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REF: TSA OBJETO Y ALCANCE DEL PLIEGO

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONCLUSIÓN DE ACUERDO MARCO PARA EL SUMINISTRO DE MATERIAL GRANULAR PARA OBRAS DE CAMINOS EN TÉRMINOS MUNICIPALES DE LA PROVINCIA DE GUADALAJARA, A ADJUDICAR POR PROCEDIMIENTO ABIERTO.

REF: TSA000065509

1. OBJETO Y ALCANCE DEL PLIEGO

El objeto del presente pliego es definir las prescripciones técnicas que regirán la contratación del Acuerdo Marco para el suministro de material granular para caminos para las obras de MEJORA DE INFRAESTRUCTURAS DE CAMINOS RURALES DE GUADALAJARA.

El alcance del pliego se muestra en el siguiente cuadro de unidades:

Nº Uds estimadas Ud. DESCRIPCIÓN

120.800 tm Suministro a pie de obra zahorra ZA0/32 o ZA0/20

2. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS

2.1 TIPOS DE MATERIAL GRANULAR A SUMINISTRAR.

El tipo de material granular a suministrar es el siguiente:

ZAHORRAS ZA0/20 o ZA0/32

2.2. PROPIEDADES DE LOS MATERIALES

NORMATIVA

El material granular objeto de suministro deberá cumplir la siguiente normativa:

o Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para Obras de Carreteras y Puentes PG-3

o UNE-EN 13242:2003+A1:2008 Áridos para capas granulares y capas tratadas con conglomerantes hidráulicos para uso en capas estructurales de firmes

o UNE-EN103101:1995 "Análisis granulométrico de suelos por tamizado".

o UNE-EN 103103:1994 "Determinación del límite líquido de un suelo por el método del aparato de Casagrande".

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o UNE-EN103104:1993 “Determinación del límite plástico de un suelo".

o UNE-EN 103502:1995 "Método de ensayo para determinar en laboratorio el índice C.B.R. de un suelo".

o UNE-EN103503:1995 "Determinación in-situ de la densidad de un suelo por el método de la arena".

o UNE-EN 1744-1:2010" Determinación de las propiedades químicas de los áridos. Parte1: Análisis químico

o UNE-EN 1097-2:2010 "Ensayos para determinar las propiedades mecánicas y físicas de los áridos. Parte 2: Métodos para la determinación de la resistencia a la fragmentación".

o UNE-EN 933-1:2012, Ensayos para determinar las propiedades geométricas de los áridos. o UNE-EN 146901-1:M 2004, designación de los áridos

DEFINICIONES

Árido: Material granular empleado en la construcción. Los áridos pueden ser naturales. artificiales o reciclados (definición según norma UNE-EN 13242:2003+A1:2008).

Árido natural: Árido de origen mineral que únicamente ha sido sometido a procesos mecánicos (definición según norma UNE-EN13242:2003+A1:2 008).

Árido artificial: Árido de origen mineral resultante de un proceso industrial como la alteración térmica u otras (definición según norma UNE-EN 13242:2003+A1 :2008).

Árido reciclado: Árido resultante del tratamiento de mineral inorgánico previamente utilizado en la construcción (definición según norma UNE-EN 13242:2003+A1:2008).

MARCADO CE

Los áridos naturales, artificiales o reciclados empleados en obras para la conformación de capas estructurales de firmes, tratadas o no con conglomerantes hidráulicos se encuentran incluidos dentro de la Directiva 89/106/CEE relativa a productos de construcción. De acuerdo con esto, los mencionados materiales tienen como requisito indispensable la posesión del Marcado CE para su comercialización y posterior uso.

La norma armonizada que recoge los diferentes requisitos a cumplir por parte de los materiales relacionados en el anterior párrafo es la UNE-EN13242:2002+A1:2008.

El marcado no será exigible a aquellos materiales fuera del alcance de la Directiva 89 o sin norma armonizada de referencia publicada.

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 Declaración de prestaciones

 Certificado de Control de Producción en Fábrica: emitido por un organismo de inspección notificado

La documentación acreditativa de marcado CE se aportará cuando sea solicitado por TRAGSA.

El marcado CE será exigible a todos los áridos objeto de la presente contratación a excepción de la zahorra de montera (material seleccionado al tamaño máximo de 80 mm).

ZAHORRA

Zahorra ZA0/32 o ZA0/20

Las características técnicas del material clasificado serán las definidas en el artículo 510 del Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para las obras de Carreteras y Puentes (PG-3). La denominación anterior de zahorra ZA25 según el PG-3 equivale a la zahorra ZA0/32 y la zahorra ZA20 equivale a la zahorra ZA0/20. Se admitirán como válidas ambas zahorras.

El material deberá cumplir con las siguientes características:

o Granulometría (UNE-933-1 y UNE 933-2): Se deberá ajustar a una zahorra tipo ZA0/32 (antigua ZA25) o zahorra tipo ZA0/20 (antigua ZA20). La granulometría deberá estar comprendida dentro del huso fijado en la tabla 510.4 del PG-3 para las zahorras artificiales.

TIPO DE ZAHORRA (*)

APERTURA DE LOS TAMICES UNE-EN 933-2 (mm)

40 32 20 12,5 8 4 2 0,500 0,250 0,063

ZA 0/32 100 88-100 65-90 52-76 40-63 26-45 15-32 7-21 4-16 0-9

ZA 0/20 100 75-100 60-86 45-73 31-54 20-40 9-24 5-18 0-9 ZAD 0/20 (**) 100 65-100 47-78 30-58 14-37 0-15 0-6 0-4 0-2

En todos los casos, el cernido por el tamiz 0,063 mm de la UNE-EN 933-2 será menor que los dos tercios (2/3) del cernido por el tamiz 0,250 mm de la UNE-EN 933-2.

o Índice de lajas: UNE-EN 933-3. Debe ser inferior a 35.

o Resistencia a la fragmentación (Desgaste de los Ángeles): UNE EN 1097-2. No deberá ser superior a 35.

o Índice CBR: UNE EN 103502. El índice CBR debe ser superior a 70 para un 95% de compactación, superior a 100 para un 98% de compactación y superior a 150 para el 100% de compactación

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o Plasticidad: UNE 103103:93 y UNE 103103:94. El límite líquido debe ser inferior a 35. El índice de plasticidad será inferior a 6.

o El equivalente de arena será superior a 30.

o Densidad: la densidad seca máxima obtenida en el ensayo de compactación modificado será mayor a 2,1 g./cm.3

o Materia orgánica igual a 0

Cuando sea solicitado por TRAGSA, el contratista aportará la documentación acreditativa de marcado CE de los áridos para el caso de las zahorras ZA 0/20 y ZA 0/32: conforme a la norma UNE-EN 13242:2003+A1:2008, aceptándose únicamente el sistema de certificación 2+, que incluirá:

o Certificado de Conformidad del Control de producción en Fábrica (emitido por Organismo de Inspección Notificado)

o Declaración de Prestaciones (emitida por el propio fabricante)

o Etiquetado CE: que deberá acompañar al producto de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 de RPC (UE) Nº 305/2011

OTRAS CONDICIONES

Todo el material que se detecte en obra que presente productos distintos al propio árido (restos de asfaltos, cerámicos, gomas, maderas, hierros, plásticos, etc.) serán inmediatamente rechazados y devueltos al proveedor, corriendo éste último con todos los gastos que ello conlleve (carga, transporte, etc.).

El cumplimiento de estas características del material suministrado se comprobará durante el suministro mediante ensayos de granulometría (UNE-EN 933-1).

Si de los análisis que TRAGSA pudiera realizar al material se detectara que aquél no cumple con alguno de los requisitos que se recogen en el presente documento o en la legislación de aplicación, la adjudicataria deberá proceder a retirar el mismo corriendo con todos los gastos que el no cumplimiento hubiera generado.

2.3. CONDICIONES DE SUMINISTRO

El suministro en obra se desarrollará según las características técnicas incluidas en este Pliego y bajo las siguientes condiciones:

 El suministro se realizará por pedidos parciales según las necesidades de obra en volúmenes iguales o superiores a 700 tm diarias, para lo que deberán disponer de los camiones necesarios.

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 Antes del inicio de cada suministro, TRAGSA se pondrá en contacto con la empresa adjudicataria mediante correo electrónico con una antelación mínima de 48 horas hábiles indicando cantidad y lugar exacto para realizar el suministro.

 Las zonas de suministro se localizan en términos municipales de la provincia de GUADALAJARA, según necesidades.

 Las empresas ofertantes deberán ofertar teniendo en cuenta el tipo de transporte (camión bañera, camión tres ejes, etc.) que más se adapta a las características de los caminos dónde se ha de llevar el material, ya que la descarga de este se hará a lo largo de los caminos, en el lugar indicado por el personal de Tragsa encargado de la recepción del material.

 La descarga del material se hará en el lugar indicado por el responsable de TRAGSA de la recepción del material.

 En todos los transportes se cumplirá el código de circulación vigente.

 TRAGSA se reserva el derecho de realizar pesadas a los camiones de transporte que considere oportunos como forma de verificación del buen funcionamiento de la báscula de la planta. El itinerario al punto de control será a cargo de la empresa adjudicataria.

 A la recepción del suministro se realizará verificación del material, el cual deberá corresponderse en una revisión a simple vista con elementos limpios, sólidos y resistentes, de uniformidad razonable y con ausencia de terrones, materia orgánica, arcillas u otros defectos que puedan comprometer la durabilidad posterior de la base.

 TRAGSA se reserva el derecho de devolución del material granular suministrado antes de su descarga, tras la preceptiva inspección visual del material, sin que el adjudicatario pueda exigir por ello coste alguno.

 TRAGSA podrá realizar cuantas visitas/inspecciones estime necesarias a la cantera de la que proviene el árido suministrado y una vez allí podrá acceder a todas las instalaciones y tomar cuantas muestras sean necesarias para corroborar el cumplimiento de lo exigido en este Pliego. La adjudicataria no podrá negarse a ello o será motivo de resolución del contrato.

EQUIPO TÉCNICO / MANO DE OBRA

Todo el personal que vaya a participar en la ejecución del objeto del presente Pliego deberá tener la cualificación y calificación profesional adecuada al suministro, siendo responsable directo el ADJUDICATARIO de velar y hacer cumplir dicho precepto.

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Todo el personal puesto en obra deberá acatar las normas que sobre prevención de Riesgos Laborales estén impuestas y especialmente las reflejadas en el Plan de Seguridad y Salud.

MAQUINARIA Y MEDIOS AUXILIARES

El adjudicatario deberá comprometerse a los siguientes puntos:

a) Como único responsable de los Residuos Peligrosos generados por el mantenimiento de su maquinaria, podrá demostrar la adecuada gestión de los mismos conforme a los requisitos legales establecidos en cada momento.

b) A que los diversos componentes que puedan configurar la maquinaria y los equipos cumplan con todos los requisitos exigidos por la legislación medioambiental aplicable, ya sean administrativos, técnicos o de seguridad, y en especial los relativos a emisión de ruidos, gases u otros productos nocivos o perjudiciales para el medio ambiente.

c) A que la maquinaria y equipos supere favorablemente en tiempo y forma los controles y revisiones administrativos preceptivos y exigibles que sean de aplicación, y aquellos otros requisitos que pueda exigir TRAGSA para el buen fin del contrato.

d) A que la maquinaria y equipos cumpla como mínimo con los planes de mantenimiento y conservación indicados en la documentación correspondiente a dicha maquinaria y equipos, y con las indicaciones adicionales a la misma que verbalmente realicen a tal fin el fabricante, distribuidor o concesionario del servicio técnico. En este sentido, el suministro a realizar por el adjudicatario se llevará a cabo sin poner en peligro la salud humana y sin utilizar procedimientos o métodos que puedan perjudicar el medio ambiente y, en particular sin crear riesgos para el agua, el aire, el suelo o subsuelo, conservando en perfecto estado el entorno en el que se realicen.

e) Que la maquinaria disponga de toda la documentación reglada y en vigor (certificados FOPS, ROPS, etc. según máquina y seguros). Dicha acreditación deberá ser facilitada a TRAGSA cuando así lo requiera ésta.

f) Con el objeto de amparar la actividad circulatoria en el ámbito de las obras o trabajos, el ADJUDICATARIO se obliga a que todos los vehículos y maquinaria que utilice en la obra o trabajos, en su caso, bien de su propiedad o cedido su uso bajo cualquier concepto, estén provistos de los oportunos permisos, Licencias y Seguros de Circulación: (seguro obligatorio y voluntario de responsabilidad civil ilimitada), presentando, así como en los casos anteriores, las pólizas de seguro correspondiente y los recibos acreditativos de pago.

g) Asimismo, el ADJUDICATARIO se compromete formalmente, a reembolsar a TRAGSA las indemnizaciones económicas a que hubiera lugar si, por cualquier circunstancia, ésta las hubiese abonado, judicial o extrajudicialmente, directamente al perjudicado, así como en el caso de sanciones

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administrativas imputables al ADJUDICATARIO que se le hubieran podido imponer, aceptando la retención por parte de TRAGSA del importe de cuantas facturas, fianzas o garantías hubiera pendientes, para hacer frente a tal efecto.

MATERIALES

a) El adjudicatario proporcionará a TRAGSA los Certificados de Calidad que deba tener el material suministrado y utilizado, así como toda la documentación que acredite el cumplimiento de las medidas de aseguramiento de la calidad de los productos suministrados y de los controles a los que se han sometido.

b) El adjudicatario será responsable del transporte, de la carga y de la descarga de los materiales que deberá realizar en el lugar señalado por TRAGSA para su acopio, y en las condiciones pertinentes que, en todo caso, deberán asegurar su correcto almacenamiento permitiendo, en su caso, la identificación de las distintas partidas de que se componga el suministro.

3. OBLIGACIONES EN MATERIA DE SEGURIDAD LABORAL

Los materiales y equipos a utilizar en los trabajos se ajustarán a las instrucciones y normas promulgadas por TRAGSA que versen sobre condiciones generales y homologación de materiales, sin perjuicio de las específicas que el presente Pliego pueda establecer.

Las medidas de seguridad colectivas serán instaladas y mantenidas por la empresa TRAGSA, debiendo el ADJUDICATARIO, hacer buen uso de las mismas y respetar las normas y limitaciones establecidas por la normativa vigente y todas aquellas establecidas por TRAGSA que serán en todo caso más restrictivas.

Los equipos de protección individual serán suministrados a sus trabajadores por cuenta del ADJUDICATARIO, debiendo mantenerse en perfectas condiciones de forma permanente y sustituirse en caso de deterioro o rotura.

Durante la ejecución del presente contrato, se observarán las disposiciones mínimas de seguridad y salud recogidas en el Anexo IV del R.D. 1627/1997 de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. Asimismo, se observarán las Guías Técnicas elaboradas por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo en relación para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a las obras de construcción.

El ADJUDICATARIO nombrará a un coordinador en materia de seguridad y salud para la supervisión de las medidas tomadas en relación con los trabajos objetos del Contrato. Esta persona estará en permanente contacto con el Coordinador en materia de seguridad y salud de TRAGSA para su perfecta sincronización.

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4. CONDICIONES MEDIOAMBIENTALES

El ADJUDICATARIO deberá cumplir con todos los requisitos exigidos por la legislación medioambiental aplicables durante la duración del suministro, así como con la normativa interna de TRAGSA en materia de medioambiente. TRAGSA comunicará al adjudicatario los requisitos medioambientales a respetar en las instalaciones de TRAGSA mientras dure la relación contractual.

El adjudicatario y el personal de él dependiente por virtud de cualquier vínculo jurídico, desarrollaran la actividad objeto del contrato con estricto respeto y cumplimiento de la normativa medioambiental vigente en cada momento, y en particular reducirán a lo estrictamente necesario imprescindible y autorizado por dicha normativa el consumo de materias primas que comprometan la sostenibilidad de los ecosistemas naturales de los cuales se obtienen.

5. DOCUMENTACIÓN A INCLUIR EN EL SOBRE “C” DE LA OFERTA No aplica

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