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Funciones de Desarrollo Económico

III.6.3.1.1. Comisión Nacional del Agua

Administración de los Usos de las Aguas Nacionales

Auditoría de Desempeño: 09-0-16B00-07-0016

Criterios de Selección

Esta auditoría se seleccionó con base en los criterios generales y particulares establecidos en la Normativa Institucional de la Auditoría Superior de la Federación para la planeación específica utilizada en la integración del Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009, considerando la importancia, pertinencia y factibilidad de su realización.

Objetivo

Fiscalizar la eficacia en el cumplimiento del objetivo de la política hídrica relativo a crear una cultura contributiva y de cumplimiento a la Ley de Aguas Nacionales; la eficiencia de las acciones de administración de los usos de las aguas nacionales y de recaudación de derechos; la economía en la aplicación de los recursos presupuestarios asignados a estas acciones; la calidad con que se realizó la descarga de aguas residuales; la percepción del usuario en la atención de trámites administrativos y fiscales; así como la competencia de los operadores.

Alcance

Universo Seleccionado: 153,190.7 miles de pesos Muestra Auditada: 153,190.7 miles de pesos Representatividad de la Muestra: 100.0 %

El alcance presupuestal de la auditoría abarcó el 100.0% del total de los recursos ejercidos en la administración de las aguas nacionales por un importe de 153,190.7 miles de pesos, en términos de la consistencia de las cifras reportadas en el Presupuesto de Egresos de la Federación y la Cuenta Pública para el Ejercicio Fiscal 2009 respecto de los registros internos de la entidad fiscalizada.

Antecedentes

El 16 de enero de 1989, el Ejecutivo Federal creó la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA), como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos (SARH), encargada de construir la infraestructura a fin de abastecer de agua a los habitantes, así como para construir las presas que almacenan el recurso que se emplea para el suministro de las ciudades, el riego y la generación de energía eléctrica.

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009

• Como consecuencia del crecimiento económico del país y el progresivo aumento demográfico se requiere desarrollar la infraestructura hidráulica y procurar la distribución equilibrada de las aguas nacionales entre sus diferentes usos.

• Que la distribución adecuada significa que su uso eficiente permita atender las necesidades sociales, económicas y ecológicas de las generaciones actuales y futuras. • Que estos propósitos podrán lograrse si la administración del recurso y el cuidado de

su calidad se concentran en un órgano administrativo, que además tenga a su cargo las actividades para planear, construir y conservar las obras hidráulicas.

Las actividades de la CONAGUA se concentraron en la construcción de infraestructura hidráulica, no obstante, a principios de la década de los años noventa se continuaban registrando deficiencias en la administración del agua, debido a la creciente actividad económica y a la explosión demográfica, principalmente en el centro y norte del país. Esta situación generó importantes rezagos en el sector hidráulico: sobreexplotación de acuíferos; creciente contaminación del recurso; y conflictos por la competencia entre usuarios.

Con el propósito de atender esta problemática, en 1992, el Ejecutivo Federal presentó ante el Congreso de la Unión una iniciativa para expedir una nueva Ley de Aguas Nacionales, la cual otorgó mayores facultades a la CONAGUA, por lo que a partir de esta fecha se encargaría de la administración de los usos de las aguas nacionales para su preservación en cantidad y calidad; y se le facultó como la autoridad administrativa en materia de recursos hídricos. En dicha iniciativa, se expusieron los siguientes motivos:

• Es tarea impostergable y estratégica dar a este recurso un nuevo enfoque económico para su adecuado aprovechamiento y uso racional.

• Son instrumentos básicos de la política hídrica nacional el régimen de concesiones referentes a los derechos por uso del agua.

• Es imperativo crear el Registro Público de Derechos de Agua (REPDA) para mejorar el control administrativo de los concesionarios, en el que se deberán inscribir los títulos de concesión.

En 1994, con la nueva administración federal, la CONAGUA cambió del Sector Agricultura al de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca, como un órgano desconcentrado.

Esta reubicación obedeció a la importancia que concede el Gobierno Federal al cuidado del medio ambiente y al aprovechamiento de los recursos naturales, de los cuales el agua forma parte, y fortalece el ejercicio de la autoridad en materia de recursos hídricos.

Posteriormente, en 2004 se modificó la Ley de Aguas Nacionales que estableció como principios rectores de la política hídrica nacional, entre otros, los siguientes:

• El agua es un bien de dominio público federal y finito, por lo que la política pública hídrica se orientará a preservar el recurso en cantidad y calidad, como prioridad del Estado y asunto de seguridad nacional.

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Funciones de Desarrollo Económico • El Ejecutivo Federal, por conducto de la CONAGUA, se asegurará de que las

concesiones estén fundamentadas en la disponibilidad efectiva del recurso.

• La gestión del agua debe generar los recursos económicos y financieros necesarios para realizar sus tareas inherentes, bajo el principio de que: el agua paga el agua. • Las personas físicas o morales que contaminen los recursos hídricos son responsables

de restaurar su calidad, y se aplicará el principio: quien contamina, paga.

El Programa Nacional Hídrico (PNH) 2007-2012 señala que el agua es un recurso natural fundamental para el desarrollo de todas las ramas productivas, que tiene un valor económico y es administrado por el Estado, quien por medios legales y administrativos concede su uso a los particulares.

Por ello, en este programa se plantea como uno de sus propósitos fundamentales: Crear una cultura contributiva y de cumplimiento a la Ley de Aguas Nacionales, a fin de preservar el recurso en cantidad y calidad.

De acuerdo con el Reglamento Interior de la CONAGUA, este órgano desconcentrado contará en el ámbito regional hidrológico-administrativo con 13 Organismos de Cuenca y en las entidades federativas con 20 Direcciones Locales, que tendrán el carácter de autoridades y ejercerán las atribuciones que les corresponda en términos de este ordenamiento.

De acuerdo con el Registro Público de Derechos de Agua (REPDA), los títulos de concesión de aguas nacionales otorgados al cierre de 2009 se presentan a continuación:

TÍTULOS Y VOLUMEN CONCESIONADO DE AGUA POR TIPO DE USO A 2009 (Millones de metros cúbicos – m3

Usos de las aguas nacionales

)

Aguas superficiales Aguas subterráneas Total Títulos Part.

(%)

Volumen Part. (%) Títulos Part. (%) Volumen Part. (%) Títulos Part. (%) Volumen Part. (%) 1. Agrícola 26,104 22.43 36,363.5 17.01 115,850 47.15 17,675.3 60.36 141,954 39.21 54,038.8 22.24 2. Agroindustrial 10 0.01 0.5 0.00 57 0.02 5.2 0.02 67 0.02 5.7 0.00 3. Doméstico 1,512 1.30 15.0 0.01 14,048 5.72 26.7 0.09 15,560 4.30 41.7 0.02 4. Acuacultura 659 0.57 1,037.4 0.49 180 0.07 19.5 0.07 839 0.23 1,056.9 0.43 5. Servicios 549 0.47 473.7 0.22 4,843 1.97 697.8 2.38 5,392 1.49 1,171.5 0.48 6. Industrial 432 0.37 4,493.6 2.10 4,504 1.83 1,433.9 4.90 4,936 1.36 5,927.5 2.44 7. Pecuario 15,289 13.14 63.8 0.03 20,531 8.36 125.7 0.43 35,820 9.89 189.5 0.08 8. Público Urbano 65,758 56.51 4,294.7 2.01 54,518 22.19 7,057.0 24.10 120,276 33.22 11,351.7 4.67 9. Comercio 0.0 0.00 2 - 0.1 0.00 2 0.00 0.1 0.00 10. Energía eléctrica 102 0.09 164,847.6 77.13 1 - 0.8 0.00 103 0.03 164,848.4 67.83 11. Múltiples 1/ 5,942 5.11 2,141.6 1.00 31,170 12.69 2,242.9 7.65 37,112 10.25 4,384.5 1.80 Total 116,357 100.00 213,731.4 100.00 245,704 100.00 29,284.9 100.00 362,061 100.00 243,016.3 100.00 Part. (%) del total 32.14 87.9 67.86 12.1 100.0 100.0 1/ Abarca uno o más usos.

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009

Los 362,061 títulos corresponden a un volumen de agua concesionado de 243,016.3 millones de m3; las 245,704 concesiones de aguas subterráneas a 29,284.9 millones de m3; y los 116,357 títulos de aguas superficiales a 213,731.4 millones de m3

Resultados

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1. Establecimiento del Sistema de Evaluación del Desempeño

Se constató que en 2009, la CONAGUA incluyó 37 indicadores en su matriz para evaluar las acciones de administración del agua, sin embargo, se verificó que registró 17 en el sistema del Proceso Integral de Programación y Presupuesto (PIPP).

Respecto de la recaudación de derechos, se verificó que la Comisión incluyó 6 en la Matriz de Indicadores de Resultados (MIR), pero sólo registró 4 en el sistema del PIPP. Véase acción(es): 09-0-16B00-07-0016-07-001

2. Evaluación del sistema de indicadores

Se verificó que en 2009, la CONAGUA estableció 16 indicadores en su Matriz de Indicadores para Resultados (MIR), el Programa Nacional Hídrico (PNH) 2007-2012, y en su Sistema de Evaluación y Control para evaluar los resultados del Programa Presupuestario: Administración sustentable del agua y su gestión operativa, los cuales una vez analizados por la ASF se consideró que cubren los aspectos básicos de la operación de la entidad fiscalizada, en términos de la atención de trámites de nuevos títulos de concesión, la inscripción de concesiones en el Registro Público de Derechos de Agua (REPDA), las visitas de inspección y la imposición de sanciones por infracciones de la Ley de Aguas Nacionales.

Con la auditoría, se determinó que la entidad fiscalizada no dispuso de otros indicadores para evaluar la eficacia en el otorgamiento de concesiones de agua con base en la disponibilidad efectiva del recurso, el pago de derechos por parte de los concesionarios, el cumplimiento de los principios relativos a que el agua paga el agua y quien contamina, paga; así como la gestión operativa de las visitas domiciliarias y las multas impuestas por infracciones de las disposiciones fiscales.

Véase acción(es): 09-0-16B00-07-0016-07-002

3. Eficacia

Crear una cultura de cumplimiento a la Ley de Aguas Nacionales

Otorgamiento de concesiones de agua con base en la disponibilidad efectiva del recurso

Se determinó que en 2009, la CONAGUA otorgó 7,438 concesiones de aguas nacionales, de las cuales, en 5,700 casos, el 76.6%, se contaban con los estudios de disponibilidad de este recurso; y 1,738, el 23.4%, se expidieron sin contar con estos estudios.

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Funciones de Desarrollo Económico En 25 de las 33 unidades administrativas regionales de la Comisión se emitieron las 1,738 concesiones sin tener la certeza de que existía disponibilidad de agua; destacan Lerma-Santiago-Pacífico con 962 y Golfo Norte con 250, que en conjunto significaron el 69.7% de este total. Los 1,738 títulos correspondieron a un volumen concesionado de agua de 125.7 millones de m3

De las 5,700 concesiones otorgadas con base en los estudios de disponibilidad, en 4,804 casos, el 84.3%, no se registró déficit de agua; en tanto que 896 títulos, el 15.7%, se otorgaron aun cuando los estudios reportaron que existía déficit del recurso.

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En 24 de las 33 oficinas regionales se expidieron las 896 concesiones; destacan Zacatecas, Chihuahua, Puebla, Lerma-Santiago-Pacífico, Aguas del Valle de México, Guanajuato, Golfo Norte y San Luis Potosí, que en conjunto representaron el 68.4% de este total. El déficit de agua de los 896 títulos fue de 5,617.1 millones de m3

Por lo anterior, la CONAGUA no está atendiendo cabalmente el principio de la política hídrica nacional de asegurarse que las concesiones de agua estén fundamentadas en la disponibilidad efectiva del recurso.

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Con oficio núm. DGADDE/042/2011 del 18 de enero de 2011, la ASF notificó al Titular del Órgano Interno de Control en la Comisión Nacional del Agua los hallazgos detectados, para que, de considerarlo procedente, en el ámbito de sus atribuciones, realice las investigaciones correspondientes y, de ser el caso, finque e imponga las responsabilidades respectivas.

Véase acción(es): 09-0-16B00-07-0016-07-003 09-0-16B00-07-0016-07-004

4. Medición del volumen concesionado de agua

En el PNH 2007-2012, la CONAGUA estableció el indicador: volumen de aguas nacionales concesionado que es medido (%) para verificar el cumplimiento de los volúmenes de las aguas subterráneas extraídas por los concesionarios. No se incluyó la medición de las aguas superficiales debido a que en estos casos no se registran condiciones de sobreexplotación, por lo que el indicador sólo incluye la medición del agua concesionada en los mantos acuíferos.

Con la auditoría, se constató que de los 29,284.9 millones de m3 de agua subterránea concesionada al término de 2009, la CONAGUA estableció la meta de medición del 80.0% de los volúmenes extraídos por los concesionarios, equivalente a 23,427.9 millones de m3

Se determinó que la entidad fiscalizada no realizó la medición de agua prevista para 2009, por lo que no está atendiendo cabalmente el propósito de crear una cultura de cumplimiento a la Ley de Aguas Nacionales.

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Con el oficio núm. DGADDE/042/2011 del 18 de enero de 2011, la ASF notificó al Titular del Órgano Interno de Control en la Comisión Nacional del Agua los hallazgos

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009

detectados, para que, de considerarlo procedente, en el ámbito de sus atribuciones, realice las investigaciones correspondientes y, de ser el caso, finque e imponga las responsabilidades respectivas.

Véase acción(es): 09-0-16B00-07-0016-07-005

5. Elaboración de censos en acuíferos sobreexplotados

En el PNH 2007-2012, la CONAGUA estableció el indicador: acuíferos prioritarios con censos de aprovechamientos actualizados. El levantamiento de censos es una herramienta que permite comprobar la información contenida en los títulos, a fin de definir acciones para regularizar a los usuarios clandestinos, actualizar el padrón de concesionarios de aguas nacionales y atender la situación de las concesiones no utilizadas.

Con la auditoría, se constató que la entidad fiscalizada no dispuso de la documentación soporte para acreditar la determinación de la meta de 7 censos por realizar en 2009 en función del universo de acuíferos sobreexplotados.

Se determinó que en 2009, de los 125 acuíferos sobreexplotados, la CONAGUA realizó 24 censos en los que se identificaron 26,113 aprovechamientos: 1

De los 24 censos realizados destaca el levantado en el acuífero Ceballos, Durango, en el que 269 de los 314 aprovechamientos fueron clandestinos, el 85.7%.

/ 11,080, el 42.4%, correspondieron a concesionarios que contaban con título para explotar este recurso; y 15,033, el 57.6%, a usuarios clandestinos que carecían de la concesión para el uso del recurso, lo que significa que por cada 2 aprovechamientos uno es ilegal.

Respecto de las acciones por realizar una vez levantados los censos, se determinó que la CONAGUA no estableció en 2009 una programación en la que se incluyan las actividades específicas para la instrumentación de mecanismos de control a efecto de regularizar a los usuarios clandestinos, ni aplicó medidas para la actualización del padrón de concesionarios de aguas nacionales y para la atención de las concesiones no utilizadas.

Por lo anterior, la CONAGUA no está atendiendo cabalmente el propósito de crear una cultura de cumplimiento a la Ley de Aguas Nacionales.

Véase acción(es): 09-0-16B00-07-0016-07-006 09-0-16B00-07-0016-07-007

6. Ejecución de medidas legales a los usuarios que utilicen el agua sin concesión

En el PNH 2007-2012, la CONAGUA estableció el indicador: ejecución de medidas legales a los usuarios que utilicen el agua sin concesión, las cuales se determinan a partir de las denuncias ciudadanas y como resultado de las visitas de inspección realizadas por la entidad fiscalizada.

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Funciones de Desarrollo Económico Para este indicador, la CONAGUA estableció la meta de ejecutar el 100.0% de las medidas legales a los usuarios identificados que no cuentan con el título correspondiente.

Con la auditoría, se determinó que al cierre de 2009, la CONAGUA identificó a 1,463 usuarios que aprovechaban el agua sin contar con el título respectivo, de los cuales ejecutó medidas en 1,229 casos, el 84.0%, y en los 234 restantes, el 16.0%, no logró aplicar los mecanismos legales correspondientes al término de este año.

Se verificó que 12 de las 33 oficinas regionales de la CONAGUA cumplieron con la meta de este indicador. En tanto que 19 registraron niveles de cumplimiento por debajo del parámetro establecido, los cuales oscilaron entre el 18.2% y 99.1%. Una oficina regional, Coahuila, no ejecutó las 24 medidas legales determinadas; y en Durango no se identificaron usuarios irregulares, por lo que no se determinó la ejecución de medidas legales.

Véase acción(es): 09-0-16B00-07-0016-07-008

7. Crear una cultura contributiva del agua

De las 362,061 concesiones existentes a 2009 sólo estaban obligados a realizar el pago de derechos de agua 17,497 contribuyentes. Cabe señalar que están exentos del pago los concesionarios de agua para uso agrícola y pecuario; así como otros que cumplan con las condiciones de la Ley Federal de Derechos como las entidades públicas o privadas, que sin fines de lucro presten servicios de asistencia médica, servicio social o de educación escolar gratuita en beneficio de las poblaciones rurales de hasta 2,500 habitantes.

Cumplimiento del pago de derechos federales de agua por parte de los concesionarios

Con la auditoría se determinó que en 2009, de los 17,497 contribuyentes obligados al pago de derechos federales por el uso de las aguas nacionales, 8,937 realizaron la aportación respectiva, lo que representó el 51.1% del total.

En tanto que 8,560 contribuyentes no efectuaron el pago correspondiente, lo que significó el 48.9% respecto del total.

En el Organismo de Cuenca Lerma-Santiago-Pacífico, de los 1,756 contribuyentes obligados al pago de derechos, 1,058 no cumplieron con la aportación respectiva, el 60.3% de este total. En la Dirección Local del Estado de México, de los 712 contribuyentes registrados 461 no realizaron la aportación correspondiente, el 64.7% de este total.

Por lo anterior, la CONAGUA no está atendiendo cabalmente el propósito de crear una cultura contributiva del agua.

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009

8. Cumplimiento del monto anual de recaudación de derechos de agua

En el PNH 2007-2012, la CONAGUA estableció el indicador: monto anual recaudado por concepto de pago de derechos.

Con la auditoría, se determinó que en 2009 la CONAGUA logró en el ámbito nacional una recaudación de 10,715.9 millones de pesos, lo que significó un nivel de cumplimiento superior en 9.1% respecto de lo programado, que fue de 9,819.7 millones de pesos.

En el ámbito de la recaudación por el uso de las aguas nacionales, se superó la meta en 6.0% ya que se pagó un monto por 7,697.9 de los 7,260.5 millones de pesos previstos. Destaca el uso industrial que participó con 5,306.1 millones de pesos, esto es, el 68.9% de lo recaudado por el uso de los recursos hídricos nacionales, que fue de 7,697.9 millones de pesos.

9. Cumplimiento del principio: el agua paga el agua

Durante el periodo 2004-2009, el presupuesto ejercido por la entidad fiscalizada fue de 33,363.1 millones de pesos en promedio anual y se registró una tasa de crecimiento anual de 14.0%, al pasar de 17,589.5 a 33,879.8 millones de pesos en estos años. En este periodo, la Comisión recaudó 12,247.7 millones de pesos en promedio anual y se reportó una tasa de crecimiento anual de 1.3%, al pasar de 10,068.0 en 2004 a 10,715.9 millones de pesos en 2009.

Lo anterior significó que por cada peso erogado en promedio del periodo 2004-2009, la CONAGUA recaudó 37 centavos.

Por lo tanto, la entidad fiscalizada no está cumpliendo cabalmente con el principio de la política hídrica relativo a que el agua paga el agua, en términos de generar los recursos económicos necesarios para realizar sus tareas inherentes y de restablecer el balance correcto entre la recaudación y el costo real del manejo y suministro del recurso para los diversos usos del agua, a fin de eficientar su aprovechamiento y lograr su preservación.

Con el oficio núm. DGADDE/042/2011 del 18 de enero de 2011, la ASF notificó al Titular del Órgano Interno de Control en la Comisión Nacional del Agua los hallazgos detectados, para que, de considerarlo procedente, en el ámbito de sus atribuciones, realice las investigaciones correspondientes y, de ser el caso, finque e imponga las responsabilidades respectivas.

Véase acción(es): 09-0-16B00-07-0016-07-010

10. Cumplimiento del principio: quien contamina, paga

Con la auditoría, se determinó que en 2009 la CONAGUA no dispuso de un sistema de control y seguimiento para determinar a las personas físicas o morales que

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Funciones de Desarrollo Económico contaminaron el agua y cuántas de éstas realizaron el pago respectivo y restauraron la calidad de este recurso.

Asimismo, se verificó que el PNH 2007-2012 no contiene estrategias e indicadores que permitan guiar el cumplimiento del principio de la política hídrica nacional de quien contamina, paga, ni se tienen establecidos lineamientos o directrices para que las unidades administrativas de la Comisión atiendan este precepto rector.

Con el oficio núm. DGADDE/042/2011 del 18 de enero de 2011, la ASF notificó al Titular del Órgano Interno de Control en la Comisión Nacional del Agua los hallazgos detectados, para que, de considerarlo procedente, en el ámbito de sus atribuciones, realice las investigaciones correspondientes y, de ser el caso, finque e imponga las responsabilidades respectivas.

Véase acción(es): 09-0-16B00-07-0016-07-011

11. Eficiencia

Atención a usuarios para el trámite de nuevos títulos de concesión Entrega de las concesiones conforme al plazo establecido

Con la auditoría, se determinó que en 2009 la CONAGUA recibió 52,395 solicitudes de trámite 2

De acuerdo con el análisis de los trámites resueltos por tipo de uso de las aguas nacionales, se verificó que el mayor porcentaje del cumplimiento se registró en el pecuario, al atenderse conforme al plazo 5,591 de los 6,557 trámites presentados, el 85.3%; en tanto que el menor nivel de cumplimiento se reportó en el uso de energía eléctrica, ya que de las 49 solicitudes recibidas la Comisión atendió 9 dentro del plazo, el 18.4%.

/ para la obtención de una concesión de aguas nacionales, de las cuales 35,886, que significaron el 68.5% del total, se atendieron conforme al plazo de 60 días hábiles que se establece en la Ley de Aguas Nacionales; en tanto que 16,509 solicitudes, el 31.5%, se atendieron fuera de dicho plazo.

En el uso agrícola se presentó el mayor número de solicitudes con 28,222 de las 52,395 totales, el 53.9%; y en este sector se atendieron dentro del tiempo establecido 18,690 trámites de los 28,222, el 66.2%.

Por lo anterior, la CONAGUA atiende 7 de cada 10 trámites dentro del plazo de 60 días hábiles, en tanto que 3 de cada 10 los resuelve fuera de este lapso.

Véase acción(es): 09-0-16B00-07-0016-07-012

2/ El universo de solicitudes incluye los trámites de nuevos títulos, permisos, prórrogas, transmisiones de

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009

12. Registro Público de Derechos de Agua (REPDA)

De las 52,395 solicitudes atendidas, 13,593 fueron negadas por la CONAGUA, por lo que en 2009 se inscribieron en el REPDA un total de 38,802 concesiones de aguas nacionales.

Oportunidad en la inscripción de los títulos de concesión de aguas nacionales en el REPDA

Con la auditoría, se determinó que en 2009 la CONAGUA realizó la inscripción de 38,802 títulos de concesión de aguas nacionales en el REPDA, de los cuales 36,686, el 94.5%, se incorporaron dentro del plazo de 15 días hábiles.

Se verificó que los Organismos de Cuenca Noroeste, Pacífico Norte, Cuencas Centrales del Norte, Golfo Norte, Península de Yucatán y Aguas del Valle de México cumplieron en conjunto con el registro de 18,004 concesiones en el lapso fijado, el 46.4% respecto de las 38,802 totales.

Del total de títulos inscritos, el 5.5%, es decir, 2,116, se registraron en el REPDA fuera del tiempo establecido; destaca el Organismo de Cuenca Balsas, en el que se inscribieron 823 de las 2,380 concesiones fuera del plazo de 15 días hábiles, el 34.6%; Golfo Centro, 68 de 261, el 26.1%; Frontera Sur, 238 de 1,419, el 16.8%; y Lerma-Santiago-Pacífico, 979 de 6,735, el 14.5%.

Véase acción(es): 09-0-16B00-07-0016-07-013

13. Confiabilidad del REPDA

De los 362,061 títulos de concesión existentes, la ASF analizó una muestra de 195 de los 8,063 expedientes de los títulos inscritos en el REPDA en 2009.

Los expedientes deben estar integrados conforme a los 9 requisitos siguientes:

1. Solicitud de inscripción del título; 2. Título de concesión; 3. Comprobante del pago de derechos; 4. Identificación del titular; 5. Hoja de control de trámite; 6. Dictamen técnico administrativo; 7. Resolución; 8. Contestación de la atención de la solicitud; y 9. Sello de registro.

De los 195 expedientes revisados, se verificó que en todos los casos estaban incluidos los títulos de concesión respectivos, el 100.0%; la hoja de control de trámite en 194, el 99.5%; el sello de registro en 193, el 99.0%; la solicitud de inscripción en 177, el 90.8%. La resolución correspondiente al otorgamiento de la concesión se localizó en 174 de los 195 expedientes, el 89.2%; la contestación de la solicitud en 169, el 86.7%.

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Funciones de Desarrollo Económico

El comprobante del pago de derechos se encontró en 89 casos de los 195, el 45.6%; el dictamen técnico administrativo en 78, el 40.0%; y respecto de la identificación del titular en 48 de los 195 expedientes, el 24.6%.

Véase acción(es): 09-0-16B00-07-0016-07-014

14. Organización de la Base de Datos del REPDA

La Base de Datos es la estructura informática que almacena la información de los títulos de concesión inscritos en el registro para su fácil relación y recuperación, y deberá permitir la óptima prestación de los servicios registrales.

Contendrá por lo menos los siguientes elementos: número de título, nombre del titular, volumen concesionado, uso, fecha de expedición, ubicación del aprovechamiento, número de registro, y fecha de registro, así como el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), la fecha en que se dictaminó el expediente, y el tipo de trámite, que se refiere a inscripción de nuevo título, prórroga, modificación o transmisión de derechos.

Con la auditoría, se verificó que en dicha Base de Datos se encontraban registradas las 8,063 concesiones inscritas en 2009.

Se determinó que de estos 8,063 registros, en el 100.0% de los casos se identificaron el número de título, el nombre del titular, el volumen concesionado, la ubicación del aprovechamiento, así como el número y la fecha de registro.

En tanto que de los 8,063 registros, en 3,161 casos no se identificaron los datos del RFC; en 1,644, el tipo de uso del agua, ya que se hace referencia a los conceptos de diferentes usos y múltiples; en 1,070 y 396 casos, la fecha en que se dictaminó el expediente y la fecha de expedición del título, respectivamente; y en el concepto de tipo de trámite no se identificaron 65 registros en la Base de Datos.

Véase acción(es): 09-0-16B00-07-0016-07-015

15. Visitas de inspección para comprobar el cumplimiento de las obligaciones

administrativas por parte de los concesionarios

En el PNH 2007-2012, la CONAGUA estableció el indicador: visitas de inspección, que permite medir el nivel de cumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de los concesionarios.

Con la auditoría, se verificó que en 2009, la CONAGUA realizó 4,314 visitas de inspección, cantidad superior en 26.1% de lo previsto, que fue de 3,421 visitas.

Se determinó que en 2009, la entidad fiscalizada no estableció un parámetro de inspección en función del padrón de concesionarios de las aguas nacionales. La ASF verificó que el nivel de cobertura fue de 1.2%, ya que se realizaron 4,314 visitas respecto de los 362,061 concesionarios registrados a 2009.

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009

Se constató que la entidad fiscalizada no dispuso de la información correspondiente para acreditar que las 4,314 visitas de inspección se enfocaron en la atención de problemáticas específicas, tales como sobreexplotación de acuíferos y contaminación de los cuerpos de agua.

Como resultado de las visitas de inspección, se determinó que los concesionarios cumplieron en promedio 28 de las 39 obligaciones administrativas establecidas en la Ley de Aguas Nacionales y en los títulos de concesión, el 71.8%; en tanto que en 11 casos, el 28.2%, se incumplieron.

Estas 11 disposiciones se incumplieron 2,525 veces; destacan las relativas a explotar o usar el agua sin la autorización respectiva, con 497 veces, el 19.7% del total; y no instalar dispositivos para la medición de los volúmenes de agua extraídos y descargados, con 445 veces, el 17.6%, entre otras.

Véase acción(es): 09-0-16B00-07-0016-07-016

16. Imposición de sanciones por incumplimiento de las obligaciones administrativas

Calificación de las actas de inspección

Con la auditoría, se determinó que aun cuando la CONAGUA cuenta con el Sistema de Inicios de Procedimientos de Sanciones (SIPIS) no permite identificar la situación que guarda el avance en la calificación de las actas en las que se asentaron irregularidades que derivaron de las 4,314 visitas de inspección efectuadas en 2009.

Por lo anterior, se revisó la información del avance acumulado en la calificación de las actas al término de 2009.

Se determinó que las unidades administrativas regionales de la CONAGUA habían calificado un total de 4,203 actas de visitas de inspección al cierre de 2009, lo que representó un nivel de eficiencia de 90.1% respecto de las 4,666 levantadas.

Se verificó que 22 de las 33 oficinas regionales obtuvieron un avance superior al promedio nacional de 90.1%, de las cuales 19 de las 22 reportaron un nivel de eficiencia de 100.0%; Querétaro registró un avance de 98.5%; Frontera Sur, 94.1%; y Golfo Centro 93.3%.

En tanto que Península de Yucatán, Pacífico Sur, Guanajuato, Tabasco, Balsas, Nayarit, Estado de México, Chihuahua, Baja California Sur, Península de Baja California y Coahuila registraron un avance inferior en relación con dicho promedio nacional, ya que reportaron un nivel de eficiencia que osciló entre el 85.7% y el 48.8%.

Véase acción(es): 09-0-16B00-07-0016-07-017

17. Aplicación de sanciones a los concesionarios

Con la auditoría, se verificó que aun cuando la CONAGUA cuenta con el Sistema de Inicios de Procedimientos de Sanciones (SIPIS) no permite identificar la trazabilidad

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Funciones de Desarrollo Económico desde la calificación de las actas de inspección en las que se asentaron irregularidades hasta la ejecución de las sanciones administrativas y las multas económicas determinadas con motivo de las 4,314 visitas de inspección efectuadas en dicho año. Para realizar el análisis, la ASF revisó los 4,501 procedimientos administrativos promovidos por la Comisión al cierre de 2009, de los cuales, en 1,298 casos se impusieron sanciones, el 28.8%, y en 3,203, el 71.2%, no se aplicaron.

De los 3,203 casos que no derivaron en sanciones, 2,974, el 92.9%, correspondieron a que los concesionarios lograron solventar las irregularidades determinadas; y 229, el 7.1% a deficiencias en la substanciación de los procedimientos administrativos respectivos.

Se verificó que de las 1,298 sanciones aplicadas, la CONAGUA determinó multas por un importe de 167,512.8 miles de pesos a los concesionarios por infracciones de la Ley de Aguas Nacionales, de las cuales se pagaron 14,336.8 miles de pesos, el 8.6%, por lo que el monto no pagado en dicho año ascendió a 153,176.0 miles de pesos, el 91.4% del total.

Véase acción(es): 09-0-16B00-07-0016-07-018 09-0-16B00-07-0016-07-019

18. Comprobación del cumplimiento del pago de derechos de agua

Visitas domiciliarias

Con la auditoría, se verificó que en 2009 la CONAGUA no estableció metas de las visitas domiciliarias para comprobar el correcto cumplimiento del pago de derechos respectivo por el aprovechamiento de dicho recurso.

Se constató que en dicho año, la entidad fiscalizada realizó cuatro visitas domiciliarias a los concesionarios de agua del sector industrial, lo que representó el 0.1% de los 4,936 títulos otorgados a 2009 para este uso.

Se determinó que las visitas fueron practicadas por la Coordinación General de Revisión y Liquidación Fiscal, por lo que las Direcciones de Revisión y Liquidación Fiscal de los Organismos de Cuenca no efectuaron ninguna actividad al respecto.

Véase acción(es): 09-0-16B00-07-0016-07-020 09-0-16B00-07-0016-07-021

19. Revisiones fiscales de gabinete

Con la auditoría, se verificó que en 2009, la CONAGUA no dispuso de la información de las metas previstas desagregadas por cada una de las Direcciones de Revisión y Liquidación Fiscal de los Organismos de Cuenca, lo que limitó evaluar los resultados de las revisiones fiscales de gabinete en función de los criterios establecidos en el Manual del Procedimiento para la Planeación y Programación de Auditorías Fiscales en materia de Aguas Nacionales.

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009

Por lo anterior, la ASF revisó la información de los resultados de las revisiones fiscales acumulados al cierre de 2009.

Como resultado, se determinó que la entidad fiscalizada realizó 782 revisiones fiscales de gabinete al término de 2009, de las cuales, en 434 casos, el 55.5%, se derivaron multas económicas por incumplimiento de las disposiciones fiscales; y en 348 casos, el 44.5%, no se determinaron infracciones.

Véase acción(es): 09-0-16B00-07-0016-07-022

20. Imposición de las multas económicas por incumplimiento del pago de derechos de agua

Con la auditoría, se verificó que de los 8,560 contribuyentes que omitieron el pago de derechos de agua, la CONAGUA revisó a 782 usuarios, el 9.1%, de los cuales en 434 casos la entidad fiscalizada impuso sanciones económicas por un monto de 376,825.1 miles de pesos de los que se pagó un importe de 11,577.7 miles de pesos, el 3.1% de las multas determinadas, y quedó por cubrir a 2009 una cantidad de 365,247.4 miles de pesos, el 96.9%.

Se verificó que aun cuando la CONAGUA cuenta con el Sistema Integral de Registro y Control de Asuntos Fiscales no permite identificar la información agregada por Organismo de Cuenca que se remitió al Servicio de Administración Tributaria para solicitar el inicio del procedimiento administrativo de ejecución para hacer efectivos los créditos fiscales a los contribuyentes que no habían realizado el pago de las multas económicas determinadas por un importe de 365,247.4 miles de pesos.

Véase acción(es): 09-0-16B00-07-0016-07-023

21. Economía

Cumplimiento del avance financiero en la ejecución de acciones relacionadas con la administración del agua

Con la auditoría, se constató que en 2009, la CONAGUA no definió metas ni aplicó los siete indicadores establecidos para evaluar el avance financiero de las acciones relacionadas con la administración de las aguas nacionales, en términos de: la medición de volúmenes de aguas nacionales; el levantamiento de censos; la atención de trámites; la inscripción de los títulos de concesión en el REPDA; la ejecución de visitas de inspección; la calificación de procedimientos administrativos; y la aplicación de sanciones.

Se determinó que la entidad fiscalizada no dispuso de un sistema de control y seguimiento que le permita asociar el gasto con cada una de las actividades que realiza en materia de administración del agua.

(15)

Funciones de Desarrollo Económico

22. Situación presupuestaria del Programa G001: Administración sustentable del agua

Se determinó que en 2009, la CONAGUA erogó 153,190.7 miles de pesos del Programa Presupuestario G001: Administración sustentable del agua, monto inferior en 73,167.4 miles de pesos respecto del presupuesto original, debido que la SHCP solicitó suficiencia presupuestal para el Ramo 23 Provisiones Salariales y Económicas.

La reducción presupuestaria se aplicó aun cuando el agua es considerada un recurso vital, así como prioridad y asunto de seguridad nacional. Dichos recursos no se ejercieron aun cuando la Comisión requería realizar la medición de los volúmenes extraídos por los concesionarios, entre otras acciones relacionadas con la administración de las aguas nacionales.

Se verificó que la Comisión no ejerció 201.5 miles de pesos asignados a dicho programa presupuestario, ya que erogó 153,190.7 miles de pesos respecto de los 153,392.2 miles de pesos correspondientes al presupuesto modificado.

Se constató que el presupuesto original y ejercido contenidos en los reportes internos de la CONAGUA corresponden con los presentados en la Cuenta Pública de 2009. Véase acción(es): 09-0-16B00-07-0016-07-025

23. Calidad

Cumplimiento de los parámetros de calidad establecidos para la descarga de aguas residuales

Con la auditoría, se verificó que en 2009, la CONAGUA no dispuso de un sistema de control y seguimiento para determinar que los concesionarios cumplieran los parámetros de calidad establecidos para la descarga de aguas residuales.

Con base en la información que derivó de las visitas de inspección, la ASF revisó las 66 actas de las 4,314 levantadas en 2009, que contienen los resultados del cumplimiento de los parámetros de calidad de la descarga de aguas residuales, y se obtuvo lo siguiente:

RESULTADOS DE LOS PRINCIPALES INDICADORES DE CALIDAD PARA LA DESCARGA DE AGUAS RESIDUALES, 2009

Indicador Concentración promedio diaria Diferencia

Parámetro Resultado

(1) (2) (3) = (2-1)

Demanda Bioquímica de Oxígeno (DBO) 200 mg/l 1/ 1,104 mg/l 904 mg/l

Sólidos Suspendidos Totales (SST) 200 mg/l 874 mg/l 674 mg/l

Grasas y Aceites 25 mg/l 154 mg/l 129 mg/l

Sólidos Sedimentales 2 mg/l 8 mg/l 6 mg/l

TE: Comisión Nacional del Agua, Informes Ejecutivos de las visitas de inspección realizadas a la descarga de

aguas residuales, 2009.

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009

De la revisión de la información, se determinó que en los 4 indicadores revisados los 66 concesionarios rebasaron los parámetros de calidad establecidos. En el relativo a DBO, que mide la materia fecal, se registró un resultado superior al parámetro en 904 mg/l en promedio; en el de SST, en 674 mg/l; en el correspondiente a grasas y aceites, en 129 mg/l; y en el de Sólidos Sedimentales, en 6mg/l, en promedio diario.

La falta de información sobre el cumplimiento de dichos parámetros limitó evaluar en qué medida los concesionarios se ajustaron a las normas de calidad de las aguas residuales para la prevención y control de la contaminación de los recursos hídricos del país.

Véase acción(es): 09-0-16B00-07-0016-07-026

24. Ciudadano-usuario

Percepción de los usuarios en la atención de trámites

Para realizar el análisis, se revisó la información de los resultados de las encuestas aplicadas por las 33 unidades administrativas regionales de la CONAGUA relativos a la atención de trámites sobre nuevas concesiones en 2009.

Con la auditoría, se verificó que en 2009, la CONAGUA obtuvo una calificación promedio de sobresaliente al registrar una evaluación de 9.66 como resultado de las 6,845 encuestas aplicadas a los usuarios de las aguas nacionales respecto de la atención de trámites, de conformidad con el parámetro establecido de obtener una calificación de entre 9 y 10.

25. Percepción de los contribuyentes en la orientación y asistencia fiscal

Con la auditoría, se constató que en 2009, la CONAGUA no estableció la metodología para verificar la validez y confiabilidad de los resultados de las encuestas aplicadas en los Organismos de Cuenca, lo que limitó evaluar la percepción de los contribuyentes en la atención de los trámites de pago de los derechos federales por el aprovechamiento de este recurso.

Véase acción(es): 09-0-16B00-07-0016-07-027

26. Competencia de los servidores públicos

Personal de la Subdirección General de Administración del Agua y de la Coordinación General de Revisión y Liquidación Fiscal certificado en el Servicio Profesional de Carrera

Con la auditoría, se constató que en 2009 no se logró la certificación en el Servicio Profesional de Carrera de los 49 servidores públicos previstos de la Subdirección General de Administración del Agua y de los 21 correspondientes a la Coordinación General de Revisión y Liquidación Fiscal.

Se determinó que esta situación obedeció a que dichos servidores públicos no acreditaron la totalidad de las capacidades requeridas para obtener su nombramiento

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Funciones de Desarrollo Económico como personal de carrera titular, por lo que no se está mejorando la competitividad institucional en todas las áreas de la CONAGUA.

Véase acción(es): 09-0-16B00-07-0016-07-028

Acciones

Recomendaciones al Desempeño

09-0-16B00-07-0016-07-001.- Para que la Comisión Nacional del Agua instrumente las medidas que correspondan a efecto de que se incluyan en el sistema del Proceso Integral de Programación y Presupuesto los indicadores reportados en la Matriz de Indicadores de Resultados de las acciones relacionadas con la administración de las aguas nacionales y la recaudación de derechos federales de agua. [Resultado 1]

09-0-16B00-07-0016-07-002.- Para que la Comisión Nacional del Agua defina e instrumente en su Sistema de Evaluación del Desempeño los indicadores que contengan la información y los elementos necesarios para evaluar la eficacia en el otorgamiento de concesiones de agua con base en la disponibilidad efectiva del recurso, el pago de derechos por parte de los concesionarios, el cumplimiento de los principios relativos a que el agua paga el agua y quien contamina, paga; así como la gestión operativa de las visitas domiciliarias y las multas impuestas por infracciones de las disposiciones fiscales. [Resultado 2]

09-0-16B00-07-0016-07-003.- Para que la Comisión Nacional del Agua fortalezca sus mecanismos de control con objeto de que se asegure de que en todos los casos las concesiones de agua que se otorguen estén fundamentadas con base en los estudios correspondientes de disponibilidad del recurso. [Resultado 3]

09-0-16B00-07-0016-07-004.- Para que la Comisión Nacional del Agua fortalezca sus mecanismos de control con objeto de que se evite otorgar concesiones de agua en los casos en que los estudios correspondientes reporten déficit en la disponibilidad media anual de este recurso. [Resultado 3]

09-0-16B00-07-0016-07-005.- Para que la Comisión Nacional del Agua instrumente los mecanismos correspondientes a efecto de que se realice la medición de los volúmenes de las aguas subterráneas extraídas por los concesionarios conforme a las metas previstas, a fin de desarrollar y operar el Sistema de Medición y Registro respectivo. [Resultado 4]

09-0-16B00-07-0016-07-006.- Para que la Comisión Nacional del Agua adopte las medidas necesarias con objeto de que la programación de las metas del levantamiento de censos se determine en función de los criterios relativos a los avances físicos y financieros del ejercicio fiscal anterior y del universo de acuíferos sobreexplotados. [Resultado 5]

09-0-16B00-07-0016-07-007.- Para que la Comisión Nacional del Agua establezca un plan de acción en el que se precisen las actividades por realizar para que, una vez levantados los censos en los acuíferos sobreexplotados, se instrumenten los mecanismos de control necesarios con objeto de regularizar a los usuarios clandestinos; actualizar el padrón de

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009

concesionarios de aguas nacionales; y atender la situación de las concesiones no utilizadas. [Resultado 5]

09-0-16B00-07-0016-07-008.- Para que la Comisión Nacional del Agua fortalezca sus mecanismos de control con objeto de asegurarse de que en todos los casos los Organismos de Cuenca y las Direcciones Locales realicen la ejecución de las medidas legales contra los usuarios identificados que explotan el agua sin contar con el título de concesión respectivo. [Resultado 6]

09-0-16B00-07-0016-07-009.- Para que la Comisión Nacional del Agua defina e instrumente un plan de acción de corto y mediano plazo en el que se precisen las actividades por realizar a efecto de asegurarse de que los contribuyentes de las aguas nacionales cumplan con su obligación de realizar los pagos de derechos federales por el uso de los recursos hídricos del país. [Resultado 7]

09-0-16B00-07-0016-07-010.- Para que la Comisión Nacional del Agua formule un plan de acción de corto y mediano plazo en el que se incluyan las estrategias, lineamientos, indicadores y las actividades por realizar a efecto de que se cumpla el principio: el agua paga el agua y que lo someta a la aprobación de su Consejo Técnico, a fin de que se logre restablecer el balance correcto entre la recaudación y el costo real del manejo y suministro del recurso para los diversos usos del agua, a fin de eficientar su aprovechamiento y lograr su preservación. [Resultado 9]

09-0-16B00-07-0016-07-011.- Para que la Comisión Nacional del Agua formule un plan de acción de corto y mediano plazo en el que se incluyan las estrategias, lineamientos, indicadores y las actividades por realizar para que se logre cumplir con el principio de la política hídrica nacional de quien contamina, paga y que lo someta a la aprobación de su Consejo Técnico; y con base en lo anterior se establezca un sistema de control y seguimiento a fin de determinar a las personas físicas o morales que contaminaron el agua y cuántas de éstas realizaron el pago respectivo y restauraron la calidad de este recurso. [Resultado 10]

09-0-16B00-07-0016-07-012.- Para que la Comisión Nacional del Agua fortalezca sus mecanismos de control con objeto de atender, según corresponda, todas las solicitudes presentadas por los usuarios de las aguas nacionales dentro de un plazo que no exceda de sesenta días hábiles, a partir de que esté debidamente integrado el expediente. [Resultado 11]

09-0-16B00-07-0016-07-013.- Para que la Comisión Nacional del Agua fortalezca sus mecanismos de control correspondientes a efecto de que en el Registro Público de Derechos de Agua se inscriban todas las concesiones de aguas nacionales conforme al plazo de 15 días hábiles siguientes a la fecha en que se recibió la solicitud. [Resultado 12]

09-0-16B00-07-0016-07-014.- Para que la Comisión Nacional del Agua fortalezca sus mecanismos de control a efecto de asegurarse de que los expedientes de las concesiones inscritas en el Registro Público de Derechos de Agua contengan la documentación conforme a los requisitos establecidos en la normativa aplicable. [Resultado 13]

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Funciones de Desarrollo Económico 09-0-16B00-07-0016-07-015.- Para que la Comisión Nacional del Agua fortalezca sus mecanismos de control con el propósito de que en la Base de Datos del Registro Público de Derechos de Agua se incluya la información necesaria de las concesiones de aguas nacionales inscritas que permita la óptima prestación de los servicios registrales. [Resultado 14]

09-0-16B00-07-0016-07-016.- Para que la Comisión Nacional del Agua instrumente las medidas necesarias con objeto de que defina un parámetro de inspección en función del padrón de concesionarios de las aguas nacionales, a fin de comprobar el cumplimiento de las obligaciones administrativas en materia del uso de los recursos hídricos; y establezca las metas de las visitas de inspección en función de las problemáticas específicas identificadas, tales como acuíferos sobreexplotados y cuerpos de agua contaminados. [Resultado 15] 09-0-16B00-07-0016-07-017.- Para que la Comisión Nacional del Agua instrumente las acciones necesarias con objeto de que en el Sistema de Inicios de Procedimientos de Sanciones se identifique la situación que guarda el avance en la calificación de las actas levantadas, en cada ejercicio fiscal, en las que se asentaron irregularidades por parte de los Organismos de Cuenca y las Direcciones Locales con motivo de las visitas de inspección realizadas a los concesionarios de las aguas nacionales. [Resultado 16]

09-0-16B00-07-0016-07-018.- Para que la Comisión Nacional del Agua instrumente las medidas correspondientes a efecto de que en el Sistema de Inicios de Procedimientos de Sanciones se identifique la trazabilidad desde la calificación de las actas de inspección, de cada ejercicio fiscal, en las que se asentaron irregularidades hasta la ejecución de las sanciones administrativas determinadas a los concesionarios de aguas nacionales por infracciones de la Ley de Aguas Nacionales, así como la situación que guardan las multas económicas determinadas que se encuentran pendientes de pago. [Resultado 17]

09-0-16B00-07-0016-07-019.- Para que la Comisión Nacional del Agua fortalezca sus mecanismos de control con el propósito de que las Direcciones de Administración del Agua de los Organismos de Cuenca y las Direcciones Locales realicen la substanciación de los procedimientos administrativos de sanción en los términos establecidos en la normativa aplicable. [Resultado 17]

09-0-16B00-07-0016-07-020.- Para que la Comisión Nacional del Agua establezca una programación anual en la que se incluyan las metas, recursos, responsables y tiempos de ejecución con objeto de evaluar el cumplimiento de las acciones relativas a las visitas domiciliarias con el fin de comprobar el correcto cumplimiento del pago de las contribuciones en materia de aguas nacionales. [Resultado 18]

09-0-16B00-07-0016-07-021.- Para que la Comisión Nacional del Agua adopte las medidas necesarias a efecto de que las Direcciones de Revisión y Liquidación Fiscal de los Organismos de Cuenca programen y realicen las visitas domiciliarias que correspondan con el fin de comprobar el correcto cumplimiento del pago de derechos federales por el uso de las aguas nacionales. [Resultado 18]

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009

09-0-16B00-07-0016-07-022.- Para que la Comisión Nacional del Agua fortalezca sus mecanismos de control con el propósito de asegurarse de integrar la información de las solicitudes presentadas por los Organismos de Cuenca, correspondiente a cada ejercicio fiscal, para el inicio de las revisiones fiscales de gabinete a los contribuyentes omisos o morosos de acuerdo con los criterios establecidos en la normativa aplicable. [Resultado 19] 09-0-16B00-07-0016-07-023.- Para que la Comisión Nacional del Agua instrumente las medidas correspondientes con objeto de que en el Sistema Integral de Registro y Control de Asuntos Fiscales se identifique la información agregada, para cada ejercicio fiscal, por Organismo de Cuenca que se remite al Servicio de Administración Tributaria para solicitar el inicio del procedimiento administrativo de ejecución a fin de hacer efectivos los créditos fiscales a los contribuyentes de las aguas nacionales que no realizaron el pago de las multas económicas determinadas. [Resultado 20]

09-0-16B00-07-0016-07-024.- Para que la Comisión Nacional del Agua adopte las medidas necesarias con objeto de que se establezcan las metas respectivas y se apliquen los indicadores relacionados con el cumplimiento del avance financiero de las acciones de administración de las aguas nacionales; y que se instrumente un sistema de control y seguimiento que le permita asociar el gasto con cada una de estas actividades. [Resultado 21]

09-0-16B00-07-0016-07-025.- Para que la Comisión Nacional del Agua formule un programa de trabajo para fortalecer sus mecanismos de planeación en la asignación y ejercicio de los recursos presupuestarios, en el que se consideren las necesidades reales de la entidad fiscalizada y que lo someta a la aprobación de su Consejo Técnico, con el propósito de que se evite la aplicación de reducciones presupuestarias a las acciones de administración sustentable del agua, a fin de cumplir con uno de los principios establecido en la Ley de Aguas Nacionales relativo a que el agua es vital, así como prioridad y asunto de seguridad nacional. [Resultado 22]

09-0-16B00-07-0016-07-026.- Para que la Comisión Nacional del Agua instrumente un sistema de control y seguimiento con objeto de identificar el nivel de cumplimiento de los parámetros de descarga de aguas residuales por parte de los concesionarios de aguas nacionales para la prevención y control de la contaminación de los recursos hídricos del país. [Resultado 23]

09-0-16B00-07-0016-07-027.- Para que la Comisión Nacional del Agua adopte las medidas necesarias con objeto de determinar una metodología, de conformidad con los cánones generalmente aceptados, para que los resultados de las encuestas aplicadas por los Organismos de Cuenca y las Direcciones Locales cuenten con un nivel de validez razonable, a fin de evaluar la percepción de los concesionarios de agua en la atención de los trámites para el pago de los derechos federales por el uso de este recurso. [Resultado 25]

09-0-16B00-07-0016-07-028.- Para que la Comisión Nacional del Agua fortalezca sus mecanismos de control con el propósito de que el personal sujeto a la incorporación en el Servicio Profesional de Carrera de la Administración Pública Federal logre la acreditación de

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Funciones de Desarrollo Económico las capacidades requeridas para obtener su nombramiento como personal de carrera titular. [Resultado 26]

Consecuencias Sociales

La CONAGUA no está fortaleciendo la cultura de cumplimiento a la Ley de Aguas Nacionales, ya que no aplicó mecanismos de control para regularizar a los 15,033 usuarios clandestinos identificados, lo que implica una mayor sobreexplotación de los recursos hídricos del país. En materia de cultura contributiva del agua, la CONAGUA no cumplió el principio de la política hídrica relativo a que el agua paga el agua, ya que por cada peso erogado recaudó 37 centavos; y respecto del principio de quien contamina, paga, se verificó que la entidad fiscalizada no dispuso de la información para verificar en qué medida se atendió dicho principio.

Resumen de Observaciones y Acciones

Se determinó(aron) 24 observación(es) que generó(aron): 28 a Recomendación(es) al Desempeño.

Adicionalmente, en el transcurso de la auditoría se emitió(eron) 4 oficio(s) para solicitar o promover la intervención de la(s) instancia(s) de control competente.

Dictamen: negativo

La auditoría se practicó sobre la información proporcionada por la entidad fiscalizada, de cuya veracidad es responsable; fue planeada y desarrollada de acuerdo con el objetivo y el alcance establecidos; y se aplicaron los procedimientos de auditoría que se estimaron necesarios. En consecuencia, existe una base razonable para sustentar el presente dictamen, que se refiere sólo a las operaciones realizadas.

La Auditoría Superior de la Federación considera que la Comisión Nacional del Agua no cumplió con las disposiciones normativas aplicables respecto de los objetivos de crear una cultura de cumplimiento a la Ley de Aguas Nacionales y crear una cultura contributiva del agua, como se precisa en los resultados que se presentan en el apartado correspondiente de este informe y que se refieren principalmente a lo siguiente:

En cuanto al objetivo de crear una cultura de cumplimiento de la Ley de Aguas Nacionales, se determinó que la CONAGUA no realizó la medición del 80.0% del volumen concesionado de agua subterránea previsto para 2009, equivalente a 23,427.9 millones de m3 de los 29,284.9 millones de m3

Se verificó que de los 125 acuíferos sobreexplotados, la CONAGUA realizó 24 censos para 2009 en los que se identificaron 26,113 aprovechamientos de agua: 11,080 contaron con título de concesión, el 42.4%, y 15,033 fueron clandestinos, el 57.6%. Se constató que la Comisión no instrumentó mecanismos de control para poner en orden a los usuarios irregulares.

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009

Se determinó que de los 362,061 concesionarios existentes, la CONAGUA realizó visitas de inspección a 4,314 en el año 2009, lo que significó un nivel de cobertura de 1.2%.

La entidad fiscalizada no dispuso de un sistema de control y seguimiento para identificar que los concesionarios de las aguas nacionales cumplieran con los parámetros de calidad de descarga de aguas residuales.

Respecto del propósito de crear una cultura contributiva del agua, se determinó que en 2009 la CONAGUA no atendió el principio relativo a que el agua paga el agua, ya que durante el periodo 2004-2009, la entidad fiscalizada ejerció en promedio anual 33,363.1 millones de pesos (mdp) y recaudó 12,247.7 mdp, lo que significó que por cada peso erogado, recaudó 37 centavos.

De los 17,497 contribuyentes sujetos al pago de derechos de agua, 8,937, el 51.1% cumplieron con esta obligación; y 8,560, el 48.9%, no efectuaron la aportación respectiva. De los 8,560 contribuyentes omisos, la CONAGUA revisó a 782, el 9.1%; en 434 casos impuso sanciones económicas por un monto de 376,825.1 miles de pesos, de los que se pagó un importe de 11,577.7 miles de pesos, el 3.1% de las multas determinadas.

En cuanto al principio de quien contamina, paga, se determinó que en 2009 la entidad fiscalizada no dispuso de un sistema de control y seguimiento para determinar los concesionarios que contaminaron el agua y cuántos de éstos realizaron el pago respectivo y restauraron la calidad del recurso.

Apéndices

Procedimientos de Auditoría Aplicados

1. Revisar la matriz de indicadores de la Subdirección General de Administración del Agua (SGAA) y de la Coordinación General de Revisión y Liquidación Fiscal (CGRLF), correspondiente al ejercicio fiscal 2009, a fin de determinar si estos indicadores están alineados con los reportados en el Programa Nacional Hídrico (PNH) 2007-2012.

2. Analizar la información de los indicadores reportados por la CONAGUA en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009, la Cuenta Pública de este año y el PNH 2007-2012, a fin de determinar si son suficientes para evaluar el cumplimiento del objetivo de crear una cultura contributiva y de cumplimiento a la Ley de Aguas Nacionales, así como la gestión operativa en las acciones de administración de las aguas nacionales y de recaudación de derechos federales por el uso de este recurso.

3. Verificar la relación de los títulos de concesión de agua otorgados en 2009 por la CONAGUA y comparar estos datos con la información de los estudios de disponibilidad de agua, a fin de determinar que estos títulos se entregaron con base en dichos estudios.

(23)

Funciones de Desarrollo Económico 4. Revisar la información de las metas y resultados de la medición del volumen

concesionado de aguas nacionales para comprobar que la Comisión está verificando que los concesionarios no rebasen los volúmenes de extracción permitidos.

5. Analizar la documentación de las metas y los resultados de censos realizados en los acuíferos sobreexplotados, a fin de determinar si con estas acciones la CONAGUA logró regularizar a los usuarios clandestinos, actualizar el padrón de concesionarios, e identificar las concesiones no utilizadas.

6. Verificar los reportes de las metas y los resultados de la ejecución de medidas legales a usuarios que utilicen el agua sin la concesión respectiva, a efecto de comprobar que se están aplicando los mecanismos de control respectivos a los usuarios clandestinos, a fin de crear una cultura de cumplimiento a la Ley de Aguas Nacionales.

7. Revisar la información de los concesionarios que debieron cumplir con el pago de derechos respectivo y compararla con los resultados de los contribuyentes que no realizaron sus aportaciones correspondientes en el ejercicio fiscal 2009, a fin de determinar si se está cumpliendo con el objetivo de crear una cultura contributiva del agua.

8. Analizar la documentación de las metas y los resultados de los montos recaudados por el pago de derechos federales de agua correspondiente al ejercicio fiscal 2009, a fin de constatar el cumplimiento de la meta relacionada con este concepto que se reportó en el PNH 2007-2012.

9. Comparar los resultados de los montos de recaudación por el pago de derechos federales de agua con el presupuesto ejercido de la CONAGUA durante el periodo 2004-2009, a fin de verificar el cumplimiento del principio de la política hídrica relativo a que el agua paga el agua.

10. Verificar la información de los concesionarios que contaminaron las aguas nacionales y de los que realizaron el pago respectivo por esta irregularidad en el año 2009, a fin de evaluar el cumplimiento del principio de la política hídrica de quien contamina, paga. 11. Revisar la información del número de solicitudes presentadas en 2009 por los

particulares respecto del trámite de nuevas concesiones y compararla con el número de solicitudes atendidas dentro del plazo de sesenta días hábiles, a fin de determinar el nivel de cumplimiento en el otorgamiento de títulos conforme al tiempo establecido. 12. Analizar los reportes de los títulos de concesión de aguas nacionales inscritos en el

plazo de 15 días hábiles y fuera de este lapso, a fin de evaluar la oportunidad con que se realizó la incorporación de estos documentos en el Registro Público de Derechos de Agua (REPDA).

13. Verificar una muestra de expedientes de los títulos de concesión inscritos en el REPDA para el año 2009, a fin de determinar que los documentos inscritos contengan la información correspondiente conforme a lo señalado en la normativa, con objeto de

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009

evaluar el cumplimiento del objetivo de otorgar seguridad jurídica a los usuarios de las aguas nacionales.

14. Analizar la Base de Datos del REPDA de los títulos de concesión inscritos en 2009, a fin de determinar que se están reportando en todos los casos los registros conforme a lo establecido en la normativa aplicable.

15. Revisar los reportes de las metas y resultados de las visitas de inspección en 2009 y comparar estos resultados con el número de concesionarios de aguas nacionales, a efecto de determinar la cobertura de estas acciones.

16. Analizar la información del número de actas de visitas de inspección en las que se determinaron irregularidades a los concesionarios de agua y compararla con los resultados del número de actas que fueron calificadas en 2009, a fin de determinar el nivel de eficiencia de la CONAGUA en estas acciones.

17. Verificar la documentación de las sanciones determinadas y aplicadas a los concesionarios en 2009, así como el reporte de las multas determinadas y cobradas por infracciones administrativas, a fin de evaluar el nivel de eficiencia de la CONAGUA en estas acciones.

18. Revisar la información de las metas y los resultados de las visitas domiciliarias realizadas en 2009 para comprobar el correcto cumplimiento en el pago de derechos federales de agua.

19. Analizar los reportes de las metas y los resultados de las revisiones fiscales de gabinete de 2009 a los concesionarios para comprobar el correcto cumplimiento en el pago de derechos federales de agua.

20. Verificar la documentación de las multas económicas determinadas a los concesionarios de aguas nacionales en 2009 por infracciones de las disposiciones fiscales y compararla con los resultados de las multas pagadas, a fin de determinar el nivel de cumplimiento de los contribuyentes en el pago de dichas multas.

21. Revisar la información de las metas y los resultados de 2009 respecto de los indicadores presentados por la CONAGUA, a fin de evaluar el avance financiero de las acciones de administración de las aguas nacionales.

22. Analizar los resultados de los recursos erogados en el Programa Presupuestario G001 "Administración sustentable del agua", que se reportaron en la Cuenta Pública 2009, a fin de determinar en qué medida se aplicaron los recursos presupuestarios asignados en estas acciones.

23. Revisar la documentación de los resultados de la descarga de aguas residuales realizada en 2009, a fin de determinar el cumplimiento de los parámetros de calidad establecidos.

(25)

Funciones de Desarrollo Económico 24. Verificar la información de los resultados de las encuestas aplicadas por la CONAGUA

en 2009 para determinar la percepción de los usuarios por la atención de solicitudes de nuevas concesiones.

25. Analizar la documentación sobre los resultados de las encuestas aplicadas en 2009 para determinar la percepción de los contribuyentes en la orientación y asistencia para el pago de derechos federales de agua.

26. Revisar los reportes de las metas y los resultados del indicador: Personal de la CONAGUA certificado en el Servicio Profesional de Carrera, correspondiente a los servidores públicos de la Subdirección General de Administración del Agua y la Coordinación General de Revisión y Liquidación Fiscal, a fin de determinar el cumplimiento del objetivo relativo a mejorar la competitividad institucional en todas las áreas de la Comisión.

Áreas Revisadas

La Subdirección General de Administración del Agua; la Coordinación General de Revisión y Liquidación Fiscal; y la Subdirección General de Administración.

Disposiciones Jurídicas y Normativas Incumplidas

Durante el desarrollo de la auditoría practicada, se determinaron incumplimientos en las leyes, reglamentos y disposiciones normativas que a continuación se mencionan:

1. Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria: artículos 24, fracción I; 25, fracción III; 45, párrafo primero; y 111.

2. Ley de Planeación: artículo 3, párrafo segundo.

3. Otras disposiciones de carácter general, específico, estatal o municipal: Ley de Aguas Nacionales: artículos 14 BIS 5, fracciones I, VII, XV, XVII, y párrafo último; 22, párrafo primero; 29, fracción V; 86, fracción VII; y 88 BIS, fracción X.

Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Agua: artículo 27, fracción IV; 60, fracción X; 76, fracción XI; 83, fracción II; y 86, fracción II.

Programa Nacional Hídrico 2007-2012: objetivo 8, estrategias 1, 2, 4 y 6; y objetivo 4, estrategia 2.

Acuerdo por el que se establecen las Normas Generales de Control Interno en el ámbito de la Administración Pública Federal: artículo 13, fracción III, Tercera Norma, párrafo primero. Lineamientos para la Integración del Proyecto de Presupuesto de Egresos 2009: Anexo 3, numerales 11, inciso a) y 19.

Reglas de Organización y Operación del Registro Público de Derechos de Agua: artículos 2, fracción XIV; 32; 42; y 45.

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009

Manual de Procedimientos para la Atención de Trámites Competencia de Administración del Agua: Etapa de dictaminación, numeral 3.7, inciso b).

Manual del Procedimiento para la Planeación y Programación de Auditorías Fiscales en materia de Aguas Nacionales.

Procedimiento para la Inscripción de Títulos de Concesión

Fundamento Jurídico de la ASF para Promover Acciones

Las facultades de la Auditoría Superior de la Federación para promover las acciones que derivaron de la auditoría practicada, encuentran su sustento jurídico en las disposiciones siguientes:

Artículo 79, fracción II, párrafos tercero y quinto; fracción IV, párrafo primero; y párrafo penúltimo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículos 6, 12, fracción IV; 13, fracciones I y II; 15, fracciones XIV, XV y XVI; 32, 39, 49, fracciones I, II, III y IV; 55, 56 y 88, fracciones VIII y XII, de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.

Comentarios de la Entidad Fiscalizada

Es importante señalar que la documentación proporcionada por la(s) entidad(es) fiscalizada(s) para aclarar y/o justificar los resultados y las observaciones presentadas en las reuniones fue analizada con el fin de determinar la procedencia de eliminar, rectificar o ratificar los resultados y las observaciones preliminares determinadas por la Auditoría Superior de la Federación y que les dio a conocer esta entidad fiscalizadora para efectos de la elaboración definitiva del Informe del Resultado.

En relación con los resultados núms. 1, 2, 3, 5, 6, 7, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22 y 25, se realizaron los comentarios siguientes:

Del resultado núm. 1, la CONAGUA indicó que la captura de los indicadores en el sistema del Proceso Integral de Programación y Presupuesto estuvo a cargo de la SEMARNAT.

Del resultado núm. 2, la entidad fiscalizada mencionó que de acuerdo con la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y los Lineamientos para la actualización, mejora, calendarización y seguimiento de la Matriz de Indicadores para Resultados (MIR) de los Programas Presupuestarios (PP) 2010, las dimensiones de los indicadores, entendidas como los aspectos particulares del objetivo a ser medido, deberán ajustarse a las características de cada PP y que éstos al menos contengan indicadores de eficacia para cada uno de los niveles de la MIR, de tal manera que se asegure la valoración de los resultados alcanzados. Se indicó que en el numeral 20.2 del oficio No. 307.- A-1106 de la SHCP se desprende claramente la situación de las dimensiones a medir en los indicadores.

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