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A LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCIA

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A LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN DE LA JUNTA DE

ANDALUCIA

Asunto: Proceso selectivo. Calificación parte A, B1, B2

D./Dª ______________________________________, con DNI ___________________, participante en el proceso de selección para el ingreso en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza ________________________, en la especialidad de __________________________, adscrita al Tribunal nº________con sede en ___________________, y domicilio a efectos de notificaciones en _________________________________nº

___________C.P___________ Málaga, con telf. ___________________________, comparece y como mejor proceda

DICE

Que a través del presente escrito interpone RECURSO DE REPOSICIÓN contra la Orden de fecha __________ de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, (BOJA nº ___________), por la que se publica la lista definitiva de personal seleccionado, y ello en base a las siguientes

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ALEGACIONES

PRIMERA.- Que con fecha de 14 de julio de 2008 se ha publicado la calificación final de las pruebas (parte A, B1, B2), con la que se muestra disconformidad al no estar conforme con la puntuación obtenida de _________, por lo que interesa le sea exhibido el examen escrito y las calificaciones de los ejercicios B1 y B2, solicitando expresamente se proceda a la REVISIÓN de esta fase del concurso-oposición.

SEGUNDA.- Que el tema seleccionado fue

“_________________________________”, el cual se desarrolló dentro del tiempo establecido, con exposición de guión, bibliografía, estructuración adecuada, y contenido suficiente por lo que se estima no adecuada la puntuación asignada por el Tribunal, dicho en términos de respeto, debiendo en todo caso corresponder una puntuación mayor de _________, con la que se tendría opción a ser seleccionado/a en el presente proceso, por delante de opositor/ha seleccionado D/Dña _____________________________, concretamente en el puesto nº ___________.

TERCERA.- Que se interesa que dicha revisión se efectúe lo antes posible a fin de no verse perjudicado/a, y de evitar la vulneración de los Principios de Igualdad, Méritos y Capacidad que deben regir todo proceso selectivo en el que haya concurrencia de aspirantes.

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CUARTA.- Que el/la recurrente entiende que el no facilitarle el acceso al examen, provocaría una absoluta INDEFENSIÓN, al desconocer el motivo y los criterios en virtud de los cuales se le ha otorgado una valoración y no otra superior, vulnerando el derecho fundamental de tutela efectiva reconocido en el artículo 24 de la Constitución Española.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I.-Ley 30/92:

Art. 35 de la Ley 30/92 establece que: “Los ciudadanos, en sus relaciones con las Administraciones Públicas, tienen derecho los siguientes derechos: A) A conocer, en cualquier momento el estado de la tramitación de los procedimientos en los que tengan la condición de interesados, y obtener copias de documentos contenidos en ellos…”

Que en este sentido el art. 37 del mismo cuerpo legal, que regula el derecho de acceso a Archivos y Registros, establece que: “Los ciudadanos tienen derecho a acceder a los registros y a los documentos que, formando parte de un expediente, obren en los archivos administrativos, cualquiera que sea la forma de expresión, gráfica, sonora o en imagen o el tipo de soporte material en que figuren, siempre que tales expedientes correspondan a procedimientos.”

SECCIÓN III. RECURSO POTESTATIVO DE REPOSICIÓN. Artículo 116. Objeto y naturaleza.

1. Los actos administrativos que pongan fin a la vía administrativa podrán ser recurridos potestativamente en reposición ante el mismo órgano que los hubiera dictado o ser impugnados directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

2. No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

Artículo 117. Plazos.

1. El plazo para la interposición del recurso de reposición será de un mes, si el acto fuera expreso. Si no lo fuera, el plazo será de tres meses y se contará, para el solicitante y otros posibles interesados, a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto. Transcurridos dichos plazos, únicamente podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, sin perjuicio, en su caso, de la procedencia del recurso extraordinario de revisión.

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2. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso será de un mes.

3. Contra la resolución de un recurso de reposición no podrá interponerse de nuevo dicho recurso.

II.- Constitución Española, Convocatoria de Oposiciones (BOJA núm. 55 de 19/3/2008) y demás normativa concordante citada en la exposición factual de este escrito.

Por lo expuesto,

SOLICITA, que teniendo por presentado este escrito se tenga por interpuesto recurso de reposición contra la Orden fecha __________ de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, (BOJA nº ___________), por la que se publica la lista definitiva de personal seleccionado, en la especialidad de __________________ perteneciente al Cuerpo de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y acceso a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores de Artes Plásticas y Diseño, y dicte resolución en virtud de la cual se deje sin efecto la misma, y se acuerde la revisión en su presencia de la parte A de la fase de oposición, así como de la parte B.1 y B.2, a fin de tener opción a ser seleccionada en el citado procedimiento de concurso-oposición de 2008. En _______________ a día _____________ 2008.

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