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DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE CRÉDITO

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Manual de Normas y Políticas de Crédito

Edición 2015

(Vigente a partir del 18 de febrero de 2015)

(2)

ÍNDICE

1. Introducción 1.1 Antecedentes 1-1 1.2 Presentación 1-1 2. Objetivo 2.1 Objetivo 2-1 2.2 Objetivos Específicos 2-1 3. Marco Conceptual 3.1 Proceso de Crédito (PDC) 3-1

3.2 Etapa I Desarrollo de Negocios 3-2

3.3 Etapa II Análisis y Decisión 3-3

3.4 Etapa III Instrumentación y Dispersión 3-4

3.5 Etapa IV Seguimiento y Recuperación 3-5

3.6 Expedientes de Crédito 3-7 3.7 Procedimientos de Crédito 3-7 4. Marco Regulatorio 4.1 Entidades Rectoras 4-1 4.2 Regulación Externa 4-1 4.3 Normatividad Interna 4-2 4.4 Disposiciones Generales 4-2

5. Normas y Políticas de Crédito

5.1 Alcances y Objetivos 5-1

5.2 Desarrollo de Negocios 5-3

5.2.1 Perfil del Cliente y Mercado Objetivo 5-3

5.2.2 Clasificación de Clientes 5-5

5.2.2.1 Estratificación de los clientes 5-9

5.2.3 Promoción Dirigida 5-10

5.2.3.1 Tipos de Crédito 5-10

5.2.4 Preanálisis 5-19

5.2.4.1 Créditos Relacionados y Riesgos Comunes 5-23

5.2.4.1.1 Créditos Relacionados 5-23

5.2.4.1.2 Riesgos Comunes 5-24

5.2.4.2 Monto Máximo de Financiamiento 5-27

5.2.5 Propuesta y Negociación Preliminar 5-28

5.3 Análisis y Decisión 5-32

5.3.1 Recopilación de la Información 5-32

(3)

5.3.3.2 Elaboración de Estudios de Crédito 5-39

5.3.4 Revisión del Análisis 5-41

5.3.5 Decisión 5-42

5.3.5.1 Vigencia de las Autorizaciones de Crédito 5-42

5.3.5.2 Revisión Anual de Créditos 5-44

5.4 Instrumentación y Dispersión 5-51

5.4.1 Formalización de la Decisión 5-51

5.4.2 Formalización con el Cliente 5-51

5.4.3 Solicitud de Recursos 5-65

5.4.4 Mesa de Control 5-66

5.4.5 Guarda Valores 5-69

5.5 Seguimiento y Recuperación 5-74

5.5.1 Cartera 5-74

5.5.2 Supervisión y Seguimiento al Acreditado y al PDC 5-75

5.5.2.1 Supervisión y Seguimiento al Acreditado 5-75

5.5.2.2 Supervisión y Seguimiento al PDC 5-79

5.5.2.2.1 Calificación de la Cartera de Crédito 5-80

5.5.3 Recuperación Preventiva y Administrativa 5-82

5.5.3.1 Cobranza y Recuperación 5-82

5.5.3.2 Recuperación Preventiva y Administrativa 5-85

5.5.3.3 Recuperación Extrajudicial 5-87

5.5.4 Recuperación Judicial 5-90

5.5.4.1 Concurso Mercantil 5-94

5.5.5 Supervisión de la Cobranza y Recuperación 5-94

5.6 Tratamientos y Recuperación de Cartera 5-96

5.6.1 Tratamientos de Cartera 5-99

5.6.2 Recuperación de Cartera 5-107

5.6.2.1 Convenios Judiciales 5-107

5.6.2.2 Cancelación de Intereses y Quita Parcial de Capital 5-112

5.6.2.3 Dación en Pago y Subrogación 5-117

5.6.3 Tratamiento o Recuperación Simultánea de Dos o Más

Operaciones

5-123

5.7 Aplicación de Estimaciones Preventivas para Riesgos Crediticios y

Quebrantos

5-125

5.7.1 Créditos Irrecuperables 5-133

5.8 Políticas para Mitigar el Riesgo y Garantizar Operaciones de Crédito 5-134

5.8.1 Criterios Generales 5-134

5.8.2 Mecanismos para Mitigar el Riesgo de Crédito 5-134

(4)

5.8.2.2 Coberturas de Precio y Coberturas Cambiarias 5-143

5.8.2.3 Contrato de Compra - Venta o Suministro 5-143

5.8.3 Mecanismos para Garantizar Operaciones de Crédito 5-144

5.8.3.1 Garantías Reales 5-148

5.8.3.1.1 Garantía Prendaria 5-148

5.8.3.1.2 Garantía Hipotecaria 5-149

5.8.3.1.2.1 Avalúo de Bienes Inmuebles 5-150

5.8.3.1.2.2 Avalúo de Bienes Muebles 5-151

5.8.3.2 Garantías Personales 5-152

5.8.3.3 Otro Tipo de Garantías 5-154

5.8.3.3.1 Fideicomisos de Fuente Alterna de Pago 5-154

5.8.3.3.2 Fideicomisos de Garantía 5-155

5.8.3.3.3 Mandato de Fuente Alterna de Pago y de

Garantía

5-155

5.8.3.3.4 Garantías de acuerdo con el Tipo de

Resolución de Crédito

5-156

5.8.3.4 Cobertura de las Garantías 5-156

5.8.3.5 Liberación de Garantías 5-158

5.8.3.6 Sustitución de Garantías 5-159

5.9 Consulta del Historial Crediticio 5-161

5.10 Expedientes de Crédito 5-171

Cuadros

5-1 Segmentos de Atención del Mercado Objetivo (Solicitudes de Crédito de Primer Piso)

5-174 5-2 A Documentación Necesaria para la Atención de Solicitudes de Crédito

Primer Piso Personas Físicas

5-175 5-2 B Documentación Necesaria para la Atención de Solicitudes de Crédito

Primer Piso Personas Morales

5-180 5-2 C Documentación Necesaria para la Atención de Solicitudes de Crédito

Pre autorizado

5-185 5-2 D Documentación Necesaria Aplicable a Intermediarios Financieros

Rurales con Capital Social Fijo Superior al Equivalente en Moneda Nacional a 5 Millones de UDI

5-190

5-2 E Documentación Necesaria para la Atención de Solicitudes de Crédito de Intermediarios Financieros Rurales Bancarios (IFRB)

5-191 5-3 Metodología de Análisis de Crédito de Acuerdo con el Segmento

(Primer Piso)

5-193 5-4 Documentación que conformará la Presentación de Asuntos para

Autorización de Créditos (Primer Piso)

5-194 5-5 Razones Financieras Mínimas Indispensables para el Análisis de

Crédito (Primer Piso)

(5)

5.1 Políticas para los Métodos de Análisis de Crédito Masivo 5-198

5.2 Políticas para la Atención de Situaciones de Emergencia 5-211

6. Normas y Políticas de Crédito de Segundo Piso

6.1 Introducción 6-1

6.2 Desarrollo de Negocios 6-3

6.3 Análisis y Decisión para Autorización de Líneas de Crédito 6-7

6.3.1 Límites de Financiamiento 6-10

6.4 Instrumentación y Dispersión 6-13

6.5 Seguimiento y Recuperación 6-18

6.5.1 Revisión Periódica de Líneas de Crédito 6-19

7. Facultades

7.1 Del Consejo Directivo de la Financiera 7-1

7.2 Del Comité de Crédito 7-1

7.3 Del Comité de Operación 7-1

7.4 Del Comité de Créditos Menores 7-1

7.5 Del Subcomité de Crédito 7-1

7.6 Operaciones de Crédito Masivo 7-2

7.6.1 Facultades Mancomunadas para Validación 7-2

8. Glosario

8.1 Definiciones 8-1

(6)

1 - 1 1.1 ANTECEDENTES 1. Creación de la Financiera Rural (hoy Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero)

Financiera Rural (hoy Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero) es un Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal, sectorizado en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con personalidad jurídica y patrimonio propios, creada en términos de la Ley Orgánica de la Financiera Rural, mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación del 26 de diciembre de 2002.

La citada Ley Orgánica fue modificada mediante el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones en materia financiera y se reforma la “Ley Orgánica de la Financiera Rural” para quedar como “Ley

Orgánica de la Financiera Nacional de Desarrollo

Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de enero de 2014.

2. Objeto de la Financiera, conforme a su Ley Orgánica

Conforme al artículo 2 de su Ley Orgánica, la Financiera tiene

como objeto coadyuvar a realizar la actividad prioritaria del Estado de impulsar el desarrollo de las actividades agropecuarias, forestales, pesqueras y todas las demás actividades económicas vinculadas al medio rural, con la finalidad de elevar la productividad, así como mejorar el nivel de vida de su población. Para el cumplimiento de su objeto, entre otros, otorgará crédito de manera sustentable a productores e Intermediarios Financieros Rurales, procurando su mejor organización y mejora continua.

3. Aprobación del Manual de Normas y Políticas de Crédito

El Manual de Normas y Políticas de Crédito de la Financiera fue aprobado por el H. Consejo Directivo en su Segunda Sesión Ordinaria del 23 de mayo de 2003. Asimismo, con base en las facultades otorgadas por dicho Órgano de Gobierno en

su Tercera Sesión Ordinaria del 18 de julio de 2003, el Comité

de Operación es la instancia facultada para aprobar modificaciones, ajustes o adiciones a este documento y a sus procedimientos de crédito.

1.2 PRESENTACIÓN

1. Formato de presentación del Manual de Normas y Políticas de Crédito

Para efecto de este Manual nos referiremos, en todo su contenido, al Proceso de Crédito con las siglas PDC.

A la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero se le menciona en este Manual, de manera indistinta, como la Financiera o la Institución.

En el extremo superior derecho de las páginas posteriores al inicio de cada capítulo, aparece el número y nombre del capítulo; en la parte inferior izquierda de cada página aparece

1.1 ANTECEDENTES 1.2 PRESENTACIÓN

(7)

1 - 2 el número y nombre del apartado y en el extremo inferior derecho se indica el número del capítulo y el número de página de dicho capítulo.

A lo largo de cada capítulo aparece a la izquierda del texto

principal un número (numeral) y una “etiqueta” en “negritas y

en cursiva” que describe de manera concreta y resumida de lo que trata el texto principal. A la derecha del texto principal puede llegar a aparecer una fecha determinada que indica la fecha a partir de la cual se modificó el texto principal, la cual sería a partir de la edición 2012.

2. Manual principal elemento de consulta y de observancia general y obligatorio

El Manual de Normas y Políticas de Crédito es el principal documento normativo de consulta para el personal de la Financiera involucrado en las actividades que se realizan en las diferentes etapas del PDC. Este Manual es de observancia general y su carácter es obligatorio.

3. Integración del Manual de Normas y Políticas de Crédito

El Manual de Normas y Políticas de Crédito de la Financiera atiende las “Disposiciones de Carácter General en Materia Prudencial, Contable y para el Requerimiento de Información aplicables a la Financiera”, emitidas por la CNBV, respecto de los objetivos, lineamientos y políticas en materia de originación y administración del crédito, que las propias disposiciones señalan, así como la reglamentación interna.

4. Criterios

prudenciales Las disposiciones prudenciales establecen que se debe:

Adoptar el uso de sanas prácticas en el desempeño de la actividad crediticia.

Establecer los lineamientos mínimos que deben observarse en el desempeño de la actividad crediticia. Implementar medidas de control en la actividad crediticia, capaces de identificar, medir y limitar de manera oportuna la toma de riesgos.

Establecer normas y políticas, así como procedimientos para el otorgamiento, control y recuperación del crédito, así como las relativas a la evaluación y seguimiento del riesgo crediticio.

5. Manual con visión de negocio y acorde con la misión de la Financiera

La Institución define además su visión de los negocios, acorde con su misión, y enfoca su interés en el mejoramiento de la atención al cliente, mediante un proceso ágil y eficiente, cuidando que la operación se realice dentro de las normas que garanticen la seguridad y recuperación oportuna de los créditos. 6. Las normas se apegan al objeto institucional, a sanas prácticas en el otorgamiento de crédito y a criterios internacionales

La Financiera en apego a su objeto institucional y con la finalidad preponderante de adecuar su marco de actuación a las sanas prácticas en el otorgamiento de crédito, criterios y estándares internacionales, ha establecido sus normas y políticas, así como sus procedimientos en materia del Proceso de Crédito, que buscan además fortalecer la seguridad y el buen desempeño de la actividad crediticia en la Institución. 7. La estructura y

organización del La estructura del Manual se ha desarrollado siguiendo un

(8)

1 - 3 Manual corresponde

a las etapas del PDC razonamiento deductivo que facilita su comprensiónconsidera siempre, como eje principal, la secuencia de las y cuatro etapas del PDC.

I. Desarrollo de Negocios. II. Análisis y Decisión.

III. Instrumentación y Dispersión. IV. Seguimiento y Recuperación.

Además considera todo lo relacionado con la integración, custodia, administración y control de Expedientes de Crédito. 8. Integración del

Manual El Manual está integrado por 8 capítulos a través de los cuales se describen los conceptos, reglas, normas, políticas, áreas participantes y operaciones del PDC.

9. Breve descripción del contenido de cada capítulo del Manual, Capítulos 1 a 4

En los primeros cuatro capítulos, incluido el que nos ocupa, se describen conceptos de orden general, relacionados con la normatividad interna y externa de la Institución.

Capítulo 1. Introducción

Contiene los antecedentes de la Financiera, su objeto y fecha de aprobación del Manual de Normas y Políticas de Crédito, así como una breve descripción del contenido y estructura del presente manual.

Capítulo 2. Objetivo

Se establecen el objetivo único y los objetivos específicos que se persiguen y que dan la razón de ser del presente manual. Capítulo 3. Marco Conceptual

Se describe con detalle el PDC en cada una de sus etapas y actividades.

Capítulo 4. Marco Regulatorio

Se enlista de manera enunciativa la diversa regulación interna y externa que rige la operación de la Financiera, así como a las autoridades rectoras y las instancias que intervienen para la aprobación, modificación, excepción e interpretación de la normatividad de crédito. 10. Capítulo 5 Normas y Políticas contiene los lineamientos por etapas del PDC

En este capítulo se establecen las Normas y Políticas de Crédito generales, para los acreditados y operaciones de crédito de primer piso, así como las que en su caso apliquen para segundo piso, a las que deben sujetarse las áreas participantes en las operaciones relativas al PDC para el desempeño de sus funciones.

11. Capítulo 6

Normas y Políticas en operaciones de crédito de segundo piso

En este capitulo se describen las Normas y Políticas de crédito para regular las operaciones de crédito de segundo piso en la Financiera con los Intermediarios Financieros Rurales (IFR), así como con dispersores de crédito.

12. Capítulo 7 Instancias de Autorización y de validación

Se incluye un capítulo que hace referencia a las Instancias de Autorización y sus facultades para el otorgamiento de crédito, así como a las instancias que validan mancomunadamente operaciones de crédito aprobadas por las instancias de autorización. También se mencionan las instancias facultadas

(9)

1 - 4 para la autorización de tratamientos de cartera.

13. Capítulo 8 Glosario

Se incluyen las descripciones y definiciones de los principales conceptos o términos utilizados en el Manual, con el propósito de lograr un mejor entendimiento del documento.

(10)

2 - 1

2

OBJETIVO

2.1 OBJETIVO

1. Dar a conocer las disposiciones normativas que rigen la operación de crédito

El presente documento tiene como objetivo:

Dar a conocer formalmente las disposiciones que rigen las operaciones de crédito a las que deben apegarse todas las áreas de la Financiera que estén involucradas en el PDC con el propósito de que, al aplicarlas, se garantice una operación ágil, eficiente, segura, homogénea y apegada a la legislación, a las disposiciones generales de las autoridades regulatorias de la Financiera y a la normatividad y reglamentación aplicables.

2.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS

1. Objetivos de las

Normas y Políticas Los objetivos específicos de las Normas y Políticas de este Manual son: Definir, establecer, difundir y asegurar el desarrollo de un PDC homogéneo para las operaciones crediticias de la Institución, así como establecer las funciones y

responsabilidades para los diferentes niveles

institucionales, asegurando el rol de las diferentes áreas involucradas.

Proveer a todos los niveles de la Institución de la reglamentación necesaria para ejecutar de manera sistemática y eficiente las diferentes etapas del PDC. Promover el desarrollo y difusión de la cultura de crédito en la Institución.

Cumplir con las disposiciones, lineamientos, normas y políticas que emita el Consejo Directivo y demás autoridades regulatorias de la Financiera.

Indicar las facultades para autorización de las operaciones de crédito y presentar los procedimientos de aprobación de normatividad por las diferentes Instancias de Autorización. 2. Capacidad técnica, ética y Honorabilidad del personal que participa en el PDC

En cuanto a capacidad técnica, ética y honorabilidad, el

personal de la Financiera que interviene directamente en el

PDC, debe atender lo establecido en el “Manual General de Organización de la Financiera” y en el “Código de Conducta de los Servidores Públicos de la Financiera”. 3. Conflicto de interés El personal de la Financiera debe abstenerse de participar

en la decisión del crédito que pueda representar conflicto de interés.

4. Confidencialidad de

la información Toda información y/o documentación proporcionada y/o generada de los clientes o prospectos es considerada personal y confidencial; por lo tanto, el personal que participa en el PDC se obliga a proteger y a guardar la confidencialidad de dicha información y documentación.

2.1 OBJETIVO

(11)

3 - 1 3.1 PROCESO DE CRÉDITO (PDC) 1. Las actividades crediticias tienen un proceso lógico y coherente

El Proceso de Crédito sigue una secuencia ordenada de actividades, agrupadas por etapas, de cada una de las operaciones de crédito que lo constituyen.

2. Homologación de las etapas del PDC con las Disposiciones de la CNBV

Conforme a las “Disposiciones de Carácter General en Materia Prudencial, Contable y para el Requerimiento de Información aplicables a la Financiera”, emitidas por la CNBV, en el PDC de la Financiera, se contemplan las etapas de originación y administración, entendiéndose que la etapa de originación

abarca desde el desarrollo del negocio hasta la

instrumentación y dispersión, y su registro en cartera, mientras que la etapa de administración inicia con el seguimiento al acreditado y al PDC hasta la recuperación judicial.

3. Actividades del

PDC

El detalle de las actividades se muestra a continuación y aplican a las operaciones de financiamiento que la Institución otorga a sus acreditados:

Etapa I Desarrollo de Negocios

Procedimientos

Etapa I Desarrollo de Negocios Etapa I Desarrollo de Negocios Etapa II Análisis y Decisión Etapa III Instrumentación y Dispersión Etapa IV Seguimiento y Recuperación

Normas y Políticas

Etapa I Desarrollo de Negocios

Procedimientos

Etapa I Desarrollo de Negocios Etapa I Desarrollo de Negocios Etapa II Análisis y Decisión Etapa III Instrumentación y Dispersión Etapa IV Seguimiento y Recuperación

Normas y Políticas

3.1 PROCESO DE CRÉDITO (PDC)

(12)

3 - 2

3.2 ETAPA I DESARROLLO DE NEGOCIOS

Para atender de manera especializada los sectores productivos a los que se enfoca la promoción, esta etapa brinda los elementos necesarios para orientar las acciones de los Ejecutivos de Financiamiento Rural asignados.

Las Coordinaciones Regionales, las Agencias Estatales de Crédito Rural y las Agencias de Crédito Rural deberán dar seguimiento a los créditos otorgados desde su originación hasta su recuperación.

Dichas áreas deberán informar, durante el seguimiento de

los créditos, a las instancias que competa, de la existencia

de situaciones que pongan en riesgo la recuperación de los financiamientos otorgados, a fin de establecer medidas para prevenir un posible incumplimiento del acreditado.

1. Cliente Considera a los sujetos de crédito elegibles para acceder a los financiamientos que otorgue la Financiera.

2. Mercado objetivo Esta fase está orientada a la identificación de los mercados objetivo en los que la Financiera debe colocar sus recursos de crédito.

3. Promoción

dirigida Es el conjunto de acciones que se deben efectuar, una vez identificados los clientes potenciales dentro del Mercado Objetivo, a fin de ofrecer los programas y productos de crédito y los servicios de la Financiera. El conocimiento del entorno y de los clientes, permite detectar anticipadamente, en cada ciclo o periodo productivo, las oportunidades de negocio viables. 4. Preanálisis Se evalúa a la clientela actual y potencial para conocer sus

necesidades de financiamiento, a través del análisis

preliminar de las principales características del proyecto o negocio y del solicitante y en función de ello se decide la posibilidad de atender a un prospecto de crédito.

In te g ra c n , C u s to d ia y M a n te n im ie n to d e E x p e d ie n te s d e C d it o Guarda Valores Mesa de Control de Crédito Solicitud de Recursos Formalizaci ón con el Cliente Formalización de la Decisión Recuperaci ón Judicial Recuperaci ón Extrajudicial Recuperaci ón Preventiva y Administrativa Seguimiento al Acreditado y PDC Cartera Decisión Revisión del Análisis Desarrollo del Análisis Procesamiento de la Informaci ón Recopilaci ón de la Informaci ón Propuesta y Negociaci ón Preliminar Preanálisis Promoción Dirigida Mercado Objetivo Cliente

Etapa I. Desarrollo de Negocios

Etapa II. Análisis y Decisión

Etapa III. Instrumentación y Dispersión

Etapa IV. Seguimiento y Recuperación

In te g ra c n , C u s to d ia y M a n te n im ie n to d e E x p e d ie n te s d e C d it o Guarda Valores Mesa de Control Solicitud de Recursos Formalizaci ón con el Cliente Formalización de la Decisión Recuperaci ón Judicial Recuperaci ón Extrajudicial Recuperaci ón Preventiva y Administrativa Seguimiento al Acreditado y PDC Cartera Decisión Revisión del Análisis Desarrollo del Análisis Procesamiento de la Informaci ón Recopilaci ón de la Informaci ón Propuesta y Negociaci ón Preliminar Preanálisis Promoción Dirigida Mercado Objetivo Cliente

Etapa I. Desarrollo de Negocios

Etapa II. Análisis y Decisión

Etapa III. Instrumentación y Dispersión

Etapa IV. Seguimiento y Recuperación

In te g ra c n , C u s to d ia y M a n te n im ie n to d e E x p e d ie n te s d e C d it o Guarda Valores Mesa de Control de Crédito Solicitud de Recursos Formalizaci ón con el Cliente Formalización de la Decisión Recuperaci ón Judicial Recuperaci ón Extrajudicial Recuperaci ón Preventiva y Administrativa Seguimiento al Acreditado y PDC Cartera Decisión Revisión del Análisis Desarrollo del Análisis Procesamiento de la Informaci ón Recopilaci ón de la Informaci ón Propuesta y Negociaci ón Preliminar Preanálisis Promoción Dirigida Mercado Objetivo Cliente

Etapa I. Desarrollo de Negocios

Etapa II. Análisis y Decisión

Etapa III. Instrumentación y Dispersión

Etapa IV. Seguimiento y Recuperación

In te g ra c n , C u s to d ia y M a n te n im ie n to d e E x p e d ie n te s d e C d it o Guarda Valores Mesa de Control Solicitud de Recursos Formalizaci ón con el Cliente Formalización de la Decisión Recuperaci ón Judicial Recuperaci ón Extrajudicial Recuperaci ón Preventiva y Administrativa Seguimiento al Acreditado y PDC Cartera Decisión Revisión del Análisis Desarrollo del Análisis Procesamiento de la Informaci ón Recopilaci ón de la Informaci ón Propuesta y Negociaci ón Preliminar Preanálisis Promoción Dirigida Mercado Objetivo Cliente

Etapa I. Desarrollo de Negocios

Etapa II. Análisis y Decisión

Etapa III. Instrumentación y Dispersión

Etapa IV. Seguimiento y Recuperación

3.1 PROCESO DE CRÉDITO (PDC) 3.2 ETAPA I DESARROLLO DE NEGOCIOS

(13)

3 - 3 En el caso de métodos de evaluación masiva se debe asegurar que el solicitante cumpla con el perfil definido y las condiciones para el programa o producto específico.

Se evalúa no sólo el tipo y destino del crédito sino, de manera sobresaliente, la adecuación, oportunidad y suficiencia del mismo.

5. Propuesta y negociación preliminar

Se propone el tipo y monto del crédito de acuerdo con las características del solicitante y del proyecto, una vez conocidas sus necesidades, su capacidad como sujeto de crédito, así como su capacidad de pago y la viabilidad del proyecto; que respalde la recuperación del crédito.

El siguiente paso es el análisis de la propuesta de financiamiento.

3.3 ETAPA II ANÁLISIS Y DECISIÓN

Esta etapa involucra desde la recopilación de información y documentación del solicitante, hasta la presentación del estudio de crédito a las Instancias facultadas para su autorización o rechazo.

1. Recopilación de la información para procesar la solicitud

De acuerdo con la naturaleza del negocio y el tipo de crédito solicitado, se requiere al solicitante la información y documentación necesaria para procesar la solicitud.

2. Procesamiento

de la información El procesamiento de la información integra las actividades que se llevan a cabo para aplicar las herramientas institucionales de análisis y determinar la viabilidad del proyecto, partiendo de su apego a las condiciones de operación establecidas por tipo de crédito, investigación de solvencia, experiencia del solicitante, arraigo en la plaza, verificación de bienes y las demás establecidas en el presente Manual y sus procedimientos.

El procesamiento de la información está en función de las metodologías de análisis de acuerdo con el segmento de atención.

3. Desarrollo de la

evaluación De acuerdo con el segmento de atención en el que se ubique un solicitante de crédito, para cada solicitud de crédito se debe elaborar una “Evaluación Paramétrica” y/o un “Estudio de Crédito”.

4. Decisión (autorización o validación)

Las facultades de autorización para toma de riesgos crediticios se ejercen colegiadamente, a través de las siguientes instancias de autorización:

Consejo Directivo. Comité de Crédito Comité de Operación.

Comité de Créditos Menores. Subcomité de Crédito.

En el caso de métodos de evaluación masiva, la Agencia de

Crédito Rural valida que los créditos individuales se apeguen a la autorización de la instancia de autorización.

3.2 ETAPA I DESARROLLO DE NEGOCIOS 3.3 ETAPA II ANÁLISIS Y DECISIÓN

(14)

3 - 4

3.4 ETAPA III INSTRUMENTACIÓN Y DISPERSIÓN

A partir de la aprobación emitida por la Instancia de

Autorización correspondiente y una vez cumplidas las

condiciones preoperativas determinadas por dicha instancia, se instrumenta la formalización del crédito, se dispersan los recursos y se efectúa la disposición de los mismos por parte del acreditado.

1. Formalización de

la decisión Las decisionesautorización se documentan en acuerdos que adopten las diferentes instancias de . En el caso de créditos validados mancomunadamente, el acuerdo se documenta en una cédula de validación.

2. Formalización

con el cliente Cualquiera que haya sido la decisión de la Instancia de Autorización, se informa verbalmente al solicitante sobre la autorización o rechazo de la solicitud.

De ser positiva la decisión se comunica al solicitante los términos y condiciones de la misma, así como el requerimiento de documentación complementaria, si fuera el caso, para proceder a la firma del contrato y de los documentos respectivos.

Las condiciones que deban cumplirse durante el desarrollo del proyecto deben incluirse en el cuerpo del contrato.

3. Solicitud de

Recursos Una vez instrumentación formalizado el créditode las operaciones de crédito, , se valida la correcta se verifica el cumplimiento de las condiciones preoperativas aprobadas

por la Instancia de Autorización y siempre y cuando el

acreditado no reporte incumplimiento en el pago de sus obligaciones con la Financiera, se solicita la revisión de la operación para que, en su caso, le sean entregados los recursos al acreditado.

4. Mesa de Control La función de la Mesa de Control es centralizada, auxiliada por las mesas revisoras, quienes verifican que las operaciones se encuentren instrumentadas conforme a la normatividad aplicable y precisamente en los términos y condiciones en que fueron autorizadas, además revisa que la Agencia, cumpla con las condiciones precedentes en el formato establecido que remita.

Una vez que la Mesa de Control haya verificado el

cumplimiento de los términos y condiciones con los que

fue aprobado el crédito, se instruye para que se ministren

los recursos al acreditado o a terceros, previa autorización del acreditado.

5. Dispersión Los recursos de las operaciones de crédito deben acreditarse a la cuenta bancaria indicada por el acreditado. La Financiera podrá establecer, en sus Programas Especiales de Financiamiento, la entrega de los recursos mediante otro medio de dispersión.

6. Guarda Valores La guarda y custodia de documentos valor se define como la función que tiene como propósito guardar, custodiar y controlar

(15)

3 - 5 los documentos valor originales, que respaldan las

operaciones de crédito de la institución y que constituyen su

activo principal.

Formalizado el crédito, los documentos valor originales se

entregan para su administración y custodia al área de Guarda Valores.

La misión del área es garantizar el control y seguridad física de los documentos valor originales, que soportan las operaciones crediticias con los acreditados.

3.5 ETAPA IV SEGUIMIENTO Y RECUPERACIÓN

Con el propósito de cerrar el círculo del PDC, es necesario mantener un seguimiento a los acreditados, para lograr una oportuna recuperación de los préstamos otorgados. Asimismo, en esta etapa se tiene especial atención en la cobranza

preventiva y administrativa. A los casos morosos se les

evalúa para determinar la procedencia de algún cambio en las condiciones crediticias pactadas, o para su traspaso al trámite de cobranza judicial.

1. Administración de Cartera (Control Interno de los créditos)

La administración de la cartera se define como la función que tiene como propósito mantener y asegurar el registro y control de las operaciones de crédito.

Las áreas operativas de la Institución desarrollan las funciones para mantener el control interno de las operaciones de crédito, mediante su registro correcto y oportuno en los sistemas transaccionales, en las conciliaciones contables y operaciones internas.

2. Supervisión y Seguimiento al Acreditado

La función de supervisión y seguimiento al acreditado tiene

como objetivo asegurar un adecuado seguimiento a las operaciones realizadas con acreditados, a través de verificación documental y/o visitas de campo que permitan supervisar la correcta aplicación de los recursos y la viabilidad de los proyectos de inversión.

Para la recuperación de los financiamientos otorgados es indispensable el seguimiento de los acreditados. Esta fase se inicia desde la formalización del crédito hasta la total recuperación del mismo.

Adicionalmente, a través de la función de seguimiento, se

realiza la calificación de la cartera crediticia a efecto de

crear las estimaciones preventivas para riesgos

crediticios necesarias conforme a la metodología

correspondiente. 3. Supervisión y

Seguimiento al PDC

La función de supervisión y seguimiento al PDC tiene como

objetivo general el coadyuvar al cumplimiento de la normatividad con un enfoque de control de calidad que le permita tener un mejor y más eficiente proceso de crédito. Para garantizar un PDC homogéneo y detectar puntos de ruptura, se supervisan las etapas del proceso de crédito.

3.4 ETAPA III INSTRUMENTACIÓN Y DISPERSIÓN 3.5 ETAPA IV SEGUIMIENTO Y RECUPERACIÓN

(16)

3 - 6 4. Recuperación

preventiva y administrativa

Recuperación Preventiva

Se define como función preventiva de recuperación a aquellas actividades realizadas previamente al vencimiento de los créditos que permitan dar certidumbre a su recuperación al momento de la fecha de pago.

Antes del vencimiento de los financiamientos (etapa preventiva) se realizan acciones de recordatorio a los acreditados, a fin de prever incumplimientos.

Recuperación Administrativa

Se define como cobranza de cartera administrativa a aquellas acciones de cobro que se realizan con acreditados para la recuperación de los créditos vigentes con incumplimiento de pago, antes de su traspaso a cobranza extrajudicial. Esta etapa es crítica para evitar un mayor deterioro de la cartera vencida, ya que la posibilidad de recuperación es mayor que en las siguientes etapas, por lo que las acciones y estrategias de ejecución requerirán de una intensa labor de recuperación. 5. Recuperación

extrajudicial Se define como cobranza extrajudicial a aquellascobro que se realizan a los acreditados con créditos acciones de vigentes con incumplimiento de pago que no fueron

recuperados durante las gestiones de cobranza

administrativa.

Cuando un crédito no sea pagado oportunamente y exceda el término establecido en la etapa administrativa, se deberá dar continuidad a las acciones pertinentes para la recuperación con el acreditado, las cuales podrán realizarse con el apoyo de despachos externos.

6. Recuperación

Judicial La recuperación judicial se refiere a todos y cada uno los actos que se deberán realizar, ante autoridades jurisdiccionales, tendientes a la recuperación de créditos vencidos o cuando hubiese existido algún incumplimiento por parte del acreditado que ponga en riesgo la recuperación del crédito.

Si transcurrido el plazo establecido para la etapa de recuperación extrajudicial no se obtuvieran resultados positivos en la gestión de cobranza, o antes si se detecta o presume la insolvencia del acreditado o de cualquier situación que imposibilite su recuperación, el asunto se turnará para su recuperación judicial.

En cualquier momento se podrá gestionar el cobro de los créditos por la vía judicial cuando el acreditado hubiera incurrido en alguna de las causales de rescisión o vencimiento

anticipado señaladas en el contrato de crédito

correspondiente. 7. Otras Acciones

de Cobranza y Recuperación

Supervisión de Cobranza y Recuperación

La supervisión de cobranza de la cartera contempla las actividades que deben realizarse para llevar a cabo un control de la recuperación de cartera.

(17)

3 - 7

3.6 EXPEDIENTES DE CRÉDITO

1. Concepto de la

función Mediante la función de “Integración, Custodia y Mantenimiento de Expedientes de Crédito”, la institución tiene como objetivo reducir riesgos operativos al asegurar la integración de un expediente de crédito único por cliente que contenga la documentación y demás elementos que sustenten las operaciones de crédito celebradas con el acreditado y su adecuado manejo por parte del personal de la institución involucrado en el PDC.

2. Integración y mantenimiento de los expedientes

Consiste en la elaboración de un archivo que contenga toda la información y documentación que corresponda a cada tipo de operación crediticia que permita: contar con los datos necesarios para estudiar y resolver las solicitudes de crédito, realizar una evaluación del riesgo crediticio, dar seguimiento al crédito, emprender acciones de cobranza y recuperación, y asegurar un proceso de crédito prudente.

Como parte del mantenimiento, se debe considerar la actualización sistemática del expediente de crédito con la documentación generada en cada etapa del PDC.

3.7 PROCEDIMIENTOS DE CRÉDITO

1. Procedimientos requeridos para la ejecución del PDC

La ejecución integral de las etapas del PDC descrito se sustenta en la implantación de los procedimientos de crédito que muestran en detalle los flujos de información requeridos para un adecuado funcionamiento del mismo.

Los procedimientos de crédito son documentos que complementan lo establecido en este Manual y en los cuales se describen las actividades que realizan las áreas responsables de la ejecución del PDC.

2. Desarrollo de negocios

En este procedimiento se establecen los flujos de información requeridos para el desarrollo de la actividad de promoción. 3. Diseño, elaboración

y autorización de programas y productos de crédito

El mecanismo para el diseño, elaboración, modificación, autorización, desarrollo, implantación y difusión de programas y productos de crédito se encuentra en este mismo procedimiento.

3.6 EXPEDIENTES DE CRÉDITO 3.7 PROCEDIMIENTOS DE CRÉDITO

Etapa I. Desarrollo de Negocios 001.- Desarrollo de Negocios Etapa I. Desarrollo de Negocios 001.- Desarrollo de Negocios

(18)

3 - 8 4. Análisis y decisión

En estos procedimientos se establecen las actividades para consultar los antecedentes crediticios del cliente y se establecen los flujos de información requeridos para la evaluación de acreditados y/o contrapartes y sus operaciones con la Financiera, así como los de la autorización de créditos y operaciones, coordinación, control y registro de la toma de decisiones y resultados obtenidos (actas y términos y condiciones).

5. Instrumentación y dispersión

En estos procedimientos se establecen los flujos de información requeridos para la formalización de las operaciones, así como las actividades de revisión, control del desembolso de recursos en las operaciones de otorgamiento de crédito y su correspondiente registro contable.

De igual forma se plantea el control de la guarda y custodia de los documentos valor que amparan las operaciones realizadas, guardando congruencia contra los documentos operados en la Mesa de Control y con los saldos registrados en los arqueos periódicos que se realicen.

Etapa III. Instrumentación y Dispersión

005.- Mesa de Control de Crédito 006.- Guarda, custodia y devolución de documentos valor

004.- Contratación y registro de operaciones de crédito

Etapa III. Instrumentación y Dispersión Etapa III. Instrumentación y Dispersión

005.- Mesa de Control de Crédito 005.- Mesa de Control

006.- Guarda, custodia y devolución de documentos valor

004.- Contratación y registro de operaciones de crédito

Etapa III. Instrumentación y Dispersión Etapa III. Instrumentación y Dispersión

005.- Mesa de Control de Crédito 005.- Mesa de Control de Crédito 006.- Guarda, custodia y devolución de documentos valor

004.- Contratación y registro de operaciones de crédito

Etapa III. Instrumentación y Dispersión Etapa III. Instrumentación y Dispersión

005.- Mesa de Control de Crédito 005.- Mesa de Control

006.- Guarda, custodia y devolución de documentos valor

004.- Contratación y registro de operaciones de crédito

3.7 PROCEDIMIENTOS DE CRÉDITO

Etapa II. Análisis y Decisión

002.- Evaluación de acreditados 003.- Decisión de Crédito

014.- Administración de la Consulta y Registro del Historial Crediticio Etapa II. Análisis y Decisión

Etapa II. Análisis y Decisión

002.- Evaluación de acreditados 002.- Evaluación de acreditados 003.- Decisión de Crédito

003.- Decisión de Crédito

014.- Administración de la Consulta y Registro del Historial Crediticio

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3 - 9 6. Seguimiento y

recuperación Etapa IV. Seguimiento y recuperación

008.- Supervisión y seguimiento al acreditado

009.- Supervisión y seguimiento al Proceso de Crédito 007.- Administración y control de la cartera

010.- Calificación de la Cartera

011.- Gestión de cobranza y recuperación 012.- Supervisión de cobranza y recuperación Etapa IV. Seguimiento y recuperación

Etapa IV. Seguimiento y recuperación

008.- Supervisión y seguimiento al acreditado 008.- Supervisión y seguimiento al acreditado

009.- Supervisión y seguimiento al Proceso de Crédito 007.- Administración y control de la cartera

010.- Calificación de la Cartera 010.- Calificación de la Cartera

011.- Gestión de cobranza y recuperación 012.- Supervisión de cobranza y recuperación

En estos procedimientos se establecen las bases para el control y mantenimiento de los saldos registrados en los sistemas de cartera, responsabilizando a una sola área para proveer a la organización y a entidades externas de la información de saldos registrados.

Se establecen las actividades para la realización de la calificación de la cartera de crédito con base en las metodologías aprobadas para los diferentes segmentos de acreditados.

Por otra parte, se establece la realización de un seguimiento a la ejecución del PDC que propicie altos niveles de calidad de la actividad crediticia. Se determinan los elementos para el control y administración de la actividad de cobranza, considerando los siguientes aspectos:

Las estrategias de gestión de recuperación para cada situación de la cartera.

La asignación de los segmentos de cartera a las diferentes áreas responsables de la cobranza.

El registro de las gestiones realizadas por los responsables de la recuperación (bitácoras).

La medición y supervisión de la eficiencia de la gestión de cobranza y recuperación.

7. Expedientes de crédito

Como complemento del PDC, el procedimiento de integración, mantenimiento y custodia de los expedientes de crédito, generados a lo largo de la ejecución de las diferentes etapas del PDC, permite mantener el control sobre sus contenidos y ubicación física, así como alinearlos a los requerimientos de la autoridad.

3.7 PROCEDIMIENTOS DE CRÉDITO

Expedientes de crédito

013.- Integración, mantenimiento y custodia de expedientes Expedientes de crédito

(20)

4 - 1

4.1 ENTIDADES RECTORAS

Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP). Banco de México (BM).

Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV).

4.2 REGULACIÓN EXTERNA

Ley del Banco de México. Código de Comercio.

Ley de Ahorro y Crédito Popular. Código Civil Federal.

Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad

Hacendaria.

Ley Federal de las Entidades Paraestatales y su Reglamento.

Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

Ley General de Sociedades Mercantiles.

Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito.

Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos. Circular 3/2012 del Banco de México.

Disposiciones de Carácter General y específicas para la Financiera que emita la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

Ley de Instituciones de Crédito.

Ley para Regular las Agrupaciones Financieras.

Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia. Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.

Ley de Fondos de Inversión. Ley del Mercado de Valores. Ley de Uniones de Crédito

Ley de Desarrollo Rural Sustentable. Ley Agraria.

Ley de Aguas Nacionales.

Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.

La legislación mencionada se encuentra descrita con carácter enunciativo más no limitativo.

Calificación de la

cartera crediticia Con respecto a la calificación de cartera, la Financiera se somete a lo establecido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en las “Reglas para la Calificación de Cartera Crediticia a que se refiere el artículo 14 de la Ley Orgánica de la Financiera” publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 16 de julio de 2003.

4.1 ENTIDADES RECTORAS 4.2 REGULACIÓN EXTERNA

(21)

4 - 2

4.3 NORMATIVIDAD INTERNA

Ley Orgánica de la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero;

Estatuto Orgánico de la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero;

Lineamientos para el Otorgamiento de Crédito;

Lineamientos para el Otorgamiento de Crédito a Intermediarios Financieros Rurales;

Estrategia y Criterios Generales sobre Tasas de Interés, Plazos y Características de las Operaciones;

Lineamientos para la Recuperación y Liquidación, Reestructuración, Quitas y Quebrantos;

En general, las disposiciones normativas, circulares normativas, interpretaciones normativas, etc. que aprueben las instancias facultadas, en materia de normatividad de crédito.

La normatividad interna mencionada se encuentra descrita con carácter enunciativo más no limitativo.

1. Salvaguardas Ambientales y Sociales

Se aplicarán salvaguardas ambientales y sociales en las operaciones de la Financiera, de acuerdo con lo establecido en la Política Socio - Ambiental de la Institución.

4.4 DISPOSICIONES GENERALES

1. Implantación del Manual de Normas y Políticas de Crédito

Las Direcciones Generales Adjuntas que participan en la ejecución y operación de las funciones definidas en el PDC serán responsables de la implantación de las actividades

requeridas y normadas en este Manual. La Dirección

General, a través de la Dirección General Adjunta de Crédito, es responsable de la coordinación de aquellas actividades que aseguren la difusión, conocimiento y operatividad del Manual de Normas y Políticas de Crédito. 2. Cambios o

modificaciones a este Manual y a sus

procedimientos

En caso de que algún área de la Financiera considere necesario proponer cambios o adecuaciones al presente Manual o a sus procedimientos de crédito, deberá enviar su propuesta a la Dirección General Adjunta de Crédito, a través de la Dirección Ejecutiva de Análisis y Normatividad de Crédito y/o de la Subdirección Corporativa de Normatividad de Crédito, para su análisis y, en su caso, posterior presentación al Comité de Operación en la sesión correspondiente.

3. Autorización de herramientas de análisis

Tratándose de las herramientas para el análisis de crédito asociadas a los procedimientos de crédito, el Comité de Créditos Menores será la instancia facultada para autorizar su diseño e implantación.

4. Autorización de excepciones y asuntos no previstos

El Comité de Operación es la instancia facultada para autorizar excepciones a algún precepto normativo específico o

conocer de situaciones no previstas respecto de este Manual,.

Se deberá contar con la opinión favorable del Subcomité de Crédito y del Comité de Créditos Menores, solamente en

4.3 NORMATIVIDAD INTERNA 4.4 DISPOSICIONES GENERALES

(22)

4 - 3 aquellos casos en los que la excepción o la situación no prevista modifique el proyecto de inversión o perfil de riesgo del cliente.

Cuando proceda, la autorización de la excepción o situación no prevista deberá ser informada por la Secretaría del Comité de Operación al Comité de Crédito o al Comité de Créditos Menores, según corresponda, y al Subcomité de Crédito para proceder a llevar a cabo las acciones que permitan desahogar el asunto por el cual se hubiera pedido la excepción.

5. Facultad de

interpretación La Dirección General Adjunta de Crédito, de manera conjunta con cualquiera de las demás Direcciones Generales Adjuntas, en el ámbito de su competencia, son las áreas facultadas para interpretar las normas y políticas que establece este Manual y, a través de la Subdirección Corporativa de Normatividad de Crédito, se deberá integrar una recopilación de las mismas. En ausencia del titular de cualquiera de las direcciones generales adjuntas, la facultad de interpretación recaerá en el titular del área de adscripción del nivel jerárquico inmediato inferior siguiente que tenga dentro de sus atribuciones esta función o que conozca del asunto.

6. Difusión de este

Manual La Dirección General Adjunta de Crédito será responsable de dar a conocer las modificaciones, adiciones e interpretaciones a este Manual a través de la Subdirección Corporativa de Normatividad de Crédito mediante la emisión de circulares y la inclusión de éstas en el medio oficial de información institucional denominado “Normateca Institucional”.

(23)

5 - 1

CRÉDITO

5.1 ALCANCES Y OBJETIVOS 1. Aplicación de las normas a toda la actividad crediticia

Estas normas y políticas son aplicables a toda la actividad crediticia de la Financiera, en operaciones de primer y

segundo piso, y su observancia y aplicación son

obligatorias para todo el personal que participa en el PDC. 2. Operaciones

permitidas, conforme al objeto de la Financiera

Para el cumplimiento de su objeto, la Financiera puede

realizar las operaciones en materia de crédito descritas en el presente manual y las señaladas en los artículos 2°, 7°, 9° y 10 de su Ley Orgánica.

3. Operaciones no

permitidas Excepto para lo dispuesto en el Crédito Refaccionario, otorgarán préstamos o créditos destinados al pago de no se pasivos a favor de instituciones de crédito de ninguna índole o a otros acreedores del solicitante.

En el caso de personas morales, no se podrán celebrar

operaciones de financiamiento con aquellas sociedades que se encuentren en el supuesto de disolución, incluso por la pérdida de las dos terceras partes de su capital social (“quiebra técnica”), a que se refiere la Ley General de

Sociedades Mercantiles, o aquellas personas físicas o

morales que se encuentren sujetas a concurso mercantil, con independencia de lo que establezcan otras leyes.

4. Responsabilidad de las Coordinaciones Regionales en el PDC

Las Coordinaciones Regionales tienen la responsabilidad de participar directa o indirectamente en todo el PDC, desde el contacto inicial con los prospectos y clientes, la colocación del crédito, del seguimiento y hasta su total recuperación.

Las Coordinaciones Regionales son responsables de que su personal conozca la normatividad, la estrategia, los productos y los programas que ofrece la Financiera.

5. Utilización de herramientas y de Sistemas

Informático en la ejecución del PDC

Durante la ejecución del PDC, desde la originación hasta la

recuperación del crédito, el personal que participa en el

mismo deberá utilizar, en el ámbito de su competencia, las

herramientas y los Sistemas Informáticos con los que cuenta la Institución, realizando en ellos la carga, validación y/o actualización de la información que corresponda.

6. Normatividad adicional a cumplir en fondeo y/o en servicio de garantía

En la eventualidad de que la Financiera cuente con líneas de crédito y/o de servicio de garantía de alguna fuente de fondeo para descontar y/o garantizar el crédito que otorgue a sus clientes, a dichas operaciones les será aplicable, de manera adicional a lo que se establece en el presente Manual, las condiciones, requisitos, normas o políticas que establezca la fuente de fondeo y/o quien garantice el financiamiento, desde la originación hasta la recuperación del financiamiento.

Para ello, la Dirección Ejecutiva de Operación emitirá la

(24)

5 - 2 mecánica operativa correspondiente a efecto de establecer el procedimiento a seguir para su operación en los sistemas y procesos de la Financiera; la mecánica operativa que se emita previamente será comentada, revisada, analizada y con la conformidad de las áreas involucradas antes de proceder a su publicación en la Normateca Institucional.

7. Normas conforme al

PDC De acuerdo con el PDC y, en particular de sus diferentes etapas, a continuación se plantean las normas y políticas aplicables para cada una de ellas.

In te g ra c n , C u s to d ia y M a n te n im ie n to d e E x p e d ie n te s d e C r é d it o Guarda Valores Mesa de Control de Crédito Solicitud de Recursos Formalización con el Cliente Formalización de la Decisión Recuperación Judicial Recuperación Extrajudicial Recuperación Preventiva y Administrativa Seguimiento al Acreditado y PDC Cartera Decisión Revisión del Análisis Desarrollo del Análisis Procesamiento de la Información Recopilación de la Información Propuesta y Negociación Preliminar Preanálisis Promoción Dirigida Mercado Objetivo Cliente

Etapa I. Desarrollo de Negocios

Etapa II. Análisis y Decisión

Etapa III. Instrumentación y Dispersión

Etapa IV. Seguimiento y Recuperación

In te g ra c n , C u s to d ia y M a n te n im ie n to d e E x p e d ie n te s d e C r é d it o Guarda Valores Mesa de Control Solicitud de Recursos Formalización con el Cliente Formalización de la Decisión Recuperación Judicial Recuperación Extrajudicial Recuperación Preventiva y Administrativa Seguimiento al Acreditado y PDC Cartera Decisión Revisión del Análisis Desarrollo del Análisis Procesamiento de la Información Recopilación de la Información Propuesta y Negociación Preliminar Preanálisis Promoción Dirigida Mercado Objetivo Cliente

Etapa I. Desarrollo de Negocios

Etapa II. Análisis y Decisión

Etapa III. Instrumentación y Dispersión

Etapa IV. Seguimiento y Recuperación

In te g ra c n , C u s to d ia y M a n te n im ie n to d e E x p e d ie n te s d e C r é d it o Guarda Valores Mesa de Control de Crédito Solicitud de Recursos Formalización con el Cliente Formalización de la Decisión Recuperación Judicial Recuperación Extrajudicial Recuperación Preventiva y Administrativa Seguimiento al Acreditado y PDC Cartera Decisión Revisión del Análisis Desarrollo del Análisis Procesamiento de la Información Recopilación de la Información Propuesta y Negociación Preliminar Preanálisis Promoción Dirigida Mercado Objetivo Cliente

Etapa I. Desarrollo de Negocios

Etapa II. Análisis y Decisión

Etapa III. Instrumentación y Dispersión

Etapa IV. Seguimiento y Recuperación

In te g ra c n , C u s to d ia y M a n te n im ie n to d e E x p e d ie n te s d e C r é d it o Guarda Valores Mesa de Control Solicitud de Recursos Formalización con el Cliente Formalización de la Decisión Recuperación Judicial Recuperación Extrajudicial Recuperación Preventiva y Administrativa Seguimiento al Acreditado y PDC Cartera Decisión Revisión del Análisis Desarrollo del Análisis Procesamiento de la Información Recopilación de la Información Propuesta y Negociación Preliminar Preanálisis Promoción Dirigida Mercado Objetivo Cliente

Etapa I. Desarrollo de Negocios

Etapa II. Análisis y Decisión

Etapa III. Instrumentación y Dispersión

Etapa IV. Seguimiento y Recuperación

(25)

5 - 3

5.2 DESARROLLO DE NEGOCIOS

5.2.1 Perfil del Cliente y Mercado Objetivo

1. Segmentos de

atención Conforme las características del mercado objetivo, se podrán establecer segmentos de atención masiva o en forma individual, de acuerdo con las características y necesidades de financiamiento de los acreditados o solicitantes de crédito, como se presentan en el Cuadro 5-1 Segmentos de Atención del Mercado Objetivo.

El cuadro señala también la forma en que serán analizadas y resueltas las solicitudes.

2. Identificación de

segmentos Las áreas de negocio identifican los segmentos objetivo con referencia en los siguientes criterios: 1) Tipos de Proyecto.

2) Operaciones de Crédito. 3) Tipos de Cliente.

3. Tipos de proyecto a

financiar Se podrán financiar proyectos vinculados con el Mercado Objetivo, que se desarrollen en cualquiera de las siguientes actividades económicas en forma individual o complementaria:

Producción. Industrialización. Comercialización. Servicios.

4. Tipos de préstamos

o créditos Las operaciones de créditos que otorgue la Financiera, se documentarán como: Crédito de habilitación o avío.

Crédito refaccionario. Crédito prendario. Crédito simple.

Crédito en cuenta corriente. Préstamo Quirografario. 5. Desarrollo de

nuevos Programas y Productos

Al amparo de los tipos de crédito anteriores u otros considerados por las distintas leyes en la materia, la Dirección General Adjunta de Promoción de Negocios y Coordinación Regional podrá desarrollar productos o programas acordes a las necesidades de los clientes o prospectos, en los cuales se establecerán sus requisitos y condiciones específicas, mismos que deben ser documentados y autorizados conforme a las normas y políticas aplicables en este Manual y lo establecido por las instancias facultadas.

En el desarrollo de los programas y productos se podrán establecer condiciones específicas como excepción a lo establecido en este Manual.

6. Tipo de Cliente Con el propósito de ofrecer los productos y programas de crédito de la Financiera, los tipos de cliente serán conformados, por:

5.2 DESARROLLO DE NEGOCIOS 5.2.1 Perfil del Cliente y Mercado Objetivo

Referencias

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