INDICE GENERAL
1. – MEMORIA DESCRIPTIVA
2. – MEMORIA CONSTRUCTIVA
3. – CUMPLIMIENTO DEL CTE
4. – CUMPLIMIENTO DE OTROS REGLAMENTOS
5. – ANEJOS
1. – MEMORIA DESCRIPTIVA
1.1. – AGENTES
1.2. – INFORMACION PREVIA
1.3. – DESCRIPCION DEL PROYECTO
1.4. – PRESTACIONES DEL EDIFICIO
1.5. – MEMORIA URBANISTICA
1.1. - AGENTES
1.1.1. PROMOTOR
Excmo. Ayuntamiento de Monreal del Campo, con C.I.F. P 4416100 H, y domicilio en plaza
Mayor, 1, 44300 Monreal del Campo (Teruel).
1.1.2. PROYECTISTA
Antonio Huesca Conejero, arquitecto, colegiado nº 3.197 del Colegio Oficial de Arquitectos
de Aragón, con D.N.I. 18.436.044A, y domicilio a efectos de notificaciones en calle Jerónimo
Soriano, 6, 1º A, 44002 Teruel.
1.1.3. OTROS TÉCNICOS
Ninguno.
1.2. – INFORMACION PREVIA
1.2.1. ANTECEDENTES Y CONDICIONANTES DE PARTIDA
En el presente proyecto no se ha podido verificar el cumplimiento de aquellas normativas
específicas de titularidad privada no accesibles por medio de los diarios oficiales.
1.2.2. DATOS DEL EMPLAZAMIENTO Y ENTORNO FISICO
La edificación sobre la que vamos a intervenir está situada en la avenida Alfonso I El
Batallador, de Monreal del Campo.
La referencia catastral de la parcela es 9270902XL3197A0001PZ.
Esta parcela se encuentra en suelo urbano, y cuenta con todos los servicios urbanísticos. En
ella encontramos diferentes usos públicos (colegio, piscinas, frontón, pabellón, campo de
fútbol).
1.2.3. SERVIDUMBRES APARENTES
No se aprecian.
1.2.4. NORMATIVA URBANÍSTICA
1.2.5. DATOS DEL EDIFICIO SOBRE EL QUE SE INTERVIENE
El Ayuntamiento de Monreal del Campo construyó en el año 1986 un edificio para destinarlo
a pabellón municipal. Desde entonces el edificio ha venido siendo utilizado de forma muy
intensa por la población de Monreal del Campo.
En la parte posterior de la parcela se levanto una pequeña construcción exenta, de unos 30
m2, donde se ubica el depósito de gasoil.
El edificio del pabellón es un edificio exento, retranqueado en todo su perímetro de los
lindes, con fachada en sus cuatro lados.
En cuanto a los usos, el edificio tiene dos usos principales y alternativos:
_ Uso deportivo.
_ Uso pública concurrencia, para las fiestas locales, con zona destinada a
espectadores sentados (gradas) y zona de espectadores de pie (pista).
El edificio cuenta con las siguientes instalaciones:
_ Abastecimiento de agua (AF + ACS).
_ Saneamiento.
_ Electricidad e iluminación.
_ Protección contra incendios.
_ Calefacción.
1.3. – DESCRIPCION DEL PROYECTO
1.3.1. DEFINICIÓN, FINALIDAD DEL TRABAJO Y USO
La documentación del presente Proyecto Básico y de Ejecución, tanto gráfica como escrita,
se redacta para establecer todos los datos descriptivos, urbanísticos y técnicos, para
conseguir llevar a buen término, la REPARACIÓN-ADECUACIÓN DE INSTALACIONES EN
PABELLON MUNICIPAL, según las reglas de la buena construcción y la reglamentación
aplicable.
1.3.2. PROGRAMA DE NECESIDADES Y CUADRO DE SUPERFICIES
A lo largo de los 30 años transcurridos, la normativa técnica de la edificación ha
evolucionado notablemente, lo que ha generado que algunas instalaciones del edificio no
satisfagan los actuales requisitos normativos.
Es por ello, por lo que el promotor se plantea la reforma de algunas de las instalaciones del
pabellón, con la finalidad de adecuarlas a la actual normativa. Dicha adecuación se va a ir
realizando de forma progresiva, conforme el Ayuntamiento vaya disponiendo de partidas
presupuestarias para ello. En esta ocasión la financiación proviene del Plan de Inversiones
Financieramente Sostenibles 2016, de la Diputación Provincial de Teruel.
En esta reforma, se va a intervenir sobre la siguiente instalación:
_ Instalación de protección contra incendios.
La actuación sobre las instalaciones de protección contra incendios consistirá en su
adecuación al vigente CTE DB SI (R.D. 314/2006). Esta actuación, dada la limitación
presupuestaria, no contempla la totalidad de las adecuaciones necesarias. Para ello se han
estudiado todas las adecuaciones precisas (estado final), priorizando unas sobre otras por
orden de importancia. Así pues, en esta actuación (reforma 1) se contempla:
_ La adecuación del número de salidas de evacuación
_ El ajuste de los elementos de evacuación (escaleras, pasillos, pasos, puertas, etc.).
_ El ajuste de las instalaciones de protección (extintores, bocas de incendio,
detectores, pulsadores, centralita, alumbrado de emergencia, etc.).
_ Los acabados de los nuevos espacios habilitados (iluminación, solado, pintura
carpintería, etc.).
El siguiente cuadro de superficies refleja el estado final del pabellón:
_
Pabellón:
2.370
m2
_ Planta semisótano (bajo escen.) 87 m2
_ Planta baja
1.867 m2
_ Planta primera
Gimnasio
135
m2
Gradas
295 m2
_ Futuro edificio de acceso
117 m2
_
Total
2.487
m2
1.3.3. ASPECTOS FUNCIONALES, FORMALES Y TÉCNICOS DE LA SOLUCIÓN ADOPTADA CON
DESCRIPCIÓN GENERAL DE LOS PARÁMETROS QUE DETERMINAN LAS PREVISIONES TÉCNICAS A
CONSIDERAR EN EL PROYECTO.
1.3.3.1. Sistema estructural
No es de aplicación en este proyecto, al tratarse de una mera reforma de
instalaciones.
1.3.3.2. Sistema envolvente
No es de aplicación en este proyecto, al tratarse de una mera reforma de
instalaciones.
1.3.3.3. Sistema de compartimentación
No es de aplicación en este proyecto, al tratarse de una mera reforma de
instalaciones.
1.3.3.4. Sistema de acabados
No es de aplicación en este proyecto, al tratarse de una mera reforma de
instalaciones.
1.3.3.5. Sistema de acondicionamiento ambiental
No es de aplicación en este proyecto, al tratarse de una mera reforma de
instalaciones.
1.3.3.6. Sistema de servicios
No es de aplicación en este proyecto, al tratarse de una mera reforma de
instalaciones.
1.4. PRESTACIONES DEL EDIFICIO
1.4.1. SEGURIDAD
1.4.1.1. Seguridad estructural
No es de aplicación en este proyecto, al tratarse de una mera reforma de
instalaciones.
1.4.1.2. Seguridad en caso de incendio
El proyecto se ajusta a lo establecido en DB-SI para reducir a límites aceptables el
riesgo de que los usuarios del edificio sufran daños derivados de un incendio de
origen accidental, asegurando que los ocupantes puedan desalojar el edificio en
condiciones seguras, se pueda limitar la extensión del incendio dentro del propio
edificio y de los colindantes, y se permita la actuación de los equipos de extinción y
rescate.
No se han acordado entre el promotor y el proyectista prestaciones que superen las
establecidas en el CTE.
1.4.1.3. Seguridad de utilización
Aunque a priori no es de aplicación en este proyecto, al tratarse de una mera
reforma de instalaciones, si resulta de aplicación únicamente en los elementos
afectados por la reforma.
1.4.2. HABITABILIDAD
1.4.2.1. Higiene, salud y protección del medio ambiente
No es de aplicación en este proyecto, al tratarse de una mera reforma de
instalaciones.
1.4.2.2. Protección frente al ruido
No es de aplicación en este proyecto, al tratarse de una mera reforma de
instalaciones.
1.4.2.3. Ahorro de energía y asilamiento térmico
No es de aplicación en este proyecto, al tratarse de una mera reforma de
instalaciones.
1.4.3. FUNCIONALIDAD
1.4.3.1. Utilización
No es de aplicación en este proyecto, al tratarse de una mera reforma de
instalaciones.
1.4.3.2. Accesibilidad
No es de aplicación en este proyecto, al tratarse de una mera reforma de
instalaciones.
1.4.3.3. Acceso a los servicios de telecomunicación, audiovisuales y de información
No es de aplicación en este proyecto, al tratarse de una mera reforma de
instalaciones.
1.4.4. LIMITACIONES DE USO
1.5. MEMORIA URBANISTICA
1.5.1. SERVICIOS URBANISTICOS EXISTENTES
Los servicios urbanísticos con los que cuenta la parcela son:
-
Abastecimiento de agua potable.
-
Evacuación de aguas residuales.
-
Suministro de energía eléctrica.
-
Acceso rodado por vía pública y encintado de aceras.
-
Alumbrado público.
-
Servicio de telecomunicaciones.
-
Servicio de recogida de basuras
1.5.2. JUSTIFICACION DE LA NORMATIVA URBANISTICA
No es de aplicación en este proyecto, al tratarse de una mera reforma de instalaciones.
No obstante si ya tenemos en cuenta el futuro edificio de acceso, la justificación de los
parámetros urbanísticos será la siguiente:
DATOS P.G.O.U.
PROYECTO
CLASE/CATEGORÍA
CALIFICACIÓN
Suelo urbano consolidado
zona 8:
Dotacional Exento
a) Uso del suelo
Principal: Dotacional
Dotacional
b) Parcela mínima
Condición de solar
Fachada: 20 m
Superficie: 1.000 m2
Fachada: 117 m cumple
Superfic.: 13.132 m2 (1) cumple
c) Altura
12,60 m
PB+2
8,50 m / 3 m cumple
PB+1 / PB cumple
d) Edificabilidad
Índice: 2,10 m2/m2
27.577 m2
2.487 m2 < 27.577 m2 cumple
f) Fondo edificable No se fija
cumple
g) Ocupación parcela
70 %
9.192 m2
1.984 m2 < 9.192 m2 cumple
h) Retranqueos:
Pabellón:
_ Fachada
_ Lindero lateral
_ Lindero posterior
Nuevo edificio acceso:
_ Fachada
_ Lindero lateral
_ Lindero posterior
> = 5 m
> = 3 m
> = 3 m
> = 5 m
> = 3 m
> = 3 m
> 5 m cumple
> 3 m cumple
> 3 m cumple
> 5 m cumple
> 3 m cumple
> 3 m cumple
(1)
La superficie de parcela considerada se corresponde con el ámbito del pabellón
más el del campo de fútbol, que es lo que se encuentra dentro del mismo vallado.
(2)
La construcción auxiliar ya existente (depósito gasóleo), no computa a efectos
edificabilidad ni de ocupación, según la ordenanza 8; no obstante incumple el
retranqueo al lindero posterior. Para dar cumplimiento a este punto se debería
proceder a la compra de una franja de 3 m. de anchura del solar colindante (50 m x
3 m = 150 m2).
Monreal del Campo, a 25 de agosto de 2016.
EL ARQUITECTO:
2. – MEMORIA CONSTRUCTIVA
2.1. – SUSTENTACION
2.2. – SISTEMA ESTRUCTURAL
2.3. – SISTEMA ENVOLVENTE
2.4. – SISTEMA DE COMPARTIMENTACION
2.5. – SISTEMA DE ACABADOS
2.6. – SISTEMAS DE ACONDICIONAMIENTO E INSTALACIONES
2.7. – EQUIPAMIENTO
2.1. SUSTENTACION
No es de aplicación en este proyecto, al tratarse de una mera reforma de instalaciones.
2.2. SISTEMA ESTRUCTURAL
No es de aplicación en este proyecto, al tratarse de una mera reforma de instalaciones.
2.3. SISTEMA ENVOLVENTE
No es de aplicación en este proyecto, al tratarse de una mera reforma de instalaciones.
2.4. SISTEMA DE COMPARTIMENTACIÓN
No es de aplicación en este proyecto, al tratarse de una mera reforma de instalaciones.
2.5. SISTEMA DE ACABADOS
No es de aplicación en este proyecto, al tratarse de una mera reforma de instalaciones.
2.6. SISTEMAS DE ACONDICIONAMIENTO E INSTALACIONES
2.6.1. AGUA FRIA
No es de aplicación en este proyecto, ya que no se interviene en esta instalación.
2.6.2. AGUA CALIENTE SANITARIA
No es de aplicación en este proyecto, ya que no se interviene en esta instalación.
2.6.3. SANEAMIENTO
No es de aplicación en este proyecto, ya que no se interviene en esta instalación.
2.6.4. CALEFACCION
No es de aplicación en este proyecto, ya que no se interviene en esta instalación.
2.6.5. ELECTRICIDAD
2.6.6. TELECOMUNICACIONES
No es de aplicación en este proyecto, ya que no se interviene en esta instalación.
2.6.7. ANTI-INTRUSION
No es de aplicación en este proyecto, ya que no se interviene en esta instalación.
2.6.8. INSTALACION ASCENSOR
No es de aplicación en este proyecto, ya que no se interviene en esta instalación.
2.6.9. VENTILACION
No es de aplicación en este proyecto, ya que no se interviene en esta instalación.
2.6.10. CLIMATIZACION
No es de aplicación en este proyecto, ya que no se interviene en esta instalación.
2.6.11. SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE
No es de aplicación en este proyecto, ya que no se interviene en esta instalación.
2.6.12. PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS
Si es de aplicación en este proyecto, pues es el objeto del mismo. Se adecuará la
instalación existente a la normativa vigente (CTE DB SI). Su justificación se realiza en el
apartado 3.2 de la Memoria de cumplimiento del CTE.
2.6.13. SISTEMA DE ACONDICIONAMIENTO AMBIENTAL
No es de aplicación en este proyecto, ya que no se interviene en esta instalación.
2.7. EQUIPAMIENTO
No es de aplicación en este proyecto, al tratarse de una mera reforma de instalaciones.
Monreal del Campo, a 25 de agosto de 2016.
3. CUMPLIMIENTO DEL CTE
3.1. SEGURIDAD ESTRUCTURAL
3.2. SEGURIDAD EN CASO DE INCENDIO
3.3. SEGURIDAD DE UTILIZACION Y ACCESIBILIDAD
3.4.
SALUBRIDAD
3.5. PROTECCION CONTRA EL RUIDO
3.6. AHORRO DE ENERGÍA
- DB-SE:
NO
es de aplicación en el presente proyecto, ya que la intervención planteada
no tiene este objeto.
- DB-SI:
SI
es de aplicación en el presente proyecto.
Su justificación se adjunta en el apartado 3.2. Seguridad en caso de incendio.
- DB-SUA:
SI
es de aplicación en el presente proyecto, pero únicamente en los elementos
que se reformen como consecuencia de la adecuación del pabellón al CTE DB
SI.
Su justificación se adjunta en el apartado 3.3. Seguridad de utilización y accesib.
- DB-HS:
NO
es de aplicación en el presente proyecto, ya que la intervención planteada
no tiene este objeto.
- DB-HR:
NO
es de aplicación en el presente proyecto, ya que la intervención planteada
no tiene este objeto.
- DB-HE:
NO
es de aplicación en el presente proyecto, ya que la intervención planteada
no tiene este objeto.
3.1. SEGURIDAD ESTRUCTURAL (DB SE)
NO es de aplicación en el presente proyecto, ya que la intervención planteada no tiene
este objeto.
Teruel, a 25 de agosto de 2016.
EL ARQUITECTO:
3.2. SEGURIDAD EN CASO DE INCENDIO (DB SI)
En primer lugar recordar que nos encontramos ante un edificio existente construido hace 30
años, y que viene funcionando desde entonces como pabellón multiusos. El objeto del
presente proyecto es la adecuación del pabellón a la vigente normativa de protección
contra incendios, CTE DB SI. Esta adecuación al CTE DB SI supondrá la reforma de algunos
elementos constructivos del pabellón y la construcción de un nuevo edificio anexo.
Recordaremos lo que dice el CTE DB SI, en su Introducción:
III CRITERIOS GENERALES DE APLICACIÓN
8 En todo caso, las obras de reforma no podrán menoscabar las condiciones
de seguridad preexistentes, cuando éstas sean menos estrictas que las
contempladas en este DB.
Cumplimiento del DB SI en edificios existentes
Esta condición se ha hecho extensiva, para el conjunto del CTE
y de sus requisitos básicos y para todos los edificios existentes,
mediante la modificación del artículo 2 de la Parte I del CTE
introducida por la Ley 8/2013 de 26 de junio, de rehabilitación,
regeneración y renovación urbanas en el punto 3 de su artículo
1.
(…)
Elaboración de planes de emergencia y adecuación al DB SI
La elaboración del Plan de Emergencia de un edificio existente
no es una actuación que por sí misma obligue a la adecuación
del edificio a lo establecido por el DB SI, sino que supone
desarrollar dicho Plan en función de su estado actual, incluidas
sus posibles deficiencias respecto de la reglamentación actual.
Sólo cabría, si así lo requiriese la Propiedad (no es obligatorio)
complementar el Plan con el análisis y propuesta de
adecuación del estado actual, ordenada en su caso según las
prioridades que se estimen más aconsejables.
Antes de entrar a justificar este DB, comentaremos los usos que vienen desarrollándose en el
pabellón, en base a los cuales se realizará esta justificación.
El pabellón tiene dos usos claramente diferenciados:
_ El uso 1, deportivo (± 90 % del tiempo).
_ El uso 2, de pública concurrencia (± 10 % del tiempo).
Estos dos usos son alternativos y no concurrentes, es decir, mientras se está desarrollando el
uso deportivo no tiene lugar el de pública concurrencia, y viceversa.
El uso deportivo es el que se desarrolla la mayor parte del tiempo. La ocupación de la pista y
los vestuarios es baja y alternativa, siendo las gradas lo que mayor ocupación podría
presentar.
El uso de pública concurrencia tendrá lugar durante las fiestas locales, en la celebración de
verbenas y bailes populares. En este caso, la ocupación es muy superior a la del uso
deportivo.
Dado que el uso pública concurrencia tiene la mayor ocupación, será este uso el que
tomemos como referencia para la justificación de este DB, especialmente a efectos del
número y dimensión de los elementos de evacuación.
3.2.1. INTRODUCCIÓN
Tal y como se describe en el DB-SI (artículo 11) “El objetivo del requisito básico “Seguridad en
caso de incendio” consiste en reducir a límites aceptables el riesgo de que los usuarios de un
edificio sufran daños derivados de un incendio de origen accidental, como consecuencia
de las características de su proyecto, construcción, uso y mantenimiento. Para satisfacer
este objetivo, los edificios se proyectarán, construirán, mantendrán y utilizarán de forma que,
en caso de incendio, se cumplan las exigencias básicas que se establecen en los apartados
siguientes. El Documento Básico DB-SI especifica parámetros objetivos y procedimientos
cuyo cumplimiento asegura la satisfacción de las exigencias básicas y la superación de los
niveles mínimos de calidad propios del requisito básico de seguridad en caso de incendio,
excepto en el caso de los edificios, establecimientos y zonas de uso industrial a los que les
sea de aplicación el “Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos
industriales”, en los cuales las exigencias básicas se cumplen mediante dicha aplicación.”
Para garantizar los objetivos del Documento Básico (DB-SI) se deben cumplir determinadas
secciones. “La correcta aplicación de cada Sección supone el cumplimiento de la
exigencia básica correspondiente. La correcta aplicación del conjunto del DB supone que
se satisface el requisito básico "Seguridad en caso de incendio".”
Las exigencias básicas son las siguientes:
-
Exigencia básica SI 1 Propagación interior.
-
Exigencia básica SI 2 Propagación exterior.
-
Exigencia básica SI 3 Evacuación de ocupantes.
-
Exigencia básica SI 4 Instalaciones de protección contra incendios.
-
Exigencia básica SI 5 Intervención de los bomberos.
3.2.2. SI 1 - PROPAGACIÓN INTERIOR
COMPARTIMENTACIÓN EN SECTORES DE INCENDIO
En base a la tabla 1.1, y para el uso Pública Concurrencia, la totalidad del pabellón
constituirá un único sector de incendio, al ser su superficie construida 2.487 m2 (≤ 2.500 m2).
Esta superficie construida resulta de:
_
Pabellón:
2.370
m2
_ Planta semisótano (bajo escen.) 87 m2
_ Planta baja
1.853 m2 (1867 – 9 L.R.E. caldera – 5 L.R.E. grupo)
_ Planta primera
Gimnasio
135
m2
Gradas
295 m2
_ Futuro edificio de acceso
117 m2
_
Total
2.487
m2
Además mencionar que todo el edificio se configura como un edificio exento y de uso
exclusivo.
Dado que todo el edificio es un único sector de incendio no resulta de aplicación la tabla
1.2.
No existen escaleras ni ascensores que comuniquen
sectores de incendio
diferentes o bien
zonas de riesgo especial con el resto del edificio.
Nombre del sector: UNO
Uso previsto:
Pública Concurrencia.
Situación:
Planta sobre rasante con altura de evacuación
h < 15 m.
Superficie:
2.487 m2 (2.370 + 117)
Resistencia al fuego de las paredes y
techos que delimitan el sector de incendio ---
Resistencia al fuego de las puertas de
paso entre sectores de incendio
---
LOCALES Y ZONAS DE RIESGO ESPECIAL
Los locales y zonas de riesgo especial “integrados” en los edificios se clasifican conforme los
grados de riesgo alto, medio y bajo según los criterios que se establecen en la tabla 2.1 de la
sección SI 1 del DB-SI. Los locales así clasificados deben cumplir las condiciones que se
establecen en la tabla 2.2 de la sección SI 1 del DB-SI.
Los locales destinados a albergar instalaciones y equipos regulados por reglamentos
específicos, tales como transformadores, maquinaria de aparatos elevadores, calderas,
depósitos de combustible, contadores de gas o electricidad, etc. se rigen, además, por las
condiciones que se establecen en dichos reglamentos. Las condiciones de ventilación de los
locales y de los equipos exigidas por dicha reglamentación deberán solucionarse de forma
compatible con las de la compartimentación, establecidas en este DB.
A los efectos de este DB se excluyen los equipos situados en las cubiertas de los edificios,
aunque estén protegidos mediante elementos de cobertura.
En este edificio existen, integrados en el mismo, los siguientes locales de riesgo especial:
Nombre del local: LOCAL PARA CALDERA
Uso:
Sala de caldera
Potencia útil nominal:
170-210 kW
Clasificación Riesgo
Bajo
Se cumplen las condiciones de las zonas
de riesgo especial
Si
Nombre del local: LOCAL PARA GRUPO ELECTRÓGENO
Uso:
Sala de grupo electrógeno
Tamaño del local:
En todo caso
Clasificación Riesgo
Bajo
Se cumplen las condiciones de las zonas
Se cumplen las condiciones de las zonas de riesgo especial integradas en los edificios, según
se indica en la tabla 2.2:
Tabla 2.2 Condiciones de las zonas de riesgo especial integradas en edificios (1)
Característica
Riesgo bajo
Riesgo medio
Riesgo alto
Resistencia al fuego de la
estructura portante (2)
R 90
R 120
R 180
Resistencia al fuego de las
paredes y techos (3) que separan
la zona del resto del edificio (2)(4)
EI 90
EI 120
EI 180
Vestíbulo de independencia en
cada comunicación de la zona
con el resto del edificio
-
Si Si
Puertas de comunicación con el
resto del edificio (5)
EI2 45-C5
2 x EI2 30 -C5
2 x EI2 45-C5
Máximo recorrido de evacuación
hasta alguna salida del local (6)
≤
25 m (7)
≤ 25 m (7)
≤ 25 m (7)
(1) Las condiciones de reacción al fuego de los elementos constructivos se regulan
en la tabla 4.1 del capítulo 4 de esta Sección.
(2) El tiempo de resistencia al fuego no debe ser menor que el establecido para la
estructura portante del conjunto del edificio, de acuerdo con el apartado SI 6,
excepto cuando la zona se encuentre bajo una cubierta no prevista para
evacuación y cuyo fallo no suponga riesgo para la estabilidad de otras plantas ni
para la compartimentación contra incendios, en cuyo caso puede ser R 30.
Excepto en los locales destinados a albergar instalaciones y equipos, puede
adoptarse como alternativa el tiempo equivalente de exposición al fuego
determinado conforme a lo establecido en el apartado 2 del Anejo SI B.
(3) Cuando el techo separe de una planta superior debe tener al menos la misma
resistencia al fuego que se exige a las paredes, pero con la característica REI en lugar
de EI, al tratarse de un elemento portante y compartimentador de incendios. En
cambio, cuando sea una cubierta no destinada a actividad alguna, ni prevista para
ser utilizada en la evacuación, no precisa tener una función de compartimentación
de incendios, por lo que sólo debe aportar la resistencia al fuego R que le
corresponda como elemento estructural, excepto en las franjas a las que hace
referencia el capítulo 2 de la Sección SI 2, en las que dicha resistencia debe ser REI.
(4) Considerando la acción del fuego en el interior del recinto. La resistencia al fuego
del suelo es función del uso al que esté destinada la zona existente en la planta
inferior. Véase apartado 3 de la Sección SI 6 de este DB.
(5) El recorrido de evacuación por el interior de la zona de riesgo especial debe ser
tenido en cuenta en el cómputo de la longitud los recorridos de evacuación hasta
las salidas de planta.
ESPACIOS OCULTOS. PASO DE INSTALACIONES A TRAVÉS DE ELEMENTOS DE
COMPARTIMENTACIÓN DE INCENDIOS.
La única compartimentación contra incendios requerida por este DB la encontramos en los
dos locales de riesgo especial (cuarto de caldera y cuarto de grupo electrógeno).
En estos locales, no existen espacios ocultos tales como patinillos, cámaras, falsos techos o
suelos elevados.
No existen cámaras no estancas.
La
resistencia al fuego
requerida a los elementos de compartimentación de incendios se
mantiene en los puntos en los que dichos elementos son atravesados por elementos de las
instalaciones, tales como cables, tuberías, conducciones, conductos de ventilación, etc.,
excluidas las penetraciones cuya sección de paso no exceda de 50 cm². Para ello se ha
optado por las siguientes soluciones:
_ En el cuarto de la caldera:
. La chimenea de evacuación de humos: elemento pasante con una resistencia EI 90
(igual a la del elemento atravesado).
. Conducto de ventilación de PVC: collarín intumescente de sellado en caso de
incendio, EI 90 (igual a la del elemento atravesado).
. Hueco de paso de las tuberías de calefacción y ACS: sellado ignifugo mediante la
instalación de paneles de lana de roca y revestimiento de pasta Promastop o Hilti,
para EI 90.
_ En el cuarto del grupo electrógeno:
. Hueco de paso del cableado que no vaya empotrado y tenga S > 50 cm2: sellado
ignifugo mediante la instalación de paneles de lana de roca y revestimiento de
pasta Promastop o Hilti.
REACCIÓN AL FUEGO DE LOS ELEMENTOS CONSTRUCTIVOS, DECORATIVOS Y DE MOBILIARIO
Se cumplen las condiciones de las clases de reacción al fuego de los elementos
constructivos, según se indica en la tabla 4.1:
Tabla 4.1 Clases de reacción al fuego de los elementos constructivos
Situación del elemento Revestimientos
(1)
De techos y paredes
(2) (3)
De suelos
(2)
Zonas ocupables (4)
C-s2,d0
EFL
Pasillos y escaleras protegidos
B-s1,d0
CFL-s1
Aparcamientos y recintos de riesgo
especial (5)
B-s1,d0 BFL-s1
Espacios ocultos no estancos: patinillos,
falsos techos (excepto los existentes
dentro de viviendas), suelos elevados,
etc.
B-s3,d0 BFL-s2
(6)
(1) Siempre que superen el 5% de las superficies totales del conjunto de las paredes,
del conjunto de los techos o del conjunto de los suelos del recinto considerado.
(2) Incluye las tuberías y conductos que transcurren por las zonas que se indican sin
recubrimiento resistente al fuego. Cuando se trate de tuberías con aislamiento
térmico lineal, la clase de reacción al fuego será la que se indica, pero incorporando
el subíndice L.
(3) Incluye a aquellos materiales que constituyan una capa contenida en el interior
del techo o pared y que no esté protegida por una capa que sea EI 30 como
mínimo.
(4) Incluye, tanto las de permanencia de personas, como las de circulación que no
sean protegidas. Excluye el interior de viviendas. En uso Hospitalario se aplicarán las
mismas condiciones que en pasillos y escaleras protegidos.
(5) Véase el capítulo 2 de esta Sección.
(6) Se refiere a la parte inferior de la cavidad. Por ejemplo, en la cámara de los falsos
techos se refiere al material situado en la cara superior de la membrana. En espacios
con clara configuración vertical (por ejemplo, patinillos) así como cuando el falso
techo esté constituido por una celosía, retícula o entramado abierto, con una
función acústica, decorativa, etc., esta condición no es aplicable.
Las condiciones de
reacción al fuego
de los componentes de las instalaciones eléctricas
(cables, tubos, bandejas, regletas, armarios, etc.) se ajustan a su reglamentación específica.
No existe elemento textil de cubierta integrado en el edificio.
Aunque se trata de un edificio de uso pública concurrencia, no existen asientos fijos
tapizados ni elementos textiles suspendidos.
3.2.3. SI 2 - PROPAGACIÓN EXTERIOR
MEDIANERÍAS Y FACHADAS
No existen elementos verticales separadores de otro edificio, ya que es un edificio exento.
No es preciso limitar el riesgo de propagación exterior del incendio a través de la fachada,
ya que:
_ No existen dos sectores de incendio.
_ No existen zonas de riesgo especial alto.
_ No existen ni escaleras protegidas ni pasillos protegidos.
No existen edificios colindantes.
No es preciso limitar el riesgo de propagación vertical del incendio por fachada, ya que:
_ No existen dos sectores de incendio.
_ No existen zonas de riesgo especial alto.
_ No existen ni escaleras protegidas ni pasillos protegidos.
Clase de reacción al fuego de los materiales:
La clase de reacción al fuego de los materiales del acabado exterior de las
fachadas es igual o superior a B-s3 d2.
CUBIERTAS
No es preciso limitar el riesgo de propagación exterior del incendio por la cubierta, ya que:
_ No existen edificios colindantes.
_ Todo el edificio se configura como un único sector de incendio.
No existen encuentros entre una cubierta y una fachada que pertenezcan a sectores de
incendio o a edificios diferentes.
No existen zonas de cubierta situadas a menos de 5 m. de distancia de la proyección
vertical de cualquier zona de fachada, del mismo o de otro edificio.
3.2.4. SI 3 – EVACUACIÓN DE OCUPANTES
COMPATIBILIDAD DE LOS ELEMENTOS DE EVACUACION
No es de aplicación en este edificio.
CÁLCULO DE LA OCUPACIÓN
Tal y como establece la sección SI 3 del DB-SI.
Para calcular la ocupación deben tomarse los valores de densidad de ocupación que se
indican en la tabla 2.1 de la en función de la superficie útil de cada zona, salvo cuando sea
previsible una ocupación mayor o bien cuando sea exigible una ocupación menor en
aplicación de alguna disposición legal de obligado cumplimiento, como puede ser en el
caso de establecimientos hoteleros, docentes, hospitales, etc. En aquellos recintos o zonas
no incluidos en la tabla se deben aplicar los valores correspondientes a los que sean más
asimilables.
A efectos de determinar la ocupación, se debe tener en cuenta el carácter simultáneo o
alternativo de las diferentes zonas de un edificio, considerando el régimen de actividad y de
uso previsto para el mismo.
En función de esta tabla la ocupación prevista de cada recinto será la siguiente:
Recinto o
planta Uso previsto Zona, tipo de actividad Superf. (m2/persona) Ocupación personas Nº de Gradas Pública Concurr. Espectadores sentados con asiento 295 1 pers/asiento 384 Gimnasio Pública Concurr. Público en gimnasio con aparatos 110 5 22 Escenario Pública Concurr. Uso 1: Sin uso Uso 2: Escenario 83 83 Usuarios --- ± 10 0 Pista Pública Concurr. Uso 1: Actividad deportiva Uso 2: Espectadores de pie 1.209 1.209 Usuarios 0,25 (1) 44 4.836
Rocódromo Pública Concurr, Actividad deportiva 19 Usuarios ± 10
Bar Pública Concurr. Público de pie en bares 38 1,00 38+2
Vestuarios (4+1) Pública Concurr. Piscinas públicas vestuarios 132 3 44
Almacenes (4) Almacén 59 40 2 Limpieza, caldera, lavandería, bombas gasól., grupo electrón., bombas BIE´s
Cualquiera Zona ocupación ocasional --- Nula 0
Aseos Cualquiera Aseos 45 3 15
Dirección Administrativo Zona de oficinas 15 10 2
Vestíbulo Pública Concurr. Vestíbulos generales 28 2 14
Psicomotricidad Docente Aulas 65 1,5 44
Almacén Almacén 6 40 1