SEGURO ACCIDENTES ESTUDIANTILES
Piensa en los tuyos.SEGURO CONTRA ACCIDENTES PERSONALES PIENSA Y ACTÚA.
Tienes en tus manos la oportunidad de asegurarte tranquilidad y ayuda cuando más lo necesites.
Recuerda que según el Reglamento de matrícula no contar con el seguro contra accidentes personales o algún otro seguro que cubra las mismas condiciones, te impedirá participar en las distintas actividades de la Universidad como: viajes, excursiones, trabajos de campo, actividades deportivas u otras actividades que a juicio del decano de la unidad académica, indiquen un riesgo excepcional e incluso manipular objetos peligroso.
¿QUÉ GASTOS CUBRE?
El seguro te cubre todo los gastos curación hasta la cantidad establecida en la póliza, los gastos de honorarios médicos, así como los gastos farmacéuticos, hospitalización, quirúrgicos y en caso de muerte accidental gastos de sepelio, invalidez u otra cobertura referida al padres o tutor responsable de los pagos de pensión a la PUCP, dentro de las condiciones de la Póliza.
¿QUÉ ES UN ACCIDENTE?
Es toda lesión corporal producida por la acción imprevista, fortuita y/u ocasional, de una fuerza externa que obra súbitamente sobre el asegurado, independientemente de su voluntad y que pueda ser determinada por los médicos de una manera cierta.
¿CÓMO AFILIARSE?
Vía el Campus Virtual PUCP, durante el tiempo que dure el proceso de matrícula virtual, a través de las siguientes rutas:
Si ingresaste a la Universidad en el semestre académico 2015-1:
1. Ingresa al Campus Virtual PUCP. Para ello, tienes que hacer clic en el enlace INTRANET de la página principal de la Universidad -www.pucp.edu.pe- e ingresar tu usuario y contraseña.
2. Ingresa a Solicitudes y Servicios. Para ello, tienes que hacer clic en la pestaña SOLICITUDES Y SERVICIOS de la parte superior del Campus Virtual PUCP.
3. Haz clic en la opción Afiliación a los seguros.
Si es tu segunda o ulterior matrícula en la Universidad y no estuviste afiliado al seguro en el semestre académico 2014-2:
1. Ingresa al Portal de Matrícula 2015-1. 2. Elige la opción Seguros y Servicios.
3. Haz clic en la opción Afiliación a los seguros.
Los seguros que el alumno contrate mantendrán su vigencia durante el transcurso de todos sus estudios de pregrado o posgrado (según sea el caso), salvo declaración expresa de parte del estudiante para el retiro o desafiliación de alguno de ellos o de todos con ocasión de la matrícula en cualquier semestre académico. El alumno que no se afilia o renuncia al seguro asume las consecuencias que se deriven de su falta de cobertura.
Los alumnos afiliados recibirán, por correo electrónico, la confirmación de su afiliación al Seguro contra Accidentes Personales.
TIEMPO DE COBERTURA
La cobertura del Seguro contra Accidentes Personales del semestre académico 2015-1 será desde el 1 de marzo del 2015 al 31 de agosto del 2015 (*)
(*) IMPORTANTE: El seguro de los alumnos que se afilien en el semestre académico 2015-1 mantendrá su vigencia en el semestre académico 2015-2, salvo que renuncien expresamente a éste con ocasión de la matrícula 2015-2 vía Campus Virtual PUCP.
CREDENCIAL DE ASEGURADO
El alumno asegurado podrá atenderse a la sola presentación de su DNI, no se entregarán credenciales de asegurados (carné). Adicionalmente, se coordinará con cada facultad la entrega de la carpeta de asegurado y un manual resumen detallando los alcances de la cobertura, teléfonos y correos de contacto para las consultas referidas al presente seguro.
¿CUÁNTO CUESTA EL SEGURO?
A partir del 1 de marzo del 2015 el costo del seguro por alumno y por semestre académico será de S/. 50.00 El costo del seguro se cancela semestralmente y es cargado en las boletas de pago del alumno. Para el semestre académico 2015-1, el costo será cargado en la segunda y tercera boleta de pago por montos iguales.
ALCANCES DE COBERTURA:
Todas las coberturas son pagadas en NUEVOS SOLES.
¿QUÉ NO CUBRE EL SEGURO?
ARTÍCULO SÉPTIMO: ACCIDENTES ANTERIORES.
Los accidentes, lesiones y rehabilitaciones preexistentes a la fecha del inicio de la vigencia de la cobertura, no están amparados por el presente contrato.
ARTÍCULO VIGÉSIMO SEGUNDO: GASTOS NO CUBIERTOS.
1. El Seguro no cubre los gastos derivados y/o relacionados con accidentes preexistentes.
Por el presente contrato, el Seguro contra Accidentes Personales para Estudiantes de LA UNIVERSIDAD otorga cobertura a los accidentes que pudieran sufrir los alumnos afectados por incapacidad física grave, tales como: ceguera, sordera, parálisis, apoplejía u otras incapacidades físicas que, normalmente, suelen encontrarse excluidos de una póliza de accidentes.
En caso de producirse una de estas situaciones durante el período contractual, los alumnos asegurados continuarán cubiertos por el presente Seguro.
2. Las indemnizaciones previstas en esta póliza no se conceden si la muerte del Asegurado o las lesiones que sufra se deban directa o indirectamente, total o parcialmente, a:
A. Los mal denominados "ACCIDENTES MÉDICOS", tales como apoplejías, congestiones, síncopes, vértigos, edemas agudos, trombosis, ataques epilépticos u otros análogos.
B. Los accidentes que sean inducidos por estar el asegurado bajo los efectos del alcohol o bajo la influencia de drogas o de sustancias alucinógenas.
C. Los producidos en el Servicio Militar de cualquier clase; en actos de guerra con potencia extranjera (con o sin declaración) o guerra civil; insurrección, rebelión, invasión, huelgas, motín o tumulto popular; o terrorismo, en los que el asegurado participe como actor voluntariamente; en actos delictuosos, en los que el asegurado participe con dolo, así como tampoco en peleas o riñas salvo en aquellos casos en que se establezca judicialmente que se ha tratado de legítima defensa.
Los accidentes derivados de actos de terrorismo, vandalismo, huelgas, motín o tumulto popular, en los cuales el asegurado no participe como actor voluntariamente, quedan incluidos dentro de los beneficios de la póliza.
D. Lesiones que el Asegurado se infrinja a sí mismo, así como el suicidio o tentativa de suicidio. Así mismo, se excluyen de la cobertura los casos de homicidio simple o calificado o tentativa de homicidio contra el asegurado por los beneficiarios de la póliza vigente.
E. Accidentes ocasionados por la emisión de radiaciones ionizantes o contaminación por radioactividad de cualquier combustible nuclear o de cualquier desperdicio proveniente de su combustión, si el asegurado se expuso a ellos conscientemente.
F. Los accidentes que se produzcan en la práctica de actividades y deportes de alta peligrosidad y que no guarden relación con la ocupación del estudiante, tales como: carreras de automóviles, motos y cacería de fieras.
G. Las consecuencias de hernias inguinales y crurales y enredamientos intestinales, de insolaciones, como tampoco, las intoxicaciones y envenenamientos que no sean accidentales.
H. Actos violatorios de leyes o reglamentos, así como los actos notoriamente peligrosos que no estén justificados por alguna necesidad profesional.
I. Las consecuencias no accidentales de embarazos o partos. ARTÍCULO DÉCIMO SEXTO: REEMBOLSO DE GASTOS
En caso de accidente que ponga en riesgo la vida del asegurado, éste podrá atenderse en cualquier clínica o centro de salud.
Los gastos en que haya incurrido por un accidente amparado por el presente seguro, en clínicas no afiliadas, por encontrarse en riesgo la vida del asegurado, o en el extranjero serán reembolsados (en nuevos soles) previa presentación de las facturas originales canceladas, de acuerdo con la tarifa “A” pactada con las clínicas afiliadas en el Perú por la compañía.
En caso de gastos en que haya incurrido el asegurado por atención en una clínica afiliada, estos serán reembolsados por la compañía sobre la base de las tarifas pactadas con dicha clínica y hasta los límites de cobertura del presente contrato.
Importante: La factura debe estar emitida a nombre de RIMAC SEGUROS Y REASEGUROS con RUC 20100041953), si son Recibo por Honorarios a nombre del paciente.
La afiliación al seguro es voluntaria. Afíliate durante tu matrícula a los planes de seguros recomendados por la PUCP, los que te asegurarán tranquilidad y ayuda cuando más los necesites. NOTA IMPORTANTE
La información aquí proporcionada es a título parcial e informativo, prevaleciendo las Condiciones de la Póliza que se encuentran bajo la administración de Marsh Rehder S.A. Corredores de Seguros.
COMPAÑÍA DE SEGUROS - RIMAC es la única y exclusiva responsable de las coberturas contratadas en la póliza. En ese sentido, COMPAÑÍA DE SEGUROS – RIMAC es responsable de todos los errores u omisiones en que se incurra con motivo de la comercialización de la póliza de seguros.
IMPORTANTE: Tenemos personal de Marsh Rehder S.A., bróker de Seguros, a tu disposición en la Oficina de Seguros dentro de la Universidad, también podrás contactarte con ellos ante cualquier duda, reclamo o necesidad de información llamando a:
Teléfono Oficina de Seguros PUCP: 626-2000 anexo 3042 y 2511
Celular : 965403304 - 965403305
Correo de consultas: [email protected]
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