SESIÓN ORDINARIA
FECHA: jueves 28 de abril de 2011 HORA: 10:00 a.m.
LUGAR: Secretaría de Sede
ASISTENTES:
COMITÉ DE CARRERA ADMINISTRATIVA
Prof. Julio Esteban Colmenares M. – Vicerrector de Sede Dr. Oscar Javier Cruz M. – Jefe División de Personal Administra Prof. Oswaldo Pérez de los Ríos, Representante Profesoral Sr. Edwin Hernández Hernández – Representante de los Empleados Sr. Diego Grajales Hincapié - Representante de los Empleados Prof. Carmen María Romero I. – Secretaria de Sede
INVITADOS:
Dra. Nubia Sánchez, Directora Proyecto concurso abierto, CID Dr. Germán Pinzón, Coordinador de requisitos mínimos y análisis de antecedentes, Concurso abierto, CID.DESARROLLO DE LA SESIÓN
1. Verificación del Quórum y aprobación de las Actas 002, 003 y 004 de 2011, e inicio de la sesión.
El Prof. Colmenares verifica el quórum y da inicio a la sesión. A continuación presentan las Actas Nos. 002 del 27 de enero de 2011, 003 del 17 de febrero de 2011 y 004 del 24 de febrero de 2011.
El Comité aprueba las Actas Nos. 002, 003 y 004. 2. Asuntos de la Secretaría Técnica
2.1. Derecho de Petición del señor Mario Andrés Suárez Tovar.
Una vez leído el derecho en el cual solicita un número importante de copias, la Profesora Carmen María pregunta si se le cobra o no por las copias auténticas. De ser así debe consignar el valor de conformidad con lo establecido en la Resolución No. 543 del 4 de noviembre de 1999 expedida por la Rectoría.
El Comité aprueba que el señor Suárez Tovar consigne el valor de las copias auténticas solicitadas en el Derecho de Petición. Se envía el oficio CCA-571 del 4 de mayo de 2011.
2.2. Recurso de Reposición y en Subsidio de Apelación del señor Mario Andrés Suárez Tovar
Una vez leído el recurso, la Dra. Nubia dice que sobre el punto seis del Recurso, la respuesta que se está proyectando señala que la información detallada de la evaluación de análisis de antecedentes de otro aspirante se considera de carácter confidencial y privada a la que solo tiene acceso el concursante evaluado y por consiguiente su carácter es reservado y solo se entrega a solicitud personal.
El Comité aprueba dar la respuesta en ese sentido, es decir que la evaluación de otro aspirante es confidencial y no se puede dar información al respecto. No concede el Recurso de Reposición y remite la solicitud a la Comisión Nacional de Carrera Administrativa para resolver el Recurso de Apelación. Se envían los oficios CCA-561 y CCA-563 del 28 de abril de 2011.
2.3. Informe presentado por la Dra. Nubia Sánchez, sobre las medidas tomadas por el CID para la custodia de los exámenes de conocimientos aplicados en la convocatoria.
La Dra. Sánchez presenta al Comité el informe teniendo en cuenta las fuentes de riesgo para la confidencialidad de la información en cada uno de los procesos. Para cada fuente de riesgo se presentan las medidas de seguridad que tuvo en cuenta el CID en el proyecto.
Proceso Fuentes de
riesgos Garantías de seguridad
Diseño y construcción
Equipo técnico
Contratación de psicólogos con amplia experiencia y con reconocimiento en construcción de pruebas en procesos de la Universidad. Personas de
alta confianza para el CID. Firma de acuerdo de confidencialidad
Ley 1090 de 2006
Equipo de expertos
Contratación de profesionales siguiendo la normatividad del concurso y los lineamientos del Comité de Carrera Administrativa. Los criterios de
selección de expertos fueron los siguientes: - Profesionales con experiencia en las áreas de evaluación - Experiencia en evaluación, ya sea en contextos de selección de
personal o evaluación educativa
- Sin vínculo laboral vigente con la Universidad Nacional de Colombia - Conocimiento de la Universidad Nacional de Colombia o del contexto
universitario colombiano
- Conocimiento del cargo o cargos similares que se evalúan Conformación de grupos de expertos por componentes de las pruebas.
Ningún experto tuvo conocimiento de la totalidad de preguntas que incluía un cuadernillo.
Los profesores Juan Carulla Fornaguera, Martha Lucía Pabón, Judith Figueroa Ramírez y Martha Cecilia Suárez Alfonso mencionados en el
oficio no hicieron parte del equipo de expertos. Firma de acuerdo de confidencialidad Manejo de
información
Archivos digitales, impresiones y custodia a cargo del equipo técnico Archivos encriptados con claves conocidas sólo por el equipo técnico Copias de archivos únicamente en equipos de una oficina del CID Destrucción de documentos borradores mediante máquina que dispone
Proceso Fuentes de
riesgos Garantías de seguridad
Impresión y empaque
Contratación
Selección con base en criterios como:
- Confianza y credibilidad generada en la propuesta presentada - Manejo de tiempos que den viabilidad a los plazos del proyecto
- Experiencia previa en manejo de información confidencial - Criterios de seguridad presentados
- Instalaciones y máquinas empleadas - Manejo de contingencias
- Minimización de vínculos con la Universidad - Discreción de la empresa
En total se consideraron seis empresas para tomar la decisión. Impresiones
defectuosas
Informe y destrucción inmediata del material. El material defectuoso fue mínimo.
Vigilancia
Durante la impresión hubo acompañamiento de por lo menos un integrante del equipo técnico del CID durante las 24 horas del día hasta
que fue entregado a los delegados.
Transporte
Desplazamiento a Sedes de Presencia Nacional
El material de evaluación se retiró de la empresa contratada el día de la programación del vuelo a la Sede.
El material se mantuvo sellado hasta el momento de la aplicación. Los delegados a las ciudades fueron integrantes del equipo técnico del
CID. Desplazamiento en
la ciudad de Bogotá
Manejo exclusivo y custodia permanente por parte de integrantes del equipo del CID.
El material se mantuvo sellado hasta el momento de la aplicación. El material fue retirado y transportado por integrantes del equipo del CID.
Aplicación
Recurso humano
Niveles jerárquicos de organización utilizados en los esquemas de aplicación de pruebas masivas en el país:
- Director
- Coordinadores: administrativo y de aplicación - Delegado de ciudad
- Jefe de edificio (Bogotá) - Coordinador de aula (Bogotá)
- Jefe de Salón (Bogotá)
- Apoyo logístico (Sedes de Presencia Nacional)
Con excepción de las personas de apoyo logístico de las Sedes de Presencia Nacional, todas las personas que participaron en la aplicación
tuvieron capacitación según procesos establecidos para la misma.
Ingreso a las aulas
Las únicas personas que tuvieron acceso a las aulas fueron: - Equipo de aplicación del CID, según responsabilidades asignadas
- Aspirantes - Interventores
Restricción de acceso de medios electrónicos y material diferente a los requeridos para responder la prueba.
Acceso a cuadernillos
El material permaneció sellado y bajo custodia permanente por parte del equipo técnico del CID desde el momento de impresión y empaque hasta los momentos de conteo de cuadernillos según los procedimientos
establecidos para entrega y devolución.
Si bien el equipo de aplicación del CID tuvo acceso a los cuadernillos, los tiempos establecidos para la aplicación y los procedimientos de la misma, no permiten que hagan lectura de los cuadernillos. En este sentido, las únicas personas que tendrían acceso para lectura de los
cuadernillos son los aspirantes durante la aplicación.
Posterior a la aplicación, el material permaneció en las instalaciones del CID en oficina con rejas, chapa de seguridad y acceso restringido.
El CID cuenta con vigilancia las 24 horas del día a cargo de una empresa de seguridad.
Proceso Fuentes de
riesgos Garantías de seguridad
Destrucción Destrucción
Previa aprobación de la Interventoría y la División de Personal Administrativo, se hizo la destrucción del material de prueba. Se dejaron
dos copias impresas de cada tipo de cuadernillo, que reposan bajo seguridad en las instalaciones del CID.
Acceso a las hojas de vida de los candidatos
Fuente de documentación Acceso
Carpetas bajo
responsabilidad del CID
El CID garantiza que únicamente las personas que hacen parte del equipo de revisión de documentación del CID tuvieron acceso a las carpetas entregadas por los aspirantes. Este material permaneció en las instalaciones del CID en oficina con rejas, chapa de seguridad y acceso restringido. Los funcionarios de la firma interventora tuvieron acceso a las carpetas únicamente bajo supervisión de algún integrante del equipo del CID. Los profesores Juan Carulla Fornaguera, Martha Lucía Pabón, Judith Figueroa Ramírez y Martha Cecilia Suárez Alfonso mencionados en el oficio no hicieron parte del equipo del CID en ninguna fase del proceso de selección y no tuvieron acceso a las carpetas.
Historias laborales
disponibles en la Universidad
El CID tuvo acceso a la información con la mediación de la División de Personal Administrativo.
El Prof. Pérez pregunta si la destrucción de los documentos estaba supervisada y era perfectamente claro que el documento efectivamente se destruía.
La Dra. Sánchez contesta que sí. Señala que se hizo a cargo del CID en las mismas instalaciones; el psicólogo tenía la responsabilidad de coger los borradores y destruirlos y el mismo manejo se le dio a los archivos digitales.
El Prof. Pérez dice que los profesores dicen que las preguntas no eran pertinentes del área; para saber esto se tenía que conocer el tipo de preguntas que se hacia en relación con el área que se estaba evaluando.
La Dra. Sánchez dice que si ellos conocían la prueba era la versión final, no los borradores; un componente estuvo a cargo de psicólogos, otra por abogados, otra por médicos veterinarios u otros profesionales.
El Sr. Hernández expresa que eso debe aclararse en un proceso de investigación. Con todo esto se pone en tela de juicio el trabajo juicioso que ha hecho tanto el Comité como el CID.
La Prof. Carmen María informa que también se recibió informe por parte del Dr. Rubén Darío Castilla – Director de la Corporación Ecología Humana – Interventor del Contrato.
El Prof. Colmenares dice que hay que solicitar a la Comisión Investigadora del Personal Docente que se abra una investigación y aportar como soporte los informes presentados por el CID y por la Interventoría, porque llama mucho la atención el conocimiento específico y las afirmaciones que se hacen sobre la prueba en el oficio recibido.
El Comité aprueba enviar a la Comisión Investigadora de Asuntos Disciplinarios del Personal Docente con copia a Control Interno los informes presentados por la Dra. Nubia Sánchez – Directora del Proyecto y el Dr. Rubén Darío Castilla – Interventor del Proyecto. Se envía oficio CCA-568 del 2 de mayo de 2011 y CCA-575 del 16 de mayo de 2011.
2.4. Fallo de la Tutela T10590000030011abr20, interpuesta por el señor Yecid Lugo Pulido Ríos.
La Prof. Romero informa al Comité que la Tutela interpuesta por el señor Pulido Ríos fue negada.
El Comité se da por enterado.
2.5. Derecho de Petición del señorPedro Darío Moyano Lara.
El Dr. Cruz informa que la reclamación no va a segunda instancia por que no lo está solicitando. La Dra. Sánchez dice que en el proyecto de respuesta se le informará que no es procedente atender la solicitud sobre la información detallada de los concursantes porque se considera confidencial y a ella solo tiene acceso el concursante evaluado; por lo anterior, su carácter es reservado y solo se entrega a solicitud personal. En cuanto a la solicitud sobre la calificación de análisis de antecedentes en cumplimiento a las fechas establecidas (29 y 30 de marzo), se considera extemporáneo.
El Comité aprueba que se le de respuesta en ese sentido al Señor Moyano Lara con copia a la Comisión Nacional de Carrera Administrativa. CCA- 560 del 28 de abril de 2011.
3. Asuntos de la División de Personal Administrativo
3.1 El Dr. Cruz informa que hay cuatro convocatorias que tienen más de un cargo y no está específicamente en qué unidad específica dentro de la dependencia está el cargo. Se debe definir cual va a ser el procedimiento para indicar en donde van a quedar las personas ganadoras, cuales personas se van o cuales se quedan.
El Comité aprueba que los que deben decidir sobre los cargos son: para las Facultades el Decano, en los Institutos los Directores, en el Nivel Central el Director o Jefe de División. 3.2 En la convocatoria 02-2010-038 – Operario Calificado, el objeto general del cargo es llevar a cabo trabajos mecánicos para el mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos de las máquinas a su cargo, prestar servicios asistenciales en labores de logística para las áreas de docencia, investigación y extensión. Dentro de los requisitos mínimos quedaron los establecidos en la Resolución No. 392, uno de ellos es que los funcionarios a ocupar los cargos en la Facultad de Odontología deberán acreditar o realizar el curso que lo certifique para laborar en Salud Oral. La situación es que no es un curso sino un programa de educación formal.
El Sr. Hernández dice que como la convocatoria es abierta se podían presentar tanto hombres como mujeres. El tema es que en la Facultad de Odontología esos oficios “históricamente” los han hecho mujeres, el primer tropiezo fue que la mayoría de los concursantes que quedaron en los primeros puestos del concurso fueron hombres.
La Prof. Romero dice que la convocatoria estaba para Operarios Calificados no para Técnicos, si la Facultad no revisó los perfiles a estas alturas ya no se puede hacer nada.
El Comité aprueba que se informe a la Facultad de Odontología que el concurso se realizó para operarios calificados y no para técnicos y que la convocatoria la revisó la Facultad y no hicieron observaciones. Se informa también que una vez publicadas las convocatorias no se puede modificar ni adicionar requisitos. Igualmente que las capacitaciones específicas al personal deben ser por parte de la Facultad.
3.3 La Decana de la Facultad de Enfermería solicita que se realice un proceso de selección de provisional teniendo en cuenta que la secretaria que era provisional se ganó un concurso y el cargo quedaría vacante.
El Sr. Hernández dice que si hay una lista de elegibles que se puede aplicar a cargos vacantes, no habría que hacerse un proceso de selección para provisionales.
El Prof. Colmenares expresa que cuando sea posible que se pueda proveer por lista de elegibles no se vaya a hacer convocatorias para provisionales.
El Comité aprueba que la División de Personal Administrativo de respuesta a la comunicación de la Facultad de Enfermería informando que las facultades deben esperar que se provean los cargos con las listas de elegibles.
El Prof. Colmenares solicita que para el próximo Comité se hagan sugerencias de cómo hacer el seguimiento objetivo de las personas que ganaron el concurso para no tener los mismos inconvenientes que se presentaron en el concurso de ascenso.
La Prof. Carmen María dice que la División de Personal Administrativo debe tener un manual donde quede claro la responsabilidad de la capacitación específica.
El Sr. Hernández pregunta si se sabe ¿qué ha pasado con el concepto por parte de la Oficina Jurídica con respecto a la lista de elegibles?
EL Dr. Cruz responde que se reúne la primera semana de mayo, todavía no hay respuesta.
El Sr. Hernández señala que el Comité de Carrera Administrativa debería enviar una comunicación a la Comisión Nacional de Carrera Administrativa sugiriendo que, por razones de celeridad de los procesos y de economía presupuestal y administrativa de la Sede, una vez finalizado el concurso abierto 2010-2011 y que se hayan suplido los cargos respectivos, las vacantes definitivas que existan en la planta también puedan ser provistas con la lista de elegibles de este proceso, de acuerdo con la normatividad de carrera administrativa vigente.
El Comité aprueba enviar la comunicación a la Comisión Nacional de Carrera Administrativa en los términos expuestos por el Sr. Hernández. Se envía oficio CCA-569 del 2 de mayo de 2011.
4. Asuntos de los Representantes
4.1 Oficio de Edwin Hernández H. – Representante de los trabajadores ante el Comité de Carrera Administrativa, solicitando información acerca de cargos declarados desiertos en el anterior concurso de ascenso y que no fueron incluidos en la convocatoria de concurso abierto
El Comité aprueba remitir la solicitud del Sr. Hernández a la División de Personal Administrativo y la respuesta que se emita se expondrá en la próxima sesión de Comité. Se envía oficio CCA-565 del 28 de abril de 2011.
5. Correspondencia recibida
5.1Oficio ONCDI-1036 firmado por Claudia Marcela Rivera Vargas – Secretaria de la Oficina Nacional de Control Disciplinario Interno, mediante el cual solicita certificar para qué convocatoria participó el señor Freddy Duran Coronado en el concurso de ascenso.
El Comité aprueba remitir a la Oficina Nacional de Control Disciplinario copia de la convocatoria No. 02-2007-038 mediante el cual incluye las funciones previstas así como las condiciones de capacitación estipuladas dentro de las pruebas presentadas en el concurso,
copia de la Resolución 2950 del 7 de octubre de 2008 por la cual se establece la lista de elegibles como resultado del concurso de ascenso en Carrera Administrativa, copia de la Resolución No. 3095 del 17 de octubre de 2008 por la cual se hace un nombramiento de ascenso en un cargo de Carrera Administrativa, Certificados de capacitación, oficio suscrito por el funcionario sobre la aceptación del cargo Técnico Operativo, copia del Acta de posesión, copia del informe sobre la visita de seguimiento, copia del informe de valoración del mérito. Se envía oficio CCA-566 del 28 de abril de 2011.
5.2Se recibe Memorando firmado por el Profesor Julio Esteban Colmenares – Vicerrector de Sede, mediante el cual solicita reiterar a la Facultad de Ciencias Económicas la revisión de los costos del Concurso Abierto.
El Comité aprueba reiterar a la Facultad de Ciencias Económicas la revisión de los costos del Concurso Abierto. Se envía oficio CCA-567 del 28 de abril de 2011.
5.3 Oficio DEC-080-11 del Profesor Gonzalo Mejía Ortega – Decano de la Facultad de Medicina Veterinaria y Zootecnia.
El Comité aprueba enviar la solicitud a la División de Personal Administrativo para que sea proyectada la respuesta y enviarla tanto a los miembros del Comité de Carrera como a la Oficina Jurídica. Se envía oficio CCA-570 del 02 de mayo de 2011.
5.4Oficio DNP-304 firmado por la Doctora Alba Esther Villamil Ocampo – Directora Nacional de Personal, mediante el cual envía oficio DR.095.11 remitido por el profesor José Ernesto Mancera Pineda – Director de la Sede Caribe.
El Prof. Colmenares informa que esto no quedó en la convocatoria porque es un requisito que no es de la Universidad Nacional, quedó como un requisito de la Ley 47 del 1993.
El Comité acordó responder el oficio de acuerdo a la siguiente precisión: de conformidad con la normatividad vigente, la Universidad emitirá las resoluciones de nombramiento de los ganadores de los cargos adscritos a la Sede Caribe y se deberá realizar el trámite respectivo ante la Oficina de Control de Circulación y Residencia – OCCRE. Se envía oficio CCA-564 del 28 de abril de 2011.
Siendo la 2.00 PM finaliza la sesión.
JULIO ESTEBAN COLMENARES MONTAÑEZ CARMEN MARÍA ROMERO ISAZA
Presidente Secretaria Técnica