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REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

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ESCUELA PARTICULAR VILLA HERMOSA Nº 14 LOS HUAPES DE AILLAHUAMPI

COMUNA CONTULMO

REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

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ESCUELA PARTICULAR VILLA HERMOSA Nº 14 LOS HUAPES DE AILLAHUAMPI

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PRESENTACIÓN

De acuerdo con la normativa vigente de Mineduc, Superintendencia de Educación y el interés de cumplir de buena forma la labor docente de acuerdo a los planes y programas y de hacer más expedita la labor educacional, teniendo en cuenta los factores que inciden en el quehacer educativo; se elabora este reglamento interno de convivencia, para el mejor funcionamiento de nuestra escuela y cumplir con los fines y metas que se ha propuesto el establecimiento.

Marco Conceptual Convivencia escolar

La ley N°20.536 declara la convivencia escolar “como la coexistencia armónica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivo educativos en un clima que proporciona el desarrollo integral de los estudiantes” .

Tiene un enfoque formativo, en tanto se trata de un aprendizaje enmarcado en los Objetivos Fundamentales Transversales, y es una responsabilidad compartida por toda la Comunidad Educativa.

La convivencia escolar es un aprendizaje, se enseña y se aprende, y se ve expresada en distintos espacios formativos: el aula, las salidas a terreno, los recreos, los talleres, los actos ceremoniales, biblioteca; como también en los espacios de participación, Centros de Padres, Centros de Alumnos, Consejos de Profesores/as y reuniones de padres y apoderados/as.

El enfoque formativo contiene una dimensión preventiva, expresada en el desarrollo de conocimientos, habilidades y actitudes que permiten formar sujetos autónomos, capaces de tomar decisiones personales y de anticiparse a las situaciones que amenazan o alteran el aprendizaje de la convivencia, cautelando en todo momento el proceso formativo y las estrategias pedagógicas. En este sentido, la dimensión preventiva implica superar la noción de riesgo, no se limita a informar o prohibir, sino que apunta a formar para actuar anticipadamente.

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El Reglamento de Convivencia, por tanto, se constituye en un instrumento de gestión de carácter formativo, que promueva el desarrollo personal y social de los y las estudiantes, contemplando, al mismo tiempo, a los demás actores de la Comunidad Educativa.

Acoso Escolar

Se entenderá por acoso escolar toda acción u omisión constitutiva de agresión u hostigamiento reiterado, realizada fuera o dentro del establecimiento educacional por estudiantes que, en forma individual o colectiva, atenten en contra de otro estudiante, valiéndose para ello de una situación de superioridad o indefensión del estudiante afectado, que provoque en este último, maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesto a un mal de carácter grave, ya sea por medios tecnológicos o cualquier otro medio, tomando en cuenta su edad y condición (Ley N°20.536. Sobre Violencia Escolar).

Del Establecimiento

La Escuela Villa Hermosa, considera como valor principal la solución dialogada y no violenta de los conflictos y diferencias, brindando a los niños y niñas todas las condiciones para que aprendan a relacionarse, creando lazos de afecto, tolerancia y respeto entre todos los miembros de la comunidad educativa.

Por esto, es necesario que el alumno participe de la evaluación del Reglamento de Convivencia que rige la vida escolar, analice cada una de las normas que debe cumplir, comprenda los motivos que hacen necesaria y conveniente cada una de las disposiciones y se adhiera a ella con todo entusiasmo.

De Los Padres Y Apoderados

El apoderado debe cumplir un papel fundamental en la formación de su pupilo y debe estar permanentemente preocupado de su situación escolar, su formación, comportamiento dentro y fuera de la escuela. Lo anterior, deja de manifiesto que el apoderado no tiene injerencia alguna en los lineamientos generales de aspectos Técnico-Pedagógicos del establecimiento. Debe procurar las condiciones adecuadas para que los alumnos puedan cumplir con todas sus obligaciones escolares, ayudarles y aconsejarles. Debe estar permanentemente en contacto con la escuela, asistiendo al 100% de las reuniones de apoderados que convoque el Establecimiento.

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De Los Alumnos

Son o tienen la condición de Alumnos Regulares todos aquellos estudiantes que se encuentren debidamente matriculados y estén asistiendo a clases en forma regular y permanente.

Rendimiento

Es el nivel de desarrollo alcanzado frente al Programa de Estudio, por lo tanto, se evaluará permanentemente el rendimiento de los alumnos, lo que será informado oportuna y periódicamente a los apoderados por el Profesor Encargado en reuniones de apoderados, a través de Informe de Notas, Excel de cobertura curricular y resultados evaluaciones externa.

Comportamiento

Es una muestra objetiva de la personalidad de los niños, los cuales, serán observados permanentemente para verificar los cambios conductuales, en las áreas psico-biológicas, sociales, afectivas e intelectuales; las que servirán de base para el Informe Educacional y ofrecer la ayuda necesaria, a fin de permitirle un desarrollo armónico.

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ANTECEDENTES GENERALES

Nombre del Establecimiento Educacional : Escuela Particular Villa Hermosa. Dependencia Administrativa : Particular Subvencionada. Representante Legal : Mercedes Salazar Morales. Nombre del Director : Isaías Paredes Reyes.

Dirección : Los Huapes de Aillahuampi. Teléfonos : 977681444 / 998349188. Correo Electrónico : [email protected] Nombre Encargado de Convivencia : Isaías Paredes Reyes.

Nombre Encargado de Seguridad : Mercedes Salazar Morales. DEPROV : Arauco, Lebu.

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TITULO I: DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1º: La convivencia escolar, es inherente a la formación general de las personas y

la escuela como servicio educativo que tiene como principal misión educar.

Este reglamento cumple una función orientadora y articuladora del conjunto de acciones que los actores educativos (alumnos, profesor, padres y apoderados) emprenden y emprenderán a favor de la formación y ejercicio de los valores de convivencia en la cultura escolar.

Objetivo General:

Constituir un marco ordenador, regulatorio, y de promoción de la sana convivencia, desde un enfoque formativo dada la finalidad educativa de la institución.

Objetivos específicos:

a. Establecer las normas relativas al funcionamiento, interacción, y del comportamiento de

los estudiantes dentro del establecimiento y en actividades extra programáticas que se realicen dentro y fuera de él.

b. Determinar las faltas y sanciones a las que deberán someterse los estudiantes,

garantizando un justo procedimiento de aquellas conductas que vulneran las normas de convivencia.

c. Establecer acciones de promoción de la sana convivencia en la comunidad escolar. d. Definir los procesos evaluativos y actualización anual, del reglamento de convivencia

escolar.

Artículo 2º: Para que todos los niños que ingresan al establecimiento educacional Villa

Hermosa reciban un trato digno, de respeto a su persona y logren un sentido de pertenencia e identidad con el establecimiento, se requiere del compromiso, colaboración, responsabilidad y participación de todas las personas que integran la familia educacional.

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Artículo 3º: En coherencia con el Proyecto Educativo Institucional y los Objetivos

Fundamentales Transversales que promueve la Reforma Educacional, los principios y valores que la Escuela busca fortalecer para el desarrollo integral de los estudiantes: 1° Reconocer el valor del aprendizaje como una actividad que humaniza al hombre y a la

mujer y los eleva a planos de espiritualización, bienestar y felicidad. 2° Desarrollar autonomía y responsabilidad personal.

3° Practicar el respeto, amor y protección del prójimo.

4° Actuar con tolerancia, frente a la diversidad de culturas, razas, religiones y características personales, utilizando el diálogo como factor de consenso y superación de diferencias.

5° Practicar la equidad entre los sexos. 6° Actuar con verdad y justicia.

7° Reconocer y valorar al trabajo como el medio para mejorar la calidad de vida y realización personal.

8° Afianzar los valores practicando la solidaridad, generosidad, participación y lealtad grupal.

9° Desarrollar el comportamiento autónomo, el espíritu de iniciativa y la capacidad para asumir las consecuencias de sus actos.

10° Fomentar el sentido de pertenencia grupal, los sentimientos patrios y el compromiso social; resguardando el medio ambiente y su entorno social.

Artículo 4°: El Ministerio de Educación en cumplimiento del Artículo 1° de la Ley N°

20.248 crea una Subvención Educacional Preferencial (SEP), destinada al mejoramiento de la calidad de la educación de los alumnos prioritarios de los Establecimientos Educacionales Subvencionados y Municipalizados que estén cursando 1° ó 2° nivel de transición de la Educación Parvularia y Educación Básica.

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Conforme a esta ley, nuestro Establecimiento renueva su política de no discriminación de ningún tipo hacia sus estudiantes:

1° El establecimiento no realiza ningún tipo de cobro a ninguno de sus estudiantes, refiéranse estos a matrícula, financiamiento compartido…etc.

2° El Establecimiento aceptará a cualquier alumno que postule, sin considerar rendimiento escolar pasado o potencialmente futuro.

3° El rendimiento escolar no será obstáculo para la renovación de la matrícula . 4° El Establecimiento Educacional no considera raza, religión, condición socioeconómica, características de los padres, ni características personales del niño como causal de no aceptación o renovación de la matrícula.

Artículo 5º: Junto a los estudiantes, padres y profesores, pretendemos con estas normas

lograr una sana convivencia en la escuela, que surgen de los acuerdos alcanzados por la comunidad educativa. En este sentido, la disciplina cumple un importante rol para los estudiantes y las personas que educan pedagógicamente (directivos, profesores y personal) tienen el deber de velar por la confianza que han depositado las familias en el establecimiento.

TITULO II: DE LOS FINES EDUCATIVOS

Artículo 6º: La presente normativa regula el sistema de convivencia y el

comportamiento disciplinario de los estudiantes de la escuela Villa Hermosa. Con este propósito, esta normativa tiene como fines educativos:

1° Internalizar en los estudiantes los valores deseados por la comunidad escolar (art. 3°) como por la sociedad.

2° Fortalecer las capacidades personales para autorregular su conducta sin otros imperativos, como no sean aquellos que brotan de una conciencia éticamente formada y apta.

3° Fortalecer la maduración de una voluntad de acción subordinada a un sólido sentido de responsabilidad personal y social.

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4° Desarrollar competencias y destrezas para participar en la vida escolar y social, de una manera que le satisfaga personalmente y le permita enriquecer sus posibilidades de vida.

5° Desarrollar capacidades personales que contribuyen a que los estudiantes, comprendan los procesos propios de su mundo y asuman su realidad con un fuerte sentido de pertenencia.

6° Potenciar el aprendizaje, aceptación y valorización de sí mismo a partir de una formación que respeta su condición de persona sexuada, que aprende a convivir con los demás regido por el respeto irrestricto a la dignidad humana.

7° Desarrollar un pensamiento reflexivo crítico, la imaginación, la creatividad, capacidad para aceptar la innovación y para asumir el riesgo como condición necesaria de todo cambio social.

8° Fomentar la capacidad de asumir y beneficiarse de los procesos sociales, culturales y tecnológicos; y de sus logros con un alto sentido de trascendencia personal y social.

TITULO III: NORMAS TÉCNICO PEDAGÓGICAS

Artículo 7º: Los criterios Técnico Pedagógicos que, sobre la base del presente

Reglamento rigen el quehacer de nuestra Escuela, consideran los siguientes aspectos:

A) Planes y Programas, actualizados.

El plan de estudios de la Escuela estará basado en el Decreto N°2960/2012 con los siguientes Sectores de Aprendizaje y Talleres JEC:

Lenguaje y comunicación, Matemática, Historia, Geografía y Ciencias Sociales, Ciencias Naturales, Tecnología, Artes Visuales, Música, Educación física y Salud, Idioma Extranjero Inglés (5º y 6º Año), Orientación, Religión,Taller de Gastronomía y Taller de Inglés.

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B) Está contemplado dentro del Currículo el Subsector de Religión; Con la debida autorización de los padres y apoderados.

El sector de Idioma Extranjero Inglés es impartido por docente de inglés, para trabajar con 5º y 6º año básico y taller de inglés, para trabajar de 1º a 4º año básico.

C) Concepción Curricular y Metodológica

De acuerdo a las propuestas de la actual reforma, y de los planteamientos de nuestro proyecto educativo, la Concepción Curricular y Metodológica en la cual se sustenta nuestro quehacer educativo, es de tipo constructivista, sin que por ello se deseche absoluta y totalmente el conductismo.

Nuestros educandos logran sus aprendizajes basados en propuesta de índole cognitiva y con estas herramientas, solidificar el aprendizaje en el hacer, momento al cual se le dedica mayor cantidad de tiempo.

D) Criterios de Evaluación

En consecuencia con el punto anterior nos identificamos con un concepto de Evaluación Permanente y Sistemática del Proceso de Enseñanza Aprendizaje a fin de conocer los logros y avances que presentan nuestros alumnos, llevarlos a identificar sus propios tópicos de aprendizaje.

A través de la evaluación permanente el profesor se mantiene informado respecto de las propias estrategias metodológicas y ello le permite mejorar y favorecer la calidad y equidad, es decir, se busca que todos los alumnos aprendan.

Dentro de este proceso de Evaluación Permanente y Sistemática, atendemos las diferencias individuales, mediante un sistema de evaluación participativo, cualitativo y cuantitativo.

Se concibe la evaluación como un medio de aprendizaje para el docente, el alumno, la familia y la Escuela, además de proporcionar información para mejorar el proceso de enseñar y aprender.

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E) Criterios de Promoción

Serán promovidos los alumnos que, básicamente, hayan logrado los objetivos propuestos para cada nivel, como también las competencias necesarias para desenvolverse en la sociedad.

El criterio de Promoción de nuestra escuela favorece lo Pedagógico y Formativo.

F) Perfeccionamiento Docente

-Magíster en Gestión Escolar. -Pos -título.

- Talleres de perfeccionamiento o cursos Online.

- Reuniones de RED de Escuelas Particulares Subvenciona.

TITULO IV: NORMAS TÉCNICO ADMINISTRATIVAS. PARRAFO I: ESTRUCTURA DEL ESTABLECIMIENTO.

Artículo 8º: La Escuela estará estructurada de la siguiente forma:

- Razón Social: Corporación Educacional Villa Hermosa de Contulmo. - Representante, Mercedes Salazar Morales

- Dirección, formada por la Director y Profesor de Aula. - Docente, Profesor de Aula, encargado de Convivencia.

- Consejo Escolar, formado por Directora, Profesor, Sostenedor o quién lo represente, Presidente del centro de Padres, y otro que el Consejo Escolar designe. - Centro General de Padres y Apoderados, formado por una directiva y apoderados. - Centro general de Alumnos, formado por una directiva.

PARRAFO II: FUNCIONES Y DEBERES DEL PERSONAL

Artículo 9º: El Director(a), debe dirigir la Unidad Educativa en concordancia con la

función principal del Establecimiento, es decir: EDUCAR. Propiciar un ambiente educativo estimulante y participativo para que los estudiantes, padres, madres y

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Apoderados, docentes y toda la comunidad educativa, puedan sentirse acogidos y valorados.

Estimular la política del uso del dialogo para lograr consensos. Tomar decisiones procurando tener una buena información de base, escuchando a los alumnos, apoderados y en especial al Consejo escolar.

Artículo 10º: Son deberes del Director(a):

a) Liderar y dirigir el establecimiento acorde con los principios de la administración educacional, basándose en que, la principal función del establecimiento es educar.

b) Proporcionar y mantener relaciones con la comunidad y con organismos culturales afines.

c) Dirigir, coordinar, ejecutar y controlar el Proyecto Institucional del Establecimiento.

d) Coordinar y supervisar tareas y responsabilidades del personal a su cargo. e) Proporcionar un ambiente agradable de trabajo, estimulando el trabajo

personal y creando condiciones favorables para la obtención de los objetivos del establecimiento.

f) Establecer una adecuada organización del currículo del establecimiento, propiciando una adecuada y eficiente distribución de los recursos, tanto humanos como materiales.

g) Llevar los documentos y registros que acrediten la calidad de la función educacional del estado del establecimiento, y aquellos que se requieran para impetrar la subvención estatal.

h) Velar por el cumplimiento de las normas de prevención higiene y seguridad dentro de la escuela.

i) Cumplir y hacer cumplir las normas e instrucciones emanadas de las autoridades educacionales competentes.

j) Arbitrar las medidas necesarias para que se realice normalmente la supervisión y la inspección por parte del Ministerio de Educación.

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k) Remitir al Ministerio de Educación actas, estadísticas y/o documentación solicitada por la legislación vigente.

l) Mantener actualizado el inventario del establecimiento. m) Presidir el Consejo Escolar.

n) Realizar un Informe de la Gestión Educativa una vez al año.

o) Conocer a cada uno de sus alumnos(as) del curso, en su realidad Escolar, socioeconómica, familiar, personal y vocacional con sus cualidades, defectos, intereses, aptitudes y habilidades.

p) Elaborar, sobre la base del conocimiento de las necesidades e intereses de los alumnos(as) y apoderados de su curso, Talleres orientadores para el Centro de Padres, Madres y Apoderados, con el fin de hacer más efectiva la función Formativa y contando con la colaboración de toda la comunidad educativa.

q) Informar oportunamente la situación de los alumnos(as) del curso a su cargo a los Padres y/o Apoderados.

r) Velar por la participación responsable de los alumnos(as) insertos en el establecimiento e informar al Apoderado cuando éstos no estén cumpliendo. s) Registrar bajo firma, en la hoja de vida del alumno(a), toda entrevista que se

produzca con Apoderados de su Curso.

t) Cumplir con la entrega de documentos escolares en el momento que el apoderado así lo requiera, para traslado o matrícula en otro Establecimiento. u) Aprovechar al máximo el tiempo de clases en el trabajo de aprendizaje de los

estudiantes.

Artículo 11º: Docentes de Aula.

La función Docente es aquella de carácter profesional de nivel superior, que lleva a cabo directamente los procesos sistemáticos de enseñanza y educación, lo que incluye al diagnóstico, planificación, ejecución y evaluación de los mismos procesos y de las actividades educativas generales y complementarias, que tienen lugar en las unidades educativas. Además de esta función propia el Docente de Aula debe tener presente que es pertinente y/o inherente a su función:

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a) Fomentar e internalizar, permanentemente, valores, hábitos y actitudes a todos sus alumnos(as), a través del ejemplo personal.

b) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones de índole Técnico-Pedagógica impartida por el Ministerio de Educación.

c) Contribuir al correcto funcionamiento del Establecimiento Educacional.

d) Mantener al día los documentos relacionados con su función y entregar en forma precisa y oportuna la información.

e) Considerar su autonomía para resolver problemas, organizar su trabajo y tiempo escolar, mantener buena relación con sus estudiantes; a fin de mejorar su gestión y logros de aprendizaje.

f) Participar de reuniones de Red de establecimiento, que se le convoque a participar.

g) Derecho al reconocimiento, por el quehacer del docente.

PARRAFO III: FUNCIONAMIENTO DEL ESTABLECIMIENTO

A) RÉGIMEN ESCOLAR

Artículo 12º: El régimen de estudio de la Escuela Villa Hermosa será semestral.

Las fechas correspondientes al inicio de cada periodo semestral están de acuerdo con el Calendario Escolar que fija cada año la Secretaría Regional Ministerial de Educación.

Artículo 13º: Para el presente año la escuela contará con 38 horas pedagógicas en

su plan de estudios por encontrarse en J. E. C.

Artículo 14º: El establecimiento cuenta para el presente año con un de aula que

atiende a los estudiantes de primero a sexto año básico en todas las asignaturas. A la vez, se contrata un monitor para gastronomía e inglés.

B) JORNADA ESCOLAR

Artículo 15º: Los horarios de clases se organizarán de acuerdo a criterios

pedagógicos. Asignando a cada clase un período de 45 minutos, pudiéndose juntar hasta dos períodos consecutivos.

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Artículo 16º: El desarrollo de las actividades curriculares se realizará de lunes a

viernes acorde con el siguiente horario:

Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes

Ingreso Salida Ingreso Salida Ingreso Salida Ingreso Salida Ingreso Salida 08:50 16:30 08:50 16:30 08:50 16:30 08:50 16:30 08:50 15:00

B) PUNTUALIDAD Y ASISTENCIA.

Artículo 17º: La llegada y salida del establecimiento por parte de los alumnos(a)

debe realizarse puntualmente, dentro de los horarios establecidos.

Artículo 18º: Los alumnos(as) deberán permanecer en el interior del colegio durante

toda su jornada de clases e ingresar a todas las clases que contempla su horario de trabajo. Cualquier salida del establecimiento durante este horario deberá ser autorizada por el profesor encargado, después de ser justificada personalmente por el apoderado mediante firma en Libro de Registro de Salidas. En caso de que quien retire al alumno(a) sea una persona distinta del apoderado, éste deberá autorizarlo expresamente y por escrito, y dicha persona tendrá que identificarse debidamente.

Artículo 19º: Los alumnos(as) deberán asistir a clases un mínimo de 85% del total de

días trabajados durante el año escolar para hacer efectiva su promoción. Las inasistencias justificadas con certificado médico oportunamente presentado en la escuela no se considerarán en el cómputo final de inasistencias para efectos de promoción.

Artículo 20º: Todas las inasistencias deberán ser justificadas personalmente por el

apoderado en la escuela, a más tardar el día en que el estudiante se reintegre a clases.

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Artículo 21º: En caso de que un alumno(a) por enfermedad u otra causa se ausente

por dos o más días, no rindiendo alguna evaluación, deberá darla a su regreso a clases, en una fecha acordada con el profesor.

Artículo 22º: En el establecimiento deberá existir a lo menos la siguiente

documentación:

a) Registro Escolar.

b) Leccionario (Libro de Clases)

c) Libro de registro de salida de alumnos(as). d) Control de Justificaciones de los alumnos(as). e) Archivo de los alumnos(as) con:

- Certificado de Nacimiento. - Certificado de Estudios.

- Certificados de alumnos/a prioritarios. f) Archivo de Boletín de Subvenciones.

g) Archivo de Actas de Calificaciones. h) Registro de Actas de Consejo Escolar.

PARRAFO IV: TRABAJO ESCOLAR.

A) DE LOS DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES

Artículo 23º: El establecimiento educacional VILLA HERMOSA, reconoce y

garantiza los siguientes derechos a los estudiantes de la escuela:

1° Recibir educación, entregada por docentes titulados o con capacitación que indique idoneidad para servir esta función.

2° Ser respetado en su condición de persona en desarrollo, atendiendo sus diferencias individuales, físicas, sicológicas o sociales, manifestado en la Ley 20.845 de Inclusión Escolar.

3° A gozar de un ambiente escolar seguro, teniendo presente las normas de higiene y seguridad, establecidas en el Plan de Seguridad Escolar 2019.

4° A exponer sus opiniones, plantear sus inquietudes, proponer proyectos ante el profesor encargado y/o sostenedor.

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5° A recibir un trato respetuoso y deferente por los miembros de la comunidad educativa.

6° A que las clases sean impartidas en forma oportuna, eficiente y de acuerdo a las normas establecidas en el Presente Reglamento.

7° A que los resultados de las evaluaciones le sean entregadas en un máximo de diez días de realizadas.

8° A que las anotaciones en su hoja de Registro les sean informadas a ellos y/o a sus apoderados.

9° A ser atendidos por los organismos del Ministerio de Salud, en caso de accidente escolar y atención médica en conformidad a lo dispuesto por la ley.

B) DE ALUMNAS EN ESTADO DE EMBARAZO Y MADRES LACTANTES

Artículo 24º: “El embarazo y la maternidad, no constituyen impedimento para

ingresar y permanecer en los establecimientos de educación de cualquier nivel. Estos últimos deberán, además, otorgar las facilidades académicas del caso” (Ley Constitucional N° 19.688 de 30/08/2000).

Artículo 25º: Las alumnas que queden afectas a la Circular N° 247 (embarazo)

tienen derecho a terminar sus estudios, otorgándoseles todas las facilidades que soliciten y que el colegio disponga.

B) DEL UNIFORME PERSONAL

Artículo 26º: Por la situación de ruralidad del establecimiento, se entrega un buzo

como uniforme escolar y vestimenta voluntaria.

Artículo 27º: Para una buena presentación personal los alumnos varones deberán

usar el pelo corto y peinado.

Para una buena presentación personal de las damas deberán usar su cabello peinado de manera sencilla y ordenada. Si usan el cabello largo, éste deberá

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mantenerse atado. No se permitirá el uso de ningún cosmético, barniz de uñas, joyas u otros adornos; solo el uso de aros pegados a la oreja.

TITULO V: DEBERES DE LOS ESTUDIANTES

Artículo 28º: Junto con reconocer los derechos fundamentales de los estudiantes,

existen deberes que éstos deben cumplir en su vida estudiantil.

Artículo 29º: Los deberes indican una forma de comportamiento positiva de los

estudiantes, por lo que su incumplimiento, determinará la aplicación de sanciones de tipo:

a) Falta Leve. b) Falta Grave. c) Falta Gravísima.

Artículo 30º: son deberes de los estudiantes:

a) Los estudiantes estarán consientes de guardar disciplina y compostura dentro del establecimiento, con el personal directivo, docente, administrativo y servicios menores, como también con sus compañeros.

b) Durante las clases los estudiantes deben mostrar actitud de respeto y buen comportamiento para con sus profesores y compañeros.

c) Toda inasistencia producida por problemas de salud o situaciones de fuerza mayor, deberá ser comunicada personalmente o a través de un certificado médico ante el profesor encargado, con la finalidad de tomar las medidas tendientes a facilitar el no atraso de sus materias y evaluaciones.

d) Si las situaciones se prolongan más allá de treinta días o más, sin mediar aviso, el establecimiento podrá proceder a la cancelación de la matrícula, previa citación por escrito del apoderado.(acorde a normativa vigente).

e) Los estudiantes estarán mandados a concurrir y participar de los actos culturales, deportivos; con la participación de la comunidad y mantener en ellos un comportamiento ejemplar.

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f) Los estudiantes deberán presentar sus trabajos, tareas o actividades de manera oportuna.

g) Asistir toda la jornada diaria establecida. h) Mostrar una presentación higiénica.

i) Actuar conforme a las costumbres moralmente establecidas, en los aspectos sexuales.

j) Cuidar el lenguaje y el tono con que se comunique con sus compañeros y profesor.

k) Cuidar el mobiliario, los materiales y la infraestructura escolar. l) Cumplir con los compromisos contraídos al aplicar sanción. m) Cuidar su integridad física y la de sus compañeros.

n) No dañar la autoestima de sus compañeros y profesor del establecimiento. o) No traer elementos que sean armas o puedan considerarse armas.

Artículo 31º: Son medidas de incumplimiento a sus deberes:

a) Falta de respeto mediante insultos, amenazas y otros. b) Atentar contra la moral y las buenas costumbres.

c) Salir del establecimiento por lugares que no sean el acceso autorizado.

d) La falsificación de firmas, adulteración de notas y de cualquier documento oficial.

e) No asistir a clases estando en el establecimiento, se dejará constancia escrita en el libro de clases y en la hoja de vida del estudiante.

f) La falta de honradez, tal como el engaño, excusas falsas y copiar en las pruebas.

g) Rayar, marcar o romper mobiliario, materiales didácticos o elementos de la infraestructura escolar, deberá reponer daños causados y requerimiento de la presencia del apoderado en la escuela.

h) Lesionar a sus compañeros o atentar contra sí mismo en forma premeditada. i) Romper premeditadamente o accidentalmente la infraestructura escolar:

libros, computadores y todo material propio de la escuela o de sus compañeros.

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j) Portar todo tipo de armas, instrumentos, utensilios u objetos cortantes, punzantes o contundentes, ya sean genuinos o con apariencia de ser reales, aun cuando no se haya hecho uso de ellos;

k) Portar, vender, comprar, distribuir o consumir bebidas alcohólicas, drogas o sustancias ilícitas, o encontrarse bajo sus efectos, ya sea al interior del establecimiento educacional o en actividades organizadas, coordinadas, patrocinadas o supervisadas por éste.

l) Cometer un acto delictivo común.

m) Se considerará falta gravísima todas aquellas tipificadas por la normativa legal como maltrato y hostigamiento escolar tanto las de carácter episódico como las que constituyan bullying.

n) Agredir física, psicológica o moralmente a cualquier miembro de la comunidad escolar a través de cualquier medio incluyendo el ciberespacio.

Artículo 32°: Sobre maltrato escolar:

Se entenderá por maltrato escolar cualquier acción u omisión intencional, ya sea física o psicológica, realizada en forma escrita, verbal o a través de medios tecnológicos o cibernéticos, en contra de cualquier integrante de la comunidad educativa, con independencia del lugar en que se cometa.

o) Producir el temor razonable de sufrir un menoscabo considerable en su integridad física o psíquica, su vida privada, su propiedad o en otros derechos fundamentales.

p) Crear un ambiente escolar hostil, intimidatorio, humillante o abusivo.

q) Dificultar o impedir de cualquier manera su desarrollo o desempeño académico, afectivo, moral, intelectual, espiritual o físico.

r) - Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazantes u ofender reiteradamente a cualquier miembro de la comunidad educativa; s) - Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un compañero o

de cualquier otro miembro de la comunidad educativa.

t) - Agredir verbal o psicológicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa.

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u) - Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un compañero u otro miembro de la comunidad educativa (Ej: utilizar sobrenombres hirientes, mofarse de características físicas, etc.).

v) - Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición social, situación económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, defectos físicos o cualquier otra circunstancia.

w) - Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un compañero o a cualquier otro integrante de la comunidad educativa a través de chats, blogs, fotologs, mensajes de texto, correos electrónicos, foros, servidores que almacenan videos o fotografías, sitios webs, teléfonos o cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico.

x) - Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de maltrato escolar.

y) - Realizar acosos o ataques de connotación sexual, aun cuando no sean constitutivos de delito.

Artículo 33°: Se entenderá por Acoso Escolar o Bullying cuando alguna de las

acciones descritas en el artículo anterior sea proferida a un estudiante de manera deliberada y consecutiva, por parte de otro u otros.

Artículo 34º: En caso de incumplimiento de cualquiera de los deberes señalados en

el artículo anterior, estos incumplimientos serán sancionados dentro de la categoría de, falta leve, falta grave y falta gravísima.

Artículo 35º: Disciplina.

a) Frente a problemas de disciplina, los estudiantes involucrados serán atendidos por el Profesor jefe e Encargado de Convivencia Escolar. Este citará al apoderado de los estudiantes para análisis del problema y la búsqueda de las medidas de solución.

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- Atención del caso por el Profesor Encargado de Convivencia Escolar. - Si es necesario, remitir a proceso de mediación.

- Si es necesario, remitir al Consejo Escolar

- Por último remitir a un especialista para adopción de medidas escolares.

- De todo lo anterior el profesor jefe y el encargado de Convivencia Escolar, deberá mantener un registro anecdótico de las entrevistas respectivas.

Artículo 36°: El establecimiento designará a un Profesor Encargado de Convivencia

Escolar en establecimiento, como cuyas funciones serán:

- Realizar acciones de promoción y prevención al interior del establecimiento y con la comunidad, descritas en el Plan de Formación de Convivencia Escolar.

- Derivar a algún profesional competente en los casos en que sea necesario, como psicóloga, médico, trabajadora Social, etc.

-Informar a los apoderados involucrados.

-Tomar las medidas que se contemplan en el presente reglamento, en caso de presentarse alguna situación de Bullying o conflicto escolar.

-Velar por la implementación del Plan de Seguridad Escolar.

PARRAFO I: DE LAS SANCIONES Y DE SUS PROCEDIMIENTOS

Artículo 37º: Se entenderá por Falta Leve, a la sanción que realiza el profesor

encargado, cuando el estudiante incurra en acciones u omisiones que afectan directamente al estudiante como individuo, sin repercusiones graves hacia sí mismo o los diversos agentes del colegio.

Artículo 38º: Los procedimientos para aplicar esta sanción son:

a) Se evaluaran todos los antecedentes en conflicto frente a una situación conductual del estudiante.

b) Se definirá según corresponda las responsabilidades a las partes involucradas. c) Se favorecerá una instancia de apelación por parte de los involucrados.

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d) Posterior al estudio de todos los antecedentes se evaluará la falta y se determinará si corresponde una instancia de reparación.

e) De ser así él o los involucrados deberán realizar Servicios Comunitarios durante el recreo a favor del establecimiento educacional, tales como:

- Apoyo escolar a otros estudiantes. - Ordenar la biblioteca.

- Recoger papeles del patio.

-Barrer la sala de clases o el pasillo techado.

f) Se registrará en el libro de clases, en la hoja de vida, todas las faltas, con un máximo de cuatro Faltas Leves, y en cada una de ellas, el profesor pondrá al apoderado en conocimiento de la situación.

Artículo 39º: Se entenderá por Falta Grave, a la sanción que realiza el Encargado

de Convivencia, director o sostenedora de la escuela, cuando el estudiante:

Incurra en acciones u omisiones que afectan directamente la integridad física o psicológica de los diversos agentes de la escuela, así como los bienes o inmuebles del establecimiento.

Artículo 40º: Los procedimientos para aplicar esta sanción son:

a) Se evaluarán todos los antecedentes en conflicto frente a una situación conductual del estudiante.

b) Se definirá según corresponda las responsabilidades a las partes involucradas. c) Se favorecerá una instancia de apelación por parte de los involucrados.

d) Posterior al estudio de todos los antecedentes se evaluara la gravedad y se determinará si corresponde una instancia de reparación.

e) Se registrará en el libro de clases, en la hoja de vida, todas las faltas; con un máximo de dos Faltas Graves, en la primera de ella se citara al estudiante a entrevista con el Encargado de Convivencia, director o sostenedora y en la segunda falta grave, se suspenderá de clases hasta dos días, previa comunicación al apoderado.

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Artículo 41º: Se entenderá por Falta gravísima, a la sanción que realiza el

Encargado de Convivencia, director o sostenedora de la escuela, cuando el estudiante:

Incurra en acciones que por su naturaleza afectan y dañan la integridad psicológica y/o física de un agente del colegio como el uso, porte y distribución de drogas, estupefacientes y estimulante como bebidas alcohólicas; agresión de cualquier naturaleza física al profesor; agresión entre estudiantes; adulteración de notas en documentos oficiales del establecimiento.

Artículo 42º: Los procedimientos y responsables para aplicar esta sanción son:

a) Se evaluarán todos los antecedentes en conflicto frente a una situación conductual del estudiante.

b) Se definirá según corresponda las responsabilidades a las partes involucradas.

c) Se favorecerá una instancia de apelación por parte de los involucrados.

d) Posterior al estudio de todos los antecedentes se evaluará la gravedad y se determinará si corresponde una instancia de reparación.

e) Se registrará en el libro de clases, en la hoja de vida del estudiante, todas las faltas con un máximo de 3 Faltas Graves.

f) Toda Falta Gravísima se llevará al Consejo Escolar, para la eventual suspensión de clases, por un máximo de 5 días.

g) En la segunda Falta reiterativa Gravísima, los antecedentes se llevarán al Consejo Escolar y se podrá determinar la matricula condicional del estudiante y se derivará a grupo de Convivencia Escolar para realizar actividades de desarrollo emocional.

h) En la tercera Falta Gravísima, se remitirán todos los antecedentes del estudiante a la Dirección Provincial, previa evaluación del Consejo Escolar.

Artículo 43º: Todas las acciones importantes por parte del estudiante, se registrarán

en el libro de clases, en la hoja de vida del estudiante como único instrumento de seguimiento. De esta forma se evita el registro sólo de anotaciones negativas.

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Artículo 44º: Si la falta leve fueren cometidas por un integrante adulto de la

comunidad Escolar, le corresponderá al director, encargado de Convivencia o sostenedora de informar de la situación a los niveles que corresponda. Se aplicarán, para todos los casos: escuchar y registrar lo sucedido, comprobar con los demás estudiante la veracidad de los hechos, conversar con la persona adulta involucrada y dar una solución. Si fuese más grave lo sucedido, se actuara por lo que está establecido en el Código del Trabajo y los Tribunales de Justicia.

Artículo 45°: Se debe tener presente que cada integrante de la Comunidad Escolar,

director, profesor, manipuladora, apoderados, alumnos/a u otros, tienen el deber de denunciar cualquier acción u omisión que revista caracteres de delito y que afecte a un miembro de la comunidad educativa; ello implica tanto las faltas y delitos cometidos dentro del establecimiento educacional, como aquellos que ocurren fuera de él y que afecten a los estudiantes.

La denuncia debe efectuarse ante Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones, Fiscalías del Ministerio Público o Tribunales competentes según corresponda, dentro de un plazo de 24 horas desde que se toma conocimiento del hecho, de acuerdo a lo establecido en los Artículos 175º y 176º del Código Procesal Penal.

TITULO VI:

DE LOS ESTÍMULOS PARA LOS ALUMNOS DESTACADOS POR SU COMPORTAMIENTO

Artículo 46º: La escuela considera los siguientes estímulos a los estudiantes que

tienen una destacada participación en su formación personal y relación de sana convivencia con sus pares: (Cuadro de honor alumnos destacados, reconocimientos, certificaciones y/o diplomas…etc. Se hará un cuadro de Honor, semestralmente, en que se destacará a:

1. Alumno de Mejor Comportamiento (menos sanciones). 2. Alumno destacado por su Esfuerzo.

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4. Por participación destacada.

TITULO VIII: DEL PROCESO DE MEDIACION ESCOLAR.

Artículo 47º: La mediación escolares una herramienta que contribuye a prevenir

situaciones de convivencia y resolución pacífica de conflictos y constituye una oportunidad para formar a los jóvenes para la vida en democracia, la paz y derechos humanos.

A) DE LOS MEDIADORES

a) Son estudiantes de los diferentes niveles del establecimiento elegidos por sus pares, siendo capacitados en las técnicas de la mediación escolar.

B) PERFIL DEL MEDIADOR:

a) Tener buena conducta, saber escuchar y perdonar las debilidades ajenas, colocarse en el lugar del otro y comprender que con este método no se buscan culpables, ni ser Juez de nadie, sino colaborar en bien de todos.

C) SU ACCIONAR

a) El comité contará con estudiantes preparados para asumir dicha responsabilidad, ya que cuentan con algunas experiencias por el tiempo que ya han tenido esta misión, como por ejemplo:

- No cometer desórdenes que distraigan la atención del curso. - No insultar o molestar a compañeros.

- Conservar una presentación personal adecuada. - No Intervenir en peleas.

b) Además se requerirá del servicio de los mediadores cuando el profesor estime necesaria sus intervenciones para solucionar conflictos entre estudiantes. El profesor acatará la toma de decisiones que los mediadores acuerden entre las partes.

c) Los alumnos/a podrán elegir la mediación cuando surjan conflictos por problemas de relaciones interpersonales.

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TITULO IX: DEL DERECHO A APELACIÓN

Artículo 48º : Todo estudiante que haya sido sancionado por alguna medida, que

para su entender no la considere justa, tiene derecho de presentar peticiones por escrito al profesor encargado de la escuela, el que deberá proceder en términos respetuosos. La autoridad por su parte, debe pronunciarse acerca de la petición y del derecho de apelación del estudiante afectado.

TITULO X: DE LOS APODERADOS.

Artículo 49º: Serán apoderados por derecho propio los padres del estudiantes o su

guardador legal y quien se encuentra registrado como tal en el establecimiento.

Artículo 50º: No podrán ser apoderados los menores de edad. Artículo 51º: Los apoderados tendrán las siguientes obligaciones:

a. Justificar las inasistencias de su pupilo personalmente.

b. Comunicar personalmente las inasistencias mayores a dos días consecutivos, producto de enfermedad o fuerza mayor.

c. Preocuparse de la presentación personal y higiene de sus pupilos.

d. Asistir a las reuniones y citaciones emanadas por la escuela.

e. Atender y vigilar el cumplimiento de las tareas y/o actividades que deba cumplir el estudiante.

f. Matricular oportunamente a su pupilo.

g. Responsabilizarse por los daños materiales que pudiere ocasionar su pupilo al local, mobiliario, libros material didáctico o útiles del establecimiento.

h. Mantenerse en conocimiento, informado y comprometido con el P.E.I (Proyecto Educativo Institucional) del establecimiento.

Artículo 52º: Prohibiciones:

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b) Asistir a clases, reuniones y actividades extraescolares o extracurriculares bajo la influencia del alcohol, drogas o estupefaciente.

TITULO XI: NORMAS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS, HIGIENE Y SEGURIDAD.

PARRAFO I: DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS, HIGIENE Y SEGURIDAD

Artículo 53º: En la Escuela deberá existir, elementos mínimos de prevención de

riesgos:

a) Cantidad suficiente, según las normas vigentes, de extintores de incendios del tipo polvo químico seco.

b) Un botiquín, debidamente equipado.

Artículo 54º: La Escuela deberá observar normas mínimas de seguridad, como son:

a) Eliminar elementos que presenten peligro para el alumnado y personal del establecimiento: puertas, ventanas, interruptores, enchufes, cables eléctricos, fosas o cualquier otro elemento en mal estado.

b) Planificar la distribución del mobiliario escolar en las diferentes dependencias del establecimiento, teniendo presente el libre desplazamiento de los estudiantes y personal, como mantener el camino expedito hacia el exterior. c) Mantener el cuidado en los sistemas de calefacción, estufas, calefactores y

cocinas.

d) Mantener llaves de paso de agua y gas siempre cerradas.

e) El uso, manejo y manipulación de combustibles; sólo debe ser realizado por adultos o supervisado por ellos. El depósito de los mismos debe ser en lugares adecuados.

f) Evitar el uso de material corto punzante, sin la supervisión de un adulto.

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h) Los desechos sólidos deben ser vertidos en depósitos habilitados especialmente para el efecto, de tal forma que los niños no estén en contacto con ellos.

i) Todo material eléctrico debe ser operado con el debido cuidado y estar señalados como zonas de riesgo permanentes.

Artículo 55º: En la escuela los profesores(as) deberán asumir la prevención de

riesgos y seguridad, tendrá los siguientes deberes:

a) Velar por la seguridad de los educandos desde el ingreso hasta el final de la jornada escolar diaria.

b) Crear conciencia en el alumnado sobre el aseo de la escuela.

c) Normar, planificar y reglamentar sobre la prevención de accidentes en talleres.

d) Normar en los casos de giras o paseos de estudiantes según requisitos del MINEDUC y subsecretaría de transportes.

e) Normas sobre formación de hábitos de respeto y obediencias a órdenes y/o instrucciones dadas para prevenir accidentes o riesgos.

f) Organizar grupos de primeros auxilios. g) Estar encargado de operación Deyse:

h) Organización para la ejecución de la Operación Deyse, con los estudiante y profesor.

- Procedimientos en caso de incendio.

- Medida de seguridad durante un terremoto.

- Delimitación de rutas de escape (zonas de seguridad).

Artículo 56º: Seguridad en el tránsito:

a) Planificar normas que debe cumplir el peatón escolar, dirigidas a proteger su integridad física, en la calle, camino, buses, etc.

b) Crear conciencia en los estudiantes y personal acerca de las señalizaciones del tránsito existentes en el país.

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PARRAFO II: DE LOS ACCIDENTES ESCOLARES

Artículo 57º: Clasificación y procedimiento frente a los accidentes:

LEVES: son aquellos que solo requieren de la atención primaria de heridas

superficiales o golpes suaves.

PROCEDIMIENTO:

1. Los estudiantes serán llevados donde la encargada de primeros auxilios del establecimiento, por la persona con que se encuentre en el momento del accidente.

2. La encargada revisará a los estudiantes y le aplicará los primeros auxilios requeridos.

3. Se registra la atención.

MENOS GRAVES: son aquellos que necesitan de asistencia médica como heridas o

golpes en la cabeza u otra parte de su cuerpo.

PROCEDIMIENTO:

1. El profesor encargado evaluar la situación inicialmente.

2. De acuerdo al grado del accidente se tomarán las medidas pertinentes. Si es necesario, se trasladará el estudiante a la posta de salud del sector. En caso de requerir el seguro escolar otorgado por el Ministerio, se completará el formulario correspondiente.

3. El profesor llamará a los padres para comunicar los detalles del accidente y su estado de salud.

4. Se registra lo sucedido.

GRAVES: son aquellas que requieren de atención inmediata de asistencia médica,

como caídas de altura, golpe fuerte de la cabeza u otra parte de su cuerpo, heridas sangrantes por cortes profundos, quebraduras de extremidades, pérdida del conocimiento, quemaduras, atragantamientos por comida u objetos.

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PROCEDIMIENTO:

1. En caso de golpe en la cabeza o quebraduras, se mantendrá al estudiante en el lugar del accidente y se aplicarán los primeros auxilios por la persona encargada. 2. luego se avisa a la posta de salud, para que un paramédico se trasladará a la posta y posteriormente se avisará a los padres.

3. En caso de ser necesario el traslado inmediato al Hospital, se coordinará junto con los padres y será llevado en un vehículo del establecimiento o se esperará a la ambulancia del centro de salud.

4. En caso que no sea posible ubicar a los padres, se llevará de forma inmediata al centro asistencial más cercano ya sea en ambulancia o vehículo particular.

TITULO XII: RELACIONES CON LA COMUNIDAD PARRAFO I: DE LOS CONSEJOS ESCOLARES

Artículo 58º: El establecimiento cuenta con un Consejo Escolar, integrado a lo

menos por:

• El Director/a y/o Profesor Encargado del establecimiento, que lo presidirá. • El docente de Aula.

• El sostenedor o un representante.

• El presidente del Centro de Padres, Madres y Apoderados. • El presidente del Centro de Estudiantes.

El Director podrá informar y/o consultar al Consejo Escolar por situaciones derivadas de la disciplina y convivencia escolar, entre otras materias. Este Consejo tendrá el carácter de consultivo-propositivo y no resolutivo. Por lo tanto, no intervendrá en materias técnico-pedagógicas o administrativas del establecimiento.

PARRAFO II: DEL CENTRO GENERAL DE PADRES, MADRES Y APODERADOS Artículo 59º: El centro general de padres, madres y apoderados es una institución

cooperadora de la función educacional del establecimiento. Su organización y funcionamiento se rige por los reglamentos respectivos.

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Artículo 60º: El establecimiento cuenta con un Centro General de Padres, Madres y

Apoderados, integrado por:

• Presidenta: Ronald Gabriel Mesa Peña.

Artículo 61º: El presente Reglamento Interno de disciplina y convivencia escolar,

debe ser conocido por todos los estamentos del establecimiento. Al momento de la matricularse se entregará una síntesis de él a los padres, madres y apoderados, y su difusión completa a todos los estudiantes del establecimiento. Su lectura detallada a los padres, madres y apoderados del establecimiento se realizará, en la primera reunión del año lectivo.

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______________________________ ___________________________ MERCEDES SALAZAR MORALES ISAÍAS PAREDES REYES

SOSTENEDORA PRESIDENTE CONSEJO ESCOLAR

_______________________ RONALD MESA PEÑA

PRESIDENTA DEL CENTRO GENERAL DE PADRE, MADRES Y APODERADOS.

ANEXOS:

 Protocolo para accidentes escolares.  Protocolo abuso sexual.

 Protocolo para embarazadas.

 Protocolo de actuación frente a maltrato psicológico y/o físico entre pares.

 Protocolo de actuación frente a maltrato psicológico y/o físico de adulto a un alumno.

 Protocolo para bullying o acoso escolar.  Protocolos ante emergencias.

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PROTOCOLO PARA ACCIDENTES

ESCOLARES

Año 2020

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Protocolo de Acción Accidentes Escolares

Se entiende por protocolo de acción, a todo el procedimiento realizado

por la Escuela Villa Hermosa al momento de que se presenta algún

accidente de un estudiante en nuestro establecimiento:

 En primera instancia, el estudiante es revisado por el profesor,

director o sostenedora del establecimiento, para evaluar la

gravedad del accidente.

 Una vez evaluada la gravedad del accidente se determina: si es

leve, derivarlo a la posta de salud; si es grave, se llama al

apoderado y si amerita traslado de inmediato, se lleva el

accidentado al hospital y el apoderado se reúne con la persona

encargada del traslado del estudiante.

 Completar declaración individual de accidente escolar.

 Todo este procedimiento debe ser registrado en el libro de salida

de los estudiantes.

 Una vez en el hospital el estudiante se entrega al cuidado del

apoderado, quien prosigue con los trámites solicitados por el

hospital.

 Cuando se termina el proceso de atención al estudiante, el

apoderado informa y va a dejar al establecimiento el diagnostico

impartido por el médico tratante.

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Plan de acción para prevenir accidentes escolares.

La escuela es como el segundo hogar y como tal, es el lugar donde se

pasa gran parte del tiempo. Por tal motivo, debe ser un lugar seguro,

donde se tomen las precauciones necesarias para prevenir accidentes.

Espacios donde se puede originar un accidente en el establecimiento:

 Pasillo y Patio, durante los recreos.

 La clase de educación física y salud.

 Aulas y talleres.

 Los baños.

 Durante la entrada y salida de la escuela.

Objetos o especies que pueden dañar físicamente a un estudiante en

el establecimiento:

Las escaleras: es allí donde frecuentemente ocurren accidentes,

debido a la tendencia natural que tienen los niños a jugar en ellas. A

veces ocasionan amontonamientos sobre todo al bajar, porque se

empujan provocando caídas y lesiones entre ellos.

Los tomacorrientes: igual que en el hogar, a los niños les llama la

atención los tomacorrientes; al tocarlos con la mano o al introducir en

ellos objetos metálicos, pueden electrocutarse o provocar un corto

circuito.

Los árboles: a los niños les gusta subirse en los árboles para bajar

frutas, mirar algún nido o simplemente por trepar. Pero, a veces, al

intentar bajarse se pueden resbalar y caer, sufriendo fracturas o

golpes fuertes. Otras veces, tiran piedras a las aves que están en los

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árboles, o a algunas frutas, y estas piedras pueden golpearlos a ellos

mismos o a sus compañeros.

Las cercas: todo el perímetro del establecimiento está protegido por

cerco de alambre y malla de acero y como a los niños les gusta trepar,

tienden a utilizarlas como zona de juego. El treparse en la cercas

puede ser motivo de accidentes, si el niño cae puede sufrir rasguños y

heridas severas.

Barras y columpios de acero, bancas y cajón de madera: El patio y

pasillos los estudiantes tienes juegos de entretención, que si se usan

mal o descuidadamente corren peligro y a veces no ven hacia dónde lo

hacen, chocando contra paredes, columnas u otros niños, provocando

lesiones, que pueden ser leves o graves.

Animales, insectos o arañas: los estudiantes pueden ser agredido por

algún perro que entre al recinto del establecimiento, a la vez, recibir

alguna picadura por algunos insectos (abejas) o arañas.

Prevención de accidentes

¿Qué deben hacer los niños para EVITAR accidentes en la escuela?

 No correr dentro del aula o pasillos de la escuela.

 No empujar a sus compañeros, sobre todo cerca de las escaleras.

 Evitar los juegos violentos.

 No llevar cerillos o encendedores a las escuelas.

 No llevar navajas para sacar punta a los lápices.

 No leer mientras se camina o cuando se suben o bajan las

escaleras.

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 No pararse sobre los pupitres, sillas o escritorios.

 No abrir las puertas bruscamente, menos con los pies.

 Evitar salir corriendo de la escuela.

 No lanzarse el borrador u otros objetos de la sala.

¿Cuáles son las recomendaciones para que los adultos EVITEN un

accidente en la escuela?

 Revisar periódicamente las instalaciones y señalar con letreros

los lugares peligrosos, tomando las precauciones necesarias.

 No dejar al alcance de los niños objetos peligrosos como piedras,

tijeras, cuchillos, desarmadores.

 Revisar frecuentemente las instalaciones eléctricas.

 Realizar los trabajos de mantenimiento de la escuela, en época

de vacaciones,

 Fijar los pizarrones o estantes.

 Mantener en un lugar seguro los instrumentos de laboratorio.

Recuerda

Muchas veces, las personas propician, sin

proponérselo, los accidentes, pero éstos se pueden

evitar si se practican medidas preventivas y de

autocuidado.

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PROTOCOLO ABUSO SEXUAL

AÑO 2020

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INTRODUCCIÓN

El Abuso Sexual Infantil es una realidad que convive con nosotros cotidianamente. Muchos son los niños y niñas en nuestro país afectado por este grave problema, ya sea dentro de su núcleo familiar o fuera de él. Como escuela tenemos la obligación de hacer frente a esta realidad, comprometiéndonos y formándonos en un marco de protección de los Derechos de los Niños y Niñas, que salvaguarde su integridad emocional, física y social. Según estimaciones del Centro de Atención a Víctimas de Atentados Sexuales (CAVAS), en Chile se producen 20.000 delitos por abuso sexual al año. Sin embargo, de acuerdo con las estadísticas de Carabineros de Chile y de la Policía de Investigaciones de Chile, anualmente solo se denuncian cerca de 4 mil 500 de este tipo de delitos. Para hacernos una idea de la real magnitud de estas cifras, de las más de 1.400 querellas que tramita actualmente el Servicio Nacional de Menores (SENAME) por maltrato infantil, más de un 80% corresponde a abusos sexuales. Según estadísticas del SENAME, un 74% de los delitos sexuales que ocurren en el país se cometen contra menores de 18 años, un 83,7% de los cuales son niñas. A eso se suma que por cada caso que se denuncia hay seis que no lo hacen, un hecho que da cuenta de la magnitud del problema.

Sobre la relación víctima victimario, los datos recogidos por el Servicio Médico Legal entre 2000 y 2002, muestran que en el 79.9% de los casos el agresor sexual es un conocido de la víctima. De ese total, el 44.1% corresponde a familiares. (Datos UNICEF).

Este documento contiene en primer término, el marco teórico sobre abuso sexual de menores; algunos conceptos fundamentales, luego acciones generales respecto del tema y finalmente enuncia los procedimientos a llevar a cabo ante una denuncia de abuso sexual de menores en la Escuela Particular Subvencionada Villa Hermosa de la comuna de Contulmo. Se concluye con anexos de teléfonos y direcciones relevantes a considerar.

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I.-Prevención (Plan de Acción) de Abuso Sexual de Menores.

En Chile, la prevención del abuso sexual en general se ha enfocado desde la enseñanza del autocuidado o la autoprotección a niños y jóvenes y desde las medidas de seguridad y códigos de conductas para adultos que tratan con ellos. Ambos enfoques aportan a la prevención. Dado que el abuso sexual es un fenómeno complejo y multicausal, necesariamente debemos ampliar los esfuerzos preventivos situando la responsabilidad de la prevención del abuso en los adultos. Para enfrentar este tema es indispensable la acción concreta de las escuelas, donde la detección y esfuerzos preventivos son tarea de la comunidad educativa, liderado por su director.

Lo primero es preparar a los profesores y a los padres, sensibilizándolos de modo que reconozcan la seriedad del problema y se comprometan con la prevención. Todos los adultos deben estar capacitados sobre la comprensión del abuso sexual. Se requiere además capacitarse en hablarles a los niños y adolescentes de estos temas y qué es pertinente a cada edad.

En segundo lugar se debe preparar a los niños, promoviendo en su educación capacidades y habilidades que les permitan desarrollar una autoestima positiva, apropiación de las claves corporales de reconocimiento de su privacidad; conciencia, registro y expresión de las propias emociones (charlas o talleres a padres y apoderados en reuniones, a profesores en consejos de profesores y alumnos en orientación o talleres).

Y en tercer lugar se deben promover contextos relacionales que promuevan la prevención. Una conciencia basada en el respeto, que permiten la crítica y el disentir, una sana convivencia escolar en donde la obediencia no se confunda con abuso de poder de parte de los adultos.

Por el contrario, los grupos más autoritarios son caldos de cultivo para el abuso, el problema no está en la autoridad, está en cómo se ejerce. Hay modelos que promueven el abuso y otros que lo previenen.

Este compromiso de cuidado y prevención comprende a todas las personas que integran la comunidad: director, profesores, padres y apoderados ente otros.

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COMUNA CONTULMO Prevención:

Prevenir es actuar antes de que se consumen los delitos. También es actuar ante sospecha de un posible delito y además, prevenir es proteger a las posibles víctimas que se visualizan ante un sospechoso de abuso.

Finalmente, la prevención incluye actuar en la reparación y acompañamiento de la víctima, para aminorar las consecuencias del abuso. Nos referimos a una prevención que se dirige a reconocer las formas de evitar que se cometan actos de abuso sexual, a reducir o a eliminar las causas profundas y a minimizar los factores de riesgo.

Factores protectores ante el Abuso Sexual:  Derechos y responsabilidades.

 Límites adecuados en la relación con pares y con adultos. En particular cuando suponen presión, engaño o violencia.

 Reconocer partes del cuerpo.

 Identificar partes íntimas (genitales).

 Reconocer los distintos tipos de caricias por las partes del cuerpo en que se dan (Partes visibles y partes privadas) y sentimientos que provocan (vergüenza, alegría…).

 Normas de seguridad familiar (dirección y teléfono de casa).

 Identificación de personas de confianza dentro y fuera de la familia.

 Diferenciar responsabilidad sobre hechos (reconocimiento de daño evidente) y culpas atribuidas (trasladar idea y responsabilidad de daño).  Diferenciar entre información que se debe guardar y secretos que no deben

ocultarse.

 Concepto del abuso sexual e identificación acorde a la edad.

 Dibujos que expresan la situación abusiva, composiciones, afirmaciones del niño/a que tienen un secreto, etc.

Referencias

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