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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL (ISA) TOMO I Memoria del Informe de Sostenibilidad Ambiental

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Documento de Avance Informe de Sostenibilidad Ambiental

1 Revisión del “Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural” del

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Documento de Avance Memoria del Informe de Sostenibilidad Ambiental Tomo I

2 ÍNDICE

1. INTRODUCCIÓN ... 4

2. CONTENIDO, OBJETIVOS Y RELACIONES ... 5

2.1 CONTENIDO ... 5

2.2 OBJETIVOS ... 12

2.3 RELACIONES ... 15

2.3.1 Directrices de Ordenación... 15

2.3.2 Plan Insular de Ordenación... 17

3. SITUACIÓN ACTUAL Y PROBLEMÁTICA EXISTENTE...18

3.1 DIAGNÓSTICO ... 18

3.1.1 Unidades ambientales homogéneas... 18

3.1.2 Problemática Ambiental ... 18

3.1.3 Calidad para la Conservación ... 19

3.1.4 Valor Cultural... 20

3.1.5 Limitaciones de Uso ... 21

3.1.6 Capacidad de Uso... 22

3.2 SÍNTESIS DEL DIAGNÓSTICO ... 24

4. CARACTERÍSTICAS AMBIENTALES...27

4.1 DESCRIPCIÓN DEL ÁMBITO DE INTERVENCIÓN... 27

4.2 CARACTERÍSTICAS AMBIENTALES TERRESTRES... 28

4.2.1 En relación con la Geología y la Geomorfología ... 28

4.2.2 En relación con la Hidrología ... 29

4.2.3 En relación con la Climatología... 30

4.2.4 En relación con la Caracterización de los Suelos... 30

4.2.5 En relación con la Flora y Vegetación... 31

4.2.6 En relación a los Hábitats de Interés Comunitario... 31

4.2.7 En relación a Fauna ... 32

4.2.8 En relación a el Paisaje... 33

4.2.9 En relación a la Calidad Visual del Paisaje... 34

4.2.10 En relación a los Impactos Ambientales Preexistentes ... 34

4.2.11 En relación a los Riesgos Naturales ... 35

4.3 CARACTERÍSTICAS AMBIENTALES MARINAS ... 36

4.3.1 En relación a la batimetría ... 36

4.3.2 En relación a la geomorfología ... 36

4.3.3 En relación a la oceanografía y la dinámica marina ... 37

4.3.4 En relación a los sustratos ... 39

4.3.5 En relación a la flora y fauna marina... 39

4.3.6 En relación a los recursos de interés pesquero y marisquero ... 42

4.3.7 En relación a las áreas de interés florístico y faunístico ... 42

4.3.8 En relación a los impactos ambientales existentes ... 43

5. SOBRE LOS OBJETIVOS DE PROTECCIÓN AMBIENTAL ...44

5.1 DE LA ESTRATEGIA TERRITORIAL EUROPEA ... 44

5.2 DEL MODELO TERRITORIAL BÁSICO DE CANARIAS ... 45

5.3 SOBRE LA EVALUACIÓN DE LOS EFECTOS DEL PLAN EN EL MEDIO AMBIENTE... 46

5.4 LA SOSTENIBILIDAD COMO CONCEPTO SOCIAL, ECONÓMICO Y AMBIENTAL ... 47

5.5 MARCO LEGISLATIVO DE APLICACIÓN: LEY 9/2006 ... 48

5.6 APLICACIÓN DE LA LEGALIDAD AMBIENTAL VIGENTE AL PRESENTE INFORME... 48

5.7 CONTENIDO, NIVEL DE DETALLE Y FASE DEL PROCEDIMIENTO DEL PRUG ... 49

6. ALTERNATIVAS...50

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Documento de Avance Memoria del Informe de Sostenibilidad Ambiental Tomo I

3

6.2 ALTERNATIVA 1 ... 50

6.3 ALTERNATIVA 2 ... 50

6.4 ALTERNATIVA 3 ... 51

6.5 ANÁLISIS DE LAS ALTERNATIVAS DE ORDENACIÓN... 53

6.5.1 Valoración técnica y comparativa de las alternativas ... 55

6.5.2 Valoración Ambiental de las Alternativas propuestas... 56

6.5.3 Conclusiones... 58

6.5.4 Valoración y viabilidad económica de las Alternativas ... 59

6.5.5 Valoración y viabilidad económica de las medidas ambientales ... 59

6.5.6 Viabilidad económica de las alternativas ... 59

7. EFECTOS SIGNIFICATIVOS SOBRE EL MEDIO AMBIENTE ...61

7.1 IDENTIFICACIÓN DE LAS DETERMINACIONES POTENCIALMENTE GENERADORAS DE EFECTOS SIGNIFICATIVOS SOBRE EL MEDIO AMBIENTE. ... 61

7.2 VALORACIÓN DETALLADA Y SIGNO DE LOS IMPACTOS DERIVADOS DE APLICAR LAS DETERMINACIONES DEL PLAN. ... 62

7.3 VALORACIÓN GLOBAL DEL IMPACTO SOBRE LOS ELEMENTOS DEL MEDIO ANALIZADOS ... 64

8. MEDIDAS...74

9. SEGUIMIENTO. PLAN DE VIGILANCIA AMBIENTAL (PVA) ...78

9.1 ELEMENTOS QUE INTEGRAN EL SEGUIMIENTO ... 78

9.2 INDICADORES DE SEGUIMIENTO ... 79

9.3 DESARROLLO DEL PLAN DE VIGILANCIA AMBIENTAL ... 80

9.4 EVENTOS QUE PUEDEN SUPONER CAUSA DE REVISIÓN DEL PLAN RECTOR DE USO Y GESTIÓN... 80

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Documento de Avance Memoria del Informe de Sostenibilidad Ambiental Tomo I

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MEMORIA DEL INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL.

1. INTRODUCCIÓN

El análisis de la sostenibilidad ambiental debe ser el reflejo del concepto de sostenibilidad la establecida por los distintos instrumentos que conforman el Sistema de Planeamiento de Canarias, los cuales, como herramientas de la ordenación, deberán considerarla como fin último de la ordenación que desarrollan.

El desarrollo sostenible quedó establecido como objetivo en todos los ámbitos de actuación de la ordenación estratégica y territorial, en los contextos territoriales europeo, nacional, regional, insular y local. Este propósito, cobra mayor importancia y se torna aún más ineludible, en los ámbitos insulares, donde la capacidad de renovación biológica es inferior a la de los espacios continentales y el patrimonio ambiental adquiere mayor singularidad. Siendo por consiguiente, un espacio más frágil constituyendo así, uno de los ejes del desarrollo económico y social de las islas.

A este respecto cabe decir que, la economía de la Comunidad Autónoma se sustenta principalmente en la actividad turística, que explota una imagen territorial que, cada vez más, gira en torno a la singularidad de su patrimonio ambiental y cultural; por consiguiente, el territorio insular se constituye en un recurso esencial que, en su ordenación racional, requiere estimar la variable ambiental, de forma que quede garantizada la sostenibilidad de los recursos de la isla, jugando para ello un papel primordial, la armonización del desarrollo económico con la preservación del patrimonio ambiental y cultural.

Así y con estas premisas, el objeto del presente documento es cumplimentar el Informe de Sostenibilidad Ambiental del Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural del Archipiélago Chinijo (en adelante, PRUG), en desarrollo de la Ley 19/2003, de 14 de abril,

por la que se aprueban las Directrices de Ordenación General y las Directrices de

Ordenación del Turismo de Canarias1

(en adelante, LDOGTC) así como, en cumplimiento de la Ley 9/2006 de 28 de abril, sobre los efectos de determinados planes y programas en el

medio ambiente (en adelante, Ley 9/2006).

A este respecto la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial confecciona el documento de referencia para la elaboración de los Informes de Sostenibilidad Ambiental de los Planes y Normas de Espacios Naturales Protegidos, Resolución de 30 de enero de 2007,

por la que se hace público el acuerdo de la COTMAC de 1 de diciembre de 2006, relativo al Documento de Referencia (en adelante, Documento de Referencia). En el que se establece

los contenidos básicos que deben incorporar el presente informe a los efectos de su sometimiento a los trámites de publicidad y concurrencia de interesados y administraciones afectadas.

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Documento de Avance Memoria del Informe de Sostenibilidad Ambiental Tomo I

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2. CONTENIDO, OBJETIVOS Y RELACIONES

2.1 Contenido

El Plan Rector debe establecer sobre la totalidad del Parque Natural (en aplicación del artículo 22 del Texto Refundido), las determinaciones necesarias para definir la ordenación pormenorizada del espacio, con el grado de detalle suficiente para legitimar los actos de ejecución. Además de estas determinaciones vinculantes, puede establecer normas directivas y criterios orientativos, señalando los objetivos a alcanzar.

El Plan Rector de Uso y Gestión debe zonificar el Parque Natural en las categorías que señala el artículo 22.4 del Texto Refundido, esto es, zonas de exclusión, de uso restringido, de uso moderado, de uso tradicional y/o de uso general. En cada una de estas zonas debe asignarse una clasificación y categorización del suelo, y finalmente, debe regularse el régimen de intervenciones sobre cada uno de los ámbitos resultantes de su ordenación, así como las condiciones para la ejecución de los actos autorizables.

Este Avance del Plan Rector está compuesto por la documentación que se señala en la tabla siguiente:

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Documento de Avance Memoria del Informe de Sostenibilidad Ambiental Tomo I

6 Metodología

I Introducción

Condicionantes de la planificación

Características geológicas y geomorfológicas Hidrología

Climatología

Caracterización de los suelos Flora y vegetación

Hábitats de interés comunitario Fauna

Paisaje

Calidad visual del paisaje

Impactos ambientales preexistentes

E l M e d io T e rr e s tr e Riesgos naturales Batimetría Geomorfología

Descripción de las costas

Características oceanográficas y dinámica del litoral Sustratos

Flora y Fauna marina Biocenosis

Recursos de interés pesquero Especies amenazadas

Áreas de interés florístico y faunístico II Inventario y análisis ambiental E l M e d io M a ri n o

Impactos ambientales existentes

T

O

M

O

I

Patrimonio Cultural Inventario de patrimonio cultural

Descripción del modelo territorial existente Usos del suelo

Análisis del sistema urbano Análisis del sistema rural

Sistema de infraestructuras y servicios III Análisis territorial

Proyectos y programas que afecten a la propuesta de ordenación

Población y Vivienda

Descripción general de la actividad en el Parque IV Análisis

socioeconómico

Actividades turístico-recreativas Categorías de protección

Planeamiento territorial y urbanístico vigente y en tramitación

Incidencia de la legislación sectorial Sentencias que afectan al plan rector

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V Régimen jurídico del territorio

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Documento de Avance Memoria del Informe de Sostenibilidad Ambiental Tomo I

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COD NOMBRE DEL PLANO ESCALA

IA.01 Situación y Emplazamiento 1:50.000 IA.02 Hipsometría y Batimetría 1:50.000

IA.03 Clinometría 1:50.000

IA.04 Características geológicas 1:50.000 IA.05 Características geomorfológicas 1:50.000 IA.06 Áreas de Interés Geológico- geomorfológico 1:50.000

IA.07 Clima 1:50.000

IA.08 Hidrología 1:50.000

IA.09 Suelos 1:50.000

IA.10 Capacidad Agrológica 1:50.000

IA.11 Vegetación 1:50.000

IA.12 Áreas de interés florístico 1:50.000 IA.13 Áreas de interés faunístico 1:50.000 IA.14 Ibas y Hábitats de interés comunitario 1:55.000

IA.15 Unidades de paisaje 1:50.000

IA.16 Calidad visual del paisaje 1:50.000

IA.17 Riesgos Naturales 1:50.000

IA.18 Batimetría 1:50.000

IA.19 Sustratos marinos 1:60.000

IA.20 Comunidades marinas 1:60.000

IA.21 Recursos de interés pesquero y marisquero 1:50.000

IA.22 Especies amenazadas 1:50.000

IA.23 Áreas marinas de interés florístico y faunística 1:50.000

IA.24 Impactos 1:50.000 PL A N O S D E IN F O R M A C N A M B IEN T A L T O M O I II

IU.01 Patrimonio Cultural 1:50.000

IU.02 Análisis del Sistema Territorial 1:50.000 IU.03 Sistema de infraestructuras y servicios existentes 1:50.000

R E V IS N D E L P L A N R E C T O R D E U S O Y G E S T N D E L P A R Q U E N A T U R A L D E L A R C H IP L A G O C H IN IJ O -A V A N C E PL A N O S D E IN F O R M A C N T ER R IT O R IA L T O M O I V

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Documento de Avance Memoria del Informe de Sostenibilidad Ambiental Tomo I

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COD NOMBRE DEL PLANO ESCALA

IU.05.1 Caleta de Famara 1:2.000

IU.05.2 Island Homes 1:2.000

IU.05.3 Caleta del Sebo 1:2.000

IU.05

Información General de los núcleos de población

IU.05.4 Pedro Barba 1:2.000

IU.06.1 Caleta de Famara 1:2.000

IU.06.2 Island Homes 1:2.000

IU.06.3 Caleta del Sebo 1:2.000

PL A N O S D E N F O R M A C N IU.06 Información Infraestructuras de los núcleos

IU.06.4 Pedro Barba 1:2.000

IRJ.01 Categorías de protección: ENP, Red Natura 2000, Reserva

biosfera, A.S.E, etc… 1:60.000

IRJ.02 Plan Insular de Ordenación de Lanzarote (PIOL) 1:50.000 IRJ.3.1 Clasificación y Categorización

IRJ.03.1.1 IRJ.03.1.2 IRJ.03.1.3

1:25.000

IRJ.3.2 Delimitación y Categorización IRJ.03.2.1 Pedro Barba IRJ.03.2.2 Caleta de Sebo IRJ.03.2.3 C.Famara IRJ.03.2.4 Island Homes IRJ.3.3 Ordenación por núcleos

IRJ.03.3.1 Pedro Barba IRJ.03.3.2 Caleta de Sebo IRJ.03.3.3 C.Famara IRJ.03 Plan Rector de

Uso y Gestión Vigente

IRJ.03.3.4 Island Homes

1:2.000

IRJ.4.1 Ordenación General IRJ.04.1.1 IRJ.04.1.2 IRJ.04.1.3

1:25.000 IRJ.4.2 Ordenación por Núcleos

IRJ.04.2.1 Pedro Barba IRJ.04.2.2 Caleta de Sebo

IRJ.04.2.3 Caleta de Famara IRJ.04 Planeamiento Urbanístico Municipal

IRJ.04.2.4 Island Homes

1:2.000

IRJ.05.1 Ordenación General

IRJ.05.2.1 Caleta de

Famara IRJ.05.2.2 Island Homes IRJ.05.2

Ordenación por Núcleos

IRJ.05.2.3 Caleta de Sebo IRJ.05 Afecciones

sectoriales

IRJ.05.2.4 Pedro de Barba

1:2.000

IRJ.06.1. Titularidad del Suelo

1:50.000

IRJ.06.1.1 Caleta de Sebo 1:2.000

R E V IS N D E L P L A N R E C T O R D E U S O Y G E S T N D E L P A R Q U E N A T U R A L D E L A R C H IP L A G O C H IN IJ O -A V A N C E . PL A N O S D E IN F O R M A C N PL A N O S D E R ÉG IM EN J U R ÍD IC O T O M O V IRJ.06 Titularidad del suelo y otras características

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Documento de Avance Memoria del Informe de Sostenibilidad Ambiental Tomo I

9 I Introducción Antecedentes y fundamentos del diagnóstico

Unidades Ambientales Homogéneas Características de la problemática ambiental existente

Calidad para la conservación de la Unidades delimitadas Valor Cultural Limitaciones de Uso Diagnóstico ambiental Terrestre Capacidad de Uso

Diagnóstico ambiental descriptivo. Unidades Ambientales Homogéneas Características de la problemática ambiental existente

Calidad para la conservación de las Unidades Ambientales Marinas

Limitación de Uso

Limitación de uso derivadas de la presencia de elementos bióticos de singular valor

Limitaciones de uso derivadas de la calidad paisajística y de elementos de interés geológico-geomorfológicos Limitación de uso derivadas de la dinámica sedimentaria Capacidad de uso II. DIAGNOSTICO AMBIENTAL ( TERRESTRE Y MARINO) Diagnóstico ambiental Marino

Valoración de la capacidad de uso Situación Jurídica del Parque Natural

Diagnóstico Territorial del ámbito del Parque Natural Ámbito I : Caleta de Famara e Island Homes

Ámbito II: Riscos de Famara Ámbito III: La Graciosa III. DIAGNÓSTICO

TERRITORIAL-JURÍDICO

Ámbito IIV: Alegranza, Montaña Clara y Los Roques Diagnóstico Social

Diagnóstico Económico General por Sectores Diagnóstico de las actividades turístico-recreativas IV. DIAGNOSTICO

SOCIOECONÓMICO

Diagnóstico de las actividades recreativas

Conclusiones extraídas del Diagnóstico ambiental terrestre y marino

Conclusiones del diagnóstico territorial Conclusiones del diagnóstico socioeconómico

R E V IS N D E L P L A N R E C T O R D E U S O Y G E S T N D E L P A R Q U E N A T U R A L D E L A R C H IP L A G O C H IN IJ O A V A N C E M EM O R IA D E D IA G N Ó ST IC O T O M O I V. SINTESIS DE DIAGNÓSTICO Diagnóstico Conjunto

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Documento de Avance Memoria del Informe de Sostenibilidad Ambiental Tomo I

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COD NOMBRE DEL PLANO ESCALA

DA.01 Unidades Ambientales Terrestres y Marinas 1:50.000 DA.02 Problemática Ambiental de la UT y UM 1:50.000 DA.03 Limitaciones de uso de las UAH 1:50.000 DA.04 Capacidad de uso de las UAH 1:50.000

DA.05.1Calidad para la conservación

Terrestre y Marina 1:50.000 DA0.5

Diagnóstico de la potencialidad

ambiental DA.05.2Valor Cultural de las UT y UM 1:50.000

DA.06 Limitación de uso marino 1:100.000

DA.07.1 1:100.000 A M B IEN T A L T O M O I I

DA.07 Capacidad de uso

marino DA.07.2 1:100.000 DT.01.1 DT.01.2 DT.01 Diagnóstico Jurídico-Territorial DT.01.3 1:25.000 DT.02 Caleta de Sebo 1:1.000 DT.03 Caleta de Famara 1:2.000 DT.04 Island Homes 1:2.000 T ER R IT O R IA L J U R ÍD IC O T O M O II I DT.05 Pedro Barba 1:2.000 R E V IS N D E L P L A N R E C T O R D E U S O Y G E S T N D E L P A R Q U E N A T U R A L D E L A R C H IP L A G O C H IN IJ O -A V A N C E PL A N O S D E D IA G N Ó ST IC O

D.C Plano Capacidad de transformación del Medio

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Documento de Avance Memoria del Informe de Sostenibilidad Ambiental Tomo I

11 Introducción

Síntesis del Diagnóstico

Objetivos y Criterios de la ordenación. Zonificación

Elementos de la ordenación

Alternativa 0 PRUG vigente

Alternativa 1,2 y 3 Estudio de las Alternativas

Análisis ponderado de Las Alternativas

Actuaciones generales para el Parque

T O M O I I. MEMORIA JUSTIFICATIVA

Anexo: Metodología de la Capacidad de Carga Disposiciones Generales

Zonificación, Clasificación y Categorización del suelo

Régimen de Usos R E V IS N D E L P L A N R E C T O R D E U S O Y G E S T N D E L P A R Q U E N A T U R A L D E L A R C H IP L A G O C H IN IJ O A V A N C E D O C U M EN T O D E O R D EN A C N T O M O I I II. ESQUEMA BÁSICO NORMATIVO

Anexo: Matiz de Usos

Introducción

Contenido, Objetivos y relaciones Situación actual y problemática existente Características ambientales

Los objetivos de protección ambiental Alternativas

Efectos significativos sobre el medio ambiente

Medidas previstas para reducir los efectos del plan sobre el medio. Programa de vigilancia ambiental.

R E V IS N D E L P L A N R E C T O R D E U S O Y G E S T N D E L P A R Q U E N A T U R A L D E L A R C H IP L A G O C H IN IJ O IN F O R M E D E SO ST EN IB IL ID A D A M B IEN T A L T O M O I INFORME DE SOSTENIBILIDA D AMBIENTAL

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Documento de Avance Memoria del Informe de Sostenibilidad Ambiental Tomo I

12

2.2 Objetivos

Este Plan Rector de Uso y Gestión tiene como objetivo general, tal y como le corresponde por Ley, la elaboración de las Normas, Directrices y criterios generales, de forma que puedan lograrse los objetivos que han justificado su declaración, que por tratarse de un Parque Natural es "la preservación de los recursos naturales que alberga para el disfrute público, la educación y la investigación científica de forma compatible con su conservación, no teniendo cabida los usos residenciales en todo el ámbito del espacio protegido, u otros ajenos a su finalidad". De este modo el uso residencial con carácter general está prohibido y sólo cabe en este Parque Natural porque ha sido excepcionado en los cuatro núcleos de población (Caleta del Sebo, Pedro Barba, Caleta de Famara e Island Homes) de manera expresa por el Anexo de Reclasificación de los Espacios Naturales Protegidos de Lanzarote epígrafe (L-2) punto 3 del Texto Refundido.

De acuerdo con la finalidad del Parque y los fundamentos de protección se establecen como objetivos concretos de este Plan Rector de Uso y Gestión los siguientes:

1º) Garantizar la conservación y protección de los recursos naturales y los ecosistemas presentes en el área, así como la restauración de aquellos que lo precisen, manteniendo su dinámica y estructura funcional.

2º) Eliminar, limitar o regular, según el caso, las actividades incompatibles con la conservación de los recursos naturales.

COD NOMBRE DEL PLANO ESCALA

OE.01.1 Zonificación vigente 1:50.000 OE. 01 Zonificación OE.01.2 Zonificación propuesta 1:50.000 OE.02.1 Alternativa 0 1:50.000 OE.02 Clasificación y categorización OE.02.2

Alternativas 1,2,3

1:50.000 OE.03.1

Alternativa 0 1:50.000 OE.03 Sistema Territorial

OE.03.2 A1,A2,A3 1:50.000 OE.04.1 Estructura Alternativa 0 1:50.000 OE.04.2 Estructura Alternativa 1 1:50.000 OE.04.3 Estructura Alternativa 2 1:50.000 OE.04.4 Estructura Alternativa 3 1:50.000 R E V IS N D E L P L A N R E C T O R D E U S O Y G E S T N D E L P A R Q U E N A T U R A L D E L A R C H IP L A G O C H IN IJ O -A V A N C E D O C U M EN T O D E O R D EN A C N T O M O I II PL A N O S D E O R D EN A C N

OE.04 Estructura y usos globales

OE.04.5 Comparativa de

alternativas

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Documento de Avance Memoria del Informe de Sostenibilidad Ambiental Tomo I

13 3º) Favorecer la recuperación y aumento de la superficie ocupada por la vegetación natural a través de la repoblación con las especies más adecuadas para cada zona.

4º) Promover medidas de lucha contra la erosión, especialmente para evitar la pérdida de suelo.

5º) Conservar las muestras de tabaibal así como potenciar su regeneración natural y favorecer la recolonización de sus zonas óptimas.

6º) Potenciar y asistir la recuperación de la vegetación termófila del Parque Natural.

7º) Garantizar la conservación y protección estricta de los hábitats rupícolas, pues constituyen el refugio de una gran variedad de especies endémicas, especialmente en el caso de los riscos de Famara.

8º) Garantizar la conservación y protección de las especies vegetales y de la fauna amenazadas, mediante acciones de recuperación, protección y manejo de estas especies y sus hábitats.

9º) Promover, de acuerdo con el órgano competente en materia de pesca, la conservación y recuperación de los ecosistemas marinos presentes en el Parque Natural, así como, la utilización sostenible de los recursos pesqueros y marisqueros.

10º) Recuperar aquellas áreas que se encuentren más degradadas, prestando especial atención a la eliminación y/o corrección de los impactos preexistentes.

11º) Mejorar todos los aspectos relacionados con la recogida y tratamiento de los residuos generados en los asentamientos de población y en las áreas de concentración de visitantes. 12º) Contribuir a la mejora de las condiciones de vida de los habitantes del Parque Natural. 13º) Promover el crecimiento ordenado y armónico de los núcleos de población, dotándolos de los servicios e infraestructuras necesarios en cada caso.

14º) Potenciar el mantenimiento de las actividades económicas tradicionales, especialmente la pesca artesanal y las prácticas agrícolas.

15º) Contribuir al fomento y promoción de nuevas alternativas de desarrollo socioeconómico de la población local.

16º) Contribuir al mantenimiento del patrimonio arqueológico, etnográfico, histórico y paleontológico.

17º) Conservar, proteger y contribuir a la recuperación de los conjuntos y yacimientos arqueológicos representativos del Parque Natural, así como los yacimientos paleontológicos existentes.

18º) Contribuir a la conservación y recuperación de los elementos patrimoniales de interés histórico-artístico, así como a los elementos patrimoniales de interés etnográfico producto de las actividades tradicionales.

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Documento de Avance Memoria del Informe de Sostenibilidad Ambiental Tomo I

14 19º) Contribuir a la recuperación de edificaciones de valor patrimonial presentes en el Parque Natural.

20º) Contribuir al mantenimiento de las manifestaciones etnográficas de la cultura local. 21º) Conservar la calidad visual del paisaje en este Espacio Natural y restaurar las zonas degradadas.

22º) Eliminar, minimizar o integrar, según el caso, los impactos paisajísticos en el ámbito del Parque Natural, especialmente los derivados de las infraestructuras y equipamientos públicos.

23º) Promover el uso de tipologías constructivas tradicionales adecuadas a cada sector del Parque.

24º) Incentivar el acondicionamiento externo de las construcciones, incorporando la utilización de materiales y colores que permitan su integración paisajística, así como la adecuación estética de los entornos urbanizados.

25º) Regular y promover los usos relacionados con el disfrute público del espacio, la educación ambiental y la investigación.

26º) Difundir los valores y características naturales y culturales del Parque Natural, así como los objetivos, régimen de usos, directrices y programas del Plan Rector, tanto entre los habitantes del Parque y sus visitantes, como en otras áreas de captación de turismo local y foráneo.

27º) Diversificar y racionalizar la oferta de espacios de interés, ordenar la afluencia de visitantes y favorecer el contacto de los visitantes con la naturaleza y con los recursos culturales y etnográficos del Parque Natural, todo ello de forma compatible con su conservación.

28º) Garantizar que, directa o indirectamente, la afluencia de visitantes revierta económicamente en beneficio de los recursos naturales del Parque Natural y de las condiciones de vida de sus habitantes.

29º) Contribuir a la generación de rentas complementarias vinculadas a las actividades tradicionales del Parque Natural y a otras relacionadas con el ocio y el contacto con la naturaleza.

30º) Posibilitar el uso público del Parque Natural a un amplio abanico de visitantes, en función de su edad, de sus condiciones físicas, de su tiempo de permanencia, de sus afinidades o de su interés y conocimiento previo.

31º) Garantizar la seguridad de los usuarios del Parque Natural en las zonas naturales de mayor riesgo.

32º) Facilitar y fomentar la investigación aplicada a la gestión de los recursos naturales, los ecosistemas naturales y procesos ecológicos, y los aspectos culturales y antrópicos del Parque Natural.

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Documento de Avance Memoria del Informe de Sostenibilidad Ambiental Tomo I

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2.3 Relaciones

El Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG) del Parque Natural del Archipiélago Chinijo, se subordina a las Directrices de Ordenación y al Plan Insular de Ordenación.

2.3.1 Directrices de Ordenación

Las Directrices de Ordenación vigentes en el momento de redactar el documento del Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural que hay que tener en cuenta son las Directrices de Ordenación General y las Directrices de Ordenación del Turismo, aprobadas mediante la Ley 19/2003, de 14 de abril; así como las Directrices de Ordenación Territorial de las Telecomunicaciones de Canarias, no habiéndose aprobado hasta la fecha ninguna Directrices de Ordenación sectoriales más.

De todas las Directrices de Ordenación, son relevantes para la planificación del Parque Natural varias, algunas con el rango de normas de aplicación directa (NAD) y otras con el rango de norma directriz (ND).

De entre las Directrices de Ordenación General hay varias que tienen influencia directa o indirecta en la elaboración del Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural del Archipiélago Chinijo. El modelo de ordenación y la normativa siguen en general las directrices de aplicación, pero a continuación se señala brevemente la justificación del cumplimiento de algunos aspectos específicos señalados por las Directrices.

Respecto a la Directriz 7, de principios de intervención, el PRUG se vertebra siguiendo los principios expuestos en la misma, organizando la ordenación del Espacio Natural en torno a estos.

Respecto a la Directriz 8, de criterios de intervención, cabe señalar que el PRUG constituye el instrumento de ordenación de un Parque Natural, que por definición (artículo 48 del Texto Refundido) tiene como objeto "la preservación de los recursos naturales que alberga, para el disfrute público, la educación y la investigación científica, de forma compatible con su conservación, no teniendo cabida los usos residenciales u otros ajenos a su finalidad". Por tanto, el principal objetivo del PRUG es la ordenación de los recursos naturales del Parque, conforme a lo que el Texto Refundido establece para este tipo de figura de protección. Respecto a la Directriz 12, de objetivos en materia de biodiversidad, que señala que la conservación y gestión sostenible de la biodiversidad es un objetivo que inspirará al conjunto de las intervenciones públicas, y que es el objetivo específico de las políticas de protección del conjunto del patrimonio natural y del ecosistema, el PRUG es un instrumento que desarrolla precisamente estos objetivos que las Directrices plantean de forma general. La Directriz 15 establece los objetivos de la ordenación de los espacios naturales protegidos. Estos objetivos deben ser los de conservación (el primario y prevalente en caso de conflicto con los demás), desarrollo socioeconómico y el uso público. En el caso del Parque Natural, hay población asentada (los núcleos de Caleta de sebo y Caleta de Famara) que ha sido compatibilizada de forma expresa en la norma de declaración del Espacio Natural, y algunas actividades en el interior del Parque.

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Documento de Avance Memoria del Informe de Sostenibilidad Ambiental Tomo I

16 La Directriz 16, de criterios para la ordenación de los espacios naturales protegidos, señala que los instrumentos de planeamiento deben incluir los criterios para el desarrollo de un seguimiento ecológico de los hábitats naturales y de las especies que albergan, y los cambios y tendencias que experimentan a lo largo del tiempo. El PRUG propone una serie de estudios, dirigidos en la mayoría de los casos a realizar una caracterización de los elementos (sean hábitats, especies o comunidades) con mayor relevancia en el Parque. Los aspectos que se proponen desde el Informe de Sostenibilidad sobre el seguimiento se señalan en el apartado correspondiente del presente documento.

La Directriz 17, de criterios de restauración, señala que las intervenciones de recuperación de espacios degradados y las acciones de integración paisajística de las infraestructuras serán llevadas a cabo mediante el empleo de especies autóctonas, así como el establecimiento de corredores biológicos entre hábitats fragmentados. El PRUG toma como medida el establecimiento de planes de erradicación de especies alóctonas.

La Directriz 19 señala que "las administraciones públicas desarrollarán una política de adquisición, con destino al dominio público, de los espacios de mayor valor en biodiversidad o estratégicos para su recuperación, asegurando con ello las máximas garantías de protección de esas zonas". El PRUG remite al órgano gestor, la adquisición de parcelas de propiedad privada, especialmente las incluidas en las zonas con mayor valor natural y en consecuencia con mayor restricción de usos.

Respecto a la Directriz 26, relacionada con la planificación del recurso hídrico, cabe señalar que en el Espacio Protegido se siguen algunos de los criterios que sirven como orientación a la actividad planificadora. Criterios tales como la utilización más eficiente del agua, la reutilización de las aguas residuales tratadas, etc.

La Directriz 31 aboga por la depuración y reutilización de las aguas residuales y la erradicación de vertidos. El PRUG para dar cumplimiento a las determinaciones de esta directriz prevé el establecimiento de una red de saneamiento para el núcleo urbano de Caleta de Sebo y fija el lugar para la construcción de una depuradora que permita el correcto tratamiento de las aguas residuales.

La Directriz 32, relativa a las aguas marinas hace alusión a la calidad de las aguas marinas y la prevención de la contaminación por los buques. El PRUG fija una serie de determinaciones para dar cobertura a esta materia.

La Directriz 34, sobre recursos geológicos, prohíbe la actividad extractiva en espacios naturales protegidos "excepto por razones justificadas de índole ambiental y en los casos en que expresamente admita tal actividad el planeamiento a que se refiere el número anterior [el planeamiento insular en el marco de la normativa sectorial y, en su caso, la Directriz de Ordenación correspondiente]". Siendo el Parque Natural un espacio que tiene en los elementos geológicos uno de sus principales valores de protección, esta prohibición es esencial. Por ello el PRUG prohíbe explícitamente las extracciones de material geológico en su ámbito, excepto en un área concreta que se justifica, además de por su interés local, por proteger otras zonas con recursos geológicos de importancia distribuido de forma homogénea por prácticamente todo el territorio que comprende el Parque Natural.

La Directriz 35, sobre energía establece una serie de criterios de planificación. Pues bien, el PRUG para dar cumplimiento a la misma y el resto de planes en materia de energía,

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17 fin de que poco a poco su utilización vaya en aumento y tiende por la conseguir la mayor

integración de las instalaciones de energía.

La Directriz 41, fija una serie de criterios para la gestión de los residuos urbanos con los objetivos de reducir la producción de residuos, incrementar su reutilización y reciclaje, maximizar su producción y asegurar el adecuado tratamiento de los diferentes tipos de residuos. Con base en esos criterios el PRUG realiza una planificación de las intervenciones en materia de residuos urbanos que se refleja en el establecimiento de instalaciones para su gestión y tratamiento.

La Directriz 60, sobre espacios naturales protegidos, remite al planeamiento insular de los espacios naturales a la previsión de reserva, para la incorporación al patrimonio público de suelo, de los ámbitos más valiosos que requieran de una protección y gestión excepcionales. Como ya se mencionó respecto a la previsión de adquisición de suelos para la preservación de la biodiversidad, el Plan señala como una de las directrices para la gestión, la adquisición de propiedades privadas, especialmente en los ámbitos de mayor valor natural, preservados por el PRUG como Zona de Uso Restringido o Moderado.

2.3.2 Plan Insular de Ordenación.

El Plan Insular de Ordenación Territorial de Lanzarote (PIOL), aprobado definitivamente por el Decreto 63/1991, de 9 de abril, (BOC 17, 19, 21 de junio de 1991), se formula con el objetivo de racionalizar y delimitar el desarrollo territorial y turístico de la isla de Lanzarote, inconexo, desarticulado y sobredimensionado, en sus previsiones, definiendo un modelo de desarrollo insular contenido y compatible con la conservación de los equilibrios básicos insulares y la preservación de los valores medioambientales y paisajísticos de la isla.

El PIOL de 1991 define una Estructura Territorial Insular Básica, que se articula en tres pilares o Sistemas Básicos: (1) el sistema del medio físico y del paisaje insular, (2) el sistema articulado de núcleos de población, y (3) el sistema de distribución de grandes usos en el territorio. Se realiza una clara diferenciación entre los distintos núcleos de población ( Arrecife, los núcleos de población turística y los núcleos de población no turística, y , dentro de estos últimos, los centros municipales, los núcleos del litoral y los núcleos rurales) para tratar, de forma diferenciada, los diversos roles y las condiciones de urbanización y de la edificación.

El Plan Insular contiene un gran número de determinaciones que afectan al Parque Natural del Archipiélago Chinijo. Tendríamos que destacar las disposiciones de carácter general contenidas en su Título III relativo a la ordenación territorial y las políticas sectoriales y su título IV de ordenación de territorio insular y régimen del suelo.

En cuanto al Título III de ordenación territorial y políticas sectoriales, se han recogido las determinaciones de mayor relevancia en el espacio natural protegido que nos ocupa. En este sentido, cabe destacar aquellas incluidas en la Sección 2ª relativa a las disposiciones sectoriales relativas al medio físico (Capítulo 3.1., Sección 2ª). Por otro lado, en el Título IV se han destacado las normas relativas al régimen urbanístico del suelo rústico (Capítulo 4.2.) con especial atención a las categorías del suelo rústico y sus normas particulares (Sección 2ª). Por último se han señalado las determinaciones más relevantes del Título V del PIOL relativo a las condiciones para el desarrollo cualificado del medio natural y urbano.

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18 El Plan Insular de Ordenación de Lanzarote, aprobado mediante Decreto 63/1991, de 9 de abril, no se encuentra adaptado a las prescripciones del Texto Refundido. En consecuencia, sus determinaciones no son vinculantes para el PRUG del Parque Natural. Sin embargo, en tanto que plantea un modelo de ordenación del territorio insular, ha sido tenido en cuenta en la ordenación del Espacio Natural en todas aquellas determinaciones que no colisionen con los objetivos de conservación del Parque.

3. SITUACIÓN ACTUAL Y PROBLEMÁTICA EXISTENTE

3.1 Diagnóstico

3.1.1 Unidades ambientales homogéneas

Para la realización del diagnóstico se han delimitado 69 unidades ambientales homogéneas, conformadas por elementos, formaciones y procesos similares dentro de su ámbito, o dicho de otra manera, se caracterizan por un paisaje y un funcionamiento común. El predominio de unos elementos y procesos sobre otros, así como sus interrelaciones, son los parámetros que se usan para definir y delimitar cada tipo de unidad.

En el medio marino, se han delimitado 34 unidades ambientales homogéneas, partir de factores abióticos y bióticos. El factor abiótico principal de definición para la unidad ha sido la tipología de los fondos marinos (fondos arenosos y fondos rocosos). Mientras que los factores bióticos determinantes han sido la vegetación y fauna.

La definición de las mismas, se encuentran en el Tomo I Memoria de Diagnóstico, en el

apartado 3.1 Unidades Ambientales Homogéneas y en el apartado 4.1.1 Metodología y Criterios de la definición de las Unidades Ambientales de Diagnóstico Marinas.

3.1.2 Problemática Ambiental

Este apartado del diagnóstico se encuentra de forma explícita redactado en el Tomo I

Memoria de Diagnóstico, en el apartado 3.2 Características de la Problemática Ambiental y

en el apartado 4.2 Características de la Problemática ambiental existente (medio marino). En esta fase se analiza la Problemática ambiental existente en el momento previo a la redacción del PRUG del Archipiélago Chinijo, valorando los impactos ambientales preexistentes en las unidades ambientales delimitadas que resulten relevantes por su potencial interacción y/o incompatibilidad con la conservación medioambiental.

Los impactos evaluados y tenidos en cuenta para la valoración de la Problemática ambiental

existente de las unidades ambientales delimitadas en el ámbito de estudio son los que se

describen en el apartado 2.1.10 Impactos Ambientales preexistentes del Tomo I de la

Memoria de Información y en el apartado 4.1.12 Impactos ambientales existentes (medio

marino) de este PRUG, siendo los que a continuación se enumeran:

• Carreteras y pistas de tierra

• Edificaciones inadecuadas (fachadas sin enfoscar, exceso de volúmenes, etc.)

• Redes, torres eléctricas y antenas de telecomunicaciones

• Vertederos, escombreras y residuos sólidos urbanos

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• Áreas en progresivo abandono de cultivos

• Actividad pastoril, y corrales inadecuados

• Especies vegetales invasoras

• Residuos sólidos provenientes del mar En el medio marino: • Núcleos urbanos. • Infraestructuras portuarias. • Tráfico marítimo. • Excursiones marítimas. • Fondeaderos. • Blanquizal.

La conclusión más evidente de la problemática ambiental terrestre, es que los valores muy bajos que alcanza prácticamente todo el territorio que comprende el Parque Natural, donde de las 69 unidades 54 obtienen este valor, por lo que casi el 100% del territorio no presenta problemas de consideración con los recursos naturales. Esto se debe, por un lado a que los impactos ambientales se dan de manera muy localizada en el territorio, y por otro lado, los impactos preexistentes son indicadores de la actividad antrópica presente en el Parque Natural, que por lo general se suelen localizar en los núcleos de población, así como en su periferia.

En cuanto a la problemática ambiental del medio marino, de las 34 UAH descritas y diagnosticadas, 7 presentan una problemática ambiental alta o muy alta; 11 moderada y 14, muy baja. De estos datos se deduce que, el 53% de las UAH marinas del Parque se encuentran afectadas por algunos de los impactos analizados, con una magnitud y reversibilidad en grado moderado o alto, muy por encima de lo que cabría de esperar en un Parque Natural como el que se trata, siendo los problemas más significativos, los derivados de la sobrepesca con 1.728, 50Ha afectadas por blanquizal y la concentración de usos de alta intensidad en El Río, una de las zonas de mayor sensibilidad y biodiversidad del Parque.

3.1.3 Calidad para la Conservación

Este apartado se desarrolla de manera exhaustiva en el Tomo I Memoria de Diagnóstico, en

el apartado 3.3 Calidad Para la Conservación de las Unidades Delimitadas y en el apartado 4.3.1 Valoración de la Calidad para la conservación de las Unidades Ambientales Homogéneas (medio marino).

La Calidad para la conservación se entiende como la valoración de la aptitud de un ámbito territorial, para ser preservado en las condiciones existentes, o de otra manera, su grado de excelencia para no ser alterado. Por tanto se asume la Calidad para la conservación como un indicador que contraste la calidad ambiental y la fragilidad.

En lo que respecta a las unidades ambientales terrestres delimitadas, se han tenido en cuenta como factores para determinar la Calidad para la conservación los siguientes criterios:

1- Hábitats de interés comunitario

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20 3- Calidad visual del paisaje

4- Problemática ambiental

Como conclusión, destacar la significativa calidad para la conservación, que a rasgos generales, posee el Parque Natural, donde de las 69 Unidades 19 poseen un valor muy alto, y 24 obtienen un valor alto, por lo que más de la mitad presentan una calidad para la conservación destacable, cosa que se debe en parte, a que la problemática ambiental, en prácticamente todo el territorio perteneciente al PRUG, es poco significativa, destacando por contra, espacios y/o áreas con recursos naturales a preservar, cuestión que le da sentido al Parque Natural, y a su vez al PRUG, ya que su objetivo primordial es la preservación de dichos recursos.

Los parámetros valorados para determinar la calidad para la conservación de las unidades de diagnóstico marinas son:

- Áreas de interés florístico, faunístico y/o geomorfológico. - Hábitats de interés comunitario.

- Flora y/o fauna de interés. - Biocenosis sensibles. - Problemática ambiental.

La valoración de la calidad para la conservación del medio marino del Parque, con valores geológicos, florísticos y faunísticos excepcionales en cuanto a singularidad y fragilidad en el Archipiélago Canario, se encuentra seriamente disminuida por los problemas ambientales, resultando tan solo el 32% de las UAH con calidad para la conservación alta o muy alta.

3.1.4 Valor Cultural

Este apartado se desarrolla de manera exhaustiva en el Tomo I Memoria de Diagnóstico, en

el apartado 3.4 Valor Cultural.

El valor cultural, trata de sintetizar el valor del patrimonio histórico, arqueológico, etnográfico y arquitectónico de cada una de las unidades ambientales homogéneas que componen el territorio del PRUG. Su representación pone de manifiesto aquellos sectores que necesitan ser preservados por su riqueza patrimonial.

Finalmente, considerando que se trata de un espacio, donde la preservación de los recursos, de distinta índole, ha sido su principal cometido, y donde por tanto, todavía existen muchas áreas con potencial etnográfico y arquitectónico, el valor cultural se ha establecido atendiendo a la presencia-ausencia de los propios elementos culturales.

Los resultados obtenidos son bastante esclarecedores sobre cuál es uno de los principales valores del entorno analizado: su patrimonio cultural. En forma de vestigios paleontológicos, arqueológicos, de bienes arquitectónicos o de elementos etnográficos, 13 unidades ambientales poseen un valor cultural muy alto y 12 con valor alto, cuya conservación se hace imprescindible, y son 37 unidades ambientales las que carecen, en sentido estricto, de éstos.

En resumen, casi la mitad de las unidades ambientales poseen valores culturales altos y muy altos, cifra muy elevada pese a ser un lugar intervenido por el hombre. Cosa que viene a corroborar la idea mencionada anteriormente y es que en algunos lugares la intervención

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21 antrópica, al menos la desarrollada tradicionalmente, lejos de constituir un riesgo para el medio, ha contribuido a enriquecerlo. Un ejemplo claro de ello lo encontramos en Famara.

3.1.5 Limitaciones de Uso

Este apartado se desarrolla de manera exhaustiva en el Tomo I Memoria de Diagnóstico, en

el apartado 3.5 Limitaciones de Uso y en el apartado 4.4 Limitaciones de uso (medio

marino).

Las limitaciones de uso permiten resumir, en un solo documento, la importancia de los recursos naturales presentes en el territorio del PRUG. Al mismo tiempo, muestra las áreas donde la acogida de usos urbanos tiene menos consecuencias sobre la calidad y capacidad del medio. Para su elaboración se han utilizado aquellos criterios que, desde un punto de vista objetivo, resultan restrictivos a la hora de acoger usos urbanos, ya sea por la merma de recursos que supondría tal actividad (pérdida de recursos edáficos, naturales o paisajísticos), como por la peligrosidad intrínseca que significaría el acometer una actuación (por la existencia de un grado de pendiente excesivo). La coincidencia en cada punto del territorio de un cierto número de recursos o limitaciones físicas, nos llevará a determinar el grado de restricción. Para conocer éste, se han utilizado como referentes las unidades ambientales homogéneas, por lo que los criterios están siempre referidos al conjunto de estas unidades.

La coincidencia en cada punto del territorio de un cierto número de recursos o limitaciones físicas, nos llevará a determinar el grado de restricción. Para conocer éste, se han utilizado como referentes las unidades ambientales homogéneas, por lo que los criterios están siempre referidos al conjunto de estas unidades. Sumado a los criterios que se exponen a continuación:

a) Capacidad agrícola, ya que supone la pérdida de un recurso económico y la desaparición del suelo apto para cultivar. Se consideran restrictivos los valores relativos a media y alta capacidad agrícola.

b) Calidad para la conservación, que tiene por finalidad preservar los espacios que presentan valores naturales que han de ser protegidos, evitando el crecimiento urbanístico en estas áreas. Se consideran restrictivos los valores relativos a media, alta y muy alta calidad para la conservación.

c) Calidad visual del paisaje, por cuanto el paisaje es uno de los valores que, con más énfasis, hay que preservar en una isla donde el turismo es el recurso económico primordial. Se consideraron restrictivos los valores de alta y muy alta calidad visual del paisaje.

d) Riesgo erosivo, por ser uno de los principales riesgos naturales que afectan al PRUG, convirtiéndose en la vía principal por la que se produce una importante pérdida de recursos edáficos. Se toman como limitantes los riesgos de deslizamientos y desprendimientos, así como los de crecidas y/o inundaciones. e) Grado de pendiente. La existencia de pendientes superiores al 30% significa una

limitación para la construcción.

Como conclusión, cabe destacar que, en el medio terrestre debido a la gran cantidad de recursos naturales a preservar y la escasa antropización que presenta el Parque Natural, centrándose la actividad en localizaciones de tipo puntual, las limitaciones de uso presentan, por tanto, valores muy altos y altos, debido principalmente a su alta calidad para la conservación, así como, a sus paisajes que le confieren altos valores visuales, y recordando

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22 las fuertes pendientes que el territorio presenta, limitando en este sentido a muchas actividades como por ejemplo la agricultura.

El diagnóstico ambiental marino, en lógica secuencia de todos los aspectos analizados, establece limitaciones de uso de las UAH en función de la presencia de elementos bióticos singulares, paisaje o dinámica sedimentaria, dando determinaciones de uso en las UAH afectadas por alguna (o varias) de estas limitaciones.

Así pues, las UAH con limitaciones de uso derivadas de la presencia de elementos bióticos singulares, paisaje o dinámica sedimentaria, tendrán limitaciones para el desarrollo de aquellos usos que:

1. Alteren o modifiquen de forma irreversible sus condiciones físicas y de los elementos asociados, como la vegetación y la fauna, el sustrato, bienes etnográficos y arqueológicos, etc. Se limitarán especialmente, la construcción de infraestructuras y los usos recreativos y profesionales de alta intensidad.

2. Afecten directamente a las especies animales y vegetales, como captura, arranque, etc.

3. Alteren las características físico-químicas de las aguas marinas, especialmente la contaminación marina.

4. En general las edificaciones e infraestructuras que obstaculicen el tránsito y acumulación natural de los sedimentos, tanto en el medio terrestre como en el marino.

3.1.6 Capacidad de Uso

Este apartado se desarrolla de manera exhaustiva en el Tomo I Memoria de Diagnóstico, en

el apartado 3.6 Capacidad de Uso y en el apartado 4.8 Capacidad de uso (medio marino).

En atención al estudio realizado en apartados anteriores acerca de las características abióticas, bióticas y antrópicas del territorio perteneciente al Archipiélago Chinijo, se puede establecer a priori y sobre cada una de las unidades ambientales homogéneas, una valoración de capacidad de acogida de cada una respecto a los principales usos que se desarrollan o se pueden desarrollar en el territorio que conforma el PRUG.

La Capacidad de uso se obtuvo, a partir de la relación de los resultados obtenidos en el análisis de las Limitaciones de uso y la Calidad para la conservación para cada unidad ambiental homogénea. Otorgando, por tanto, a cada unidad los usos que son Prioritarios, Compatibles, y los No Adecuados.

La interpretación de las valoraciones de la Capacidad de uso asignadas responderá a los siguientes criterios:

- Capacidad de uso Agrícola y Ganadera Prioritaria, se referirá a aquellas unidades

ambientales, cuyo potencial para el desarrollo de la actividad agrícola y/o ganadera estabulada, obtienen un valor alto en cuanto a la capacidad agrológica, además de poseer una pendiente adecuada para dicha práctica, y poseer también una calidad para la conservación compatible con el uso en cuestión. Por lo que el uso agrícola/ganadero es prioritario, mientras que el uso ambiental/natural, además de el de sistemas generales, dotación, equipamientos, e infraestructuras son compatibles, quedando excluido el uso residencial.

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Documento de Avance Memoria del Informe de Sostenibilidad Ambiental Tomo I

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- Capacidad de uso Ambiental/Natural Prioritaria, es asignada a aquellas unidades

ambientales en las que la presencia de valores ambientales analizados son significativos, o lo que es lo mismo, poseen una limitación de uso Muy Alta o Alta, así como, una Calidad para la Conservación Muy Alta o Alta también. Por lo que será el uso Ambiental/Natural el prioritario siendo el resto de usos incompatibles.

- Capacidad de uso Residencial Prioritario, se referirá a aquellas unidades

ambientales en las que los valores ambientales son prácticamente inexistentes, y la antropización de la zona es muy significativa, por lo que presentan una limitación de uso baja y una Calidad para la Conservación también baja. Por tanto, el uso prioritario es el residencial, donde los Sistemas Generales, Dotaciones, Equipamientos e Infraestructuras son compatibles, mientras que el resto de usos y/o actividades son incompatibles.

- Capacidad de uso Sistema General, Dotación, Equipamiento, e Infraestructuras

Compatible, este tipo de uso no registra unidades ambientales prioritarias, ya que

este tipo de uso es más localizado, y suelen compatibilizarse con otros usos, que suelen ser los predominantes en el área en el que se encuentran. Así pues, puede ser compatible con otro tipos de uso, siempre y cuando no alteren el medioambiente, por lo que en el caso que se encuentren en un uso Ambiental/Natural, se deberá tener en cuenta la necesidad de incorporar medidas ambientales correctoras que garanticen la conservación de los valores en presencia para poder compatibilizar el uso Sistema General, Dotación, Equipamiento, e Infraestructuras.

A modo de conclusión, y tras los resultados obtenidos, se puede destacar que el uso prioritario con mayor presencia dentro del ámbito terrestre del PRUG del Archipiélago Chinijo, es el Ambiental/Natural, cuya explicación más obvia es que al encontrarnos en un Espacio Natural, y como se ha corroborado, el principal objeto es la preservación de los elementos medioambientales. Que en consecuencia, tanto la Calidad para la Conservación, así como las limitaciones de uso, evidencian la necesidad primordial de la conservación de tales valores naturales en presencia.

En el medio marino, la capacidad de uso de cada unidad ambiental, se estima para cada uno de los usos potenciales o existentes:

- Conservación de valores naturales (abióticos y bióticos) marinos. - Regeneración paisajística.

- Uso Recreativo: excursiones marítimas, pesca recreativa, buceo, navegación - Pesca y marisqueo profesional.

- Transporte marítimo. - Infraestructuras.

La valoración de la capacidad de uso, se mide en una escala de cuatro valores: muy alta, alta, moderada y baja para cada unidad ambiental y uso definido.

El conjunto de todas las unidades ambientales y áreas de interés florístico y faunístico con un mayor potencial de recursos naturales, poco degradados o de gran valor por su vulnerabilidad y/o singularidad, merecedores de salvaguarda, presentan una alta capacidad de uso para la conservación de valores naturales (abióticos y bióticos). Esta capacidad de uso se orienta, para todas ellas, hacia la protección y conservación de sus valores naturales, sin que ello impida el desarrollo de algunos usos compatibles con la conservación del medio, favorecedores del conocimiento y divulgación de los valores presentes en dichas unidades,

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24 que no lleven implícitos transformaciones del territorio, como los usos de ocio y recreo de baja intensidad, pesca profesional, estudios científicos, contemplación, etc.

Las unidades con moderada presencia de valores naturales de relevancia, son potencialmente compatibles (moderada o alta capacidad de uso) con el desarrollo de usos de ocio y esparcimiento con cierto grado de transformación del territorio, sostenible con los valores naturales en presencia.

Se han considerado unidades de alta capacidad para la rehabilitación paisajística, todas aquellas con presencia de núcleos urbanos, infraestructuras y blanquizal (más del 40% de ocupación) donde el impacto ambiental es significativo, encontrándose el ámbito fuertemente afectado desde el punto de vista ambiental y paisajístico.

En estas unidades, adquieren especial significado las medidas correctoras de carácter ambiental que permitan la eliminación o corrección de los impactos existentes. En el caso del blanquizal, debiendo orientarse las propuestas a la limitación de las capturas de los principales depredadores del erizo Diadema aff antillarum. En relación con las infraestructuras que actúan como obstáculos a la dinámica sedimentaria o potencialmente puedan hacerlo, se deberán tomar las medidas correctoras oportunas evitando apantallamientos vegetales y establecimiento de corredores sedimentarios así como tipologías de edificación que faciliten la circulación sedimentaria.

Las unidades ambientales con alta capacidad de uso para la pesca y el marisqueo profesional, son aquellas en las que los valores naturales y el estado de los recursos son los más idóneos para el ejercicio de una actividad sostenible con el medio ambiente (sustratos de bajo valor ambiental, biocenosis de baja fragilidad, etc.), siempre y cuando el ejercicio de la actividad se mantenga en las condiciones actuales en cuanto a artes de pesca, número de embarcaciones autorizadas y control de las capturas.

Las unidades con alta capacidad de uso para el transporte marítimo de pasajeros, son aquellas en las que los efectos negativos (contaminación, ruido y colisiones, principalmente) son potencialmente asumibles por el medio o bien, aquellas que aún siendo susceptibles de sufrir daños por tales efectos, debido al interés general de este uso, sea inevitable su ejecución, en cuyo caso deberá ir acompañado de todas aquellas medidas que se consideren oportunas, incluyendo si los informes científicos así lo muestran, la disminución en la frecuencia y/o número de las embarcaciones.

Por último, ninguna de las unidades ambientales homogéneas marinas de un parque natural como el Archipiélago Chinijo, presenta alta capacidad de acogida para infraestructuras, debiendo desarrollarse las mismas en las unidades ambientales de moderada capacidad de acogida y sólo justificados por el interés general (saneamiento y puertos) previo a los preceptivos estudios de impacto ambiental y a la justificación de imposibilidad de localización en otro lugar.

3.2 Síntesis del diagnóstico

A modo de conclusión, y tras los resultados obtenidos en el diagnóstico ambiental terrestre, donde se evidencia que la problemática ambiental alcanza valores muy bajos, en prácticamente la totalidad del ámbito del Parque Natural, lo que a su vez confiere un mayor valor a la calidad para la conservación, sumado a los valores naturales en presencia y al propio valor cultural. Dando como resultado, unas limitaciones de uso, de las cuales se derivan que el uso prioritario y con mayor presencia dentro del Parque Natural, es el

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