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NTE INEN 1608 Primera revisión

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Academic year: 2021

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Quito – Ecuador

NORMA

TÉCNICA

ECUATORIANA

NTE INEN 1608

Primera revisión

2014-10

URBANIZACIÓN. DIMENSIONES MÍNIMAS DE ÁREAS ÚTILES DE

TERRENO

URBANIZATION. MINIMUN DIMENSIONS OF SURFACE HELPFUL OF LAND

DESCRIPTORES: Urbanización, dimensiones, áreas útiles, terreno ICS: 91.020

3 Páginas

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2014-4002 1 de 3 Norma Técnica Ecuatoriana Voluntaria URBANIZACIÓN

DIMENSIONES MINIMAS DE ÁREAS ÚTILES DE TERRENO

NTE INEN 1608:2014 Primera revisión

2014-10

1. OBJETO

Esta norma establece las dimensiones mínimas que deben tener las áreas útiles de terreno en los proyectos de urbanización.

2 . C AM PO D E APL I C AC I Ó N

Esta norma comprende en especial las urbanizaciones diseñadas, autorizadas ejecutadas mediante el fraccionamiento del terreno, en lotes de propiedad privada individual, unifamiliar o bifamiliar.

Esta norma no comprende los proyectos urbanísticos diseñados y ejecutados como condominio o en propiedad horizontal, que se regirán por la ley y los reglamentos correspondientes.

3. DIMENSIONES 3.1 Dimensiones de lotes

3.1.1 El área mínima admisible para un lote individual destinado a la vivienda será de 100 m2. Sin embargo, para proyectos que no cuenten con factibilidad de alcantarillado sanitario, dependiendo de las pendientes del terreno, podrán tener las siguientes extensiones:

- Hasta 15% de pendiente se permitirá lote mínimo de 140 m2 - Hasta el 20% de pendiente se permitirá lote mínimo de 200 m2. - Hasta el 25% de pendiente se permitirá lote mínimo de 400 m2. - Hasta el 30% de pendiente se permitirá lote mínimo de 800 m2.

3.1.2 Con el área mínima de 100 m2, el frente mínimo admisible para un lote individual destinado a vivienda será de 6 m.

3.1.3 Con el área mínima de 100 m2, el fondo mínimo admisible para un lote individual destinado a vivienda será de 15 m.

3.1.4 En casos especiales de integración de parcelas existentes, relotización o reforma de lotizaciones existentes o lotización de terrenos de forma irregular, se permitirá una tolerancia del 5% en el área mínima y del 10%en el frente y el fondo mínimo de los lotes.

3.1.5 En proyectos especiales tales como: viviendas de interés social, legalizaciones de territorios informales, entre otros, que sean impulsados y/o aprobados por los organismos competentes, estas dimensiones podrá modificarse.

3.2 Dimensiones de manzanas

3.2.1 Independientemente del área y del número de los lotes incluidos, una manzana de terreno deberá tener un área mínima de 1500 m2.

3.2.2 Con el área mínima de 1500 m2, las manzanas de terreno deben tener en lo posible forma rectangular y su dimensión mínima debe ser de 30 m, en sentido longitudinal. Estas dimensiones estarán sujetas a los Planes de Ordenamiento territorial que posea cada autoridad municipal.

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NTE INEN 1608 2014-10

3.2.3 En casos especiales de integración de parcelas existentes, relotización o ref orma de lotizaciones existentes o lotización de terrenos de forma irregular, se permitirá una tolerancia de hasta el 10% en las dimensiones mínimas de la manzana.

3.3 Dimensiones de áreas de uso comunal

3.3.1 Independientemente de la superficie que tengan los espacios verdes y áreas de uso comunal, las áreas destinadas a recreación y esparcimiento deberán ser consolidadas con un lado mínimo de 15 metros.

3.4 Casos de excepción

3.4.1 Los valores establecidos en esta norma pueden ser modificados únicamente por acuerdo entre la autoridad municipal y las instituciones oficiales del Estado que realizan obras de vivienda de interés social.

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NTE INEN 1608 2014-10

2014-4002 3 de 3

APÉNDICE Z BIBLIOGRAFÍA

Normas mínimas de urbanización y servicios públicos. Servicio Interamericano de información sobre

desarrollo urbano SINDU. Bogotá, 1974.

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INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA

Documento: NTE INEN 1608 Primera revisión

TITULO: URBANIZACIÓN. DIMENSIONES MINIMAS DE ÁREAS UTILES DE TERRENO

Código ICS: 91.020

ORIGINAL:

Fecha de iniciación del estudio:

REVISIÓN:

Fecha de aprobación del Consejo Directivo 1988-05-12 Oficialización con el Carácter de Obligatoria

Por Acuerdo Ministerial No. 266 de 1988-06-15 publicado en el Registro Oficial No. 969 de 1988-07-01 Fecha de iniciación del estudio: 2014-04-22

Fechas de consulta pública: de 2014-05-07 a 2014-05-20

Subcomité Técnico: Edificaciones y Obras de Ingeniería Civil. Urbanismo

Fecha de iniciación: 2014-07-31 Fecha de aprobación: 2014-08-07 Integrantes del Subcomité Técnico:

NOMBRES:

Arq. Jorge Castillo (Presidente) Arq. Daniela Cifuentes

Sr. Jaime Rumbea Ing. Javier Concha Abg. Robin Gallardo Arq. Gabriela Jiménez

Ing. Katherine Ramón (Secretario Técnico)

INSTITUCIÓN REPRESENTADA:

MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA (MIDUVI)

CÁMARA DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN, CAMICON

ASOCIACIÓN DE PROMOTORES INMOBILIARIOS DEL ECUADOR, APIVE ASOCIACIÓN DE PROMOTORES INMOBILIARIOS DEL ECUADOR, APIVE CENTRO DE INVESTIGACIONES URBANAS PARA EL DESARROLLO, CIUDE

SERVICIO DE GESTIÓN INMOBILIAR DEL SECTOR PÚBLICO, INMOBILIAR

SERVICIO ECUATORIANO DE

NORMALIZACIÓN, INEN

Otros trámites: Esta NTE INEN 1608:2014 (Primera revisión), reemplaza a la NTE INEN 1608:1988 La Subsecretaría de la Calidad del Ministerio de Industrias y Productividad aprobó este proyecto de norma

Oficializada como: Voluntaria Por Resolución No. 14446 de 2014-09-25 Registro Oficial No. 364 de 2014-10-29

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Dirección Ejecutiva: E-Mail: [email protected] Dirección de Normalización: E-Mail: [email protected]

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Referencias

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