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1 Clase 33
Manejo de Psicotrópicos y Estupefacientes
Cada una de las listas de psicotrópicos y estupefacientes presenta un manejo distinto a lahora de la
compra, la dispensa y el manejo en la farmacia. Por lo que a continuación se detallará el manejo de cada una de ellas.
Psicotrópicos:
Lista I: no son de venta en farmacia.
Lista II:
- Prescripción: sólo podrán ser prescriptos por médicos matriculados en la pcia de Sta Fe,
mediante una “receta oficial para psicotrópicos”, la cual se extiende por triplicado (se extiende por 3 cuerpos: el primero lo conservará el médico, los otros dos, la farmacia), en forma manuscrita y con letra legible, en la cual debe constar: el nombre genérico del psicotrópico,
cantidad expresada en números y letras, nombre, apellido y domicilio del paciente, dosis por vez y por día, fecha(tiene una validez de 30 días), firma y sello del médico.
- Dispensación: el farmacéutico deberá constatar que la receta cumpla con los requisitos antes
mencionados; solicitar a la persona que retira lo prescripto: firma, aclaración, DNI, domicilio y teléfono al dorso de la receta; asentarla en el libro recetario, numerarla (siguiendo el número correlativo de asiento en el libro recetario), sellarla y fecharla al dorso, firmar su original y duplicado al dorso; asentarla en el libro de psicotrópicos; mensualmenteremitir el tercer cuerpo a Inspección de Farmacias.
- Compra a droguerías: el farmacéutico deberá completar el vale oficial(el cual se extiende por
cuadruplicado, sin agregados ni enmiendas ni raspaduras, totalmente legibles en sus cuatro cuerpos), en el cual deberá constar:elnombre del laboratorio, medicamento, forma farmacéutica, dosis, cantidad, fecha de solicitud y debe ser sellado y firmado por el farmacéutico; deberá enviarlo a la droguería; esta última deberá guardar una copia y remitir las demás a la farmacia, selladas y firmadas junto con los psicotrópicos. El farmacéutico debe archivar el original y enviar las restantes copias a Inspección de Farmacias.
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2 Lista III y IV:
- Prescripción: el médico lo debe prescribir en una “receta común archivada” por duplicado, en
forma manuscrita y con letra legible, en la cual deberá constar: nombre del psicotrópico, cantidad expresada en números y letras, nombre y apellido del paciente, fecha (tiene una validez de 30 días), firma y sello del médico.
- Dispensación: el farmacéutico deberá constatar que la receta cumpla con los requisitos antes
mencionados; solicitar a la persona que retira lo prescripto:firma, aclaración, DNI, domicilio y teléfono al dorso de la receta; en el caso de que en la receta se haya omitido el tamaño o el contenido del envase, se deberá despachar el de menor cantidad;asentar la receta en el libro recetario, numerarla al dorso (siguiendo el número correlativo en el libro recetario); sellarla y fecharla al dorso, firmar su original y duplicado al dorso.
- Compra a droguerías:
Lista III: mediante vale oficial (ver más arriba).
Lista IV: mediante factura especial separada(factura simple que se extiende por duplicado en la cual se debe detallar la marca del medicamento, potencia y contenido del envase).
Listas Compra a droguería Expendio Libro Recetario Libro de Psicotrópicos I - - - -
II Vale Oficial Receta Oficial Sí Sí
III Vale Oficial Receta común
archivada Sí No IV Factura especial separada Receta común archivada Sí No
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Estupefacientes
Lista I y II:
- Prescripción:sólo podrán ser prescriptos por médicos matriculados en la pcia de Sta Fe, mediante
una “receta oficial para estupefacientes”, la cual se extiende por triplicado (se extiende por 3 cuerpos: el primero lo conservará el médico, los otros dos, la farmacia), en forma manuscrita y con letra legible, en la cual debe constar: el nombre genérico del estupefacientes, cantidad expresada en números y letras, nombre, apellido y domicilio del paciente, dosis por vez y por día, fecha(tiene una validez de 30 días), firma y sello del médico.
- Dispensación: el farmacéutico deberá constatar que la receta cumpla con los requisitos antes
mencionados; solicitar a la persona que retira lo prescripto: firma, aclaración, DNI, domicilio y teléfono al dorso de la receta; asentarla en el libro recetario, numerarla (siguiendo el número correlativo de asiento en el libro recetario), sellarla y fecharla al dorso, firmar su original y duplicado al dorso; asentarla en el Libro de Estupefacientes; mensualmenteremitir el tercer cuerpo a Inspección de Farmacias.
- Compra a droguerías: el farmacéutico deberá completar el vale oficial (el cual se extiende por
cuadruplicado, sin agregados ni enmiendas ni raspaduras, totalmente legibles en sus cuatro cuerpos), en el cual deberá constar:el nombre del laboratorio, medicamento, forma farmacéutica, dosis, cantidad, fecha de solicitud y debe ser sellado y firmado por farmacéutico; deberá enviarlo a la droguería; esta última deberá guardar una copia y remitir las demás a la farmacia, selladas y firmadas junto con los estupefacientes. El farmacéutico debe archivar el original y enviar las restantes copias a Inspección de Farmacias.
Lista III:
- Prescripción: el médico lo debe prescribir en una “receta común archivada”por duplicado, en
forma manuscrita y con letra legible, en la cual deberá constar: nombre del estupefacientes, cantidad expresada en números y letras, nombre y apellido del paciente, fecha (tiene una validez de 30 días), firma y sello del médico.
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- Dispensación: el farmacéutico deberá constatar que la receta cumpla con los requisitos antes
mencionados; solicitar a la persona que retira lo prescripto:firma, aclaración, DNI, domicilio y teléfono al dorso de la receta; en el caso de que en la receta se haya omitido el tamaño o el contenido del envase, se deberá despachar el de menor cantidad;asentar la receta en el libro recetario, numerarla al dorso (siguiendo el número correlativo en el libro recetario); sellarla y fecharla al dorso, firmar su original y duplicado al dorso.
- Compra a droguerías:el farmacéutico deberá completar el vale oficial (el cual se extiende por
cuadriplicado, sin agregados ni enmiendas ni raspaduras, totalmente legibles en sus cuatro cuerpos), en el cual deberá constar:el nombre del laboratorio, medicamento, forma farmacéutica, dosis, cantidad, fecha de solicitud y debe ser sellado y firmado por farmacéutico; deberá enviarlo a la droguería; esta última deberá guardar una copia y remitir las demás a la farmacia, selladas y firmadas junto con los estupefacientes. El farmacéutico debe archivar el original y enviar las restantes copias a Inspección de Farmacias.
Lista IV:no son de venta en farmacia
Listas Compra a droguería Expendio Libro Recetario Libro de Estupefacientes
I Vale Oficial Receta Oficial Sí Sí
II Vale Oficial Receta Oficial Sí Sí
III Vale Oficial Receta común
archivada
Sí No
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En consecuencia de una actual resolución, es necesario tener presente que para la prescripción de los
estupefacientes lista III y psicotrópicos de lista III se requiere de un formulario especial de color verde
que cada médico prescriptor debe comprar; el cual contiene el escudo de la Pcia de Sta Fe y numeración alfanumérica. Una vez en la farmacia, en la parte posterior de dicha receta,se debe anexar: firma del paciente o del que retira el medicamento, aclaración, DNI, domicilio, teléfono, número de asiento en el libro recetario, firma y sello del farmacéutico.
Los medicamentos que se encuentran bajo esta resolución son:
Hidrocodona asociada con otras drogas.
Codeína asociada con otras drogas.
Dextropropoxifeno asociado con otras drogas.
Etilmorfina (cuya concentración no exceda los 100 mg)
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