del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, contando con la siguiente asistencia y participación:
JUNTA DIRECTIVA
ING. LUIS FERNANDO ANDRES JACOME PRESIDENTE ING. CARLOS BEJARANO CASCANTE TESORERO ING. FERNANDO ESCALANTE QUIROS FISCAL
ING. YURY VINDAS GARCIA VOCAL I
ING. OSCAR CAMPOS GONZALEZ VOCAL II
Ausentes con Licencia:
ING. VICTOR HERRERA CASTRO VICEPRESIDENTE
ING. MARCO VINICIO CALVO VARGAS SECRETARIO
ASISTENCIA GENERAL
1. Chaverri Quesada Balthazar IE-1529
2. Runnebaum Madriz Carlos IE-0945
3. Retana Peña Billy IME-14425
4. Miranda Rodríguez Evelyn II-7891
5. Herrera Madrigal Eladio IME-14420
6. Vega Gómez Sandra IE-6272
7. Calvo Blanco Ronald II-10999
8. Ocampo Salas José Joaquín II-15300
9. Acevedo Mayorga Diana IE-3604
10. Víquez Calderón Luis Fernando IE-15931
11. Soto Quesada Richard II-23108
12. Barrantes Fallas Harry IEL-16693
13. Moya Rojas German IE-5252
14. Garbanzo Chinchilla Oscar IE-14592
15. Somarriba Soley Laura II-7077
16. Rojas Castro Víctor IME-0551
17. Rivas Fernández Rodolfo IE-3153
18. Vargas Monge Freddy IE-0721
19. Solano Rojas Everardo II-6519
20. Bejarano Cascante Carlos II-5689
21. Mora Miranda Carlos IM-8407
22. Escalante Quirós Fernando IE-9084
23. Fallas Hidalgo Rocío IEM-19347
24. Umaña Quirós Carlos IM-0967
25. Morales Espinoza Edwin IME-7583
26. Méndez Víquez Róger IE-5250
27. Gonzalez Sáenz Ricardo IE-8568
28. Navarro Cruz Fernando II-6245
29. Srur Feris Miguel IE-0814
30. Ocampo Molina Héctor II-5571
31. Campos González Oscar IME-7190
32. Vindas García Yury II-11290
33. Corriols Morales Felipe IE-0971
34. Soley Brenes Róger II-4558
35. Andrés Jácome Luis Fernando IE-4329
36. Steller Solorzano Leonardo IE-14799
37. Prado Zúñiga Daniel IE-4945
38. Odio González Adrián IME-8697
39. Herrera Torres Eilleen IE-9514
40. Cárdenas Monge Jorge II-23442
41. Alvarado Ulate Juan Gerardo IE-0966
42. Vargas Oviedo Javier IE-4703
El Ing. Luis Fernando Andrés Jácome, agradece a los asambleístas su presencia, e indica que en su condición de presidente dará inicio a la Asamblea en la segunda convocatoria; ya que según los registros hay 34 personas que han firmado y 32 que se encuentran dentro de la sala; esto debido a que dos personas se tuvieron que retirar de último momento. Aprovecha para informar que hay dos miembros de la Junta Directiva que han solicitado licencia pues no podrán participar en la Asamblea, a saber el Ing. Marco Vinicio Calvo, por motivos de salud y el Ing. Víctor Herrera a quién se le presentó un contratiempo de último momento.
Agrega que habiendo el quórum requerido para celebrar la Asamblea, somete a su consideración la propuesta del Orden del Día y solicita que los que estén de acuerdo, lo hagan levantando la mano.
Con 32 votos a favor se toma el:
Acuerdo: Aprobar el siguiente Orden del Día:
Artículo Primero: Comprobación del quórum.
Artículo Segundo: Aprobación del Orden del día.
Artículo Tercero: Constitución de la Asociación CIEMI (ASOCIEMI )
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Artículo Tercero: Constitución de la Asociación CIEMI (ASOCIEMI )
El Ing. Luis Fdo. Andrés menciona que en breves minutos se hará una presentación sobre la propuesta para la constitución de la Asociación de Profesionales del CIEMI y que a los presentes se les ha entregado una copia del documento que contiene la mencionada propuesta.
El Ing. Roger Méndez manifiesta que quería proponer una moción antes de aprobar el Orden del Día, ya que por cuestiones de conocimiento y de información como lo había expresado en algunos correos, le parece un poco brusco venir a aprobar algo que no se conoce a fondo, como de que se trata la Asamblea y que precisamente por esto, es que tenía intención de proponer una moción antes de aprobar la constitución de la Asamblea, para conocer en principio a fondo y no solo en forma, de que se trataba todo este asunto.
Indica además que deseaba también presentar una segunda moción para ver si este es el foro adecuado como Asamblea General, para aprobar la constitución de una asociación como un ente privado independiente y no más bien regular la relación entre la asociación y el Colegio; ya que de acuerdo a lo que ha visto, de lo que se trata es de aprobar una asociación que incluye relaciones entre el Colegio y asociación. Concluye indicando que cree que antes de proceder a una aprobación, lo más conveniente es analizar lo planteado.
El Ing. Luis Fdo. Andrés manifiesta que lo que el Ing. Roger Méndez ha planteado es una moción de orden y que se tendría que votar. Agrega que precisamente la Asamblea se convocó para conocer el fundamento y la necesidad del CIEMI de tener una asociación, que de hecho como la Asamblea es soberana, será ésta quién decida si se conforma o no dicha asociación.
Referente al contenido del correo enviado por el Ing. Méndez, sobre leer y discutir artículo por artículo, indica que esto requerirá de mucho tiempo para hacerlo; razón por lo cual la Junta Directiva luego de presentar los razonamientos requiere que la Asamblea la faculte para redactar el documento para la constitución de la asociación. Recuerda que este tema no es de esta Junta Directiva, ya que en la Asamblea Ordinaria del mes de octubre 2012 de la
Junta Directiva anterior, claramente se habló del tema, e inclusive se especificó la necesidad de convocar a una Asamblea Extraordinaria para tratar este tema.
Menciona que aunque no fue votado explícitamente en dicha Asamblea, de acuerdo a lo que se comentó en la misma, esta Junta Directiva procedió a convocar esta Asamblea Extraordinaria. Con todo respeto manifiesta que precisamente lo que se va a hacer en esta reunión, es explicar que es lo que se pretende, e insiste en la soberanía que tiene la Asamblea de aceptar o no la propuesta.
El Ing. Luis Fdo. Andrés le consulta al Ing. Méndez si la explicación fue clara con respecto a su consulta.
El Ing. Roger Méndez manifiesta que bajo la posición de explicar y dar a conocer la propuesta, la explicación está perfecta; pero que sigue pensando que se debió dar más margen por la forma que se le está dando a la asociación y que aún así si se va a permitir la discusión, se debería replantear si es la Asamblea la que tiene que conformar la asociación o si la Asamblea lo que tiene que hacer es regular las relaciones entre el CIEMI y la asociación, esto debido a que una asociación es un ente privado e independiente que no debería tener ninguna relación directa con el CIEMI, que no puede tener representación ni poderes, ni mucho menos hacer uso de los derechos que el CIEMI ejerce dentro del Colegio. Considera que en los documentos que ha logrado leer, se hizo una mezcla entre Asociemi y CIEMI, ya que los nombres se cruzan con mucha facilidad. Sugiere que se someta a votación si es la Asamblea la que tiene que aprobar la creación de una asociación o si lo que se tiene que aprobar es la creación de una reglamentación para regular las relaciones entre la asociación y el CIEMI, tal como lo estipula la Ley Orgánica en uno de sus artículos.
El Ing. Edwin Morales le indica al Ing. Luis Fdo. Andrés, que en este momento la Asamblea ya aprobó el Artículo Segundo, del Orden del Día, y la moción fue planteada después de la aprobación, por lo que ya no se puede retroceder y lo que corresponde ahora es continuar con el punto No. 3.
Al haberse aclarado el asunto, el Ing. Luis Fdo. Andrés anuncia que se procederá al punto siguiente y que se hará una explicación sobre el tipo de asociación que el CIEMI quiere tener para trabajar de una manera más flexible, señalando que no es que esté trabajando inflexiblemente, sino que hay que prepararse para los cambios que vendrán en el entorno. Como primer punto informa que la convocatoria con el orden del día, salió publicado en dos periódicos de circulación nacional el domingo 07 de abril, una en la Sección Viva, página 17 del periódico La Nación y ese mismo día en el periódico Al Día.
Comunica que le corresponde hacer la explicación de la primera parte de la propuesta y que luego el Ing. Carlos Bejarano como Tesorero de la Junta Directiva concluirá con la información. Como antecedente señala que el CIEMI maneja o administra dos presupuestos; uno claramente definido a través del CFIA, que es denominado “Presupuesto CFIA – CIEMI “ y que también hay un presupuesto propio del CIEMI que se genera de todos los productos y servicios que el CIEMI vende, por ejemplo los cursos de capacitación, venta de catálogos, normas y otros servicios que se prestan. Agrega que estos dos presupuestos están controlados por la administración y la Junta Directiva y que los dos son operados por el Sr. Rodrigo Bermúdez, contador del CIEMI. Añade que el presupuesto CIEMI ha ido creciendo mucho, al punto que ya está en igualdad de condiciones que el presupuesto CFIA- CIEMI, y que actualmente es de más de ¢100.000.000.oo, y que esto ha sido reflejado en la información que se presenta en las Asambleas Ordinarias. Apunta que de inmediato el Ing.
Carlos Bejarano se encargará de continuar con la exposición de la propuesta.
Hace uso de la palabra el Ing. Carlos Bejarano y se refiere a que la creación de la asociación, ha sido un tema del que se ha hablado bastante en relación con el manejo de fondos. Indica que tiene en sus manos una copia del Acta de la Asamblea General Ordinaria celebrada el 02 de octubre de 2012, en donde como introducción a su informe de tesorería, hizo referencia a la necesidad de retomar el tema de la asociación por varias situaciones, siendo una de ellas el asunto de la Tributación Directa, que claramente en la Ley Orgánica del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos, se establece como uno de los fines el propiciar la conformación de asociaciones de profesionales que faciliten el acercamiento profesional y éste se da a través de una serie de actividades como las que particularmente desarrolla el CIEMI, como son las capacitaciones, giras técnicas, congresos, etc., y aunque se puede decir que el CIEMI lleva la vanguardia en este tipo de acciones, es el único colegio que no tiene una asociación. Señala que existe una disposición que todavía se está analizando con Tributación Directa y que establece que los colegios profesionales deben de tributar por aquellas actividades no ordinarias y dentro de lo no ordinario entran las capacitaciones, giras técnicas, venta de signos externos e incluso los ingresos que generan los congresos serán objeto de tributo. Recuerda que el CIEMI no tiene cédula jurídica y que se debe utilizar la del CFIA para cualquier gestión que se realice, señala como ejemplo la operación de financiamiento para la compra de la casa del CIEMI, que hubo necesidad de solicitar la cédula jurídica del CFIA y que don Olman Vargas compareciera para realizar todas las gestiones. Aclara que esto no es ninguna queja, pero cuando se deben realizar varias gestiones de esta índole, la dependencia se vuelve un poco difícil.
Retomando lo que informó el Ing. Andrés sobre los dos presupuestos que se manejan, el Ing. Bejarano indica que este año el presupuesto del CFIA para el CIEMI es del orden de los ¢215.000.000.00, y que está debidamente controlado tanto por los responsables del CIEMI como por el CFIA; pero que además está el presupuesto propio del CIEMI, que para este año ronda los
¢190.000.000.oo, lo que da como resultado el manejo de dos presupuestos casi iguales. Agrega que el ejercicio del presupuesto CIEMI, es un ejercicio que está sujeto al soporte del CFIA, en el sentido de que los ingresos del CIEMI pasan por el CFIA, tal es el caso de lo que se paga por la cuota extraordinaria, por los cursos, etc., se hace a las cuentas del CFIA; lo que implica que mensualmente en promedio se mantiene una cuenta por cobrar al CFIA producto de todo lo que el CIEMI genera, que oscila entre ¢35.000.000.oo y ¢50.000.000.oo. y que tal vez lo preocupante no es la cuenta por cobrar en sí, el problema operativo es que hay que andar identificando a que corresponde cada pago y presentar al CFIA los comprobantes de los dineros depositados en el CFIA correspondientes CIEMI.
Manifiesta que en muchas ocasiones se ha tenido que llamar al ICE o la CNFL para que ellos den los datos de los depósitos y así presentarlos para que el CFIA lo comprueba y lo reintegre, lo que se puede decir en términos populares, que jinetean el dinero del CIEMI. Señala que esta es una de las razones por las que el CIEMI requiere de una asociación, para tener una cédula jurídica y para que los ingresos por concepto de congresos, ventas de libros, capacitaciones, etc., ingresen directamente al CIEMI. Igualmente para poder hacer pagos, aunado a los beneficios que una asociación conlleva, desde la exención de impuestos hasta la posibilidad de recibir donaciones, ya que en estos momentos para recibir una donación el tramite es bastante engorroso, debido obviamente a que tiene que ser a través del CFIA.
Sobre el asunto contable de una asociación, indica que igualmente se llevará completamente aparte, pero con la necesidad de reforzar la capacidad instalada, aún cuando ya se había informado en la Asamblea Ordinaria de octubre 2012, que los sistemas ya están automatizados. Agrega que el soporte administrativo, será el mismo que actualmente tiene el CIEMI y en cuanto a los informes, éstos se generarían de la misma manera que se ha estado haciendo con el Presupuesto-CIEMI, pero con el nombre correcto de la asociación y que además la Junta Directiva del CIEMI, será la misma de la asociación, aunque aclara que estos temas serán tratados por el Ing. Luis Fdo.
Andrés.
Propiamente sobre el tema financiero, indica que el manejo será muy flexible y así se dejará de perseguir a lo interno del CFIA, los dineros que pertenecen al
CIEMI; ya que incluso muchas veces no hay certeza de cual es el monto de dinero que le pertenecen al CIEMI, e indica que ha habido ocasiones en que varios meses después se hacen dichos reintegros, debido a que el CFIA tal vez en ese momento no tiene liquidez.
Concluye su intervención el Lic. Bejarano manifestando que todo ha sido presentado con la mayor claridad, que no hay ningún secreto respecto a la flexibilidad y la seguridad que brindará al CIEMI el contar con una asociación.
Retoma la palabra el Ing. Luis Fdo. Andrés informando que se presentará un borrador de estatutos que es el machote que tienen los abogados para constituir una asociación, y que fue copiado por el Lic. Jimmy Meza en el Registro Público y que obviamente se le cambiarán los fines y los objetivos.
A continuación da lectura al documento que apunta lo siguiente:
ESTATUTOS DE LA ASOCIACION
NÚMERO ____: Ante mí JIMMY MEZA LAZARUS, Notario Público con oficina en s Los Yoses , Montes de Oca, costado sur de la Iglesia de Fátima número veinte cuarenta y uno comparecen los señores el señor ____(nombre y apellidos), mayor, ____(estado civil), ____ (profesión u oficio), vecino de ____
(dirección exacta), portador de la cédula de identidad número ____, en su calidad de Presidente con facultades de Apoderado , de la Asociación ____ y MANIFIESTA: Que viene a protocolizar los siguientes estatutos de dicha Asociación que literalmente DICEN: Acta constitutiva de la ASOCIACION DE INGENIEROS DEL CIEMI, Asamblea General celebrada en la ciudad de ____
al ser las ____ horas del ____ de ____ dos mil ____ .Se encuentran presentes:
____, mayor, estado civil, profesión u oficio, vecino de ____ (dirección completa), portador de la cédula de identidad número ____; (así deberán seguirse anotando una por una las generales de cada uno de los presentes en la Asamblea General); ACUERDAN CONSTITUIR UNA ASOCIACION que se regirá por la Ley de Asociaciones y sus Reformas, Ley número doscientos dieciocho de ocho de agosto de mil novecientos treinta y nueve y su respectivo
Reglamento, que en el marco jurídico norma la Asociación y por los siguientes estatutos: ARTICULO PRIMERO: La asociación se denominará ASOCIACION DE INGENIEROS DEL CIEMI, es una entidad de bienestar social de carácter privado no lucrativo y por su naturaleza será de duración indefinida.
ARTICULO SEGUNDO: El domicilio de la Asociación será en Curridabat San José, Costa Rica cincuenta metros este de la Pops, edificio Colegio Federado De Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, oficinas del Colegio de Ingenieros Electricistas, Mecánicos e Industriales. ARTICULO TERCERO: Los fines de la Asociación será los siguientes: a) Estimular el progreso de la Ingeniería Eléctrica, Mecánica, Industrial y de las ramas afines agremiadas al Colegio de Ingenieros Electricistas, Mecánicos e Industriales b) Promover la investigación y los estudios en general que contribuyan al desarrollo de las profesiones agremiadas al Colegio de Ingenieros Eléctricos Mecánicos e Industriales y sus ramas afines, c) Fomentar una mayor relación y comunicación entre los agremiadas al Colegio de Ingenieros Electricistas, Mecánicos, Industriales y sus ramas afines, e interesar a las autoridades gubernamentales, y no gubernamentales involucradas en defender la vida, la seguridad y los bienes de las personas, a participar, legislar, divulgar y aplicar las normativas que el Colegio de Ingenieros Electricistas, Mecánicos , Industriales promueve, en busca de asegurar que el ejercicio de las profesiones que agrupa se realice siempre con la calidad y la ética que demanda el país. d) Colaborar en todo lo concerniente a las actividades que realiza el Colegio de Ingenieros Electricistas, Mecánicos, Industriales y sus ramas afines, con el fin de cumplir con los fines y obligaciones que como miembro del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos tiene dicho Colegio e) Desarrollar, colaborar y facilitar en todo lo relacionado a la organización de eventos de capacitación que organiza el Colegio de Ingenieros Electricistas, Mecánicos, Industriales y sus ramas afines, tales como congresos, cursos cortos, tutorías y cualquier evento de educación. f) Coadyuvar en todo relacionado al manejo financiero de recursos que ingresen al Colegio de Ingenieros Electricistas,
Mecánicos, Industriales y sus ramas afines. ARTICULO CUARTO: Para el cumplimiento de sus fines, la Asociación realizará entre otras, las siguientes actividades: a) Recaudar las cuotas o contribuciones que pagarán los asociados y tales fondos han de ser invertidos únicamente en la satisfacción de los fines enumerados en el artículo tercero anterior, de manera tal que no podrán los asociados retirar en ningún momento las sumas que hubieren aportado en calidad de cuotas, donaciones o legados. b) Gestionar partidas específicas, donaciones de entidades públicas o privadas, tanto nacionales como internacionales para el desarrollo de sus actividades. c) Propiciar el apoyo de instituciones del Estado, instituciones cooperativas y/o comunales para el mejor desarrollo de sus actividades. d) Podrá la Asociación adquirir toda clase de bienes, siempre dentro de las limitaciones del artículo cuarenta y tres del Código Civil, e) Celebrar contratos lícitos de toda índole y realizar toda especie de operaciones lícitas encaminadas a la consecución de sus fines.
ARTICULO QUINTO: La Asociación contará con los siguientes recursos operativos: a) Cuotas de ingreso y anuales de los asociados, que fijará la Asamblea General b) Donaciones c) Subvenciones, partidas específicas del Estado, legados de ingresos que reciba a partir de la realización de actividades académicas, profesionales, o comerciales ARTICULO SEXTO: La Asociación tendrá las siguientes categorías de asociados: a) Fundadores: son los asociados participantes en la Asamblea Constitutiva y que quedaron anotados en el Acta Constitutiva, b) Activos: Serán los asociados que hayan ingresado posteriormente a la Asamblea Constitutiva y que estén en pleno goce de sus derechos, c) Honorarios: Serán a aquellas personas que hayan colaborado efectivamente al desarrollo y consolidación de la Asociación. La categoría de Asociado Honorario, se hará por recomendación de la Junta Directiva y será aprobada por la Asamblea General. Tendrán derecho a voz y voto los asociados fundadores así como los activos. Los asociados honorarios sólo participarán en las asambleas generales con derecho a voz pero sin voto, no pudiendo ser electos en los cargos directivos ni fiscalía, ni estarán sujetos a los
demás deberes que tienen los demás asociados activos y fundadores.
ARTICULO SETIMO: Para la afiliación de asociados se observarán las siguientes reglas: a) El interesado deberá presentar solicitud escrita ante la Junta Directiva, b) Toda solicitud deberá acompañarse de la recomendación de dos miembros asociados fundadores o activos. La afiliación deberá ser aprobada por la Junta Directiva y comunicado a los asociados en Asamblea General, c) La solicitud indicará lugar para recibir notificaciones, d) El secretario de la Junta Directiva comunicará por escrito al solicitante si su solicitud fue aprobada o no, dentro de un plazo de una semana después de conocida la solicitud en Junta Directiva, dirigida la comunicación al lugar indicado para recibir notificaciones. ARTICULO OCTAVO: Los asociados dejarán de pertenecer a la Asociación por alguna de las siguientes causas: Primero:
fallecimiento. Segundo: renuncia voluntaria, dirigida por escrito a la Junta Directiva. Tercero: Por la expulsión acordada por dos terceras partes de los presentes a la Asamblea General, por cualquiera de los motivos que a continuación se indican: a) Conducta inmoral que atente contra el buen nombre de la Asociación. b) Cuando un asociado actúe en nombre de la Asociación sin estar facultado para ello, y c) El uso indebido de los activos físicos y económicos de la Asociación. En los casos en que exista una causal de expulsión de un asociado se procederá de la siguiente forma: Previo a la cesación de la membresía de un asociado, la Junta Directiva comunicará por escrito al afectado los motivos que inspiran su expulsión, a efecto de que el asociado en el momento en que reciba la comunicación, pueda en el término de ocho días naturales preparar su defensa; una vez cumplido este plazo la Junta Directiva convocará de manera inmediata a la Asamblea General correspondiente en el tiempo y condiciones señalados para tal finalidad en el presente estatuto, para que trate de este caso, el asociado acusado podrá estar presente y apelar ante dicha asamblea y esgrimir su defensa, siendo esta asamblea la que en definitiva acuerde afirmativa o negativamente lo relativo a la expulsión del asociado. ARTICULO NOVENO: Los asociados tendrán los
siguientes derechos: a) Elegir y ser electos en los cargos directivos o de fiscalía de la Asociación, b) Participar en las actividades educativas, culturales, recreativas y sociales que organice la Asociación, c) Participar con voz y voto en las Asambleas Generales, d) Presentar mociones y sugerencias en asambleas, e) Denunciar ante la Fiscalía y la Asamblea General de la Asociación cualquier irregularidad que notare en el desempeño de las funciones de la Junta Directiva y otros miembros de la Asociación. ARTICULO DECIMO: Son deberes de los asociados: a) Cumplir con la Ley de Asociaciones, Reglamento y Estatutos, así como de los acuerdos que emanen de sus órganos, b) Pagar puntualmente las cuotas, c) Asistir a las reuniones a las que fueren convocados, d) Cooperar en la conservación de bienes y el buen desarrollo de las actividades de la Asociación, e) Apoyar las gestiones que realice la Asociación para el cumplimiento de sus objetivos. ARTICULO DECIMO PRIMERO: La Asociación contará con los siguientes órganos: a) Asamblea General, b) La Junta Directiva, y c) La Fiscalía. ARTICULO DECIMO SEGUNDO: De la Asamblea General: Es el órgano máximo de la Asociación, compuesta por la totalidad de sus asociados. Habrá dos tipos de asambleas:
ordinaria y extraordinaria. La Asamblea se reunirá en forma ordinaria una vez al año, en la segunda quincena del mes de octubre de cada año, a efecto de escuchar los informes de labores del Presidente y Tesorero de la Junta Directiva, así como de la Fiscalía y elegir cuando corresponda a los miembros de la Junta Directiva y Fiscalía. Extraordinariamente se reunirá cada vez que la Junta Directiva la convoque o lo solicite en forma vinculante un número de asociados que represente la tercera parte del total de los asociados, o bien cuando la fiscalía lo considere necesario. Las asambleas tanto ordinarias como extraordinarias serán convocadas a través del secretario por medio de carta circular notificada en un medio electrónico, con diez días naturales de anticipación. Se considerará constituido en primera convocatoria cuando concurran la mitad más uno de los asociados. De no presentarse el mínimo indicado se reunirá en segunda convocatoria treinta minutos después, con el
número de miembros presentes, que en ningún caso podrá ser menor a los puestos elegibles en los órganos de la Asociación. Los asuntos se aprobarán por mayoría simple, excepto en aquellos casos que por la ley o estos estatutos se requiera el voto de las dos terceras partes de los asociados. ARTICULO DECIMO TERCERO: Es potestad de la Asamblea General Ordinaria: a) Elegir cada año los miembros de la Junta Directiva y el Fiscal, pudiendo ser reelectos.
b) Conocer, aprobar, rechazar o modificar los informes de labores que le rindan los otros órganos. c) Acordar la compra de bienes y aceptar donaciones y legados. d) Aprobar los reglamentos que dicta la Junta Directiva. e) Aprobar el presupuesto del año correspondiente. f) Determinar el monto de la póliza de fidelidad con que debe estar cubierto el Tesorero. g) Definir la suma de dinero de la cual dispondrá el Presidente de la Junta Directiva como apoderado generalísimo. ARTICULO DECIMO CUARTO: Son atribuciones de la Asamblea General Extraordinaria: a) Llenar las vacantes ocurridas por ausencias definitivas en la Junta Directiva o en la Fiscalía. b) Reformar los estatutos y reglamentos. c) Acordar la expulsión y desafiliación de los asociados d) Acordar la disolución de la asociación. ARTICULO DECIMO QUINTO: De la Junta Directiva: La Dirección de la Asociación reside en la Junta Directiva, compuesta por seis miembros: Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero y dos Vocales; los cuales serán electos en Asamblea Ordinaria celebrada en la segunda quincena del mes de octubre por un período de un año. Los miembros de la Junta Directiva de la Asociación deberán ser elegidos dentro de los miembros de la Junta Directiva del Colegio de Ingenieros Electricistas, Mecánicos e Industriales. Tomarán posesión de esos cargos el día primero de noviembre del año que corresponda. Las ausencias temporales de los miembros de la Junta Directiva a excepción del Presidente serán suplidas por la misma Junta; en caso de ausencias definitivas la misma Junta suplirá dichas ausencias mientras se convoca a Asamblea General Extraordinaria para que llene la vacante por el resto del período. ARTICULO DECIMO SEXTO: La Junta Directiva se reunirá en forma ordinaria cada treinta
días y extraordinariamente cuando lo considere necesario. Será convocada por el Secretario por medio de carta circular notificada en un medio electrónico, con tres días naturales de anticipación. El cincuenta y uno por ciento de sus miembros formarán quórum y sus acuerdos se tomarán por simple mayoría de votos. En caso de empate el Presidente decidirá con doble voto. ARTICULO DECIMO SETIMO: Las atribuciones de la Junta Directiva son las siguientes: a) Tomar los acuerdos necesarios para que la Asociación cumpla con sus fines. b) Presentar anualmente un informe de labores a la Asamblea General. c) Convocar a asambleas generales a través del secretario o presidente. d) Nombrar las comisiones que considere necesarias. e) Supervisar conjuntamente con la Fiscalía, las labores de las comisiones establecidas. f) Recibir las solicitudes de afiliación y otorgarles aprobación o desaprobación, la cual será definida por Asamblea General. g) Recibir las solicitudes de renuncia voluntaria y recomendar la expulsión o no de alguno de los asociados por alguna de las causales que indica el artículo octavo. ARTICULO DECIMO OCTAVO: De la Fiscalía: Habrá un tercer órgano independiente denominado Fiscalía, que estará integrada por un Fiscal, mayor de edad nombrado por la Asamblea General Ordinaria, celebrada en la segunda quincena del mes de octubre por el período de un año. Tomará posesión de su cargo el día primero de noviembre del año que corresponda y que tendrá las siguientes atribuciones: a) Supervisar todas las operaciones y movimientos económicos de la Asociación. b) Velar por el fiel cumplimiento de la Ley y los Estatutos, así como los acuerdos y reglamentos que emita la Asociación. c) Rendir un informe anual a la Asamblea. d) Oír quejas de los asociados y realizar la investigación pertinente. e) Solicitar la convocatoria a Asamblea Extraordinaria cuando lo considere necesario. f) Participar con voz pero sin voto en las sesiones de Junta Directiva donde se traten asuntos que tengan ingerencia con su gestión.
ARTICULO DECIMO NOVENO: Atribuciones de los miembros de la Junta Directiva: Primero: El Presidente será el representante judicial y extrajudicial de la Asociación, con carácter de apoderado generalísimo sin limitación de suma
conforme al artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil. Podrán sustituir o delegar su poder en todo o en parte, reservándose o no su ejercicio, revocar dichas sustituciones o delegaciones y efectuar otras nuevas. Presidirá las sesiones de asamblea y las reuniones de Junta Directiva; firmará las actas junto con el Secretario; autorizará junto con el Tesorero los pagos que la Junta Directiva acuerde y llevará la iniciativa en todas las gestiones que la Asociación emprenda. Segundo: Corresponde al Secretario confeccionar las actas de las reuniones de Asamblea General y de Junta Directiva y firmarlas junto con el Presidente; una vez que han sido aprobadas por el órgano respectivo. Deberá llevar, en perfecto orden, el libro de actas de Asambleas Generales, el libro de actas de Junta Directiva y el libro de Registro de Asociados cuyos asientos de inscripción serán firmados por el Presidente y el Secretario. Dará lectura a la correspondencia y la tramitará lo más pronto posible. Llevará un archivo ordenado y completo. Tercero: El Tesorero tiene como obligación cobrar las cuotas que se fijen a los miembros, cuidar de los fondos de la Asociación, los que depositará en una cuenta corriente a nombre de la Asociación, en uno de los bancos del Sistema Bancario Nacional. Los depósitos o retiros se harán con la firma del Presidente y del Tesorero y en ausencia temporal del Presidente firmará el Vicepresidente. Deberá rendir un informe anual a la Asamblea y llevará al día y ordenados los libros Diario, Mayor, Inventario y Balances.
Deberá estar cubierto con una póliza de fidelidad de acuerdo con el artículo veinticuatro de la Ley de Asociaciones, cuyo monto se fijará en Asamblea General. Cuarto: Corresponde a los Vocales ayudar en las tareas que les encomiende la Junta Directiva y sustituir en forma temporal cuando se ausente algún miembro de la Junta Directiva, a excepción del Presidente. ARTICULO VIGESIMO: Las reformas totales o parciales de los estatutos deberán aprobarse en la Asamblea Extraordinaria por las dos terceras partes de los asociados presentes en la asamblea y su inscripción se hará conforme al artículo diecinueve de la Ley de Asociaciones y sus Reformas. ARTICULO VIGESIMO PRIMERO: La Asociación podrá disolverse cuando concurran las
causas indicadas en los artículos trece, veintisiete y treinta y cuatro de la Ley de Asociaciones y sus Reformas. Al extinguirse la Asociación, sus bienes se distribuirán entre los asociados que estén en pleno goce de sus derechos y se pedirá al Juez Civil del domicilio de la Asociación que nombre de uno a tres liquidadores, quienes devengarán el tanto por ciento fijado en el artículo catorce de la Ley. En este mismo acto, y por esta única vez , una vez aprobados los anteriores estatutos, procedemos a elegir la primera Junta Directiva y Fiscal, para el período que va del día XXXX de octubre del año dos mil trece al treinta y uno de octubre del año dos mil catorce, recayendo el nombramiento en forma definitiva en las siguientes personas: En la Junta Directiva: Presidente: ____ Secretario: ____ Tesorero: ____ Vocal uno: ____, Vocal Dos: ____, Vocal Tres: ____; y como Fiscal a: ____, todos de calidades antes indicadas. Todos los nombrados aceptan dichos cargos y entran en posesión de los mismos en forma inmediata.. Es todo. Extiendo un primer testimonio para la Asociación. Leo el acta preinserta, resulta conforme, y juntos firmamos la presente escritura en la ciudad de ____, a las ____ horas del ____
de ____ de mil novecientos noventa y ____(Firma del notario y las partes)
Explica el Ing. Luis Fdo. Andrés, que lo anterior leído es básicamente la estructura que tendrá la asociación, que realmente es muy sencilla desde el punto de vista legal. Agrega que a continuación se dará un espacio para preguntas o comentarios de los asambleístas.
El Ing. Edwin Morales consulta si en el documento leído por el Ing. Luis Fdo.
Andrés, y en los diferentes artículos donde se menciona “ se indicará “, la prosa ya existe como tal o se deberá elaborar en el momento que esté constituida la asociación.
El Ing. Luis Fdo. Andrés, señala que existe un borrador de todos estos artículos, que son como 8 ó 9 páginas y que con toda franqueza y transparencia como lo ha indicado en los correos que ha escrito durante la semana, no se mandó toda la prosa, al considerarse que se harían peticiones de diferentes agremiados solicitando cambios. Considera que debe haber confianza en lo que se está haciendo y que la convocatoria a esta Asamblea es precisamente para esto.
Atendiendo la solicitud del señor Presidente, el Lic. Jimmy Meza también le aclara al Ing. Morales, que el documento leído es un machote de asociación, copiado del Registro Público, ya que los estatutos de una asociación deben de tener ciertos puntos básicos para poder inscribirla. Tal es el caso del artículo primero donde dice “ se indicará la denominación “ y aquí se deberá poner el nombre que se le denomine a la asociación y en el segundo artículo se indicará el domicilio de la misma, lo que dice la ley y el reglamento con relación a los miembros que pueden ser asociados, que son los fundadores, los que constituyen y después los nuevos miembros deben irse incorporando, ya que como la Junta Directiva cambia cada dos años o cada año de acuerdo al período de nombramiento, si hay un miembro nuevo, ese nuevo miembro debe ingresar a la asociación. Señala que estas cuestiones son machoteras.
Comenta que en cuanto a las asambleas ordinarias o extraordinarias, es exactamente igual que las del CIEMI, que se celebran de acuerdo a su naturaleza. Agrega que en general la asociación tendrá dos fines específicos, y uno es el de coadyuvar con la operativización de la Junta Directiva del CIEMI en los términos que comento el Ing. Bejarano, y lo otro es con relación a la Junta Directiva que es lo que se esta proponiendo, en cuanto a que sea la misma Junta Directiva, tanto del CIEMI como de la asociación.
El Ing. Morales manifiesta que tiene otra consulta que está relacionada con el artículo sétimo y octavo, pero principalmente con el sétimo y se refiere a que si la afiliación para los agremiados representaría un costo. Indica que le ha quedado claro el mecanismo que la Junta Directiva trata de buscar con la creación de la asociación para facilitar la parte contable y el asunto de los impuestos, etc., pero que desde el punto de vista de agremiado quiere saber cuál sería el costo de pertenecer a la asociación y en caso de existir esa cuota, cuál sería el fin de la misma y cuál es el proceso de afiliación.
El Ing. Luis Fdo. Andrés apunta que habrá una cuota simbólica y que se pagará por una única vez, ya que ésta debe de existir y que puede ser desde un ¢1.00, ya que la idea es operativizar al CIEMI y no recaudar más fondos, esto debido a que actualmente se paga a través del CFIA una cuota extraordinaria anual.
Agrega que efectivamente habrá un proceso de afiliación ordenado y que de acuerdo a lo externado por el Lic. Jimmy Meza, todo miembro de la asociación debe ser miembro del CIEMI, aunque no todo miembro del CIEMI va a ser miembro de la asociación; ya que esto será una decisión de cada uno, si llena o no los documentos que en el debido momento se emitirán para formar parte de la asociación.
El Ing. Everardo Solano consulta que pasará con un estudiante que se gradúa y solicita al CFIA colegiarse y que para ser miembro de la asociación debe llenar una serie de documentos. Considera que puede existir algún peligro y que se genere la presentación de un recurso de amparo y arruine todo lo que se está haciendo, que en su concepto es excelente. También se refiere al artículo cuarto de la Ley Orgánica que habla del reglamento especial para las asociaciones, menciona que el CITEC trabaja con 3 asociaciones y que le parece entendible lo que están haciendo; sin embargo indica que lo que el CIEMI está pretendiendo hacer, es una asociación única que cubra todas las disciplinas y las maneje como tal y que le preocupa si ese reglamento especial existe o si será conveniente pedirle a la Asamblea de Representantes del CFIA, empezar a trabajar en dicho reglamento. Señala que otro aspecto que le preocupa es cuando se convoque para la elección de la Junta Directiva del CIEMI, si la asociación también hará su respectiva convocatoria, o si se harán juntas las dos asambleas.
El Lic. Jimmy Meza le solicita al Ing. Everardo Solano, aclarar que se refiere con lo del recurso de amparo.
El Ing. Everardo Solano indica que a lo que se refiere, es si un nuevo miembro se incorpora al CIEMI, puede cuestionarse porque su cuota se va a desviar para la asociación, que no tiene nada que ver con el CFIA.
El Lic. Jimmy Meza señala que hay que tener muy claro que la asociación es un ente jurídico diferente y que precisamente responde a los fines que se le van a plantear, en ese sentido, el desarrollo de la actividad tiene que corresponder a los fines y que entonces nada tiene que ver la asociación ni con el CFIA ni con la cuota extraordinaria que pagan los miembros del CIEMI y que de hecho como lo ha mencionado el Ing. Luis Fdo. Andrés, el espíritu de la asociación de acuerdo a como se está planteando, es que la asociación se conforme para ayudar, para colaborar con el manejo administrativo y operativo del CIEMI, en los términos que lo planteó el Ing. Carlos Bejarano y que además como ya se ha mencionado el fin de la asociación no es recaudar fondos y que la cuota será simbólica, que su fin es colaborar, en este caso con la personería jurídica para que los dineros ingresen a dicha asociación y que posiblemente pasarán de nuevo al CIEMI y así evitarse todas las gestiones con el CFIA para la devolución de esos recursos.
El Ing. Luis Fdo. Andrés indica que el caso del Colegio al que se refirió el Ing.
Solano, ese Colegio tiene como 6 ó 7 asociaciones, una por cada rama que opera y que en cuanto a las cuotas que pagan los ingenieros por incorporarse, deben ser para el presupuesto CFIA-CIEMI, que esto está claramente definido.
Que la idea es que los pagos por cursos, seminarios, congresos, etc., ingresen directamente a la cuenta corriente de la asociación que tiene el CIEMI; ya que con todo respeto para el CFIA, lo que no se quiere es que esos pagos ingresen a las cuentas del CFIA. Como ejemplo se refiere a que en el Congreso VIED, que se realizó en Setiembre de 2012, la CNFL pago los $4.000.oo desde el mes de octubre de 2012 y el reintegro por parte del CFIA se hizo en el mes de marzo, aquí se demuestra claramente que hubo un perjuicio para el CIEMI pues estos recursos no ingresaron a las arcas del CIEMI desde que la CNFL hizo el depósito. Agrega que si se tuviera una cuenta directa del CIEMI, la CNFL hubiese depositado directamente ahí y desde octubre 2012 esos recursos ya estarían en los erarios del CIEMI.
El Ing. Carlos E. Umaña se refiere a lo mencionado sobre que otros colegios del CFIA ya tienen asociación. Consulta sobre cuál es el modo de operación con que han trabajado estos colegios y cuál ha sido la experiencia. Considera que en este aspecto el CIEMI se está quedando atrás, ya que esos Colegios ya tienen resuelto el problema que el CIEMI está planteando hoy, con respecto al manejo de fondos, ingresos y que el resto de los Colegios, ya resolvieron el problema.
El Ing. Luis Fdo. Andrés comenta que efectivamente los otros Colegios del CFIA ya tienen resuelto su problema, que sobre su experiencia con este manejo, no lo sabe, pero que si puede decir que cada vez que pueden crean una nueva asociación, sobre todo por la flexibilidad en la operación que proporciona y que además se manejan muchas cosas a través de las asociaciones. En cuanto al caso del CIEMI, indica desconocer porque se ha quedado atrás y que esta Junta Directiva lo está planteando debido a los asuntos fiscales que se avecinan. En cuanto a los cursos que imparte el CIEMI, éstos son de bajo costo comparados con lo que cobran otros Colegios, pero que si no se da lo de la asociación habrá que incluirle el 13% de impuesto de venta, a los cursos y a todo lo que el CIEMI genera, situación que se está tratando de evitar. Menciona la cantidad de asociaciones que tiene cada Colegio e indica que efectivamente este Colegio en este aspecto está atrasado.
El Ing. Germán Moya expresa que entiende el propósito de la agilización operativa del CIEMI, pero que el planteamiento tiene algunas cosas que son difíciles de entender, desde el punto de vista que se está pasando de un ente que es de derecho público a un ente privado, ya que de cierta manera se está privatizando, situación que sugiere se le preste atención. Añade que los fines propios de la asociación no pueden ser los mismos del CIEMI, con lo que se estaría privatizando el Colegio que es un ente público por ley. Considera que se presentan algunas dificultades básicamente en la redacción de los artículos que
se deberían de atender. Menciona que si el haber pasado por este Colegio le deja alguna memoria, en el CIEMI han sido un poco displicentes con aquellos grupos que se han asociado en alguna manera y básicamente de un tiempo a hoy, tal vez de los años 90 para acá, han sido rechazados los intentos de asociación de ciertos gremios por gremio, que es a lo que llama el artículo 4 y que aquí lo que se está haciendo es una asociación-colegio y que la redacción no funciona de esa manera.
También consulta el Ing. Moya Rojas sobre la pregunta que se le puede hacer en cierto momento al CIEMI, cuyos fines es la educación continua de sus profesionales y la fiscalización del ejercicio profesional, ya que si toda está cantidad de cursos, seminarios, etc., la vamos a pasar a un ente privado, que cartas se van a presentar cuando se haga la pregunta sobre que hace el CIEMI por educar a sus miembros; tendremos acaso que decir que la asociación se encarga de ello y no el Colegio. En cuanto a que la Junta Directiva de la asociación no sean los mismos que la del CIEMI, acota que no le ve problema, ya que necesariamente no tienen que ser los mismos; y que como lo dijo el abogado, los fines de la asociación son los que van a imperar, entonces necesariamente no tienen que ser las mismas personas, ya que además estarán coartando el derecho a ser electo, de ser elegido, lo que considera que puede traer una tela de duda hacia los propósitos propios de lo que se está haciendo.
El Ing. Luis Fdo. Andrés, manifiesta sobre el primer punto, en cuanto a que la asociación se convierta en una empresa privada, la Junta Directiva del CIEMI no lo ve desde ese punto de vista, más bien se analiza como el mismo grupo que va a trabajar en ambas Juntas Directivas y que habrá una total transparencia y claridad en sus actos; y que el objetivo de esto es que la asociación ayude al CIEMI como tal. En cuanto al segundo punto, la asociación viene a ser como un medio para ayudar al CIEMI a trabajar. El Colegio va a seguir siendo la figura que va a parecer en todo momento, o sea, los cursos son del CIEMI, los títulos son del CIEMI, todo es el CIEMI, lo único que cambia es que la parte financiera que manejaría la asociación y reitera que la asociación tendría como un objetivo la parte financiera, para coadyuvar a la Junta Directiva del CIEMI a operar de una mejor forma. Respecto a las asociaciones de otros colegios, reitera que no tiene la experiencia de como funcionan. Indica que en el pasado fueron críticos con otros Colegios por la forma de cómo han actuado y que precisamente eso es lo que no se quiere, no se quiere masificar las asociaciones, lo que se quiere es hacer una única asociación, bien clara, bien fundamentada para el manejo de los aspectos financieros para ayudar al CIEMI.
Deja bien claro que la idea no es hacer una asociación por cada una de las ramas que tiene el CIEMI, que en los estatutos se estipulará que será una única
asociación para operativizar la parte financiera y no dar pie para que se conformen otras asociaciones.
El Lic. Jimmy Meza le aclara al Ing. Germán Moya sobre lo externado en cuanto a la parte que se iba a privatizar, que desde el punto de vista del CFIA, que es el que existe, éste tiene dos ámbitos de actuación, uno en el ámbito público que es la parte del ejercicio profesional, potestad que le da el Estado al CFIA para que regule el ejercicio profesional y que por esto tiene tribunales de honor,, por eso realizan actos administrativos cuando toman decisiones desde ese punto de vista; pero que la otra parte es una parte privada, una parte gremial y ésta no tiene que ver con la parte pública, ya que como gremio se organizan y realizan las actividades que tienen que realizar, para el progreso y el fomento del gremio como tal; incluso los fondos del CFIA no son fondos públicos, son contribuciones para fiscales que precisamente el Gobierno o el Estado les otorga para que se financien y hagan sus actividades gremiales.
Reitera que es privado porque el CFIA es de un gremio, no es público porque no todos pueden entrar, solamente los que están agremiados pueden tener esta disposición. Señala que aclara esto, porque podría pensarse que la asociación podría ser disímil con los fines del Colegio, pero que desde este punto de vista no lo sería, ya que inclusive como lo señala la ley uno de los fines, es fomentar asociaciones que vendrán a contribuir al desarrollo de esos fines del gremio o de los gremios, porque son varios colegios.
El Ing. Harry Barrantes Fallas agradece las explicaciones que se han dado en gran resumen, ya que esto de las asociaciones es un gran borrador. Considera que este es el momento más conveniente para crear la Asociación y que esta Asamblea es el único ente donde se puede tomar esta decisión. Agrega que le queda claro que el concepto es meramente fiscal y el de agilizar la parte financiera del CIEMI. Solicita se le aclaren algunas dudas: ¿Cuál es el destino de los recursos que el CFIA administra para el CIEMI ? ¿A dónde son trasladados actualmente ? ¿Qué pasa con los certificados que aparecen en los estados financieros? ¿ Que pasa con la casa del CIEMI, ya que le parece que no es del CIEMI, que es de cualquiera menos del CIEMI ? Solicita se aclaren estas dudas, ya que serían muy buenos instrumentos, para que se entienda la parte de cooperar, y maximizar recursos que se tienen y los que vayan a ingresar.
El Ing. Carlos Bejarano indica que vale la pena nuevamente hacer la aclaración sobre los fondos que maneja el CIEMI, que son producto de la transferencia que le hace el CFIA y los fondos que se han denominado como fondos propios.
Recuerda que el CFIA le asignó al CIEMI para este año un presupuesto del orden de los ¢210.000.000.oo, y que prácticamente un 45% de ese monto es para salarios, servicios profesionales, transferencias y otros. Menciona que una
pequeña parte de esos fondos provienen de la colegiatura, ya que una parte importante de la colegiatura va para el régimen y otra es para el CFIA, así como los montos que se recauden por timbres y demás. Agrega que por otro lado está el presupuesto propio del CIEMI, que es casi del mismo tamaño que el que el CFIA le asigna al CIEMI; y que el mismo se ha formado en razón de las diferentes actividades que se han desarrollado y que han generado algún excedente. Reitera que estos dineros se recaudan por impartir cursos, seminarios, congresos, venta de códigos de NFPA, etc.; así como la cuota extraordinaria, que son recursos del CIEMI a pesar de que se paga con la colegiatura, no forman parte de los recursos del CFIA.
Continúa el Ing. Bejarano, Tesorero de la Junta Directiva e informa que los recursos que el CFIA le traslada al CIEMI, están en una cuenta que se llama CFIA – CIEMI y que se abrieron en el banco con la personería jurídica del CFIA, o sea son cuentas del CFIA, a pesar de que el manejo es del CIEMI, ante el Banco el dueño de la cuenta es el CFIA. En cuanto a los recursos propios, detalla que cuando se deben emitir cheques, no es necesaria la firma de don Olman Vargas, esto lo hace directamente el presidente y el tesorero de la Junta Directiva del CIEMI, ya que a pesar de que la cuenta se abrió con la cédula jurídica del CFIA, las firmas registradas son de los autorizados del CIEMI.
Indica que el CFIA tiene sus propias cuentas, y que posiblemente son en las que se depositan las colegiaturas. Retomando el asunto del presupuesto propio y habiendo explicado ampliamente como se ha generado, recuerda que uno de los objetivos es que se tenga la posibilidad de que si la Tributación Directa inicia el cobro del tributo por las actividades no ordinarias, a través de una asociación y por la naturaleza de ésta, estemos exentos de ese pago, aunado a la flexibilidad en el manejo de los recursos que nos daría.
Nuevamente menciona el Señor Tesorero como los dineros del CIEMI son jineteados por el CFIA, tal es el ejemplo que expuso el Ing. Luis Fdo. Andrés sobre el pago por el Congreso VIED que hizo la CNFL por $4.000.oo desde octubre 2012, y que a la fecha el CFIA no lo ha reintegrado a la cuenta del CIEMI. También se refiere a los convenios que el CIEMI tiene con la NFPA, por la venta de códigos y normas, y que para firmar éste y cualquier otra organización, hay que hacerlo con la cédula jurídica del CFIA, lo cual quita flexibilidad a cualquier tramitación. Resumiendo nuevamente señala que si se aprueba constituir la asociación, los únicos fondos que ingresarían al CFIA pero que son del CIEMI son el pago de la cuota extraordinaria, si es que ésta se sigue aprobando. Menciona que el pago de la colegiatura si debe hacerse a través del CFIA; por lo tanto no sería lo mismo gestionar ante el CFIA la devolución al CIEMI de esa cuota extraordinaria, que tener que tramitar la devolución de todos los pagos que le corresponden al CIEMI y tener que hacer
todas las gestiones a través de las cuentas del CFIA, además de tener que utilizar la personería jurídica para otros asuntos.
El Ing. Luis Fdo. Andrés informa que con respecto a la casa del CIEMI, el pago mensual se hace todos los meses con recursos propios del CIEMI, mediante un reembolso al CFIA, ya que el banco prestatario le rebaja al CFIA dicho monto mensualmente de sus cuentas. Señala que el préstamo para la compra de esa casa, fue firmado por el Ing. Olman Vargas como Director Ejecutivo y el Lic.
Juan Carlos Leiva, Subdirector de Operaciones del CFIA, y que no fue firmado por nadie del CIEMI y que aunque la casa se paga todos los meses con dineros propios del CIEMI, legalmente la casa es del CFIA. Recuerda que para la compra de esa casa, con fondos propios del CIEMI, la propuesta debió ser presentada en una Asamblea de Representantes y fue votada a favor, pero también tuvo votos en contra. Agrega que el CIEMI recibió críticas por haber comprado esa casa a través del CFIA, por no tener una personería jurídica. Y se podría pensar que la Asamblea de Representantes vote a favor, ya que el dinero es del CIEMI, pero incluso señala que el uso del suelo de esa casa fue cuestionado. Comenta que se tiene un proyecto de remodelar esa casa y como se deberá gestionar un préstamo bancario, el CIEMI tiene que ir a la Asamblea de Representantes a solicitar nuevamente que se apruebe el préstamo con la personería jurídica del CFIA, pero si el CIEMI tuviera la asociación, con la personería jurídica de la misma, el CIEMI hace toda la gestión directamente.
Reitera el Ing. Andrés Jácome la flexibilidad que se tendría si el CIEMI tuviera su propia asociación. Manifiesta que a pesar de todo, el CIEMI es el único Colegio que tiene su propio centro de capacitación. Comenta como personas de los otros colegios preguntan como hace el CIEMI, y la respuesta más importante es que todos los fondos se invierten en el mismo Colegio y que de hecho así va a seguir operando. Indica que si se aprueba lo de la asociación, se iniciaría el proceso para inscribir la casa a nombre de esa asociación, ya que actualmente es un activo del CFIA, aunque todos saben que es del CIEMI
Sobre la consulta del Ing. Barrantes, el Ing. Carlos Bejarano se refiere a que esos certificados son de los recursos propios que tiene el CIEMI, producto en su mayoría de la cuota extraordinaria, y que se tienen para efectos de la remodelación del centro de capacitación, y que en algún momento esos certificados en el porcentaje permitido y de acuerdo a lo que aprobó la Asamblea del CIEMI, se deberá mantener un cierto monto en inversiones para situaciones inesperadas. Agrega que estas inversiones tendrán que hacerse efectivas para incorporarlas como parte de la inversión que se estará haciendo en la remodelación del centro de capacitación.
El Ing. Roger Méndez comunica que tiene varias consultas y que le gustaría que se las fueran contestando de manera secuente. Da lectura a la parte final del Capítulo II: del Colegio Federado y sus Fines y en su artículo 4 el artículo cuarto
“El reconocimiento y las relaciones de estas asociaciones con los colegios respectivos, serán reguladas por un reglamento especial”. Pregunta cuál es ese reglamento.
El Ing. Luis Fdo. Andrés, le indica que el CFIA nunca emitió ese reglamento especial y que es de la Ley Orgánica de 1970 y que de acuerdo a lo que le manifestó el Lic. Jimmy Meza, lo que existiría sería lo que se incluya dentro de los estatutos.
Otra consulta que hace el Ing. Méndez es porque cuando se hace un curso, cuál es el impedimento de que los pagos se hagan directamente a las cuentas que existen del CIEMI.
El Ing. Luis Fdo. Andrés señala que la cuenta que maneja el CIEMI es una sub- cuenta y que cualquier dinero que se deposite el Banco lo asigna a la cuenta madre que es la del CFIA, pero habrá que averiguar porque no se puede depositar directamente a las subcuentas.
A otra consulta del Ing. Méndez, el Ing. Luis Fdo. Andrés le confirma que si ya existiera una asociación, la casa estaría a nombre de esa asociación al tener ya una cédula jurídica.
Sobre los convenios, el Ing. Méndez consulta si estos se firman directamente con el CFIA o con el CIEMI, tal el caso de la NFPA, y que si existiera la asociación, se firmarían directamente con ella.
El Ing. Luis Fdo. Andrés, señala que con el NFPA se tiene un voto de apoyo de la Junta Directiva General, donde le permite al CIEMI firmarlos y que se han firmado dos convenios, uno fue firmado por el Ing. Jorge Badilla durante su gestión como Presidente del CIEMI, que en ese momento también era presidente del Federado y del CIEMI, por lo que nadie le cuestionó su firma.
Agrega que actualmente como Presidente de la Junta Directiva del CIEMI, él volvió a firmar dicho convenio, producto de una negociación con la Junta Directiva General, y que se firmó por 5 años más, pero que si se constituye la asociación, en lo sucesivo se hará por medio de ella.
El Ing. Roger Méndez también consulta si la idea de que todos los ingresos que se recaudan por impartición de cursos, seminarios, venta de manuales, etc.,
pasen a la asociación, sería básicamente para no pasar por el proceso de la Tributación Directa, y que cuál es el problema de que pasen por la Tributación Directa.
El Ing. Luis Fdo. Andrés, manifiesta que lo que se busca es que no se vean afectados por la Tributación Directa, ya que de ser así, al valor de los manuales, cursos, seminarios, etc., se les tendría que agregar el 13%.
Claramente indica que lo que se busca es el beneficio para los asociados, ya que al final el precio se va a mantener y la extensión la tendrá que pagar el asociado, añade que esto de pagar los impuestos no es tanto problema, el problema sería que hay que coordinar con el CFIA para ver que ha producido el CIEMI y que le corresponde aportar de esos impuestos, lo que iniciaría una labor de investigación, ya que el CIEMI no existe para la Tributación, es el CFIA es el que aparece ante la Tributación Directa.
El Ing. Roger Méndez considera que como principio el constituir una asociación para no pagar impuestos y seguir operando como colegio, le parece poco limpio, que es igual a ocultarse en la asociación para no pagar impuestos, para hacer lo mismo que se hacía en el Colegio que tampoco paga impuestos, no lo cree ni conveniente ni claro. Indica que le preocupa que hablar de la asociación es hablar del CIEMI, como si en este momento la Asamblea hiciera una cesión de todos los derechos de imagen del CIEMI a la asociación, y que la asociación es un ente privado al que no van a pertenecer el 100% de los agremiados; y que sin embargo se le están cediendo el 100% de los derechos.
Continúa el Ing. Róger Méndez y manifiesta que un agremiado que paga su cuota extraordinaria, se le va a pagar a la asociación no al Colegio, y perfectamente puede no estar en la asociación. Retomando las palabras del Lic.
Jimmy Meza, en cuanto a que en el momento que se elija la Junta Directiva, los que queden tienen que formar parte de la asociación, le parece que es un mal truco, ya que nadie puede obligar a nadie a formar parte de una asociación, ya que la adhesión es libre, y que si el día de mañana cualquiera de los que están aquí no pertenece a la asociación, va a quedar un puesto vacante en la directiva de la asociación.
Sobre el tema de los cursos, dice entender que el CIEMI esté atrás, pero quién organiza, quién recauda y administra es la asociación, ya que oficialmente, económicamente, legalmente es la asociación, entonces el CIEMI está haciendo una cesión de los derechos de capacitación a la asociación. Consulta como se va a manejar el tema de las UVIE que están incluidas en el Decreto del Código, en el que se dice que el CFIA es el que acredita los cursos a los que los
ingenieros tienen que aspirar para formar parte de las UVIES y si van a ser impartidos por una asociación, perfectamente cualquier ente privado tendría el derecho de darlos, a menos que en este foro, los asambleístas establezcan esa cesión de derechos abiertamente y que le parece que mucho de esto es a lo que se refiere el reglamento especial.
Hace mención el Ing. Méndez a que concesiones como grupo agremiado le darán a una asociación, que tiene vida propia e independiente y que además no representa el 100% del gremio. Señala que él cree en la asociación como un ente independiente, pero que no puede creer en la asociación como un ente independiente, que no puede creer en la asociación cuando se habla del CIEMI y considera que sería la misma situación que está sucediendo hoy que la cuenta que es del CFIA. Sobre que sea la misma Junta Directiva, pero que en un futuro no necesariamente van a ser los mismos, porque tal vez haya gente que no pertenezca a la asociación. Recalca que una asociación es un ente privado, libre de hacer lo que quiera y que en este momento parte de su preocupación es el tema de la cuota extraordinaria, ya que como se va a permitir que si alguna persona no esté en la asociación, su cuota extraordinaria sea depositada en dicha asociación.
Continua el Ing. Róger Méndez y manifiesta que considera que hay temas de fondo que generan vacío, y que si se quiere reconocer esta asociación como parte del Colegio, en buena hora, pero que se pregunta que quién va a regular esa relación e indica que si el CFIA no lo estableció en su momento, este es el momento para que los asambleístas del CIEMI marquen una diferencia y lo regulen, y no tratar de hacer un híbrido de que a veces es CIEMI y a veces no es C]IEMI, si me sirve sí, sino me sirve no. Concluye indicando que le quedan vacíos en la conformación.
El Lic. Jimmy Meza señala que se referirá a varias de las acotaciones hechas por el Ing. Méndez. Indica que la asociación no puede abrogarse competencias que están otorgadas por la Ley Orgánica y los Reglamentos a los colegios miembros y cita lo que dijo el Ing. Luis Fdo. Andrés sobre los cursos, la asociación lo que hará es recaudar los dineros que se generen por los cursos, no va a otorgar certificados, ya que lo que tiene que ver legalmente con la preparación académica, con la certificación profesional, y todo lo que tenga que ver con esta parte, está regulado por la Ley Orgánica y el que tiene la potestad, la competencia, el resorte para otorgarlo, es el CFIA a través de los colegios, en este caso el CIEMI y éste será quién certifique que las personas pueden ejercer en tal o cual profesión, o sea que esto no se puede delegar y que está seguro que la Junta Directiva lo tiene muy claro. Señala que los cursos los tiene que impartir el CFIA o el CIEMI, definitivamente no los puede
dar una asociación, ya que de todas formas si los da una asociación, no van a servir de nada, ya que la ley es quién le otorga al CFIA esa potestad y que la única función de la asociación es la de recaudar.
Sobre el caso de las UVIE, el Lic. Meza manifiesta que mucho menos lo podría hacer una asociación, ya que el decreto establece que es el CFIA quién lo regula. Comenta no tener conocimiento si se va a cobrar o no por las UVIE y si el CIEMI irá a tener alguna participación en eso, pero lo cierto del caso es que la asociación no tendrá ninguna participación en eso. Recuerda que la cuota extraordinaria ingresa directamente al CIEMI porque la ley así lo establece.
El Lic. Meza aclara que la asociación es para recaudar fondos de las actividades extraordinarias, no del presupuesto del CFIA, porque esto siempre lo va a manejar el CIEMI, y no se puede descargar en otro ente. Señala que desde el punto de vista jurídico, se planteó lo de la asociación para que ayude al CIEMI, para que sea como un recaudador de los recursos de las actividades extraordinarias y después la asociación puede pasarle esos recursos a las cuentas del CIEMI. Reitera que no se pueden delegar potestades que están establecidas en la ley y el reglamento, definitivamente la asociación no se puede convertir en una junta directiva paralela del CIEMI. En cuanto a la libre adhesión a la asociación, se supone que las personas que forman parte de la Junta Directiva adquieren ciertos compromisos con relación al desarrollo de los fines del CIEMI, y uno de esos es pertenecer a la asociación, que va a ser exactamente lo mismo que hace la Junta Directiva del CIEMI, o sea no hay potestades de más en la Junta Directiva de la asociación, ya que lo que va a hacer es coadyuvar y se suponen que serán los mismo miembros y se alguna persona no quiere pertenecer, pues no pertenece e igual siempre habrá quórum. Concluye indicando, que no hay potestades extraordinarias que se le puedan dar a la junta directiva de la asociación, en detrimento de las potestades que ya tiene el CIEMI desde el punto de vista legal.
El Ing. Freddy Vargas, manifiesta que lo que está pasando con el CIEMI y la asociación, se le parece a lo que está pasando en el Ministerio de Transportes con COSEVI, CONAVI y la amada Comisión Nacional de Concesiones, ya que se desfiguró una institución. Indica que aunque lo que se ha expuesto es muy bonito, no le convence nada, ya que no le dice que está ganando el asociado.
Agrega que para él se presentan básicamente dos problemas, uno, una gestión de cobro que afortunadamente por lo que recién expreso el presidente, la contabilidad está totalmente computarizada, ya que obviamente es más fácil así que llevar el control vía tarjetas o libros contables, por lo que piensa que la gestión de cobro no debería ser un problema. El segundo problema que considera, es sobre el impuesto de ventas, y estima que en este país se está
luchando para que todos paguen los impuestos que les corresponden, por lo que considera que no es ético ni patriótico, tratar de escabullir el pago de los impuestos. Señala que esta es su visión, tal vez muy vieja y nada moderna.
Continúa el Ing. Freddy Vargas y señala que para tener una idea del capital que se está manejando, en 5 años se estaría hablando de un capital de 600 millones de colones, suponiendo que en otros servicios no se le ocurra a la asociación abrir una universidad privada en la casa del CIEMI. Agrega que se le está dando a la asociación una imagen para generar ingresos, venta de signos externos, manuales, seminarios, cursos, etc., consulta que si lo que molesta son los ¢125 millones, de los servicios, que se les baje el costo a los cursos, los manuales, etc. Indica que se le está regalando a una asociación una imagen ligada al CFIA, que es la que tiene todos los convenios con la IEEE, NFPA, etc.
Manifiesta que muy probablemente el abogado del CIEMI sepa bastante de derecho tributario, pero dice desconocer si esta asociación pagará o no pagará impuestos, ya que si hay utilidades, hay impuestos que pagar, excepto que diga que es una asociación sin fines de lucro, lo cual requiere que todos los ingresos se distribuyan entre sus asociados, y en su caso cuando se los entreguen él pagará sus impuestos.
Consulta el Ing. Freddy Vargas que pasará con las utilidades que genere la asociación para aquellos que no son asociados. También consulta si lo recaudado por la asociación, se queda en el patrimonio de la asociación o se pasa al CIEMI, recursos que deben ser recibidos como una donación. Concluye indicando que no hará más larga su intervención, pero que su posición es contraria a la conformación de una asociación.
El Ing. Luis Fdo. Andrés , manifiesta que la apreciación del Ing. Vargas es muy respetable, pero que la información que tiene sobre los cursos, no tiene nada que ver con el CIEMI; ya que los cursos del CIEMI son los más baratos del CFIA, y que efectivamente se generan muchos recursos, al ser el CIEMI el colegio que más cursos imparte y que además tiene una gran cantidad de estudiantes, esto señala, es una particularidad del CIEMI y las aulas de la casa se están quedando pequeñas para tanto estudiante y que el único día que no se imparten lecciones es el viernes.
El Lic. Jimmy Meza aclara que la asociación no puede distribuir utilidades, tiene que reinvertir sus ganancias en caso de haber, en sus propios fines e indica que los que distribuyen utilidades son las sociedades. Agrega que una asociación distribuye entre sus asociados solamente cuando se disuelva como cualquier entidad jurídica.