DERECHO I
LAURA IVONNE MALVAEZ CAMACHO.
ORIGEN E IMPORTANCIA DEL DERECHO
El origen del derecho, así, se remonta necesariamente a los primeros intentos por conducir las sociedades agrícolas de la humanidad antigua hacia un objetivo común, garantizándole la paz social y algún tipo de orden productivo. De esta manera, el derecho habría surgido de la mano de las primeras formas primitivas de Estado.
En el momento en que se hizo indispensable delegar en ciertas autoridades (caciques, reyes, chamanes, sacerdotes) el poder, se hizo también necesario determinar cuáles serían las reglas de sucesión de dicho poder, cuáles serían sus alcances, sus formas, sus métodos. De esa manera, se fue estableciendo una costumbre, una manera de hacer las cosas, que fue fundamental para el nacimiento del derecho.
Las primeras normas y leyes se ejercieron y preservaron oralmente, y eran sólo fórmulas breves que regían el intercambio, o que solventaban posibles disputas en torno a la propiedad o la violencia. Pero a medida que la sociedad se hizo más compleja, también se complejizaron las leyes, y surgió así la necesidad de tenerlas por escrito para conservarlas, o siendo ya demasiado complicadas para memorizarlas.
Los primeros textos de esta naturaleza, escritos en tablillas de arcilla y procedente de la antigüedad mesopotámica, fueron:
El código de Urukgina (c. 2380 a. C.) que regía en la antigua ciudad sumeria de Uruk.
El código de Ur-Nammu (c. 2050 a. C.), decretado por el rey de la ciudad-estado de Ur.
El célebre código de Hammurabi (circa 1790 a. C.), dictado por el antiguo Rey babilonio, en el que se establecían las medidas a tomar como castigo ante violaciones, muertes o actitudes desleales.También en la antigua China se formularon diversos cuerpos de leyes, desde al menos el siglo V a. C. Sin embargo, la Dinastía Qin (221-206 a. C.) fue la primera en recogerlas y formularlas en un único documento, de naturaleza política, militar, económica, cultural e ideológica.
Así nació el código Qin y sirvió de sostén del derecho Qin, aplicado al Imperio chino unificado, y heredado por las dinastías posteriores, como la Han, que procedió a fusionarlo con los principios del confusianismo.
A estos ejemplos podríamos sumar otros tantos provenientes del antiguo Egipto, o de los pueblos judíos antiguos (presentes aún hoy en la Biblia), o los códigos comerciales fenicios.
Pero en Occidente fue el derecho romano el que realmente marcó la diferencia.
Propio de la antigua República Romana, poseía la complejidad y la calidad necesarias para operar durante casi mil años consecutivos, desde sus primeros documentos como la Ley de las XII Tablas, hasta la compilación jurídica llevada a cabo por el emperador Justiniano en el siglo VI d. C. (el Corpus Iuris Civilis).
El derecho romano ya distinguía entre derecho público y derecho privado. Así regulaba los asuntos referidos al Estado y también los propios de la vida privada.
Consideraba como fuentes no sólo la costumbre (consuetudine, en latín), sino también las decisiones del Senado Romano, los pronunciamientos de los magistrados romanos, los plebiscitos y también las opiniones de los jurisconsultos (las iura).
Posteriormente, devenida la República en Imperio (en el 27 a. C.), se tomó también en cuenta las “constituciones imperiales”, emanadas del propio emperador.
Su importancia fue tal en Occidente y el mundo, que gran parte del sistema actual de muchas naciones proviene del derecho romano. La palabra misma “derecho”
proviene del vocablo latino directus, traducible como “recto” o “directo”, en el sentido de “lo que no se desvía ni hacia un lado, ni hacia el otro”.
La mayoría de los códigos legales europeos provienen del derecho romano, y así también los que, siglos después, a través del Imperialismo y el Colonialismo las potencias europeas esparcieron por el mundo entero.
CONCEPTO DE DERECHO
El Derecho es, en términos generales, el ordenamiento jurídico que regula las relaciones establecidas en una determinada nación o entre Estados.
Derecho deriva del latín directus que significa “recto” o “colocado en línea recta” en lo que deriva en términos generales a la justicia. Significa “lo que no se desvía ni a un lado ni a otro, lo que es recto, lo que se dirige sin oscilaciones a su propio fin”.
Te presentamos algunas definiciones que te proporcionarán elementos indispensables para comprenderlo y conceptualizarlo:
Raúl Ortiz (en línea). El Derecho, a la par que sistema coercitivo y sancionador, es también un sistema de coordinación, de equilibrio entre los hombres, en cuanto a que marca un límite a su libertad de actuar frente a la libertad de actuar de los demás.
Es decir que no sólo sirve para sancionar a quienes vulneran preceptos, sino –y esto es lo realmente importante, lo fundamental– para mantener la armonía, el orden, la paz, entre quienes, viviendo en sociedad, necesariamente entran en relaciones y pueden entrar en conflictos con los demás miembros del grupo social.
Trinidad García (2015, “un elemento de coordinación que surge naturalmente y constituye una condición de vida de la colectividad”.
Poder Judicial de Guanajuato. El Derecho es el conjunto de normas que imponen deberes y normas que confieren facultades, que establecen las bases de convivencia social y cuyo fin es dotar a todos los miembros de la sociedad de los mínimos de seguridad, certeza, igualdad, libertad y justicia.
Te presentamos algunas definiciones que te proporcionarán elementos indispensables para comprenderlo y conceptualizarlo:
Raúl Ortiz (en línea). El Derecho, a la par que sistema coercitivo y sancionador, es también un sistema de coordinación, de equilibrio entre los hombres, en cuanto a que marca un límite a su libertad de actuar frente a la libertad de actuar de los demás.
Es decir que no sólo sirve para sancionar a quienes vulneran preceptos, sino –y esto es lo realmente importante, lo fundamental– para mantener la armonía, el orden, la paz, entre quienes, viviendo en sociedad, necesariamente entran en relaciones y pueden entrar en conflictos con los demás miembros del grupo social.
Trinidad García (2015, “un elemento de coordinación que surge naturalmente y constituye una condición de vida de la colectividad”.
Poder Judicial de Guanajuato. El Derecho es el conjunto de normas que imponen deberes y normas que confieren facultades, que establecen las bases de convivencia social y cuyo fin es dotar a todos los miembros de la sociedad de los mínimos de seguridad, certeza, igualdad, libertad y justicia.
Real Academia de la Lengua Española
Facultad de hacer o exigir todo aquello que la ley o la autoridad establece en nuestro favor, o que el dueño de una cosa nos permite en ella.
Conjunto de principios y normas, expresivos de una idea de justicia y de orden, que regulan las relaciones humanas en toda sociedad y cuya observancia puede ser impuesta de manera coactiva.
En síntesis, para efectos de tu estudio, el Derecho es un conjunto de normas jurídicas que regulan la conducta del hombre en sociedad. Es importante que aprendas que puede clasificarse por:
https://youtu.be/7OqthXWsTsE
CLASIFICACIÓN DEL DERECHO
El Derecho abarca una serie de normas y leyes determinados formalmente por la jurisprudencia de cada nación o Estado divididos en: derecho objetivo y subjetivo, derecho positivo o natural, derecho civil y penal y las ramas del derecho que abarcan los derechos de áreas específicas como, por ejemplo, el derecho político, el derecho alimentario, el derecho militar, los Derechos Humanos, entre otros.
DERECHO OBJETIVO: El conjunto de las normas vigentes en un país también se conoce como derecho objetivo. El derecho objetivo engloba tanto la legislación de cada país como el conjunto de las normas jurídicas de una rama particular de Derecho, por ejemplo, derecho administrativo, derecho mercantil, derecho fiscal, derecho internacional, derecho laboral, entre otros.
Si se visualiza el Derecho desde el objeto, es decir, desde la norma jurídica, hablamos de Derecho objetivo. Por ejemplo, en el caso de México, estaríamos hablando de Derecho objetivo cuando nos referimos a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, tratados internacionales de los que México es parte, las leyes secundarias, costumbres, resoluciones judiciales, etcétera, que son impuestas a las actividades de los hombres; en cambio, el Derecho subjetivo son las situaciones individuales protegidas por tales ordenamientos, como los derechos laborales, derechos humanos, entre otros.
DERECHO SUBJETIVO: La facultad legal de practicar o no un determinado acto se llama derecho subjetivo. En este caso, el derecho se refiere al poder que pertenece a un individuo o grupo. Por ejemplo, el derecho a recibir aquello por lo que se pagó, derecho a la salud, derecho a la nacionalidad, derecho a manifestarse libre y pacíficamente, derecho a demandar y el derecho del consumidor.
DERECHO POSITIVO: El derecho como un conjunto de reglas también se divide en positivo o natural. El derecho positivo son las normas creadas y puestas en vigor por el Estado; el derecho natural son las normas que se derivan de la naturaleza, es decir, son las leyes naturales que orientan la conducta humana, los derechos fundamentales.
El Derecho positivo son las normas jurídicas que se consideran obligatorias en un lugar y tiempo determinados y que son creadas por una autoridad competente. Puede ser vigente o no vigente, ya que comprende todos los ordenamientos legales.
DERECHO CIVIL: El derecho civil regula las relaciones de los ciudadanos o personas jurídicas en determinada sociedad. Es definido generalmente por el Código civil y define los principios y normas en relación, por ejemplo, a nacimientos, matrimonios, patrimonios, propiedades y responsabilidades civiles.
DERECHO PENAL: El derecho penal abarca todas las leyes que determinan lo que constituye un delito y las sanciones correspondientes. El derecho penal suele recurrir a los Tribunales de justicia para la resolución de los conflictos y la determinación de las penalidades de acuerdo con la ley.
DERECHO NATURAL: Son los derechos que tiene alguien por el simple hecho de
ser una persona. Se originan de la propia naturaleza humana y no son creados por una autoridad u órgano encargado para tal fin. Como ejemplo tenemos el derecho a la
vida, la libertad y la integridad física.
El fundamento de los derechos humanos es el Derecho natural.
DERECHO VIGENTE: El Derecho vigente es el que rige en un lugar y tiempo determinados, las leyes que ha elaborado el Poder Legislativo y que actualmente deben acatarse.
https://youtu.be/l9kbjVo88o0
DIFERENCIA ENTRE EL DERECHO NATURAL Y EL DERECHO POSITIVO.
El Derecho natural y Derecho positivo posee como semejanza en que ambos son conjunto de normas justas, reguladoras de la conducta humana. Pero a pesar de ello, existe una diferencia entre estos dos sistemas:
El Derecho natural, son un conjunto de valores o principios que se encuentran en la naturaleza y conciencia del hombre. Por su parte, el Derecho positivo, son normas dictadas por el Estado con el objetivo de regular la conducta del hombre en sociedad.
El Derecho natural es universal y eterno. En cambio, el Derecho positivo es temporal ya que este se adapta a los cambios de la sociedad, y rige a una sociedad determinada.
El Derecho natural limita al Derecho Positivo, ya que paraliza al Derecho positivo en el caso de contradecirlo, por ser una ley injusta, y al mismo tiempo lo orienta en su creación.
https://youtu.be/hhzh7B3RES4
LEYES NATURALES
Las leyes naturales son el Derecho natural, teóricamente es el conjunto de las normas que los hombres deducen de la intimidad, de su propia conciencia y que estiman como expresión de la justicia en un momento histórico determinado.
EJEMPLOS DE LEYES NATURALES.
Las leyes divinas de la antigüedad. En las culturas de la antigüedad, existía un conjunto de leyes divinas que regían a los hombres, y cuya existencia incuestionable era previa a cualquier tipo de ordenamiento jurídico o incluso a las disposiciones de los jerarcas. Por ejemplo, Zeus el dios Griego protegía a los mensajeros, y se consideraba una afrenta al Dios Padre matar al que trajera malas noticias.
Los diez mandamientos cristianos. Similares al caso anterior, estos diez mandamientos supuestamente dictaminados por Dios se constituyeron en la base de un código jurídico para el pueblo hebreo de la época cristiana, y luego en el fundamento de una importante tradición de pensamiento Occidental, lo hizo a través de sus leyes religiosas, que eran tenidas como leyes naturales del humano, es decir, leyes divinas dictadas por Dios en el corazón mismo de la gente; eran castigados con severidad por los representantes de la Iglesia Católica (como La Santa Inquisición).
Los derechos fundamentales de Platón. Tanto Platón como Aristóteles, eminentes filósofos griegos de la antigüedad, creyeron y postularon la existencia de tres derechos fundamentales que eran intrínsecos al hombre: el derecho a la vida, el derecho a la libertad y el derecho al pensamiento. Esto no significa que en la Grecia antigua no hubiese asesinatos, esclavitud o censura, pero sí que los pensadores antiguos veían la necesidad de leyes anteriores a cualquier convención colectiva humana.
Los derechos universales del hombre. Promulgados por primera vez durante los inicios de la Revolución Francesa, en pleno surgimiento de una nueva República libre del despotismo monárquico absolutista, estos derechos fueron la base para formulaciones contemporáneas (Derechos Humanos) y contemplaban la igualdad, fraternidad y libertad como condiciones inalienables de todos los hombres del mundo, sin distingo de su procedencia, condición social, religión o pensamiento político. Ninguna ley del planeta puede contravenir legalmente los derechos humanos, como son el derecho a la vida, a la educación, a tener un nombre y una nacionalidad, a un justo proceso en caso de cometer algún crimen o a una legítima defensa.
https://youtu.be/-BSfd79C8Xc https://youtu.be/g19sA8zgsgU https://youtu.be/G0pSDAbGRDY
CONCEPTO DEL DEBER Y DEBER JURÍDICO
El concepto de deber y el de Derecho se puede interpretar como que el Derecho es un deber y el deber es un Derecho.
El deber es la obligación que toda persona tiene que cumplir para realizar un mandato, dicho en otras palabras, es el hacer o no hacer una determinada conducta, de lo contrario se aplicará una sanción.
Es el hacer o no hacer una determinada conducta, de lo contrario se aplicará una sanción.
El Derecho, regula la conducta del hombre en sociedad, misma que es sancionada por el Estado.
La distinción clara del deber y derecho, es que el primero es una forma de conducta y el Derecho es la exigencia; un ejemplo claro sería el deber que tengo de pagar un impuesto y mi derecho es el que con el pago de mi impuesto el Estado me proporcione de servicios públicos.
Desde el punto de vista jurídico, el deber jurídico, es la necesidad para aquellos a quienes va dirigida una norma del derecho positivo de prestarle una voluntad de acatamiento, adaptando a ella su conducta, en obediencia a un mandato que, en caso de incumplimiento, puede ser hecho efectivo mediante la coacción. El deber jurídico es una obligación jurídica.
Dicho en otras palabras, el deber jurídico es aquella conducta contraria al hecho ilícito o antijurídico, por ejemplo, si el hecho ilícito es el no pago o incumplimiento de una obligación, el deber jurídico comprende la conducta contraria, es decir, el pago o cumplimiento de la obligación.
https://youtu.be/moJtl5kapi4
ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE
Es muy importante que conozcas tus derechos como persona, como integrante de una comunidad, de un pueblo y de una nación como México. También es relevante que aprendas la forma de protegerlos, respetar los derechos de otros y participar y cooperar en sociedad para la realización de los fines de la comunidad. Todo esto se da gracias a que las personas podemos ejercer nuestros derechos: a la libre expresión, de participación, de representación, a la información, a la libertad, etcétera.
¿Alguna vez has escuchado frases como: “votar es mi derecho”, “la educación es un derecho para todos”, “el derecho a la vida se establece en la Constitución” o “tienes derecho a recibir un pago por tu trabajo”?
En todos estos casos existen derechos. ¿Cuáles son? ¿Puedes identificar otros casos en los que existan derechos? Anótalos en tu cuaderno y comenta tu trabajo con otro compañero para llegar a una conclusión.
1.- Instrucciones. En el siguiente cuadro escribe algunas de las situaciones de tu vida diaria en las cuales identifiques si existe relación con el Derecho. Recuerda que tu experiencia es muy importante.
Las situaciones cotidianas de la vida conllevan derechos y obligaciones que, a primera impresión, no son visibles, pero si nos detenemos a analizarlas podremos identificarlos y relacionarlos en el futuro. Por ejemplo: tenemos derecho a la educación y lo ejercemos asistiendo a la escuela.
Completa la siguiente tabla con ejemplos de situaciones y con qué derecho se relaciona
SITUACIÓN DERECHO
Ejemplo: Asistir a la escuela Derecho a la educación
Ahora comenta en grupo: ¿qué pasaría si alguien no te permitiera elegir a tus gobernantes o asistir a la escuela a estudiar porque eres alto, bajo, mujer u hombre, de cabello café o rojo? ¿Qué pasaría si alguien te dijera que no deberías tener hijos o si te contrata para trabajar y después no te paga?
2.- Instrucciones. Identifica de qué tipo de Derecho se habla en los siguientes ejemplos. Registra y reflexiona tus respuestas para que después las comentes con tus compañeros de clase. Escucha y respeta las aportaciones de los demás para mejorar tu trabajo.
Todo lo que nos rodea y lo que hacemos día a día se encuentra dentro de alguna o varias de las clasificaciones del Derecho. Por ejemplo, una norma puede ser Derecho positivo, pero no vigente –como la Constitución de 1824– o puede ser Derecho objetivo y positivo a la vez, como el fundamento del acceso a la información.
Ejemplo:
La Constitución de 1824 fue la primera del Estado mexicano:
Derecho objetivo, positivo y no vigente Responde:
El acceso a la información tiene su fundamento en el artículo 6° constitucional:
La Constitución Política del Estado de Sinaloa tiene 159 artículos:
Votar es un derecho y una obligación como ciudadano:
Los indígenas tienen en todo tiempo el derecho a ser asistidos por intérpretes
y defensores que tengan conocimiento de su lengua y cultura: