REGIMEN
TRIBUTARIO
SIMPLIFICADO
REGIMEN
REGIMEN
TRIBUTARIO
TRIBUTARIO
SIMPLIFICADO
SIMPLIFICADO
Todas las personas que realicen con carácter habitual actividades de : • Artesanos • Comerciantes minoristas • Vivanderos. ¿QUIENES PAGAN? ¿QUIENES PAGAN?
COMERCIANTE MINORISTA:
Las Personas que desarrollan actividades de compra venta de mercaderías o prestación de servicios en mercados públicos, ferias, kioscos, pequeñas tiendas y puestos ubicados en vía pública.
VIVANDEROS:
Las personas que expenden comida, bebida y alimentos en kioscos y pequeños locales.
ARTESANOS:
Las personas que ejercen un arte u oficio manual, trabajando por cuenta propia en sus talleres o a domicilio.
¿QUIENES PERTENECEN?
Para que un comerciante minorista, vivandero o artesano sea considerado perteneciente al RTS deberá considerarse los siguientes aspectos
• CAPITAL
• PRECIO UNITARIO DE VENTA DEL PRODUCTO • TOTAL DE INGRESOS ANULAES
¿ASPECTOS COMPLEMENTARIOS?
12.001 12.001 –– 15.00015.000 18.701 18.701 –– 23.50023.500 15.001 15.001 –– 18.70018.700
CATEGORIAS
23.501 23.501 –– 29.50029.500 29.501 29.501 –– 37.00037.000 CAPITAL CAPITAL 1 1 3 3 2 2 4 4 5 5VIVANDEROS / COMERCIANTES MINORISTAS: a) Capital no mayor a Bs 37.000
b) Para el Capital se tomará los valores de mercaderías a ser comercializadas, bebidas alcohólicas, refrescantes, materiales e insumos.
c) Ventas anuales no superiores a Bs 136.000
d) Precio Unitarios de las mercaderías y/o servicios no más de Bs 148 ni Bs 480 respectivamente.
ARTESANOS:
a) Capital no mayor a Bs 37.000
b) Capital considerando Muebles y Enseres, herramientas y pequeñas máquinas, materiales, productos en procesos de elaboración y productos terminados.
c) Ventas anuales no superiores a Bs 136.000. d) Precio unitarios Bs 640.
¿PRINCIPALES CARACTERISTICAS?
a) Comerciantes de aparatos electrónicos y electrodomésticos. (*)
b) Personas inscritas en el ICE (Impuesto a los Consumos Específicos). (*)
c) Inscritos en el STI (Sistema Tributario Integrado) y RAU (Régimen Agropecuario Unificado). (*)
d) Los comisionistas. (*)
e) Quienes tengan un capital superior a Bs 37.000. (*)
f) Quienes tengan ventas anuales a Bs 136.000. (*)
g) Quienes tengan un capital inferior a Bs 12.001 y cumplan los requisitos anteriores.
(*) DEBEN INSCRIBIRSE AL REGIMEN GENERAL
¿QUIENES NO PERTENECEN AL RTS?
Para inscribirse deben dirigirse a las oficias de la Gerencia Distrital de su jurisdicción y solicitar:
Para inscribirse deben dirigirse a las oficias de la Gerencia Distrital de su jurisdicción y solicitar:
¿REQUISITOS PARA OBTENER EL NIT?
¿REQUISITOS PARA OBTENER EL NIT?
1.- Formulario 4592-2 Régimen Tributario Simplificado (RTS) , debe ser llenado, firmado y entregado en las oficinas del SIN, adjuntando:
2.- Documento de Identificación del titular (original y fotocopia).
3.- Factura (prefactura) de luz, que acredite el domicilio fiscal.
4.- Factura (prefactura) de luz, que acredite el domicilio habitual.
Colocar una X
Datos de Identificación
Datos de Identificación
Colocar una X en el tipo de documento que
presenta “X” LLENADO DEL FORMULARIO DE
EMPADRONAMIENTO
LLENADO DEL FORMULARIO DE EMPADRONAMIENTO
Colocar los datos de ubicación del domicilio donde desarrolla su actividad
DOMICILIO FISCAL
Colocar los datos de ubicación del domicilio habitual (donde usted reside)
DOMICILIO HABITUAL
Colocar el valor máximo de venta de sus productos, capital y
monto de ventas anuales
Colocar la actividad
Colocar datos finales
DATOS ECONOMICOS Y FIRMA
GERENCIA DISTRITAL
GERENCIA DISTRITAL GERENCIA DISTRITALGERENCIA DISTRITAL
CONTRIBUYENTE
CONTRIBUYENTE
ImpresiImpresióón y n y
entrega del NIT
entrega del NIT
CorrecciCorreccióón.n. Nueva Nueva Presentaci Presentacióón.n.
VerificaciVerificacióón Preliminar del n Preliminar del llenado de los Formularios de
llenado de los Formularios de
4592, + documentaci
4592, + documentacióón n respaldatoria
respaldatoria.(CI, Factura de .(CI, Factura de Luz domicilio fiscal y habitual.)
Luz domicilio fiscal y habitual.)
Presenta su sobre de Presenta su sobre de
empadronamiento empadronamiento (Formulario + (Formulario + Documentaci Documentacióón n Respaldatoria Respaldatoria)) CONTRIBUYENTE CONTRIBUYENTE
HASTA EL 30 DE NOVIEMBRE
FECHAS DE EMPADRONAMIENTO
FECHAS DE EMPADRONAMIENTO
EMPADRONAMIENTO
12.001 12.001 –– 15.00015.000 18.701 18.701 –– 23.50023.500 15.001 15.001 –– 18.70018.700
CATEGORIAS
23.501 23.501 –– 29.50029.500 29.501 29.501 –– 37.00037.000 CAPITAL CAPITAL 47 47 147 147 90 90 158 158 200 200 MONTO MONTO 1 1 3 3 2 2 4 4 5 5 CUANTO PAGO CUANTO PAGOSe cancela mediante el formulario 6135, en una de sus 5 categorías de acuerdo al capital, en forma bimestral hasta el 10 del mes siguiente del bimestre vencido.
Enero y Febrero hasta el 10 marzo Marzo y Abril hasta el 10 de mayo Mayo y Junio hasta el 10 de julio
Julio y Agosto hasta el 10 de septiembre Septiembre y Octubre hasta el 10 de noviembre Noviembre y Diciembre hasta el 10 de enero
Nota:
-Si el contribuyente se inscribe en mes par, el pago de sus obligaciones es a partir del
siguiente periodo.
- Si la fecha de vencimiento fuera un día inhábil, el vencimiento se trasladará al primer día
hábil.
FORMA DE PAGO
COLOCAR NIT COLOCAR EL BIMESTRE (02/2005) IMPORTE DE LA DEUDA FIRMA DEL CONTRIBUYENTE ACLARACION DE LA FIRMA LUGAR Y FECHA DE PAGO EJ: CATEGORIA 5 IMPORTE BS 200 ¿COMO PAGO? ¿COMO PAGO?
El form. 6135 se presenta y paga en cualquier entidad financiera legalmente autorizada, de acuerdo al siguiente detalle:
1.- Banco Nacional de Bolivia 2.- Banco Unión
3.- Banco Mercantil 4.- Banco Solidario 5.- Banco BISA
6.- Banco Santa Cruz 7.- Banco Los Andes 8.- Mutual Guapay
9.- Fondo Financiero Privado – PRODEM
10.- Fondo Financiero Privado – FORTALEZA
11.- Fondo Financiero Privado - FIE
¿DONDE SE PAGA?
OPCIÓN:
Si el RTS no se adecua a la realidad económica del contribuyente, se puede optar por el R.G. como sujetos pasivos del IVA, IUE e IT
CAMBIO DE CATEGORIA:
Cuando varía el monto de capital, y corresponde a otra categoría, el sujeto pasivo debe presentar la modificatoria al finalizar el año fiscal.
ASPECTOS GENERALES
Inscripción al
NIT
Inscripci
Inscripci
ó
ó
n al
n al
NIT
NIT
Clausura del local Clausura del local Clausura del local
Multa de 2.500 UFV Multa de Multa de 2.500 UFV 2.500 UFV
Tenencia de facturas, notas fiscales o documentos equivalentes proporcionados por proveedores
Tenencia de facturas, notas fiscales o documentos equivalentes proporcionados por proveedores
Multa de
50 UFV
Multa de
Multa de
50 UFV
50 UFV
Exhibición del certificado de inscripción al NIT
Exhibición del certificado de inscripción al NIT
Boleta de pago (último bimestre)
Boleta de pago (último bimestre)
SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE DEBERES FORMALES
SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE DEBERES FORMALES
Aquel contribuyente que NO CONTINUARA con sus actividades debe solicitar pasar a la categoría de INACTIVO, presentando en las oficinas donde obtuvo su NIT:
Aquel contribuyente que NO CONTINUARA con sus actividades debe solicitar pasar a la categoría de INACTIVO, presentando en las oficinas donde obtuvo su NIT: CONTRIBUYENTE INACTIVO CONTRIBUYENTE INACTIVO 1.- Formulario 4596-1 Régimen Tributario Simplificado (RTS) , debidamente llenado y firmado. 2.- Documento de Identificación del titular (solo para exhibirlo).