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811 SESION ORDINARIA JUEVES 06 MARZO 2014

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811 SESION ORDINARIA JUEVES 06 MARZO 2014

En las Condes, a 06 Marzo de 2014, siendo las 16:00 horas, en nombre de Dios, se da inicio a la Sesión Ordinaria Nº 811 del Concejo Municipal de Las Condes, siendo presidida por el Alcalde, señor Francisco de la Maza Chadwick, con la concurrencia de los Concejales, señores Carlos Larrain Hurtado, María Carolina Cotapos Mardones, Regina Aste Hevia, Tomás Fuentes Barros, Christian Velasco Vignola, Martita Fresno Mackenna, David Jankelevich Waisbein y Felipe de Pujadas Abadie. La Concejal Cecilia Serrano Gildemeister justificó su inasistencia con certificado médico. Siendo su Secretario, Jorge Vergara Gómez, Secretario Municipal.

Asisten los siguientes funcionarios municipales, señores: Omar Saffie, Administrador Municipal; Juan Ignacio Jaramillo, Director de Operaciones; Álvaro Fuentes, Secretario de Planificación Comunal; Patricio Navarrete, Director Jurídico; Eduardo López, Contralor Municipal; Irma González, Directora de Administración y Finanzas; Carlos Alarcón, Director de Desarrollo Comunitario; Oscar Arévalo, Director de Tránsito; Ricardo Scaff, Director de Aseo y Ornato; Rocío Crisosto, Directora de Obras; Daniel Marraccini, Secretario General de la Corporación de Educación y Salud; Alejandra Pérez, Directora de Educación; Edna Pizarro, Directora de Salud; Lorena Naves, Jefe de Gabinete; Carmen Gloria Oisel, Jefe del Departamento de Parques y Jardines; Ramón Santos, Jefe del Departamento de Patentes Municipales; Claudio Jayo, Jefe de Operaciones del Departamento de Seguridad Ciudadana; Ramón Medel, Jefe del Departamento de Seguridad Ciudadana; Carlos Vásquez, Jefe del Departamento de Deportes, Eventos y Recreación (S); Norberto Pavez, Jefe del Departamento de Inspección General; Doris Rojas, Jefe del Departamento de Recursos Humanos y Personal; María Inés Ruiz, Periodista; Cristián Álvarez, Jefe del Departamento de Relaciones Públicas y Andrea Godoy, Secretaria Ejecutiva del Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil.

TOMA DE JURAMENTO AL NUEVO CONCEJAL SEÑOR GABRIL FLANDEZ BORQUEZ

El Alcalde Francisco de la Maza, informa que corresponde dar inicio a la sesión ordinaria del Concejo Municipal con la toma de juramento de don Gabriel Flández Bórquez, quien asume la vacancia dejada por don Ernesto Fontaine. Solicita al Secretario Municipal que proceda a tomarle juramento, para efecto que se integre a su nuevo rol de Concejal.

El Secretario Municipal, señor Jorge Vergara, procede a tomar juramento al señor Gabriel Flández Bórquez:

“Juráis o prometéis observar la Constitución y las leyes y cumplir con fidelidad las funciones propias del desempeño de vuestro cargo de Concejal”.

El señor Gabriel Flández, responde “Sí, juro”.

El Secretario Municipal invoca: “Si así lo hiciereis que Dios y la Patria os lo reconozcan y si no que os lo demanden”.

El Alcalde Francisco de la Maza, señala que habiendo tomado juramento, corresponde que don Gabriel Flández se integre al equipo de concejales.

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A continuación, procede a iniciar la discusión de los temas incorporados en la tabla. ENTREGA DE LAS SIGUIENTES ACTAS

Acta N° 808 Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 27 Febrero 2014. Acta N° 809 Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 28 Febrero 2014. Acta N° 810 Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 28 Febrero 2014.

APROBACION DE LA SIGUIENTE ACTA

Acta N° 807 Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 20 Enero 2014.

Se aprueba el Acta indicada precedentemente con las observaciones que pudiesen hacer los señores Concejales al Secretario Municipal sobre sus dichos, consignados en la misma.

ORDEN DEL DIA

1. APROBACION DE LA ADJUDICACION DE LA LICITACION PUBLICA

LLAMADA PARA LA CONTRATACION DE TELEFONIA MOVIL, ID. N° 2560-39-LP13. SEGUNDA VOTACION

El Alcalde Francisco de la Maza, informa que corresponde repetir la votación realizada en la Sesión Ordinaria N° 809, celebrada con fecha 28 de febrero del presente, dado que, en dicha oportunidad, no se obtuvo el quórum exigido en la letra i) del artículo 65 de la Ley Orgánica Municipal, en la cual se establece lo siguiente:

i) Celebrar convenios y contratos que involucren montos iguales o superiores al equivalente a 500 unidades tributarias mensuales, y que requerirán el acuerdo de la mayoría absoluta del concejo; no obstante, aquellos que comprometan al municipio por un plazo que exceda el período alcaldicio, requerirán el acuerdo de los dos tercios de dicho concejo.

Dado lo anterior, procede a tomar nuevamente la votación del Concejo Municipal, en orden a aprobar o rechazar adjudicar la licitación pública llamada para la contratación de telefonía móvil a la empresa Claro Chile S.A.

Los Concejales, Jankelevich, Fresno, Velasco, Fuentes, Larrain, Aste, De Pujadas y Flández, señalan que aprueban adjudicar la propuesta a la empresa Claro Chile S.A. La Concejal Cotapos, se abstiene.

Con 9 votos favorables y 1 abstención, se aprueba adjudicar la licitación pública llamada para la contratación de telefonía móvil a la empresa Claro Chile S.A. El acuerdo adoptado es del siguiente tenor:

ACUERDO N° 35/2014

Se aprueba la adjudicación de la Licitación Publica llamada para la “Contratación del Servicio de Telefonía Móvil” ID N° 2560-39-LP13, a la Empresa Claro Chile S.A., RUT N° 96.799.250-K.

CERTIFICADO

Se certifica que este acuerdo fue aprobado por 09 votos de un total de 11, cumpliendo con lo señalado en la letra i) del artículo 65 de la Ley N° 18695 Orgánica Constitucional de Municipalidades.

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2. APROBACION AUTORIZACION PARA ACCEDER A UN ANTICIPO DE

SUBVENCION DEL MINISTERIO DE EDUCACION PARA EL

FINANCIAMIENTO DE INCENTIVO AL RETIRO DE 3 FUNCIONARIOS ASISTENTES DE EDUCACION

El Alcalde Francisco de la Maza, da la palabra a la Directora de Educación, señora Alejandra Pérez, para que solicite autorización del Concejo Municipal para acceder a un anticipo de subvención del Ministerio de Educación para el financiamiento de incentivo al retiro de tres funcionarios asistentes de educación. Explica que dicho procedimiento se encuentra establecido por ley, el cual requiere de la autorización del Concejo Municipal.

La Directora de Educación, señora Alejandra Pérez, explica que la Ley N° 20.652 de incentivo al retiro para Asistentes de la Educación establece una bonificación por retiro voluntario para todos aquellos funcionarios que, cumpliendo los requisitos de edad para jubilarse, decidan renunciar voluntariamente a sus cargos. Actualmente, en la comuna de Las Condes, existen tres funcionarios Asistentes de la Educación en dicha situación, por lo que se solicita autorizar a la Corporación de Educación y Salud, para pedir un anticipo de la subvención escolar, en conformidad a lo dispuesto en el Artículo 11° de la Ley 20.159, por un total de $38.097.755, cuyo monto se desglosa en el siguiente cuadro:

Establecimiento Nombre Funcionario

Remuneración Edad Total Rotario Paul Harris Ramírez Pérez Angélica $ 746.609 63 $ 11.821.179 Santa María de Las Condes Espinola Prat Abelardo $ 731.907 70 $ 11.659.457 Santa María de Las Condes Rodríguez Contreras María $ 776.553 61 $ 14.617.119 Total $ 38.097.755

El Concejal Tomás Fuentes, informa que dicha materia fue examinada exhaustivamente en Comisión de Educación, cuyos concejales presentes recomiendan su aprobación. A modo de antecedente, informa que dicha asignación beneficia a aquellos funcionarios que, en el período comprendido entre el 20 de enero de 2008 y el 30 de junio de 2014, ambas fechas inclusive, hayan cumplido o cumplan 60 años de edad si son mujeres o 65 años de edad si son hombres. En el caso de Las Condes, existen tres funcionarios que cumplen con dicho requisito, lo cual significa un monto de $ 38.097.755.

Dado lo anterior, se requiere de la autorización del Concejo Municipal, lo que permitirá solicitar al Ministerio de Educación un adelanto de estos dineros, para efecto de entregar dicha bonificación a los tres docentes que cumplen con los requisitos establecidos en la ley.

El Concejal Felipe de Pujadas, consulta si la autorización del Concejo Municipal, se encuentra establecida en la ley o mediante un dictamen de la Contraloría General de la República.

El Alcalde Francisco de la Maza, responde que, de acuerdo al Artículo 11 de la Ley N° 20.159, la municipalidad o corporación que desee obtener un anticipo de las subvenciones estatales por escolaridad deberá solicitarlo, previo acuerdo del Concejo Municipal, a la Subsecretaría de Educación.

El Concejal Carlos Larrain, entiende que dichos recursos no se deducen de otros fondos destinados a educación.

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La Directora de Educación, señora Alejandra Pérez, responde que se trata de un retiro de la subvención ministerial, asignada sólo para estos efectos.

El Alcalde Francisco de la Maza, consulta si existe alguna duda u observación respecto de la materia. No habiendo objeción, se aprueba por unanimidad.

Se aprueba por unanimidad, dando lugar al siguiente acuerdo:

ACUERDO N° 36/2014

Se acuerda, por parte del Concejo Municipal, autorizar a la Corporación de Educación y Salud de Las Condes, para solicitar al Ministerio de Educación, en conformidad a lo dispuesto en el Artículo 11° de la Ley N° 20.159, un anticipo de la subvención municipal por $ 38.097.755 (treinta y ocho millones noventa y siete mil setecientos cincuenta y cinco pesos) destinado a financiar el Plan de Retiro Voluntario de 3 asistentes de la Educación, en conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 20.652, que otorga beneficios al personal asistente de la educación de los establecimientos educacionales dependientes de la Corporación y que tengan derecho a percibir la indemnización de retiro dispuesta en la Ley.

3. APROBACION DE DONACIONES A OTRAS MUNICIPALIDADES

El Alcalde Francisco de la Maza, da la palabra al Administrador Municipal, señor Omar Saffie, para que informe respecto de la propuesta de donación a otras municipalidades.

El Administrador Municipal, señor Omar Saffie, informa que la letra b) del Artículo 79° de la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, establece que corresponde al Concejo Municipal pronunciarse sobre las materias que enumera el artículo 65° de la misma ley, cuya letra e) instituye que: “El Alcalde requerirá el acuerdo del Concejo para:

e) Adquirir, enajenar, gravar, arrendar por un plazo superior a cuatro años o traspasar a cualquier título, el dominio o mera tenencia de bienes inmuebles municipales o donar bienes muebles”. Dado lo anterior, se propone donar a la Municipalidad de Río Bueno el mobiliario urbano que se indica en el siguiente cuadro, el cual se encuentra dado de baja por este municipio:

Solicitante Requerimiento Cantidad Propuesta

Municipalidad

de Río Bueno Mobiliario de Oficina

4 Escritorio Madera 3 cajones 1 Escritorio Madera 2 cajones 1 Repisa de Madera

1 Repisa Madera 4 divisiones 1 Sillón giratorio T/T azul 1 Silla giratoria T/L negro 2 Sillón giratorio T/L burdeo 1 Sillón giratorio T/L negra

El Alcalde Francisco de la Maza, señala que se trata de una solicitud bastante básica, pero que requiere del acuerdo del Concejo Municipal, de acuerdo a la ley.

El Concejal Carlos Larrain, manifiesta que, en otras oportunidades, ha votado a favor de las donaciones propuestas por el Alcalde, pero luego de estudiar esta materia tiene ciertas dudas respecto de la legalidad, puesto que la ley los faculta a realizar donaciones a instituciones sin fines de lucro que se encuentren emplazadas al interior de la comuna.

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Dado lo anterior, previo a votar, desea conocer la opinión del Secretario Municipal respecto de esta materia.

El Secretario Municipal, señor Jorge Vergara, responde que la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades faculta a los municipios, para realizar aportes a personas jurídicas de carácter público o privado, previo acuerdo del Concejo Municipal.

El Alcalde Francisco de la Maza, complementa la información diciendo que dichas donaciones se realizan en virtud de los convenios de colaboración que ha celebrado este municipio con otras municipalidades de Chile. Además, la Contraloría General de la República valida las donaciones que realiza este municipio, previo convenio autorizado por el Concejo Municipal.

Explica que la Municipalidad de Las Condes ha aprobado múltiples convenios de colaboración, para efecto de establecer una relación con otros municipios del país, de manera de contar con la habilitación legal en caso de recibir una solicitud de donación de algún bien mueble dado de baja por esta municipalidad, entre otras cosas.

A continuación, consulta si algún Concejal se opone a la propuesta de donación.

El Concejal Felipe de Pujadas, argumenta su votación, diciendo que aprueba, no sólo por lo señalado por la Contraloría General, sino por el beneficio que representa para las comunas de menores recursos.

El Concejal Gabriel Flández, argumenta su aprobación, diciendo que, en el período anterior del Concejo Municipal, se estableció un modelo de convenio, en el cual se contemplan distintas materias de colaboración, entre ellas la donación, de manera de no tener que analizar cada convenio en particular. En ese contexto, considera que dicha iniciativa es positiva, lo cual permite al municipio, además, no tener que embodegar una serie de materiales que han sido dado de baja. El Alcalde Francisco de la Maza, comparte el planteamiento del Concejal Flández, en términos que no tendría mayor sentido acumular bienes muebles dados de baja en una bodega, puesto que éstos terminarían transformándose en chatarra.

Los Concejales De Pujadas, Flández, Cotapos, Aste, Fuentes, Velasco, Fresno y Jankelevich aprueban la propuesta de donación, con la abstención el Concejal Larrain. El acuerdo adoptado es del siguiente tenor:

ACUERDO N° 37/2014

Se aprueba donar a la Municipalidad de Rio Bueno el siguiente mobiliario de oficina dados de baja:  1 Escritorio madera 3 cajones. N° Inventario 0601000122.

 1 Escritorio madera 2 cajones. N° Inventario 0601000127.  1 escritorio madera 3 cajones. N° Inventario 0601000215.  1 escritorio madera 3 cajones. N° Inventario 0601000280.  1 escritorio madera 3 cajones. N° Inventario 0601000390.  1 repisa de madera. N° Inventario 0629000115.  1 repisa de madera 4 divisiones. N° Inventario 062900105.  1 sillón giratorio T/T azul. N° Inventario 0614001018.

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6  1 silla giratoria T/L negro. N° Inventario 0618000638.

 1 sillón giratorio T/L burdeo. N° Inventario 0614000054.  1 sillón giratorio T/L burdeo. N° Inventario 0614000905.  1 sillón giratorio T/L negra. N° Inventario 0614000332.

4. INCREMENTO DE LA SUBVENCION POR ARRIENDO DE SEDE A LA JUNTA

DE VECINOS “RONCESVALLES”, POR MODIFICACION DE CONTRATO

El Alcalde Francisco de la Maza, da la palabra al Director de Desarrollo Comunitario, señor Carlos Alarcón, para que informe respecto de la solicitud de incremento a la subvención de la Junta de Vecinos Roncesvalles, por concepto de arriendo de la sede comunitaria, lo cual obedece a un aumento en los valores que presentan las propiedades en el mercado.

El Director de Desarrollo Comunitario, señor Carlos Alarcón, informa que dicha materia fue analizada en una Comisión Mixta con fecha 04 de marzo de 2014. En la sede comunitaria realizan actividades en la Junta de Vecinos Roncesvalles y los Clubes de Adulto Mayor “Los Almendros en Acción” y “Entre Amigas”. Además, se realizan 19 talleres (236 alumnos).

Para el año 2014, el Concejo Municipal aprobó una subvención por $ 7.341.840 por concepto del arriendo de la sede, dado que el valor de la renta mensual estaba establecido en $ 611.820 mensual. No obstante, la propietaria solicita aumentar el valor de la renta, a partir de marzo de 2014, en $ 930.000 mensual, dado que considera que el valor vigente no se condice con los precios de mercado.

Dado lo anterior, la Junta de Vecinos Roncesvalles solicita autorización del Concejo Municipal para modificar el contrato de arriendo en $3.181.800, monto que corresponde a la diferencia que existe entre el valor vigente y aumento del contrato (marzo a diciembre). La propietaria del inmueble se compromete a mantener el valor de la renta por dos años, sólo con el reajuste del IPC. La propiedad presenta las siguientes características:

 Superficie: 300m2 de terreno (140 m2 de construcción y 60 m2 patio techado).

 Inmueble de dos niveles: Living, comedor, cocina, baño y dos salas (1er. Piso) y oficina, dos salas y baño (2do. Piso).

 Propiedad arrendada, desde el mes de marzo de 2009, a la señora Consuelo Pottstock.  Contrato a dos años, considerando IPC.

A continuación, se detallan los antecedentes de la organización:  Fecha Constitución : Mayo de 1997

 Última Elección : Septiembre de 2011

 Nº Socios Informados : 184 aprox. Alumnos de talleres 236  Directiva : Presidenta : Mónica Gana Valladares

 Secretario : Juan Carlos Troni Grotrian  Tesorera : Estela Santana Paz

La Concejal María Carolina Cotapos, señala que los Concejales presentes en la Comisión Mixta solicitaron que se conversara con la propiedad del inmueble, para efecto que mantuviera este nuevo valor por el mayor tiempo posible, sólo con el reajuste correspondiente al IPC. Asimismo, se analizó la importancia de adquirir las sedes en las cuales funcionan las Juntas de Vecinos,

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considerando los valores que presentan los arriendos y considerando que los eventuales traslados también significan un alto costo para el municipio. Sin embargo, en este caso en particular, la propietaria no está interesada en vender el inmueble.

El Alcalde Francisco de la Maza, explica que el municipio ha hecho un esfuerzo en adquirir algunas propiedades, cuando la relación precio / calidad se considera conveniente para los intereses municipales. No obstante, de acuerdo a los precios de mercado, se hace más difícil la adquisición de propiedades, salvo que sea una oportunidad.

A continuación, consulta si algún Concejal se opone a la propuesta. No habiendo objeción, se aprueba por unanimidad.

El Concejal Felipe de Pujadas, argumenta su votación, diciendo que aprueba la propuesta, tomando en consideración las alzas en el mercado.

Se aprueba por unanimidad, dando lugar al siguiente acuerdo:

ACUERDO N° 38/2014

Se aprueba otorgar una subvención a la Junta de Vecinos Roncesvalles, RUT Nº74.537.100-0, por un monto de $3.181.800 (tres millones ciento ochenta y un mil ochocientos pesos), destinados para cubrir el nuevo contrato de arriendo del inmueble destinado Sede Comunitaria, debido a la modificación del mismo a contar del mes de marzo de 2014.

5. SOLICITUD DE SUBVENCION A LA JUNTA DE VECINOS “COLON 4000” PARA

ARRIENDO DE SEDE COMUNITARIA

El Alcalde Francisco de la Maza, da la palabra al Director de Desarrollo Comunitario, señor Carlos Alarcón, para que explique

El Director de Desarrollo Comunitario, señor Carlos Alarcón, informa que dicha materia fue examinada en Comisión Mixta con fecha 04 de marzo de 2014.

La Junta de Vecinos Colón 4000 solicita una subvención municipal para arrendar, por primera vez, una sede comunitaria. A pesar que la organización funciona desde mayo de 2011, no les había sido posible encontrar una propiedad en arriendo en su sector jurisdiccional.

La subvención solicitada se desglosa en el siguiente cuadro:

Arriendo 15 de Marzo a Diciembre 950 UF

Mes de Garantía 100 UF

Gastos Corredor de Propiedades 86 UF

Subtotal 1.136 UF $ 26.752.800 Equipamiento básico anual: muebles, mesas, sillas, refrigerador, similares, etc. $ 1.850.000

Gastos Fijos Marzo a Diciembre (luz, agua, gas, teléfono, etc.) $ 2.000.000

Subtotal $ 3.850.000 Total: $$3300..660022..880000

(Valor UF de $23.550, estimación Depto. Finanzas).

A continuación, se indica la ubicación y características de la propiedad:  Alcántara Nº 434, entre Renato Sánchez y Presidente Errázuriz.  Superficie: 300 m2 de terreno y 197 m2 de construcción.

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8  Inmueble de dos niveles: planta libre, 2 baños, 3 dependencias, piso cerámico y flotante

(1er. Piso) y 2 dependencias, 2 baños, piso parquet (2do. Piso).  5 Estacionamientos.

 Hasta hace un mes, en dicha propiedad funcionaba una peluquería.  Valor arriendo 100 UF.

 Corredor: “Alaluf Propiedades”.

Los antecedentes de la organización, se indican a continuación:  Fecha Constitución : Mayo de 2011

 Última Elección : Julio de 2011  Nº Socios Informados : 300 aprox.

 Presidente : Marco Mena Maturana

 Secretario : Alfonso Rondanelli Maldonado  Tesorero : Roberto Castillo Castillo

La Concejal María Carolina Cotapos, informa que, en el sector, existen muy pocas propiedades que cumplan con las características que se requieren para el funcionamiento de una sede comunitaria, razón por la cual no fue fácil encontrar un inmueble en arriendo. Considera que se justifica el arriendo de la sede, dado que se encuentra proyectado realizar varios talleres en la misma.

El Concejal Carlos Larrain, consulta cuál es el territorio jurisdiccional que cubre la Junta de Vecinos Colón 4000.

El Director de Desarrollo Comunitario, señor Carlos Alarcón, responde que la Junta de Vecinos Colón 4000 cubre el siguiente territorio: Apoquindo, Cristóbal Colón, Américo Vespucio y Sánchez Fontecilla.

El Concejal Felipe de Pujadas, hace presente que es factible que un mismo territorio jurisdiccional funcione más de una Junta de Vecinos.

La Concejal María Carolina Cotapos, señala que, en este caso, sólo funciona la Junta de Vecinos Colón 4000 en ese territorio jurisdiccional.

El Alcalde Francisco de la Maza, explica que el número de Juntas de Vecinos en un territorio jurisdiccional no se encuentra limitado. De hecho, existe espacio suficiente para que coexista más de una Junta de Vecinos, puesto que, en general, los territorios son sumamente extensos.

El Concejal Carlos Larrain, considerando que el arriendo de la sede de la Junta de Vecinos Colón 4000 es bastante cuantioso, sugiere que se apruebe en el entendido que se conformen otras Juntas de Vecinos en la unidad jurisdiccional, de manera que compartan el uso de la sede. Hace dicha sugerencia, dado que entiende que existe otra Junta de Vecinos en ese territorio que no se encuentra activa, pero se podría incentivar para que regularice su situación.

El Alcalde Francisco de la Maza, aclara que no existe ninguna otra Junta de Vecinos en esa unidad jurisdiccional. No obstante, la observación planteada por el Concejal Larrain es correcta, en cuanto a que tendría que existir una justificación sumamente válida para no compartir una sede comunitaria. A modo de antecedente, en el caso de las Unidades Vecinales C-22 y C-23, se

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justifica plenamente que la mayoría de las Juntas de Vecinos cuenten con su propia sede comunitaria, dado el número de talleres que se realiza en cada una de ellas.

El Concejal Felipe de Pujadas, felicita a don Carlos Mena, Presidente de la Junta de Vecinos y a su directiva, considerando que dicha organización surge producto de la necesidad de ejecutar un proyecto Fondeve en un edificio ubicado en Colón 4000. A raíz de esa situación, surge la aspiración de arrendar una inmueble para el funcionamiento de la Junta de Vecinos, por lo que respalda plenamente la solicitud.

El Concejal Carlos Larrain, aclara que su comentario anterior obedece a conversaciones que ha sostenido con vecinos de la calle Gertrudis Echeñique, quienes le explicaron que don Jorge Vergara, Secretario Municipal, les habría informado que, en esa unidad jurisdiccional, existía una Junta de Vecinos que se encontraba inactiva, por lo que estaban trabajando en agilizar el funcionamiento de dicha organización. Por lo tanto, dado que la sede que se propone arrendar a la Junta de Vecinos Colón 4000 se encuentra emplazada relativamente cerca al sector de Gertrudis Echeñique, consideraría lógico que ambas organizaciones utilizaran la misma sede, en caso que se logre reactivar el funcionamiento de esa Junta de Vecinos.

El Alcalde Francisco de la Maza, señala que habiendo disponibilidad en el uso de una sede comunitaria, ésta puede ser compartida por más de una organización, respecto de lo cual existen distintas experiencias, puesto que existen algunas sedes que se encuentran sumamente saturadas, en cuanto a talleres, lo cual ha hecho, incluso, tener que trasladarse a un inmueble más amplio; como también existen otras sedes que cuentan con disponibilidad en cuanto a uso. Por esa razón, reitera que debe existir una justificación válida para compartir o no una sede comunitaria.

En este caso, cree que el uso de la sede de la Junta de Vecinos Colón 4000 será sumamente activo, al igual como ocurrió con la sede de la Junta de Vecinos El Golf Norte, respecto de la cual no existía una mayor expectativa en cuanto a uso, sin embargo, actualmente, no tiene capacidad para continuar albergando un mayor número de actividades, dado que se encuentra saturada, en cuanto a talleres. No obstante, lo anterior depende únicamente de la gestión que realice cada Junta de Vecinos.

A continuación, consulta si algún Concejal se opone a la propuesta explicada por el Director de Desarrollo Comunitario. No habiendo objeción, se aprueba por unanimidad.

El Concejal Gabriel Flández, argumenta su voto a favor, diciendo que espera que dicho aporte colabore en aumentar el número de socios. Actualmente, la Junta de Vecinos Colón 4000 cuenta con alrededor de 300 socios, pero dado que dicha sede les permitirá impartir talleres y otros servicios dirigidos a la comunidad, podrán además aumentar el número de asociados.

Se aprueba por unanimidad, dando lugar al siguiente acuerdo:

ACUERDO Nº 39/2014

Se aprueba otorgar una subvención a la Junta de Vecinos Colón 4000 Norte, RUT Nº65.042.049-7, por un monto de $30.602.800 (treinta millones seiscientos dos mil ochocientos pesos), para ser destinados a la ejecución del proyecto “Arriendo y Habilitación de Sede Comunitaria 2014”, la cual contempla:

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10  Arriendo mensual de sede comunitaria.

 Mes de garantía.

 Corretaje de Propiedades.

 Mobiliario básico: mesas, sillas, escritorio, y otros muebles para habilitar una sede comunitaria.

 Equipamiento: estufa, vajilla, refrigerador, cocina, computador, impresora y fotocopiadora.  Servicios Básicos y de Mantención: agua, luz, teléfono, Internet, gas, útiles de aseo y útiles

de oficina.

6. PROYECTO POSTULADO AL FONDO DE AUTOPROTECCION VECINAL POR

LA JUNTA DE VECINOS C-17 PARQUE APOQUINDO

El Alcalde Francisco de la Maza, da la palabra al Director de Desarrollo Comunitario, señor Carlos Alarcón, para que explique el proyecto de autoprotección vecinal presentado por la Junta de Vecinos Parque Apoquindo.

El Director de Desarrollo Comunitario, señor Carlos Alarcón, informa que dicha materia fue examinada en Comisión Mixta celebrada con fecha 04 de marzo de 2014.

La Junta de Vecinos Parque Apoquindo postuló un proyecto al Fondo de Autoprotección Vecinal, cuyo objetivo es implementar en los 3 edificios de la comunidad un nuevo sistema de citofonía que colabore en la prevención de situaciones delictuales y mejore las condiciones de seguridad de las familias y sus bienes. El proyecto beneficia a 3 torres de 26 pisos cada una (149 departamentos por torre, 447 departamentos y 2234 personas aproximadas).

La organización presenta las siguientes cotizaciones para ejecutar dicho proyecto:

Oferentes Plaza Entrega Garantía Valor

IVA Incluido

SEGUMAT 45 días 18 meses $ 24.937.920

SEGURIMAX 15 días 24 meses $ 27.673.450

SCHARFSTEIN Entrega inmediata 12 meses $ 28.773.030

Dado lo anterior, se propone adjudicar la ejecución del proyecto a la empresa SEGUMAT, cuyo detalle se desglosa en el siguiente cuadro:

COSTO TOTAL PROYECTO APORTE COMUNIDAD APORTE MUNICIPIO SEGUMAT $ 24.937.920 45 días $ 9.975.168 40% $ 14.962.752 60%

El proyecto cuenta con los siguientes informes:

 Depco. Nº 074 del 15.01.2014, señala que la propuesta de la empresa SEGUMAT, es la más conveniente para los intereses de la Junta de Vecinos.

 Depco. Nº 074 del 06.12.2013, solicita complementar información faltante de los distintos oferentes.

 Depto. Seguridad Nº 1453 del 23.08.2013, señala que el proyecto cumple con mejorar las condiciones de seguridad del recinto y de las personas que en él conviven.

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11  Depco. Nº 054 del 02.08.2013, sugiere que los pagos al contratista se hagan solamente cuando los trabajos estén en un 100% terminados, revisados y aprobados por el ITO de la comunidad.

La Concejal María Carolina Cotapos, informa que la propuesta cuenta con informe favorable de los Concejales que participaron en la Comisión Mixta, celebrada el 04 de marzo del presente. El Concejal Felipe de Pujadas, destaca la ejecución de este proyecto, dado que, actualmente, es sumamente fácil ingresar a las Torres de Apoquindo, sin ningún tipo de fiscalización. Por lo tanto, se alegra que se implemente este mecanismo de seguridad en la conserjería de dicho condominio.

El Alcalde Francisco de la Maza, consulta si algún Concejal se opone a la propuesta explicada por el Director de Desarrollo Comunitario. No habiendo objeción, se aprueba por unanimidad.

Se aprueba por unanimidad, dando lugar al siguiente acuerdo:

ACUERDO N° 40/2014

Se aprueba la ejecución, con cargo al Fondo de Autoprotección Vecinal 2014, del proyecto presentado por la Junta de Vecinos Parque Apoquindo, RUT Nº72.452.900-3, denominado “Sistema de Citofonía para la Comunidad Torres de Apoquindo”.

El costo total del proyecto es de $24.937.920, para el cual la Municipalidad realizará un aporte de $14.962.752 y la comunidad un aporte de $9.975.168.

7. SOLICITUD DE AUTORIZACION PARA CELEBRAR CONTRATO DE

ARRIENDO CON LA JUNTA DE ALCALDES PARA LA EJECUCIÓN DEL CAMPEONATO DE LA ASOCIACION DE FÚTBOL DE LAS CONDES (CONTRATO SUPERA LAS 500 UTM)

El Alcalde Francisco de la Maza, explica que, originalmente, dichos recursos eran asignados en la subvención que se otorga, año a año, a la Asociación de Fútbol Las Condes, para el desarrollo del Campeonato Oficial. No obstante, a partir del año 2013, se optó por celebrar un convenio con la Junta de Alcaldes para contratar directamente el arriendo de las canchas de fútbol, las cuales se encuentran emplazadas en el sector oriente del Parque Padre Hurtado. Estos recursos son destinados a la mantención de las canchas, dado que éstas presentan un uso intenso durante todo el año. Solicita al Director de Desarrollo Comunitario, señor Carlos Alarcón, que explique dicha materia.

El Director de Desarrollo Comunitario, señor Carlos Alarcón, informa que en la letra i) del Artículo 65° de la Ley Nº 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, se establece que el alcalde requerirá el acuerdo del concejo para: “Celebrar los convenios y contratos que involucren montos iguales o superiores al equivalente a 500 unidades tributarias mensuales, y que requerirán el acuerdo de la mayoría absoluta del concejo…”.

En este caso, el contrato que se propone celebrar con la Junta de Alcaldes supera las 500 UTM ($ 20.590.800 al 28.02.2014). El objetivo es subvencionar el arriendo de las canchas de fútbol ubicadas en el Parque Padre Hurtado, con el propósito que la Asociación Deportiva de Fútbol de Las Condes ejecute el Campeonato Oficial que organiza anualmente, para la participación de los

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18 clubes deportivos. La cantidad de beneficiarios asciende a 2.000 personas aproximadamente, los cuales participan en las categorías: infantil, adulto, senior, súper senior y dorados. Los partidos se disputan los días sábados y domingos, entre las 09:30 a 18:30 horas, de acuerdo a la siguiente programación.

CAMPEONATO OFICIAL ASOCIACIÓN DE FÚTBOL 2014 EQUIPOS POR CATEGORIA CATEGORIA PARTIDOS POR FECHA TOTAL FECHAS TOTAL PARTIDOS CATEGORIA TOTAL EQUIPOS DORADOS 7 30 210 DORADOS 15 SUPERSENIOR 7 24 168 SUPERSENIORS 14 3ª INFANTIL 9 26 234 3ª INFANTIL 18 2ª INFANTIL 9 26 234 2ª INFANTIL 18 1ª INFANTIL 9 26 234 1ª INFANTIL 18 SENIORS 9 26 234 SENIORS 18 3ª ADULTOS 9 26 234 3ª ADULTOS 18 2ª ADULTOS 9 26 234 2ª ADULTOS 18 1ª ADULTOS 9 26 234 1ª ADULTOS 18 TOTAL: 2016

A continuación, se anexa un cuadro, en el cual se indica el monto de los contratos de arriendo de años anteriores por este mismo concepto.

Año Decreto Monto Periodo

2011 N°4176 de fecha 10/11/2011 $ 9.000.000 Marzo a Noviembre 2012 N°2541 de fecha 30/12/2012 $10.000.000 Marzo a Diciembre 2013 N°2488 de fecha 08/05/2013 $20.000.000 Abril a Diciembre

2014 - $35.000.000 Marzo a Diciembre

En el siguiente cuadro, se describe las características del contrato de arriendo:

TIPO DE CONTRATO Anual, 10 cuotas de marzo a diciembre de 2014

IMPLICANCIAS DEL CONTRATO

1 cancha de pasto natural, 7 canchas de tierra, baños y camarines. Además incluye la mantención de las canchas, baños, camarines, graderías y entorno del recinto.

CONSIDERACIONES

El 80% de los partidos organizados por la Asociación Deportiva de Fútbol de Las Condes se juegan en el Parque Padre Hurtado. El 20% restante se disputa en los Estadios Patricia y Municipal.

SUPERVISIÓN El Departamento de Eventos, Deportes y Recreación estará a cargo de la supervisión del cumplimiento del contrato.

La Concejal Martita Fresno, señala que, entre el año 2011 al 2014, el costo de arriendo de las canchas de fútbol del sector oriente del Parque Padre Hurtado presenta un alza de $ 26.000.000, recursos que corresponde desembolsar a la Municipalidad de Las Condes. No obstante, el mayor incremento se produce entre los años 2013 y 2014, puesto que el año pasado se canceló $ 20.000.000 por este concepto y este año, se solicita $ 35.000 para los mismos efectos, lo cual llamó mucho la atención a los concejales presentes en la Comisión Mixta celebrada con fecha 04 de marzo de 2014.

Dado lo anterior, la Comisión Mixta propone aprobar la solicitud, condicionado a realizar algunas mejoras a las canchas de fútbol, teniendo en consideración que, desde hace muchos años, no se realiza ningún tipo de reparación o reforma en el lugar. Es así que, en las fotografías que se muestran en pantalla, se visualiza que la infraestructura de las graderías es bastante baja, en términos de calidad y que existe necesidad de la instalación de un mayor número de basureros,

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entre otras cosas. En la reunión en la cual se explicó esta materia, se informó que no era fácil implementar mejoras en las canchas de fútbol, en virtud a los conflictos y comportamiento que presentaban los deportistas en el lugar, conducta que ha ido mejorando en el transcurso del tiempo.

Por consiguiente, los concejales presentes en dicha comisión, consideran que los recursos solicitados deben reflejarse en una mejora de los camarines, graderías, baños, etcétera. Incluso, se podría estudiar un mecanismo para generar un poco de sombra en el lugar, dado que no existe ningún espacio para resguardarse del sol.

El Alcalde Francisco de la Maza, informa que el Parque Padre Hurtado se autofinancia por la vía de los ingresos, por lo que no corresponde que subvencione a la Municipalidad de Las Condes, aun cuando sea el Presidente del Directorio de la Junta de Alcaldes. A su juicio, el costo de arriendo de las canchas de fútbol no alto, considerando que el campeonato oficial que organiza la Asociación de Fútbol Las Condes consta de alrededor de 35 fechas, lo que equivale a alrededor de $ 1.000.000 por fecha. Vale decir, con dichos recursos, se debe financiar todo el mantenimiento de las canchas, lo cual significa que, en cada fecha, éstas deben estar regadas, tizadas, marcadas y limpiadas como corresponde.

Hace presente que existe un tema bastante sensible en torno al costo que representa la Asociación de Fútbol Las Condes para el municipio. No obstante, le parece bien apoyar a dicha organización, dado que participan ligas de distintas edades y han disminuido los problemas, producto de este mayor control que existe sobre los recursos que aporta el municipio, dineros que anteriormente se traspasaban directamente a la asociación.

Como Alcalde, está de acuerdo que los recursos que otorga este municipio se rindan de acuerdo a la mantención y mejora de la infraestructura de las canchas, pero estando claro que los costos asociados no pueden ser asumidos por una entidad autónoma. Además, se debe tener presente que las canchas de fútbol están destinadas sólo a la comuna de Las Condes, no son utilizadas por ningún otro tipo de usuario.

Dado el comportamiento que han tenido las ligas deportivas de la Asociación de Fútbol de Las Condes, en estos dos últimos años, en términos que han demostrado una mayor preocupación por el control de alcohol y por los conflictos internos, aun cuando no se han radicado en su totalidad, considera que sí se podría buscar una forma de financiar una mejor infraestructura, pero teniendo claro que para ello no son suficientes los $ 35.000.000. Probablemente, dichos recursos alcancen sólo para para financiar la pintura de los baños y camarines, pero no se puede esperar grandes transformaciones, puesto que están hablando de la mantención de doce canchas de fútbol, una de las cuales se encuentra empastada, por lo que, además, requiere de riego.

Dado lo anterior, propone aprobar los $ 35.000.000 para la mantención de las canchas de fútbol y, a su vez, se estudie una forma de traspasar recursos, a través de un proyecto específico de mejoras e infraestructura. Como Alcalde, comparte que las condiciones podrían ser mejores, especialmente, por el comportamiento que han tenido los dirigentes en los últimos años, pero no se puede solicitar una mejor infraestructura con estos recursos.

La Concejal Martita Fresno, consulta si es factible arrendar las canchas de fútbol, durante la semana, a otro tipo de usuarios, considerando que existen muchas ligas de fútbol que podrán estar

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interesadas en utilizar estas instalaciones. Considera que podría ser una forma de gestionar recursos para mejorar la infraestructura del lugar.

El Alcalde Francisco de la Maza, responde que es sumamente difícil arrendar las canchas de fútbol, puesto que todas, salvo una, son de tierra, en las cuales se realizan muchos partidos durante el fin de semana. Por lo tanto, el estado en que quedan las canchas de fútbol el domingo en la noche, hacen que requieran de una mantención durante toda la semana, puesto que deben ser regadas, emparejadas con rastrillo, tizadas, etcétera. La única forma de arrendar estas canchas sería transformándolas en pasto sintético, puesto que dicho material permite un uso continuo durante diez años. Sin embargo, es absolutamente inviable amortizar una inversión de esa naturaleza, de acuerdo a los estudios que se han hecho al respecto, sólo podría ser posible si fuesen canchas de menor tamaño, como son las de futbolito, pero éstas no responden a la necesidad que requieren las ligas de la Asociación de Fútbol Las Condes. Por lo tanto, es bastante difícil buscar esa combinación, dado que el tamaño de cada cancha de fútbol es de alrededor de 5.000 metros, por lo que difícilmente se podría rentabilizar el pasto sintético. Tiene claro que un ingeniero podría sugerir dividir en tres una cancha de fútbol, para efecto de utilizarla como cancha de futbolito durante la semana, pero el pasto sintético de una cancha de fútbol es distinto al que se requiere en una cancha de futbolito.

Reitera que, como Alcalde, está disponible a mejorar la infraestructura de las canchas de fútbol, pero eso requiere de recursos de una magnitud importante, puesto que una cancha de pasto sintético tiene un costo del orden de 280 o 300 millones de pesos, pero aun así no se niega a estudiar un plan de inversiones, en el área deportiva, focalizado en la Asociación de Fútbol Las Condes.

El Concejal Felipe de Pujadas, destaca que, después de muchos años, se está discutiendo una posible inversión en las canchas de fútbol del sector oriente del Parque Padre Hurtado. A su juicio, actualmente, dichas canchas presentan una condición bastante indigna para los estándares de calidad de la comuna de Las Condes, puesto que se asemejan mucho a cualquier cancha de barrio emplazada en una comuna de escasos recursos.

Asimismo, considera importante destacar que, en los últimos dos años, se ha logrado ir erradicando el consumo de bebidas alcohólicas, lo que se denomina “el tercer tiempo amateur”, producto del trabajo realizado en conjunto con la DECOM. Incluso, hace algunos años atrás, en el sector de las graderías se realizaban fiestas informales después de cada partido de fútbol e, incluso, en los entretiempos, lo que conllevaba problemas de delincuencia y vandalismo.

Dado lo anterior, le parece interesante que se modifique la infraestructura de las canchas, en términos de transformarlas en canchas de pasto sintético. Tal vez, se podría estudiar la factibilidad de comenzar con un proyecto gradual que permita arrendar dichas canchas, durante la semana, a entidades privadas (clubes, universidades u otras), cuyos recursos podrían ser utilizados en otras mejoras del recinto.

Por último, destaca la labor realizada por la Concejal Martita Fresno, porque se han dado otras condiciones desde que asumió la Comisión de Deporte y Cultura, porque este es un tema que viene arrastrándose desde hace bastante tiempo, a pesar que muchos Concejales han solicitado que se mejoren dichas canchas, para efecto que los vecinos de Las Condes cuenten con un espacio para desarrollar un deporte en buenas condiciones.

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El Alcalde Francisco de la Maza, aclara que las canchas municipales del Estadio Paul Harris y Estadio Patricia, ambas ubicadas en la comuna de Las Condes, son extraordinarias, tanto es así que, en dichas canchas, entrena Colo Colo y la Universidad Católica, pero el terreno en el cual están emplazadas las canchas que utiliza la Asociación de Fútbol Las Condes no pertenece a la Municipalidad de Las Condes, sino que a la Junta de Alcaldes. Por lo tanto, no está de acuerdo que el municipio invierta recursos en un terreno que pertenece a una entidad autónoma, puesto que, a futuro, la Junta de Alcaldes podría decidir arrendar dichas instalaciones a otra comuna. Actualmente, el Alcalde de Las Condes preside el Directorio de la Junta de Alcaldes, pero se debe entender que es un cargo transitorio, no permanente.

Por lo tanto, solicita que no se establezcan adjetivos para el recinto, porque, además, todas las ligas de la zona oriente, salvo la de Lo Barnechea, han desaparecido, producto de la falta de espacio para sus entrenamientos y campeonatos. Incluso, en muchas oportunidades, la administración del Parque Padre Hurtado ha propuesto rentabilizar los terrenos que utiliza la Asociación de Fútbol de una manera distinta, lo cual no ha sido acogido por el suscrito, como Presidente de la Junta de Alcaldes, dado que entiende que la actividad que se realiza en dichos terrenos es importante para la comuna de Las Condes. La Junta de Alcaldes no cuenta con recursos disponibles para invertir en mayor infraestructura, salvo en la mantención de dichos terrenos, siempre y cuando, éstos sean traspasados, mediante convenio, por la Municipalidad de Las Condes.

Por otra parte, cabe recordar que, hasta hace pocos años atrás, dado que los dirigentes deportivos no daban señales de buen comportamiento, no se les permitía postular a una mejor infraestructura. De hecho, muchos de los equipos que participan en la Asociación de Fútbol han sido penalizados, impidiéndoseles utilizar las instalaciones de los Estadios Patricia y Paul Harris. No obstante, actualmente, no se cierra a buscar una fórmula para invertir recursos municipales, a través de un proyecto específico, pero solicita que se tenga claro que se estaría invirtiendo recursos sustanciales en un terreno de propiedad autónoma, lo cual significaría celebrar un convenio a largo plazo, entre la Municipalidad de Las Condes y Junta de Alcaldes, para efecto que el recinto perdure en el tiempo para un uso específico.

En segundo término, se debe entender que no hay ninguna posibilidad de rentabilizar una inversión de ese tamaño. A modo de ejemplo, señala que el municipio cuenta con dos estadios con infraestructura de primer nivel, respecto del cual el municipio ha fijado ciertos derechos, cuyos recursos son utilizados en la mantención del recinto, pero no se trata de recursos sustanciales, puesto que, en promedio, se juegan dos partidos diarios, en los cuales participan un máximo de 25 personas.

El Concejal Tomás Fuentes, tiene entendido que se cobra un derecho de $ 17.000 por partido en los Estadios Paul Harris y Patricia.

El Alcalde Francisco de la Maza, agrega que eso significa que se recauda alrededor de un millón de pesos mensuales por concepto de los derechos que se cobran en los Estadios Paul Harris y Patricia. Sin embargo, la inversión que involucra una cancha de fútbol es bastante superior, lo cual demuestra que no es factible rentabilizar una cancha de esta categoría. Por lo tanto, se debe tener claro que una eventual inversión en un terreno perteneciente a una entidad autónoma, sólo podría llevarse a cabo con voluntad política y mediante un convenio sumamente cerrado.

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Termina diciendo que, como Alcalde, está abierto a analizar este tema en profundidad, pero con todos los antecedentes sobre la mesa.

La Concejal Martita Fresno, consulta si la Junta de Alcaldes ha manifestado algún interés en realizar alguna inversión en los terrenos en que se encuentran emplazadas las canchas de fútbol o dicha inversión debe ser hecha por cada municipio que demuestra algún interés.

El Alcalde Francisco de la Maza, responde que las comunas de La Reina y Providencia no tienen Liga de Fútbol, por lo que difícilmente podrían presentar interés en utilizar dicho recinto.

En cuanto a la Junta de Alcaldes, cabe hacer presente que, para una institución que cuenta con financiamiento autónomo, no se va a interesar en invertir en algo que presente un retorno nulo o bajo. Reitera que el Parque Padre Hurtado no recibe ningún subsidio estatal o privado, sino que se auto gestiona por la vía de arrendamientos de espacios, valor de entrada, etcétera.

El Concejal Gabriel Flández, considera importante que se cuente con una contraparte municipal encargada de supervisar que la condición de las canchas se encuentra en perfectas condiciones, en términos que sean regadas, picadas y tizadas. Hace dicho alcance, puesto que, en época de verano, ha constatado que muchas de las canchas se encuentran cubiertas de una nube de polvo, producto que no se encuentran debidamente regadas.

Dado lo anterior, solicita que se encargue a algún funcionario municipal que fiscalice que se cumplan todas las condiciones que requiere la mantención de las canchas de fútbol; como también del estado de los baños y camarines.

El Alcalde Francisco de la Maza, explica que la mantención actual de las canchas de fútbol tiene un costo semanal de $ 1.000.000, lo que equivale a $ 4.000.000 mensuales, recursos que sólo alcanzan para realizar el mantenimiento que explicó precedentemente. Como Alcalde, no se niega a agregar una mantención de mejor calidad, entendiéndose que ello representa un costo distinto. Como Alcalde, su esfuerzo principal ha sido tratar que la actividad que se desarrolla en este recinto sea lo más positiva posible. Históricamente, ha pasado por momentos complejo, producto del consumo de alcohol que se generaba al interior del recinto. Sin embargo, actualmente, están viendo que, por primera vez, se cuenta con un nivel de dirigentes que ha tomado conciencia respecto de la importancia de auto penalizar a aquellos deportistas que no presentan un buen comportamiento durante las actividades que se desarrollan en dichas canchas, puesto que el municipio no cuenta con capacidad para controlar a los posibles infractores, ni tampoco Carabineros realiza una suficiente fiscalización al interior del recinto, siendo que, en este lugar, se reúne una cantidad sustancial de personas durante todos los fines de semana. En ese contexto, es un problema social importante, pero complejo, desde el punto de vista de la solución.

El Concejal Felipe de Pujadas, independiente de las figuras jurídicas, considera importante destacar que las personas que utilizan las canchas del sector oriente de Parque Padre Hurtado, son vecinos de la comuna de Las Condes, agrupados en una asociación deportiva. Por lo tanto, además de los recursos que aporta el municipio para la mantención de las canchas, considera importante que se avance en una mejor infraestructura, para efecto que los vecinos de Las Condes cuenten con un recinto en mejores condiciones que las actuales.

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El Alcalde Francisco de la Maza, sugiere que dicha materia sea estudiada en profundidad en una Comisión Mixta de Deporte y Social. No obstante, cabe destacar que la Asociación de Fútbol Las Condes no agrupa sólo a vecinos de Las Condes, una cosa es que dicha organización esté amparada en el territorio comunal, pero a raíz que se han desaparecido las ligas de la zona oriente, muchos de los deportistas provienen de otras comunas, alrededor del 30% Por lo tanto, todas esas consideraciones se deben tener presente en el estudio de la Comisión Mixta.

Como Presidente de la Junta de Alcaldes está abierto a firmar un convenio a largo plazo con la Municipalidad de Las Condes, la cual también representa, en la medida que los intereses comunes sean satisfactorios.

El Concejal Carlos Larrain, consulta si el municipio traspasa directamente los $ 35.000.000 a la Junta de Alcaldes, no pasan por la Asociación de Fútbol Las Condes.

El Alcalde Francisco de la Maza, responde que dichos recursos se traspasan directamente a la Junta de Alcaldes.

El Concejal Carlos Larrain, agrega que debe quedar claro que, actualmente, la Municipalidad de Las Condes sólo se preocupa de la mantención de las canchas de fútbol, pero no garantiza el estado de los camarines o baños.

El Alcalde Francisco de la Maza, explica que, obviamente, la rendición de los recursos se hace en función de la mantención de las canchas de fútbol.

A continuación, procede a tomar la votación del Concejo Municipal, en orden aprobar o rechazar una subvención de $ 35.000.000, para ser destinada al arriendo de las canchas de fútbol ubicadas en el Parque Padre Hurtado, con el propósito que la Asociación Deportiva de Fútbol de Las Condes ejecute el Campeonato Oficial 2014.

Se aprueba por unanimidad, dando lugar al siguiente acuerdo:

ACUERDO N° 41/2014

Se aprueba solicitud para realizar Contrato de Arriendo a la Junta de Alcaldes, Parque Padre Hurtado, de 8 Canchas de Fútbol (7 de tierra y 1 de pasto) con su adecuada mantención y de la infraestructura asociada a ellas (baños públicos, camarines, bebederos, graderías) para la ejecución del “Campeonato Oficial de Fútbol 2014” de la Asociación Deportiva de Futbol Las Condes.

CERTIFICADO

Se certifica que este acuerdo fue aprobado por 10 votos de un total de 11, cumpliendo con lo señalado en la letra i) del artículo 65 de la ley N° 18695 Orgánica Constitucional de Municipalidades.

8. APROBACION DE CONVENIOS CELEBRADOS CON LAS MUNICIPALIDADES

DE CURANILAHUE Y VIÑA DEL MAR

El Alcalde Francisco de la Maza, somete a consideración del Concejo Municipal celebrar un convenio marco de colaboración con las Municipalidades de Curanilahue y Viña del Mar. Dicho convenio permite realizar intercambios entre dichos municipios y la Municipalidad de Las

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Condes, ya sean profesionales o materiales, con previo conocimiento y aprobación del Concejo Municipal.

El Secretario Municipal, señor Jorge Vergara, informa que se trata de un convenio tipo, idéntico para todas las municipalidades, que requiere del acuerdo del Concejo Municipal.

El Alcalde Francisco de la Maza, ante una consulta, informa que la comuna de Curanilahue se encuentra ubicada en la VIII Región, cuya población es bastante pobre.

Cabe destacar que los convenios de colaboración son bilaterales, lo cual significa que, en el caso de Viña del Mar, la comuna de Las Condes también podría ser beneficiada, especialmente, por los paseos que realizan los clubes de adultos mayores a la V Región, puesto que dicho municipio podría ayudar a gestionar precios más baratos o facilitar un espacio para estacionar los buses, entre otras cosas.

Consulta si existe alguna consulta u observación respecto de la materia. No habiendo objeción, se aprueba por unanimidad.

Se aprueba por unanimidad, dando lugar a los siguientes acuerdos:

ACUERDO N° 42-A/2014

Se aprueba el convenio de colaboración celebrado con la Municipalidad de Viña del Mar de fecha 27 de febrero de 2014.

ACUERDO N° 42-b/2014

Se aprueba el convenio de colaboración celebrado con la Municipalidad de Curanilahue de fecha 27 de febrero de 2014.

9. INFORME DIR 1.653, 14328 DE 25 DE FEBRERO DE 2014 DE INFORME FINAL

N° 36 DE 2014

El Secretario Municipal, señor Jorge Vergara, informa que corresponde dejar constancia en Acta respecto del Informe DIR 1.653, 14328 de 25 de Febrero de 2014 de Informe Final N° 36, de 2014, de la Contraloría General de la República de Chile, que es del siguiente tenor:

DIR. : 1.653/13 Remite Informe Final que Indica REF. : 229.192/13

Santiago, 25 Febrero 2014 * 014328 ANTECEDENTES GENERALES

En cumplimiento del plan anual de fiscalización de esta Contraloría General para el año 2013, y en conformidad con lo establecido en la ley N°10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República, se efectuó una auditoría a los gastos imputados bajo la codificación contable 215-31-02-004-008, denominada "Equipamiento Social", en la Municipalidad de Las Condes. El equipo que ejecutó la fiscalización fue integrado por el señor Rolando Tapia Silva y la señorita Moira Reyes Gutiérrez, como auditores, y el señor Carlos Clling Iturra y la señorita Marcela Rivera Figueroa, como supervisores.

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La Municipalidad de Las Condes es una corporación autónoma de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya finalidad es satisfacer las necesidades de la comunidad local y asegurar su participación en el progreso económico, social y cultural de la comuna, según dispone el artículo 1° de la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.

Dentro de sus competencias se encuentra la facultad de licitar y ejecutar contratos para la ejecución de obras, a través de las dependencias municipales competentes y celebrar convenios con otros órganos de la Administración del Estado, en las condiciones que señale la ley respectiva, según dispone el inciso primero del artículo 8° del referido texto legal.

Cabe mencionar que, con carácter reservado, el 13 de noviembre de 2013 fue puesto en conocimiento de la Municipalidad de Las Condes el preinforme de observaciones N°36, de 2013, con la finalidad que formulara los alcances y precisiones que, a su juicio, procedieran, lo que se concretó mediante oficio N°1/681, de 4 de diciembre de igual año.

OBJETIVO

La fiscalización tuvo por objeto practicar una auditoría a los gastos imputados bajo la codificación contable 215-31-02-004-008, durante el año 2012, en la Municipalidad de Las Condes.

La finalidad de la revisión fue verificar que tales gastos se hayan ceñido a las disposiciones normativas que les resulten aplicables, como asimismo, comprobar la autorización, valuación, registro contable y existencia de la documentación de respaldo de las operaciones.

Además, se verificó el cumplimiento del dictamen N° 7.251, de 2008, de esta Contraloría General, en cuanto a mantener en sus dependencias una carpeta con la documentación mínima que se indica para cada contrato que celebre, a fin de que sea revisada por personal especializado de esta Entidad de Control.

METODOLOGÍA

El examen se practicó de acuerdo con la Metodología de Auditoría de este Organismo Fiscalizador y los procedimientos de control aprobados mediante las resoluciones exentas Nos1.485 y 1.486, ambas de 1996, considerando resultados de evaluaciones de control interno respecto de las materias examinadas, determinándose la realización de pruebas de auditoría en la medida que se estimaron necesarias.

UNIVERSO y MUESTRA

De acuerdo con los antecedentes recopilados, el universo de esta auditoría se conformó por un total de $531.869.862, correspondientes a los gastos imputados en la codificación contable 215-31-02-004-008, denominada "Equipamiento Social", que durante el año 2012 comprendió 21 operaciones asociadas a 3 contratos, según se detalla en anexo N°1.

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El examen financiero consideró el 100% de las partidas contenidas en el citado universo. Para efectos de la validación en terreno de los gastos comprendidos en la muestra, se verificó la materialización de los contratos "Construcción Sede Social y Oficinas Municipales en Calle Patricia N° 9.110" y "Construcción Sede Comunitaria Alonso de Córdova N°5.225". Respecto del contrato "Ejecución de obras de construcción en inmuebles municipales y espacios públicos de la comuna de Las Condes bajo la modalidad de precios unitarios", considerando los centros comunitarios que concentraron los mayores gastos, se seleccionó una submuestra de tres sedes, que comprenden siete pagos, equivalentes al 52,62% de los egresos de dicho contrato, según se pormenoriza en el anexo N°2.

RESULTADO DE LA AUDITORÍA

Revisados los antecedentes que sustentaron los contratos de obra asociados a los gastos auditados en el período fiscalizado, se advirtió que, en términos generales, el municipio en examen mantiene en sus dependencias una carpeta por cada proyecto con la documentación mínima exigida en el dictamen N° 7.251, de 2008, de este Organismo de Control, sin desprenderse objeciones que formular.

No obstante lo anterior, de la fiscalización practicada se detectaron las siguientes situaciones:

I. ASPECTOS DE CONTROL INTERNO

Falta de trazabilidad del origen y ejecución de los trabajos.

Según el numeral A.9 de las bases administrativas que regulan el contrato denominado "Ejecución de obras de construcción en inmuebles municipales y espacios públicos de la comuna de Las Condes bajo la modalidad de precios unitarios", las obras a ejecutar serían encomendadas mediante órdenes de trabajo, OT, elaboradas en base al listado de precios unitarios adjudicados, estableciendo su plazo de ejecución.

Al respecto, cabe señalar las siguientes observaciones que contravienen lo prescrito en el numeral 46, Capítulo III, Clasificación de las Normas de Control Interno, letra a) "Documentación", de la resolución exenta N°1.485, de 1996, de este origen, que prescribe que "(...) la documentación sobre transacciones y hechos significativos debe ser completa y exacta y facilitar el seguimiento de la transacción o hecho (y de la información concerniente) antes, durante y después de su realización":

a) No consta por escrito la justificación técnica del requerimiento que originó la inclusión de cada una de las partidas definidas en la planilla "descripción de actividades", que se anexa a las 19 órdenes de trabajo examinadas en la mencionada licitación, efectuada bajo la modalidad de precios unitarios.

En su respuesta, la Municipalidad de Las Condes señaló que en todos los casos los requerimientos fueron efectuados por la Dirección de Desarrollo Comunitario, DECOM, para luego ser aprobados e incluidos en su presupuesto, a fin de materializarse a través del

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Departamento de Construcción y Aguas, DEPCO. Añadió, que en el año 2012 estos fueron aprobados en el presupuesto de inversión PI 801/2012.

Asimismo, agregó que los centros comunitarios observados, que debían intervenirse pues estaban considerados en el aludido presupuesto, eran visitados por el inspector técnico de obras, ITO, -funcionario municipal profesional de la construcción-, quien definía los ítems de la descripción de actividades, a fin de emitir una orden de trabajo, OT, en base a los precios unitarios.

No obstante lo anterior, expuso que producto de la presente fiscalización se instruyó a las unidades involucradas mejorar el sustento técnico que justifique la materialización de cualquier obra y sus correspondientes órdenes de trabajo.

Sobre la materia, cumple anotar que los argumentos y antecedentes proporcionados resultan insuficientes para subsanar la observación, toda vez que persiste la ausencia de documentación que aclare el origen y priorización de los aludidos requerimientos -como por ejemplo a través de planteamientos de las organizaciones comunitarias, de un departamento municipal, de autoridades comunales, de la evaluación y diagnóstico de una consultora externa, entre otros-.

Además, tampoco se acredita la instrucción anunciada por la entidad edilicia ni su efectiva implementación, dado lo cual se mantiene la objeción. La validación de la referida instrucción y su cumplimiento se comprobará en una próxima auditoría de seguimiento.

b) Las órdenes de trabajo detalladas en el anexo N°5 no contaron con suficientes antecedentes gráficos de respaldo, tales como proyectos, planos, esquemas y fotografías, que permitieran identificar las partidas contempladas en la descripción de actividades, a fin de tener claridad de la ubicación y envergadura de cada intervención.

En lo tocante, el municipio manifestó que "estas obras son de carácter muy básico", por lo que no fue necesario un diseño específico o un proyecto de detalle con planos y esquemas. Agregó, que solo en las inspecciones previas se fotografiaban los trabajos a ejecutar y posteriormente se daba cuenta de su materialización con la secuencia estimada por el inspector técnico a cargo.

Sin embargo, informó que instruyó al Departamento de Construcción y Aguas para que en lo sucesivo exija la presentación de un proyecto, a fin de mejorar los procedimientos internos.

No obstante lo informado, las fotografías tenidas a la vista durante la fiscalización no identificaban el centro comunitario al cual pertenecían, ni qué etapa y sector de la intervención se representaba. Asimismo, hubo fotos que no correspondían a la sede social visitada, o bien, imágenes que respaldaban el trabajo de dos sedes distintas.

Por otra parte, el municipio tampoco adjuntó la instrucción anunciada, por lo que se mantiene la objeción. La verificación de la misma y su cumplimiento se constatarán en una próxima auditoría de seguimiento.

c) De igual forma, se advirtió que las órdenes de trabajo no cuentan con un registro en que se deje constancia del desarrollo de las obras y de la labor del inspector técnico sobre los

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hitos más relevantes, tales como la entrega del terreno, el control y avance de las faenas, sus modificaciones, observaciones y término, según corresponda.

En su contestación, el municipio confirmó que no ha realizado las anotaciones pertinentes, y que en adelante ha dispuesto incorporar una hoja de ruta para cada orden de trabajo, en la cual se anotarán las actividades más relevantes.

A la luz de lo expuesto, se mantiene la objeción. La debida implementación de la hoja de ruta anunciada se verificará en una próxima acción de seguimiento.

II. EXAMEN DE CUENTAS

Inconsistencias entre partidas pagadas y ejecutadas.

En el examen practicado, se constató la infracción al artículo 19 bis del decreto ley N°1.263, de 1975, del Ministerio de Hacienda, Orgánico de Administración Financiera del Estado, que señala que "(...) no podrá pactarse el pago de un contrato en una forma distinta a la que resulte de relacionar los pagos con el avance efectivo de la ejecución de los mismos". A saber:

a) En el contrato "Construcción Sede Comunitaria Alonso de Córdova", mediante decreto de pago N°3.718, de 6 de diciembre de 2012, se solucionó la partida N° 2.2.2 "Excavación a máquina", por $572.772, correspondiente al 22% del total del valor contratado a la empresa Pecsa Chile S.A., en circunstancias que dicha partida ya había sido solventada en un 100%, según consta en el decreto de pago N° 3.685 de 3 de diciembre de igual año, contraviniéndose a su vez el numeral A.19.1.2 de las bases administrativas, que indica que el pago de la obra se efectuará mediante estados de pago mensuales, conforme al avance efectivo de las obras, tal como se detalla en el siguiente cuadro:

PARTIDA 2.2.2 CANTIDAD CONTRATADA PRECIO ($) VALOR CONTRATADO ($) DECRETO DE PAGO FECHA AVANCE (%) PAGADO ($) Excavación a máquina 489,4 m³ 5.320 2.603.510 3.685 3-12-2012 100% 2.603.510 3.718 6-12-2012 22% 572.772

Cabe señalar que al 31 de diciembre de 2012, data de cierre del período examinado, dicha situación aún se mantenía.

Sobre la materia, el municipio auditado se refirió en detalle a distintos requisitos contemplados en las bases administrativas del contrato y en el decreto de adjudicación N° 2.111, de 2012, relativos a la oferta, al precio de construcción y a la modalidad de contratación, haciendo presente que la solución de la obra se efectúa mediante estados de pago mensuales, conforme a su avance efectivo, hasta completar el 90% del precio, y que de acuerdo al punto A.19.1.3 de las bases, cada estado de pago corresponderá a un abono del precio del contrato, lo que no supondrá en caso alguno aprobación o recepción de las obras realizadas hasta ese momento, y solo tendrán la calidad de avance a cuenta del precio señalado en las bases.

Referencias

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