1. DEFINICIÓN
1. DEFINICIÓN
La Cuenta 40 Tributos, contraprestaciones y aportes al sistema de pensiones y de salud por pagar, agrupa las La Cuenta 40 Tributos, contraprestaciones y aportes al sistema de pensiones y de salud por pagar, agrupa las subcuentas que representan obligaciones por impuestos, contribuciones y otros tributos, a cargo de la empresa, subcuentas que representan obligaciones por impuestos, contribuciones y otros tributos, a cargo de la empresa, por cuenta propia o como agente retenedor, así como los aportes a los sistemas de pensiones.
por cuenta propia o como agente retenedor, así como los aportes a los sistemas de pensiones. También incluye el impuesto a las transacciones financieras que la empresa liquida.
También incluye el impuesto a las transacciones financieras que la empresa liquida.
2. NOMENCLATURA
2. NOMENCLATURA
La cuenta en análisis está compuesta por las subcuentas, divisionarias y subdivisionarias siguientes: La cuenta en análisis está compuesta por las subcuentas, divisionarias y subdivisionarias siguientes:
401
401
Gobierno Central
Gobierno Central
4011
4011 Impuesto general a las ventasImpuesto general a las ventas 40111
40111 IGVIGV – – Cuenta propiaCuenta propia 40112
40112 IGVIGV – – Servicios prestados por no domiciliadosServicios prestados por no domiciliados 40113
40113 IGVIGV – – Régimen de percepcionesRégimen de percepciones 40114
40114 IGVIGV – – Régimen de retencionesRégimen de retenciones 4012
4012 Impuesto selectivo al consumoImpuesto selectivo al consumo 4015
4015 Derechos aduanerosDerechos aduaneros 40151
40151 Derechos arancelariosDerechos arancelarios 40152
40152 Derechos aduaneros por ventasDerechos aduaneros por ventas 4017
4017 Impuesto a la rentaImpuesto a la renta 40171
40171 Renta de tercera categoríaRenta de tercera categoría 40172
40172 Renta de cuarta categoríaRenta de cuarta categoría 40173
40173 Renta de quinta categoríaRenta de quinta categoría 40174
40174 Renta de no domiciliadosRenta de no domiciliados 40175
40175 Otras retencionesOtras retenciones 4018
4018 Otros impuestos y contraprestacionesOtros impuestos y contraprestaciones 40181
40182 Impuesto a los juegos de casino y tragamonedas 40183 Tasas por la prestación de servicios públicos 40184 Regalías
40185 Impuesto a los dividendos
40186 Impuesto Temporal a los Activos Netos 40189 Otros impuestos
402
Certificados tributarios
403
Instituciones públicas
4031 ESSALUD 4032 ONP 4033 Contribución al SENATI 4034 Contribución al SENCICO 4039 Otras instituciones405
Gobiernos regionales
406
Gobiernos locales
4061 Impuestos40611 Impuesto al Patrimonio Vehicular 40612 Impuesto a las apuestas
40613 Impuesto a los juegos 40614 Impuesto de alcabala
40615
Impuesto predial
40616 Impuesto a los espectáculos públicos no deportivos 4062 Contribuciones
40631 Licencia de apertura de establecimientos 40632 Transporte público
40633 Estacionamiento de vehículos 40634 Servicios públicos o arbitrios
40635 Servicios administrativos o derechos
407
Administradoras de fondos de pensiones
408
Empresas prestadoras de servicios de salud
4081 Cuenta propia 4082 Cuenta de terceros
409
Otros costos administrativos e intereses
3. SUBCUENTAS
El contenido de cada una de las subcuentas que conforman esta cuenta, es el siguiente: • Subcuenta 401 Gobierno Central.
Incluye los tributos que representan ingresos del Gobierno Central, tanto por la empresa en su calidad de contribuyente como en su calidad de agente retenedor.
• Subcuenta 402 C
ertificados tributarios.
Contiene los documentos recibidos por reintegro de tributos. Esta subcuenta es de naturaleza deudora. • Subcuenta 403 Instituciones públicas.
Incluye las obligaciones por contribuciones de la empresa en diferentes instituciones públicas, tales como las de seguridad social. Estas obligaciones se originan en los descuentos efectuados a los trabajadores y las aportaciones de la empresa.
• Subcuenta 405 Gobiernos regionales.
Contemplado para la acumulación de obligaciones por tributos para los gobiernos regionales en el futuro. Por el momento, la ley no los ha establecido.
• Subcuenta 406 Gobiernos locales.
Comprende el importe de tributos por concepto de licencias, arbitrios y otros impuestos municipales. • Subcuenta 407
Administradoras de fondos de pensiones.
Acumula las obligaciones por descuentos realizados a los trabajadores por aportes al Sistema privado de pensiones y al sistema público de pensiones (ONP).
• Subcuenta 408 Empresas prestadoras de servicios de salud. Incluye las obligaciones con las Empresas Prestadoras de Salud (EPS). • Subcuenta 409 Otros costos administrativos e intereses.
Incluye obligaciones por sanciones administrativas, tributarias y no tributarias, otros costos legales relacionados con deuda tributaria y otros con los niveles de gobierno en su capacidad sancionadora, e intereses moratorios y de fraccionamiento.
4. A TENER EN CUENTA
• Reconocimiento y medición
Los tributos y aportes a los sistemas de pensiones y de salud se reconocen a su valor nominal menos los pagos efectuados.
Su valor nominal corresponde al monto calculado cuando es de cuenta propia, o retenido cuando es por cuenta de terceros, en las fechas de las transacciones.
• Presentación en los Estados Financieros
Para efectos de presentación de los tributos de saldo deudor, se debe considerar el plazo en que razonablemente se espera sean aplicados, a efectos de determinar su clasificación como corriente o no corriente, pues su presentación corresponde al activo del balance general (Estado de Situación
Financiera).
Los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta por cuenta propia se muestran en el activo.
APLICACIÓN PRÁCTICA
CASO Nº 1: IMPUESTO A LOS DIVIDENDOS
La Junta General de Accionistas de la empresa “LOS CAMINANTES” S.A.C. ha acordado distribuir dividendos p or un mon to de S/. 100,000, a sus accionistas, los cuales en todos los casos son personas naturales. Sob re el particular, nos piden regis trar contablem ente esta operación.
SOLUCIÓN:
A efectos de registrar contablemente la operación que nos comenta la empresa “LOS CAMINANTES” S.A.C., cabe considerar en principio que la distribución de dividendos, está sujeta a una retención del 4.1%, la cual deberá declararse y pagarse en el período en que alguna de las situaciones siguientes ocurra primero:
a) La fecha de adopción del acuerdo de distribución. b) El pago en efectivo o en especie de los dividendos.
En ese sentido, en la fecha del acuerdo de distribución, la empresa “LOS CAMINANTES” S.A.C. deberá recono cer el siguiente registro contable:
CASO Nº 2: RENTA DE CUARTA CATEGORÍA
La empresa “LOS DIAMANTES” S.A.C. recibe y paga el Recibo por Honorarios Nº 001 -502 del contado r de la empresa, por un mo nto de S/. 4,800, el cual está sujeto a la retenc ión del 10%. Nos pid en ayud a a efectos de registrar estas operacio nes.