553. Obligado a aplicar sistemas especiales de valoración de inversiones
552. Sociedad extranjera o persona natural no residente que presta servicio de transporte entre lugares colombianos y extranjeros
555. Costo de los activos movibles establecido simultáneamente por juego inventario y por sistema de inventario permanente
Colombia, un compromiso que no podemos evadir.
1. Año9. Primer nombre Espacio reservado para la DIAN
5. Número de Identificación Tributaria (NIT)
997. Fecha efectiva de la transacción
8. Segundo apellido 10. Otros nombres
7. Primer apellido 6.DV.
4. Número de formulario
11. Razón social 12. Cód. Direc. Seccional
25. Corrección a la declaración, seleccione tipo
Datos del declarante
557. Programa de reorganización empresarial durante el año gravable
556. Progresividad de la tarifa de impuesto de renta, o, sociedad extranjera o entidad extranjera sin sucursal o establecimiento permanente 549. Contribuyente del régimen tributario especial de los previstos en el numeral 4o. del artículo 19 E.T.
546. Nuevos empleos generados bajo la vigencia de Ley 1429 de 2010
Datos informativos SI / NO
547. Persona natural
548. Contribuyente del régimen tributario especial
26. Corrección del formato 1732, seleccione
550. Entidad del sector financiero
551. Empresa editorial y se acoge al beneficio del art. 21 Ley 98 de 1993
554. Costo de los activos movibles enajenados establecidos por el sistema de juego inventarios
1732
27. No. Declaración de renta asociada 28. N° Formulario anterior 29. Fracción año
Espacio reservado para la DIAN
100. Efectivo, bancos y cuentas de ahorro moneda nacional y extranjera
4. Número de formulario
102. Otras inversiones
115. Otros deudores y deudores varios
114. Cuentas por cobrar a socios o accionistas, comuneros, cooperados
118. Otras provisiones
116. Provisión deudas de difícil cobro
107. Acciones y aportes en sociedades ubicadas en el exterior
121. Materias primas
122. Productos en proceso de producción
126. Mercancías no fabricadas por la empresa 127. Especies del negocio de la ganadería
132. Provisión o disminución de inventarios 129. Terrenos y bienes raices para la venta
131. Inventarios en tránsito
124. Cultivos en desarrollo y plantaciones agrícolas 125. Productos terminados
Página de Hoja No. 2
103. Provisión protección de inversiones 101. Derechos fiduciarios
109. Provisiones acciones y aportes 105. Efectivo, bancos, otras inversiones
120. Cuentas por cobrar
111. Acciones y aportes (Sociedades anónimas, limitadas y asimiladas)
134. Inventarios 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1
138. Maquinaria y equipos en montaje y/o propiedades planta y equipo en tránsito 137. Construcciones en curso
140. Depreciación acumulada de construcciones y edificaciones 139. Construcciones y edificaciones
142. Depreciación acumulada de maquinaria y equipo 141. Maquinaria y equipo
143. Equipo de oficina
144. Depreciación acumulada de equipo de oficina
1 1 1 1 1 1 1
112. Clientes nacionales y extranjeros
106. Acciones y aportes en sociedades y entidades nacionales
135. Terrenos
123. Obras de construcción en curso, de urbanismo y contratos en ejecución
Patrimonio
1 1
1
Valor fiscal
136. Materiales proyectos petroleros
2 Valor contable 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2
145. Equipo de computo y comunicación
146. Depreciación acumulada de equipo de cómputo y comunicación 147. Equípo médico y científico
148. Depreciación acumulada de equipo médico y cientifico
1 1 1 1 1
130. Materiales, repuestos, accesorios, envases, empaques y otros 128. En actividades avícolas, piscicolas y otras especies menores
108. Accciones y aportes en países con los cuales Colombia tiene convenios de doble tributación
117. Otras provisiones sector financiero
113. Cuentas por cobrar a vinculados nacionales y extranjeros 1
1 2 1 1 1 1 2 2 2 2 2 2 2 2 1 2 1 2 2 2 2 2
104. Omitidos en períodos anteriores 1
119. Omitidos en períodos anteriores 1
110. Omitidos en períodos anteriores 1
133. Omitidos en períodos anteriores 1
2 2 2 2 1 2 1 2 1 2 2
1732
No diligenciable
Espacio reservado para la DIAN
4. Número de formulario
Página de Hoja No. 3
171. Gastos pagados por anticipado
170. Provisión para bienes realizables recibidos en pago y restituidos 169. Bienes realizables, recibidos en pago y restituidos
173. Amortización acumulada de cargos diferidos
175. Amortización acumulada de intangibles 172. Cargos diferidos
174. Intangibles (Good-will, marcas, patentes y otros)
177. Impuesto diferido débito
182. De propiedad, planta y equipo 181. De inversiones
183. De semovientes
179. Otros activos diferentes de los anteriores
184. De otros activos
178. Aceptaciones, operaciones de cobertura y derivados financieros 176. Amortización diferida
188. Obligaciones financieras en moneda nacional
190. Proveedores en moneda nacional
189. Obligaciones financieras en moneda extranjera
191. Proveedores en moneda extranjera
196. Deudas con socios y/o accionistas 194. Otras cuentas por pagar en moneda nacional 192. Casa matriz y/o vinculados del país
193. Casa matriz y/o vinculados del exterior (Proveedores, cuentas por pagar))
195. Otras cuentas por pagar en moneda extranjera
1 1 2 2 1 1 2 2 1 2 2 1 2 2 1 1 2 2 1 2 2 1 1 2 2 1 2 1 2 1 1 2 2 1 1 2 2 1 1 1 1 2 2 1 2 2 1
180. Provisiones otros activos 1 2
Valorizaciones y reajustes acumulados
2 2
168. Activos fijos
166. Provisiones activos fijos 1
1
1 2
161. Bienes en leasing
162. Depreciación y/o amortización acumulada de bienes en leasing
167. Omitidos en perÍodos anteriores
154. Depreciación acumulada de acueductos, plantas y redes
156. Amortización acumulada de plantaciones agrícolas y forestales 155. Plantaciones agrícolas y forestales
157. Vías de comunicación
159. Minas, canteras, pozos artesianos y yacimientos 158. Amortización acumulada de vías de comunicación
160. Agotamiento acumulado de minas, canteras, pozos artesianos y yacimientos
164. Otros activos fijos
165. Depreciación y/o amortización acumulada de otros activos fijos 163. Depreciación, amortización y/o agotamiento diferido
2 2 2 2 2 2 2 2 1 1 1 1 1 1 1 1 2 2 2 2 2 1 1 1 1 1
150. Depreciación acumulada de equipos de hoteles y restaurantes
152. Depreciación acumulada de flota y equipo de transporte; fluvial y/o marítimo; aéreo y férreo 151. Flota y equipo de transporte; fluvial y/o marítimo; aéreo y férreo
153. Acueductos, plantas y redes
1 1 1 1
185. Omitidos en perÍodos anteriores 1
1 186. Otros activos 1 2 2 2 2
Patrimonio Valor fiscal Valor contable
1 2
149. Equipos de hoteles y restaurantes
2 2
1732
Espacio reservado para la DIAN
4. Número de formulario
Página de Hoja No. 4
224. Reservas obligatorias no gravadas
225. Reserva Art. 130 E.T susceptible de ser gravada 226. Reserva Art. 130 E.T susceptible de no ser gravada
228. Reservas no gravadas sistemas especiales de valoración de inversiones 227. Reservas gravadas sistemas especiales de valoración de inversiones
231. Otras reservas gravadas
237. Utilidades acumuladas de periodos anteriores gravadas 233. Revalorización del patrimonio
238. Utilidades acumuladas de periodos anteriores no gravadas 239. Pérdidas acumuladas de periodos anteriores
235. Utilidades del ejercicio 236. Pérdidas del ejercicio
240. De inversiones
241. De propiedad, planta y equipo
243. De otros activos
214. Capital asignado e inversión suplementaria 213. Capital
217. Prima en colocación de acciones
222. Otros
230. Acciones propias readquiridas
229. Reserva para readquisición de acciones propias
242. De semovientes 232. Otras reservas no gravadas 223. Reservas obligatorias gravadas
Reservas
Superavit por valorización
1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1
206. Ingresos recibidos para terceros 205. Impuestos diferidos por pagar
208. Pasivos por derivados financieros y operaciones de cobertura
207. Reserva matemática y/o técnica y otros pasivos exclusivos en compañías de seguros
209. Otros pasivos diferentes de los anteriores
2 1 2 2 2 2 2 1 1 1 1 1
203. Pasivos estimados y provisiones 202. Pensiones de jubilación por amortizar
201. Cálculo actuarial para pago de futuras pensiones de jubilación
204. Ingresos recibidos por anticipado 200. Obligaciones laborales
1
210. Inexistentes en períodos anteriores
211. Pasivos
216. Fondo social
215. Aportes del Estado 1
1
220. Método de participación
221. Diferencia en cambio por inversiones en compañias controladas
1 1
234. Dividendos o participaciones decretados en acciones o cuotas
Resultados
218. Donaciones
219. Crédito mercantil y "Know how"
1 1 2 2 2 2 2 1 1 1 1 2 1 1 1 2 1 2
198. Impuesto a las ventas por pagar 1 2
199. Otros impuestos por pagar 1 2
197. Impuesto de renta por pagar
Patrimonio 1 Valor contable Valor fiscal Superavit Capital Informativo 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 Valor contable Valor fiscal
1732
No diligenciable
Nacionales o en moneda nacional
Del exterior o en moneda extranjera
Espacio reservado para la DIAN
4. Número de formulario
Página de Hoja No. 5
3. Ingresos susceptibles de constituir renta exenta Concepto: 1 1 3 1 3 1 3 1 3 1 3 1 3 1 3 1 3 1 3 1 3 1 3 1 3 1 3 1 3 1 3 1 3 1 3 1 3 1
245. Ingresos brutos por venta de bienes a vinculados
246. Ingresos brutos por honorarios, comisiones y servicios
247. Ingresos brutos por prestación de servicios a vinculados
248. Ingresos brutos por explotación de intangibles
249. Ingresos brutos por arrendamientos y alquileres
250. Ingresos brutos por venta de bienes
251. Ingresos brutos por venta de bienes a vinculados
253. Ingresos brutos por ventas a usuarios de zonas francas
254. Ingresos brutos por honorarios, comisiones y servicios
255. Ingresos brutos por servicios técnicos, asistencia técnica y consultoría
256. Ingresos brutos por prestación de servicios a vinculados
257. Ingresos brutos por explotación de intangibles
258. Ingresos brutos por explotación de intangibles con vinculados
259. Ingresos brutos por arrendamientos y alquileres
260. Ingresos brutos en actividades de seguros, capitalización y fiduciarios
261. Ingresos brutos en contratos de servicios autónomos
262. Ingresos brutos en actividad agrícola
263. Ingresos brutos en actividad ganadera y en comercio de ganado
1 3
1. Ingresos susceptibles de constituir renta gravada 2. Valor contable 4. Ingresos que no constituyen renta ni ganancia ocasional
3 1 3 1 3 2 2 4 4 2 4 3
252. Ingresos brutos por ventas a Sociedad de Comercialización Internacional
266. Otros ingresos brutos operacionales
1
264. Ingresos por otras actividades pecuarias
265. Ingresos brutos por dividendos y participaciones
2 3
244. Ingresos brutos por venta de bienes
2 2 4 2 4 2 4 2 4 2 4 2 4 2 4 4 4 2 4 2 4 2 4 2 4 2 4 2 4 2 4 2 4 2 4 2 4 2 4 2 4
Valores (Ver convenciones) Ingresos
267. Ingresos brutos operacionales provenientes de países con convenio de doble tributación
1732
291. Ingresos por recuperación de deducciones 1 2 3 1 4 5 2 3 3 1 3 2 1 2 5 2 5 2 3 2 1 1 2 3 3 2 1 3 2
Espacio reservado para la DIAN
4. Número de formulario
Página de Hoja No. 6
2 3 1 1 2 3 2 3 1 1 2 3 2 3 1 1 2 3 3 1 2 3 1 2 3 1 2 3 1 2 3 1 2 1 3
Valores (Ver convenciones)
Del exterior o en moneda extranjera
Nacionales o en moneda nacional
Ingresos 1 3 4 1 3 4 1 4 2 3 1 5 6 4 5 6 4 5 6 4 5 6 4 4 5 6 5 6 4 5 4 6 4 5 6 4 5 6 4 5 6 4 5 6 5 6 4 6 5 4 6 5 4 4 5 6 6 5 4 6 5 4 6 5 4 4 5 6 5 6 4 290. Indemnizaciones
287. Ingresos brutos por enajenación de acciones 286. Ingresos brutos por prima en colocación de acciones 284. Dividendos y participaciones exigibles
282. Ingresos brutos por arrendamientos y alquileres 281. Otros ingresos brutos por explotación de intangibles 278. Ingresos brutos por explotación de intangibles con vinculados 277. Ingresos brutos por otras ventas y prestación de servicios a vinculados 276. Ingresos brutos por servicios técnicos, asistencia técnica y consultoría 275. Ingresos brutos por honorarios, comisiones y servicios
274. Ingresos brutos por otras ventas
273. Ingresos brutos por arrendamientos y alquileres 272. Ingresos brutos por explotación de intangibles
271. Ingresos brutos por otras ventas y prestación de servicios a vinculados 270. Ingresos brutos por honorarios, comisiones y servicios
269. Ingresos brutos por otras ventas 268. Ingresos brutos operacionales
2 1
279. Ingresos brutos por ventas a sociedad de comercialización internacional
280. Ingresos brutos por ventas a usuarios de zonas francas
283. Ingresos brutos por diferencia en cambio
5
3
289. Ingresos brutos en fusión, escisión o transformación de sociedades 288. Ingresos brutos en liquidación de sociedades
2
285. Ingresos método de participación
Concepto: 1. Ingresos susceptibles de constituir renta gravada 2. Valor contable 3. Ingresos susceptibles de constituir renta exenta 5. Ingresos susceptibles de constituir ganancia ocasional
4. Ingresos que no constituyen renta ni ganancia ocasional
1732
3 1 2 3 1 2 3 4 5 1 2 4 1 5 2 6
Espacio reservado para la DIAN
4. Número de formulario
Página de Hoja No. 7
4 4 4
1
3
2. Valor contable 3. Ingresos susceptibles de constituir renta exenta
1 4 2 3 5 4 3 2 3 4 3 Concepto: 5 5
1. Ingresos susceptibles de constituir renta gravada
1 1 2 4 4 5 4 5 1 1 2 1 2 5 1 5 1 3 1 4 5 4 5 1 2 3 1 3
Valores (Ver convenciones)
3 2 1 6 5 4 1 4 3 1 2 3 4 5 6 5 2 3 2 3 5 6
5. Ingresos susceptibles de constituir ganancia ocasional 4. Ingresos que no constituyen renta ni ganancia ocasional
4 1
6
1 2 3
310. Intereses y rendimientos financieros provenientes de países con convenio de doble tributación
309. Otros ingresos diferentes de los anteriores 308. Intereses por créditos hipotecarios
307. Ingresos por valoración de inversiones, derivados y operaciones de cobertura 305. Intereses por inversiones en títulos
304. Intereses por préstamos a socios 302. Ingresos brutos no operacionales 300. Otros ingresos diferentes de los anteriores 298. Ingresos por aportes, contribuciones, subsidios y otros 297. Ingresos por herencias, legados, gananciales y porción conyugal 296. Ingresos por rifas, loterías, apuestas y similares
295. Ingresos brutos por venta de otros activos fijos poseídos dos (2) años o más
294. Ingresos brutos por venta de valores mobiliarios poseídos dos (2) años o más
293. Ingresos brutos por venta de otros activos fijos poseídos por menos de dos (2) años
292. Ingresos brutos por venta de valores mobiliarios poseídos por menos de dos (2) años Activos fijos Ingresos 2 4 5 303. Intereses 2 5 5 1 2 4 5 1 4 2 1 2 3
306. Ingresos por derivados financieros
2 3
2 3
2 3
2 3
314. Ingresos no constitutivos de renta
313. Devoluciones, rebajas y descuentos en ventas 311. Intereses y rendimientos financieros 299. Ingresos por donaciones
1 3 4 4 5 3 2 3
316. Ingresos no constitutivos de ganancia ocasional
2
1 3
317. Ingresos provenientes de países con convenio de doble tributación 301. Ingresos brutos no operacionales provenientes de países con convenio de doble tributación
5
1732
1 1
Espacio reservado para la DIAN
4. Número de formulario
Página de Hoja No. 8
1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 2 1 1 1 1
318. Inventario inicial de materia prima, materiales y suministros
1 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 1 1 1 1 1 1 1 1
319. Compras de materia prima, materiales y suministros 320. Inventario final de materia prima, materiales y suministros 321. Inventario inicial de productos en proceso
322. Mano de obra directa 323. Mano de obra indirecta 324. Depreciaciones 325. Amortizaciones 326. Agotamiento
2
347. En exploración y explotación de gases y minerales
349. En la actividad de seguros y capitalización
351. Otros costos diferentes a los anteriores 350. En contratos de servicios autónomos
2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 327. Diferencia en cambio 2 1 2 1 2 1 2 1 1 2 2 1 1 2 1 2 1 2 1 2 2 1 1
328. Pagos al exterior por servicios técnicos, asitencia técnica y consultoría 329. Otros costos generales de fabricación
330. Servicios contratados con terceros 331. Inventario final de productos en proceso 332. Aportes a EPS
333. Aportes a ARL
334. Aportes a fondos de pensiones 335. Aportes al SENA
336. Aportes al ICBF
337. Aportes a cajas de compensación familiar 338. Regalías pagadas en el país y al exterior
339. Inventario inicial de productos terminados y mercancías para la venta 340. Compras de productos terminados y mercancías para la venta 341. Inventario final de productos terminados y mercancías para la venta 342. Costo de ventas y de prestación de servicios
343. En la actividad agrícola
344. En la actividad ganadera, en comercio de ganado y en pesca 345. En exploración y explotación de carbón
346. En exploración y explotación de hidrocarburos
348. En exploración y explotación de otros recursos
352. Costos imputables a ingresos que no constituyen renta
356. Costos en venta de valores mobiliarios poseídos por dos (2) años o más 357. Costos en venta de otros activos fijos poseídos por dos (2) años o más 358. Costos imputables a ingresos que no constituyen renta ni ganancia ocasional
359. Otros costos
1
354. Costos en venta de valores mobiliarios poseídos por menos de dos (2) años
1 2
353. Costo de ventas y de prestación de servicios
361. Costos incurridos en el exterior
362. Costos incurridos en países con convenio de doble tributación 360. Costos imputables a las rentas exentas
Costos generales de fabricación
1
355. Costos en venta de otros activos fijos poseídos por menos de dos (2) años
2
Valor contable Valor fiscal
Activos fijos
Costos de producción o de operación
Costos
1732
Espacio reservado para la DIAN
4. Número de formulario
Página de
390. Pérdida de bienes
373. Servicios, honorarios y comisiones a favor de no residentes o no domiciliados en el país 374. Servicios, honorarios y comisiones a favor de vinculados del exterior
391. Otros gastos a favor de no residentes o no domiciliados en el país 389. Deudas manifiestamente perdidas o sin valor
395. Salarios y prestaciones sociales 364. Salarios y prestaciones sociales
367. Aportes a fondos de pensiones
371. Servicios, honorarios y comisiones a favor de residentes o domiciliados en el pais 372. Servicios, honorarios y comisiones a favor de vinculados del país
379. Arrendamientos y alquiler 376. impuestos
382. Mantenimiento, reparaciones, adecuación e instalación 380. Seguros y gastos legales
383. Depreciaciones 384. Amortizaciones
385. Provisión general de cartera 386. Provisión individual de cartera
387. Provisión para bienes recibidos en dación en pago 388. Provisión otros activos
365. Aportes a EPS
393. Gastos incurridos en países con convenio de doble tributación
Hoja No. 9 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 368. Aportes al SENA 377. Tasas
378. Contribuciones, afiliaciones y aportes
381. Regalías pagadas en el país y en el exterior
2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 369. Aportes al ICBF
392. Otros gastos operacionales de administración 370. Aportes a cajas de compensación familiar
2
397. Aportes a ARL
398. Aportes a fondos de pensiones 396. Aportes a EPS
2 2
375. Servicios técnicos, asistencia técnica y consultoría pagados a no residentes o no domiciliados en el país
399. Aportes al SENA 400. Aportes al ICBF
401. Aportes a cajas de compensación familiar
402. Servicios, honorarios y comisiones a favor de residentes o domiciliados en el pais 403. Servicios, honorarios y comisiones a favor de vinculados del país
404. Servicios, honorarios y comisiones a favor de no residentes o no domiciliados en el país 405. Servicios, honorarios y comisiones a favor de vinculados del exterior
406. Impuestos, tasas y regalías 407. Contribuciones, afiliaciones y aportes 408. Arrendamientos y alquiler 409. Seguros y gastos legales
410. Mantenimiento, reparaciones, adecuación e instalación 411. Gastos de viaje
412. Publicidad, propaganda y promoción
Gastos operacionales de ventas
2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 366. Aportes a ARL 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1
394. Gastos operacionales de administración 1 2
Gastos operacionales de administración
Deducciones Valor fiscal Valor contable
1732
440. Compensación de pérdidas fiscales
441. Compensación del exceso de renta presuntiva sobre renta ordinaria
444. Patrimonio líquido del año o periodo gravable anterior
445. De las acciones y aportes poseídos en sociedades nacionales
446. De bienes afectados por hechos constitutivos de fuerza mayor o caso fortuito
452. 3% del patrimonio sujeto a renta presuntiva 453. Renta gravable generada por los activos excluidos
447. De los bienes vinculados a empresas en periodo improductivo
448. De los bienes vinculados directamente a empresas exclusivamente mineras
455. Renta exenta
457. Rentas gravables
458. Renta líquida gravable
1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1
451. Base de cálculo de la renta presuntiva 1
436. Deducciones imputables a las rentas exentas
431. Otros gastos o deducciones diferentes de las anteriores 420. Deducción inversiones en activos fijos
427. Donaciones
428. Deducción por inversión en espectáculos públicos 429. Deducción por inversión en carteras colectivas
434. Deducciones imputables a ingresos que no constituyen renta ni ganancia ocasional
430. Deducciones especiales y/o sin relación de causalidad 1 1
Espacio reservado para la DIAN
4. Número de formulario
Página de Hoja No. 10
1 1
1 1
438. Renta líquida ordinaria del ejercicio 439. o Pérdida líquida del ejercicio
442. Compensaciones 1 1 1 1 1 2 2 2 2 2 2
449. Las primeras 19.000 UVT de activos destinados al sector agropecuario 450. Otras exclusiones 1 1 Valor patrimonial neto 2 2 2 2 2 2
433. Gastos incurridos en países con convenio de doble tributación
Renta presuntiva 443. Renta líquida 1 454. Renta presuntiva 1 1 1 2 2 1
432. Gastos incurridos en el exterior
2 2 2 2 2 2 2 413. Depreciaciones 414. Amortizaciones 415. Provisiones
416. Otros gastos a favor de no residentes o no domiciliados en el país 417. Otros gastos operacionales de ventas
418. Gastos incurridos en países con convenio de doble tributación
Deducciones
419. Gastos operacionales de ventas
1 1 1 1 1 1 1 2 1
Valor fiscal Valor contable
Renta
456. Reducción renta presuntiva en el porcentaje de renta exenta (Casos Exceptivos) 1
Gastos Operacionales
de Ventas
421. Intereses a favor de residentes o domiciliados en el país 422. Intereses a favor de no residentes o no domiciliados 423. Diferencia en cambio
424. Gastos por inversiones en títulos 425. Gastos por derivados financieros 426. Gastos por contratos de leasing
Otras deducciones 1 1 1 1 1 1 2 2 Valor fiscal 2
1732
No diligenciable
505. Sanciones
504. Saldo a pagar por impuesto
558. Anticipo sobretasa año gravable en que declara
Autorretenciones
Otras retenciones
Descuentos tributarios
491. Por servicios 490. Por ventas
493. Por otros conceptos 492. Por rendimientos financieros Espacio reservado para la DIAN
4. Número de formulario
Página de Hoja No.11
473. IVA en la importación de maquinaria pesada para industrias básicas
474. Impuestos pagados en el exterior
475. Empresas colombianas de transporte internacional
495. Por ventas 496. Por servicios
497. Por honorarios y comisiones 498. Por rendimientos financieros 499. Por dividendos y participaciones 500. Otras retenciones 1 1 1 1 1 1 1 1 1
476. Inversión en acciones de sociedades agropecuarias 477. Empresas de servicios públicos
478. Nuevos contratos empleados menores de 28 años (Art. 9 Ley 1429/2010)
479. Contratación de empleados en situación de desplazamiento y otros (Art. 10 Ley 1429/2010)
480. Contratación de empleados mayores de 40 años (Art. 11 Ley 14929/2010)
1 1 1 1 1 1 1 2 2 2 2 2 2 1 2 2 1 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2
482. Otros descuentos tributarios 1 2
481. IVA descontable en la adquisición de bienes de capital 1 2
483. Descuentos tributarios 1 2
460. 20% 461. 15%
462. Personas naturales o asimiliadas
2 2 2 1 1 1 2 2 459. 25%
463. Progresividad de la tarifa del impuesto de renta, o, sociedad extranjera o entidad extranjera sin sucursal o establecimiento permanente
Base
Tarifa
484. Impuesto neto de renta 1 2
2 2
488. Anticipo renta por el año gravable que declara 2
489. Saldo a favor sin solicitud de devolución o compensación año gravable anterior al que declara 2
503. Anticipo renta por el año gravable siguente al que declara 2
2 2 1 Tarifa 1 Impuesto 1 501. Otras retenciones 1 2 1
464. Ingresos por ganancia ocasional en venta de activos fijos 465. Otros ingresos por ganancias ocasionales
466. Ingresos por ganancias ocasionales
467. Costos por ganancia ocasional en venta de activos fijos 468. Otros costos por ganancias ocasionales
469. Costos por ganancias ocasionales
470. Ganancias ocasionales no gravadas y exentas
471. Ganancias ocasionales gravables
494. Autorretenciones 1 2
472. Impuesto sobre la renta líquida gravable 1
Liquidación privada
2
2
485. Impuesto de ganancias ocasionales
2
486. Descuento por impuestos pagados en el exterior por ganancias ocasionales
Valor contable
1732
1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1Ganancias ocasionales Valor fiscal
Valor fiscal 1 1 1 1 1
No diligenciable
2
511. Utilidad en venta de activos fijos 512. Pérdida en venta de activos fijos 513. Gasto de impuesto corriente (IC)
515. Gasto de impuesto diferido registrado como saldo débito (IDD)
537. Saldo de pérdida fiscal por compensar en periodos futuros
539. Dividendos o participaciones gravados decretados en el periodo 540. Dividendos o participaciones no gravados decretados en el periodo
541. Dividendos o participaciones gravados efectivamente pagados o exigibles en el periodo 542. Dividendos o participaciones no gravados efectivamente pagados o exigibles en el período 538. Saldo de exceso de renta presuntiva sobre renta líquida ordinaria por compensar en periodos futuros
543. Ingresos acumulados recibidos para terceros
1 2 1 2 1 2 1 1 2 2 2 1 1 1 2 2 1 2 1 1 2 2 1 2
544. Retiros para consumo y publicidad, propaganda y promoción 1
2 2
545. Disminución del inventario final por faltante de mercancía de fácil destrucción o pérdida 1 2 2
1
514. Gasto de impuesto diferido registrado como saldo crédito (IDC) 509. Aportes al sistema de seguridad social
510. Aportes al SENA, ICBF, cajas de compensación
1 2
1 2
1
536. Saldo de pérdidas de activos por deducir en periodos futuros
518. Dividendos y participaciones conforme al literal a), b) y c) del inciso 2°, artículo 254 E. T., de sociedades domiciliadas en países con convenio de doble tributación
521. Intereses
522. Intereses obtenidos en países con convenio de doble tributación
524. Explotación de intangibles en países con convenio de doble tributación 519. Dividendos y participaciones conforme al literal d) del inciso 2°, artículo 254 E.T.
520. Dividendos y participaciones conforme al literal d) del inciso 2°, artículo 254 E.T., de sociedades domiciliadas en países con convenio de doble tributación.
528. Por el establecimiento permanente o sucursal de residentes en el país 525. Prestación de servicios
526. Prestación de servicios técnicos, asistencia técnica y consultoría
527. Prestación de servicios técnicos, asistencia técnica y consultoría en países con convenio de doble tributación
517. Dividendos y participaciones conforme al literal a), b) y c) del inciso 2°, artículo 254 E. T.
523. Explotación de intangibles
535. Saldo otros descuentos tributarios pendientes por aplicar en periodos futuros 532. Impuesto descontable de períodos anteriores.
533. Impuesto descontable incluido en la declaración del periodo gravable.
534. Saldo descuento tributario por impuestos pagados en el exterior pendientes por aplicar en periodos futuros 530. Otros descuentos por impuestos pagados en el exterior
2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 Valor contable Valor fiscal
Datos informativos Valor contable
529. Por el establecimiento permanente o sucursal en países con convenio de doble tributación 1 22
1 2
Valor fiscal
Espacio reservado para la DIAN
4. Número de formulario
Página de Hoja No.12
1 2
1 2
1732
1
ANEXO 2 Formato Nº 1732
Especificaciones para el suministro de la información con relevancia tributaria
En este formato se desglosan los conceptos que corresponden al valor consolidado que se registrará en cada una de las casillas de la “Declaración de Renta y Complementarios o de Ingresos y Patrimonio para Personas Jurídicas y Asimiladas, Personas Naturales y
Asimiladas Obligadas a Llevar Contabilidad”
1 Año: Año gravable por el cual se suministra la información.
4. Número de formulario: Espacio determinado para el número único asignado por la DIAN a cada uno de los formatos.
5. Número de Identificación Tributaria (NIT): Corresponde al Número de Identificación Tributaria asignado al contribuyente por la DIAN, sin el dígito de verificación, antes del guión, tal como aparece en la casilla 5 de la hoja principal del Registro Único Tributario (RUT). En ningún caso escriba puntos, guiones o letras.
6. DV.: Corresponde al número que en su NIT se encuentra separado por un guión, llamado “Dígito de Verificación” (DV), tal como aparece en la casilla 6 de la hoja principal del RUT.
7. Primer apellido: Si el contribuyente es persona natural corresponde al primer apellido, tal como figura en el documento de identificación, el cual debe coincidir con el registrado en la casilla 31 de la hoja principal del RUT, si no coincide, actualice el RUT antes de presentar este formato. 8. Segundo apellido: Si el contribuyente es persona natural corresponde al segundo apellido, tal como figura en el documento de identificación, el
cual debe coincidir con el registrado en la casilla 32 de la hoja principal del RUT, si no coincide, actualice el RUT antes de presentar este formato. 9. Primer nombre: Si el contribuyente es persona natural escriba el primer nombre, tal como figura en el documento de identificación, el cual debe coincidir con el registrado en la casilla 33 de la hoja principal del último RUT actualizado, si no coincide, actualice el RUT antes de presentar este formato.
10. Otros nombres: Si el contribuyente es persona natural corresponde al segundo nombre (u otros nombres), tal como figura en el documento de identificación, los cuales deben coincidir con los registrados en la casilla 34 de la hoja principal del RUT, si no coinciden actualice el RUT, antes de presentar este formato.
11. Razón social: Si es persona jurídica o sociedad de hecho, corresponde a la razón social completa, la cual debe coincidir con la registrada en la casilla 35 de la hoja principal del RUT, si no coincide, actualice el RUT, antes de presentar este formato. Esta casilla no debe ser diligenciada cuando se trate de persona natural.
12. Código Dirección Seccional: Código de la Dirección Seccional que corresponda al domicilio principal de su actividad o negocio, según lo informado en la casilla 12 del Registro Único Tributario “RUT”. Verifique que el dato corresponda al RUT, si no coincide actualice el RUT antes de presentar este formato.
25. Corrección a la declaración: Seleccione Código: “1” si es una corrección a la declaración privada, “2” si es una corrección generada por la DIAN, con base en la Ley 962 de 2005, “3” si es una corrección con posterioridad a un acto administrativo, o “4” si es Proyecto de corrección (Artículo 589 E.T.).
26. Corrección del Formato 1732, sin corregir el Formulario 110: Seleccione “SI”, si esta es una corrección a un Formato No. 1732, sin corregir el Formulario 110 (Declaración de Renta), es decir si no va modificar los valores inicialmente registrados en cada una de sus casillas de la declaración. Digite “NO”, si esta es una corrección a un Formato No. 1732, para corregir el Formulario 110 (Declaración de Renta), es decir que va modificar los valores inicialmente registrados en cada una de sus casillas.
27. No. declaración de renta asociada: Escriba el número de la declaración de renta que se asocia con el Formato 1732. únicamente para los casos en que por obligación legal deben presentar la declaración en forma litográfica. (Artículo 7o Decreto 1791/2007) y cuando la DIAN ha generado una corrección a la declaración con base en la Ley 962 de 2005.
28. No. Formulario anterior: Si va a corregir una declaración correspondiente al año gravable o a fracción de año, escriba los trece dígitos que figuran en la casilla 4 del formulario correspondiente a la declaración objeto de corrección. Si va a corregir una declaración generada por la DIAN con base en la Ley 962 de 2005, escriba los dígitos que figuran en la casilla 4 de dicha declaración. Si la corrección es posterior a un acto administrativo, escriba todos los números del acto administrativo.
29. Fracción año gravable: Marque con equis (X) esta casilla, si la declaración corresponde a una fracción del año gravable, en razón a la liquidación de un ente social o de una sucesión ilíquida.
546 Nuevos empleos generados bajo la vigencia de la Ley 1429 de 2010
El número de empleos creados que cumplan con los supuestos legales establecidos por la Ley 1429 de 2010 Datos informativos SI / NO
547 Persona natural
Marque SI, si es persona natural obligado a diligenciar el Formato 1732. De lo contrario marque NO. 548 Contribuyente del régimen tributario especial
Marque SI, si se trata de contribuyentes que se someten al impuesto sobre la renta conforme al régimen tributario especial, (Artículo 19 E.T.). De lo contrario marque NO.
549 Contribuyente del régimen tributario especial de los previstos en el numeral 4º del artículo 19 E. T.
Marque SI, si se trata de cooperativas, sus asociaciones, uniones, ligas centrales, organismos de grado superior de carácter financiero, las asociaciones mutualistas, instituciones auxiliares del cooperativismo, confederaciones cooperativas, previstas en la legislación cooperativa, vigilados por alguna superintendencia u organismos de control. De lo contrario marque NO.
550 Entidad del sector financiero
Marque SI, si se trata de una entidad que se encuentra sometida al control y vigilancia de la Superintendencia Financiera. De lo contrario marque NO.
551 Empresa editorial acogida al beneficio del artículo 21 de la Ley 98 de 1993
Marque SI, si se trata de una empresa editorial constituida en Colombia como persona jurídica, cuya actividad económica y objeto social sea exclusivamente la edición de libros, revistas, folletos o coleccionables seriados de carácter científico o cultural. De lo contrario marque NO.
2
552 Sociedad extranjera o persona natural no residente que presta servicio de transporte entre lugares colombianos y extranjeros Marque SI, si se trata de una sociedad extranjera o persona natural no residente que presta en forma regular el servicio de transporte aéreo, marítimo, terrestre y fluvial entre lugares colombianos y extranjeros, y va a dar aplicación a lo previsto en el Artículo 203 E.T. De lo contrario marque NO.
553 Contribuyente obligado a aplicar sistemas especiales de valoración de inversiones
Marque SI, si se trata de una entidad obligada por los organismos de vigilancia y control a aplicar sistemas especiales de valoración de inversiones. De lo contrario marque NO.
554 Costo de los activos movibles enajenados establecido por el sistema de juego de inventarios (inventario periódico)
Marque SI, si establece el costo de ventas por el sistema de inventarios periódico o de juego de inventarios (Artículo 62 E.T.). De lo contrario marque NO.
555 Costo de los activos movibles establecido simultáneamente por el sistema de juego de inventarios (inventario periódico) y por el sistema de inventarios permanentes
Marque SI, si establece el costo de ventas por el sistema de juego de inventarios (inventario periódico) y por el sistema de inventarios permanentes. De lo contrario marque NO.
556 Progresividad de la tarifa de impuesto de renta, o, sociedad extranjera o entidad extranjera sin sucursal o establecimiento permanente Marque SI, si es persona natural, jurídica o sociedad de hecho, cuyo personal no sea o no haya sido superior a 50 trabajadores y cuyos activos totales no superen cinco mil salarios mínimos mensuales legales vigentes (5.000 smmlv), y cumpla con los requisitos legales para acogerse al beneficio de que trata el artículo 4 de la Ley 1429 de 2010; o, si es sociedad extranjera o entidad extranjera sin sucursal o establecimiento permanente en el país. De lo contrario marque NO.
557 Programa de reorganización empresarial durante el año gravable
Marque SI, si hizo parte de un programa de reorganización empresarial, fusión, escisión, reestructuración, entre otras. De lo contrario marque NO. 997. Fecha efectiva de la transacción: Espacio reservado para uso exclusivo de la DIAN.
Casilla 30 de la declaración de renta: Total costos y gastos de nómina 508 Total costos y gastos de nómina
1 El valor total de los salarios, prestaciones sociales y demás pagos laborales llevados como costo y/o deducción en el año gravable que está declarando o en la fracción del período a declarar.
2 El valor total de los salarios, prestaciones sociales y demás pagos laborales causados en el año gravable que está declarando o en la fracción del período a declarar.
Casilla 31 de la declaración de renta: Aportes al sistema de seguridad social 509 Aportes al sistema de seguridad social
1 El valor total de los aportes al sistema de seguridad social llevados como costo y/o deducción en el año gravable que está declarando o en la fracción del período a declarar.
2 El valor causado durante la vigencia por concepto de aportes al sistema de seguridad social. Casilla 32 de la declaración de renta: Aportes al SENA, ICBF, cajas de compensación 510 Aportes al SENA, ICBF, cajas de compensación
1 El valor efectivamente pagado durante la vigencia por concepto de aportes parafiscales al SENA, ICBF, cajas de compensación. 2 El valor causado durante la vigencia por concepto de aportes parafiscales al SENA, ICBF, cajas de compensación. .
Patrimonio
El patrimonio está constituido por el total de los bienes y derechos, tangibles e intangibles, apreciables en dinero poseídos por el contribuyente en el último día del año o período gravable.
Casilla 33 de la declaración de renta: Efectivo, bancos, otras inversiones 100 Efectivo, bancos y cuentas de ahorro moneda nacional y extranjera 1 El valor patrimonial de los siguientes conceptos:
Efectivo: La existencia en dinero efectivo o en cheques con que cuenta el contribuyente, tanto en moneda nacional como extranjera, disponible en forma inmediata, incluido el que se encuentre en cajillas de seguridad.
Bancos: El valor de los depósitos poseídos por el contribuyente en moneda nacional y extranjera, en bancos tanto del país como del exterior. Para el caso de las cuentas corrientes bancarias poseídas en el exterior, su monto en moneda nacional se obtendrá de la conversión a la tasa representativa del mercado a 31 de diciembre del año que está declarando.
Cuentas de ahorro: La existencia de fondos a la vista o a término constituidos por el contribuyente en las diferentes entidades financieras, las cuales generalmente producen algún tipo de rendimiento.
Remesas en tránsito: El valor de los cheques sobre otras plazas nacionales o del exterior que han sido consignados en el banco por el contribuyente y que se encuentran pendientes de confirmación.
2 El saldo contable a 31 de diciembre del año que está declarando de la cuenta del P.U.C. respectivo. 101 Derechos fiduciarios
1 El valor patrimonial de los bienes entregados con el propósito de cumplir una finalidad específica, bien sea en beneficio del fideicomitente o de un tercero en calidad de fideicomiso de inversión.
Los derechos fiduciarios sobre el patrimonio deben ser declarados por el contribuyente que tenga la explotación económica de los respectivos bienes en armonía con lo dispuesto en el Artículo 263 del Estatuto Tributario, por el valor certificado por los fiduciarios.
3
El valor patrimonial de los derechos fiduciarios, para los respectivos beneficiarios, es el que les corresponda de acuerdo con su participación en el patrimonio líquido del fideicomiso al final del ejercicio. Los bienes conservarán para los beneficiarios la condición de movilizados o inmovilizados, que tengan en el patrimonio autónomo.
2 El saldo contable a 31 de diciembre del año que está declarando de la cuenta del P.U.C. respectivo. 102 Otras inversiones
1 El valor patrimonial de los títulos, bonos, certificados y otros documentos negociables que generan intereses y rendimientos financieros. El valor por el que se deben declarar algunos activos mobiliarios, es el siguiente:
Inversiones obligatorias: El monto de las inversiones de carácter forzoso realizadas por el contribuyente en cumplimiento de exigencias legales emanadas de las autoridades pertinentes.
Derechos de Recompra de inversiones negociadas (Repos): Las inversiones restringidas que resultan de la transferencia de las inversiones negociadas y representan la “garantía colateral” de la cuenta 2135 -compromisos de recompra de inversiones negociadas.
Bonos: El valor de las inversiones hechas por el contribuyente en bonos, en el país o en el exterior. Cédulas de capitalización y pólizas de seguros de vida: El valor de rescisión.
Certificados: El monto de las inversiones realizadas por el contribuyente en certificados emitidos por entidades legalmente autorizadas. Depósitos a término: El monto del capital ahorrado más los intereses causados y no cobrados. (Art. 268 E.T.)
Papeles comerciales: El monto de la inversión realizada por el contribuyente en valores de contenido crediticio emitidos por entes comerciales, industriales y de servicios, sometidos a la inspección y vigilancia por parte de entidades del Estado, cuyo objetivo es la financiación del capital de trabajo.
Títulos: El valor de la inversión realizada por el contribuyente en los denominados genéricamente “títulos”, emitidos por el Gobierno Nacional por intermedio del Banco de la República, otra entidad gubernamental o financiera, debidamente autorizada.
Cuentas en participación: El valor del aporte efectuado por el partícipe, en desarrollo de contratos de cuentas en participación suscritos y desarrollados conforme a lo previsto en la legislación comercial vigente.
Otras inversiones: El valor patrimonial de las inversiones que el contribuyente ha realizado en títulos diferentes a los descritos anteriormente dentro del grupo 12 inversiones del PUC.
Nota:
Si estos documentos se cotizan en bolsa, la base para determinar el valor patrimonial será el promedio de transacciones en bolsa del último mes del período gravable. (Art. 271 E.T.) Cuando se trata de títulos que se cotizan en bolsa pero que no se cotizaron en el último mes del período gravable (diciembre), las inversiones se deben valorar bajo los lineamientos generales del inciso primero del artículo 271 del Estatuto Tributario, por no existir otra norma que se ocupe específicamente del tema.
Para los contribuyentes obligados a utilizar sistemas especiales de valoración de inversiones, de conformidad con las normas especiales que para el efecto señalen las entidades de control, el valor patrimonial de las inversiones será aquel que resulte de la aplicación de tales mecanismos de valoración y sus efectos deben registrarse en el estado de ganancias y pérdidas. Para efectos tributarios este resultado solo se realizará en cabeza de la sociedad de acuerdo con las reglas del artículo 27 y demás normas concordantes del Estatuto Tributario. (Artículo 1º del Decreto 2336 de 1995)
Las divisas, títulos, derechos, depósitos, inversiones y demás activos expresados en moneda extranjera o que se poseen en el exterior, el último
día del período gravable, se deben reexpresar con base en la tasa representativa del mercado de la respectiva moneda a esa fecha. (Art. 269 E.T.)
Para los títulos, derechos e inversiones y demás activos que se encuentren expresados en UVR o que sobre los mismos se haya pactado un reajuste de su valor, se deben reexpresar con base en la cotización de la UVR o en el pacto de reajuste, con cargo o abono a gasto o ingreso financiero según el caso, salvo cuando debe capitalizarse. (Inciso cuarto, Art. 51, Decreto R. 2649 de 1993, modificado por el Art. 1 del Decreto 1536 de 2007)
Los aportes voluntarios en los fondos de pensiones de cualquiera de los regímenes del Sistema General de Pensiones, así como sus rendimientos, son de libre disposición del afiliado, los puede utilizar en cualquier momento y, por consiguiente, hacen parte de su patrimonio. (Concepto DIAN 008755 del 17 de febrero de 2005, confirmado por el Oficio 017628 de 28 de febrero de 2006)
2 El saldo contable a 31 de diciembre del año que está declarando de la cuenta del P.U.C. respectivo. 103 Provisión protección de inversiones
1 Los valores provisionados sobre las inversiones realizadas, en aplicación de disposiciones legales que lo permitan, tales como en caso de ser entidad cooperativa o contribuyente obligado a utilizar sistemas especiales de valoración de inversiones.
2 El saldo contable a 31 de diciembre del año que está declarando de la cuenta del P.U.C. respectivo. 104 Omitidos en períodos anteriores
1 El valor del efectivo, depósitos en bancos y otras inversiones omitidos en períodos anteriores no revisables, conforme al artículo 239-1 del E.T. 2 El saldo contable a 31 de diciembre del año gravable que está declarando de la cuenta del P.U.C. respectivo.
105 Efectivo, bancos, otras inversiones 1 Resultado en el Prevalidador 2 Resultado en el Prevalidador.
Casilla 34 de la declaración de renta: Acciones y aportes (Sociedades anónimas, limitadas y asimiladas) 106 Acciones y aportes en sociedades y entidades nacionales
1 El valor patrimonial de las acciones, aportes y derechos sociales poseídos por el contribuyente en cualquier clase de sociedad o entidad nacional (Art. 272 E.T.). El sistema por el cual se deben declarar las acciones o aportes en sociedades no es opcional, sino que aplica de manera obligatoria según las circunstancias en que se encuentre el contribuyente; por regla general deben declararse por el costo fiscal de acuerdo con
el artículo 69 del Estatuto Tributario. El costo de las acciones y aportes en sociedades, que tengan el carácter de activos fijos, está constituido por: El precio de adquisición; más: el valor de los reajustes fiscales originados en los ajustes permitidos por el artículo 70 del Estatuto Tributario y el valor de los ajustes por inflación efectuados de conformidad con el Título V del Estatuto Tributario desde el año gravable de 1992 y hasta el año gravable 2006.
Para los contribuyentes obligados a utilizar sistemas especiales de valoración de inversiones, de conformidad con las normas especiales que para el efecto señalen las entidades de control, el valor patrimonial de las inversiones será aquel que resulte de la aplicación de tales mecanismos de valoración y sus efectos deben registrarse en el estado de ganancias y pérdidas. Para efectos tributarios, este resultado solo se realizará e cabeza de la sociedad de acuerdo con las reglas del Artículo 27 y demás normas concordantes del Estatuto Tributario. (Art. 1º del Decreto 233 de 1995, Oficio DIAN 095985 del 22 de noviembre de 2007)
En el evento en que el contribuyente haya optado por ajustar al valor comercial el costo de las acciones y aportes en sociedades poseídos a 31 de diciembre de 1986, según el artículo 65 de la Ley 75 de 1986, tomará dicho valor más los ajustes efectuados de conformidad con el artículo 70
4
del Estatuto Tributario y los ajustes por inflación realizados en aplicación del título V del mismo Estatuto desde el año gravable de 1992 y hasta el año gravable 2006. (Art. 2º Decreto R. 2591 de 1993)
Los contribuyentes podrán ajustar anualmente el costo de los bienes que tengan el carácter de activos fijos, en el mismo porcentaje en que se ajusta la Unidad de Valor Tributario, salvo para las personas naturales cuando hubieren optado por el ajuste previsto en el artículo 73 del Estatuto Tributario. (Art. 280 E.T.)
2 El saldo contable a 31 de diciembre del año que está declarando de la cuenta del P.U.C. respectivo. 107 Acciones y aportes en sociedades ubicadas en el exterior
1 El valor de las acciones, aportes y derechos sociales poseídos por el contribuyente en cualquier clase de sociedad o entidad del exterior, el cual se deberá reexpresar a la tasa de cambio al 31 de diciembre del año gravable que se está declarando. (Art. 272 E.T.)
2 El saldo contable a 31 de diciembre del año que está declarando de la cuenta del P.U.C. respectivo. 108 Acciones y aportes en países con los cuales Colombia tiene convenio de doble tributación
1 El valor patrimonial de las acciones, aportes y derechos sociales poseídos por el contribuyente en cualquier clase de sociedad o entidad del exterior con los cuales Colombia haya suscrito convenio de doble tributación, el cual se deberá reexpresar a la tasa de cambio al 31 de diciembre del año gravable que se está declarando.
2 El saldo contable a 31 de diciembre del año que está declarando de la cuenta del P.U.C. respectivo. 109 Provisiones acciones y aportes
1 Los valores provisionados con el fin de cubrir la diferencia resultante entre el costo de las acciones y el valor de mercado o intrínseco, según sea el caso, solicitados en la declaración.
2 El saldo contable a 31 de diciembre del año que está declarando de la cuenta del P.U.C. respectivo. 110 Omitidos en períodos anteriores
1 El valor de las acciones y aportes en sociedades o entidades del país o del exterior de naturaleza anónima, limitada y asimiladas, omitidas en períodos anteriores no revisables, conforme al artículo 239-1 del E.T.
2 El saldo contable a 31 de diciembre del año gravable que se está declarando de la cuenta del P.U.C. respectivo. 111 Acciones y aportes (sociedades anónimas, limitadas y asimiladas)
1 Resultado en el Prevalidador. 2 Resultado en el Prevalidador.
Casilla 35 de la declaración de renta: Cuentas por cobrar 112 Clientes nacionales
1 El valor patrimonial de las deudas comerciales a cargo de terceros y a favor del contribuyente. Las cuentas por cobrar clientes, están constituidas por el valor nominal de la totalidad de los créditos que posea el contribuyente el último día del año o período gravable y que estén relacionados con su actividad productora de renta. Sin embargo, pueden estimarse por un valor inferior cuando el contribuyente demuestre satisfactoriamente la insolvencia del deudor o que le ha sido imposible obtener el pago no obstante haber agotado los recursos usuales. (Art. 270 E.T.)
Los créditos manifiestamente perdidos o sin valor pueden descargarse del patrimonio si se ha hecho la cancelación en los libros del contribuyente. (Art. 270 E.T.)
Nota: Las cuentas por cobrar expresadas en moneda extranjera el último día del año o período gravable, se deben reexpresar con base en la tasa representativa del mercado de la respectiva moneda a tal fecha.
Cuando las cuentas por cobrar se encuentren expresadas en UVR o cuando sobre las mismas se haya pactado un reajuste de su valor, se deben ajustar con base en la UVR o en el respectivo pacto de ajuste, registrando un mayor valor del activo y como contrapartida un ingreso financiero. (Art. 1º del Decreto 1536 de 2007)
2 El saldo contable a 31 de diciembre del año que está declarando de la cuenta del P.U.C. respectivo. 113 Cuentas por cobrar a vinculados nacionales y extranjeros
1 Los valores entregados en dinero o en especie a los vinculados del contribuyente y/o los pagos efectuados por él a terceros por cuenta de estos. 2 El saldo contable a 31 de diciembre del año que está declarando de la cuenta del P.U.C. respectivo.
114 Cuentas por cobrar a socios, accionistas, comuneros o cooperados
1 Los valores entregados en dinero o en especie a los socios, accionistas, comuneros o cooperados y/o los pagos efectuados por el contribuyente a terceros por cuenta de estos.
2 El saldo contable a 31 de diciembre del año que está declarando de la cuenta del P.U.C. respectivo. 115 Otros deudores y deudores varios
1 Los valores a favor del contribuyente y a cargo de deudores diferentes a los enunciados anteriormente. 2 El saldo contable a 31 de diciembre del año que está declarando de la cuenta del P.U.C. respectivo. 116 Provisión deudas de difícil cobro
1 Los montos provisionados por el contribuyente para cubrir eventuales pérdidas de créditos, originados en operaciones propias de la actividad productora de renta, como resultado del análisis efectuado a cada uno de los rubros que conforman el grupo deudores comerciales. El cálculo de la provisión puede ser individual o general, previo cumplimiento de los requisitos establecidos.
Como deducción por concepto de provisión individual para deudas de dudoso o difícil cobro, se acepta como cuota razonable hasta un treinta y tres por ciento (33%) anual del valor nominal de cada deuda con más de un año de vencida. (Art. 74 Decreto 187 de 1975)
Como deducción por concepto de provisión general de cartera para deudas de dudoso o difícil cobro, se puede solicitar: el cinco por ciento (5%) para las deudas que en el último día del ejercicio gravable lleven más de tres meses de vencidas sin exceder de seis (6) meses, el diez por ciento (10%) para las deudas que en el último día del ejercicio gravable lleven más de seis (6) meses de vencidas sin exceder de un (1) año, el quince por ciento (15%) para las deudas que en el último día del ejercicio gravable lleven más de un (1) año de vencidas.
Los intereses que genera la cartera vencida no se pueden incluir en las provisiones individual y general de cartera, porque estas provisiones solamente se pueden realizar sobre las deudas principales. (Concepto DIAN 014251 del 10 de marzo de 2005)
2 El saldo contable a 31 de diciembre del año que está declarando de la cuenta del P.U.C. respectivo. 117 Otras provisiones sector financiero
1 Los montos provisionados por las entidades del sector financiero para cubrir eventuales pérdidas de créditos, como resultado del análisis efectuado a cada uno de los rubros de deudores, tales como: el valor de la provisión individual de cartera de créditos y la provisión de coeficiente de riesgo, realizadas durante el respectivo año gravable, solicitados en la declaración.
Si las entidades sujetas a la inspección y vigilancia de la Superintendencia Financiera, realizan provisión individual de cartera de créditos, provisión de coeficiente de riesgo, provisión sobre bienes recibidos en dación en pago y/o provisión sobre contratos de leasing, deben afectar el valor de la cuenta por cobrar con estas provisiones, teniendo en cuenta las normas que las regulan para efectos fiscales. (Art. 145 E.T.)