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Lavado de activos: Problemas probatorios y taller de casos prácticos. Francisco Celis Mendoza Ayma

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(2)

Lavado de activos: Problemas probatorios y taller de casos

prácticos

Francisco Celis Mendoza Ayma

(3)

Lavado de activos: Taller de

casos prácticos

(4)

Indicio

Indicio

Indicio F

u e n t e

s

F u e n t e

s

Actos de prueba

Indicio

Indicio

Indicio Actos de

investigación

(5)

Contexto

Función de los indicios

Dimensión del razonamiento

Fase Hipótesis

Descubrimiento Heurística

Descubrimiento

Investigación preparatoria

Formulación de la hipótesis

Provisional

Justificación (control)

Justificación / saneamiento

Justificación

Etapa intermedia

De las hipótesis a las pruebas

Provisional Saneamiento

Justificación

(Demostración) Probatoria Justificación

Juicio oral

De la hipótesis a las pruebas

Definitiva

(6)

6

Sentencia plenaria 1-2017 e imputación: Fundamento 12

(7)

¿¿Reveladores?

¿Reveladores?

¿Reveladores?

¿Reveladores?

Hipótesis de imputación concreta Lavado de activos

Máximas de la Experiencia

Leyes de la lógica

Conocimiento jurídico

Elementos de juicio

Fundamento 12 de la sentencia plenaria Casatoria 1-2017 Art. 336 del CPP

(8)

¿¿Reveladores?

¿Reveladores?

¿Reveladores?

¿Reveladores?

Hipótesis de imputación concreta Origen ilícito

Máximas de la Experiencia

Leyes de la lógica

Conocimiento jurídico

Elementos de juicio

Fundamento 12 de la sentencia plenaria Casatoria 1-2017 Art. 336 del CPP

(9)

¿Son pertinentes?

¿Son variados?

¿Son suficientes?

¿Son fiables los hechos probatorios

Elementos de juicio

La imputación

Hipótesis o suposición

(10)

¿Son pertinentes?

¿Son variados?

¿Son suficientes?

¿Son fiables los hechos probatorios

Elementos de juicio

La imputación como suposición

(11)

11

• Imputación concreta como Hipótesis

Fundamento 12

• Imputación concreta como fundamento de la

Pretensión penal

Fundamento 21

Sentencia plenaria N° 1-2017 e imputación

(12)

12

Sentencia plenaria e imputación

Fundamento 21

(13)

¿Son pertinentes?

¿Son variados?

¿Son suficientes?

¿Son fiables los hechos probatorios

Hipótesis de imputación concreta: Lavado de activos

Máximas de la Experiencia

Leyes de la lógica

Conocimiento jurídico

Elementos de juicio

Fundamento 12 de la sentencia plenaria Casatoria 1-2017

(14)

¿Son pertinentes?

¿Son variados?

¿Son suficientes?

¿Son fiables los hechos probatorios

Elementos de juicio

La imputación como suposición

(15)

¿Son pertinentes?

¿Son variados?

¿Son suficientes?

¿Son fiables los hechos probatorios

Elementos de juicio

La imputación como hipótesis

(16)

16

•Hipótesis de Imputación

Fundamento 12

•Pretensión penal

Fundamento 21

Sentencia plenaria

N° 1-2017 e imputación

(17)

17

Origen: actividad

ilícito

Alcances operativos del origen ilícito

(18)

1 • Actividad: genérica

2

• ¿Cómo el Misterio Público puede construir esa proposición fáctica?

3 • Criterio: idoneidad

Indeterminación del “origen”

(19)

Investigación preparatoria

Etapa

intermedia Juicio oral

Imputación concreta como hipótesis

Objeto de investigación

Sujeto Objeto Finalidad

Pretensión procesal

PETITORIO Imputación concreta como CAUSA PETENDI

Objeto de saneamiento

Imputación concreta Objeto de prueba

Sujeto

Objeto

finalidad

(20)

Elemento objetivo

Dolo

Elemento subjetivo distinto del DOLO

Voluntad guiada por el CONOCIMIENTO de los elementos del tipo objetivo

1 2 3

TIPO SUBJETIVO

TIPO OBJETIVO

(21)

Tipo asimétrico

Elementos del tipo

objetivo Convierte

Art. 1 y 10 del

D.Leg. 1106. Dolo

Elemento subjetivo distinto del DOLO

Conocimiento

Presunción de conocimiento

Evitar la identificación de su origen, incautación o decomiso

Origen ilícito

Finalidad

Origen ilícito y convierte

(22)

Tipo asimétrico

Elementos del tipo

objetivo Transferencia

Art. 1 Y 10 del D.L.

1106. Dolo

Conocimiento del origen ilícito y la

transferencia

Elemento subjetivo distinto del DOLO

Conocimiento

Presunción de conocimiento

Origen ilícito

Finalidad Evitar la identificación de su

origen, incautación o decomiso.

(23)

Tipo simétrico

Elemento causal

Dolo

3

1 2

Art. 1 y 10 del D.L. 1106

D.L.1249

Conversión, transferencia 2

Actividad criminal productora 1

Elemento causal 3

Conversión, transferencia 2

Actividad criminal productora 1

(24)

1

3

Actividad criminal que genera el activo en su

proposición fáctica debe ser ¿General o

Específico?

2

Dolo

1

3

¿El conocimiento de la Actividad Criminal que

genera el activo en su proposición fáctica debe ser ¿General o

Específico?

2

ACTIVIDADES CRIMINALES: ART.10 DEL D.L.1106

• La minería ilegal

• El trafico ilícito de drogas

• El terrorismo

• El financiamiento del Terrorismo

• Los delitos contra la Administración Publica

• El secuestro

• El proxenetismo

• La trata de personas

• El trafico ilícito de Armas

• Trafico ilícito de migrantes

• Los delitos Tributarios

• La extorsión

• El Robo

• Delitos Aduaneros

• Otros que genere ganancias

• ilegales

(25)

1 2 3

DOLO

Imputación Concreta

Mineria ilegal

Transferencia

Elemento De conexión

Conocimiento que la transferencia proviene de la minería ilegal

Proposiciones fácticas

(26)

PROBLEMA Elemento normativo del tipo

Origen Ilícito

¿Es un elemento del tipo objetivo o

subjetivo?

(27)

DECRETO LEGISLATIVO 1106

ACTOS DE OCULTAMIENTO Y TENENCIA:

El que adquiere, utiliza, guarda, administra, custodia, recibe, oculta o mantiene en su poder dinero, bienes, efectos o ganancias, cuyo origen ilícito conoce o debía

presumir, con la finalidad de evitar la identificación de su origen, su incautación y decomiso, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de ocho ni

mayor de quince años .

ART. 2 ART.3

(28)

Problema probatorio

RN 2868-2014

La acreditación de la procedencia delictiva de los activos lavados debe confirmarse indistintamente con

prueba directa y/o prueba indiciaria, ambas en plano de igualdad, aunque la ultima es la mas común en estos casos. Ello no significa que la actividad delictiva precedente pueda quedar al margen de la actividad

probatoria. Solo se requiere (i)que tal situación se acredite en sus aspectos sustanciales, que permitan

delinear el carácter delictivo de la misma; (ii)que la prueba de tal situación delictiva del activo maculado en cuestión debe equiparase a los estándares racionales de la acreditación delictiva en general. No es de admitir niveles distintos de patrones probatorios o estándares de prueba entre los diversos elementos objetivos y subjetivos del tipo legal, en especial del origen criminal o de la procedencia delictiva de dinero, bienes, efectos o ganancias.

(29)

¿El desbalance patrimonial es un

elemento de tipo?

(30)

¿El desbalance patrimonial es un elemento de tipo?

¿Opera la carga dinámica de la prueba?

¿Las agravantes del Art. 10 del Dec. Legislativo, suficientes la actividad genérica idónea?

¿Cualquier tipo de delito puede configurar el elemento

normativo del origen ilícito?

(31)

SALA PENAL NACIONAL COLEGIADO «D»

EXP. 100-2010-0 APAZA PANUERASS.

SANTILLÁN TUESTA MENDOZA AYMA

Lima, veintitrés de enero de dos mil dieciocho Cuarto. El desbalance patrimonial no es elemento del tipo

Los actos constitutivos del tipo de lavado de activos son: conversión, transferencia ocultamiento y tenencia[10]. El desbalance patrimonial, no es un elemento del tipo de lavado de activos, menos configura -por sí- un injusto penal.

El desbalance patrimonial[11] es un indicio posterior que como i) hecho base, conjuntamente con ii) la inferencia y iii) el hecho indicado conforma la estructura de la prueba indiciaria. El desbalance patrimonial para tener la entidad epistémica de hecho base debe estar probado; de lo contrario, es soto sospecha, mera conjetura, o mala conciencia.

(32)
(33)
(34)
(35)

Taller de casos

prácticos

(36)

1. En una investigación por lavado de activos, se tiene que un grupo de empresas fueron utilizadas para legitimar los activos a través de inversiones y movimientos financieros, razón por la cual deben adoptarse medidas de investigación, como el

levantamiento del secreto bancario, reserva tributaria y bursátil, además de incautar documentación que estaría en sus instalaciones. Respecto a la incorporación de la persona jurídica como sujeto procesal, prevista en el artículo 90 del Código, es

correcto afirmar que:

a. Será el actor civil quien solicite su constitución para que cumpla con pagar solidariamente la reparación civil.

b. Puede ser constituida de oficio a partir de su conexión con el delito que se le atribuye.

c. El fiscal es la parte legitimada para requerir su constitución como parte del proceso.

D. Las personas jurídicas no pueden ser investigadas, puesto que su rol en el proceso solo

será de tercero civilmente responsable.

(37)

2. No constituye un delito previo del lavado de activos:

a) Trata de personas b) Proxenetismo

c) Receptación

d) Extorsión

(38)

3. A, con fondos de procedencia ilícita que no

puede introducir en el mercado, conoce a través de un mediador que otro individuo, B (incluso de la misma organización con fondos ya

blanqueados o en un paraíso fiscal), tiene dinero

en una cuenta bancaria de otro país.

(39)

A, a través del mediador, entrega el dinero a B a cambio de un cheque contra su cuenta. A, ha conseguido ingresar

dinero aparentemente ilícito en su cuenta (procedente de un cheque bancario o personal) y B tiene que ingresar el

efectivo recibido en su cuenta, ingreso que le será más

sencillo que a A, bien porque tenga un negocio que permita aparentar la procedencia ilícita del dinero, bien porque el país donde radique tenga menos controles que el país de A, posibilitándose la transferencia internacional de fondos.

La técnica de lavado de activos utilizada por A corresponde

a:

(40)

a) Utilización de paraísos fiscales b) Utilización de testaferros

c) Operaciones de transferencia

d) Operaciones mediante cheque

(41)

4. En una investigación por lavado de activos, se tiene que un grupo de empresas fueron utilizadas para legitimar los activos a través de inversiones y movimientos financieros,

razón por la cual deben adoptarse medidas de investigación, como el levantamiento del secreto bancario, reserva

tributaria y bursátil, además de incautar documentación que estaría en sus instalaciones.

Respecto a la incorporación de la persona jurídica como

sujeto procesal, prevista en el artículo 90 del Código Procesal

Penal, es correcto afirmar que:

(42)

a) Será el actor civil quien solicite su constitución para que cumpla con pagar solidariamente la reparación civil.

b) Puede ser constituida de oficio a partir de su conexión con el delito que se le atribuye

c) El fiscal es la parte legitimada para requerir su constitución como parte del proceso

d) Las personas jurídicas no pueden ser investigadas, puesto que su rol en el proceso solo será de tercero civilmente

responsable

(43)

5. El acto de ocultamiento en el delito de lavado de activos se produce en la etapa de:

a. Prelavado

b. Colocación

c. Integración

d. Intercalación

(44)

6. Los que dicen que el lavado de activos favorece el enriquecimiento de los que han cometido un previo

delito grave y afecta al funcionamiento de la economía de mercado, señalan que su bien jurídico es:

a. La administración de justicia.

b. El orden socioeconómico.

c. La licitud de los bienes que circulan en el mercado.

d. Pluralidad de bienes jurídicos

(45)

Muchas gracias

(46)

Referencias

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