• No se han encontrado resultados

Decreto Supremo N 54. Reglamento para la. funcionamiento de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad

N/A
N/A
Protected

Academic year: 2021

Share "Decreto Supremo N 54. Reglamento para la. funcionamiento de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad"

Copied!
14
0
0

Texto completo

(1)

Decreto

Supremo N°54

R e g l a m e n t o p a r a l a c o n s t i t u c i ó n y funcionamiento de los C o m i t é s P a r i t a r i o s d e Higiene y Seguridad

(2)

Decreto Supremo N°54

Grupo conformado por representantes de los trabajadores y de la empresa con el fin de la realización, por medio de su participación conjunta, de actividades que ayuden a la gestión de seguridad y salud ocupacional en los ambientes de trabajo.

Comité Paritario de Higiene y

Seguridad – CPHS

(3)

¿Cuándo conformar CPHS?

ü 

En toda empresa, faena, sucursal o agencia en

las que trabajen más de 25 trabajadores.

ü 

Si empresa tiene faenas, sucursales o agencias

distintas, en el mismo o diferente lugar.

(4)

¿Quiénes componen el CPHS?

ü 

Tres representantes de los trabajadores (uno

elegido para obtener fuero laboral)

ü 

Tres trabajadores representantes de la empresa.

ü 

Tres suplentes para cada uno de los casos.

(5)

Requisitos y votación de representantes de

la empresa

Votación:

ü  15 días antes del cese de

funciones del Comité Paritario anterior. ü  D e s i g n a d o s p o r e l empleador ü  Personas preferentemente vinculadas a actividades técnicas desarrolladas en la empresa

ü  Al ser designados, se les

comunica a la Inspección d e l T r a b a j o y a l o s trabajadores. Decreto Supremo N°54

Requisitos representante

de la empresa:

ü 

Mayor de 18 años.

ü 

Saber leer y escribir.

ü 

Antigüedad de un

año en la empresa.

ü 

Haber asistido a curso

de prevención de

riesgos profesionales.

(6)

Requisitos y votación de representantes de

trabajadores

Votación:

ü  15 días antes del cese de f u n c i o n e s d e l C o m i t é Paritario anterior.

ü  Pueden votar todos los t r a b a j a d o r e s d e l a empresa.

ü  Voto con nombres de los representantes oficiales y suplentes. Decreto Supremo N°54

Requisitos representante

de los trabajadores:

ü 

Mayor de 18 años.

ü 

Saber leer y escribir.

ü 

Antigüedad de un

año en la empresa.

ü 

Haber asistido a curso

de prevención de

riesgos profesionales.

ü 

Ser funcionario de

planta o a contrata

(7)

Luego de la votación…

ü 

Levantamiento de acta triplicada, con el n°

total de votantes, nombre de representantes a

elegir, nómina de elegidos la cual es enviada a

la Inspección del Trabajo, segunda copia de la

empresa y tercera copia del Comité Paritario.

ü 

Funciones comienzan al siguiente día hábil

luego del cese de funciones del Presidente del

Comité Paritario anterior. En caso de no tener, lo

realiza un Inspector del trabajo.

(8)

Reuniones I

Decreto Supremo N°54

ü  Una vez al mes de forma ordinaria y de forma

extraordinaria ante la petición de un representante de los trabajadores y uno de la empresa.

ü  Reunión cada vez que ocurra un accidente del

trabajo que produzca muerte o que a juicio del Presidente del Comité le origine una disminución de su capacidad de ganancia mayor al 40%

(9)

Reuniones II

Decreto Supremo N°54

ü  Designación de Presidente y Secretario del Comité

Paritario.

ü  Ante reuniones a realizar fuera del horario de trabajo,

será considerado como horas extraordinarias.

ü  Acuerdos del Comité Paritario por simple mayoría.

Ante empate, se solicita resolución al organismo administrador.

(10)

Comité Paritario

Decreto Supremo N°54

ü  Designación de trabajador con fuero, con una

d u r a c i ó n m á x i m a d e 2 a ñ o s , d e b e s e r responsabilidad de los miembros representantes de los trabajadores (Art. 243, inciso 4 – Código del Trabajo).

ü  Miembro que no justifique su inasistencia dos veces

seguidas a las reuniones, será destituido.

ü  Los miembros del Comité Paritario durarán dos

años en sus funciones con posibilidad de reelección.

(11)

Funciones del Comité Paritario

de Higiene y Seguridad I

Decreto Supremo N°54

ü  Asesorar e instruir a los trabajadores para la correcta

utilización de los instrumentos de protección.

ü  Vigilar, el cumplimiento tanto por parte de las

empresas como de los trabajadores, de las medidas de prevención, higiene y seguridad.

ü  Investigar las causas de los accidentes del trabajo y

enfermedades profesionales que se produzcan en la empresa.

(12)

Funciones del Comité Paritario

de Higiene y Seguridad II

Decreto Supremo N°54

ü  Decidir si el accidente o la enfermedad profesional se

debió a negligencia inexcusable del trabajador.

ü  Indicar la adopción de todas las medidas de higiene y

seguridad que sirvan para la prevención de riesgos profesionales.

ü  Cumplir las demás funciones o misiones que le

(13)

ü  Promover la realización de cursos de adiestramiento

destinados a la capacitación profesional de los trabajadores en organismos públicos o privados autorizados para cumplir esta finalidad o en la misma empresa, industria o faena bajo el control y dirección de esos organismos.

Funciones del Comité Paritario

de Higiene y Seguridad II

(14)

Negligencia Inexcusable

Decreto Supremo N°54

ü  La negligencia inexcusable es aquella falta grave

del cuidado al que se encuentra obligado el trabajador con respecto de sus labores dentro de la empresa en la que trabaja.

ü  Obligación del Comité Paritario la de determinar si

un accidente del trabajo o enfer medad profesional se deben a negligencia inexcusable.

ü  Ante aprobación de ello, el trabajador deberá

Referencias

Documento similar

dente: algunas decían que doña Leonor, "con muy grand rescelo e miedo que avía del rey don Pedro que nueva- mente regnaba, e de la reyna doña María, su madre del dicho rey,

Y tendiendo ellos la vista vieron cuanto en el mundo había y dieron las gracias al Criador diciendo: Repetidas gracias os damos porque nos habéis criado hombres, nos

Luis Miguel Utrera Navarrete ha presentado la relación de Bienes y Actividades siguientes para la legislatura de 2015-2019, según constan inscritos en el

Fuente de emisión secundaria que afecta a la estación: Combustión en sector residencial y comercial Distancia a la primera vía de tráfico: 3 metros (15 m de ancho)..

La campaña ha consistido en la revisión del etiquetado e instrucciones de uso de todos los ter- mómetros digitales comunicados, así como de la documentación técnica adicional de

You may wish to take a note of your Organisation ID, which, in addition to the organisation name, can be used to search for an organisation you will need to affiliate with when you

Products Management Services (PMS) - Implementation of International Organization for Standardization (ISO) standards for the identification of medicinal products (IDMP) in

This section provides guidance with examples on encoding medicinal product packaging information, together with the relationship between Pack Size, Package Item (container)