducción del uso de sulfuroso en vinos de calidad.

6 5 1,5 2 5 2,5 5 2,5 2 4 5,5 6 4 3 6 3 2,5 3 14,5 26,5 13,0 14,5 68,5 588.442,87

Admitida- NO LLEGA A LOS MINIMOS PARCIALES -C Art. 12.4 BBRR No elegible por no llegar a los mínimos adicionales establecidos en la convocatoria en el apartado octavo y el Anexo III.

178 O00000226e200004

4292 G04010013

GO ETIQUETABLOCK.

Desarrollo e implantación de etiqueta inteligente e integración Blockchain para transparencia en los procesos productivos de productos hortofrutícolas

6 5 2 2 5 4,5 5 4 2 3,5 8,5 4 3 3 4 2 2 2,5 15,0 32,5 10,0 10,5 68,0 599.996,00

Admitida- NO LLEGA A LOS MINIMOS PARCIALES -C Art. 12.4 BBRR No elegible por no llegar a los mínimos adicionales establecidos en la convocatoria en el apartado octavo y el Anexo III.

179 O00000226e200004

4554 G42131102 BioComunidades

circulares 4 5 2 2 2 4,5 3 4,5 4 5,5 9 2 3 5 4,5 2,5 2,5 3 13,0 32,5 10,0 12,5 68,0 547.110,64

Admitida- NO LLEGA A LOS MINIMOS PARCIALES -C Art. 12.4 BBRR No elegible por no llegar a los mínimos adicionales establecidos en la convocatoria en el apartado octavo y el Anexo III.

180 O00000226e200004

4894 B41803057

Obtención de productos de origen vegetal con propiedades antibióticas

6 4 2 2 5 1 5 3 2 4 9 4 4 5 5 2 2 3 14,0 29,0 13,0 12,0 68,0 299.186,51

Admitida- NO LLEGA A LOS MINIMOS PARCIALES -C Art. 12.4 BBRR No elegible por no llegar a los mínimos adicionales establecidos en la convocatoria en el apartado octavo y el Anexo III.

181 O00000226e200004

4533 G20712428

GO CUNSUME. Proyecto de Innovación de producto, proceso y Comercialización para el incremento de la venta de carne de conejo a nivel Nacional e interNacional

6 4,5 2 2 5 3,5 4 4,5 2 5,5 9,5 2 1 3 6 2 2,5 2,5 14,5 34,0 6,0 13,0 67,5 477.857,83

Admitida- NO LLEGA A LOS MINIMOS PARCIALES -C Art. 12.4 BBRR No elegible por no llegar a los mínimos adicionales establecidos en la convocatoria en el apartado octavo y el Anexo III.

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DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACION

SECRETARÍA GENERAL DE AGRICULTURA Y ALIMENTACIÓN

Posición prelación DEFINITIVA

Nº exp

CIF/NIF REPRESENT

ANTE

Título del proyecto

innovador A1 A2 A3 A4 B1 B2 B3 B4 B51 B52 B6 C1 C2 C3 D1 D2 D3 D4

SUBTOTAL A SUBTOTAL B SUBTOTAL C SUBTOTAL D TOTAL

Subvención total SOLICITADA GPT

DENEGADAS MOTIVO DE LA INADMISIBILIDAD

DE LA SOLICITUD

182 O00000226e200004

4244 G28570802

Análisis de viabilidad y diseño de herramientas para la reutilización de botellas de vídrio en el sector vitivinícola.

6 5 1,5 2 5 3,5 5 3,5 3 4,5 5,5 2 5 3 5,5 2,5 3 2 14,5 30,0 10,0 13,0 67,5 574.882,70

Admitida- NO LLEGA A LOS MINIMOS PARCIALES -C Art. 12.4 BBRR No elegible por no llegar a los mínimos adicionales establecidos en la convocatoria en el apartado octavo y el Anexo III.

187 O00000226e200004

4458 B86410537

Grupo Operativo AgroIde.

Catálogo de metadatos aplicables al Sector agroForestal en una Plataforma abierta.

5 5 2 1 5 3 5 3 2 5 8 6 3 3 4 2 2 3 13,0 31,0 12,0 11,0 67,0 333.822,38

Admitida- NO LLEGA A LOS MINIMOS PARCIALES -C Art. 12.4 BBRR No elegible por no llegar a los mínimos adicionales establecidos en la convocatoria en el apartado octavo y el Anexo III.

189 O00000226e200004

4262 G04377511

Grupo Operativo

NEBULA: NUEVO

SISTEMA DE

ENVASADO MEDIANTE

NEBULIZACIÓN DE

BIOCOMPUESTOS

PARA LA

PROLONGACIÓN DE LA

VIDA UTIL DE

PRODUCTOS MINIMAMENTE

PROCESADOS EN

FRESCO (MPF)

6 5 2 2 5 4 5 3,5 2 5 6,5 2 3 3 5 2,5 2,5 2,5 15,0 31,0 8,0 12,5 66,5 599.800,85

Admitida- NO LLEGA A LOS MINIMOS PARCIALES -C Art. 12.4 BBRR No elegible por no llegar a los mínimos adicionales establecidos en la convocatoria en el apartado octavo y el Anexo III.

190 O00000226e200004

5039 G30584221 Materiales Bio-based para

el envasado de Hortalizas 6 3 2 2 5 4 4 5 4 5 5 2 3 6 4 2 1 3 13,0 32,0 11,0 10,0 66,0 301.952,75

Admitida- NO LLEGA A LOS MINIMOS PARCIALES -C Art. 12.4 BBRR No elegible por no llegar a los mínimos adicionales establecidos en la convocatoria en el apartado octavo y el Anexo III.

(22)

FONDO ESPAÑOL

DE GARANTÍA AGRARIA O. A.

MINISTERIO

DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACION

SECRETARÍA GENERAL DE AGRICULTURA Y ALIMENTACIÓN

Posición prelación DEFINITIVA

Nº exp

CIF/NIF REPRESENT

ANTE

Título del proyecto

innovador A1 A2 A3 A4 B1 B2 B3 B4 B51 B52 B6 C1 C2 C3 D1 D2 D3 D4

SUBTOTAL A SUBTOTAL B SUBTOTAL C SUBTOTAL D TOTAL

Subvención total SOLICITADA GPT

DENEGADAS MOTIVO DE LA INADMISIBILIDAD

DE LA SOLICITUD

191 O00000226e200004

4311 B73880163

(DOKCHAIN)

Digitalización de la cadena agroalimentaria de figuras de calidad diferenciada: Garantía de origen, Trazabilidad y Gestión Integral Interoperable

6 5 2 2 2 1 5 5 2 2 8 4 5 3 6 2 3 3 15,0 25,0 12,0 14,0 66,0 388.399,25

Admitida- NO LLEGA A LOS MINIMOS PARCIALES -C Art. 12.4 BBRR No elegible por no llegar a los mínimos adicionales establecidos en la convocatoria en el apartado octavo y el Anexo III.

195 O00000226e200004

4376 B19650696

Grupo Operativo

ELECTROTECH: Uso de Tecnología Electrostática para la mejora de la sostenibilidad Agrícola

6 4 1 1 5 1 5 2 0 1 5 8 8 7 6 2 2 2 12,0 19,0 23,0 12,0 66,0 462.565,10

Admitida- NO LLEGA A LOS MINIMOS PARCIALES -B Art. 12.4 BBRR No elegible por no llegar a los mínimos adicionales establecidos en la convocatoria en el apartado octavo y el Anexo III.

196 O00000226e200004

4664 B42221705

Conteo de cereza en árbol para predicción de cosecha mediante visión artificial

4 4 1,5 2 5 5 3 3,5 2 6 5,5 8 0 3 5 3 2 2,5 11,5 30,0 11,0 12,5 65,0 591.452,82

Admitida- NO LLEGA A LOS MINIMOS PARCIALES -C Art. 12.4 BBRR No elegible por no llegar a los mínimos adicionales establecidos en la convocatoria en el apartado octavo y el Anexo III.

198 O00000226e200004

4962 G44255321

Proyecto de generación de canales cortos de venta en Aragón, Castilla y León y Castilla La Mancha a través de las TIC y un modelo de crowdfarming

6 3,5 1 1,5 5 4 5 3,5 2 4,5 6,5 4 4 3 4,5 2,5 1,5 2,5 12,0 30,5 11,0 11,0 64,5 566.900,00

Admitida- NO LLEGA A LOS MINIMOS PARCIALES -C Art. 12.4 BBRR No elegible por no llegar a los mínimos adicionales establecidos en la convocatoria en el apartado octavo y el Anexo III.

200 O00000226e200004

4632 B02775427 GO DRON WINE 6 4 1 1 5 3 5 4 2 4 8 8 4 0 3 1 2 3 12,0 31,0 12,0 9,0 64,0 236.840,44

Admitida- NO LLEGA A LOS MINIMOS PARCIALES -C Art. 12.4 BBRR No elegible por no llegar a los mínimos adicionales establecidos en la convocatoria en el apartado octavo y el Anexo III.

(23)

FONDO ESPAÑOL

DE GARANTÍA AGRARIA O. A.

MINISTERIO

DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACION

SECRETARÍA GENERAL DE AGRICULTURA Y ALIMENTACIÓN

Posición prelación DEFINITIVA

Nº exp

CIF/NIF REPRESENT

ANTE

Título del proyecto

innovador A1 A2 A3 A4 B1 B2 B3 B4 B51 B52 B6 C1 C2 C3 D1 D2 D3 D4

SUBTOTAL A SUBTOTAL B SUBTOTAL C SUBTOTAL D TOTAL

Subvención total SOLICITADA GPT

DENEGADAS MOTIVO DE LA INADMISIBILIDAD

DE LA SOLICITUD

204 O00000226e200004

5089 G99311086

Fomento de la Innovación a lo largo de las cadenas de valor del Sector agroAlimentario mediante la metodología de los living lab

6 4 1,5 2 5 4,5 5 4 2 5,5 7 0 0 5 5 2 2,5 2,5 13,5 33,0 5,0 12,0 63,5 564.211,50

Admitida- NO LLEGA A LOS MINIMOS PARCIALES -C Art. 12.4 BBRR No elegible por no llegar a los mínimos adicionales establecidos en la convocatoria en el apartado octavo y el Anexo III.

205 O00000226e200004

4584 G79256962

G.O. AGROCONTROL- COVID 19 PROYECTO

INNOVADOR CONV

2020 para la "Creación de

una Plataforma

Interoperable para la:

Monitorización, Control y Actuación Temprana frente a COVID19 para trabajadores de la actividad agrícola en campo"

3 3 2 2 5 4,5 4 4,5 2 4,5 7,5 8 1 2 3,5 2 2 3 10,0 32,0 11,0 10,5 63,5 519.315,36

Admitida- NO LLEGA A LOS MINIMOS PARCIALES -C Art. 12.4 BBRR No elegible por no llegar a los mínimos adicionales establecidos en la convocatoria en el apartado octavo y el Anexo III.

208 O00000226e200004

4289 B91607663

GO SMART ORGANIC FOOD LABEL. Proyecto TRAZABILIDAD del vino y AOVE Ecológicos , usando etiquetas RFID y Tecnología DLT, en Andalucía y Castilla-La Mancha.

6 4 1 1,5 5 4,5 5 3,5 2 3,5 8 2 2 2 5 2 3 2,5 12,5 31,5 6,0 12,5 62,5 535.295,45

Admitida- NO LLEGA A LOS MINIMOS PARCIALES -C Art. 12.4 BBRR No elegible por no llegar a los mínimos adicionales establecidos en la convocatoria en el apartado octavo y el Anexo III.

209 O00000226e200004

4487 G46421988

Grupo Operativo

PROTELEM - desarrollo de procesos para incrementar el valor añadido y la sostenibilidad de la proteína y otros nutrientes de la lenteja de Agua como ingrediente en Alimentación Animal.

5 5 2 2 2 5 3 4 4 5 7 2 3 3 3,5 2 2,5 2,5 14,0 30,0 8,0 10,5 62,5 584.610,30

Admitida- NO LLEGA A LOS MINIMOS PARCIALES -C Art. 12.4 BBRR No elegible por no llegar a los mínimos adicionales establecidos en la convocatoria en el apartado octavo y el Anexo III.

Referencias

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