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1. OBJETO Y RÉGIMEN JURÍDICO

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PLIEGOS DE CLÁUSULAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN DEL

SERVICIO DE JEFE DE MAQUINARIA DEL TEATRO JOVELLANOS, POR PROCEDIMIENTO

ABIERTO, PARA LA EMPRESA TEATRO JOVELLANOS DE GIJÓN, S.A.

CPV 92000000-1

TJG09/2012

1. OBJETO Y RÉGIMEN JURÍDICO

1.1 OBJETO: El presente pliego tiene por objeto la contratación del servicio de JEFE DE MAQUINARIA

DEL TEATRO JOVELLANOS DE GIJÓN.

Categoría (Anexo II del TRLC): Nº 27, otros servicios.

1.2 FORMA DE ACCESO AL PERFIL DE CONTRATANTE: El acceso al Perfil de Contratante se

efectuará a través de la Plataforma de Contratación del Estado http://www.contrataciondelestado.es

1.3 RÉGIMEN JURÍDICO: Este contrato tiene carácter privado y se regirá por las Instrucciones de

ámbito interno de la sociedad TEATRO JOVELLANOS DE GIJÓN reguladoras del procedimiento para la

adjudicación de contratos no sujetos a regulación armonizada publicadas en la Plataforma de Contratación

del Estado.

2. PRESUPUESTO Y TIPO DE LICITACIÓN

2.1. PRESUPUESTO

El

presupuesto máximo anual del contrato se fija en la cantidad de VEINTICINCO MIL

QUINIENTOS EUROS (25.500,00 euros), I.V.A. excluido, ascendiendo éste a la cantidad anual de

CUATRO MIL QUINIENTOS NOVENTA EUROS (4.590,00 euros)

2.2. VALOR ESTIMADO

El

valor estimado del contrato es de CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL EUROS (153.000,00 ), que

constituye el importe total teniendo en cuenta las eventuales prórrogas del contrato, sin incluir el IVA.

En todo caso los licitadores, en sus ofertas, indicarán en partida independiente el Impuesto sobre el Valor

Añadido que deba soportar la empresa.

3. REVISIÓN DEL PRECIO DEL CONTRATO

3. El precio del contrato se revisará anualmente cuando el contrato se esté ejecutando y haya transcurrido

un año desde la formalización, con arreglo al siguiente sistema: El índice de referencia es el Índice de

Precios al Consumo elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y la revisión se hará aplicando no

más del 85% de la variación que haya experimentado el IPC.

4. CAPACIDAD Y SOLVENCIA

4.1. CAPACIDAD: Sólo podrán contratar las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad de

obrar conforme a los artículos 54 a 59 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en lo

sucesivo TRLC), aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, y no se encuentren

en alguna de las prohibiciones para contratar previstas en el art. 60.1 de la misma norma.

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4.2 SOLVENCIA: Deberá acreditarse la solvencia económica, financiera y técnica o profesional: la

solvencia económica se acreditará con las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el

Registro Oficial que corresponda y en el caso de que los empresarios no estén obligados a presentar las

cuentas en Registros Oficiales, declaración sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades

correspondiente al objeto del contrato, y la solvencia técnica por los medios que señala el artículo 78 del

TRLC que se indiquen con arreglo a criterios técnicos.

5. RECEPCIÓN DE OFERTAS

5.1 FORMA: El licitador presentará dos sobres cerrados y firmados por él mismo o persona que lo

represente, en los que se indicarán además de la razón social y denominación de la entidad concursante, el

título del procedimiento de licitación, y contendrán:

El primero (Sobre A) la documentación exigida para formar parte de la licitación y las referencias técnicas,

curriculum y experiencia profesional, y el segundo (Sobre B) la oferta económica ajustada al modelo anexo

al presente pliego.

Sobre A. Documentación administrativa y técnica.

En dicho sobre deberán incluirse obligatoriamente los siguientes documentos:

a)

Si el licitador fuera persona física, copia del DNI y, en su caso, la escritura de apoderamiento.

Si el licitador fuera persona jurídica, además de DNI del representante, copia de la escritura de

constitución y de modificación, en su caso, e inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito

fuera exigible. Si no lo fuere, la escritura o documento de constitución o acto fundacional inscritos en

el correspondiente Registro Oficial. Asimismo poder bastante al efecto del firmante de la proposición

en nombre y representación de la persona jurídica.

b)

Declaración responsable de no estar incurso el licitador en las prohibiciones para contratar recogidas en

el artículo 60.1 del TRLC, que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del

cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones

vigentes. La prueba de esta circunstancia podrá hacerse por cualquiera de los medios que señala el

artículo 73 del TRLC.

c)

La documentación acreditativa de la solvencia económica, financiera, técnica o profesional

correspondiente, con arreglo a la cláusula 4.2, y la señalada en el art. 78.a) del

TRLC:

En los

contratos de servicios, la solvencia técnica o profesional de los empresarios deberá

apreciarse teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad,

lo que podrá acreditarse, según el objeto del contrato, por el siguiente medio:

Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que

incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o

trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano

competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el

destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de

este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados

serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.

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d)

Las empresas extranjeras aportarán una declaración expresa de someterse a la jurisdicción de los

Juzgados y Tribunales españoles en cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o

indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que

pudiera corresponder al licitador.

e)

Todos aquellos documentos acreditativos de las circunstancias a tener en cuenta en la valoración de la

oferta de acuerdo con los criterios de adjudicación conforme a la cláusula 7.

f)

Una relación de todos los documentos incluidos en este sobre.

Sobre B. Oferta económica

Se presentará con arreglo al modelo anexo al presente pliego.

5.2 LUGAR: Los sobres se entregarán en la Casa de la Palmera en la Calle Cabrales, nº 82 de Gijón, entre

las 9,00 y las 14,00 horas.

Las proposiciones también podrán ser enviadas por correo, en cuyo caso el empresario deberá justificar la

fecha de imposición en la Oficina de Correos y anunciar a la empresa la remisión de la oferta mediante

teles, fax o telegrama en el mismo día. Sin estos requisitos no será admisible la documentación.

Transcurridos 10 días naturales a la fecha indicada sin haber recibido la documentación, ésta no será

admitida en ningún caso.

5.3. PLAZO: El plazo para presentación de proposiciones será de quince días naturales contados desde la

publicación en el Perfil de Contratante.

6. EXAMEN DE LA DOCUMENTACIÓN

6.1 ÓRGANO DE ASISTENCIA AL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN: El órgano de asistencia

calificará la documentación presentada en el sobre A, si observase algún defecto requerirá a los ofertantes

para que en el plazo de tres días los subsanen. El resultado de los admitidos y de los que deban subsanar se

hará público en el Perfil de Contratante.

La composición del órgano de asistencia y contratación será la siguiente:

Presidente del Teatro Jovellanos o Directora Gerente del Teatro Jovellanos

Administrativo del Teatro Jovellanos

Un técnico del Teatro Jovellanos

Intervención del Ayuntamiento

Secretaria del Ayuntamiento de Gijón/Secretaria del Consejo de Administración

6.2 APERTURA DE LA OFERTA ECONÓMICA: En el día fijado para la apertura de la oferta

económica el órgano de asistencia declarará admitidos a los licitadores que hayan subsanado la

documentación y en acto público procederá a la apertura del sobre B) de las empresas admitidas.

6.3 EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS: Dicho órgano evaluará las proposiciones de acuerdo con los

criterios establecidos en el apartado 7.1 y formulará propuesta al órgano de contratación.

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7. ADJUDICACIÓN Y RÉGIMEN DE ADMISIÓN DE VARIANTES

7. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN: El órgano de contratación efectuará la adjudicación a la oferta

económicamente más ventajosa y atendiendo a los siguientes criterios de valoración:

Precio de la oferta: 50 puntos (Se distribuirá la puntuación según el criterio de proporcionalidad con

arreglo a la fórmula que se indica): 50 x oferta más baja

Oferta que se valora

Currículo profesional de la persona o personas que vayan a realizar el servicio: 50 puntos

8. GARANTÍAS Y FORMALIZACIÓN

8.1 GARANTÍAS: Previamente a la formalización del contrato se constituirá una garantía equivalente al 5

por cien del importe de adjudicación, excluido el IVA. Transcurrido 1 mes desde la fecha de terminación

del contrato se procederá, sin más demora, a la devolución o cancelación de la garantía una vez depuradas

las responsabilidades afectadas.

8.2. ACREDITACIONES:

Además de la garantía y en el mismo plazo, el adjudicatario deberá presentar antes de la formalización del

contrato certificaciones de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la

Seguridad Social (certificados positivos de no tener deudas tributarias con la Administración del Estado,

del Principado de Asturias y el Ayuntamiento de Gijón y del órgano competente de la Seguridad Social).

Los certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos.

Caso de agrupación de empresas, acreditación de la escritura de constitución y NIF.

Si el licitador que hubiese resultado adjudicatario no cumple con las condiciones para ello, la Empresa

podrá realizar una nueva adjudicación al licitador siguiente por el orden que hayan quedado clasificados

siempre que fuese posible y preste su conformidad. En este caso se le concederán al nuevo adjudicatario

cinco días hábiles para cumplimentar la documentación.

8.2 FORMALIZACIÓN: El contrato se formalizará una vez presentada la documentación requerida.

9. DURACIÓN DEL CONTRATO

El contrato tendrá una

duración de 4 años, y se podrá prorrogar por dos años más. Máximo 6 años de

contrato.

Las prórrogas se acordarán por mutuo acuerdo de las partes y por escrito con un mes de antelación al fin

del contrato.

10 . CARACTERÍSTICAS BÁSICAS Y CONDICIONES TÉCNICAS DEL CONTRATO

El servicio de jefe de maquinaria del Teatro Jovellanos de Gijón consiste en:

• Manejo y control de la maquinaria y tramoya de la instalación Teatro Jovellanos de Gijón:

Manejo de varas contrapesadas y manuales.

Manejo mesa de varas motorizadas.

Replanteo de escenografías.

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Secuenciación de montajes.

Colocación y distribución de textiles.

Supervisión y montaje de cargas suspendidas.

• Coordinación y seguimiento de los montajes y desmontajes en el escenario del Teatro de los

diferentes espectáculos programados en el mismo:

Distribución de tareas al personal de escenario.

Control del material escénico.

Asistencia en funciones y actos.

• Centralización de información sobre deficiencias de mantenimiento de maquinaria.

• Manejo de maquinaria elevadora de foso, rulo y concha acústica.

• Adecuación de los espacios a las necesidades de las compañías: sala de ensayo, patio de butacas,

escenario…

• Supervisión de los mantenimientos realizados por las empresas externas.

• Actualización de inventario del material escénico.

• Desarrollo de todas las actividades y trabajos similares al servicio y que se soliciten por la

Dirección del Teatro Jovellanos y el Responsable de Producción de la empresa Teatro Jovellanos

de Gijón

El horario de este servicio será el establecido, con suficiente antelación, dependiendo de la programación

del Teatro Jovellanos y siguiendo las instrucciones de la Dirección-Gerencia y del Responsable de

Producción de la empresa Teatro Jovellanos de Gijón. En todo caso, el servicio se realizará de lunes a

domingo.

El cómputo anual del servicio será aproximadamente de unas 2.600 horas al año.

11. EJECUCIÓN Y EN SU CASO CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL

CONTRATO: MEDIO AMBIENTALES O SOCIALES

11.1 OBLIGATORIEDAD: El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas del mismo y de acuerdo

con las instrucciones que para su interpretación diera al contratista la Empresa TEATRO JOVELLANOS

DE GIJÓN. El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las

prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Empresa o para

terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del

contrato.

11.2 PLAZOS: La fecha de comienzo del servicio será la del DÍA siguiente al de la formalización del

contrato.

11.3 CUMPLIMIENTO DEFECTUOSO: En caso de cumplimiento defectuoso de la prestación objeto

del contrato o para el supuesto de incumplimiento de los compromisos o de las condiciones especiales de

ejecución del mismo se impondrán penalidades de manera proporcional a la gravedad del incumplimiento y

su cuantía no podrá ser superior al 10 por ciento del presupuesto del contrato, también se podrá optar

indistintamente por la resolución del contrato.

11.4 RESPONSABILIDAD POR DEMORA: Cuando el contratista, por causas imputables al mismo,

hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del contrato, la Empresa podrá optar indistintamente

por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades diarias en la proporción de 0,20 euros

por cada 1.000 euros del precio del contrato.

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11.5 MODIFICACIÓN DEL CONTRATO: Si durante el desarrollo del contrato se detectase la

conveniencia o necesidad de su modificación o la realización de actuaciones no contratadas se actuará en la

forma siguiente: se formalizará por escrito, con el acuerdo de las partes, la modificación o actuación a

añadir en el contrato, dejando especificadas todas las condiciones nuevas de dicha modificación.

11.6 CUMPLIMIENTO: El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado,

de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Empresa, la totalidad de la prestación del

servicio solicitado. La conformidad de la empresa Teatro Jovellanos será con el visto bueno de la factura

mensual del contratista.

14. ABONO DEL SERVICIO

El abono del servicio se realizará mediante pago en cada uno de los vencimientos mensuales, previa

presentación de la factura correspondiente y confirmación de la misma.

15. RESOLUCIÓN

Se tendrá en cuenta lo establecido en los artículos 221 al 225 del TRLC.

16. JURISDICCIÓN

El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en

relación con la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción de este contrato.

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ANEXO

MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA

Don/Dña ... provisto de DNI número

...actuando en nombre propio (o en el de ... CIF

...).

Declara quedar enterado de las condiciones económicas y técnicas por las que se rige la adjudicación del

servicio de ... y se compromete a la realización

del

contrato

con

estricta

sujeción

al

mismo,

por

el

precio

anual

de

... (en letra y número) euros, a los

que hay que añadir ... (en letra y número) euros que corresponden

al IVA.

Domicilio que se señala a efectos de notificaciones:

Calle ...

Número ...Escalera ... Piso ... Letra ...

Código Postal ... Localidad ... Provincia ...

Teléfono ... Móvil ... Fax ...

E-mail ...

En ..., a ... de ... de ...

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