• No se han encontrado resultados

TRABAJO FINAL DE LICENCIATURA

N/A
N/A
Protected

Academic year: 2021

Share "TRABAJO FINAL DE LICENCIATURA"

Copied!
5
0
0

Texto completo

(1)

 

PROPUESTA PARA LA ORGANIZACIÓN DEL

TRABAJO FINAL DE LICENCIATURA

I Objetivos

El Trabajo Final de Licenciatura (TFL) tendrá por objeto mostrar la capacitación del alumno para desempeñarse exitosamente en algunas actividades geológicas profesionales.

El trabajo es individual, deberá ser creativo y original y constará de tareas de campo, complementándose con tareas de gabinete. El alumno deberá demostrar su capacidad para conducir un estudio geológico de un área, incluyendo mapas, perfiles, secciones estructurales, análisis de secciones delgadas, fósiles y todo otro análisis necesario para

desarrollar la hipótesis planteada en el plan de trabajo.

II Organización de la Comisión de trabajo final de licenciatura Se propone crear una comisión de trabajo final de licenciatura. La

misma se hallará integrada por 5 miembros, los cuales representan cada una de las áreas del Departamento de Geología. La elección de los

miembros de dicha comisión se realizará por votación simple dentro de cada área y tendrán un mandato de dos años, pudiendo ser reelectos en forma alternada. Cada miembro tendrá un suplente. La comisión será libre de fijar su funcionamiento, pero a los efectos de acelerar su funcionamiento se propone la existencia de un coordinador que

distribuya las tareas. La firma de la mitad mas uno de los integrantes dará por convalidada sus resoluciones, las cuales serán comunicadas a la secretaría del Departamento.

Funciones

La comisión llevará un registro de los alumnos que se postulan para realizar el TFL, así como dispondrá de una lista de los directores de trabajo y de los temas que los mismos estén dispuestos a desarrollar. Todos los años, durante la primera semana del mes de marzo la comisión exhibirá la lista de alumnos postulantes y de docentes directores/codirectores y los temas que los mismos desarrollarán.

Además analizará y resolverá aprobar o no mediante dictamen fundado la pertinencia del tema del plan de trabajo, el director y codirector del TFL propuestos.

En los casos en que los antecedentes del director o codirector propuesto no fuesen suficientes para desarrollar un tema, la comisión TFL

procederá, luego de las consultas pertinentes, a solicitar al alumno postulante y al director propuesto, que seleccionen un codirector con antecedentes en dicho tema. Ello entre diversas alternativas que la

(2)

 

comisión TFL puede sugerir, siempre en forma fundamentada, incluyendo un cambio de director o de tema.

Es función de la comisión coordinar entre los directores de TFL y el Departamento de Geología la forma de financiación de los trabajos finales.

La comisión llevará un registro de los avances en el plan de trabajo que deberá elevar el director y el alumno. Dependiendo del avance o no en el plan de trabajo la comisión podrá interpelar al alumno y/o director a los efectos de subsanar los inconvenientes observados, pudiendo sugerir cambios de director o de plan de trabajo.

En casos de viajes para el TFL que no figuren en el cronograma

originalmente propuesto en el plan de trabajo o que se realicen dentro del período de clases, interfiriendo con las cursadas del alumno, el director de trabajo elevará a la comisión una nota fundamentada explicando la necesidad de dicho viaje/s.

Es deber de la comisión informar a los docentes responsables de las asignaturas del plan preferencial de la licenciatura con las cuales se produzca la superposición. Coordinará con ellos y con el alumno la forma en que el mismo recuperará el tiempo destinado al viaje del TFL. Recibida la información sobre conclusión el TFL la comisión procederá a designar a tres profesores del Departamento de Geología, los que integrarán una mesa examinadora que tendrá a su cargo la evaluación del mismo.

III Director y codirector de trabajo final de licenciatura

El director deberá ser un profesor y/o docente auxiliar doctorado del Departamento de Geología y podrá nombrar un codirector cuando el tipo de trabajo a realizar así lo justificase. Están en condiciones de ser

codirectores del trabajo otros profesores/docentes auxiliares doctorados u otros especialistas externos al Departamento con destacados

antecedentes en el tema.

A los efectos que exista una amplia gama de temas de investigación, cada cátedra deberá aportar al menos un director de TFL, el cual podrá dirigir como máximo 5 alumnos, salvo que mediante nota fundamentada acepte mayor cantidad.

Los profesores y/o docentes auxiliares doctorados interesados en dirigir/codirigir TFL elevarán una solicitud y su Curriculum Vitae actualizado a la comisión, indicando explícitamente su voluntad de desempeñarse como directores o codirectores, además de los temas interesado en desarrollar.

A los directores/codirectores no se les impondrán los postulantes. Cada alumno es libre de elegir entre la nómina de docentes que están

(3)

 

dispuestos a ser directores de TFL, teniendo los docentes la posibilidad de elegir entre los alumnos postulantes. En el caso que existan alumnos postulantes o directores vacantes, la comisión, previa consulta con ambas partes, asignará el alumno postulante a un director,

procediéndose como se indica en el punto IV.

IV Inscripción para el trabajo final de licenciatura

El alumno, con anuencia de un docente doctorado, durante el transcurso del cuarto año del plan de estudios de la Licenciatura en Geología,

propondrá a la comisión TFL un plan de trabajo. El mismo seguirá un modelo general que incluya el tema, plan de trabajo, cronograma tentativo, director y codirector, en caso de ser necesario. Se incluirán las razones que fundamentan la elección del director y codirector del TFL, así como un detalle de gastos a realizar.

La comisión, con la evaluación de los antecedentes del director y codirector y del plan de trabajo elevará al alumno y al

director/codirector un dictamen fundamentado que apruebe o

desapruebe el plan de trabajo. Se expedirá en un plazo no mayor de treinta días corridos de presentada la solicitud y procederá a designar al director y codirector del TFL.

Es responsabilidad del director propuesto verificar que el alumno haya cursado todas las materias de tercer año de la carrera previo a la presentación del plan de trabajo indicado arriba.

V Financiación del trabajo final de licenciatura

La financiación del TFL se realizará de la siguiente manera. Un 80% lo aportará el Departamento de Geología y el 20 % restante el

director/codirector.

Cuando se realiza la inscripción indicada en el punto IV se presentará un esquema de viajes y un presupuesto debidamente fundamentado. Este presupuesto se referirá a lo planificado para el primer año del TFL, renovándose al año siguiente.

Los fondos que aportará el Departamento de Geología no provendrán de los viáticos de los docentes, salvo acuerdo explícito del mismo. Las rendiciones de uso de estos fondos se realizarán mediante

comprobantes y cuando ellos no están disponibles (compras un puestos, comisiones de fomento o falta de inscripción en AFIP) mediante

declaración jurada del director y del alumno que realiza el TFL.

En todos los casos la FUNS será la encargada del contralor de los fondos aportados por el Departamento de Geología. La comisión TFL, en

(4)

 

dichos fondos, así como de establecer un cronograma para la rendición de los mismos.

VI Organización y desarrollo del trabajo final de licenciatura Una vez recibido la notificación de aprobación del plan de trabajo, del presupuesto y del director/codirector propuestos por el alumno, el director de trabajo en coordinación con la comisión TFL y de acuerdo con el cronograma aprobado, solicitará la liberación de los fondos aportados por el Departamento de Geología.

De acuerdo al plan de trabajo y al cronograma el alumno iniciará las labores pertinentes, asistido permanentemente por el

director/codirector. En acuerdo con el profesor, el alumno podrá utilizar las oficinas/equipamiento de la cátedra donde el director/codirector realizan sus funciones. Ello no habilita a la cátedra a solicitar más espacio físico o equipamiento.

La duración del TFL se extiende como máximo por dos años, es decir cuarto y quinto año de la carrera de la Licenciatura en Geología.

Durante este lapso el alumno no recibirá prerrogativas de otras cátedras y deberá cumplir con las obligaciones que resulten del cursado normal de la carrera. Durante el TFL el director/codirector de TFL no impondrá horarios al alumno, pero llevará un registro de los avances en el plan de trabajo que deberá elevar a la comisión de acuerdo al cronograma que ella instituya.

El alumno, en caso de discrepar con el curso que el director impone a su trabajo, podrá elevar una nota a la comisión solicitando cambio de

director. La misma, previa consulta de partes, resolverá en un plazo máximo de 30 días corridos. La misma prerrogativa asiste al

director/codirector del TFL.

Las tareas de campo no podrán ser menores a los 10 días ni mayores a 30 días y serán obligatorias tanto para el alumno como para el

director/codirector.

Durante el segundo cuatrimestre de quinto año, el alumno fijará un horario que no supere las 8 horas semanales dedicadas a tareas

relacionadas con el TFL y que desarrollará, en lo posible, en las oficinas de la cátedra donde cumple funciones el director/codirector.

De todas maneras el alumno deberá cumplir con las obligaciones que resulten del cursado normal de las otras dos asignaturas del segundo cuatrimestre de quinto año.

En casos de viajes del TFL que no figuren en el cronograma original y que se realicen dentro del período de clases, interfiriendo con las cursadas del alumno, el director notificará fundamentadamente la necesidad de dicho viaje/s a la comisión.

(5)

 

VII Evaluación del trabajo final de licenciatura

Terminado el TFL el alumno presentará tres copias del trabajo a la

comisión, acompañado por una nota de elevación del director/codirector. La comisión formará una mesa examinadora integrada por tres

profesores de este Departamento que entiendan en el tema de trabajo. La mesa examinará el trabajo en un lapso no superior a los 30 días corridos y tras efectuar las sugerencias pertinentes de modificación y/o corrección fijará la fecha en que el alumno realizará la exposición oral del trabajo.

El director/codirector del TFL no podrán integrar la mesa examinadora pero sí podrá asesorar a la misma en todo lo referente al trabajo y a las correcciones y/o modificaciones que hubieren.

El alumno no podrá exponer su TFL si antes no realizó las modificaciones y/o correcciones sugeridas por el Director y mesa examinadora, y

obtenida por parte de ésta su aprobación.

En caso de desacuerdo entre el alumno y su director/codirector por un lado y alguno de los jurados por otro con relación a las modificaciones sugeridas, el alumno deberá fundamentar debidamente sus argumentos. La Comisión de Licenciatura no recibirá ningún TFL si éste no es

acompañado por todo el material científico utilizado para su elaboración, el cual pasará a integrar, previo inventario, las colecciones de este

Departamento. Se exceptúa de esta disposición aquellos trabajos que hayan sido financiados íntegramente por otra Institución y ésta exigiera el material científico.

Uno de los ejemplares del TFL corregido y aprobado será entregado a la biblioteca de la Universidad el día de la exposición.

Si a raíz del tratamiento del TFL, surgieran discrepancias entre los integrantes de la mesa examinadora de forma tal que les impidieran finalizar su cometido dentro de los 30 días corridos de haberse recibido para su consideración, la Comisión podrá proceder a la designación de otra mesa examinadora que deberá realizar su tareas en un plazo de 15 días corridos.

Una vez aprobada el TFL se realizará la exposición pública. La misma merecerá la calificación de "Aceptado" o "No aceptado". Los que no fueran aceptados podrán realizar una nueva exposición ante la mesa examinadora transcurrido un lapso no inferior a treinta días corridos y que no exceda de un año. Si por segunda vez no fuese aceptado, o habiéndose excedido el plazo antes fijado para su presentación, el alumno desarrollará un nuevo tema.

En todo caso se confeccionará un acta, firmada por los integrantes de la mesa examinadora, donde se puntualice lo arriba indicado.

Referencias

Documento similar