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BOLETÍN OFICIALDE LAPROVINCIADE SANTACRUZ DE TENERIFE

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I. ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO

Ministerio de Economía y Hacienda ... Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ...

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

Cabildo Insular de Tenerife ... Cabildo Insular de La Gomera ... Cabildo Insular de La Palma ... Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife ... Ayuntamiento de Alajeró ... Ayuntamiento de La Guancha ... Ayuntamiento de Icod de los Vinos ... Ayuntamiento de Puerto de la Cruz... Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna ... Ayuntamiento de San Miguel de Abona ... Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta ...

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Juzgado de Primera Instancia Número 2 de Granadilla de Abona ...

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BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE

SANTA CRUZ DE TENERIFE

Año LXXX

Martes, 20 de septiembre de 2005

Número 153

SUMARIO

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife Depósito Legal TF-1/1958 Edita: Secretaría General Técnica Consejería de Presidencia y Justicia

Servicio de Publicaciones e Información Edificio de Usos Múltiples II, planta baja Avda. José Manuel Guimerá, 8 Tfno.: (922) 47.69.63. Fax: (922) 47.65.98 38071 Santa Cruz de Tenerife

Imprime: Imprenta Bonnet, S.L. C/ San Francisco, 47

Tfno.: (922) 28.26.10. Fax: (922) 28.20.44 Correo electrónico: [email protected] 38002 Santa Cruz de Tenerife

TARIFAS Inserción: 0,77 euros/mm

de altura Suscripción anual: 60,10 euros

más gastos de franqueo Las inserciones se solicitarán de la Secretaría General Técnica de la

Consejería de Presidencia y Justicia mediante oficio

I. ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Delegación de Economía y Hacienda en Santa Cruz de Tenerife Gerencia Territorial del Catastro ANUNCIO Nº 09/05 (RÚSTICA)

12341 8395

Habiéndose intentado, sin efecto, en tiempo y for-ma, las notificaciones de los expedientes que se ci-tan sin que haya podido practicarse por causas no

imputables a la Administración y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 y la disposición transitoria tercera de la Ley 58/2003, de 17 de di-ciembre, General Tributaria, por el presente anuncio se cita a los interesados o sus representantes que se relacionan en el anexo adjunto, para ser notificados por comparecencia de los actos administrativos de-rivados de los procedimientos que en dicho anexo se incluyen.

Los interesados citados en el anexo o sus repre-sentantes deberán comparecer para ser notificados en el plazo de QUINCE días naturales, contados des-de el siguiente al des-de la publicación des-de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, en horario de NUEVE a CATORCE

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ho-ras, de LUNES a VIERNES, ante la Gerencia Terri-torial del Catastro de Santa Cruz de Tenerife, como órgano responsable de la tramitación del procedi-miento, sita en la calle Prolongación Ramón y Cajal nº 3, edificio Nortysur de Santa Cruz de Tenerife.

Cuando, transcurrido dicho plazo, no se hubiese comparecido, la notificación se entenderá producida

a todos los efectos legales el día siguiente al del ven-cimiento del plazo señalado para comparecer.

Santa Cruz de Tenerife, a 15 de septiembre de 2005. El Gerente Territorial, Luis González-Carpio Fer-nández.

MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES Inspección Provincial de Trabajo

y Seguridad Social Sanciones A N U N C I O

12342 8019

(3)

Se publica el presente edicto para que sirva de notifi-cación a los efectos legales, de conformidad con lo pre-visto en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviem-bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El impor-te de las sanciones y liquidaciones puede hacerse efec-tivo por los medios legalmente establecidos. Al mismo tiempo se advierte del derecho que les asiste para inter-poner Recurso de Alzada, ante la autoridad que corres-ponda según la materia en el plazo de UN MES, a tenor de lo dispuesto en el art. 114 y sus concordantes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, con la advertencia de que transcurrido dicho plazo, se continuará el procedi-miento reglamentario, que concluye con su exacción por la vía de apremio.

El Jefe de la Inspección de Trabajo y S.S., Tomás Rey López.

(1) Relación de Secretarías y Direcciones Generales ante las cuales, según la materia, puede interponerse el Recurso de Alzada.

Cooperativas ante la Secretaría General de Empleo. Empleo Empresa ante la Dirección General de Tra-bajo.

Empleo Trabaj. ante la Dirección General de Trabajo. Emigración ante la Dirección General de Ordenación de las Migraciones.

Extranjeros ante la Dirección General de Ordenación de las Migraciones.

(*) Liquidación ante la Dirección General de Orde-nación de la Seguridad Social.

Seg. Social ante la Dirección General de Ordenación Económica de la Seguridad Social.

Obstrucción ante la Dirección General de la Inspec-ción de Trabajo y Seguridad Social.

Seg. e Higiene ante la Dirección General de Trabajo. Trabajo ante la Dirección General de Trabajo.

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

CABILDO INSULAR DE TENERIFE Servicio Administrativo de Personal

Funcionario, Selección y Provisión de Puestos de Trabajo

A N U N C I O

12343 8322

En relación con la convocatoria pública para la pro-visión, por funcionarios de carrera, de SIETE

PLA-ZAS DE AGENTE DE EXTENSIÓN AGRARIA va-cantes en la Plantilla de Personal Funcionario de este Excmo. Cabildo Insular, aprobada por Resolución de la Dirección Insular de Recursos Humanos de fecha 19 de julio de 2005, y de conformidad con la base quin-ta de las que rigen la convocatoria, se aprobó por Re-solución de la Dirección Insular de Recursos Huma-nos de esta Corporación, de fecha 13 de septiembre del corriente, la relación provisional de aspirantes ad-mitidos y excluidos, publicándose a través del presente anuncio la relación nominal de aspirantes excluidos como se indica a continuación:

D.N.I. Apellidos, nombre Acceso Adm. Motivo de exclusión 42183999K BRITO REYES, ROBERTO Libre No 30; 29; 23 45450287X CABRERA LAVRENCIC, LEONARDO E. Libre No 23 43811307X CHÁVEZ ARMAS, MIGUEL ÁNGEL Libre No 23 42934369Q MARRERO DORTA, LUIS FRANCISCO Libre No 8; 23 78646733G MARTINELLI QUISPE, CECILIA Libre No 24 78691064Z MEDINA ALONSO, Mª GUACIMARA Libre No 23 50084286S MORÁN ARRANZ, BEGOÑA Libre No 30; 29 43785974T PADRÓN BARRERA, FÁTIMA Libre No 24

3.Edad; 4.No Acredita Derechos de Examen; 5.Derechos de Examen Erróneo; 8.Falta Firma; 9.Fuera de Plazo; 12.No acredita o com-pulsa certificado de capacidad para el desempeño de las funcio-nes del puesto; 18.Turno de acceso erróneo; 19.No acredita o com-pulsa D.N.I./Pasaporte/Tarjeta Identidad; 23. No acredita o compulsa Carnet de Conducir; 24.No acredita o compulsa Titula-ción exigida; 26.No Acredita o compulsa Certificado del Grado de Minusvalía; 27.No Acredita o compulsa Certificado del Tipo de Mi-nusvalía; 28.No Acredita o compulsa Título de Familia Numerosa; 29.No acredita o compulsa Certificado desempleado y de no ha-ber rechazado Oferta de Empleo o P.; 30.No acredita o compulsa Declaración responsable de carecer de rentas superiores al SMI, 34.Falta consignar datos en la instancia.

Los aspirantes excluidos tendrán un plazo de sub-sanación de DIEZ días hábiles, contados a partir de la publicación del presente anuncio.

La lista certificada y completa se expondrá al pú-blico en el Registro General de la Corporación, y Ofi-cinas de Información y Registros Auxiliares descri-tas en la base cuarta de las que rigen la convocatoria.

Santa Cruz de Tenerife, a 13 de septiembre de 2005.

La Directora Insular de Recursos Humanos, Rosa Baena Espinosa.

A N U N C I O

12344 8323

En relación con la convocatoria pública para la pro-visión, por funcionario de carrera, de CINCO PLA-ZAS DE INGENIERO TÉCNICO DE OBRAS PÚ-BLICAS O ARQUITECTO TÉCNICO vacantes en la Plantilla de Personal Funcionario de este Excmo. Cabildo Insular, aprobada por Resolución de la Di-rección Insular de Recursos Humanos de fecha 19 de julio de 2005, y de conformidad con la base quinta de las que rigen la convocatoria, se aprobó por Re-solución de la Dirección Insular de Recursos Huma-nos de esta Corporación, de fecha 13 de septiembre del corriente, la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos, publicándose a través del pre-sente anuncio la relación nominal de aspirantes ex-cluidos como se indica a continuación:

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D.N.I. Apellidos, nombre Acceso Adm. Motivo de exclusión 78408110Y CASTRO REYES, VALERIO Libre No 24

3.Edad; 4.No Acredita Derechos de Examen; 5.Derechos de Examen Erróneo; 8.Falta Firma; 9.Fuera de Plazo; 12.No acredita o compulsa certificado de capacidad para el desempeño de las funciones del puesto; 18.Turno de acceso erróneo; 19.No acredita o compulsa D.N.I./Pasaporte/Tarjeta Iden-tidad; 23. No acredita o compulsa Carnet de Conducir; 24.No acredita o compulsa Titulación exigida; 26.No Acredita o compulsa Certificado del Grado de Minusvalía; 27.No Acredita o compulsa Certificado del Tipo de Minusvalía; 28.No Acredita o compulsa Título de Familia Numerosa; 29.No acredita o compulsa Certificado desempleado y de no haber rechazado Ofer-ta de Empleo o P.; 30.No acrediOfer-ta o compulsa Declaración responsable de carecer de rentas superiores al SMI, 34.Falta consignar datos en la ins-tancia.

Los aspirantes excluidos tendrán un plazo de sub-sanación de DIEZ días hábiles, contados a partir de la publicación del presente anuncio.

La lista certificada y completa se expondrá al pú-blico en el Registro General de la Corporación, y Ofi-cinas de Información y Registros Auxiliares descri-tas en la base cuarta de las que rigen la convocatoria.

Santa Cruz de Tenerife, a 13 de septiembre de 2005. La Directora Insular de Recursos Humanos, Rosa Baena Espinosa.

CABILDO INSULAR DE LA GOMERA A N U N C I O

12345 8345

Por Resolución de la Presidencia de fecha de hoy, se aprobó de forma provisional el proyecto que se re-laciona a continuación, con su presupuesto:

CENTRO PARA MAYORES, ALAJERÓ, con un presupuesto de ejecución por contrata de un millón ochocientos cincuenta y seis mil novecientos euros (1.856.290 euros).

La que se expone al público de conformidad con lo dispuesto en el artículo 93 del R.D.L. 781/86, de 18 de abril y art. 86 de la Ley 30/92, de 26 de no-viembre de Régimen Jurídico de las Administracio-nes Públicas y del Procedimiento Administrativo Co-mún, por plazo de VEINTE días hábiles, a efectos de posibles reclamaciones u observaciones.

El citado proyecto se encuentra a disposición de los interesados en la oficina del Área de Obras Pú-blicas de esta Corporación Insular, en horario de OCHO a TRECE horas.

En San Sebastián de La Gomera, a 9 de septiem-bre de 2005.

El Presidente, Casimiro Curbelo Curbelo.

CABILDO INSULAR DE LA PALMA Área de Infraestructura y Medio Ambiente

Servicio de Infraestructura A N U N C I O

12346 8346

Aprobado inicialmente el siguiente documento téc-nico de obra por resolución de esta Presidencia de fecha 13 de septiembre de 2005:

PROYECTO DE “CONSTRUCCIÓN Y ACON-DICIONAMIENTO DE LAS VÍAS DEL CENTRO DE INTERPRETACIÓN DEL MUNDO RURAL, 3ª FASE (BARLOVENTO)”, que presenta un presu-puesto de ejecución por contrata de noventa y cinco mil novecientos noventa euros con once céntimos (95.990,11 euros).

Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 93 del R.D.L. 781/1986, de 18 de abril, y el artículo 86 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modifi-cada por Ley 4/1999, de 13 de enero, por medio del presente, se hace público que el referido documento técnico de obra permanecerá expuesto, en el Servi-cio de Infraestructura de este Cabildo, por un plazo de VEINTE (20) días, contado a partir del siguiente al de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, a fin de que las personas que se consideren interesadas puedan presentar las re-clamaciones que estimen pertinentes.

Finalizado el plazo sin haberse presentado recla-mación alguna, se entenderá aprobado definitiva-mente.

Santa Cruz de La Palma, a 13 de septiembre de 2005.

La Presidencia acctal., Ana Isabel León Rocha.

SANTA CRUZ DE TENERIFE Área de Gobierno de Servicios Centrales

Servicio de Recursos Humanos A N U N C I O

12347 8306

La Junta de Gobierno de la ciudad de Santa Cruz de Tenerife, en sesión ordinaria celebrada el 4 de ju-lio de 2004 adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo: “12.- EXPEDIENTES SOBRE APROBACIÓN DE LAS BASES PARA LA PROVISIÓN MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO DEL PUESTO DE

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DIRECTOR DE LA ESCUELA DE FORMACIÓN MUNICIPAL.

Visto el expediente de referencia, así como el in-forme propuesta emitido por el Servicio de Recur-sos Humanos en base a los siguientes antecedentes de hecho y fundamentos de derecho:

“Antecedentes de hecho.

Primer.- Por acuerdo de la Junta de Gobierno de la ciudad de Santa Cruz de Tenerife, en sesión cele-brada el día 30 de diciembre de 2004, se creó el pues-to de Direcpues-tor de la Escuela de Formación del Ser-vicio de Recursos Humanos. La forma de provisión es por concurso específico.

Segundo.- Posteriormente, por acuerdo del mismo órgano en sesión celebrada el pasado 4 de abril, se modificó el citado puesto en el sentido de incorpo-rar las titulaciones siguientes: Licenciado en cias Económicas (código 02), Licenciado en Cien-cias Empresariales/A.D.E. (código 3), Licenciado en Ciencias Políticas (código 32). Dicha modifica-ción se publicó en el B.O.P. núm. 71, de 5 de mayo de 2005.

Fundamentos de derecho.

I.- El procedimiento de provisión de puestos de trabajo por el sistema de concurso se regula en la si-guiente normativa:

Según el artículo 20 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y en concordancia con él, el artículo 78 de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, el concurso consti-tuye el sistema normal de provisión, de conformi-dad con lo que determinen las relaciones de puestos de trabajo en atención a la naturaleza de sus funcio-nes y en él se tendrán únicamente en cuenta los mé-ritos exigidos en la correspondiente convocatoria, entre los que figurarán los adecuados a las caracte-rísticas de cada puesto de trabajo, así como la pose-sión de un determinado grado personal, la valora-ción del trabajo desarrollado en los puestos anteriores, los cursos de formación y perfeccionamiento supe-rados, las titulaciones académicas directamente re-lacionadas con el puesto que se trata de proveer y la antigüedad. También podrán considerarse otros mé-ritos tales como la experiencia y titulaciones profe-sionales y demás que reglamentariamente se deter-minen.

Las convocatorias y sus correspondientes resolu-ciones, deberán hacerse públicas en los boletines ofi-ciales respectivos, por la autoridad competente pa-ra efectuar los nombpa-ramientos. En la convocatoria deberá incluirse, en todo caso, los siguientes datos

y circunstancias: (art. 20 Ley 30/1984, de 2 de mar-zo y artículo 39 del Real Decreto 364/1994, de 10 de marzo).

- Denominación, nivel y localización del puesto. - Requisitos indispensables para desempeñarlo. - Baremo para puntuar los méritos.

- Puntuación mínima para la adjudicación de las vacantes convocadas.

- Previsión de memorias o entrevistas. - Composición de las comisión de valoración.

Anunciada la convocatoria se concederá un plazo de quince días hábiles para la presentación de soli-citudes.

Excepcionalmente, las Administraciones Públicas podrán autorizar la convocatoria de concursos de puestos de trabajo dirigidos a los funcionarios des-tinados en las áreas, sectores o departamentos que se determinen.

El procedimiento de provisión de puestos de tra-bajo mediante concurso, en defecto de normativa au-tonómica de desarrollo, se regula por los artículos 36 a 49 del Real Decreto 364/1995, de 10 de mar-zo:

- Convocatorias: artículos 38 y 39.

- Requisitos y condiciones de participación: artícu-lo 41.

- Presentación de solicitudes de participación: ar-tículo 42.

- Discapacidades: Real Decreto 2.271/2004, de 3 de diciembre, que deroga los artículos 19, 26.2, 34 y 43 del citado Real Decreto.

- Méritos: artículo 44.

- Comisiones de valoración: artículo 46. - Resolución: artículo 47.

- Toma de posesión: artículo 48. - Destinos: artículo 49.

En concreto, hay que destacar el artículo 45 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, señala que cuando en atención a la naturaleza de los puestos a cubrir, así se determine en las convocatorias, se

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po-drán realizar concursos específicos que popo-drán cons-tar de dos fases:

a. En la primera fase se valorarán los méritos enun-ciados en los párrafos b), c), d) y e) del art. 44.1º con-forme a los criterios establecidos en el mismo.

b. La segunda fase consistirá en la comprobación y valoración de los méritos específicos adecuados a las características de cada puesto. A tal fin podrá es-tablecerse la elaboración de memorias o la celebra-ción de entrevistas, que deberán especificarse nece-sariamente en la convocatoria.

En la convocatoria figurará la descripción del pues-to de trabajo, que deberá incluir las especificaciones derivadas de la naturaleza de la función encomendada al mismo y la relación de las principales tareas y res-ponsabilidades que lo caracterizan. Asimismo, de-berá fijar los méritos específicos adecuados a las ca-racterísticas de los puestos mediante la delimitación de los conocimientos profesionales, estudios, expe-riencia necesaria, titulación, en su caso, y demás con-diciones que garanticen la adecuación para el de-sempeño del puesto. En la convocatoria se fijará las puntuaciones mínimas y máximas de las dos fases.

En su caso, la memoria consistirá en un análisis de las tareas del puesto y de los requisitos, condiciones y medios necesarios para su desempeño a juicio del candidato, con base en la descripción contenida en la convocatoria.

Las entrevistas versarán sobre los méritos específi-cos adecuados a las características del puesto de acuer-do con lo previsto en la convocatoria y, en su caso, so-bre la memoria, pudiendo extenderse a la comprobación de los méritos alegados. Los aspirantes con alguna dis-capacidad podrán pedir en la solicitud de participación las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de las entrevistas.

La valoración de los méritos deberá efectuarse me-diante puntuación obtenida con la media aritmética de las otorgadas por cada uno de los miembros de la Comisión de Valoración, debiendo desecharse a es-tos efeces-tos la máxima y mínima concedidas o, en su

caso, una de las que aparezcan repetidas como tales. Las puntuaciones otorgadas, así como la valoración final, deberán reflejarse en el acta que se levantará al efecto.

La propuesta de resolución deberá recaer sobre el candidato que haya obtenido mayor puntuación, su-mados los resultados finales de las dos fases.

Los miembros de la Comisión de Valoración de-berán pertenecer a Cuerpos o Escalas de Grupo de titulación igual o superior al exigido para los pues-tos convocados. Deberán, además, poseer grado per-sonal o desempeñar puestos de nivel igual o superior al de los convocados.

Por su parte, el artículo 101 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Lo-cal (L.R.B.R.L.= dispone que en las convocatorias de provisión de puestos de trabajo, además de la par-ticipación de los funcionarios propios de la entidad convocante, podrán participar los funcionarios que pertenezcan a cualquiera de las Administraciones Pú-blicas, quedando supeditada la participación a lo que al respecto establezcan las relaciones de puestos de trabajo.

En el artículo 102 de la L.R.B.R.L., modificada por la Ley 14/2000, de 29 de diciembre, se señala que los concursos para la provisión de puestos de traba-jo se regirán por las bases que apruebe el Presidente de la Corporación, a quien corresponde su convoca-toria. A dicho órgano compete, asimismo, la resolu-ción motivada del concurso, previa propuesta de la comisión de valoración.

En relación con el precepto citado, hay que seña-lar que de conformidad con la disposición adicional undécima de dicha Ley, su artículo 127 (que atribu-ye a la Junta de Gobierno la competencia para apro-bar las bases) prevalece sobre el artículo 102 en di-cho extremo.

El puesto de trabajo referido aparece descrito en la Relación de Puestos de Trabajo en los siguientes tér-minos:

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Dichos puestos cumplen el requisito de estar dota-dos presupuestariamente, según el Presupuesto y la Plantilla orgánica aprobados para el ejercicio 2005 (B.O.P. núm. 39, de 16 de marzo del presente año).

II.- Dicha provisión deberá ser negociada con los representantes sindicales, de conformidad con lo dis-puesto en el art. 32 g) de la Ley 9/1987, de 12 de ju-nio, de regulación de los órganos de representación, determinación de las condiciones de trabajo y parti-cipación del personal al servicio de las Administra-ciones Públicas, el cual dispone que será objeto de negociación, entre otras, la materia relativa a los sis-temas de ingreso, provisión y promoción profesio-nal de los funcionarios públicos.

III.- El artículo 44 Reglamento Orgánico del Go-bierno y de la Administración del Excmo. Ayunta-miento de Santa Cruz de Tenerife (B.O.P. núm. 152, de 29 de octubre de 2004) señala entre las funciones de los Concejales de Gobierno, la de proponer a la Junta de Gobierno el nombramiento de los Jefes de Servicio.

Por su parte, el artículo 13 del Reglamento del Ser-vicio Jurídico del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife (B.O.P. núm. 152, de 29 de octubre de 2004) señala que será preceptivo el informe de los Servicios Jurídicos, entre otros, en el supuesto de con-vocatorias para la provisión de puestos de trabajo.

IV.- De conformidad con lo dispuesto en el artícu-lo 127.1 h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, regula-dora de las Bases de Régimen Local redactado pro la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas pa-ra la Modernización del Gobierno Local, correspon-de a la Junta correspon-de Gobierno Local aprobar las bases correspon-de las convocatorias para la provisión de puestos de tra-bajo”.

Por todo lo anteriormente expuesto la Junta de Go-bierno de la Ciudad, por unanimidad, acordó:

Primero.- Aprobar las bases, cuyo texto se incor-pora a continuación, que han de regir la convocato-ria de provisión de puestos de trabajo por el proce-dimiento de concurso específico:

Convocatoria de provisión de puesto de trabajo por procedimiento de concurso específico:

Primero: convocatoria.

La presente convocatoria tiene por objeto la pro-visión del puesto de trabajo que figura relacionado y descrito en el anexo I, por el procedimiento de con-curso específico.

La correspondiente convocatoria y sus bases se pu-blicarán en el Boletín Oficial de la Provincia. Asi-mismo, se publicará el anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, en el Boletín Oficial de

la Comunidad Autónoma y en el tablón de anuncios de la Corporación y en los tablones de las Oficinas Descentralizadas.

Segundo: requisitos y condiciones de participación. Podrán participar en esta convocatoria los funcio-narios de carrera de cualquiera de las Administra-ciones Públicas, pertenecientes al Grupo de titula-ción A y Cuerpos o Escalas de Administratitula-ción General o Especial, siempre que reúnan las condiciones ge-nerales y requisitos determinados en la presente con-vocatoria en la fecha que termine el plazo de pre-sentación de las solicitudes de participación.

No podrán participar en el concurso:

1. Los funcionarios suspensos en firme mientras dure la suspensión.

2. Los funcionarios en la situación administrativa de excedencia voluntaria por interés particular pre-vista en el artículo 29.3 c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, que lleven menos de dos años desde que fueron declarados en dicha situación.

3. Los funcionarios con destino definitivo cuando en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes no hayan transcurrido dos años desde la toma de posesión en el último puesto de trabajo obtenido por concurso, salvo que:

a. Se trate de funcionarios que hayan sido removi-dos de su anterior destino obtenido mediante con-curso antes de haber transcurrido dos años desde la correspondiente toma de posesión.

b. Procedan de un puesto de trabajo suprimido. c. Hayan sido nombrados para ocupar un puesto de libre designación.

Tercero: presentación de solicitudes.

Las solicitudes para participar en el procedimien-to de provisión, ajustadas al modelo que se inserta como anexo II, se dirigirán al Servicio de Recursos Humanos del Área de Gobierno de Servicios Cen-trales, y habrán de presentarse en el plazo de QUIN-CE días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Estado del anuncio de la convocatoria.

El impreso de solicitud de participación debida-mente cumplimentado se presentará en el Registro del Servicio de Recursos Humanos o en el Registro General del Ayuntamiento de Santa Cruz de Teneri-fe (Las oficinas están sitas en la Calle General An-tequera, 14) o en el Registro de las Oficinas Des-centralizadas de este Ayuntamiento. Asimismo las solicitudes de participación podrán presentarse en la forma establecida en el art. 38.4 de la Ley 30/92, de

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26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Admi-nistraciones Públicas y del Procedimiento Adminis-trativo Común. Dichas oficinas remitirán las solici-tudes recibidas junto con la documentación anexa, al Servicio de Recursos Humanos, Área de Gobierno de Servicios Centrales, dentro de las veinticuatro ho-ras siguientes a su recepción.

Cuarto: documentación.

Los requisitos y méritos que se invoquen vendrán referidos a la fecha de finalización del plazo de pre-sentación de instancias.

Los méritos alegados por los concursantes serán acreditados documentalmente mediante las perti-nentes certificaciones u otros justificantes, salvo que dichos datos obren en poder de la Administración municipal (grado personal, tiempo de permanencia en puesto de trabajo de cada nivel y antigüedad). Du-rante el proceso de valoración podrá recabarse for-malmente de los interesados las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que estime nece-saria para la comprobación de los méritos alegados. Al efecto, la Comisión de Valoración procederá de oficio a la comprobación de los hechos alegados por los interesados, y en caso de que no conste la docu-mentación correspondiente, y/o exista discrepancia entre la misma y la información alegada sobre los as-pectos a valorar, la Comisión de Valoración proce-derá a notificar dicha circunstancia a los interesados para que, en el plazo máximo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a la notificación, procedan a la aclaración o, en su caso, a la presentación en el Registro General de la Corporación de la documen-tación que se estime necesaria para la justificación de los requisitos y/o méritos alegados.

El desempeño de puestos de trabajo directamente relacionados con el puesto solicitado, habrá de acre-ditarse por el Servicio correspondiente de la Admi-nistración de procedencia.

Las solicitudes de participación deberán ir acom-pañadas de los siguientes documentos:

1. Certificación de antecedentes administrativos. 2. Currículum personal y documentos que justifi-quen los méritos alegados en éste.

3. Hoja de autoevaluación del puesto solicitado. 4. Baremación de los méritos específicos. 5. Memoria.

Los méritos alegados se acreditarán a través de la siguiente documentación:

1. Experiencia profesional: certificado emitido por la Administración Pública de procedencia, donde se hará constar la Administración Servicio y Unidad de adscripción de los distintos puestos desempeñados, funciones concretas tiempo de permanencia en cada uno de ellos, niveles de los complementos de desti-no, en su caso, el que corresponda o sea equivalen-te, y código si los tuviere. La correspondencia o equi-valencia de los niveles de complemento de destino a que se refiere el párrafo anterior, podrá acreditarse mediante la incorporación al expediente de la publi-cación oficial que establezca tal correspondencia o equivalencia.

2. Formación complementaria: diploma de los sos realizados, en los que conste el contenido del cur-so, fecha de impartición y horas de duración de los mismos.

3. Antigüedad: certificado emitido por la Admi-nistración Pública de procedencia.

En todos los casos, se presentará copia y original para su compulsa.

Sólo se valorarán los méritos que queden debida-mente acreditados ante la Comisión de Valoración.

Por último, se hará constar la posesión de los re-quisitos y condiciones generales de participación, así como de los específicos exigidos en la presente con-vocatoria y ser ciertos los datos consignados en la solicitud.

Los méritos que se aduzcan deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de so-licitudes.

Quedarán excluidos del concurso los funcionarios que:

- Presenten las solicitudes fuera del plazo señala-do en el número tercero de estas bases.

- No reúnan los requisitos para el desempeño del puesto convocado.

Quinto.- Comprobación de requisitos y lista de ad-mitidos:

Concluido el plazo de presentación de solicitudes, el Ilmo. Sr. Teniente de Alcalde Concejal de Gobierno del Área de Servicios Centrales, dictará la Resolu-ción aprobando la relaResolu-ción de provisional de los fun-cionarios admitidos en el concurso, y de aquellos ex-cluidos por no reunir alguno(s) de los requisitos exigidos, especificándose, en su caso, el motivo de exclusión, estableciéndose un plazo de DIEZ días há-biles para formular las alegaciones que se estimen convenientes, si fuera susceptible de ello. Dicha re-lación se publicará en el tablón de anuncios de la

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Cor-poración y en los tablones de las Oficinas Descen-tralizadas.

Finalizado el referido plazo, el Ilmo. Sr. Teniente de Alcalde Concejal de Gobierno del Área de Servi-cios Centrales, dictará Resolución por la que se aprue-ba la relación definitiva de admitidos y excluidos, que se publicará en el tablón de anuncios de la Cor-poración y en los tablones de las Oficinas Descen-tralizadas.

Sexto: méritos y baremo de valoración:

Los méritos se valorarán con referencia a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes.

Los aspectos a valorar en este apartado son: cur-sos de formación y perfeccionamiento recibidos, im-partidos, dirigidos o coordinados, grado personal con-solidado o en su caso, el que corresponda o sea equivalente según la Administración de procedencia, antigüedad, trabajo desarrollado y méritos específi-cos.

Fase 1.

En esta fase se valorará el grado personal consoli-dado o, en su caso, el que corresponda o sea equiva-lente según la Administración de procedencia, la an-tigüedad, cursos de formación y perfeccionamiento recibidos e impartidos, dirigidos o coordinados y el trabajo desarrollado.

1.1. Grado personal:

El grado personal consolidado, o en su caso, el que corresponda o sea equivalente en la Administración de procedencia, se valorará en sentido positivo en función de su posición en el intervalo del cuerpo o escala correspondiente y en relación con el nivel de los puestos de trabajo ofrecidos.

La posesión de un determinado grado personal has-ta un máximo de 10 puntos, se valorará según la si-guiente escala:

Grado personal reconocido Puntos

Superior al nivel del puesto solicitado 10

Igual al nivel del puesto solicitado 9

Inferior en uno o dos niveles al nivel del puesto solicitado 8 1.2. Trabajo desarrollado en puestos anteriores: Se valorarán los puestos de trabajo desarrollados, en los seis años anteriores a la finalización de la fe-cha de presentación de solicitudes atendiendo al ni-vel de los puestos de trabajo, o correspondiente o equivalente según la Administración de procedencia, y al mismo tiempo de su desempeño, concediéndo-se por cada período de 12 meconcediéndo-ses de concediéndo-servicio los pun-tos que resulten de la siguiente tabla, hasta un máxi-mo de 10 puntos:

Nivel del puesto desempeñado Puntos por cada 12 meses

30,29,28 1,8332 27 1,666 26,25,24 1,500 23,22,21 1,334 20,19,18 1,167 17 y 16 1,000 15,14 y 13 0,834 12 o menos 0,667

Los períodos inferiores a doce meses se les asig-nará la puntuación proporcional que corresponda, computándose solamente meses completos.

1.3. Cursos de perfeccionamiento:

Se valorarán los cursos de formación y perfeccio-namiento, jornadas y otras acciones formativas o en-cuentros profesionales organizados cualquiera de las Administraciones Públicas, el Instituto Nacional de Administración Pública, Centros o entidades acogi-dos a los planes de formación de las Administracio-nes Públicas, Instituto Canario de Administración Pú-blica, Universidades Públicas y demás centros oficiales de formación y perfeccionamiento de funcionarios, que versen sobre preparación de formadores para de-sempeñar tareas de formación.

Los cursos a que se refiere el presente apartado, deberán haber sido finalizados dentro de los seis años anteriores a la fecha de finalización de las solicitu-des y serán valorados, hasta un máximo de 3 puntos, conforme al siguiente baremo:

Cursos con duración Con certificado de asistencia Con certificado de asistencia

superior a 10 horas y aprovechamiento

lectivas de asistencia

De 10 a 24 horas lectivas 0,125 0,250

De 25 a 40 horas lectivas 0,250 0,50

De 41 a 60 horas lectivas 0,370 0,75

Más de 60 horas lectivas 0,50 1

Los cursos de duración inferior a 10 horas lectivas o en aquellos donde no quede acreditada las horas de duración, se puntuarán con 0,1 punto.

En ningún caso, podrán valorarse como mérito de este apartado, aquellos cursos que sean invocados como méritos preferentes.

1.4. Cursos impartidos: 1.5.

Podrán alcanzar un máximo de 4 puntos por los cursos impartidos, o coordinados, organizados por cualquiera de las Administraciones Públicas, el Ins-tituto Nacional de Administración Pública, la Fede-ración Canaria de Municipios, la FedeFede-ración Cana-ria de Islas, y demás centros oficiales de formación y perfeccionamiento de funcionarios, que versen

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so-bre materias directamente relacionadas con las fun-ciones propias de los puestos de trabajo convocados, valorándose cada uno conforme al siguiente baremo:

Cursos con duración superior a 10 horas lectivas De 10 a 30 horas lectivas 0,20 De 31 a 40 horas lectivas 0,40 De 41 a 60 horas lectivas 0,70 De 61 a 80 horas lectivas 1,00 De 81 a 130 horas lectivas 1,25 Más de 130 horas lectivas 2,00 1.5. Antigüedad.

Cada año completo de servicios prestados en las distintas Administraciones Públicas se valorará a ra-zón de 0,40 puntos, hasta un máximo de 10 puntos, computándose los servicios reconocidos que se hu-bieran prestado con anterioridad a la adquisición de la condición de funcionario de carrera.

A estos efectos se computarán los servicios presta-dos con carácter previo al ingreso en los respectivos Cuerpos o Escalas reconocidos al amparo de lo dis-puesto en la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, y el Re-al Decreto 1.461/1982, de 25 de junio, por el que se dictan normas para su aplicación. No se computarán los servicios prestados simultáneamente con otros va-lorados.

Fase 2. Valoración de los méritos preferentes y es-pecíficos.

Consistirá en la valoración de los méritos preferentes determinados en la descripción del puesto de traba-jo y en los específicos adecuados para el desempeño de los mismos.

2.1. Se valorarán hasta un máximo de dos puntos los méritos preferentes los descritos en la Relación de Puestos de Trabajo siguientes:

1. Tres años de experiencia en puestos similares, un (1) punto.

2. Por formación específica relacionada con el pues-to de trabajo, un (1) punpues-to.

2.2. La valoración de los méritos específicos ade-cuados para el desempeño del puesto de trabajo, se llevará a cabo a través de la Memoria y de la entre-vista personal:

a) Se valorará hasta un máximo de 5 puntos la ela-boración de una memoria presentada por los concur-santes sobre las tareas y funciones del puesto y de los conocimientos, requisitos y condiciones necesarios para su desempeño. La memoria deberá contener:

• Un análisis detallado de las tareas del puesto de trabajo, teniendo en cuenta la descripción del perfil del puesto y las funciones que figuran en la convo-catoria.

• Descripción a juicio del aspirante, de los conoci-mientos, condiciones y requisitos que debe reunir la persona que lo desempeñe, en atención al nivel de responsabilidad y la importancia que el puesto de tra-bajo tiene dentro de la Organización.

La memoria no deberá ocupar más de 3 hojas ta-maño folio por una cara, y deberá indicar el nombre y apellidos del aspirante, D.N.I., y se presentará jun-to con la solicitud de participación.

b) Entrevista personal: la Comisión de Valoración realizará una entrevista a cada uno de los candidatos que hayan superado la fase primera del concurso, y versará sobre la memoria presentada y la comproba-ción y valoracomproba-ción de los méritos específicos señala-dos. Se valorará hasta un máximo de 5 puntos.

La valoración de los méritos deberá efectuarse me-diante puntuación obtenida con la media aritmética de las otorgadas por cada uno de los miembros de la Comisión de Valoración, debiendo desecharse a es-tos efeces-tos la máxima y la mínima concedidas o, en su caso, una de las que aparezcan repetidas como ta-les. Las puntuaciones otorgadas, así como la valora-ción final, deberán reflejarse en el acta que se le-vantará al efecto.

Séptimo.- Puntuación mínima y máxima.

La puntuación mínima que han de obtener los as-pirantes del presente concurso se establece en 1 pun-to para la fase 1 y 5 punpun-tos para la fase 2.

Conforme a los distintos apartados de las fases del concurso, las puntuaciones máximas que se pueden obtener son de 37 puntos para la fase 1 y de 12 pun-tos para la fase 2.

Octava.- Puntuación final y adjudicación de pues-tos:

La propuesta de resolución deberá recaer sobre el candidato que haya obtenido mayor puntuación, su-mados los resultados finales de las dos fases.

En caso de empate en la puntuación final se acu-dirá a dirimirlo, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 44 del Real Decreto 364/1995, a la otorgada a los méritos enunciados, por el siguiente orden:

- Méritos preferentes. - Grado personal.

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- Cursos de formación y perfeccionamiento supe-rados.

- Antigüedad.

Novena.- Comisión de Valoración:

Los méritos serán valorados por una Comisión de Valoración que será designada por la autoridad con-vocante con arreglo a la siguiente composición:

- Un Presidente, que será el Concejal del área com-petente en materia de RRHH o personal en quien de-legue.

- Cuatro representantes de la Administración, nom-brados por el órgano convocante entre funcionarios de carrera del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife y que no participen voluntaria u obliga-toriamente en el presente procedimiento.

- Las organizaciones sindicales más representati-vas y las que cuenten con más del diez por ciento de representantes en el conjunto del Excmo. Ayunta-miento de Santa Cruz de Tenerife designados de en-tre los funcionarios de carrera de esta entidad local, de común acuerdo, un máximo de cuatro represen-tantes.

Todos los miembros de la Comisión de Valoración tendrán voz y voto. Actuará como Secretario, con voz pero sin voto, un funcionario de la Corporación.

Los miembros de la Comisión de Valoración de-berán abstenerse de formar parte de la misma cuan-do estuvieran incursos en alguno de los supuestos previstos en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Adminis-traciones Públicas y del Procedimiento Administra-tivo Común.

Asimismo los concursantes podrán recusar a los miembros de la Comisión de Valoración cuando con-curran dichos supuestos.

A cada miembro titular deberá asignársele un su-plente que en caso de ausencia justificada le susti-tuirá con voz y voto.

Los miembros de la Comisión deberán ser funcio-narios de carrera y deberán pertenecer a cuerpos o escalas de grupo de titulación igual o superior al exi-gido para los puestos convocados. Deberán, además, poseer grado personal o desempeñar puesto de nivel igual o superior al de los convocados.

La Comisión de Valoración podrá solicitar del ór-gano convocante la designación de expertos que en calidad de asesores actuarán con voz pero sin voto.

La Comisión de Valoración ajustará su actuación a lo previsto para los órganos colegiados en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. De todas las sesiones se le-vantará acta.

La Comisión de Valoración elevará al órgano con-vocante la propuesta de resolución del concurso, acompañada de una memoria explicativa de su ac-tuación, relación de los candidatos presentados con expresión de la puntuación obtenida en cada uno de los apartados correspondientes a los méritos valora-dos, votos particulares formulados por cualquiera de los vocales, así como cualquier incidencia que hu-biera surgido o considerado oportuno incluir en la misma.

El órgano convocante, a la vista de dicha propues-ta, mediante Resolución, aprobará la lista provisio-nal y la memoria de la adjudicación de puestos, que se expondrán a los concurrentes en los tablones de anuncios del Ayuntamiento, por plazo de quince dí-as hábiles, durante los cuales podrán los interesados presentar reclamaciones. Asimismo en dicho plazo podrán los interesados presentar renuncias.

A cada miembro titular deberá asignársele un su-plente que en caso de ausencia justificada le susti-tuirá con voz y voto.

La Comisión de Valoración podrá convocar a aque-llos candidatos que considere conveniente al objeto de aclarar los puntos dudosos, de difícil interpreta-ción o controvertidos, que resulten de la documen-tación presentada por el candidato, y de cualquier otro aspecto que la Comisión estime necesario u opor-tuno aclarar.

A la Comisión de Valoración se le atribuye el ejer-cicio de la facultad de interpretación, en su sentido más amplio, y de la potestad de resolución de cuan-tas cuestiones y dudas se susciten en el desarrollo de su función para garantizar la consecución de la ele-vación de la preceptiva propuesta de adjudicación al órgano competente para resolver.

Décima.- Funcionarios con discapacidad.

Los funcionarios con alguna discapacidad podrán instar en la propia solicitud la adaptación del puesto o puestos de trabajo solicitados que no supongan una modificación exorbitante en el contexto de la orga-nización. La Comisión de Valoración podrá recabar del interesado, en entrevista personal, la información que estime necesaria en orden a la adaptación soli-citada, así como el dictamen de los órganos técnicos

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de los Servicios propios del Ayuntamiento o en su defecto de la Administración del Estado o de la Co-munidad Autónoma, competentes en los ámbitos la-boral, sanitario y de servicios sociales, respecto de la procedencia de la adaptación y de la compatibili-dad con el desempeño de las tareas y funciones del puesto en concreto. En todo caso se actuará de con-formidad con lo previsto en el artículo 6 del Decre-to 43/1998, de 2 de abril, por el que se desarrolla el capítulo IV, título VI de la Ley 2/1987, regulador del sistema de acceso de personas con minusvalía para la prestación de servicios en la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias y medidas de fo-mento para su integración laboral.

Décimo primera.- Resolución.

El procedimiento del concurso deberá ser resuelto en el plazo de UN MES contados desde el día si-guiente al de la finalización del plazo de presenta-ción de instancias, pudiendo prorrogarse por otro más.

La resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayunta-miento y en los tablones de anuncios de las Oficinas de Distrito.

Décimo segunda.- Cese y toma de posesión. El plazo de toma de posesión será de tres días há-biles. El plazo se ampliará a 3 meses cuando pro-vengan de situación de excedencia o de otras Admi-nistraciones Públicas, en este último, si fuera solicitado por el aspirante seleccionado.

Dicho plazo empezará a contarse desde la fecha de publicación de la resolución del concurso.

Para lo no previsto en la presente base, se estará a lo dispuesto en el artículo 48 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

Décimo tercera.- Destinos.

El destino adjudicado en este concurso serán irre-nunciables, salvo que, antes de finalizar el plazo de toma de posesión se hubiere obtenido otro destino mediante convocatoria pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 del Real Decreto 364/95, de 10 de marzo. En este caso, el funcionario deberá expresar en un escrito dirigido al Ilmo. Sr. Teniente de Alcalde Concejal de Gobierno del Área de Servi-cios Centrales, el puesto de trabajo por el que opta, y en el que va a tomar posesión en el plazo estable-cido al respecto.

Décimo cuarta.- Incidencias.

En lo no previsto en las presentes bases se estará a lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, regula-dora de las Bases de Régimen Local; en el Real De-creto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones vi-gentes en materia de Régimen Local; en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Fun-ción Pública; en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administra-ción General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado.

Décimo quinta.- Recursos.

Las presentes bases, podrán ser recurridas, potes-tativamente, en reposición ante la Junta de Gobier-no, en plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. La interposición de dicho recurso, impide recurrir la mis-ma en vía contencioso-administrativa, hasta que re-caiga la resolución de aquél, o su desestimación por silencio, la cual se entenderá producida si no se no-tifica su resolución en plazo de un mes desde su in-terposición. En tales supuestos, queda expedita la vía administrativa pudiendo interponerse recurso con-tencioso administrativo en el plazo de DOS meses en plazo de UN MES a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, o se produzca la desestimación por silencio del de re-posición.

El Recurso Contencioso-Administrativo podrá in-terponerse directamente ante el Juzgado de lo Con-tencioso Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, en plazo de DOS meses contados desde la publica-ción en el Boletín Oficial de la Provincia de las pre-sentes bases. Asimismo, podrán interponerse cuan-tos otros recursos se estimen oportunos.

Segundo.- Convocar el procedimiento de provisión del puesto de Director de la Escuela de Formación del Servicio de Recursos Humanos, por el sistema concurso específico, de acuerdo con las bases ante-riormente mencionadas.

Tercero.- Delegar en el Ilmo. Sr. Teniente de Al-calde, Concejal de Gobierno del Área de Servicios Centrales, la atribución de dictar los actos y resolu-ciones de ejecución del presente procedimiento, en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.2 en relación al artículo 127.1 h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, en la mo-dificación introducida por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local.

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Identificación del puesto.

Área de Gobierno de Servicios Centrales. Servicio de Recursos Humanos.

Puesto: Director Escuela de Formación. Código: 01160-F-28.

Puesto superior: Jefe del Servicio. Requisitos.

Grupo: A. Escala AG/E.

Titulación: Licenciatura en Derecho, Económicas o Empresariales.

Dificultad Técnica: resuelve problemas y emite in-formes técnicos de gran complejidad y relevancia, para los que se exige una alta concentración. Son ta-reas que requieren capacidad de innovación.

Responsabilidad: toma decisiones principalmente de carácter técnico. Debe planificar y supervisar el trabajo de grupos multifuncionales. Tiene contactos externos de relevancia como representante institu-cional y como experto altamente cualificado.

Condiciones de trabajo: no está expuesto a condi-ciones especiales de penosidad o peligrosidad. Oca-sionalmente, requiere trabajar un número de horas superior a las establecidas. Asimismo, pueden darse avisos ocasionales para acudir al puesto de trabajo.

Forma de provisión: concurso específico. Funciones.

Generales:

a) En el ejercicio de la titulación requerida para el acceso al puesto de trabajo, efectúa tareas de gestión, redacción de informes, propuestas, estudios y pro-yectos derivados de las funciones propias de la Es-cuela.

b) Estudia y analiza cada situación o problema plan-teado, opinando y dando solución, siendo responsa-ble de la decisión adoptada.

c) Desarrolla las atribuciones de gestión adminis-trativa derivadas del ejercicio de sus funciones pro-fesionales.

d) Colabora con su inmediato superior en la plani-ficación y gestión administrativa del Servicio al que está adscrito, ayudando con sus opiniones técnicas a la mejora global del servicio prestado.

e) Se mantiene permanentemente actualizado en los estudios que ha realizado y en las especialidades en las que está destinado al objeto de ofrecer siem-pre el mejor y el más cualificado servicio.

f) Estudia, cuando es requerido, la implantación de nuevas técnicas, sistemas o procedimientos.

g) Ejerce sus funciones en equipos de trabajo, apor-tando sus conocimientos profesionales.

h) Efectuar cualquier otra tarea propia de su cate-goría, dentro de las funciones del Servicio en que se incardina.

Específicas:

i) Estudio, informe, propuesta y responsabilidad de la ejecución de los objetivos de la Escuela de For-mación, dentro de las atribuciones que le competan a la Sección.

j) La cooperación con la jefatura del Servicio del que dependen en orden a facilitar el cumplimiento de los objetivos del Servicio.

k) La organización del trabajo y su distribución en-tre los diferentes puestos y cuando proceda, grupos o equipos.

l) La dirección y coordinación de las actividades de la sección mediante las oportunas órdenes, ins-trucciones y orientaciones al personal.

m) El mando directo del personal de la Escuela de Formación y la transmisión al mismo de las órdenes e instrucciones recibidas de la jefatura.

n) La supervisión de la dirección de proyectos asig-nados a los técnicos de la sección y la asunción per-sonal de esa dirección cuando las circunstancias lo requieran.

o) La supervisión del resto de trabajos desarrolla-dos por el personal de la sección.

p) La verificación del cumplimiento de sus obli-gaciones por parte de todo el personal y, de forma es-pecial, de las condiciones de seguridad e higiene en el trabajo y de la correcta relación con el público y con los compañeros.

q) La autorización, mediante firma o visado de to-dos los actos de gestión, oficio, requerimientos, ci-taciones, comunicaciones o emplazamientos que se generen en la sección, salvo los casos en que hayan sido expresamente delegados en algún subordinado. r) El visado de los proyectos, estudios, dictámenes, certificaciones, valoraciones y del resto de actuacio-nes, que en el ejercicio de su respectiva competen-cia profesional, hayan elaborado los técnicos de la sección.

s) Las atribuciones que expresamente le delegue el jefe del servicio.

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Lo que se hace público para general conocimien-to, significando que el transcrito Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrido, po-testativamente, en reposición ante la Junta de Go-bierno Local de la ciudad de Santa Cruz de Teneri-fe, en plazo de UN MES desde la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provin-cia. La interposición de dicho recurso, impide recu-rrir el mismo en vía contencioso-administrativa, has-ta que recaiga la resolución de aquél, o su desestimación por silencio, la cual se entenderá producida si no se notifica su resolución en plazo de UN MES desde su interposición. En tales supuestos, queda expedita la vía administrativa pudiendo interponerse recurso con-tencioso administrativo en el plazo de DOS meses desde el siguiente a aquél en que se notifique la re-solución expresa, o se produzca la desestimación por silencio del de reposición.

El Recurso Contencioso-Administrativo podrá in-terponerse directamente ante el Juzgado de lo Con-tencioso Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, en plazo de DOS meses contados desde el día si-guiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, asimismo, podrá interponer cuantos otros estime oportunos.

En Santa Cruz de Tenerife, a 13 de septiembre de 2005.

El Jefe del Servicio, Jesús M. Frías Hernández.

A N U N C I O

12348 8343

En relación con el expediente sobre proceso se-lectivo para la cobertura en propiedad de TRES PLA-ZAS DE OFICIAL DE LA POLICÍA LOCAL, dos mediante turno libre, y una reservada a promoción interna, y vista la propuesta de la Consejería de Pre-sidencia y Justicia de designación de dos nuevos vo-cales para su representación en el Tribunal Califica-dor del mismo, el Ilmo. Sr. Teniente de Alcalde, Concejal de Gobierno Responsable del Área de Go-bierno de Servicios Centrales mediante Decreto de fecha 8 de septiembre de 2005, ha dispuesto lo que a continuación literalmente se transcribe:

“Primero.- Dejar sin efecto desde el día 8 de sep-tiembre de 2005 el nombramiento de DON JOSÉ LUIS DE LOS REYES ALMEIDA, Oficial de la Po-licía Local del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, y el de DOÑA MARÍA TERESA HER-NÁNDEZ BORGES, Oficial Jefe de la Policía Lo-cal del Ayuntamiento de La Orotava, en su Lo-calidad de vocales titular y suplente en representación de la Consejería de Presidencia y Justicia del Gobierno de Canarias en el Tribunal Calificador de las pruebas correspondientes al proceso selectivo para la cober-tura de tres plazas de Oficial de la Policía Local, dis-puesto por Decreto de 9 de junio de 2005, designan-do en su lugar, y con efectos de la misma fecha, a

DON JOSÉ JUAN MARRÓN HERRERA, Técnico de Comunicación Policial, como vocal titular, y en calidad de suplente a DOÑA CANDELARIA GÓ-MEZ GARCÍA, Responsable de Seguridad, Proce-dimientos y Operativa.

Segundo.- Notificar esta Resolución a los Sres. in-dicados en el número primero anterior, a la Secreta-ria del Tribunal Calificador de dicho procedimiento selectivo, así como publicarla en el Boletín Oficial de la Provincia.”.

Lo que se hace público para general conocimien-to, en cumplimiento de lo dispuesto en la base quin-ta de las que rigen el proceso selectivo.

En Santa Cruz de Tenerife, a 8 de septiembre de 2005.

El Jefe del Servicio, Jesús M. Frías Hernández.

ALAJERÓ A N U N C I O

12349 8321

El Ilustre Ayuntamiento de Alajeró, en Junta de Go-bierno Local de 29 de julio de 2005, adoptó el acuer-do de aprobación de las BASES QUE HAN DE RE-GIR PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES O AYUDAS A ENTIDADES Y ASOCIACIONES SIN ÁNIMO DE LUCRO QUE REALICEN ACTI-VIDADES DE CARÁCTER SOCIAL DURANTE EL EJERCICIO DE 2005. El plazo de presentación de solicitudes será de TREINTA días naturales, con-tados a partir del día siguiente a la publicación de es-te anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. Du-rante este plazo estará expuesto en Secretaría el texto íntegro de las mismas a los efectos correspondien-tes.

Alajeró, a 5 de septiembre de 2005.

El Alcalde, Manuel Ramón Plasencia Barroso.

LA GUANCHA A N U N C I O

12350 8341

Por resolución de la Alcaldía de la fecha, se ha apro-bado el PADRÓN DE LA TASA POR ABASTECI-MIENTO DE AGUAA DOMICILIO, CORRESPON-DIENTE ALCUARTO BIMESTRE (JULIO-AGOSTO) DEL EJERCICIO DE 2005.

Dicho padrón estará expuesto al público en el De-partamento de Rentas y Recaudación de este Ayun-tamiento, por un período de OCHO días, a contar a partir del día siguiente al de la publicación del

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pre-sente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, donde podrán examinarlo las personas que se consi-deren afectadas.

De conformidad con el artículo 14.2.C, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley regu-ladora de las Haciendas Locales, los interesados po-drán formular en el plazo de UN MES, a contar del día siguiente a la referida publicación, el Recurso de Reposición a que se refiere el artículo 108, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, previa al Contencioso-Admi-nistrativo, o cualquier otro que estimen procedente. El período voluntario de cobranza de los recibos del padrón referido comenzará el día TRES de octu-bre y finalizará el DOS de noviemoctu-bre de 2005, a par-tir de cuya fecha y por imperativo legal se aplicará el recargo del período ejecutivo correspondiente y, en su caso, comienza el devengo del interés de de-mora y las costas que se produzcan.

Para facilitar a los contribuyentes afectados el pa-go de sus deudas tributarias les serán enviados a su domicilio fiscal comunicaciones individualizadas en las que se especifican el importe y referencias de las mismas.

Lugar de pago: oficinas de Cajacanarias habilita-das para el cobro de recibos.

Modalidades de pago:

a) En las oficinas de Cajacanarias habilitadas: pa-ra lo que los contribuyentes habrán de aportar nece-sariamente todos los ejemplares de la comunicación que recibirán en su domicilio, o en su defecto, los que recojan en la Oficina Municipal de Recaudación. b) A través de la red de cajeros automáticos de Ca-jacanarias, siguiendo las instrucciones que en los mis-mos se detallan.

Horario de pago: el establecido por cada oficina de Cajacanarias habilitada, e ininterrumpidamente a tra-vés de los cajeros automáticos.

Aviso importante: los contribuyentes que, por cual-quier circunstancia, no reciban la comunicación en su domicilio, están asimismo obligados a pagar sus débitos durante el plazo voluntario de cobranza ante-riormente establecido. En tal supuesto, deberán re-clamar las comunicaciones individualizadas en la Oficina de Recaudación situada en las dependencias de este Ayuntamiento.

La Guancha, a 6 de septiembre de 2005.

La Alcaldesa-Presidenta, María Elena Luis Do-mínguez.

A N U N C I O

12351 8341

Por resolución de la Alcaldía de la fecha, se ha apro-bado el PADRÓN DE LA TASA POR RECOGIDA DOMICILIARIA DE BASURA Y RESIDUOS SÓ-LIDOS, CORRESPONDIENTE AL CUARTO BI-MESTRE (JULIO-AGOSTO) DEL EJERCICIO DE 2005.

Dicho padrón estará expuesto al público en el De-partamento de Rentas y Recaudación de este Ayun-tamiento, por un período de OCHO días, a contar a partir del día siguiente al de la publicación del pre-sente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, donde podrán examinarlo las personas que se consi-deren afectadas.

De conformidad con el artículo 14.2.C, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley regu-ladora de las Haciendas Locales, los interesados po-drán formular en el plazo de UN MES, a contar del día siguiente a la referida publicación, el Recurso de Reposición a que se refiere el artículo 108, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, previa al Contencioso-Admi-nistrativo, o cualquier otro que estimen procedente. El período voluntario de cobranza de los recibos del padrón referido comenzará el día TRES de octu-bre y finalizará el DOS de noviemoctu-bre de 2005, a par-tir de cuya fecha y por imperativo legal se aplicará el recargo del período ejecutivo correspondiente y, en su caso, comienza el devengo del interés de de-mora y las costas que se produzcan.

Para facilitar a los contribuyentes afectados el pa-go de sus deudas tributarias les serán enviados a su domicilio fiscal comunicaciones individualizadas en las que se especifican el importe y referencias de las mismas.

Lugar de pago: oficinas de Cajacanarias habilita-das para el cobro de recibos.

Modalidades de pago:

a) En las oficinas de Cajacanarias habilitadas: pa-ra lo que los contribuyentes habrán de aportar nece-sariamente todos los ejemplares de la comunicación que recibirán en su domicilio, o en su defecto, los que recojan en la Oficina Municipal de Recaudación. b) A través de la red de cajeros automáticos de Ca-jacanarias, siguiendo las instrucciones que en los mis-mos se detallan.

Horario de pago: el establecido por cada Oficina de Cajacanarias habilitadas, e ininterrumpidamente a través de los cajeros automáticos.

Aviso importante: los contribuyentes que, por cual-quier circunstancia, no reciban la comunicación en

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su domicilio, están asimismo obligados a pagar sus débitos durante el plazo voluntario de cobranza ante-riormente establecidos. En tal supuesto, deberán re-clamar las comunicaciones individualizadas en la Oficina de Recaudación situada en las dependencias de este Ayuntamiento.

La Guancha, a 6 de septiembre de 2005.

La Alcaldesa-Presidenta, María Elena Luis Do-mínguez.

ICOD DE LOS VINOS Secretaría General

A N U N C I O

12352 8297

Mediante Resolución de fecha nueve de setiembre de 2005 de la Alcaldía-Presidencia de esta Corpora-ción, se ha aprobado la convocatoria y las bases que han de regir las pruebas selectivas para proveer, por el procedimiento selectivo de oposición, de CUA-TRO PLAZAS DE POLICÍA LOCAL de este Ayun-tamiento, encuadradas en la Escala de Administra-ción Especial, Subescala de Servicios Especiales, clase Policía Local, grupo D de titulación, dotada con el sueldo correspondiente a dicho grupo, pagas ex-traordinarias, trienios y demás retribuciones o emo-lumentos que le correspondan con arreglo a la legis-lación vigente, así como las vacantes que se produzcan durante el desarrollo de las pruebas selectivas y las incluidas en la Oferta de Empleo Público corres-pondiente al año 2005.

Bases que han de regir proceso selectivo para la provisión en propiedad, mediante sistema de oposi-ción, de plazas de Policía Local pertenecientes a la escala de la Administración Especial, subescala Ser-vicios Especiales, clase Policía Local, escala ejecu-tiva, grupo “d”, de conformidad con lo previsto en la cláusula primera de las presentes bases.

Primera.- Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad, de cuatro plazas de Policía Local de este Ayuntamiento, encuadradas en la Escala de Ad-ministración Especial, Subescala de Servicios Espe-ciales, clase Policía Local, grupo D de titulación, do-tada con el sueldo correspondiente a dicho grupo, pagas extraordinarias, trienios y demás retribuciones o emolumentos que le correspondan con arreglo a la legislación vigente, así como las vacantes que se pro-duzcan durante el desarrollo de las pruebas selecti-vas y las incluidas en la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2005, pendiente de publicar en los Boletines Oficiales.

El sistema de selección será la oposición libre de acuerdo con lo establecido en el artículo 22 de la Ley

6/1997, de 4 de julio, de Coordinación de Policías Locales.

Las citadas plazas corresponden a la Oferta de Em-pleo Público de esta Corporación para el año dos mil cuatro, publicada en los preceptivos Boletines Ofi-ciales.

Segunda.- Requisitos de los aspirantes.

Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguien-tes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española.

b) Tener cumplidos los 18 años de edad, y no ex-ceder de 30 a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

c) Estar en posesión o en condiciones de obtener-lo antes de que termine el plazo de presentación de solicitudes, del Título de Educación en Enseñanza Secundaria Obligatoria, o equivalente.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que le impida el normal desempeño de las funciones de po-licía, y la realización de las pruebas físicas de la opo-sición.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario del servicio de cualesquiera de las Ad-ministraciones Públicas, ni estar inhabilitado por sen-tencia firme para el ejercicio de la función pública. f) Tener una estatura mínima e índices de corpu-lencia siguientes, comprobada por la Administración: - Talla mínima: mujeres: 1,65 mts., hombres: 1,70 mts.

- Relación peso-talla: el peso máximo admitido se deduce de la formulación siguiente:

P= (T-100)+20.

El peso mínimo admitido se deduce de la fórmula siguiente:

P= (T-100)-10.

P= peso expresado en kg. T= talla expresada en cm.

g) Estar en posesión del permiso de conducir tipo A (antiguo A-2) y B+BTP (antiguo B-2), o en con-diciones de obtenerlo antes de la fecha de la toma de posesión.

h) Compromiso de portar armas y de utilizarlas en los casos previstos en la Ley, que se prestará a tra-vés de declaración jurada.

(19)

i) Cumplir las condiciones exigidas para ejercer las funciones que les puedan ser encomendadas, de acuer-do con lo que determina la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, la Ley 6/1997, de 4 de julio, de Coordinación de Poli-cías Locales de Canarias, el Decreto 75/2003, de 12 de mayo, por el que se establecen las Normas Mar-co y otras Normas de Coordinación de las Policías Locales de Canarias y cuantas disposiciones desa-rrollen las precitadas normas.

Todos los requisitos establecidos anteriormente, es-tarán referidos siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias, ex-cepto el señalado en el apartado g).

Tercera.- Instancias y derechos de admisión. 3.1.- Forma: las instancias solicitando tomar parte en las pruebas, se dirigirán al Alcalde-Presidente de la Corporación, ajustándose al modelo oficial que se adjunta como anexo “A”, que será facilitado en las oficinas correspondientes al Servicio de Atención al Ciudadano ubicadas en las Casas Consistoriales, Cen-tro Cultural Santa Bárbara y CenCen-tro Cultural de El Amparo, y en ellas se hará constar que el aspirante reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en el punto segundo de las presentes bases, referidas siempre a la fecha de expiración del plazo de pre-sentación de instancias, excepto la relativa a estar en posesión del permiso de conducir que se exige.

3.2.- Plazo de presentación: las instancias o solici-tudes, acompañadas del recibo acreditativo de haber satisfecho los derechos de examen se presentarán en las oficinas señaladas en el apartado anterior, o me-diante las formas establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley de la 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Ad-ministraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común, durante el plazo de VEINTE días naturales, contados desde el día siguiente a aquel en que aparezca publicado el anuncio correspondiente en el Boletín Oficial del Estado.

Previamente se publicarán las correspondientes ba-ses, en el Boletín Oficial de la Provincia y en el ta-blón de anuncios de la Corporación, así como un ex-tracto en el Boletín Oficial de Canarias.

Los restantes anuncios dimanantes de la convoca-toria se publicarán únicamente en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios, insertán-dose en este último las restantes actuaciones del Tri-bunal.

3.3. Documentación a adjuntar:

a) Una fotocopia compulsada del Documento Na-cional de Identidad, que deberá estar vigente a la fi-nalización del plazo de presentación de instancias.

b) Declaración jurada en la que se asume el com-promiso de portar armas y, en su caso, llegar a utili-zarlas en los términos previstos por la normativa re-guladora.

c) Autorización para someterse a todas las pruebas médicas que se determinen, que figura como anexo D) a las presentes bases.

d) Presentación de un certificado médico, extendi-do en impreso oficial y firmaextendi-do por colegiaextendi-do en ejer-cicio en el que se haga constar expresamente que el opositor reúne las condiciones físicas y sanitarias ne-cesarias y suficientes para la realización de las prue-bas físicas que figuran especificadas en la cláusula 8, fase de oposición, primer ejercicio: Pruebas físi-cas, así como que no se encuentren afectados por nin-guna patología o deficiencia señalada en el anexo I de estas bases. No se admitirán aquellos certificados que no se ajusten en su redacción a estos conceptos. En el mismo certificado se hará constar que el aspi-rante no padece enfermedad o defecto físico que im-pida el desempeño de las correspondientes funcio-nes de la plaza que se convoca.

e) Recibo o justificante de los derechos de examen. 3.4.- Derechos de examen.- Los derechos de exa-men, conforme a la Ordenanza Municipal regulado-ra de la tasa, serán de DOCE EUROS CON DOS CÉNTIMOS (12,02), cuyo importe se hará efectivo por los aspirantes en la Tesorería de Fondos de la Corporación en el momento de la presentación de la instancia y no podrán ser devueltos más que en el ca-so de no ser admitido al examen por falta de alguno de los requisitos exigidos para tomar parte en él.

En el supuesto de presentarse la instancia por el procedimiento establecido en el artículo 38.7 de la Ley 4/1999, el importe de los derechos de examen podrá remitirse por giro postal o telegráfico, y debe-rá figurar como remitente del mismo el propio aspi-rante, quien hará constar en el espacio de la solici-tud destinado para ello la forma de ingreso, su fecha y número.

Cuarta.- Admisión de aspirantes.

4.1.- Finalizado el plazo de presentación de ins-tancias, el Sr. Alcalde-Presidente dictará Resolución en el plazo máximo de UN MES, aprobando la lista provisional de los aspirantes admitidos y excluidos, con indicación, en su caso, de las causas de exclu-sión, que será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, y en el tablón de anuncios de la Corpora-ción, indicándose en el anuncio el lugar de exposi-ción de las listas certificadas completas.

4.2.- Los aspirantes excluidos, así como los omiti-dos, dispondrán de un plazo de DIEZ días hábiles, a partir del día siguiente a la publicación de la Reso-lución en el Boletín Oficial de la Provincia, para

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