NORMAS LEGALES
www.elperuano.com.peEN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR
Lima, miércoles 14 de marzo de 2012
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NACIONAL Y EL RECONOCIMIENTO DE NUESTRA DIVERSIDAD PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROSR.S. N° 071-2012-PCM.- Autorizan viaje del Ministro de Cultura a Colombia y encargan su Despacho a la Ministra
de Educación 462454
R.S. N° 072-2012-PCM.- Autorizan viaje del Ministro de Comercio Exterior y Turismo a Francia y encargan su Despacho al Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 462454 Res. N° 016-2012-PCM/SD.- Disponen inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales de la separación de la Municipalidad Distrital de San Borja de la “Mancomunidad Municipal Lima Este” 462455 Res. N° 017-2012-PCM/SD.- Disponen inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales de la separación de la Municipalidad Distrital de Callalli de la “Mancomunidad Municipal Collaguas del Colca” 462455 Res. N° 018-2012-PCM/SD.- Disponen inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales de la separación de la Municipalidad Distrital de Tisco de la “Mancomunidad Municipal Collaguas del Colca” 462456 Res. N° 019-2012-PCM/SD.- Disponen inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales de la separación de la Municipalidad Distrital de Ocuviri de la “Mancomunidad Municipal del Corredor Económico de la Micro Cuenca Llallimayo Melgar-Lampa” - “MUNIMEL” 462457 AGRICULTURA
R.D. N° 030-2012-AG-AGRO RURAL-DE.- Dan por concluida encargatura de funciones de Director de la Dirección de Servicios Rurales del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL 462458 R.D. N° 031-2012-AG-AGRO RURAL-DE.- Designan Directora de la Dirección de Servicios Rurales del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO
RURAL 462458
COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Res. N° 029-2012-PROMPERU/SG.- Designan funcionario responsable de remitir ofertas de empleo de PROMPERÚ al Ministerio de Trabajo y Promoción del
Empleo 462458
DEFENSA
R.S. N° 102-2012-DE.- Autorizan viaje de representante de la Dirección Ejecutiva de la Delegación Peruana ante el Consejo de Defensa Suramericano - CDS para participar en evento a realizarse en Ecuador 462459 R.M. N° 257-2012-DE/SG.- Designan funcionario responsable de tramitar y atender solicitudes de acceso a la información pública 462460 R.M. N° 258-2012-DE/SG.- Designan funcionario responsable de elaborar y actualizar el Portal de
Transparencia 462460
R.M. N° 270-2012-DE/.- Designan funcionarios responsables de brindar información que demanden las personas y de la elaboración y actualización de la información que se brinda a través del Portal de Transparencia del Comando Conjunto de las Fuerzas
Armadas 462460
R.M. N° 302-2012-DE/SG.- Designan integrantes del Consejo Superior del Centro de Altos Estudios Nacionales
- CAEN 462461
R.M. N° 304-2012-DE/SG.- Designan Directora de Logística de la Dirección General de Administración del
Ministerio 462462
R.VM. N° 035-2012-DE/VPD.- Constituyen el Comité de Trabajo encargado de la formulación del Proyecto de Desarrollo Institucional y los documentos necesarios para la expedición del dispositivo legal de creación y autorización de funcionamiento del Instituto de Educación Superior Tecnológico de las Fuerzas Armadas 462462
DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL R.M. N° 038-2012-MIDIS.- Dan por concluida encargatura y encargan funciones de Jefe de la OÞ cina de Logística de la OÞ cina General de Administración del Ministerio 462462 ECONOMIA Y FINANZAS
R.M. N° 198-2012-EF/43.- Aprueban la Directiva N° 001-2012-EF/43 “Procedimiento para la aplicación, en el Sector Economía y Finanzas, del Reglamento de la Ley 29806, Ley que regula la Contratación de personal altamente caliÞ cado en el Sector Público y dicta otras disposiciones” 462463
EDUCACION
R.M. N° 0095-2012-ED.- Designan miembros del Consejo Nacional de Educación 462463
ENERGIA Y MINAS
R.M. N° 104-2012-MEM/DM.- Disponen la transferencia a la Municipalidad Provincial de Sánchez Carrión de bienes y activos del proyecto “Ampliación de redes eléctricas del Sector Ramiro Prialé y Juan Velasco - Distrito de Huamachuco, Provincia de Sánchez Carrión - La Lilbertad” 462464 MUJER Y POBLACIONES
VULNERABLES
R.M. N° 052-2012-MIMP.- Designan representantes del Ministerio ante la Comisión Multisectorial creada mediante R.S. N° 067-2012-PCM 462465 R.M. N° 053-2012-MIMP.- Designan Jefa de Logística de la Unidad Administrativa del INABIF 462465
PRODUCE
R.M. N° 120-2012-PRODUCE.- Dan por concluida designación y encargan funciones de Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 462465
RELACIONES EXTERIORES
R.M. N° 0264/RE-2012.- Autorizan viaje de funcionaros diplomáticos a Bolivia, en comisión de servicios 462466
SALUD
R.M. N° 173-2012/MINSA.- Designan Jefe de la OÞ cina de Asesoría Jurídica del Hospital Nacional Arzobispo Loayza de la Dirección de Salud V Lima Ciudad 462466 R.M. N° 174-2012/MINSA.- Precisan nivel remunerativo correspondiente al cargo de Especialista en Infraestructura Hospitalaria a que se reÞ ere la R.M. N° 044-2012/MINSA 462467 R.M. N° 175-2012/MINSA.- Aceptan renuncia y designan Supervisora II de la Dirección de Laboratorio de Salud Pública de la Dirección de Salud IV Lima Este 462467 R.M. N° 176-2012/MINSA.- Amplían plazo a Comisión Sectorial creada por R.M. N° 707-2011/MINSA para la elaboración del proyecto de Reglamento de la Ley Nº
29761 462468
TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
R.M. N° 080-2012-TR.- RatiÞ can designación de representante Titular del Ministerio ante el Consejo Nacional del Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajo Industrial - SENATI, período 2012-2013 462468
TRANSPOR TES Y COMUNICACIONES R.S. N° 005-2012-MTC.- Autorizan viaje de la Directora General de Autorizaciones en Telecomunicaciones a Ecuador, en comisión de servicios 462469 R.D. N° 067-2012-MTC/12.- Otorgan a la compañía AERCARIBE-PERU S.A.C. permiso de operación de aviación comercial: transporte aéreo no regular nacional de pasajeros, carga y correo 462470 R.D. N° 751-2012-MTC/15.- Autorizan a la Escuela Peruana de Conductores Integrales Amoretti S.A.C. para funcionar como Escuela de Conductores Integrales en local ubicado en el departamento de Lima 462471
R.D. N° 813-2012-MTC/15.- ModiÞ can autorización contenida en la R.D. N° 1582-2009-MTC/15 y sus ampliaciones, otorgada a Brevetes Perú S.A.C. para funcionar como Escuela de Conductores Integrales 462474 Res. N° 012-2012-APN/DIR.- Aprueban Metodología para la Medición de los Niveles de Servicio y Productividad del Terminal Norte Multipropósito del Puerto del Callao 462475
AGENCIA PERUANA DE COOPERACION INTERNACIONAL
R.D. N° 030-2012/APCI-DE.- Designan Jefe de la OÞ cina General de Administración de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) 462475
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES
Res. N° 033-2012/SBN.- Designan Jefa de la OÞ cina de Administración y Finanzas de la SBN 462476
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Res. N° 043-2012-OS/CD.- Suspenden exigibilidad de obligaciones contenidas en el Procedimiento de Entrega de Información de Precios de Combustibles Derivados de Hidrocarburos (PRICE), en tanto permanezca el Estado de Emergencia decretado en diversas zonas, respecto de las unidades operativas ubicadas en las mismas 462476
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Res. N° 052-2012/SUNAT.- Designan representante de la SUNAT ante la Comisión de Lucha contra los Delitos Aduaneros y la Piratería 462478
CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Inv. N° 459-2008-AREQUIPA.- Sancionan con destitución a Secretario Judicial de la Corte Superior de Justicia de
Arequipa 462478
Inv. N° 298-2009-SAN MARTIN.- Sancionan con destitución a Juez de Paz del distrito de Pongo de Caynarachi, provincia de Lamas, Corte Superior de Justicia de San Martín 462479 Inv. ODECMA N° 124-2010-SAN MARTIN.- Sancionan con destitución a Juez de Paz de Primera Nominación del distrito de Morales, Corte Superior de Justicia de San
COR TES SUPERIORES DE JUSTICIA Res. Adm. N° 167-2012-P-CSJLI/PJ.- Designan Juez Supernumerario del Quinto Juzgado Civil de Lima 462480 Res. Adm. N° 168-2012-P-CSJLI/PJ.- Designan Juez Supernumerario del Décimo Sétimo Juzgado Civil de
Lima 462481
Res. Adm. N° 170-2012-P-CSJLI/PJ.- Establecen conformación de la Sexta Sala Civil de Lima y designan Juez Supernumerario del Décimo Tercer Juzgado Civil con Sub Especialidad de Lima 462481 Res. Adm. N° 171-2012-P-CSJLI/PJ.- Establecen conformación de la Sala Mixta Transitoria de Ate Vitarte y designan Juez Supernumeraria del Primer Juzgado Civil
de Lima 462481
Res. Adm. N° 172-2012-P-CSJLI/PJ.- Establecen conformación de la Primera Sala Penal para Procesos con Reos en Cárcel y designan Juez Supernumerario del Primer Juzgado Penal de Lima Este 462482
CONTRALORIA GENERAL
Res. N° 077-2012-CG.- Aprueban Directiva “Uso del Ekipu en la ejecución de acciones de control y veedurías” 462482 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Res. N° 0059-2012-JNE.- Convocan a ciudadanos para que asuman provisionalmente cargos de alcalde y regidora del Concejo Distrital de Pachamac, provincia y departamento de Lima 462483 Res. N° 0106-2012-JNE.- Declaran infundado recurso extraordinario por afectación al debido proceso y a la tutela procesal efectiva interpuesto contra la Res. N°
059-2012-JNE 462489
MINISTERIO PUBLICO
RR. N°s. 027 y 028-2012-MP-FN-JFS.- Autorizan viajes del Fiscal de la Nación a Chile y EEUU, encargan su Despacho a la Fiscal Suprema Titular de la Fiscalía Suprema en lo Civil y este Despacho al Fiscal Adjunto
Supremo Titular 462491
SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS
DE FONDOS DE PENSIONES
Res. N° 1431-2012.- Emiten opinión favorable para que la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa S.A. realice la renovación del “Primer Programa de Bonos Corporativos y CertiÞ cados de Depósitos Negociables” 462492
GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH Ordenanza N° 017-2011-REGION ANCASH/CR.- Aprueban Cuadro para Asignación de Personal de la Dirección Regional de Energía y Minas de Ancash 462492
Ordenanza N° 018-2011-REGION ANCASH/CR.- Aprueban Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones 462493 Ordenanza N° 021-2011-REGION ANCASH/CR.- Declaran de interés prioritario y de necesidad pública regional la prevención y control de la Tuberculosis, VIH/
SIDA 462494
Ordenanza N° 022-2011-REGION ANCASH/CR.- Aprueban la modiÞ cación del Cuadro para Asignación de Personal de la Dirección Regional de Transportes y
Comunicaciones 462495
Ordenanza N° 023-2011-REGION ANCASH/CR.- Aprueban Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional Agraria de Ancash 462495 Ordenanza N° 024-2011-REGION ANCASH/CR.- Aprueban la creación del Consejo Regional de Ancash de Reparaciones de Ancash para las Víctimas de la Violencia Política y Promoción de una Cultura de Paz 462496
GOBIERNO REGIONAL DE LIMA
Ordenanza N° 001-2012-CR-RL.- Aprueban Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo y modiÞ can Cuadro para Asignación de Personal de la Unidad Ejecutora 001
Región Lima 462497
MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO Ordenanza N° 253/MDC.- Norman el procedimiento de autorización, registro y supervisión del adolescente que
trabaja 462504
D.A. N° 003-2012/MDC.- Amplían alcances del Artículo 19° de la Ordenanza N° 249-A/MDC, sobre otorgamiento de incentivo por pronto pago de arbitrios 462507
MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Res. N° 131-2011-GDU/MDSM.- Aprueban recepción parcial de obras de habilitación urbana en terreno ubicado
en el distrito 462507
MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO
Ordenanza N° 421-MSS.- Suspenden recepción de solicitudes de aprobación de anteproyecto en consulta y licencia de ediÞ cación para ediÞ cios multifamiliares y conjuntos residenciales multifamiliares en la urbanización
Cerros de Camacho 462509
Res. N° 195-2012-RASS.- Designan Procurador Público
Municipal 462512
Res. N° 197-2012-RASS.- Designan Procuradora Adjunta de la Municipalidad 462512
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA Ordenanza N° 004-2012.- Establecen pago mínimo del Impuesto Predial, Emisión Mecanizada, Cronograma de Pago para el Impuesto Predial, Patrimonio Vehicular y Arbitrios Municipales de Limpieza Pública y Seguridad
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PRESIDENCIA DEL
CONSEJO DE MINISTROS
Autorizan viaje del Ministro de Cultura
a Colombia y encargan su Despacho a
la Ministra de Educación
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 071-2012-PCM Lima, 13 de marzo de 2012 CONSIDERANDO:
Que, el Ministerio de Cultura es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica que constituye pliego presupuestal del Estado;
Que, la República de Colombia, en su calidad de Presidente Pro Témpore de la Comunidad Andina, ha cursado invitación al señor Luis Alberto Peirano Falconí, Ministro de Cultura, para que participe en la “Reunión del Consejo Andino de Ministros de Cultura y de Culturas”, que se llevará a cabo en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, el 16 de marzo de 2012;
Que, el referido evento busca ofrecer un espacio de diálogo y concertación en aras de identiÞ car acciones concretas y viables que permitan avanzar en la agenda cultural andina y alcanzar resultados que tengan impacto en el desarrollo económico, social y cultural de la Región;
Que, en tal sentido, se estima por conveniente autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor Luis Alberto Peirano Falconí, Ministro de Cultura, del 15 al 17 de marzo de 2012;
Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos (incluido TUA) y viáticos serán asumidos por el Ministerio de Cultura;
Que, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 127º de la Constitución Política del Perú, es necesario encargar el Despacho Ministerial de Cultura en tanto dure la ausencia de su Titular;
De conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29812, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y, la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura;
Estando a lo acordado; SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor Luis Alberto Peirano Falconí, Ministro de Cultura, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 15 al 17 de marzo de 2012, para los Þ nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán con cargo al Presupuesto Institucional del Ministerio de Cultura, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes aéreos : US$ 1,934.18 (Incluye TUA) Viáticos : US$ 400.00 (US$ 200 x 1 día +
1 día de instalación) Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la persona indicada en el Artículo 1º de la presente Resolución deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas de acuerdo a Ley.
Artículo 4º.- El viaje autorizado no dará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Artículo 5º.- Encargar el Despacho Ministerial de Cultura a la señora Emma Patricia Salas O´Brien, Ministra de Educación, a partir del 15 de marzo de 2012 y en tanto dure la ausencia del Titular.
Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Cultura.
Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART
Presidente del Consejo de Ministros LUIS ALBERTO PEIRANO FALCONÍ Ministro de Cultura
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Autorizan
viaje
del
Ministro
de
Comercio Exterior y Turismo a Francia
y encargan su Despacho al Ministro de
Trabajo y Promoción del Empleo
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 072-2012-PCM Lima, 13 de marzo de 2012 CONSIDERANDO:
Que, el Rally Dakar es considerado un evento deportivo de importancia mundial, que concentra el interés de cientos de países y representa para las naciones que son sede de la carrera, una inmejorable plataforma de difusión turística; en tal razón, cuando Perú fue la sede Þ nal del Rally Dakar 2012, generó en el país un impacto económico positivo, tanto por imagen en publicidad y promoción de los destinos turísticos como por el beneÞ cio directo en la actividad económica, dinamizando signiÞ cativamente las actividades relacionadas con el turismo (hoteles, restaurantes, alojamiento y servicios diversos en la zona sur) y permitiendo que las pymes del sur del Perú exhibieran y vendieran sus productos originarios;
Que, por tanto, y siendo responsabilidad del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR promover el desarrollo de la actividad turística, la entidad ha llevado a cabo reuniones de trabajo con la empresa francesa ASO, organizadora del Rally Dakar, a Þ n de que el Perú esté incluido en el Rally Dakar que se realizarán en el año 2013;
Que, el Ministro de Comercio Exterior y Turismo, señor JOSÉ LUIS SILVA MARTINOT, viajará a la ciudad de París, República Francesa, para asistir a la Reunión de Presentación del Rally Dakar 2013, a realizarse el 21 de marzo de 2012, así como a reuniones previas de coordinación;
Que, por lo expuesto, es necesario otorgar al Titular del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo la autorización de viaje correspondiente y encargar el Despacho Ministerial, en tanto dure su ausencia;
Que, los organizadores del Rally Dakar 2013 asumirán los gastos por concepto de pasajes del presente viaje, por lo que el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo asumirá los gastos por concepto de viáticos;
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 127º de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM.
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor JOSÉ LUIS SILVA MARTINOT, Ministro de Comercio Exterior y Turismo, a la ciudad de París, República Francesa, del 18 al 22 de marzo de 2012, para los Þ nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución estarán a cargo del Ministerio
de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle:
Viáticos: US$ 1 040,00
Artículo 3º.- Encargar al señor JOSE ANDRES VILLENA PETROSINO, Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, la Cartera de Comercio Exterior y Turismo a partir del 18 de marzo de 2012 y en tanto dure la ausencia del titular.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Comercio Exterior y Turismo.
Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART
Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ LUIS SILVA MARTINOT
Ministro de Comercio Exterior y Turismo 763666-2
Disponen inscripción en el Registro
de Mancomunidades Municipales de la
separación de la Municipalidad Distrital
de San Borja de la “Mancomunidad
Municipal Lima Este”
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN
Nº 016-2012-PCM/SD Lima, 6 de marzo de 2012
VISTOS:
El OÞ cio Nº 345-2012-MSB-SG, la Ordenanza Municipal N° 477-MSB de la Municipalidad Distrital de San Borja y el Informe Nº 019-2012–PCM/SD-OGI-VQA; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modiÞ cada por la Ley N° 29341, en el artículo 2º, deÞ ne a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo de dos o más municipalidades, colindantes o no, con la Þ nalidad de llevar a cabo la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras; promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos;
Que, la Ley citada, en el artículo 5°, señala que la inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales otorga personería jurídica de derecho público a la mancomunidad municipal;
Que, el artículo 14°, numeral 14.1, del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, establece el procedimiento de separación de una municipalidad de una mancomunidad municipal;
Que, el artículo 10°, numeral 10.1, del Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales, aprobado por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD, señala que la Municipalidad que se separa presentará la Ordenanza Municipal que expresa tal decisión y que no requiere la aprobación del Consejo Directivo de la Mancomunidad Municipal; luego, le corresponde a ésta presentar el Acta con el acuerdo de modiÞ cación del Estatuto, como resultado de la separación;
Que, por Resolución de Secretaría de Descentralización N° 478-2011-PCM/SD, se dispuso la inscripción de constitución de la “Mancomunidad Municipal Lima Este”, integrada por las Municipalidades Distritales de
Cieneguilla, El Agustino, La Molina, San Borja y San Luis, en la Provincia y Departamento de Lima;
Que, mediante el OÞ cio de Vistos, la Municipalidad Distrital de San Borja solicita la inscripción de separación de esta entidad de la “Mancomunidad Municipal Lima Este”, en el Registro de Mancomunidades Municipales;
Que, por la Ordenanza Municipal de Vistos, la Municipalidad Distrital de San Borja aprueba la separación de esta entidad de la “Mancomunidad Municipal Lima Este”;
Que, acorde con el Informe Nº 019-2012–PCM/SD-OGI-VQA, los documentos presentados para la inscripción del acto de separación, cumplen con el procedimiento establecido en el artículo 14º del Reglamento de la Ley y en el artículo 10° del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emisión de la Resolución de Secretaría de Descentralización, que dispone la inscripción de la separación de la Municipalidad Distrital de San Borja de la “Mancomunidad Municipal Lima Este”, en el Registro de Mancomunidades Municipales;
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modiÞ cada por la Ley N° 29341; el Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD, que aprueba el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Formalización de la Inscripción de Separación
Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales la separación de la Municipalidad Distrital de San Borja de la “Mancomunidad Municipal Lima Este”.
Artículo 2º.- Registro de Anexo
Inscribir la Ordenanza Municipal que aprueba la separación de la Municipalidad Distrital de San Borja de la “Mancomunidad Municipal Lima Este”, en el Registro de Mancomunidades Municipales.
Artículo 3º.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario OÞ cial El Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.descentralizacion.gob.pe.
Artículo 4º.- Vigencia
La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario OÞ cial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO MUÑOZ-NAJAR FRIEDRICH Secretario de Descentralización Presidencia del Consejo de Ministros 763663-1
Disponen inscripción en el Registro
de Mancomunidades Municipales de la
separación de la Municipalidad Distrital
de Callalli de la “Mancomunidad
Municipal Collaguas del Colca”
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN
Nº 017-2012-PCM/SD Lima, 6 de marzo de 2012 VISTOS:
El OÞ cio Nº 021-2012-MDC, la Ordenanza Municipal Nº 008-2011-MDC de la Municipalidad Distrital de Callalli y el Informe Nº 018-2012–PCM/SD-OGI-VQA; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modiÞ cada por la Ley Nº 29341, en el artículo 2º, deÞ ne a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo de dos o más municipalidades, colindantes o no, con la Þ nalidad de llevar a cabo la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras; promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos;
Que, la Ley citada, en el artículo 5º, señala que la inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales otorga personería jurídica de derecho público a la mancomunidad municipal;
Que, el artículo 14º, numeral 14.1, del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 046-2010-PCM, establece el procedimiento de separación de una municipalidad de una mancomunidad municipal;
Que, el artículo 10º, numeral 10.1, del Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales, aprobado por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD, señala que la Municipalidad que se separa presentará la Ordenanza Municipal que expresa tal decisión y que no requiere la aprobación del Consejo Directivo de la Mancomunidad Municipal; luego, le corresponde a ésta presentar el Acta con el acuerdo de la modiÞ cación del Estatuto, como resultado de la separación;
Que, por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 245-2011-PCM/SD, se dispuso la inscripción de constitución de la “Mancomunidad Municipal Collaguas del Colca”, integrada por las Municipalidades Distritales de Callalli, Caylloma, Coropaque, San Antonio de Chuca, Sibayo, Tisco y Tuti, en la Provincia de Caylloma, en el Departamento de Arequipa;
Que, mediante el OÞ cio de Vistos, el señor alcalde de la Municipalidad Distrital de Callalli solicita la inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales, la separación de esta entidad de la “Mancomunidad Municipal Collaguas del Colca”;
Que, por la Ordenanza Municipal de Vistos, la Municipalidad Distrital de Callalli aprueba la separación de esta entidad de la “Mancomunidad Municipal Collaguas del Colca”;
Que, acorde con el Informe Nº 018-2012–PCM/SD-OGI-VQA, los documentos presentados para la inscripción del acto de separación, cumplen con el procedimiento establecido en el artículo 14º del Reglamento de la Ley y en el artículo 10º del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emisión de la Resolución de Secretaría de Descentralización, que dispone la inscripción de la separación de la Municipalidad Distrital de Callalli de la “Mancomunidad Municipal Collaguas del Colca”, en el Registro de Mancomunidades Municipales;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modiÞ cada por la Ley Nº 29341; el Decreto Supremo Nº 046-2010-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD, que aprueba el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Formalización de la Inscripción de Separación
Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales la separación de la Municipalidad Distrital de Callalli de la “Mancomunidad Municipal Collaguas del Colca”.
Artículo 2º.- Registro de Anexo
Inscribir la Ordenanza Municipal que aprueba la separación de la Municipalidad Distrital de Callalli de la “Mancomunidad Municipal Collaguas del Colca”, en el Registro de Mancomunidades Municipales.
Artículo 3º.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario OÞ cial El
Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.descentralizacion.gob.pe.
Artículo 4º.- Vigencia
La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario OÞ cial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO MUÑOZ-NAJAR FRIEDRICH Secretario de Descentralización 763663-2
Disponen inscripción en el Registro
de Mancomunidades Municipales de
la separación de la Municipalidad
Distrital de Tisco de la “Mancomunidad
Municipal Collaguas del Colca”
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN
Nº 018-2012-PCM/SD Lima, 6 marzo de 2012
VISTOS:
El OÞ cio Nº 026-2012-MDT, la Ordenanza Municipal Nº 021-2011-MDT-CAYLL de la Municipalidad Distrital de Tisco y el Informe Nº 016-2012–PCM/SD-OGI-VQA; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modiÞ cada por la Ley Nº 29341, en el artículo 2º, deÞ ne a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo de dos o más municipalidades, colindantes o no, con la Þ nalidad de llevar a cabo la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras; promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos;
Que, la Ley citada, en el artículo 5º, señala que la inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales otorga personería jurídica de derecho público a la mancomunidad municipal;
Que, el artículo 14º, numeral 14.1, del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 046-2010-PCM, establece el procedimiento de separación de una municipalidad de una mancomunidad municipal;
Que, el artículo 10º, numeral 10.1, del Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales, aprobado por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD, señala que la Municipalidad que se separa presentará la Ordenanza Municipal que expresa tal decisión y que no requiere la aprobación del Consejo Directivo de la Mancomunidad Municipal; luego, le corresponde a ésta presentar el Acta con el acuerdo de la modiÞ cación del Estatuto, como resultado de la separación;
Que, por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 245-2011-PCM/SD, se dispuso la inscripción de constitución de la “Mancomunidad Municipal Collaguas del Colca”, integrada por las Municipalidades Distritales de Callalli, Caylloma, Coporaque, San Antonio de Chuca, Sibayo, Tisco y Tuti, en la provincia de Caylloma, en el departamento de Arequipa;
Que, mediante el OÞ cio de Vistos, el señor alcalde de la Municipalidad Distrital de Tisco solicita la inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales, la separación de esta entidad de la “Mancomunidad Municipal Collaguas del Colca”;
Que, por la Ordenanza Municipal de Vistos, la Municipalidad Distrital de Tisco aprueba la separación de esta entidad de la “Mancomunidad Municipal Collaguas del Colca”;
Que, acorde con el Informe Nº 016-2012–PCM/SD-OGI-VQA, los documentos presentados para la inscripción del acto de separación, cumplen con el procedimiento establecido en el artículo 14º del Reglamento de la Ley y en el artículo 10º del Reglamento del Registro; debiendo
procederse a la emisión de la Resolución de Secretaría de Descentralización, que dispone la inscripción de la separación de la Municipalidad Distrital de Tisco de la “Mancomunidad Municipal Collaguas del Colca”, en el Registro de Mancomunidades Municipales;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modiÞ cada por la Ley Nº 29341; el Decreto Supremo Nº 046-2010-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD, que aprueba el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Formalización de la Inscripción de Separación
Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales la separación de la Municipalidad Distrital de Tisco de la “Mancomunidad Municipal Collaguas del Colca”.
Artículo 2º.- Registro de Anexo
Inscribir la Ordenanza Municipal que aprueba la separación de la Municipalidad Distrital de Tisco de la “Mancomunidad Municipal Collaguas del Colca”, en el Registro de Mancomunidades Municipales.
Artículo 3º.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario OÞ cial El Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.descentralizacion.gob.pe.
Artículo 4º.- Vigencia
La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario OÞ cial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO MUÑOZ-NAJAR FRIEDRICH Secretario de Descentralización 763663-3
Disponen inscripción en el Registro
de Mancomunidades Municipales de la
separación de la Municipalidad Distrital
de Ocuviri de la “Mancomunidad
Municipal del Corredor Económico de
la Micro Cuenca Llallimayo
Melgar-Lampa”- “MUNIMEL”
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 019 -2012-PCM/SD Lima, 6 de marzo de 2012 VISTOS:El OÞ cio Nº 010-2012-MDO, la Ordenanza Municipal N° 036-2011-MDO de la Municipalidad Distrital de Ocuviri y el Informe Nº 017-2012–PCM/SD-OGI-VQA; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modiÞ cada por la Ley N° 29341, en el artículo 2º, deÞ ne a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo de dos o más municipalidades, colindantes o no, con la Þ nalidad de llevar a cabo la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras; promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos;
Que, la Ley citada, en el artículo 5°, señala que la inscripción en el Registro de Mancomunidades
Municipales otorga personería jurídica de derecho público a la mancomunidad municipal;
Que, el artículo 14°, numeral 14.1, del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, establece el procedimiento de separación de una municipalidad de una mancomunidad municipal;
Que, el artículo 10°, numeral 10.1, del Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales, aprobado por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD, señala que la Municipalidad que se separa presentará la Ordenanza Municipal que expresa tal decisión y que no requiere la aprobación del Consejo Directivo de la Mancomunidad Municipal; luego, le corresponde a ésta presentar el Acta con el acuerdo de la modiÞ cación del Estatuto, como resultado de la separación;
Que, por Resolución de Secretaría de Descentralización N° 392-2011-PCM/SD, se dispuso la inscripción de la adecuación de constitución de la “Mancomunidad Municipal del Corredor Económico de la Micro Cuenca Llallimayo Melgar-Lampa”- “MUNIMEL”, integrada por las Municipalidades Distritales de Cupi, Umachiri y Llalli, en la Provincia de Melgar, y la Municipalidad Distrital de Ocuviri, en la Provincia de Lampa, en el Departamento de Puno;
Que, mediante el OÞ cio de Vistos, el señor alcalde de la Municipalidad Distrital de Ocuviri solicita la inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales, la separación de esta entidad de la “Mancomunidad Municipal del Corredor Económico de la Micro Cuenca Llallimayo Melgar-Lampa”- “MUNIMEL”;
Que, por la Ordenanza Municipal de Vistos, la Municipalidad Distrital de Ocuviri aprueba la separación de esta entidad de la “Mancomunidad Municipal del Corredor Económico de la Micro Cuenca Llallimayo Melgar-Lampa”- “MUNIMEL”;
Que, acorde con el Informe Nº 017-2012–PCM/ SD-OGI-VQA, los documentos presentados para la inscripción del acto de separación, cumplen con el procedimiento establecido en el artículo 14º del Reglamento de la Ley y en el artículo 10° del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emisión de la Resolución de Secretaría de Descentralización, que dispone la inscripción de la separación de la Municipalidad Distrital de Ocuviri de la “Mancomunidad Municipal del Corredor Económico de la Micro Cuenca Llallimayo Melgar-Lampa”- “MUNIMEL”, en el Registro de Mancomunidades Municipales;
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modiÞ cada por la Ley N° 29341; el Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD, que aprueba el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Formalización de la Inscripción de Separación
Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales la separación de la Municipalidad Distrital de Ocuviri de la “Mancomunidad Municipal del Corredor Económico de la Micro Cuenca Llallimayo Melgar-Lampa”- “MUNIMEL”.
Artículo 2º.- Registro de Anexo
Inscribir la Ordenanza Municipal que aprueba la separación de la Municipalidad Distrital de Ocuviri de la “Mancomunidad Municipal del Corredor Económico de la Micro Cuenca Llallimayo Melgar-Lampa”- “MUNIMEL”, en el Registro de Mancomunidades Municipales.
Artículo 3º.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Oficial El Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.descentralizacion. gob.pe.
Artículo 4º.- Vigencia
La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario OÞ cial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO MUÑOZ-NAJAR FRIEDRICH Secretario de Descentralización Presidencia del Consejo de Ministros 763663-4
AGRICULTURA
Dan por concluida encargatura de
funciones de Director de la Dirección
de Servicios Rurales del Programa de
Desarrollo Productivo Agrario Rural -
AGRO RURAL
RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 030-2012-AG-AGRO RURAL-DE Lima, 13 de marzo de 2012
CONSIDERANDO:
Que, a través de la Resolución Directoral Ejecutiva Nº 023-2012-AG-AGRO RURAL-DE se encargó a la Ing. Noemí Marmanillo Bustamante las funciones del cargo de Director de la Dirección de Servicios Rurales del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural AGRO RURAL;
Que, se ha visto pertinente dar por concluido el encargo efectuado;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de Operaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 1120-2008-AG;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- DAR POR CONCLUIDO, con efectividad al 11 de marzo de 2012, el encargo efectuado a través de la Resolución Directoral Ejecutiva Nº 023-2012-AG-AGRO RURAL-DE, dándose las gracias por los servicios prestados.
Artículo 2º.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Portal Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese. RENEÉ JANETTE PACHECO SANTOS Directora Ejecutiva
Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural Agro Rural
763629-1
Designan Directora de la Dirección
de Servicios Rurales del Programa de
Desarrollo Productivo Agrario Rural -
AGRO RURAL
RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 031-2012-AG-AGRO RURAL-DE Lima, 13 de marzo de 2012
VISTO:
La Carta de fecha 12 de marzo de 2012 del Director de Servicios Rurales; y,
CONSIDERANDO:
Que, a través de la Resolución Directoral Ejecutiva Nº 012-2011-AG-AGRO RURAL-DE se designó al Ing. Nelson Eduardo Larrea Lora, en el cargo de Director de la Dirección de Servicios Rurales del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural AGRO RURAL;
Que, el citado funcionario ha formulado renuncia al cargo, la misma que se ha visto pertinente aceptar;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de Operaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 1120-2008-AG;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- ACEPTAR, la renuncia del Ing. Nelson Eduardo Larrea Lora al cargo de Director de la Dirección de Servicios Rurales del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural AGRO RURAL, dándose las gracias por los servicios prestados.
Artículo 2º.- DESIGNAR, a la Ing. Noemí Elva Marmanillo Bustamante en el cargo de Directora de la Dirección de Servicios Rurales del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL.
Artículo 3º.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Portal Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese. RENEÉ JANETTE PACHECO SANTOS Directora Ejecutiva
Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural Agro Rural
763629-2
COMERCIO EXTERIOR
Y TURISMO
Designan
funcionario
responsable
de remitir ofertas de empleo de
PROMPERÚ al Ministerio de Trabajo y
Promoción del Empleo
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 029 -2012-PROMPERÚ/SG Lima, 5 de marzo de 2012
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1057 se regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios como una modalidad especial propia del derecho administrativo y privativo del Estado;
Que, con Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM se aprobó el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1057, el cual ha sido modiÞ cado por el Decreto Supremo Nº 065-2011-PCM;
Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 107-2011-SERVIR-PE, y en cumplimiento a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 065-2011-PCM, se aprobaron reglas y lineamientos así como los modelos de contrato y de convocatoria aplicables al régimen de contratación administrativa de servicios; la misma que dispone la Publicación de la Convocatoria de los procesos de contratación administrativa de servicios en el Servicio Nacional de Empleo a cargo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;
Que, según el artículo 1º de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 170-2011-SERVIR-PE, se precisa que la vigencia de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 107-2011-SERVIR-PE, será a partir de 28 de febrero de 2012;
Que, según el artículo 2º del Reglamento de la Ley Nº 27736 - referente a la Transmisión Radial y Televisiva de Ofertas Laborales del Sector Público y Privado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2004-TR, todo organismo público y empresa del Estado está obligada a remitir al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, las ofertas de puestos públicos que tengan previsto concursarlos, así como corresponderá designar al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad. Dicha designación debe realizarse mediante resolución del titular de la entidad publicada en el Diario Oficial El Peruano;
Que, en este contexto corresponde designar al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la Comisión de Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para la difusión correspondiente;
De conformidad con lo dispuesto en el inciso n) del artículo 13º del Reglamento de Organización y Funciones de Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2007-MINCETUR y normas modiÞ catorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Designar al Jefe de la Unidad de Personal de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, como el funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad, al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
Artículo 2º.- Disponer que la OÞ cina de Administración y Finanzas publique la presente Resolución en el Diario OÞ cial El Peruano dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su aprobación.
Artículo 3º.- El responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de PROMPERÚ, el mismo día de publicada la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, deberá hacer la publicación correspondiente en el Portal Institucional.
Regístrese, comuníquese y publíquese. ARACELLY LACA RAMOS
Secretaria General (e) PROMPERÚ 762931-1
DEFENSA
Autorizan viaje de representante de la
Dirección Ejecutiva de la Delegación
Peruana ante el Consejo de Defensa
Suramericano - CDS para participar en
evento a realizarse en Ecuador
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 102-2012-DE Lima, 13 de marzo de 2012 CONSIDERANDO:
Que, el Tratado Constitutivo de la Unión de Naciones Suramericanas - UNASUR, fue suscrito el 23 de mayo de 2008 en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil;
Que, en la III Reunión Ordinaria de Jefas y Jefes de Estado de la UNASUR llevada a cabo el 11 de diciembre de 2008 en la ciudad de Santiago de Chile - República de Chile, se incorporó como parte de la estructura organizacional de la UNASUR al Consejo de Defensa Suramericano como órgano permanente de consulta, cooperación y coordinación en materia de Defensa;
Que, en la Reunión Extraordinaria del Consejo de Defensa Suramericano, llevado a cabo el 11 de noviembre de 2011 en la ciudad de Lima – República del Perú, se Þ rmó la Declaración de Lima, en la cual se aprueba el Plan de Acción 2012, estableciendo las actividades a realizarse durante el presente año;
Que, en ese sentido, es necesario designar a un representante del Ministerio de Defensa para que viaje a la ciudad de San Francisco de Quito – República del Ecuador, a Þ n de participar en la Reunión del Grupo Técnico relativo a la actividad 3.b del Plan de Acción 2012: “Desarrollar e implementar un sistema integrado de información sobre industria y tecnología de la defensa”;
Que, el viaje que se autoriza se encuentra previsto en el ítem 45, del Rubro 5: Medidas de ConÞ anza Mutua, del Anexo 01 del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2012, aprobado con Resolución Suprema Nº 014 -2012 DE/SG de 13 de enero de 2012;
De conformidad con la Ley N° 29605 –Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo 001-2011-DE/ del 29 de marzo de 2011; la Ley Nº 29812 -Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; la Ley N° 27619 -Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 05 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/ SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio.
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar el viaje al Exterior en Comisión de Servicio al EC Alfredo Héctor TORRES CALDERON HUERTAS, de la Dirección Ejecutiva de la Delegación Peruana ante el Consejo de Defensa Suramericano - CDS, para que participe en la Reunión del Grupo Técnico relativo a la actividad 3.b del Plan de Acción 2012: “Desarrollar e implementar un sistema integrado de información sobre industria y tecnología de la defensa”, que se realizará en la ciudad de San Francisco de Quito, República del Ecuador, del 15 al 17 de marzo de 2012.
Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Administración General efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes (Lima – Quito – Lima): US$ 1,091.80 x 1 persona. (Incluye
TUUA) US$ 1,091.80
Viáticos:
US$ 200.00 x1 persona x 3 días US$ 600.00 TOTAL: US$ 1,691.80 Artículo 3º.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país; asimismo, dentro del referido plazo cumplirán también con presentar la correspondiente rendición de cuentas, conforme a lo establecido en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM.
Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante.
Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa.
Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART
Presidente del Consejo de Ministros LUIS ALBERTO OTAROLA PEÑARANDA Ministro de Defensa
763666-3
Designan funcionario responsable de
tramitar y atender solicitudes de acceso
a la información pública
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 257-2012 DE/SG Lima, 5 de marzo de 2012 CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, se promueve la transparencia de los actos del Estado y se regula el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú;
Que, el Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, establece que las entidades deberán designar al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de la entidad;
Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 001-2011-DE, establece en el artículo 14 que la Unidad de Acceso a la Información Pública, es el órgano encargado de tramitar las solicitudes que sobre transparencia y acceso a la información pública formulen las personas naturales y jurídicas;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 529 DE/SG, de fecha 23 de marzo de 2003, se designó al Secretario General del Ministerio de Defensa, como el funcionario responsable de brindar información al público en concordancia con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Nº 27806;
Que, en ese sentido, resulta necesario dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 529 DE/SG, y designar al funcionario responsable de tramitar y atender las solicitudes de acceso a la información pública, emitiendo la Resolución Ministerial correspondiente;
Que, de conformidad con la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, Ley Nº 29605 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y el Decreto Supremo Nº 001-2011-DE, mediante el cual se aprueba su Reglamento de Organización y Funciones;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 529 DE/SG de fecha 23 de marzo de 2003, que designó al Secretario General, como el funcionario responsable de brindar información al público en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 3º de la Ley Nº 27806.
Artículo Segundo.- Designar al Jefe de Unidad de Acceso a la Información Pública como el funcionario responsable de tramitar y atender las solicitudes de acceso a la información pública.
Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO OTAROLA PEÑARANDA Ministro de Defensa
763034-1
Designan
funcionario
responsable
de elaborar y actualizar el Portal de
Transparencia
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 258-2012 DE/SG Lima, 5 de marzo de 2012 CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, se promueve la transparencia de los actos del Estado y se regula el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú;
Que, el Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, establece que las entidades deberán designar al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de la entidad;
Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 001-2011-DE, establece en el artículo 22 que la OÞ cina General de Telecomunicaciones, Informática y Estadística, es el órgano encargado de planiÞ car, desarrollar, organizar, coordinar y gestionar los sistemas de información, infraestructura tecnológica, telecomunicaciones y estadística, que brinden soporte a las funciones desarrolladas por las diferentes unidades orgánicas de la Sede Central del Ministerio. Promueve, norma y orienta la integración y estandarización de los Sistemas de Información y del Sistema de Estadistica del Sector;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 858-2011-DE/ SG, se designó al Jefe de la OÞ cina de Prensa, como el funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia del Ministerio de Defensa;
Que, en ese sentido, resulta necesario dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 085-2004 DE/SG de fecha 29 de enero de 2004, y designar al responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de la entidad, emitiendo la Resolución Ministerial correspondiente;
Que, de conformidad con la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, Ley Nº 29605 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y el Decreto Supremo Nº 001-2011-DE, mediante el cual se aprueba su Reglamento de Organización y Funciones;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 858-2011-DE/SG de fecha 22 de agosto de 2011, que designó al Jefe de la OÞ cina de Prensa, como el funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia del Ministerio de Defensa.
Artículo Segundo.- Designar al Jefe de la OÞ cina General de Telecomunicaciones, Informática y Estadística, CORONEL FAP(R) ALFREDO HÉCTOR TORRES CALDERÓN HUERTAS, como el funcionario responsable de elaborar y actualizar el Portal de Transparencia del Ministerio de Defensa.
Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO OTAROLA PEÑARANDA Ministro de Defensa
763034-2
Designan funcionarios responsables de
brindar información que demanden las
personas y de la elaboración y actualización
de la información que se brinda a través
del Portal de Transparencia del Comando
Conjunto de las Fuerzas Armadas
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 270-2012 DE/ Lima, 8 de marzo de 2012
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 1º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado con Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM de fecha 22 abril 2003, señala que la citada Ley tiene por Þ nalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5. del artículo 2º de la Constitución Política del Perú;
Que, el artículo 3º del citado Texto Único Ordenado regula el principio de publicidad, que involucra todas las actividades y disposiciones de las entidades de la Administración Pública, salvo las excepciones expresamente previstas por el artículo 15º del acotado Texto; disponiendo en el artículo 8º, entre otros aspectos, que la entidad pública identificará y designará al funcionario responsable de brindar la información solicitada;
Que, el artículo 4º del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado con Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM de fecha 06 agosto 2003, dispone que la designación del funcionario o funcionarios responsables de entregar la información y del funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en el Diario OÞ cial El Peruano, debiendo adicionalmente colocar copia de la misma en un lugar visible en cada una de sus sedes administrativas;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 411-2011-DE/CCFFAA de fecha 29 de abril de 2011, se designó al General de Brigada EP Richard Isacc PITOT Guzmán, Secretario General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y al Coronel FAP Carlos QUIROZ Infantas, Secretario del Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas, como los funcionarios responsables de brindar la información que demanden las personas naturales o jurídicas; asimismo, se designó al Coronel EP Alejandro LUJAN Castro, Jefe de la OÞ cina de Relaciones Públicas, Protocolo e Información del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, como funcionario responsable de la elaboración y actualización de la información que se brinda a través del Portal de Transparencia del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas;
Que, durante el presente año 2012, se ha producido el pase a la situación de retiro del General de Brigada EP Richard Isacc PITOT Guzmán, el cambio de empleo del Coronel FAP Carlos QUIROZ Infantas, y la permanencia del Coronel EP Alejandro LUJAN Castro, considerados en la Resolución Ministerial antes mencionada, razón por la cual es necesario efectuar la nueva designación de los funcionarios responsables de brindar la información que demanden las personas naturales o jurídicas en virtud de lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Reglamento, así como del funcionario responsable de la elaboración y actualización de la información que se brinda a través del Portal de Transparencia del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas;
De conformidad con la Ley Nº 29605 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobado con Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM de fecha 22 abril 2003, y el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobado con Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM de fecha 06 agosto 2003;
Estando a lo acordado con el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Designar al General de Brigada EP Rafael Roberto GARCIA Panta, Secretario General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, y al Capitán de Fragata Carlos VARELA García, Secretario del Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas, como funcionarios responsables de brindar la información que demanden las personas naturales o jurídicas en virtud de lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Reglamento.
Artículo 2º.- Designar al Coronel EP Alejandro LUJAN CASTRO, Jefe de la OÞ cina de Relaciones Públicas, Protocolo e Información del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, como funcionario responsable de la elaboración y actualización de la información que se brinda a través del Portal de Transparencia del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas.
Artículo 3º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 411-2011- DE/CCFFAA de fecha 29 de abril de 2012.
Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO OTAROLA PEÑARANDA Ministro de Defensa
763034-3
Designan integrantes del Consejo
Superior del Centro de Altos Estudios
Nacionales - CAEN
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 302-2012 DE/SG Lima, 12 de marzo de 2012 CONSIDERANDO:
Que, el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 001-2012-DE, de fecha 03 de marzo de 2012, mediante el cual se modifica la Única Disposición Final del Reglamento de la Ley Nº 28830, Ley que reconoce al Centro de Altos Estudios Nacionales como Centro Académico de Nivel de Posgrado, establece que el Consejo Superior del Centro de Altos Estudios Nacionales – CAEN aprobará su Estatuto, el mismo que será oficializado mediante Resolución Ministerial del Sector Defensa;
Que, de conformidad con el artículo 2º del citado Decreto Supremo, los miembros del Consejo Superior del Centro de Altos Estudios Nacionales – CAEN serán designados mediante Resolución Ministerial del Sector Defensa;
Que, en ese sentido es necesario designar a los miembros del Consejo Superior del Centro de Altos Estudios Nacionales – CAEN, con la Þ nalidad de aprobar el respectivo Estatuto, mediante el cual se dotará al CAEN de la estructura organizacional que le permita desarrollar sus actividades en cumplimiento a la Ley Nº 28830 y a la Ley Nº 23733, Ley Universitaria;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10º de la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, concordante con el artículo 10º de su Reglamento de organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2011-DE, y el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 001-2012-DE;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Designar al Consejo Superior del Centro de Altos Estudios Nacionales – CAEN, conformado por:
- Dr. Luís Piscoya Hermoza, quien lo preside. - Dr. Alex Robertson Caceres.
- Dr. Eduardo Del Águila Horna. - Dr. Roberto Vizcardo Benavides. - Magister Jorge Larrea Castellano. - Magister Darina Castro Rentería. - Magister Marco Ramos Cruz. - Magister Humberto Zavaleta Ramos.
- Capitán de Fragata AP José Miguel Sibina Pereyra, representante del Ministerio de Defensa.
Artículo 2º.- El mandato de los integrantes del Consejo Superior del Centro de Altos Estudios Nacionales – CAEN, designados mediante la presente Resolución, tendrá una vigencia hasta la aprobación del Estatuto por Resolución Ministerial.
Artículo 3º- Los miembros del Consejo Superior del Centro de Altos Estudios Nacionales – CAEN cumplen sus funciones ad honorem y cuentan con voz y voto en sus sesiones.