Armonización de normativa contable
Experiencia de Costa Rica
Razones del porqué de la armonización contable
1. Proceso de globalización-grandes compañías cotizan en diferentes mercados.
2. Facilita la tarea de los inversionistas y analistas finan-cieros.
3. Reduce el costo de la empresas que buscan finan-ciamiento en otros mercados.
4. Simplificación de la elaboración de los estados finan-cieros a empresas trasnacionales.
Objetivos que debe perseguir la armonización de Normas Contables
•Desarrollar normas de contabilidad entendible, de alta calidad que sean aplicables globalmente.
•Normas transparentes y comparables.
•Elaboración de información contable de alta calidad. •Promover el uso rigoroso de esas normas.
Entidades que han contribuido a la estandarización de normas contables
•IASC (Comité de Normas Internacionales de Contabilidad) •IFAC (Federación Internacional de Contabilidad)
•IOSCO (Organización Internacional de Comisiones de Valores)
•FASB (Junta de Norma de Contabilidad Internacional) •IIMV (Instituto Iberoamericano de Mercado de Valores)
ORGANISMO EMISORES DE NORMAS CONTABLES
Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica (creado por ley No1038 del 19 de agosto de 1947)
“Encargado de promover el progreso de la Ciencia contable y sus afines, y cuidar el adelanto en todos los aspectos”.
“Prevalece la normativa emitida por los organismo supervisores.” (art. 7 de la sesión ordinaria 18-99 del 21 de setiembre del 1999).
Normativa del Colegio de Contadores Públicos
Normativa del Colegio de Contadores Públicos
Sesión 27-2001 del 21 de agosto del 2001 adopción de las normas internacionales de contabilidad, marco conceptual e interpretaciones:
Totalidad de las NIC a partir del 01 de octubre del 2001 y se recomienda en forma anticipada.
Sesión ordinaria 18-99 del 21 de setiembre de 1999 adopción parcial. No se adoptó NIC12, 15,29 y en estudio NIC 30, 40 y 41. Entra en vigencia
01 de octubre del 200 cierre setiembre 01 de enero del 2001 cierre diciembre
ORGANISMO EMISORES DE NORMAS CONTABLES
Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (creado por la ley 7732 Ley Reguladora del Mercado de Valores del 27 de marzo del 2003” “Literal ñ le encomienda aprobar la normativa contable aplicable a los sujetos fiscalizados emitida por los superintendentes”.
9Superintendencia General de Valores
9Superintendencia General de Entidades Financieras 9Superintendencia de Pensiones
Normativa Contable del Consejo Nacional de Supervisión del
Normativa Contable del Consejo Nacional de Supervisión del
Sistema Financiero
Sistema Financiero
Comité de Normas Contables de las tres superintendencias:
9Armonizar la normativa contable para las tres superintendencias.
9Coordinar con el Colegio de Contadores Públicos la implementación de normativa contable.
9Lograr estandares de presentación de información financieras para los sujetos fiscalizados de las tres superintendencias.
9Estudio y coordinación de la implementación ordenada de las Normas Internacionales de Contabilidad.
Normativa Contable del Consejo Nacional de Supervisión del
Normativa Contable del Consejo Nacional de Supervisión del
Sistema Financiero
Sistema Financiero
Comité de Normas Contables de las Tres Superintendencias:
9Estudio de las Normas Internacionales de Contabilidad e Impacto sobre las entidades fiscalizadas.
9Discusión del proceso e implementación de las Normas Internacionales de Contabilidad con las diferentes camaras y asociaciones representantes de los sujetos fiscalizados.
9Coordinar el trabajo de armonización de normas contables impulsado por el Instituto Iberoamericano.
Normativa del Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero
Emisores No Financieros : 01 de marzo del 2001 (Acuerdo 220 y 221 de abril del 2001).
Carteras Mancomunadas : 07 de agosto del 2002 (Acuerdo 279 de febrero del 2002 y Acuerdo SGV-66 Entrada vigen-cia de la valoración a precios de mercado.
Sujetos fiscalizados : 01 de enero del 2003 (Acuerdo 338 y 340 4 del 12 noviembre del 2002
Estados auditados con Normas Internacionales de Contabilidad con corte al 31 de diciembre del 2003
Normativa Emitida por el Consejo Nacional de Supervi
Normativa Emitida por el Consejo Nacional de Supervi- -sión del Sistema Financiero
sión del Sistema Financiero--Criterios DefinidosCriterios Definidos
Emisores No financieros:
NIC 7-Flujos de efectivo método directo
NIC 34 Información Financiera Intermedia Notas explicativas seleccionadas.
NIC 14 Información por segmentos -Enfoque conservador. Protección del negocio
Normativa Emitida por el Consejo Nacional de Supervi
Normativa Emitida por el Consejo Nacional de Supervi- -sión del Sistema Financiero
sión del Sistema Financiero--Criterios ModificadosCriterios Modificados Sujetos Fiscalizados:
Sujetos Fiscalizados:
•NIC 7 Flujo de Efectivo: Método Indirecto
•NIC 8 Errores fundamentales y otros cambios en las políticas contables:
Errores fundamentales de períodos anteriores ajuste saldo iniciales, Cambios contables aplicables restrospectivamente a menos que sea imposible determinados razonablemente.
•NIC 10 Hechos relevantes posteriores a la fecha del balance 9Dividendos deben ser revelados en las notas de estados financieros
•NIC14 Información financiera por segmentos
9Primario segmento de negocio y 2 segmento geográfico 9Enfoque conservador.
Normativa Emitida por el Consejo Nacional de Supervi
Normativa Emitida por el Consejo Nacional de Supervi- -sión del Sistema Financiero
sión del Sistema Financiero--Criterios ModificadosCriterios Modificados
Sujetos Fiscalizados:
Sujetos Fiscalizados:
•NIC 16 Propiedad planta y equipo y NIC 36 Deterioro de activos
9Valor revaluado menos depreciación y menos el deterioro del activo anualmente por índice de precios y cada cinco años por perito
•NIC22 Combinaciones de negocios
9Activos y pasivos deben medirse al valor razonable en la fecha de adquisición. El interés minoritario debe ser reconocido. •NIC23 Costo de los intereses
9Reconocer en el período en que se incurre.
Sujetos Fiscalizados:
Sujetos Fiscalizados:
NIC 34 Información financiera intermedia: Notas explicativas seleccionadas.
NIC 40 Inversión en propiedades: Las ganancias o pérdidas no realizadas de los Fondos Inmobiliarios que surjan de un cambio en el valor justo de los inmueblescontra patrimonio.
Normativa Emitida por el Consejo Nacional de Supervi
Normativa Emitida por el Consejo Nacional de Supervi- -sión del Sistema Financiero
Normativa Emitida por el Consejo Nacional de Supervi
Normativa Emitida por el Consejo Nacional de Supervi- -sión del Sistema Financiero
sión del Sistema Financiero--Carteras MancomunadasCarteras Mancomunadas
Instrumentos sujetos a valoración:
•Valores de deuda cuyo plazo de venciento sea superior 180 días. •Valores Accionarios
•Valores de deuda a menos de 180 días opcional. Se valoran al costo
•Valores que se han valorado a mercado y su remanente es a 180 días deberá distribuir en línea recta la pérdida o el beneficio
Normativa Emitida por el Consejo Nacional de Supervi
Normativa Emitida por el Consejo Nacional de Supervi- -sión del Sistema Financiero
sión del Sistema Financiero--Carteras MancomunadasCarteras Mancomunadas
NIC 39 Criterios aplicados
NIC 39 Criterios aplicados
Títulos catalogados como disponibles para la venta
Títulos catalogados como disponibles para la venta
Valor razonable
Valor razonable: Vector de precio provisto por la BNV cuya base primaria : Vector de precio provisto por la BNV cuya base primaria
de determinación de los precios son los precios en mercado secun
de determinación de los precios son los precios en mercado secundario y dario y segundo los precios calculados según el principio del Valor Pres
segundo los precios calculados según el principio del Valor Presente Neto.ente Neto. Tratamiento de la ganancia o pérdida
Tratamiento de la ganancia o pérdida: A patrimonio en la fecha de : A patrimonio en la fecha de reconocimiento y a resultados en el momento de su realización a
reconocimiento y a resultados en el momento de su realización a resultadosresultados Reconocimiento del impuesto:
Reconocimiento del impuesto: Fondos Financieros en el momento de la Fondos Financieros en el momento de la realización del título, y fondos no financieros se impulsa el re
realización del título, y fondos no financieros se impulsa el reconocimiento conocimiento del impuesto diferido por la plusvalía generada según el NIC 40.
SUPERINTENDENCIA GENERAL DE VALORES MERCADO PRIMARIO: DETALLE DE EMISORES Al 30 de Junio del 2003
(millones de colones y dólares) SECTOR
Monto ¢ quivalente en Monto ¢ Equivalente en Emisores No Financieros
Industria Manufacturera 6 22.490,2 56,5 41.343,6 103,9 Comercio 3 2.761,9 6,9 - -Servicios e Inmobiliario 12 52.018,6 130,7 7.337,1 18,4 Explotación de Minas 1 2.808,6 7,1 8.604,1 21,6 Servicios Financieros y Bursátiles 7 - - 134.994,6 339,3
Emisores Financieros Bancos Estatales 3 661.199,5 1.661,7 - -Bancos Privados 15 373.548,7 938,8 22.845,1 57,4 Financieras 11 31.064,7 78,1 484,7 1,2 Mutuales 3 93.527,2 235,0 - -TOTAL 61 1.239.419,4 3.114,8 215.609,1 541,9 Producto Interno Bruto Dólares 15.225,0 15.225,0 Relación con respecto al PIB 20,5% 3,6%
T.C. Compra al 30/06/03 397,91
PIB al 31 Dic-2002 / Colones 6.058.181 PIB al 31 Dic-2002 / Dólares 15.225
Deuda Acciones TOTAL
Número
Mercado secundario: Porcentajes de negociación por
mecanismo
(en millones de dólares)
Mecanismo Setiembre 03 Recompras 74,08% Compraventa de deuda 25,02% Operaciones a plazo 0,62% Compraventa de acciones 0,16% Préstamo de valores 0,12% Total 100,00% Volumen total 18.072,3
Inversión colectiva: Saldo de activos por tipo de modalidad
Inversión colectiva: Saldo de activos por tipo de modalidad
(en millones de dólares)
(en millones de dólares)
Categoría
Fondos de inversión 2.860 71,1% Carteras Puestos de Bolsa 7 0,2% Fondos de pensión 1.147 28,5% Fideicomisos 10 0,3%
Total inversión colectiva 4.024 100,0%
Indicadores
Inversión Colectiva / PIB (1) 27,1% Fondos de inversión / Liquidez M3 47,0% Fondos corto plazo / Liquidez M3 9,3% Fondos de inversión / Pasivos Bancos comerciales 39,3%
Setiembre 03
(1): PIB para el período 2002.
Entidades supervisadas
Entidades supervisadas
Saldo al 30 de setiembre de 2003
Saldo al 30 de setiembre de 2003
(en millones de dólares)
Tipo de cambio: ¢407.77/US$
Cuenta Puestos de Bolsa
Sociedades administradoras de fondos de inversión Operadoras de penciones complementarias Entidades Sistema Financiero Nacional Total de activos 223,6 40,9 36,6 9.399,7 Total de pasivos 144,5 17,8 4,1 8.044,4 Total de patrimonio 79,1 23,2 32,6 1.355,3
Asuntos Pendientes:
Asuntos Pendientes:
Diferencia con respecto a las NIC
Diferencia con respecto a las NIC
9Tratamiento contable de las operaciones a plazo. 9Reconocimiento del impuesto diferido sobre renta en los fondos de inversión.
9Información por segmentos.
9Reconocimiento de los intereses con base en la tasa efectiva.
9Registro de coberturas y derivados.
Asuntos Pendientes:
Asuntos Pendientes:
Diferencia con respecto a las NIC
Diferencia con respecto a las NIC
Entidades financieras
9NIC 36 se aplicará a partir del 2004.
9Diferimiento de comisiones 25% en el año 2003, y el año 2004 un 50% y a partir del 2005 100%
9No se aplica el efecto restrospectivo.
9NIC 27 hay control a partir del 25% para efectos de consolidar 50%.
Normativa Emitida por el Consejo Nacional de Supervi
Normativa Emitida por el Consejo Nacional de Supervi- -sión del Sistema Financiero
sión del Sistema Financiero--ResumenResumen
Normativa para la presentación de estados financieros auditados e información financiera a fechas intermedias aplicable a las entidades fiscalizadas por SUGEF, SUGEVAL y SUPEN
Actas de las Sesiones 338-2002 y 340-2002, celebradas el 4 y 12 de noviembre de 2002, respectivamente. Publicado en La Gaceta No. 226 del 22 de noviembre del 2002
Adopción de las normas internacionales Actas de las Sesiones 299-2002 y 300-2002, respectivamente, celebradas el 13 de mayo del 2002. Publicado en La Gaceta 108 del 6 de junio del 2002. Normativa contable aplicable a los sujetos
fiscalizados por la SUGEF, SUGEVAL y SUPEN aplica a Grupos Financieros)
Actas de las Sesiones 338-2002 y 340-2002, celebradas el 4 y 12 de noviembre de 2002, respectivamente. Publicado en La Gaceta No. 226 del 22 de noviembre del 2002
Normativa contable aplicable a los emisores no
financieros Actas de las sesiones 220-2001 y 222-2001 del 16 y 23 de abril del 2001
Normativa Aplicable a las carteras mancomunadas
Acta 279-2002 del 01 de febrero del 2002. Publicado en la Gaceta el 15 de febrero del 2002