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40. Tributos Por Pagar

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Academic year: 2021

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1. DEFINICIÓN

1. DEFINICIÓN

La Cuenta 40 Tributos, contraprestaciones y aportes al sistema de pensiones y de salud por pagar, agrupa las La Cuenta 40 Tributos, contraprestaciones y aportes al sistema de pensiones y de salud por pagar, agrupa las subcuentas que representan obligaciones por impuestos, contribuciones y otros tributos, a cargo de la empresa, subcuentas que representan obligaciones por impuestos, contribuciones y otros tributos, a cargo de la empresa, por cuenta propia o como agente retenedor, así como los aportes a los sistemas de pensiones.

por cuenta propia o como agente retenedor, así como los aportes a los sistemas de pensiones. También incluye el impuesto a las transacciones financieras que la empresa liquida.

También incluye el impuesto a las transacciones financieras que la empresa liquida.

2. NOMENCLATURA

2. NOMENCLATURA

La cuenta en análisis está compuesta por las subcuentas, divisionarias y subdivisionarias siguientes: La cuenta en análisis está compuesta por las subcuentas, divisionarias y subdivisionarias siguientes:

401

401

Gobierno Central

Gobierno Central

4011

4011 Impuesto general a las ventasImpuesto general a las ventas 40111

40111 IGVIGV – – Cuenta propiaCuenta propia 40112

40112 IGVIGV – – Servicios prestados por no domiciliadosServicios prestados por no domiciliados 40113

40113 IGVIGV – – Régimen de percepcionesRégimen de percepciones 40114

40114 IGVIGV – – Régimen de retencionesRégimen de retenciones 4012

4012 Impuesto selectivo al consumoImpuesto selectivo al consumo 4015

4015 Derechos aduanerosDerechos aduaneros 40151

40151 Derechos arancelariosDerechos arancelarios 40152

40152 Derechos aduaneros por ventasDerechos aduaneros por ventas 4017

4017 Impuesto a la rentaImpuesto a la renta 40171

40171 Renta de tercera categoríaRenta de tercera categoría 40172

40172 Renta de cuarta categoríaRenta de cuarta categoría 40173

40173 Renta de quinta categoríaRenta de quinta categoría 40174

40174 Renta de no domiciliadosRenta de no domiciliados 40175

40175 Otras retencionesOtras retenciones 4018

4018 Otros impuestos y contraprestacionesOtros impuestos y contraprestaciones 40181

(2)

40182 Impuesto a los juegos de casino y tragamonedas 40183 Tasas por la prestación de servicios públicos 40184 Regalías

40185 Impuesto a los dividendos

40186 Impuesto Temporal a los Activos Netos 40189 Otros impuestos

402

Certificados tributarios

403

Instituciones públicas

4031 ESSALUD 4032 ONP 4033 Contribución al SENATI 4034 Contribución al SENCICO 4039 Otras instituciones

405

Gobiernos regionales

406

Gobiernos locales

4061 Impuestos

40611 Impuesto al Patrimonio Vehicular  40612 Impuesto a las apuestas

40613 Impuesto a los juegos 40614 Impuesto de alcabala

40615

Impuesto predial

40616 Impuesto a los espectáculos públicos no deportivos 4062 Contribuciones

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40631 Licencia de apertura de establecimientos 40632 Transporte público

40633 Estacionamiento de vehículos 40634 Servicios públicos o arbitrios

40635 Servicios administrativos o derechos

407

Administradoras de fondos de pensiones

408

Empresas prestadoras de servicios de salud

4081 Cuenta propia 4082 Cuenta de terceros

409

Otros costos administrativos e intereses

3. SUBCUENTAS

El contenido de cada una de las subcuentas que conforman esta cuenta, es el siguiente: • Subcuenta 401 Gobierno Central.

Incluye los tributos que representan ingresos del Gobierno Central, tanto por la empresa en su calidad de contribuyente como en su calidad de agente retenedor.

• Subcuenta 402 C

ertificados tributarios.

Contiene los documentos recibidos por reintegro de tributos. Esta subcuenta es de naturaleza deudora. • Subcuenta 403 Instituciones públicas.

Incluye las obligaciones por contribuciones de la empresa en diferentes instituciones públicas, tales como las de seguridad social. Estas obligaciones se originan en los descuentos efectuados a los trabajadores y las aportaciones de la empresa.

• Subcuenta 405 Gobiernos regionales.

Contemplado para la acumulación de obligaciones por tributos para los gobiernos regionales en el futuro. Por el momento, la ley no los ha establecido.

• Subcuenta 406 Gobiernos locales.

Comprende el importe de tributos por concepto de licencias, arbitrios y otros impuestos municipales. • Subcuenta 407

Administradoras de fondos de pensiones.

 Acumula las obligaciones por descuentos realizados a los trabajadores por aportes al Sistema privado de pensiones y al sistema público de pensiones (ONP).

• Subcuenta 408 Empresas prestadoras de servicios de salud. Incluye las obligaciones con las Empresas Prestadoras de Salud (EPS). • Subcuenta 409 Otros costos administrativos e intereses.

Incluye obligaciones por sanciones administrativas, tributarias y no tributarias, otros costos legales relacionados con deuda tributaria y otros con los niveles de gobierno en su capacidad sancionadora, e intereses moratorios y de fraccionamiento.

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4. A TENER EN CUENTA

• Reconocimiento y medición

Los tributos y aportes a los sistemas de pensiones y de salud se reconocen a su valor nominal menos los pagos efectuados.

Su valor nominal corresponde al monto calculado cuando es de cuenta propia, o retenido cuando es por cuenta de terceros, en las fechas de las transacciones.

• Presentación en los Estados Financieros

Para efectos de presentación de los tributos de saldo deudor, se debe considerar el plazo en que razonablemente se espera sean aplicados, a efectos de determinar su clasificación como corriente o no corriente, pues su presentación corresponde al activo del balance general (Estado de Situación

Financiera).

Los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta por cuenta propia se muestran en el activo.

APLICACIÓN PRÁCTICA

CASO Nº 1: IMPUESTO A LOS DIVIDENDOS

La Junta General de Accionistas de la empresa “LOS CAMINANTES”  S.A.C. ha acordado distribuir  dividendos p or un mon to de S/. 100,000, a sus accionistas, los cuales en todos los casos son personas  naturales. Sob re el particular, nos piden regis trar contablem ente esta operación.

SOLUCIÓN:

 A efectos de registrar contablemente la operación que nos comenta la empresa “LOS CAMINANTES” S.A.C., cabe considerar en principio que la distribución de dividendos, está sujeta a una retención del 4.1%, la cual deberá declararse y pagarse en el período en que alguna de las situaciones siguientes ocurra primero:

a) La fecha de adopción del acuerdo de distribución. b) El pago en efectivo o en especie de los dividendos.

En ese sentido, en la fecha del acuerdo de distribución, la empresa “LOS CAMINANTES” S.A.C. deberá recono cer  el siguiente registro contable:

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CASO Nº 2: RENTA DE CUARTA CATEGORÍA

La empresa “LOS DIAMANTES” S.A.C. recibe y paga el Recibo por Honorarios Nº 001 -502 del contado r de  la empresa, por un mo nto de S/. 4,800, el cual está sujeto a la retenc ión del 10%. Nos pid en ayud a a efectos  de registrar estas operacio nes.

Referencias

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