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PLAN 2017 SEGURO DE EXPLOTACIONES DE HORTALIZAS BAJO CUBIERTA EN LA PENÍNSULA Y EN LA C.A. DE ILLES BALEARS CÓD. 306

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(1)

PLAN 2017

SEGURO DE EXPLOTACIONES DE

HORTALIZAS BAJO CUBIERTA EN LA

PENÍNSULA Y EN LA C.A. DE ILLES

BALEARS

CÓD. 306

AGRUPACIÓN ESPAÑOLA DE ENTIDADES ASEGURADORAS DE LOS SEGUROS AGRARIOS COMBINADOS, S.A.

(2)

Seguro de Explotaciones de Hortalizas Bajo Cubierta

Aclaraciones sobre la tramitación de Seguros

 Modificaciones en la Gestión con respecto al año anterior ... 5

 Producción Asegurable ... 7

 Período de Suscripción ... 8

 Ámbito de Aplicación ... 12

 Aclaraciones en la Contratación de las Producciones ... 29

 Resumen de Coberturas y Garantías ... 29

 Parcelas Datos Fijos y Variables ... 31

 Datos Variables por Clase de Cultivo ... 32

Aclaraciones en la contratación de Instalaciones y Elementos Productivos de las parcelas ... 45

 Datos Variables por Tipo de capital ... 46

 Cuadro de Precios ... 55

 Bonificaciones ... 71

 Subvenciones ... 73

 Recargos Tarifas ... 73

(3)

MODIFICACIONES EN LAS COBERTURAS RESPECTO A LA CAMPAÑA ANTERIOR

 Cobertura de virosis

- No se ofrece cobertura de virosis en siembras o trasplantes de las siguientes fechas, según cultivos:

- Pimiento entre el 1 de abril y 31 de mayo.

- Resto de cultivos entre el 1 de abril y 31 de julio.

Esta gestión se realiza con cuatro ciclos de cultivo según fecha de siembra o trasplante.

- Desde el 1/06 al 31/07 ciclo 3 - Desde el 1/08 al 31/12 ciclo 1 - Desde el 1/01 al 31/03 ciclo 2 - Desde el 1/04 al 31/05 ciclo 4

Se deberá realizar una declaración de seguro para cada una de las dos clases de cultivo.

- Ciclos de cultivo 1 y 3: todos los cultivos. - Ciclos de cultivo 2 y 4: todos los cultivos.

- En ciclos, ámbitos y cultivos con cobertura para virosis, se garantiza este riesgo en las declaraciones de seguro que se suscriban antes de que transcurran 15 días desde que se sembró o trasplantó la primera parcela.

 Periodo de suscripción para el riesgo de virosis para el ciclo 2: Se amplía del 15 al

31 de enero.

 Levantamiento de cultivo por virosis: Se modula el cálculo de daños según el ratio de

indemnizaciones a primas de riesgo recargadas del riesgo de virosis en los cuatro planes inmediatamente anteriores, y dentro de esos cuatro planes, del número de años asegurados de virosis y el número de años indemnizados por este riesgo.

 Final de garantías para el riesgo de virosis: cuando se haya recolectado el 30%, el 50% o el 60% de la producción real esperada de la parcela, en función de los resultados históricos del riesgo de virosis de cada asegurado en los 4 últimos planes.

 Reposición de cultivo, igual que el resto de las líneas, se contempla como daños y no

como gastos, de forma que en el cálculo de indemnización tiene el mismo tratamiento que cualquier otro siniestro.

(4)
(5)

MODIFICACIONES EN LA GESTIÓN CON RESPECTO

AL AÑO ANTERIOR

Ciclos de cultivos

Para este Plan existen 4 ciclos de cultivo, considerándose clases distintas: Clase I: Ciclos de cultivo 1 y 3 todos los cultivos

Clase II: Ciclos de cultivo 2 y 4 todos los cultivos

Debiéndose realizar una declaración de seguro por cada una de las clases de cultivo.

Elección de Virosis

Si se elige la cobertura de Virosis, para los cultivos y ciclos que son susceptibles de ello, se verificará que no hayan transcurrido más de 15 días desde que se sembró o trasplantó la parcela.

Se tomará en cuenta la fecha más temprana para esta validación.

Sistema de cultivo

Para este Plan se deberá indicar este factor, en cada una de las parcelas de la póliza de tipo capital 002 y 004.

010 SIEMBRA DIRECTA 011 TRASPLANTE

Modificaciones de la Declaración de Seguro

Se admiten modificaciones por cambio de cultivo, altas de parcelas tanto por reposición de cultivo como por levantamiento, siempre y cuando se comuniquen antes de la fecha de siembra o trasplante.

(6)

del riesgo de virosis y de los cultivos.

Variedades

Se incluyen la producción mini en el cultivo de la Berenjena así como en similares Raf los rosados dentro del cultivo de tomate.

Periodo de carencia

En el caso de socios que salen de una entidad asociativa, no se aplicará el periodo de carencia en las parcelas que fueron aseguradas la campaña anterior por la entidad y son aseguradas en la presente campaña por el socio.

Pago de la Prima

Fraccionamiento de Pago: Para este Plan el coste a cargo del tomador será igual o superior a 1.000 €, el año pasado era a 1.500 €

(7)

CULTIVOS

001 ACELGA 027 BERRO

002 BERENJENA 028 CEBOLLETA

003 BORRAJA 029 COL

004 BABY LEAF 030 COLIFLOR

005 CALABACÍN 031 CALABAZA

006 ESPINACA 032 PUERRO

007 JUDÍA VERDE 033 APIO

008 LECHUGA 034 AJO

009 MELÓN 035 CEBOLLA

010 PEPINO 036 PATATA

011 PIMIENTO 037 BATATA

012 RÁBANO 038 RESTO HORTALIZAS APROVECHAMIENTO

HOJAS

013 SANDÍA 039 RESTO DE HORTALIZAS APROVECHAMIENTO

RAÍZ

014 TOMATE 040 RESTO DE HORTALIZAS APROVECHAMIENTO

FRUTO

025 ACHICORIA 314 TOMATE ÁREA I

(8)

TODOS LOS CULTIVOS (Cultivos 001 al 010, 12, 13, 14 y Cultivos 025 al 040 y 314) excepto el 011 Pimiento

CICLO ÁMBITO FECHA INICIO

FECHA FINAL

ÚLTIMO DÍA DE PAGO

CICLO 1 Todo el ámbito 01/06/2017 15/09/2017 18/09/2017

CICLO 2 Todo el ámbito 01/01/2018 31/01/2018 01/02/2018

CICLO 3 Todo el ámbito 01/06/2017 31/10/2017 02/11/2017

CICLO 4

28 Madrid 01/01/2018 30/04/2018 03/05/2018

Resto del ámbito 01/01/2018 30/04/2018 02/05/2018

PIMIENTO (Cultivo 011)

CICLO ÁMBITO FECHA INICIO

FECHA FINAL

ÚLTIMO DÍA DE PAGO

CICLO 1 Todo el ámbito 01/06/2017 15/09/2017 18/09/2017

CICLO 2 Todo el ámbito 01/01/2018 31/01/2018 01/02/2018

CICLO 3 Todo el ámbito 01/06/2017 15/09/2017 18/09/2017

CICLO 4

28 Madrid 01/01/2018 30/04/2018 03/05/2018

Resto del ámbito 01/01/2018 30/04/2018 02/05/2018

Si aseguran varios ciclos en la misma declaración, el final de suscripción es la del ciclo que antes finalice.

(9)

CULTIVOS CON COBERTURA DE VIROSIS

CULTIVOS: 002 BERENJENA, 005 CALABACÍN, 007 JUDÍA VERDE, 009 MELÓN, 010 PEPINO, 013 SANDIA, 014 TOMATE Y 314 TOMATE ÁREA I

CICLO ÁMBITO FECHA INICIO

FECHA FINAL

ÚLTIMO DÍA DE PAGO

CICLO 1 Todo el ámbito 01/06/2017 15/09/2017 18/09/2017

CICLO 2 Todo el ámbito 01/01/2018 31/01/2018 01/02/2018

PIMIENTO (Cultivo 011)

CICLO ÁMBITO FECHA INICIO

FECHA FINAL

ÚLTIMO DÍA DE PAGO

CICLO 1 Todo el ámbito 01/06/2017 15/09/2017 18/09/2017

CICLO 2 Todo el ámbito 01/01/2018 31/01/2018 01/02/2018

CICLO 3 Todo el ámbito 01/06/2017 15/09/2017 18/09/2017

Si aseguran varios ciclos en la misma declaración, el final de suscripción es la del ciclo que antes finalice.

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CICLO ÁMBITO FECHA INICIO FECHA FINAL ÚLTIMO DÍA DE PAGO

CICLO 1 Todo el ámbito 01/06/2017 31/10/2017 02/11/2017

CICLO 2

28 Madrid 01/01/2018 30/04/2018 03/05/2018

Resto del ámbito 01/01/2018 30/04/2018 02/05/2018

CICLO 3 Todo el ámbito 01/06/2017 31/10/2017 02/11/2017

CICLO 4

28 Madrid 01/01/2018 30/04/2018 03/05/2018

Resto del ámbito 01/01/2018 30/04/2018 02/05/2018

Si aseguran varios ciclos en la misma declaración, el final de suscripción es la del ciclo que antes finalice.

Se ha de realizar una única póliza por cada una de las clases de

Cultivo:

Se consideran clases distintas las dos siguientes: - Ciclos de cultivos 1 y 3: todos los cultivos. - Ciclos de cultivos 2 y 4: todos los cultivos

Excepcionalmente, para el cultivo de Tomate en el Área I y sólo en el Módulo P, el Asegurado podrá pactar con Agroseguro la realización de más de una declaración de seguro por clase de ciclo de cultivos, conforme vayan realizando los trasplantes.

Para ello deberán realizar el siguiente procedimiento:

1. El asegurado siempre de forma previa a la contratación, remitirá una

solicitud de aseguramiento especial a Agroseguro. Este documento lo podrán

localizar en la página web de Agroseguro, mediante la ruta: Acceso Usuarios

Registrados/Normas, Subvenciones y Recargos/Normativa de Productos/Normas de Contratación/Solicitud Especial de Aseguramiento.

(11)

4. Agroseguro comunicará por el mismo medio y posteriormente por escrito, la aceptación o no de la solicitud de aseguramiento.

5. No se podrá realizar contratación en varias declaraciones de seguro sino media la aceptación expresa por escrito de Agroseguro.

Cualquier asegurado que realice más de una declaración de seguro para una misma clase de ciclo de cultivo sin haber cursado solicitud, o que no haya sido aceptada, se le refundirán sus declaraciones según el procedimiento vigente.

La Base de Datos con la información de los asegurados que han solicitado contratar varias declaraciones para el mismo ciclo, lo podrán encontrar en la página web, mediante la ruta:

Acceso Usuarios Registrados/Diseños de Registro/Entidades Aseguradoras/Información que suministra Agroseguro a las Entidades/Menú Entidades/Solicitud Especial de Aseguramiento.

PERIODO DE MODIFICACIONES DE LA DECLARACIÓN DE SEGURO

Se admitirán modificaciones en la declaración de seguro por las siguientes circunstancias, siempre que se comuniquen antes de la fecha de siembra o trasplante:

a) Por cambio de cultivo inicialmente asegurado:

Se admitirán cambios, altas y bajas de cultivo, siempre que se comuniquen antes de la fecha de la siembre o trasplante, regularizándose la prima.

b) Por reposición de cultivo:

Se dará de alta una nueva parcela en la póliza, por lo que se abonará la totalidad de la prima. La parcela anterior se quedará con un 45% del capital inicial y se extornará el 55% de la prima.

c) Por levantamiento de cultivo asegurado y plantación de un nuevo cultivo:

Se dará de alta una nueva parcela, siempre que se comuniquen antes de la fecha de siembra o trasplante, por la que se abonará la totalidad de la prima. Condición Especial 10ª

(12)

TOMATE ÁREA I (Código 314)

Provincia Comarca Término Municipal

03 ALACANT/ ALICANTE

01 VINALOPÓ

002 AGOST 019 ASPE

088 MONFORTE DEL CID 093 NOVELDA

04 CENTRAL

014 ALICANTE 050 CAMPELLO 090 MUCHAMIEL

119 SAN JUAN DE ALICANTE 122 SAN VICENTE DEL RASPEIG 139 VILLAJOYOSA 05 MERIDIONAL 005 ALBATERA 015 ALMORADI 025 BENFERRI 049 CALLOSA DE SEGURA 055 CATRAL 058 COX 059 CREVILLENTE 064 DOLORES

(13)

03 ALACANT/ ALICANTE 05 MERIDIONAL 065 ELCHE 074 GRANJA DE ROCAMORA 076 GUARDAMAR DEL SEGURA 903 MONTESINOS 099 ORIHUELA 141 PILAR DE LA HORADADA 111 REDOVAN 113 ROJALES 904 SAN ISIDRO 118 SAN FULGENCIO

120 SAN MIGUEL DE SALINAS 121 SANTA POLA

133 TORREVIEJA

04 ALMERÍA 03 BAJO ALMAZORA

016 ANTAS 022 BEDAR 035 CUEVAS DE ALMAZORA 048 LOS GALLARDOS 049 GARRUCHA 053 HUERCAL-OVERA 064 MOJACAR 075 PULPI

(14)

04 ALMERÍA 03 BAJO ALMAZORA 093 TURRE 100 VERA 05 CAMPO TABERNAS 060 K LUCAINENA DE LAS TORRES (Zona IV)

086 K SORBAS (Zona IV)

088 TABERNAS

06 ALTO ANDARAX 011 ALHAMA DE ALMERIA

07 CAMPO DALIAS 003 ADRA 029 BERJA 038 DALIAS 104 EL EJIDO 105 LA MOJONERA 079 ROQUETAS DE MAR 102 VICAR 08 CAMPO NIJAR Y BAJO ANDARAX TODOS

07 ILLES BALEARS TODAS TODOS

08 BARCELONA 07 EL MARESME 003 ALELLA 006 ARENYS DE MAR 007 ARENYS DE MUNT 009 ARGENTONA 015 BADALONA

(15)

08 BARCELONA 07 EL MARESME 029 CABRERA DE MAR 030 CABRILS 032 CALDES DE ESTRACH 035 CALELLA 040 CANET DE MAR 110 MALGRAT DE MAR 118 MASNOU 121 MATARÓ 126 MONGAT 155 PALAFOLLS 163 PINEDA DE MAR 230 PREMIA DE DALT 172 PREMIA DE MAR 193 SAN ACISCLO DE VALLALTA

194 SANT ADRIÀ DE BESOS

197 SANT ANDREU DE LLAVANERES

235 SANT POL DE MAR 245 SANTA COLOMA DE GRAMANET

261 SANTA SUSANA

264 SAN VICENTE DE MONT-ALT

(16)

08 BARCELONA 07 EL MARESME 281 TEIA 282 TIANA 214 VILASSAR DE DALT 219 VILASSAR DE MAR 10 BAIX LLOBREGAT 089 GAVA 169 EL PRAT DE LLOBREGAT 200 SAN BOI DE LLOBREGAT 301 VILADECANS 11 CÁDIZ 01 CAMPIÑA DE CÁDIZ 003 ALGAR 006 ARCOS DE LA FRONTERA 010 BORNOS 020 JEREZ DE LA FRONTERA 027 PUERTO DE SANTA MARÍA

902 SAN JOSE DEL VALLE

037 TREBUJENA 041 VILLAMARTIN 02 COSTA NOROESTE DE CÁDIZ 014 CONIL 015 CHICLANA DE LA FRONTERA 016 CHIPIONA 030 ROTA 032 SANLUCAR DE BARRAMEDA

(17)

11 CÁDIZ

03 SIERRA DE CÁDIZ

005 ALGODONALES 026 PRADO DEL REY

04 DE LA JANDA

001 ALCALÁ DE LOS GAZULES 007 BARBATE DE FRANCO 901 BENALUP 023 MEDINA-SIDONIA 028 PUERTO REAL 039 VEJER DE LA FRONTERA 05 CAMPO DE GIBRALTAR TODOS 12 CASTELLÓ / CASTELLÓN 02 BAJO MAESTRAZGO

044 CERVERA DEL MAESTRE 101 SAN RAFAEL DEL RÍO 121 TRAIGUERA 03 LLANOS CENTRALES 029 BENLLOCH 049 COSTUR 094 PUEBLA-TORNESA 120 TORRE DE ENDOMENECH 04 PEÑAGOLOSA 005 ALCORA 060 FIGUEROLES

05 LITORAL NORTE TODOS

06 LA PLANA TODOS

07 PALANCIA 002 AHIN

(18)

12 CASTELLÓ / CASTELLÓN 07 PALANCIA 010 ALMEDIJAR 012 ALTURA 018 AZUEBAR 039 CASTELLNOVO 056 CHOVAR 057 ESLIDA 067 GELDO 081 NAVAJAS 104 SEGORBE 106 SONEJA 107 SOT DE FERRER 108 SUERAS 118 TORRECHIVA

18 GRANADA 08 LA COSTA TODOS

21 HUELVA

01 SIERRA 062 ROSAL DE LA FRONTERA

02 ANDEVALO OCCIDENTAL 003 ALMENDRO 058 PUEBLA DE GUZMÁN 063 SAN BARTOLOMÉ DE LA TORRE 065 SANLUCAR DE GUADIANA 073 VILLABLANCA 076 VILLANUEVA DE LOS CASTILLEJOS

(19)

21 HUELVA

03 ANDEVALO

ORIENTAL 072 VALVERDE DEL CAMINO

04 COSTA TODOS

05 CONDADO CAMPIÑA TODOS

06 CONDADO LITORAL TODOS

29 MÁLAGA 03 CENTRO SUR O GUADALORCE 007 ALHAURÍN DE LA TORRE 008 ALHAURÍN EL GRANDE 038 CARTAMA 041 CASARES 042 COÍN 051 ESTEPONA 067 MÁLAGA 069 MARBELLA 070 MIJAS 901 TORREMOLINOS 04 VÉLEZ MÁLAGA 005 ALGARROBO 053 FRIGIALIANA 075 NERJA 082 RINCÓN DE LA VICTORIA 086 SAYALONGA 091 TORROX 094 VÉLEZ-MÁLAGA

(20)

30 MURCIA 01 NORDESTE 001 ABANILLA 020 FORTUNA 022 JUMILLA 04 RIO SEGURA 011 BLANCA 019 CIEZA 027 MOLINA DE SEGURA 030 MURCIA 044 SANTOMERA 05 SUROESTE Y V. DE GUADALENTIN TODOS 06 CAMPO DE CARTAGENA TODOS 41 SEVILLA

01 SIERRA NORTE 045 GERENA

02 LA VEGA

005 ALCALA DEL RIO 007 LA ALGABA 018 BRENES 021 CAMAS 023 CANTILLANA 034 CORIA DEL RIO 038 DOS HERMANAS 044 GELVES

(21)

41 SEVILLA

02 LA VEGA

069 LOS PALACIOS Y VILLAFRANCA

070 PALOMARES DEL RÍO 081 LA RINCONADA

086 SAN JUAN DE AZNALFARACHE 089 SANTIPONCE 091 SEVILLA

101 VILLAVERDE DEL RIO

03 EL ALJARAFE TODOS

04 LAS MARISMAS TODOS

05 LA CAMPIÑA

004 ALCALÁ DE GUADAIRA 011 ARAHAL

020 LAS CABEZAS DE SAN JUAN

022 LA CAMPANA

901 CAÑADA DEL ROSAL

024 CARMONA 903 EL CUERVO 039 ECIJA 042 FUENTES DE ANDALUCIA 052 LA LANTEJUELA 053 LEBRIJA

(22)

41 SEVILLA 05 LA CAMPIÑA 060 MARCHENA 068 OSUNA 071 PARADAS 095 UTRERA

102 EL VISO DEL ALCOR

06 SIERRA SUR 064 MONTELLANO

07 ESTEPA 054 LORA DE ESTEPA

061 MARINALEDA

43 TARRAGONA

03 BAIX EBRE TODOS

07 CAMPO DE TARRAGONA 003 ALBIOL 007 ALEIXAR 009 ALFORJA 011 ALMOSTER 012 ALTAFULLA 017 ARGENTERA

031 BORGES DEL CAMP 033 BOTARELL

038 CAMBRILS

042 CASTELLVELL DEL CAMP 043 CATLLAR

045 COLLDEJOU 047 CONSTANTI

(23)

43 TARRAGONA 07 CAMPO DE TARRAGONA

053 DESAIGÜES 066 GARIDELLS 081 MASPUJOLS

088 MONTBRIÓ DEL CAMP 092 MONTROIG DEL CAMP 095 MORELL 097 LA NOU DE GAIA 100 PALLARESOS 103 PERAFORT 109 LA POBLA DE MAFUMET 111 LA POBLA DE MONTORNÉS 118 PRATDIP 122 RENAU 123 REUS 126 RIERA DE GAIA 127 RIUDECANYES 128 RIUDECOLS 129 RIUDOMS 135 SALOMÓ 905 SALOU 144 SECUITÁ

(24)

43 TARRAGONA 07 CAMPO DE TARRAGONA 148 TARRAGONA 153 TORREDEMBARRA 162 VANDELLÓS 164 VESPELLA

166 VILALLONGA DEL CAMP 167 VILANOVA

D’ESCORNALBOU 169 VILAPLANA 171 VILASECA

178 VINYOLS I ELS ARCS

08 BAIX PENEDES TODOS

46 VALÉNCIA/

VALENCIA 03 CAMPOS DE LIRIA

051 BENAGUACIL 067 BENISANÓ 070 BÉTERA 089 CASINOS 147 LIRIA 264 LORIGUILLA NUEVO 182 OLOCAU 191 PEDRALBA 202 PUEBLA DE VALLBONA 214 RIBAROJA DEL TURIA 256 VILLAMARCHANTE

(25)

46 VALÉNCIA/ VALENCIA 05 HOYA DE BUÑOL 012 ALBORACHE 026 ALFARP 077 BUÑOL 093 CATADAU 109 CHESTE 111 CHIVA 136 GODELLETA 156 LLOMBAY 158 MACASTRE 172 MONTSERRAT 176 MONTROY 212 REAL DE MONTROY 248 TURIS 261 YATOVA 06 SAGUNTO TODOS 07 HUERTA DE VALENCIA TODOS

08 RIBERAS DEL JÚCAR TODOS

09 GANDÍA TODOS 11 ENGUERA Y LA CANAL 039 ANNA 073 BOLBAITE 107 CHELLA 118 ENGUERA

(26)

46 VALÉNCIA/ VALENCIA 11 ENGUERA Y LA CANAL 121 ESTUBENY 179 NAVARRES 206 QUESA 12 LA COSTERA DE JÁTIVA 020 ALCUDIA DE CRESPINS 045 BARCHETA 081 CANALS 096 CERDÁ 119 ENOVA 132 GENOVÉS 137 LA GRANJA DE LA COSTERA 145 JÁTIVA 151 LUGAR NUEVO DE FENOLLET 154 LLANERA DE RANES 157 LLOSA DE RANES 160 MANUEL 170 MOGENTE 174 MONTESA 180 NOVELE 209 RAFELGUARAF 217 ROTGLA Y CORBERA

(27)

46 VALÉNCIA/ VALENCIA 12 LA COSTERA DE JÁTIVA 243 TORRELLA 251 VALLADA 253 VALLES 13 VALLES DE ALBAIDA 003 ADZANETA DE ALBAIDA 004 AGULLENT 006 ALBAIDA 027 ALFARRASI 042 AYELO DE MALFERIT 043 AYELO DE RUGAT 047 BELGIDA 049 BELLUS 056 BENIATJAR 057 BENICOLET 062 BENIGANIM 068 BENISODA 069 BENISUERA 075 BUFALI 086 CARRICOLA 090 CASTELLÓN DE RUGAT 104 CUATRETONDA 138 GUADASEQUIES 150 LUCHENTE

(28)

46 VALÉNCIA/

VALENCIA 13 VALLES DE ALBAIDA

173 MONTABERNER 175 MONTICHELVO 183 OLLERIA 184 ONTENIENTE 185 OTOS 189 PALOMAR 196 PINET

200 PUEBLA DEL DUC 210 RAFOL DE SALEM 219 RUGAT 221 SALEM 226 SEMPERE 240 TERRATEIG

TOMATE (Código 014)

PENÍNSULA E ILLES BALEARS

EXCEPTO EL ÁMBITO DEL CULTIVO DE TOMATE ÁREA I (CÓDIGO 314)

RESTO DE CULTIVOS

(29)

Deberá realizarse una única póliza por dad una de las clases de Cultivo. Se consideran clases distintas los dos siguientes:

- Ciclos de cultivo 1 y 3: todos los cultivos. - Ciclos de cultivo 2 y 4: todos los cultivos. Para esta Línea de Seguro, existen dos Tipos de Capital

002 PRODUCCIÓN

004 PRODUCCIÓN (UNIDADES)

El Tipo de Capital 004 Producción (Unidades) se indicará únicamente en aquellas

parcelas cuyos cultivos sean lechuga, cebolleta y escarola.

MÓDULOS

Existen 4 Módulos (Principales): Módulos 1, 2, 3 y P. Para el Módulo elegido, el asegurado deberá elegir las mismas coberturas para todas las parcelas de la explotación, susceptible de ellas.

MÓDULO 1:

No existen datos variables elegibles en coberturas para este módulo



MÓDULOS 2 y 3:

No existen datos variables elegibles en coberturas a excepción de la Helada y Virosis, Enfermedades (dentro de resto de adversidades climáticas),

(30)

No existen datos variables elegibles en coberturas a excepción de los riesgos cubiertos de Helada y Virosis, no siendo necesario elegirlos conjuntamente, es decir, se puede elegir la Helada y no elegir la Virosis o viceversa.

Los asegurados que tengan derecho a bonificación podrán elegir el Mínimo Indemnizable y la Franquicia para todos los cultivos y ciclos asegurados, entre un 10 ó un 20% para el riesgo cubierto de Riesgos Excepcionales.

(Anexo I de las Condiciones Especiales)

En el caso de elegir el riesgo de Helada y/o Virosis para un cultivo, obligatoriamente se tiene que elegir para todos los cultivos de la póliza que los tengan garantizados según Condicionado Especial, (todos los conceptos principales).

Si se elige la cobertura de Virosis, para los cultivos y ciclos que son susceptibles de ello, se verificará que no hayan transcurrido más de 15 días desde que se sembró o trasplantó la parcela.

Se tomará en cuenta la fecha más temprana para esta validación.

Como aclaración para la gestión de Módulos, y la elección del riesgo de Virosis les proporcionaremos la información de concepto principal/cultivo/ciclo deducible de forma similar que para la Línea 327 Hortalizas de Ciclos Sucesivos.

Además conviene recordar que para el grupo de cultivo 314 (Tomate Área I), también se podrá realizar la elección o no del aseguramiento del riesgo de virosis.

(31)

SEGURO

La parcela, a efectos del seguro, es la superficie total mismo cultivo y variedad bajo un mismo invernadero incluida en un recinto SIGPAC.

Se considerarán parcelas distintas, las superficies protegidas por distintas medidas preventivas y las superficies cuya fecha de trasplante sea superior a 7 días.

Si la superficie continua del mismo cultivo y variedad bajo un mismo invernadero, abarca varios recintos de la misma parcela SIGPAC, todos aquellos recintos de superficie inferior a 0,10 ha se podrán agregar al recinto limítrofe, conformando una única parcela a efectos del seguro, que será identificada con el recinto de mayor superficie.

Se debe consignar en cada parcela la identificación del SIGPAC.

El incumplimiento de esta obligación conllevará la penalización indicada en la Condición Especial 20ª.

A efectos de realizar la contratación, la identificación SIGPAC se indicará en la

Declaración de Seguro tal y como exponemos a continuación, incluyendo las

cinco posiciones del recinto (cinco últimas posiciones de la identificación). Ejemplo:

PROV. MUNICIPIO AGREGADO ZONA POLÍGONO PARCELA RECINTO

47 025 000 00 010 00057 00001

Para una mejor localización de la parcela, de forma opcional, se puede indicar en la póliza el nombre de la misma.

Esquema de criterios de parcelas distintas:

CULTIVO VARIEDAD TIPO

CAPITAL SIGPAC FECHA TRASPLANTE SISTEMA PROTECCIÓN MEDIDA PREVENTIVA X X X X X (<7 días) X X

(32)

Para los cultivos de Lechuga, Cebolleta y Escarola, que tiene Tipo de Capital 004 Producción (Unidades) obligatoriamente se consignará cero.

PRECIOS

El precio es de libre elección por parte del Asegurado, sin poder sobrepasar los precios máximos, ni ser inferior a los establecidos por ENESA.

Todos los precios son en €/kg, excepto:

Para la Lechuga, Cebolleta y Escarola que es €/unidad.

SUPERFICIE

Se indicará la superficie en hectáreas y áreas de cada parcela.

Si durante la vigencia de la Declaración de Seguro el tomador o asegurado detectase algún error en la superficie reflejada en la póliza, comunicará a Agroseguro dicha circunstancia para su subsanación, sin ningún tipo de penalización.

DATOS VARIABLES POR CLASES DE CULTIVO

Esta Norma de Contratación, para establecer con mayor claridad y facilitar la contratación de las producciones, va a estar estructurada de la siguiente forma: 1º.- Tomate Área I

2º.- Tomate (Resto del ámbito) y Pimiento 3º.- Lechuga, Cebolleta y Escarola

(33)

002 PRODUCCIÓN

SISTEMAS DE PROTECCIÓN

En cada una de las parcelas aseguradas, se ha de indicar el Sistema de Protección. Para el Tomate existe un único valor:

001 INVERNADERO

MATERIAL DE LA CUBIERTA

Se indicará el material de construcción de la cubierta, para el Tipo de Capital 002 Producción, dado que será la forma de acceder a la tarifa que según el tipo de material puede ser distinta.

002 MALLA 003 RÍGIDA

004 PLÁSTICO TÉRMICO 005 PLÁSTICO NO TÉRMICO

CICLO DE CULTIVO

Para este cultivo, existen fechas de contratación diferentes en función de los

ciclos de cultivo, ya relacionados en el apartado “Periodo de Suscripción” de esta Norma. 001 CICLO 1 002 CICLO 2 003 CICLO 3 004 CICLO 4

SISTEMA DE CULTIVO

Se indicará en cada una de las parcelas el código que corresponda:

010 SIEMBRA DIRECTA 011 TRASPLANTE

(34)

001 ECOLÓGICO 002 TRADICIONAL

El porcentaje a aplicar se detalla en el manual de subvenciones de las Comunidades Autónomas que se encontrarán en la página Web de Agroseguro en Acceso Usuarios Registrados, en el apartado Normas, Subvenciones y Recargos, en el punto denominado “Manual de Subvenciones”.

Para aquellas parcelas que en la declaración de seguro figuren con precio distinto por pertenecer a Denominaciones de Calidad diferenciada reconocida, el tomador del seguro deberá disponer, en el momento de la contratación, de copia de la certificación de inscripción de dichas parcelas en los registros correspondientes. En el caso de ocurrencia de siniestro, deberá aportarse dicha certificación en el momento de la tasación inmediata o de la tasación definitiva.

En caso de no aportarse dicha certificación, la indemnización se calculará con el precio de la producción convencional.

ROTACIÓN

Se consignará en la Declaración de Seguro si se trata de un cultivo único o de rotación, dado que será la forma de acceder a la tarifa:

001 ÚNICO 002 ROTACIÓN

En caso de asegurar cultivo en rotación se han de consignar al menos dos parcelas en la misma declaración de seguro. En caso de asegurarlos en declaraciones diferentes (Ciclos de cultivos 1 y 3 y Ciclos de cultivos 2 y 4), deberán indicar el código 001 Único.

(35)

CICLO FECHA INICIO DE TRASPLANTE FECHA FINAL DE TRASPLANTE 001 CICLO 1 01/08/2017 31/12/2017 002 CICLO 2 01/01/2018 31/03/2018 003 CICLO 3 01/06/2017 31/07/2017 004 CICLO 4 01/04/2018 31/05/2018

El incumplimiento de esta obligación conllevará la penalización en la indemnización, indicada en la Condición Especial 20ª.

(36)

002 PRODUCCIÓN

SISTEMAS DE PROTECCIÓN

En cada una de las parcelas aseguradas, se ha de indicar el Sistema de Protección. Para estos cultivos existe un único valor:

001 INVERNADERO

MATERIAL DE LA CUBIERTA

Se indicará el material de construcción de la cubierta, dado que será la forma de acceder a la tarifa que según el tipo de material puede ser distinta.

002 MALLA 003 RÍGIDA

004 PLÁSTICO TÉRMICO 005 PLÁSTICO NO TÉRMICO

CICLO DE CULTIVO

Para este cultivo, existen fechas de contratación diferentes en función de los

ciclos de cultivo, ya relacionados en el apartado “Periodo de Suscripción” de esta Norma. 001 CICLO 1 002 CICLO 2 003 CICLO 3 004 CICLO 4

SISTEMA DE CULTIVO

Se indicará en cada una de las parcelas el código que corresponda:

010 SIEMBRA DIRECTA 011 TRASPLANTE

(37)

001 ECOLÓGICO 002 TRADICIONAL

El porcentaje a aplicar se detalla en el manual de subvenciones de las Comunidades Autónomas que se encontrarán en la página Web de Agroseguro en Acceso Usuarios Registrados, en el apartado Normas, Subvenciones y Recargos, en el punto denominado “Manual de Subvenciones”.

Para aquellas parcelas que en la declaración de seguro figuren con precio distinto por pertenecer a Denominaciones de Calidad diferenciada reconocida, el tomador del seguro deberá disponer, en el momento de la contratación, de copia de la certificación de inscripción de dichas parcelas en los registros correspondientes. En el caso de ocurrencia de siniestro, deberá aportarse dicha certificación en el momento de la tasación inmediata o de la tasación definitiva.

En caso de no aportarse dicha certificación, la indemnización se calculará con el precio de la producción convencional.

FECHA DE TRASPLANTE

Se consignará en la Declaración de Seguro, para cada parcela, la fecha de trasplante o de siembra en su caso, teniendo en cuenta las fechas que a continuación detallamos dependiendo del ciclo de cultivo.

CICLO FECHA INICIO DE

TRASPLANTE FECHA FINAL DE TRASPLANTE 001 CICLO 1 01/08/2017 31/12/2017 002 CICLO 2 01/01/2018 31/03/2018 003 CICLO 3 01/06/2017 31/07/2017 004 CICLO 4 01/04/2018 31/05/2018

El incumplimiento de esta obligación conllevará la penalización en la indemnización, indicada en la Condición Especial 20ª.

(38)

001 ÚNICO 002 ROTACIÓN

En caso de asegurar cultivo en rotación se han de consignar al menos dos parcelas en la misma declaración de seguro. En caso de asegurarlos en declaraciones diferentes (Ciclos de cultivos 1 y 3 y Ciclos de cultivos 2 y 4), deberán indicar el código 001 Único.

DENOMINACIÓN DE ORIGEN

Se indicará el código de D.O., a nivel de parcela, ya que el precio depende de

este factor en el correspondiente ámbito de aplicación.

Para el cultivo de Pimiento:

001 I.G.P. CALIDAD EUSKAL BASERRI 003 D.O.P. PIMIENTO DE GERNIKA 004 I.G.P. GUINDILLAS DE IBARRA Para el cultivo de Tomate:

001 I.G.P. CALIDAD EUSKAL BASERRI 002- I.G.P. CALIDAD EUSKO LABEL

Para las parcelas que se encuentren dentro del ámbito de D.O/I.G.P. y no estén inscritas en ellas, se indicará el Código 000, consignando en este caso los precios correspondientes a no inscritos en D.O./I.G.P.

000 SIN VALOR EN FACTOR

Para aquellas parcelas que en la declaración de seguro figuren con precio distinto por pertenecer a Denominaciones de Calidad diferenciada reconocida, el tomador del seguro deberá disponer, en el momento de la contratación, de copia de la certificación de inscripción de dichas parcelas en los registros correspondientes. En el caso de ocurrencia de siniestro, deberá aportarse dicha certificación en el momento de la tasación inmediata o de la tasación definitiva. En caso de no aportarse dicha certificación, la indemnización se calculará con el precio de la producción convencional.

(39)

004 PRODUCCIÓN (Unidades)

Nº DE UNIDADES

Se debe indicar el número de plantas cultivadas en la parcela asegurada.

SISTEMAS DE PROTECCIÓN

En cada una de las parcelas aseguradas, se ha de indicar el Sistema de Protección. Para estos cultivos existe un único valor:

001 INVERNADERO

MATERIAL DE LA CUBIERTA

Se indicará el material de construcción de la cubierta, dado que será la forma de acceder a la tarifa que según el tipo de material puede ser distinta.

002 MALLA 003 RÍGIDA

004 PLÁSTICO TÉRMICO 005 PLÁSTICO NO TÉRMICO

CICLO DE CULTIVO

Para este cultivo, existen fechas de contratación diferentes en función de los

ciclos de cultivo, ya relacionados en el apartado “Periodo de Suscripción” de esta Norma.

001 CICLO 1 002 CICLO 2 003 CICLO 3 004 CICLO 4

(40)

SISTEMA DE PRODUCCIÓN

En cada parcela, se ha de indicar el Sistema de Producción obligatoriamente, dado que el precio así como para acceder a la Subvención que otorga la Comunidad Autónoma de Valencia en este ámbito, depende de este factor.

001 ECOLÓGICO 002 TRADICIONAL

El porcentaje a aplicar se detalla en el manual de subvenciones de las Comunidades Autónomas que se encontrarán en la página Web de Agroseguro en Acceso Usuarios Registrados, en el apartado Normas, Subvenciones y Recargos, en el punto denominado “Manual de Subvenciones”.

Para aquellas parcelas que en la declaración de seguro figuren con precio distinto por pertenecer a Denominaciones de Calidad diferenciada reconocida, el tomador del seguro deberá disponer, en el momento de la contratación, de copia de la certificación de inscripción de dichas parcelas en los registros correspondientes. En el caso de ocurrencia de siniestro, deberá aportarse dicha certificación en el momento de la tasación inmediata o de la tasación definitiva.

En caso de no aportarse dicha certificación, la indemnización se calculará con el precio de la producción convencional.

FECHA DE TRASPLANTE

Se consignará en la Declaración de Seguro, para cada parcela, la fecha de trasplante o de siembra en su caso, teniendo en cuenta las fechas que a continuación detallamos dependiendo del ciclo de cultivo.

(41)

002 CICLO 2 01/01/2018 31/03/2018

003 CICLO 3 01/06/2017 31/07/2017

004 CICLO 4 01/04/2018 31/05/2018

El incumplimiento de esta obligación conllevará la penalización en la indemnización, indicada en la Condición Especial 20ª.

ROTACIÓN

Se consignará en la Declaración de Seguro si se trata de un cultivo único o de rotación, dado que será la forma de acceder a la tarifa:

001 ÚNICO 002 ROTACIÓN

En caso de asegurar cultivo en rotación se han de consignar al menos dos parcelas en la misma declaración de seguro. En caso de asegurarlos en declaraciones diferentes (Ciclos de cultivos 1 y 3 y Ciclos de cultivos 2 y 4), deberán indicar el código 001 Único.

(42)

001 ACELGA 029 COL

002 BERENJENA 030 COLIFLOR

003 BORRAJA 031 CALABAZA

004 BABY LEAF 032 PUERRO

005 CALABACÍN 033 APIO

006 ESPINACA 034 AJO

007 JUDÍA VERDE 035 CEBOLLA

009 MELÓN 036 PATATA

010 PEPINO 037 BATATA

012 RÁBANO 038 R. HORTALIZAS APROVECHAMIENTO HOJAS

013 SANDÍA 039 R. HORTALIZAS APROVECHAMIENTO RAÍZ

025 ACHICORIA 040 R. HORTALIZAS APROVECHAMIENTO FRUTO

027 BERRO

TIPO DE CAPITAL

002 PRODUCCIÓN

SISTEMAS DE PROTECCIÓN

En cada una de las parcelas aseguradas, se ha de indicar el Sistema de Protección. Para estos cultivos existe un único valor:

001 INVERNADERO

MATERIAL DE LA CUBIERTA

Se indicará el material de construcción de la cubierta, dado que será la forma de acceder a la tarifa que según el tipo de material puede ser distinta.

002 MALLA 003 RÍGIDA

004 PLÁSTICO TÉRMICO 005 PLÁSTICO NO TÉRMICO

(43)

001 CICLO 1 002 CICLO 2 003 CICLO 3 004 CICLO 4

SISTEMA DE CULTIVO

Se indicará en cada una de las parcelas el código que corresponda:

010 SIEMBRA DIRECTA 011 TRASPLANTE

SISTEMA DE PRODUCCIÓN

En cada parcela, se ha de indicar el Sistema de Producción obligatoriamente, dado que el precio así como para acceder a la Subvención que otorga la Comunidad Autónoma de Valencia en este ámbito, depende de este factor.

001 ECOLÓGICO 002 TRADICIONAL

El porcentaje a aplicar se detalla en el manual de subvenciones de las Comunidades Autónomas que se encontrarán en la página Web de Agroseguro en Acceso Usuarios Registrados, en el apartado Normas, Subvenciones y Recargos, en el punto denominado “Manual de Subvenciones”.

Para aquellas parcelas que en la declaración de seguro figuren con precio distinto por pertenecer a Denominaciones de Calidad diferenciada reconocida, el tomador del seguro deberá disponer, en el momento de la contratación, de copia de la certificación de inscripción de dichas parcelas en los registros correspondientes. En el caso de ocurrencia de siniestro, deberá aportarse dicha certificación en el momento de la tasación inmediata o de la tasación definitiva.

En caso de no aportarse dicha certificación, la indemnización se calculará con el precio de la producción convencional.

(44)

CICLO FECHA INICIO DE TRASPLANTE FECHA FINAL DE TRASPLANTE 001 CICLO 1 01/08/2017 31/12/2017 002 CICLO 2 01/01/2018 31/03/2018 003 CICLO 3 01/06/2017 31/07/2017 004 CICLO 4 01/04/2018 31/05/2018

El incumplimiento de esta obligación conllevará la penalización en la indemnización, indicada en la Condición Especial 20ª.

ROTACIÓN

Se consignará en la Declaración de Seguro si se trata de un cultivo único o de rotación, dado que será la forma de acceder a la tarifa:

001 ÚNICO 002 ROTACIÓN

En caso de asegurar cultivo en rotación se han de consignar al menos dos parcelas en la misma declaración de seguro. En caso de asegurarlos en declaraciones diferentes (Ciclos de cultivos 1 y 3 y Ciclos de cultivos 2 y 4), deberán indicar el código 001 Único.

(45)

LAS PARCELAS

.

En el momento de formalizar la Declaración de Seguro, el asegurado puede asegurar

la garantía a las instalaciones. Si opta por ello, deberán asegurarse todas las instalaciones del mismo tipo que reúnan las condiciones para ser aseguradas, de la siguiente forma:

Para poder contratar esta garantía necesariamente se deben incluir en la póliza

las parcelas con sus capitales de Producción: 002 Producción y 004 Producción (unidades).

Todos los tipos de capital que hay en una parcela, se aseguran en una única parcela de la declaración de seguro, con distintos tipos de capital, excepto los cabezales que se aseguran en parcelas diferentes.

A efectos del seguro, según Condiciones Especiales:

- Se entenderá como cubierta de la Instalación el cerramiento, de la misma. - Las bombas y motores en las Instalaciones, serán asegurables

únicamente hasta 10 años de edad.

DATOS FIJOS Y VARIABLES DE LAS PARCELAS

CULTIVO Y VARIEDAD

Se indicará el cultivo y variedad de la parcela. En el caso que una instalación englobe más de una parcela agrícola con distintos cultivos/variedad, se consignará el que ocupe mayor extensión.

SIGPAC

En el caso que las instalaciones engloben más de una parcela agrícola, con distintos SIGPAC, se indicará en la póliza el de mayor extensión del mismo cultivo/variedad.

PRODUCCIÓN

(46)

Para los Tipos de Capital 100 y 105 los precios serán en €/m . Para los Tipos de Capital 114 y 118 los precios serán €/ha. Para los Tipos de Capital 115 y 117 los precios serán €/cabezal.

DATOS VARIABLES POR TIPO DE CAPITAL

Esta Norma de Contratación, para establecer con mayor claridad y facilitar la contratación de las instalaciones, va a estar estructurada en los Tipos de Capitales existentes, los datos variables y sus valores posibles, se desarrollan en función de éstos.

Se consideran los siguientes tipos de capital: 1) 100 Invernaderos

2) 105 Cortavientos Artificiales (m2) 3) 114 Red de Riego (Ha)

4) 115 Cabezal de Riego (€/cabezal)

5) 117 Cabezal de Climatización (€/cabezal) 6) 118 Red de Climatización (Ha)

Si se opta por el aseguramiento de cualquiera de estos capitales, se deberán asegurar todas las instalaciones del mismo tipo (capital).

La contratación se realizará según especificamos a continuación:

Los tipos de capital 115 (Cabezal de Riego) y 117 (Cabezal de Climatización),

se deberán incluir en la declaración de seguro de forma independiente, es decir,

en parcelas distintas (si se dispusiera de más de un cabezal, cada uno de ellos se asegurará en parcelas distintas).

- Para el resto de Instalaciones ubicadas en una misma parcela, se incluirán

(47)

001 PLANOS

002 RASPA Y AMAGADO

003 MULTITÚNEL y MULTICAPILLA 004 MACROTÚNEL

SUPERFICIE

Se consignará obligatoriamente cero

METROS CUADRADOS

Se indicará la medida del mismo en m2, dado que el precio viene determinado por €/m2

EDAD DE LA ESTRUCTURA

Se indicará para cada tipo de capital (instalación), los años transcurridos desde la fecha de construcción o desde la última reforma. Se entiende por reforma, a la sustitución de los elementos constitutivos de la estructura por un importe mínimo del 70% del valor de la misma siempre que se realice en un máximo de 3 años consecutivos.

A excepción de aquellas Instalaciones que hayan remitido certificación emitida por un técnico independiente y visado por el colegio profesional correspondiente, no serán asegurables, según el tipo de capital y tipo de instalación, las instalaciones que superen las siguientes edades:

TIPO DE INSTALACIÓN 001 PLANOS

MATERIAL DE LA ESTRUCTURA 001 METÁLICA: 30 años

MATERIAL DE LA ESTRUCTURA 002 MADERA: 20 años

MATERIAL DE LA ESTRUCTURA 003 HORMIGÓN: 30 años

(48)

TIPO DE INSTALACIÓN 003 MULTITÚNEL

MATERIAL DE LA ESTRUCTURA 001 METÁLICA: 30 años

MATERIAL DE LA ESTRUCTURA 002 MADERA: 20 años

MATERIAL DE LA ESTRUCTURA 003 HORMIGÓN: 30 años

MATERIAL DE LA ESTRUCTURA 004 MIXTA: 20 años

TIPO DE INSTALACIÓN 004 MACROTÚNEL: 10 años

Si se ha asegurado alguna instalación que supere estas edades, Agroseguro solicitará al tomador o asegurado dicho certificado dando un plazo de 15 días para su recepción. Si no se recibe en dicho plazo, Agroseguro procederá a excluir las instalaciones de la Declaración de Seguro, devolviendo la prima integra de las mismas.

MATERIAL DE LA ESTRUCTURA

Se indicará el material de construcción de la estructura: 001 METÁLICA

002 MADERA 003 HORMIGÓN 004 MIXTA

EDAD DE LA CUBIERTA

Se indicará para este tipo de capital (instalación), los meses transcurridos desde su instalación. Para los cortavientos de tela plástica se indicará la edad de la tela. En el caso de que sea inferior a un mes, deberán indicar como mínimo un mes.

MATERIAL DE LA CUBIERTA

Se indicará el material de construcción de la cubierta 002 MALLA

003 RÍGIDA

004 PLÁSTICO TÉRMICO 005 PLÁSTICO NO TÉRMICO

Cuando el invernadero disponga de distintos materiales de cerramiento, se considerará como cerramiento el que menor protección ofrezca para el riesgo de helada. (Condición Especial I)

(49)

Para este Tipo de Capital, existen distintos Tipos de instalaciones, según el material de construcción del mismo, que son factores diferenciadores de precios

005 DE OBRA

006 DE TELA PLÁSTICA 009 MIXTOS

SUPERFICIE

Se consignará obligatoriamente cero

METROS CUADRADOS

Se indicará la medida del mismo en m2, dado que el precio viene determinado por €/m2

EDAD DE LA ESTRUCTURA

Se ha de indicar los años transcurridos desde la fecha de construcción o desde la última reforma. Se entiende por reforma, a la sustitución de los elementos constitutivos de la estructura por un importe mínimo del 70% del valor de la misma, siempre que se realice en un máximo de tres años consecutivos.

A excepción de aquellas Instalaciones que hayan remitido certificación emitida por un técnico independiente y visado por el colegio profesional correspondiente, no serán asegurables, según el tipo de capital, las instalaciones que superen la siguiente edad:

TIPO DE CAPITAL 105 CORTAVIENTOS ARTIFICIALES:

TIPO DE INSTALACIÓN 005 DE OBRA: 20 años.

TIPO DE INSTALACIÓN 006 DE TELA PLÁSTICA: 10 años.

TIPO DE INSTALACIÓN 009 MIXTOS:10 años.

Si se ha asegurado alguna instalación que supere estas edades, Agroseguro solicitará al tomador o asegurado dicho certificado dando un plazo de 15 días para su recepción. Si no se recibe en dicho plazo, Agroseguro procederá a excluir las instalaciones de la Declaración de Seguro, devolviendo la prima integra de las mismas.

(50)

001 METÁLICA 002 MADERA 003 HORMIGÓN 004 MIXTA

EDAD DE LA CUBIERTA

Se indicará para cada tipo de capital (instalación), los meses transcurridos desde su instalación. Para los cortavientos de tela plástica se indicará la edad de la tela. En el caso de que sea inferior a un mes, deberán indicar como mínimo un mes.

(51)

011 LOCALIZADO

SUPERFICIE

Para este Tipo de Capital, el precio viene determinado por €/ha. Por tanto,

obligatoriamente se indicará la superficie de la parcela que incluye la instalación, medida en hectáreas.

EDAD DE LA ESTRUCTURA

Se ha de indicar los años transcurridos desde la fecha de construcción o desde la última reforma. Se entiende por reforma, a la sustitución de los elementos constitutivos de la estructura por un importe mínimo del 70% del valor de la misma, siempre que se realice en un máximo de tres años consecutivos.

A excepción de aquellas Instalaciones que hayan remitido certificación emitida por un técnico independiente y visado por el colegio profesional correspondiente, no serán asegurables, según el tipo de capital y tipo de instalación, las instalaciones que superen las siguientes edades:

TIPO DE CAPITAL 114 RED DE RIEGO: (*)

TIPO DE INSTALACIÓN 011 LOCALIZADO: 20 años

Si se ha asegurado alguna instalación que supere estas edades, Agroseguro solicitará al tomador o asegurado dicho certificado dando un plazo de 15 días para su recepción. Si no se recibe en dicho plazo, Agroseguro procederá a excluir las instalaciones de la Declaración de Seguro, devolviendo la prima integra de las mismas.

(52)

TIPO DE INSTALACIÓN

En este tipo de capital deberán indicar el siguiente dato: 000 SIN VALOR EN FACTOR

SUPERFICIE

Se consignará obligatoriamente cero.

NÚMERO DE UNIDADES

Se debe indicar el número de cabezales. Como se debe asegurar un cabezal por

parcela este dato siempre debe ser 1.

EDAD DE LA ESTRUCTURA

Se ha de indicar los años transcurridos desde la fecha de construcción o desde la última reforma. Se entiende por reforma, a la sustitución de los elementos constitutivos de la estructura por un importe mínimo del 70% del valor de la misma, siempre que se realice en un máximo de tres años consecutivos.

A excepción de aquellas Instalaciones que hayan remitido certificación emitida por un técnico independiente y visado por el colegio profesional correspondiente, no serán asegurables, las instalaciones que superen la siguiente edad:

TIPO DE CAPITAL 115 CABEZAL DE RIEGO (€/cabezal): 20 años *.

Si se ha asegurado alguna instalación que supere esta edad, Agroseguro solicitará al tomador o asegurado dicho certificado dando un plazo de 15 días para su recepción. Si no se recibe en dicho plazo, Agroseguro procederá a excluir las instalaciones de la Declaración de Seguro, devolviendo la prima integra de las mismas.

(53)

En este tipo de capital el precio viene determinado en €/cabezal.

TIPO DE INSTALACIÓN

En este tipo de capital deberán indicar el siguiente dato: 000 SIN VALOR EN FACTOR

SUPERFICIE

Se consignará obligatoriamente cero.

NÚMERO DE UNIDADES

Se debe indicar el número de cabezales. Como se debe asegurar un cabezal por

parcela este dato siempre debe ser 1.

EDAD DE LA ESTRUCTURA

Se ha de indicar los años transcurridos desde la fecha de construcción o desde la última reforma. Se entiende por reforma, a la sustitución de los elementos constitutivos de la estructura por un importe mínimo del 70% del valor de la misma, siempre que se realice en un máximo de tres años consecutivos.

A excepción de aquellas Instalaciones que hayan remitido certificación emitida por un técnico independiente y visado por el colegio profesional correspondiente, no serán asegurables, las instalaciones que superen la siguiente edad:

TIPO DE CAPITAL 117 CABEZAL DE CLIMATIZACIÓN (€/cabezal): 10 años *.

Si se ha asegurado alguna instalación que supere esta edad, Agroseguro solicitará al tomador o asegurado dicho certificado dando un plazo de 15 días para su recepción. Si no se recibe en dicho plazo, Agroseguro procederá a excluir las instalaciones de la Declaración de Seguro, devolviendo la prima integra de las mismas.

(54)

En este Tipo de Capital deberán indicar el siguiente dato: 000 SIN VALOR EN FACTOR

SUPERFICIE

Para este Tipo de Capital, el precio viene determinado por €/ha. Por tanto,

obligatoriamente se indicará la superficie de la parcela que incluye la instalación, medida en hectáreas.

EDAD DE LA ESTRUCTURA

Se ha de indicar los años transcurridos desde la fecha de construcción o desde la última reforma. Se entiende por reforma, a la sustitución de los elementos constitutivos de la estructura por un importe mínimo del 70% del valor de la misma, siempre que se realice en un máximo de tres años consecutivos.

A excepción de aquellas Instalaciones que hayan remitido certificación emitida por un técnico independiente y visado por el colegio profesional correspondiente, no serán asegurables, según el tipo de capital y tipo de instalación, las instalaciones que superen las siguientes edades:

TIPO DE CAPITAL 118 RED DE CLIMATIZACIÓN: 20 años *.

Si se ha asegurado alguna instalación que supere estas edades, Agroseguro solicitará al tomador o asegurado dicho certificado dando un plazo de 15 días para su recepción. Si no se recibe en dicho plazo, Agroseguro procederá a excluir las instalaciones de la Declaración de Seguro, devolviendo la prima integra de las mismas.

(55)

TODOS LOS MÓDULOS

TOMATE (ÁREA I)

CÓDIGOS DE FACTORES:

TIPO DE CAPITAL

:

002 PRODUCCIÓN

SISTEMA DE PRODUCCIÓN

001 ECOLÓGICO

002 TRADICIONAL

(56)

001 Raff

2 1 1,4400 2,2800

2 2 1,2000 1,9000

005 Similares a Raf y rosados

2 1 1,0200 1,3200 2 2 0,8500 1,1000 002 Cherry y similares 2 1 1,0800 1,5000 2 2 0,9000 1,2500 003 Rama 2 1 0,6000 0,7800 2 2 0,5000 0,6500 004 Ramallet Baleares 2 1 1,3200 2,1000 2 2 1,1000 1,7500 Resto del ámbito 2 1 0,6000 1,0800 2 2 0,5000 0,9000 008 Kumato 2 1 0,9600 1,2000 2 2 0,8000 1,0000 000 Resto de Variedades 2 1 0,3600 0,6600 2 2 0,3000 0,5500

(57)

PIMIENTO

y

TOMATE (RESTO ÁMBITO)

CÓDIGOS DE FACTORES:

TIPO DE CAPITAL

:

002 PRODUCCIÓN

SISTEMA DE PRODUCCIÓN

001 ECOLÓGICO

002 TRADICIONAL

DENOMINACIÓN DE ORIGEN:

000- SIN VALOR EN FACTOR

001- I.G.P. CALIDAD EUSKAL BASERRI

002 - I.G.P.CALIDAD EUSKO LABEL

003 – D.O.P. PIMIENTO DE GERNIKA

004 – GUINDILLAS DE IBARRA

(58)

001 Rectangular rojo Ámbito de la Calidad Euskal Baserri (1) 2 1 1 1,1000 1,9200 2 2 1 1,0000 1,7500 2 1 0 0,5400 0,9600 2 2 0 0,4500 0,8000

Resto del ámbito

2 1 0,5400 0,9600 2 2 0,4500 0,8000 002 Rectangular resto colores Ámbito de la Calidad Euskal Baserri (1) 2 1 1 1,1000 1,9200 2 2 1 1,0000 1,7500 2 1 0 0,3600 0,7200 2 2 0 0,3000 0,6000

Resto del ámbito

2 1 0,3600 0,7200 2 2 0,3000 0,6000 003 Cuadrado amarillo Ámbito de la Calidad Euskal Baserri (1) 2 1 1 1,1000 1,9200 2 2 1 1,0000 1,7500 2 1 0 0,8400 1,2000 2 2 0 0,7000 1,0000

Resto del ámbito

2 1 0,8400 1,2000 2 2 0,7000 1,0000 004 Cuadrado rojo Ámbito de la Calidad Euskal Baserri (1) 2 1 1 1,1000 1,9200 2 2 1 1,0000 1,7500

(59)

004 Cuadrado rojo Ámbito de la Calidad Euskal Baserri (1) 2 1 0 0,7200 1,0800 2 2 0 0,6000 0,9000

Resto del ámbito

2 1 0,7200 1,0800 2 2 0,6000 0,9000 005 Cuadrado resto colores Ámbito de la Calidad Euskal Baserri (1) 2 1 1 1,1000 1,9200 2 2 1 1,0000 1,7500 2 1 0 0,3600 0,7200 2 2 0 0,3000 0,6000

Resto del ámbito

2 1 0,3600 0,7200 2 2 0,3000 0,6000 006 Cónico dulce italiano Ámbito de la Calidad Euskal Baserri (1) 2 1 1 1,1000 1,9200 2 2 1 1,0000 1,7500 2 1 0 0,4200 0,7800 2 2 0 0,3500 0,6500 Ámbito de la D.O.P. Pimiento de Gernika (3) 2 1 3 2,2000 3,8500 2 2 3 2,0000 3,5000 2 1 0 0,4200 0,7800 2 2 0 0,3500 0,6500

Resto del ámbito

2 1 0,4200 0,7800

(60)

007 Cónico picante Ámbito de la Calidad Euskal Baserri (1) 2 1 1 1,1000 1,9200 2 2 1 1,0000 1,7500 2 1 0 0,9600 1,2000 2 2 0 0,8000 1,0000 Ámbito de la IGP Guindillas de Ibarra (4) 2 1 4 1,6500 2,9700 2 2 4 1,5000 2,7000 2 1 0 0,9600 1,2000 2 2 0 0,8000 1,0000

Resto del ámbito

2 1 0,9600 1,2000 2 2 0,8000 1,0000 008 Producción mini pimiento Todo el ámbito de aplicación 2 1 1,0800 1,5000 2 2 0,9000 1,2500 014 TOMATE

Variedad Ámbito Tipo de

Capital Sistema de Producción D.O Precio Mínimo Precio Máximo

001 Raf Todo el ámbito de

aplicación

2 1 1,4400 2,2800

2 2 1,2000 1,9000

005 Similares a Todo el ámbito de

(61)

005 Similares a Raf y rosados Todo el ámbito de aplicación 2 2 0,8500 1,1000 002 Cherry y similares Todo el ámbito de aplicación 2 1 1,0800 1,5000 2 2 0,9000 1,2500

003 Rama Todo el ámbito de

aplicación

2 1 0,6000 0,7800

2 2 0,5000 0,6500

004 Ramallet Todo el ámbito de

aplicación 2 1 0,6000 1,0800 2 2 0,5000 0,9000 006 Calidad Euskal Baserri Ámbito de la Calidad Euskal Baserri (1) 2 1 1 0,7200 1,0200 2 2 1 0,6000 0,8500 2 1 0 0,3600 0,6600 2 2 0 0,3000 0,5500

Resto del ámbito de aplicación 2 1 0,3600 0,6600 2 2 0,3000 0,5500 007 Calidad Eusko Label Ámbito de la Calidad Eusko Label (2) 2 1 2 1,2000 2,2800 2 2 2 1,0000 1,9000 2 1 0 0,3600 0,6600 2 2 0 0,3000 0,5500

Resto del ámbito de aplicación

2 1 0,3600 0,6600

(62)

008 Kumato Todo el ámbito de aplicación 2 1 0,9600 1,2000 2 2 0,8000 1,0000 000 Resto de Variedades Todo el ámbito de aplicación 2 1 0,3600 0,6600 2 2 0,3000 0,5500

(1) Ámbito de aplicación de Calidad Euskal Baserri (2) Ámbito de aplicación de Calidad Eusko Label

01 ARABA/ÁLAVA

Todo el ámbito

20 GUIPUZKOA 48 BIZKAIA

(3) Ámbito de aplicación de D.O.P. Pimiento de Gernika

01 ARABA/ ÁLAVA 01 CANTÁBRICA 002 AMURRIO 004 ARCENIEGA 010 AYALA 036 LLODIO 042 OQUENDO 02 ESTRIBACIONES GORBEA 003 ARAMAYONA 018 CIGOITIA 054 URCABUSTAIZ 058 LEGUTIANO 063 ZUYA

(63)

48 BIZKAIA/

VIZCAYA Todo el ámbito

(4) Ámbito de la IGP Guindillas de Ibarra

01 ARABA/

ÁLAVA Todas las comarcas Todos los términos

20 GUIPUZKOA/

GUIPÚZCOA Todo el ámbito

48 BIZKAIA/

(64)

ACELGA, ACHICORIA, AJO, APIO, BABY

LEAF, BATATA, BERENJENA, BERRO,

BORRAJA, CALABACÍN, CALABAZA,

CEBOLLA, CEBOLLETA, COL, COLIFLOR,

ESCAROLA, ESPINACA, JUDÍA VERDE,

LECHUGA, MELÓN, PATATA, PEPINO,

PUERRO, RÁBANO, SANDÍA, RESTO

HORTALIZAS APROVECHAMIENTO FRUTO,

RESTO HORTALIZAS APROVECHAMIENTO

HOJAS Y RESTO HORTALIZAS

APROVECHAMIENTO RAÍZ

CÓDIGOS DE FACTORES:

TIPO DE CAPITAL

:

002 PRODUCCIÓN

004 PRODUCCIÓN (UNIDADES)

SISTEMA DE PRODUCCIÓN

001 ECOLÓGICO

002 TRADICIONAL

(65)

2 2 0,3300 0,4000 025 ACHICORIA 000 Todas 2 1 0,1900 0,2900 2 2 0,1600 0,2400 034 AJO 000 Todas 2 1 0,6000 1,1400 2 2 0,5000 0,9500 033 APIO 000 Todas 2 1 0,1700 0,2400 2 2 0,1400 0,2000

004 BABY LEAF 000 Todas

2 1 2,1600 2,8800 2 2 1,8000 2,4000 037 BATATA 000 Todas 2 1 0,2600 0,3200 2 2 0,2200 0,2700 002 BERENJENA 001 Producciones mini 2 1 1,0800 1,5000 2 2 0,9000 1,2500 000 Resto de Variedades 2 1 0,3000 0,6500 2 2 0,2500 0,5500 027 BERRO 000 Todas 2 1 0,9600 2,8800 2 2 0,8000 2,4000 003 BORRAJA 000 Todas 2 1 0,3000 0,6000 2 2 0,2500 0,5000

(66)

005 CALABACÍN 2 2 0,9000 1,2500 000 Resto de Variedades 2 1 0,2500 0,6000 2 2 0,2400 0,5500 031 CALABAZA 000 Todas 2 1 0,2400 0,3600 2 2 0,2000 0,3000 035 CEBOLLA 000 Todas 2 1 0,1800 0,3000 2 2 0,1500 0,2500 028 CEBOLLETA 000 Todas 4 1 0,0400* 0,0500* 4 2 0,0300* 0,0400* 029 COL 000 Todas 2 1 0,1400 0,2200 2 2 0,1200 0,1800 030 COLIFLOR 000 Todas 2 1 0,2200 0,3000 2 2 0,1800 0,2500 026 ESCAROLA 000 Todas 4 1 0,1000* 0,1900* 4 2 0,0800* 0,1600* 006 ESPINACA 000 Todas 2 1 0,3600 0,7200 2 2 0,3000 0,6000

(67)

007 JUDÍA VERDE 2 2 1,2000 1,8000 000 Resto Variedades 2 1 1,0800 1,4400 2 2 0,9000 1,2000 008 LECHUGA 001 Acogollada 4 1 0,0900* 0,3000* 4 2 0,0800* 0,2500* 002 Tipo Romana 4 1 0,0900* 0,3000* 4 2 0,0800* 0,2500* 003 Tipo Baby 4 1 0,0900* 0,3000* 4 2 0,0800* 0,2500* 000 Resto de Variedades 4 1 0,0900* 0,3000* 4 2 0,0800* 0,2500* 009 MELÓN 001 Galia 2 1 0,4300 0,5400 2 2 0,3600 0,4500 002 Cantalupo 2 1 0,4300 0,5400 2 2 0,3600 0,4500 000 Resto de Variedades 2 1 0,3300 0,4300 2 2 0,2800 0,3600 036 PATATA 000 Todas 2 1 0,2000 0,2500 2 2 0,1700 0,2100

(68)

010 PEPINO 2 2 0,9000 1,2500 000 Resto de Variedades 2 1 0,3200 0,7000 2 2 0,2500 0,4700 032 PUERRO 000 Todas 2 1 0,3000 0,4200 2 2 0,2500 0,3500 012 RÁBANO 000 Todas 2 1 0,2800 0,3600 2 2 0,2400 0,3000 013 SANDÍA 001 Apirena 2 1 0,3600 0,6000 2 2 0,3000 0,5000 000 Resto de Variedades 2 1 0,1600 0,2800 2 2 0,1400 0,2500 040 RESTO HORTALIZAS APROVECHAMIENTO FRUTO 000 Todas 2 1 0,1900 0,2400 2 2 0,1600 0,2000 038 RESTO HORTALIZAS APROVECHAMIENTO HOJAS 000 Todas 2 1 0,1900 0,2400 2 2 0,1600 0,2000 039 RESTO HORTALIZAS APROVECHAMIENTO RAÍZ 000 Todas 2 1 0,1900 0,2400 2 2 0,1600 0,2000 * €/unidad

(69)

INSTALACIONES Y DE LOS

ELEMENTOS PRODUCTIVOS

CÓDIGOS DE FACTORES:

TIPO DE CAPITAL:

100 INVERNADEROS

105 CORTAVIENTOS ARTIFICIALES (M

2

)

114 RED DE RIEGO (Ha)

115 CABEZAL DE RIEGO €/cabezal

117 CABEZAL DE CLIMATIZACIÓN €/cabezal

118 RED DE CLIMATIZACIÓN (Ha)

TIPO DE INSTALACIONES

000 SIN VALOR EN FACTOR

001 PLANOS

002 RASPA Y AMAGADO

003 MULTITÚNEL y MULTICAPILLA

004 MACROTÚNEL

005 DE OBRA

006 DE TELA PLÁSTICA

009 MIXTOS

011 LOCALIZADO

(70)

€/m €/m

TODAS LAS VARIEDADES

100 001 5,0000 8,0000 100 002 6,0000 10,0000 100 003 11,0000 40,0000 100 004 1,5000 4,0000 105 005 20,0000 40,0000 105 006 4,0000 6,0000 105 009 4,0000

*

40,0000

*

*

El precio dependerá de la proporción de materiales que los componga, sin sobrepasar los límites indicados.

CULTIVO: TODOS LOS CULTIVOS

Variedad Tipo Capital Tipo Instalaciones Precio Mínimo €/ha Precio Máximo €/ha TODAS LAS VARIEDADES 114 011 1.800,0000 8.000,0000 118 000 5.000,0000 50.000,0000

CULTIVO: TODOS LOS CULTIVOS

Variedad Tipo Capital Tipo Instalaciones Precio Mínimo €/cabezal Precio Máximo €/cabezal TODAS LAS VARIEDADES 115 000 15.000,0000 40.000,0000 117 000 1.500,0000 4.000,000

(71)

Seguro de Explotaciones de Hortalizas Bajo Cubierta

en Península y en la C.A. de Illes Balears Página 71 de 74

BONIFICACIONES POR MEDIDAS PREVENTIVAS

Si se dispone de alguna de las instalaciones que a continuación relacionamos, deberá indicar la misma para poder disfrutar de la bonificación en la prima comercial del riesgo contra el que se protege en la garantía a la producción, como uno de los datos variables a consignar en cada parcela.

PARA TODOS LOS MÓDULOS RIESGO DE HELADA

Código Descriptivo Porcentaje

048 Instalación fija de sistemas de calefacción en Invernaderos con

cubierta de plástico térmico 50 %

025 Instalación fija de sistemas de calefacción en Invernaderos de

cubierta rígida (plástico o cristal). 75 %

026 Instalación semi-fija de manta térmica en Invernaderos con

cualquier tipo de cubierta. 10 %

049 Invernaderos con doble cubierta de plástico y cámara con

circulación forzada de aire entre ambos plásticos 20 %

(72)

Seguro de Explotaciones de Hortalizas Bajo Cubierta

asegurables en este seguro.

Esta bonificación o recargo se basará en la siguiente información:

 Contratación del seguro en la última campaña.

 Declaración de siniestro en la última campaña.

 Número de años contratados desde la campaña 1994 hasta la última campaña.

 Número de años con siniestro desde la campaña 1994 hasta la última

campaña.

Se entenderá como número de años con siniestro, el número de años con indemnización desde la campaña 1994 hasta la penúltima, añadiéndose como año de siniestro el haber declarado siniestro en la última campaña en el 10% o más de la superficie asegurada.

 Ind/Prr: es el resultado de las indemnizaciones con respecto a las primas de riesgo recargada neta de consorcio (aplicadas las bonificaciones y recargos, y deducidas las medidas preventivas), desde la campaña 1994 hasta penúltima campaña.

A los asegurados que aún correspondiéndoles recargo, si sólo tienen un año de siniestro, pasarán a ser Neutro.

En los casos en que exista un cambio de titularidad de la explotación, se asignará el histórico de la explotación al nuevo titular.

En las declaraciones de seguro suscritas por las entidades asociativas, se traspasará el resultado histórico de los socios a la entidad asociativa.

Condición Especial 14ª.

En la página Web de Agroseguro, (Atención al Cliente/Consulta de Rendimientos, índices y otras medidas/Bonificaciones, recargos, rendimientos y otras medidas para Asegurados), se puede consultar la medida asignada en los dos últimos planes por el N.I.F. del asegurado.

(73)

Seguro de Explotaciones de Hortalizas Bajo Cubierta

en Península y en la C.A. de Illes Balears Página 73 de 74

SUBVENCIONES DE ENESA Y DE LAS COMUNIDADES

AUTÓNOMAS

Se encontrarán en la página Web de Agroseguro acceso usuarios registrados en el punto Normas, Subvenciones y Recargos en el punto denominado “Manual de Subvenciones:

 Subvenciones de CC.AA.

 Subvenciones de Enesa

RECARGOS TARIFAS



RECARGO

Y

REASEGURO

DEL

CONSORCIO

DE

COMPENSACIÓN DE SEGUROS

Se encontrarán en la página Web de Agroseguro, en acceso usuarios registrados en el apartado Normas, Subvenciones y Recargos, en el punto denominado “Recargo y Reaseguro del Consorcio” que incluyen:

Referencias

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