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UNA APROXIMACIÓN A LA PÉRDIDA DE RENTABILIDAD EN LA INDUSTRIA BANCARIA NACIONAL ANTE LA IMPLEMENTACIÓN DE BASILEA III

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(1)

UNIVERSIDAD TECNICA FEDERICO SANTA MARIA

Peumo Repositorio Digital USM https://repositorio.usm.cl

Tesis USM TESIS de Postgrado de acceso ABIERTO

2019

UNA APROXIMACIÓN A LA PÉRDIDA

DE RENTABILIDAD EN LA INDUSTRIA

BANCARIA NACIONAL ANTE LA

IMPLEMENTACIÓN DE BASILEA III

LEVY ABDALA, RAFAEL DAVID

https://hdl.handle.net/11673/47138

(2)

UNA APROXIMACIÓN A LA PÉRDIDA DE

RENTABILIDAD EN LA INDUSTRIA

BANCARIA NACIONAL ANTE LA

IMPLEMENTACIÓN DE BASILEA III

Tesis de Grado presentada por

Rafael David Levy Abdala

Como requisito para optar al grado de

MBA, Magister en Gestión Empresarial

Director de Tesis: Dr. Juan Tapia Gertosio

Marzo de 2019

UNIVERSIDAD TÉCNICA FEDERICO SANTA MARÍA

Departamento de IngenieríaComercial

(3)

TITULO DE TESIS: “UNA APROXIMACIÓN A LA PÉRDIDA DE

RENTABILIDAD EN LA INDUSTRIA BANCARIA

NACIONAL ANTE LA IMPLEMENTACIÓN DE BASILEA III.”

AUTOR:

RAFAEL DAVID LEVY ABDALA

TRABAJO DE TESIS, presentado en cumplimiento parcial de los requisitos para el

Grado de MBA Magister en Gestión Empresarial de la Universidad Técnica Federico Santa María.

Observaciones:

______________________________________________________________________

______________________________________________________________________

Dr. Juan Tapia G.

Dr. Pedro Fernández de la Reguera B.

(4)

Santiago, Marzo de 2019

Todo el contenido, análisis, conclusiones y opiniones vertidas en este estudio son de mi exclusiva responsabilidad.

Nombre: RAFAEL DAVID LEVY ABDALA.

(5)

Resumen Ejecutivo

La última crisis económica global subprime, dejó una vez más en evidencia, las

negativas consecuencias que un elevado nivel de riesgo asumido por la actividad bancaria significó en términos de costos monetarios y sociales a diferentes países del orbe. La estabilidad financiera y el mantenimiento del sistema de pagos de una economía, descansan en una correcta gestión de esta industria, en especial lo que concierne al manejo de los riesgos financieros en que incurre la actividad, por lo mismo, una de las más reguladas por las autoridades económicas.

Por los motivos expuestos, y la cada vez mayor interdependencia de los mercados financieros mundiales, es que a partir de la década de los setenta, se reunieron los presidente de los bancos centrales de las diez economías más desarrolladas del planeta (G-10), en la ciudad Suiza de Basilea, en el Banco Internacional de

Pagos (o Conciliaciones) BIS. Así nace una revolución normativa, y que a la fecha

se concreta con un tercer acuerdo internacional de adecuación de capital y gestión prudencial de los riesgos bancarios, conocido como Basilea III.

La Banca nacional ha adherido desde fines de los ochentas a los principios y normas que rigen la actividad bancaria mundial, mediante varias modificaciones introducidas a la Ley General de Bancos. La última realizada recientemente en enero de 2019. Sin embargo mantener la “sanidad” de la industria bancaria genera costos manifiestos para el sector. De esta forma se pretende medir la pérdida rentabilidad porcentual que costaría la adopción de Basilea III en el país.

Primeramente se realizó un análisis descriptivo de la evolución de los estados financieros de la Banca, que mostró una estructura sin mayores cambios durante el período de análisis; 2009 a 2018. Un análisis Du-Pont, cuyos resultados se

confirmaron mediante un modelo de regresión múltiple, que ajustó con un R2 de

(6)

Tabla de Contenidos

1. Introducción………8

2. Objetivo general.………...9

3. Objetivos específicos………9

4. Hipótesis………...10

5. Alcance..………...…10

6. Metodología………...…..10

7. Marco Teórico..………...…...11

7.1. Breve descripción del Negocio Bancario………..……11

7.2. Antecedentes históricos de la normativa internacional..………12

7.3. Estado Actual………....22

7.4. Situación a nivel Nacional ..………26

7.5. La industria Bancaria Actual ..………30

8. Metodología y Desarrollo ..………...34

8.1. Análisis de los datos bancaria ..………...34

8.2. Indicadores de gestión bancario……….…..42

9. Conclusiones……….………..52

10. Bibliografía………...55

11. Anexos.……….57

Anexo-1: Procedimiento para la determinación del capital mínimo según Basilea I………...57

Anexo-2: Procedimiento para la determinación del capital mínimo según la enmienda de 1996 a Basilea I.………59

Anexo-3: Ponderadores de riesgo para activos de acuerdo con Basilea II .…60 Anexo-4: Activos con “rating” o clasificación externa de riesgo ..………..62

Anexo-5: Ponderadores de riesgo de créditos banca retail ..……….64

Anexo-6: Clasificación de Securitizaciones de préstamos………..65

Anexo-7: Cargo de capital por riesgo de crédito ..………66

(7)

Índice de Tablas

Tabla n°1 Clasificación de riesgos financiero………21

Tabla n°2 Evolución de los Principales activos en MM$.………35

Tabla n°3 Evolución de los Principales activos en %.….………35

Tabla n°4 Evolución de los Principales pasivos en MM$………36

Tabla n°5 Evolución de los Principales pasivos en %...………..………36

Tabla n°6 Variación real anual de los ítems del Balance General....………39

Tabla n°7 Evolución y crecimiento real de los ítems del Estado de Resultados.40 Tabla n°8 Evolución porcentual de los ítems del Estado de Resultado respecto a total de activos y total de ingresos……….40

Tabla n°9 Evolución de los Ratios, ROA, Margen Neto, Multiplicador y ROE...44

Tabla n°10 Resultados de ANOVA de la Regresión Múltiple…..………45

Tabla n°11 Valores y significancia los de coeficientes de la regresión ……..…..46

Tabla n°12 Valores de la prueba de multicolinealidad VIF….……….46

Tabla n°13 Indicadores de adecuación de Capital y Patrimoniales..……….48

Tabla n°14 Valores y ratios de capital económico y activos ...……….49

Tabla n°15 Simulación de ROE ante niveles de capital económico mínimo normativos………...50

Tabla A-1 Ponderadores de riesgo por categoría de activos ..………..57

Tabla A-2 Requerimientos de Capital por riesgo crédito y mercado 1996………59

Tabla A-3 Ponderadores de riesgo de crédito de Basilea I y Basilea II….………61

Tabla A-4 Clasificaciones externas para posiciones, Soberaneas, Bancarias y Empresas ..………...63

Tabla A-6 Ponderadores y clasificaciones de Largo y Corto plazo Basilea II…..65

Tabla A-7 Brecha entre la anterior LGB y Basilea III ..……….67

Tabla A-8 Brecha entre la nueva LGB y Basilea III….………...67

(8)

Índice de Figuras

Figura n°1Evolución de márgenes respecto ingresos por intereses y reajustes.43

(9)

1. INTRODUCCIÓN

La Banca Nacional y la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras

(en adelante SBIF) han transitado en las últimas dos décadas hacia una gestión y

supervisión basada en riesgos. Este proceso se inició con la reforma a la Ley

General de Bancos en 1986, una vez que se superó la crisis financiera de la deuda

de comienzos de la década de los ochenta. Dicho proceso se fortaleció con las

modificaciones a esta ley en 1997 incorporando recomendaciones del Primer

Acuerdo de Capital del Comité de Supervisión Bancaria de Basilea de 1988, o

Basilea I, y con diversas medidas anexas en años recientes. Durante la década

del 2000, la autoridad regulatoria del sistema bancario dispuso la aplicación para

Chile, del nuevo Marco Regulatorio sobre Suficiencia de Capital del Comité de

Supervisión Bancaria (Basilea II), relativa a todo lo concerniente al resguardo de

la industria financiera, y por ende para la estabilidad económica y financiera del

país, mas solo se adoptó la enmienda al primer acuerdo de 1996 respecto de la

medición de riesgo de mercado del Pilar I y lo concerniente a los pilares II y III.

El cambio normativo implica una ampliación en cuanto a la exigencia de “Capital Regulatorio” mínimo que deben cumplir los bancos, de manera de mantener un

nivel de solvencia aceptable ante pérdidas por riesgos esperados como

inesperados, así como la manera de determinar las provisiones por riesgo de

créditos.

Respecto de lo anterior, es que a partir de 2004 la SBIF inicia un cronograma

denominado hoja de ruta para la aplicación de los principios de los acuerdos de

Basilea II a la industria bancaria nacional, la que concluye con la implementación

parcial como ya se indicó, de algunas de sus propuestas durante el año 2007.

Sin embargo, la crisis sub-prime desatada durante el año 2008, deja en evidencia

una serie de falencias respecto del marco regulatorio denominado Basilea II, en

especial en lo que respecta al alto endeudamiento (apalancamiento) de los bancos

norteamericanos, la forma de aplicar la metodología VaR (Value at Risk), para la

(10)

enfrentaron las instituciones de todo el mundo durante la crisis. Dados estos

escenarios que se develaron, es que el comité de Basilea comienza a desarrollar

lo que vendrá llamarse en la actualidad Basilea III, y que en resumidas cuentas

impone mayores y mejor calidad en los requerimientos de capital a los bancos a

través de una serie de incorporaciones y modificaciones hechas al acuerdo de

Basilea II, además de otros requerimientos de liquidez y nivel de apalancamiento

no incorporados hasta la fecha.

De esta forma es que a través del presente trabajo se pretende cuantificar la

pérdida de rentabilidad, que implica la adecuación de capital para la industria

bancaria nacional, y la adopción de los estándares de los últimos acuerdos del

comité de supervisión bancaría de Basilea II y III, en lo concerniente a la mayor y

mejor capitalización requerida.

2. Objetivo General

Analizar el impacto en los resultados económicos y financieros que los

requisitos de los acuerdos de Basilea II y III imponen o impondrán a las

instituciones financieras de la industria bancaria nacional respecto de los

beneficios esperados por la mejora de la estabilidad económica y financiera de

la banca nacional.

3. Objetivos Específicos

 Determinar y explicar los requisitos de capital de los acuerdos de Basilea II y III que deben cumplir los bancos nacionales para gestión de los Riesgos de

Crédito, Financiero Operacional y de Liquidez.

 Analizar cómo afectan y que impactos tienen estos requisitos de mayor nivel Capital Económico mínimo exigido, en la generación de resultados si existe, y

en la solvencia patrimonial.

 Determinar los efectos en la banca, que la implementación de estos requisitos regulatorios le han significado en términos de rentabilidad.

(11)

4. Hipótesis

Verificar la relevancia del impacto en rentabilidad por la incorporación de los

requisitos de mayor y mejor capital que la modificación a ley de bancos

impondrá a la banca nacional debido a la adopción de las normas de Basilea II

y la nueva norma de Basilea III, y cuantificar su efecto.

5. Alcance

El alcance de este estudio se enmarca en el análisis de la industria bancaria

nacional y de las instituciones financieras que la componen, y que están sujetas

a la supervisión del ente regulador nacional, la SBIF, incluidas filiales de bancos

extranjeros y oficinas de representación que operan en el país.

6. Metodología

Para la realización del presente trabajo se requirió de la recopilación y

sistematización de los estados financieros anuales, y los informes emitidos, que

las instituciones financieras de la banca nacional publican y envían al ente

regulador periódicamente de acuerdo con la normativa vigente, con al menos

una antigüedad de 10 años. Con esta información se determinarán los ratios

necesario, a saber aquellos utilizados en la fórmula de Du-Pont para establecer

relaciones entre alguna medida de desempeño y la estructura de capital, entre

otras, y poder establecer el efecto de los nuevos requerimientos de capital en el

desempeño financiero de la Banca nacional. Mediante el análisis de los Estados

financieros consolidados que la banca nacional posee, y que incorporan los

requisitos de capital mínimo exigido por activos ponderados por riesgo, se

describirá la evolución de la estructura de estados financieros a través del

tiempo, y se procederá a modelizar econométricamente esta relación de la

medida de desempeño utilizada a través de ROE como variable dependiente y

el Multiplicador de Patrimonio, y el ROA como variables independientes, a través

de un modelo econométrico de Regresión lineal, y de esta forma estimar el efecto

(12)

7. Marco Teórico

7.1. Breve descripción del negocio bancario

El Sistema Financiero y las instituciones que la componen son los entes

encargados de realizar el rol de intermediadores financieros de los flujos

monetarios entre los agentes excedentarios y los deficitarios de recursos

financieros1. Será entonces el sistema financiero el encargado de facilitar el

proceso de traspaso de recursos financieros dentro de una economía,

intermediando flujos de dinero entre los distintos agentes que la componen,

mediante la captación de recursos monetarios, su concentración para posibilitar

el financiamiento de proyectos de inversión, y la canalización de estos recursos

hacia los agentes que invierten, logrando la mayor eficiencia posible en la

asignación de estos recursos. La forma de realizar esto, es a través de dos

mecanismos, el mercado financiero propiamente tal (la financiación directa), y los

intermediarios o instituciones financieras (la financiación indirecta) (Samartín,

2004). Así, los agentes excedentarios de recursos tratan de distribuir

eficientemente el ahorro disponible, entre la compra de activos financieros y los

depósitos bancarios de manera de recuperarlo más adelante con una bonificación

o gratificación (interés ganado). De igual forma los agentes deficitarios poseen

activos físicos, como medios de producción, que financian a través de la emisión

de instrumentos financieros o del crédito bancario, el que tendrán que enterarlo

en períodos futuros con el respectivo costo financiero asociado a su uso (pago de

intereses). Esto es lo que en teoría económica se conoce como la equivalencia

entre ahorro e inversión.

La Banca privada es el más importante y difundido intermediador financiero de las

economías en el mundo. La mayoría de estas instituciones en sus inicios cumplían

la función de cajas de seguridad que resguardaban el dinero efectivo de sus

clientes. El sistema bancario opera sobre la suposición de que no todas las

1 Este último agente, su función dentro de una economía, y los riesgos a que está expuesto, será el objeto de estudio

(13)

personas necesitarán y retirarán los fondos invertidos y/o ahorrados en el mismo momento del tiempo. De ser así se produciría lo que se conoce como “corrida o pánico bancario”, que ocurre generalmente cuando se pierde la confianza en una

o todas las instituciones del sistema financiero.

Otro elemento importante, se refiere a la dificultad de regular la creciente actividad

internacional de los bancos comerciales. Las regulaciones bancarias domésticas

son menos eficaces en un contexto internacional, donde los bancos pueden

cambiar de lugar sus negocios entre distintas jurisdicciones normativas, y sacar

provecho de estas asimetrías de normas (arbitraje normativo).

7.2. Antecedentes históricos de la normativa internacional

Ante este escenario, y en repuesta al episodio del 26 de junio de 1974 del banco

alemán Herstatt2, los presidentes de los bancos centrales de once naciones

industrializadas formaron en 1974 un grupo llamado el “Comité de Basilea”, que

tenía como misión conseguir una mejor coordinación de la vigilancia ejercida por las autoridades nacionales sobre el sistema bancario internacional…”. (Este grupo

tomó el nombre de la ciudad suiza de Basilea, lugar sede de la reunión de los

bancos centrales, en el Banco de Pagos, o Conciliaciones Internacionales), -Bank

of International Settlements, BIS-. (Carolina Queupil Q., 2004). El Comité de

Basilea es en la actualidad es el mayor foro de cooperación entre legisladores

bancarios de diferentes países del mundo integrado en la actualidad por los países

de G-20.

En 1975, el Comité de Basilea alcanzó un acuerdo llamado Concordato, por el que

se asignaban las responsabilidades de inspección de los establecimientos

bancarios multinacionales entre los bancos matrices y los países anfitriones.

Además, el Concordato requería que se compartiera la información sobre los

bancos, entre los legisladores de los países anfitriones y de los países de origen,

y que se garantizará el permiso de inspeccionar por o en nombre de las

2La liquidación de este banco se dio producto de una operación de compra de divisas por parte de otros bancos al

(14)

autoridades de los países de origen en el territorio de los países anfitriones. En

trabajos posteriores, el Comité de Basilea localizó lagunas en la inspección de los

bancos multinacionales y llamó la atención sobre ello a las autoridades

nacionales. El Comité recomendó, por ejemplo, que los reguladores vigilen los

activos de las filiales extranjeras de los bancos, así como los de sus sucursales

en el exterior.

No obstante, lo anterior, siendo éste un buen inicio, adolecía de muchas de las

salvaguardas constituidas en las normativas nacionales para cada una de las

instituciones financieras con operaciones en el exterior. Persistían asimetrías

normativas en las distintas jurisdicciones en donde operaban las filiales y/o

sucursales de los bancos internacionalizados. Estas diferencias de regulación

abrían espacios para la generación de ventajas competitivas para muchos de los

bancos en un ambiente globalizado. Se requirió así la generación de estándares

regulatorios más acorde a la globalización de la actividad financiera, que

permitieran que las actividades internacionales de estas instituciones sean más

competitivas. Distintas iniciativas comenzaron a aparecer, tanto en Estados

Unidos como en Europa, no obstante, hasta antes de 1988 no existían normas

internacionales uniformes sobre capital bancario.

En 1988 el Comité de Basilea estableció el primer acuerdo sobre “Capital Regulatorio” para las instituciones financieras. Este hecho representó el mayor

avance en la convergencia internacional relacionada a la regulación de

supervisión que rija la suficiencia de capital. Su principal objetivo fue promover la

solidez y la confiabilidad del sistema bancario internacional y garantizar

condiciones homogéneas de competencia para los bancos internacionalmente

activo. Esto se lograría con requisitos mínimos de capital (incluyendo la

transferencia entre países) basado en riesgo de crédito, considerando que las

autoridades supervisoras de cada país, habían sido discretas al construir otros

modelos de riesgos o aplicar medidas más estrictas (Carolina Queupil Q., 2004).

(15)

bancario miembro de los países del G-10, finalmente fue reconocido como una

medida global y adoptado por más de 120 países alrededor del mundo.

Este marco definió los componentes del “Capital Regulatorio” y la asignación de

ponderaciones de riesgo en las distintas categorías de los activos en el balance

(solo cinco categorías o bloques), debido a que se relacionan con distintas clases

de riesgo. La proporción mínima de riesgo de capital regulatorio con relación al

total de activos ponderados por riesgo, fue fijada en un 8%3, de los cuales el capital

básico o “core capital” (una definición más apropiada para este concepto es

capital Tier 1”4) debería ser por lo menos de un 4%.

Para estos efectos, el capital se clasifica en dos componentes:

 El Capital Tipo 1 (o Tier 1), formado por el capital accionario y las reservas divulgadas de las utilidades retenidas.

 Capital Tipo 2 (o Tier 2), que incluye las reservas no divulgadas, reservas de

revaloración de activos, provisiones de pérdidas por préstamos y deuda

subordinada. El apartado 4.1 del anexo detalla lo expuesto.

Basilea I condujo a una recuperación de los niveles de capital de la banca en

países más desarrollados y a una adición de capital en muchas jurisdicciones

bancarias. Sin embargo, su estructura simple también se tradujo en importantes

limitaciones. El ponderador uniforme de riesgo de 100% para la mayor parte de la

cartera de préstamos denota una insuficiente diferenciación (ver tabla n°1

anexos). Esa estructura no se ha mantenido a la par con innovaciones financieras

e instrumentos financieros más complejos que han ganado importancia en años

recientes, tales como notas estructuradas y productos derivados. Asimismo,

posibilitó el arbitraje de capital mediante el desplazamiento de activos riesgosos

hacia partidas con menores ponderadores de riesgo de crédito, o directamente

fuera del balance. Por ejemplo, la securitización5 o securitización de créditos, en

3 Este valor se calculó como el promedio entre el mínimo de capital exigido de 4% en Japón y el máximo de 12% en

algunos países de Europa.

4Esta definición de Capital Tier-1 cambia en Basilea III

(16)

determinadas jurisdicciones bancarias se ha traducido en el mantenimiento en los

activos de los bancos de títulos con ponderadores de riesgo que no guardan

relación con sus riesgos de pérdida (SBIF, 2005).

Con los bancos adquiriendo crecientemente riesgo de mercado, a principios de

los años 90´s, el Comité de Basilea decidió actualizar el Acuerdo de 1988 para

incluir requerimientos de capital por concepto de Riesgo de Mercado. Los trabajos

comenzaron en enero de 1992. Luego, en 1993, el Comité lanzó un paquete de

enmiendas propuestas al acuerdo de 1988. Los bancos deberían identificar un

libro de negociación “trading book” y mantener un capital por concepto de riesgo

de mercado de dicho libro y por exposiciones al tipo de cambio a lo largo de toda

la organización (libro de negociación más libro de banca). La nueva propuesta del

Comité de Basilea fue adoptada en 1996 como una enmienda al Acuerdo de 1988,

y entró en efecto en 1998 (Carolina Queupil Q., 2004, págs. 35,36).

Así, se establece que a contar de fines de 1997 los bancos deberían medir y

aplicar cobros de capital con respecto al riesgo de mercado, el cual se define como: “El riesgo de pérdidas en posiciones dentro y fuera de balance que surgen de los movimientos en los precios de mercado” (Basilea, 1996). Los riesgos

sujetos a estos requisitos son los siguientes:

 Los riesgos pertenecientes a instrumentos relacionados a tasas de interés y

activos de capital (equities) en el libro de negociación (trading book)

 Riesgo de tipo de cambio y de commodities a lo largo de todo el balance del

banco.

Para estos efectos, se define Libro de Negociación como aquél que representa las

posiciones de propiedad del banco en instrumentos financieros (incluyendo las

posiciones en productos derivados e instrumentos fuera de balance) que se

mantienen intencionalmente para la venta a corto plazo y/o los cuales son

tomados por los bancos con la intención de percibir beneficios a corto plazo a

(17)

o desde otras variaciones de precios o tasas, o de posiciones tomadas en orden

de cubrir otros elementos del libro de negociación (Basilea, 1996).

Todos los ítems deben estar registrados a “valor justo” de mercado (Fair Value)6.

Al igual que para el riesgo de crédito, los requerimientos de capital por concepto

de riesgo de mercado se aplicarían de manera consolidada.

Para efectos de cumplir los requerimientos de capital, Basilea II agrega un tercer

nivel (Capital tipo 3 o Tier 3) que sólo es utilizable para propósitos de satisfacer

una parte de los requerimientos de capital por riesgo de mercado.

Este Capital tipo 3 consiste en la deuda subordinada a corto plazo, que debe como

mínimo cumplir con:

 No ser garantizada, ser subordinada y encontrarse completamente cancelada.

 Contar con un vencimiento original de al menos 2 años.

 No ser devuelta antes de la fecha de pago acordada, a menos que la autoridad supervisora lo acuerde.

 Estar sujeta a una cláusula de “bloqueo” que estipula que ni el capital ni los

intereses podrán ser cancelados (incluso al vencimiento) si dicho pago

representa que el banco caiga o permanezca por debajo de su requerimiento

mínimo de capital (Carolina Queupil Q., 2004).

La metodología de cálculo de riesgo de capital por riesgo de mercado permite la

elección entre dos opciones:

 Metodología estandarizada

 Uso de modelo internos (I.R.B.)

La metodología estandarizada usa un enfoque de “bloques” donde se calcula un

cargo de capital por concepto de riesgo de tasa de interés, valores de acciones,

tipo de cambio, commodities y derivados, los cuales son luego sumados

aritméticamente. La forma de calcular los cargos está claramente establecida, y

(18)

es el “piso” como metodología de cálculo, por lo cual los bancos que cuenten con

sistemas menos sofisticados y de poca exactitud deben atenerse a esta

metodología. El uso de modelos internos estará sujeto al cumplimiento de una

serie de requisitos previos de carácter cualitativo y cuantitativo (ver apartado 4.2.

del anexo) (Carolina Queupil Q., 2004).

En junio de 1999, el Comité de Supervisión Bancaria publicó un primer documento

de consulta sobre el Nuevo Acuerdo de Capital, o Basilea II, que remplazaría al

Acuerdo de 1988. En enero de 2001, el Comité publicó un nuevo documento de

consulta en el que se desarrollaba el Nuevo Acuerdo de Capital, y que suponía la

introducción de requerimientos de capital por riesgo operacional. Finalmente, el Comité de Basilea a fines de junio de 2004 presentó el documento “Convergencia Internacional de Medidas y Normas de Capital”. En lo sucesivo, y para simplificar,

se denominará Nuevo Marco de Capital o Basilea II. Este marco remplazó a partir

de 2007 el Acuerdo de Capital que ese Comité emitió en 1988, también conocido

como Basilea I (Carolina Queupil Q., 2004, pág. 38). Como ya se ha mencionado

su principal propósito es contribuir a la estabilidad financiera de los bancos a

través de mejoras en la medición y gestión de sus riesgos, una amplia

transparencia de su situación financiera y adecuados resguardos de capital.

El modelo revisado proporciona una gama de opciones para determinar los

requerimientos de capital por concepto de riesgo de crédito, riesgo de mercado y

riesgo operacional, modelos que difieren en su grado de sofisticación, para

permitir a los bancos y supervisores adoptar los modelos más apropiados a sus

operaciones y la infraestructura de su mercado financiero. Basilea II mantiene

algunas de las disposiciones establecidas en el Acuerdo de 1988, es decir, que

los bancos mantengan un capital equivalente al menos del 8% de sus activos

ponderados por riesgo, así como también la estructura básica de la Enmienda de

1996 sobre Riesgos de Mercado y la definición del capital elegible (Tier 1, 2 y 3).

Este “Marco de Capital” se basa en tres pilares, integrados entre sí y que se

(19)

asumen los bancos y para establecer adecuados resguardos de capital (Samartín,

2004). Estos pilares se refieren respectivamente a:

 Pilar I: Requisitos de capital mínimo.

 Pilar II: Análisis del proceso de supervisión.

 Pilar III: Disciplina de mercado.

“El Pilar I constituye una extensión y actualización de Basilea I. Este pilar dedica

considerable atención al riesgo de crédito, y define e incluye por primera vez el

riesgo operacional. El Pilar II se refiere principalmente al proceso supervisor de

los requisitos de suficiencia de capital, y persigue que el capital regulador de los

bancos esté en línea con sus capitales económicos. Por su parte, el Pilar III

descansa en la transparencia de los riesgos y de la situación financiera de los bancos con el objeto de incorporar activamente “disciplina de mercado” por parte

de inversionistas y depositantes, como factor dirigido a preservar su solvencia en

adición al papel de la entidad supervisora. Un cuarto Pilar, que se habría referido

a provisiones, no fue incluido en el Nuevo Marco de Capital ante prácticas

contables y tributarias dispares en importantes jurisdicciones bancarias (SBIF, 2005)”. Sin embargo, Basilea II entrega importantes referencias sobre el riesgo de

crédito y la relación entre provisiones y capital. En línea con esto último, el proceso

de adopción de normas internacionales contables y de información financiera

(IASB-NIIC e IFRS) en la mayoría de los países durante el último tiempo permitirá

una mayor integración y convergencia internacional respecto de la adopción de

nuevas normas que el Comité de Basilea aún no ha establecido o mantiene en

estudio.

Basilea II pretendía mantenerse como un referente en materia de gestión y

supervisión bancaria a través de la opción a los bancos, sujeta a condiciones, de

aplicar diversos enfoques de riesgo. Estos enfoques incluyen los estandarizados

y los que se basan en evaluaciones internas de los propios bancos, estos últimos

siguiendo la enmienda de 1996 sobre riesgo de mercado. Los primeros recurren

(20)

crédito de activos de Basilea I, y se estiman adecuados para bancos de tamaño

medio o pequeño y cuyas actividades se centran en sus respectivos mercados

domésticos. Los segundos otorgan un importante papel a los propios bancos en

la elaboración de modelos internos de riesgo (IRB)7. Se consideran apropiados

para bancos de mayor tamaño, con frecuencia internacionalmente activos, y que

ofrecen servicios financieros innovadores y productos de banca de inversión

(SBIF, 2005). El apartado 4.3., del anexo ofrece mayor descripción de lo

anteriormente indicado para Basilea II.

Además, los acuerdos de Basilea II se basan en veinticinco principios cuyo

objetivo es lograr que el sistema de supervisión sea efectivo. Los tópicos que

abarcan estos principios se clasifican en (Carolina Queupil Q., 2004):

 Precondiciones para una supervisión bancaria efectiva (principio 1)  Otorgamiento de licencias y estructuras (principios 2-5)

 Normativa y requerimientos prudenciales (principios 6-15)

 Métodos para la supervisión bancaria en marcha (principios 16-20)  Requerimientos de información (principio 21)

 Poderes formales de los supervisores (principio 22)  Banca transfronteriza (principio 23-25)

Cabe destacar que la orientación del presente trabajo tiene directa relación con la sección de principios “Normativa y requerimientos prudenciales”, donde se releva

la necesidad de que los bancos manejen los suficientes recursos, en concordancia

a los riesgos tomados, incluyendo capital suficiente. En especial los principios 7

al 10 hacen alusión a criterios para una buena administración del riesgo de crédito,

mencionando las políticas y procedimientos que debieran existir para efectos del

otorgamiento de préstamos y realización de inversiones, evaluación de calidad de

los activos y de la suficiencia de provisiones y reservas por pérdidas en préstamos,

adecuados sistemas de información gerencial para identificar de manera oportuna

concentraciones de crédito, acatando los límites a exposiciones establecidos, y,

(21)

finalmente, sobre prevenir los abusos que emergen de los préstamos relacionados

(Carolina Queupil Q., 2004).

Los riesgos de pérdida que asumen las instituciones al intermediar fondos y

prestar servicios financieros se pueden clasificar en los que toman en forma

deliberada y en aquellos que asumen en forma involuntaria. La principal

característica de los primeros es que se pueden medir y gestionar (SBIF, 2005).

Basilea II recurre a funciones de probabilidad y a herramientas estadísticas para

medir los riesgos y para desglosarlos en pérdidas esperadas e inesperadas. La

derivación de estas funciones parte de la base de un gran número de eventos que

se repiten en el tiempo (SBIF, 2005).

El cuadro n°1 presenta definiciones de diversos riesgos de pérdida que los bancos

miden y gestionan, referidos a riesgos de crédito, mercado, operacional, de tasa

de interés en el libro de banca, y liquidez, aunque este último puede no

acomodarse a un enfoque estadístico. El Pilar I del Nuevo Marco de Capital se

refiere a los primeros tres de estos riesgos: los de crédito, mercado y operacional

(SBIF, 2005).

Los riesgos de pérdida involuntarios se originan principalmente en eventos

esporádicos e inciertos. Provienen principalmente del entorno económico y

financiero y pueden ocasionar importantes pérdidas inesperadas en un amplio

grupo de bancos, ante bruscas caídas en la actividad económica que impactan

negativamente el valor de sus carteras de préstamos, y/o movimientos adversos

en las tasas de interés y en los tipos de cambio que reducen el valor de sus

carteras de inversiones o aumentan el valor de sus pasivos exigibles. En

consecuencia, se trata de pérdidas inesperadas en las carteras de préstamos e

inversiones por eventos que responden al riesgo sistémico de su entorno. Los

bancos no pueden gestionar estos eventos, pero pueden precaver las pérdidas

inesperadas que ocasionan mediante mayores dotaciones de capital estipuladas

(22)

Por otro lado, se considera el riesgo operacional como, fallas en las personas,

sistemas y procesos, que igualmente pueden ocasionar pérdidas inesperadas. En

determinados casos pueden ser significativas, pero los eventos que las ocasionan

se circunscriben generalmente a la institución en el que esas fallas tienen lugar

(SBIF, 2005).

Por último, indicar que, “perspectivas económicas desfavorables, o movimientos

adversos en el sistema de precios, también pueden afectar la capacidad de pago

de grupos de deudores en determinados sectores económicos, regiones o

industrias. Por ello, el riesgo de crédito en la banca también tiene una dimensión

sectorial que puede exceder la evaluación de deudores individualmente

considerados, en particular, en bancos que tienen carteras de crédito

concentradas en alguna industria en particular. Este riesgo de pérdida se cubre

mediante provisiones adicionales (extraordinarias) en el régimen vigente de

provisiones en la banca del país, y a través de provisiones específico-generales

de cartera, “portfolio-specific general provisions”, en Basilea II (SBIF, 2005).

Tabla n°1 Clasificación de Riesgos Financieros

Riesgo de Crédito

Riesgo de pérdida que se origina en el incumplimiento de pago de un deudor con sus obligaciones pactadas. El riesgo de crédito incluye el riesgo de crédito de operaciones de securitización, y el riesgo país o de transferencia.

Riesgo de Mercado

Riesgos de pérdidas que provienen de movimientos adversos en los precios de mercados de instrumentos financieros en el libro de negociación, "Trading Book". En el caso de bonos y títulos de deuda el factor de riesgo se refiere principalmente

a la tasa de interés.

(23)

Riesgo Operacional

Riesgo de pérdida que proviene de una falta de adecuación o de una falla de procesos, personas y sistemas i ternos o bien de acontecimientos externos. El riesgo operacional incluye entre otros el riesgo tecnológico y el riesgo legal.

Riesgo de Liquidez

Riesgo de pérdida originado por cumplir compromisos teniendo que liquidar activos en el corto plazo a precios no razonables.

7.3. Estado actual

La crisis financiera de 2008-09 ocasionó fuertes impactos en los sistemas

financieros mundiales y en las economías más desarrolladas, induciendo un

período de revisión y evaluación de las regulaciones financieras a nivel mundial

con el fin de determinar qué cambios deberían realizarse frente a las regulaciones anteriores” (Alvarez F.Sara, 2011).

Como consecuencia de la crisis se generaron sendas pérdidas significativas en

instituciones del Sector Financiero con impactos globales. Según la FDIC (Federal

Deposit Insurance Corporation, 2011)8, sólo en EE.UU., 405 bancos entraron en

bancarrota desde el inicio del año 2007 hasta 2011

Lo anterior indicó que los procesos implementados para la medición y gestión de

los riesgos crediticios en años anteriores han presentado falencias bajo estrés

(Greenspan, 2008) y lleva a la pregunta, si la política actual, a través de la

actualización de la normativa, ha respondido de una manera adecuada a los

desarrollos de los últimos años con respecto a la evaluación y gestión del riesgo

crediticio.

Como resultado de la evaluación, fue publicado en diciembre de 2010 el acuerdo

de Basilea III, el cual contiene las modificaciones que deben ser aplicadas al

8La FDIC, es un organismo controlador de EE.UU. que administra los seguros de depósitos contra pérdidas que los

(24)

acuerdo de Basilea II; el que propuso tres metodologías generales en materia de

medición del riesgo de crédito: método estándar, método IRB (Internal Ratings

Based) y método IRB avanzado, siendo los dos últimos, modelos internos de

medición, los cuales se pueden basar en diferentes modelos teóricos (Alvarez

F.Sara, 2011).

Debido a que estas medidas endurecen más aun la conformación de mayor y

mejor capital, Basilea III ha dispuesto un periodo de transición hasta el año 2019

para implementar las nuevas medidas a nivel internacional.

La reforma de Basilea III incluye los siguientes elementos (Rodriguez de Codes,

2010) :

 Aumento de la calidad del capital para asegurar su mayor capacidad para absorber pérdidas. Recordemos que Basilea II había mantenido básicamente

la definición de capital del Acuerdo de 1988.

 Mejora de la captura de los riesgos de determinadas exposiciones. Se mejora la medición de los riesgos. Se modifica el cálculo de los riesgos para

determinadas exposiciones que la crisis probó que estaban mal capturados. En

particular, para las actividades de la cartera de negociación, securitizaciones,

exposiciones a partidas fuera de balance por activos contingentes y al riesgo

de contraparte que se deriva de las exposiciones en derivados. En todo lo

demás, se mantiene el tratamiento establecido en Basilea II.

 Constitución de colchones (buffers) de capital de conservación, para los buenos

períodos del ciclo económico que puedan ser utilizados en períodos de estrés

y/o caída de la actividad económica (contra cíclico). Se busca así contribuir a

un sistema bancario más estable, que ayude a amortiguar, en lugar de

amplificar, las crisis económicas y financieras.

 Introducción de una ratio de apalancamiento como una medida complementaria a la ratio de solvencia basada en riesgo, con el objetivo de contener el

(25)

 Aumento del nivel de los requerimientos de capital, para fortalecer la solvencia de las entidades y contribuir a una mayor estabilidad financiera. El nivel del ratio

de solvencia tampoco se había modificado en Basilea II.

 Mejora de las normas del proceso supervisor (pilar 2 de Basilea II) y de la disciplina de mercado (pilar 3) y establecimiento de guías adicionales en áreas

como gestión del riesgo de liquidez, buenas prácticas para la valoración de

instrumentos financieros, ejercicios de estrés testing, gobierno corporativo y

remuneración.

 Introducción de un estándar de liquidez que incluye una ratio de cobertura de liquidez a corto plazo y una ratio de liquidez estructural a largo plazo. El objetivo

es asegurar que las entidades tengan colchones de liquidez suficientes para

hacer frente a posibles tensiones en los mercados y una estructura de balance

que no descanse excesivamente en la financiación a corto plazo.

En la nueva regulación, el capital de mayor calidad, Common Equity, va a

constituir la pieza fundamental de la reforma. El Common Equity está formado por

acciones ordinarias (o su equivalente para las compañías que no son sociedades

anónimas) y beneficios retenidos (reservas), a los que se aplican determinados

ajustes. La aplicación de estos ajustes a escala de Common Equity tiene como

objetivo asegurar la calidad del mismo, es decir, su plena capacidad para absorber

pérdidas. Algunos de estos ajustes son deducciones que anteriormente se

aplicaban, o bien a escala de Tier 1, o bien a escala de Tier 1 y Tier 2 en Basilea

II. La aplicación de las mismas, a escala de Common Equity supone, por tanto, un

endurecimiento significativo de las normas de capital (Rodriguez de Codes, 2010).

Las reformas del Comité también incluyen un aumento de los requerimientos de

capital para las retitulizaciones, ya que demostraron ser una fuente sustancial de

pérdidas durante la crisis. Los requerimientos se han elevado para reflejar su

mayor exposición al riesgo sistémico y a su complejidad. Por otro lado, las

securitizaciones y retitulizaciones incluidas en la cartera de negociación quedan

sujetas de manera general a los mismos requerimientos que los de la cartera de

(26)

nuevas normas exigen que la entidad lleve a cabo análisis de crédito más

rigurosos de las securitizaciones y retitulizaciones, aunque ya cuenten con una

calificación externa. En caso contrario, se incrementarán los requerimientos de

capital. Por último, se han introducido ciertas mejoras al marco de

securitizaciones, eliminando el tratamiento favorable que tenían las líneas de

liquidez a corto plazo concedidas a cuentas fuera de balance. Estas medidas y las

recogidas en el párrafo anterior sobre la cartera de negociación fueron aprobadas

y publicadas en julio de 2009 y su implantación para la Unión Europea se realizó

a finales de 2011 (Rodriguez de Codes, 2010).

Durante la crisis también se observó que el riesgo de contraparte, frente a las

entidades con las que se negociaban productos derivados (en especial seguro de

créditos o CDScredit default swap), estaba incorrectamente calculado. Por

ejemplo, solo se estaba teniendo en cuenta el efecto del riesgo de impago de la

entidad contraparte, pero no el riesgo de una baja de la calificación crediticia de

la misma, o el efecto de que exista una correlación positiva entre la probabilidad

de impago de la contraparte y el valor de la exposición. Por ello, las nuevas

medidas revisan los cálculos para endurecer los requerimientos de capital por

riesgo de contraparte (Rodriguez de Codes, 2010).

En otro ámbito, se propone aumentar los requerimientos de capital por riesgo de

crédito a las exposiciones interbancarias frente a entidades grandes, definidas

como las que tienen activos totales superiores a 100.000 millones de dólares. Esto

solo afecta a las entidades que calculan sus requerimientos de capital por riesgo

de crédito utilizando modelos internos (Rodriguez de Codes, 2010).

Otra de las medidas acordadas para aumentar la fortaleza del sistema bancario

es la introducción de una ratio de apalancamiento. Con esta ratio, que relaciona

el capital con la exposición total de la entidad, se pretende desarrollar una medida

sencilla, transparente y ajena al riesgo que complemente al ratio de solvencia

basada en riesgo. El ratio tiene como objetivo limitar el apalancamiento excesivo

en el sistema bancario. Asimismo, al ser una medida que no establece

(27)

valorando mal el riesgo y asignando en su coeficiente de solvencia, menos capital

del necesario a determinadas exposiciones (Rodriguez de Codes, 2010).

Las entidades bancarias deberán cubrir con Common Equity, como mínimo, el

4,5% de sus activos ponderados por riesgo, y con Tier 1 (ahora formado por

Common Equity -CET1-, y elementos adicionales de Tier 1, -AT1-), como mínimo,

el 6% de dichos activos ponderados; y con capital regulatorio (Tier 1 más Tier 2),

al menos, el 8% de los mismos. A estos requerimientos mínimos se suma la

exigencia de constituir un colchón de conservación de capital, por el que las

entidades deberán tener una cantidad extra de Common Equity igual o superior al

2,5% del valor de sus activos ponderados por riesgo. Este colchón es adicional al

requerimiento mínimo de capital de Common Equity. Las entidades que no

cumplan el nivel mínimo de colchón de conservación de capital se verán sujetas a restricciones en la distribución de resultados” (Rodriguez de Codes, 2010).

Con la nueva normativa se pasará, por tanto, de un requerimiento mínimo de

Common Equity (antes de ajustes) de un 2% a un requerimiento mínimo de

Common Equity (con ajustes) de un 4,5%. Si añadimos el colchón de capital que

las entidades deben constituir, el importe del Common Equity será de, al menos,

un 7% del valor de los activos ponderados por riesgo. El apartado n°4.4 del anexo

resume lo dicho.

7.4. Situación a nivel Nacional

Los bancos en Chile están sujetos a la supervisión de una entidad fiscalizadora

conocida como Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF),

dependiente del Ministerio de Hacienda, quien tiene por misión supervigilar que la

actividad bancaria se mantenga bajo la normativa vigente. El Principal emisor de

las normas bancarias en Chile es, el Banco Central de Chile (BCCH), quien se

encarga de la redacción de esta Ley. El BCCH es el principal organismo de

administración, interpretación y aplicación de normas y reglamentos que regula a

los bancos e instituciones financieras en su actuar. La importancia de lo anterior

(28)

nefastas para las economías en general. Los países intentan prevenirlas mediante

un amplio conjunto de regulaciones a su actividad bancaria. Muchas de las

medidas preventivas de regulación bancaria que se toman en la actualidad, son

el resultado de experiencias catastróficas sufrida en distintas crisis

económico-financieras del pasado. No obstante, lo anterior, la relajación de las políticas y/o

mayor desregulación de la actividad financiera a nivel mundial, con fines de

dinamizar las economías, producto principalmente de la creciente globalización

del comercio y del libre flujo de capitales, terminó por generar efectos adversos y

desatar sendas crisis financieras globales.

Chile en la actualidad se encuentra adscrito a las normas y regulaciones de los

acuerdos de Basilea I y en parte a su enmienda del año 1996, a partir de un

cronograma que definió las etapas a cumplir para la transición Basilea II, y que

comenzó en el año 2004, pero que ya había dado inicio con anterioridad, mediante

la modificación de la Ley General de Bancos a fines de la década de los noventa

(1997), y la emisión y cambios de una serie de normas y circulares que regulaban

la actividad de los bancos y que finalizó en 2007 con una implementación parcial

a nivel nacional. Cumpliéndose entonces con dos de los tres pilares definidos para

en Basilea II, pero manteniendo los requisitos de Capital de Basilea I para el pilar

I.

Respecto del avance en Chile en cuanto a la implementación de las

modificaciones de los acuerdos de Basilea II (completo) y Basilea III, post crisis

sub-prime, la SBIF, realizó una presentación titulada “Un nuevo marco regulatorio

para la banca en Chile” en junio de 2015, en donde entre otras cosas destaca la

importancia de revisar y modificar la ley de Bancos nuevamente para incorporar

los nuevos acuerdos del BIS respecto de la actualización a Basilea III, advirtiendo

que el país ya se quedó atrás en aspectos regulatorios. Destacando la importancia

del Gobierno Corporativo que debe cumplir la SBIF en este proceso y de la

actualización que los aspectos bancarios requieren.

Se desprende de lo anterior que Chile a diferencia de lo ocurrido en la década del

(29)

de los nuevos estándares y acuerdos. No obstante, ya se han iniciado las primeras

tratativas a nivel nacional. En 2015 el ministro de hacienda de la época se

comprometía a enviar a finales de dicho año un proyecto de ley al congreso para

modificar la ley de bancos. En junio de 2017 se presenta a la presidenta Bachelet

el proyecto de ley que modifica la Ley General de Bancos. En la ocasión se firmó

el envío del proyecto a la cámara de diputados para que comenzara su trámite9.

Pese al lento avance hacia la incorporación de Basilea II y III, la superintendencia

ha realizado algunos avances en lo que a gestión de liquidez se refiere. Considerando que “el proceso de gestión de liquidez de un banco debe asegurar

el cumplimiento de las obligaciones en todos los plazos, incluyendo los intradía.

Asimismo, este proceso debe hacer posible anticipar las necesidades de liquidez

futuras, considerando cualquier evento, tanto idiosincrático como sistémico, que

pueda ocasionar situaciones de tensión en la liquidez del banco (Forteza S. Jaime,

2015).

Es así que en enero de 2015 una revisión implementada por el Banco Central de

Chile (BCCh), que se materializó en el Acuerdo N° 1879-03-150122 de enero de 2015, bajo el cual se emitió el nuevo Capítulo III.B.2.1 (“Normas sobre la gestión

y medición de la posición de liquidez de las empresas bancarias”) de su

Compendio de Normas Financieras (CNF). Este cambio normativo busca

fortalecer las políticas de gestión del riesgo liquidez en la banca, alineándolas a

las orientaciones recientes del Comité de Supervisión Bancaria (CSBB); adaptar

los estándares internacionales a la realidad local, con tiempos prudentes para su

calibración e implementación; establecer mayores exigencias a la gestión y

medición del riesgo de liquidez; hacerse cargo de la internacionalización de la

banca y de la integración del país a diversas instancias internacionales; mejorar

la calidad y frecuencia de la información que la banca debe entregar a la SBIF

para fines de supervisión y monitoreo (Pilar II y III de Basilea II), y aumentar la

información que los bancos entregan al público (Forteza S. Jaime, 2015).

(30)

Esta nueva normativa constituye entonces un pequeño avance hacia la aplicación

de los estándares de Basilea II y III en cuanto a mejoras de la supervisión bancaria

nacional.

Respecto del impacto que implica la adopción de los acuerdos de Basilea III para

la industria bancaria (tema central del presente trabajo) se encontró primeramente

una estimación en la prensa de empresas consultoras y de auditorías que indican

un costo estimado de USD 2.000 millones (Deloitte, 2018), luego durante el desarrollo del presente trabajo apareció una publicación de la SBIF de su “serie de estudios normativos” de marzo de 2018 que cifraba dicho monto en USD 2.800

(Silva S., Forteza S., Figueroa de la Barra, & Cayazzo G, 2018).

Los estudios realizados por la superintendencia apuntan a realizar mediciones de

stress testing para la determinación de la suficiencia de capital en Chile, así como

pruebas de probabilidad de default en la industria. Además, con la incorporación

de la nueva normativa de liquidez, se ha estado midiendo la evolución del nuevo

ratio de liquidez que los bancos deben cumplir de forma de lograr una calibración

más precisa de este ratio (Forteza S. Jaime, 2015).

Por su parte en los documentos de trabajo del banco central de chile, lo más

cercano al objetivo de este estudio fue la publicación n° 416 titulada “CAPITAL

REGULATION AND BANK RISK TAKING: COMPLETING BLUM’S PICTURE” de

2007 que hace referencia a los efectos intertemporales de las normas de

adecuación de capital sobre la toma de decisiones de riesgo en la banca, bajo el

modelo seminal propuesto por Blum (1999). Donde estipula que el requerimiento

constante de capital implica que, a partir de valores umbrales de capital requerido

se afecta la toma de decisiones de riesgo de los bancos, y concluye entre otras cosas que “requerimientos de capital constantes (como se establece en Basilea I)

son de hecho capaces de reducir el riesgo por debajo de niveles no regulados, e incluso alcanzar el óptimo social sin costos de bancarrota” (Silva, 2007).

Las ultimas noticias al respecto durante el desarrollo del presente trabajo, se

(31)

modificación a la Ley General de Bancos, la que había sido aprobada por el

congreso en octubre de 2018, dando así inicio en el país, del nuevo camino hacia

el fortalecimiento de la solvencia del sector bancario en aras de adoptar las nuevas

normativas internacionales de adecuación de Capital de Basilea III, en la cual el

país se encontraba bastante atrasado, y con los menores niveles de capitalización

de la región (Deloitte, 2018). Para este efecto se ha dispuesto un plazo de 6 años

a partir de la fecha de publicación, para que los bancos progresivamente vayan

realizando internamente los cambios necesarios, y de esta manera comenzar a

cumplir gradualmente con las disposiciones que la nueva ley de bancos les

impondrá.

7.5. La industria Bancaria Actual

El negocio bancario tradicional ha ido evolucionando a través del tiempo, sin

embargo como ya se ha indicado su principal actividad sigue siendo la

intermediación de fondos en los mercados financieros10. Además los bancos

forman parte fundamental del sistema económico de una nación, al ser las

principales instituciones para la transmisión de la política monetaria que los

Bancos Centrales del todo el mundo realizan a través de diversos mecanismos

financieros, en aras de mantener la estabilidad de precios de los sistemas

económicos basados en el mecanismo de mercado.

Sin embargo la mayoría los bancos comerciales a nivel global, se han visto

afectados por varios fenómenos que se han venido desarrollando principalmente

durante las últimas dos décadas, como son: la desintermediación financiera y la

desregulación de varios mercados en los que los bancos tradicionalmente no

participaban, la innovación financieras con el desarrollo de nuevos y más

complejos instrumentos financieros, y el desarrollo tecnológico que ha puesto a

disposición de mayores participantes y de manera más rápida a los distintos

agentes en los mercados financieros, haciendo cada vez más interconectados a

las economías de cada país y facilitando la globalización (Sebastian G. & López

10Si bien existen distintas clasificaciones de bancas, este trabajo se enmarca principalmente en la llamada banca

(32)

P., 2001). Estos elementos confieren desafíos importantes a la actuación de la

industria bancaria, generando tanto oportunidades con potencial de grandes

beneficios, así como de grandes riesgos que se deben gestionar, tratando de

lograr un sano equilibrio o trade-off entre estos elementos.

Para lograr un desempeño exitoso en su actuar, debido a las singulares

características que presenta los bancos en su modelo de negocio, el que difiere

de la mayoría de las demás industrias, las instituciones bancarias deben gestionar

con el mayor de los cuidados su estructura de balance general para lograr la

generación de las mayores utilidades posibles, dentro del ambiente competitivo

existente. Esta técnica de gestión bancaria se conoce como gestión de activos y

pasivos o GAAPP. Generalmente la GAAPP se lleva cabo por un comité

conformado por los más altos ejecutivos de la institución, quienes están

encargados tanto de la creación de valor como de los riesgos que se asumen, con

la finalidad de reconocerlos cuantificarlos y mitigarlos, y apoyados por áreas

específicas de gestión de riesgo al interior de cada institución (Dermine & Bissada,

2003).

A grandes rasgos el negocio bancario consta de dos claras actividades, captar

depósitos del público, con el compromiso de su restitución en tiempo y formas

pactadas, y, por otra parte la colocación de los recursos pactados a través de la

oferta de préstamos al público que los requiere, y que puede reembolsarlos en el

futuro. Ambas actividades dan origen a los activos y pasivos que se generan en

el Balance General de cada banco producto de su actividad intermediadora. Así

los Bancos Comerciales gestionan sus activos y pasivos de manera de lograr una

adecuada estructura de balance, con el fin de maximizar su valor (Sebastian G. &

López P., 2001).

Como cualquier otro negocio, para lograr su objetivo de maximizar el valor de los

accionistas, las entidades bancarias diseñan instrumentos financieros que

satisfacen las necesidades del público, tanto para la captación, como para la

colocación de fondos. A los primeros se les resarce su depósito (préstamo) con el

(33)

colocación por el uso de fondos solicitados mediante créditos. En una situación

ideal, los bancos querrán pagar la menor tasa de interés de captación posible y

recibir la mayor tasa de interés de colocación. De esta forma el banco tratará que

este diferencial de tasas o spread, sea los más amplio posible. El diferencial de

tasa al cual se hace alusión se conoce como margen de intermediación, margen

financiero, o spread, y es una de las medidas de rentabilidad – entre otras- que

más se vigilan en la actividad bancaria ya que corresponde al mayor ítem de

ingreso con el que los bancos comerciales cuentan (Sebastian G. & López P.,

2001).

Sin embargo las situaciones ideales como la planteada, obedecen a constructos

teóricos para explicar de manera simplificada conceptos alusivos a la realidad en

estudio, en donde todos aquellos factores indicados que han venido

desarrollándose desde hace un par de décadas a nivel mundial, han intensificado

la competencia de los bancos, ampliando los límites de la industria, y estrechando

los márgenes financieros antes mencionados, en especial en los países más

desarrollados financieramente. No obstante, a raíz esos mismos factores

mencionados al inicio, los bancos han entrado en nuevos negocios e industrias

relacionadas a la actividad financiera, y que han compensado en parte el

estrechamiento de los márgenes financieros a nivel mundial, pero a costo de

asumir nuevos riesgos. (Sebastian G. & López P., 2001). Esta tendencia es lo que

ha venido a desarrollar el concepto de Banca Universal. La industria nacional no

ha estado exenta a estos cambios, y también ha venido modificando y ampliando

su estructura de servicios, ya sean a través de las adquisiciones, fusiones o

acuerdos comerciales con otras empresas para ofrecer de forma directa, indirecta

o conjunta estos nuevos servicios.

Debido a su actividad de intermediación de fondos, los bancos operan mucho más

apalancados que la mayoría de las demás industrias. Por ejemplo para Chile, la

relación de Pasivos a Patrimonio es de alrededor 11 veces, y su nivel de

endeudamiento ha fluctuado en torno al 92% (ver próximo capítulo). Lo anterior

(34)

implicancias tanto positivas como negativas para el sector. Por un lado de acuerdo

a la teoría tradicional de la estructura de capital desarrollada por Modigliani Miller

(Stephen, Randolph, & Jeffrey, 2009), a mayor apalancamiento financiero, mayor

es la rentabilidad del patrimonio, en comparación con la rentabilidad del pasivo

(principalmente el pasivo oneroso). Esto debido al mayor riesgo que enfrentan los

dueños del capital bancario, al tener que soportar un mayor endeudamiento por

un lado y estar afectos al riesgo propio del negocio por otro.

Por otro lado, para cualquier empresa un bajo nivel de capitalización indica un

bajo nivel de solvencia para hacer frente a eventuales pérdidas. Esto es

particularmente crítico para la industria bancaria, principalmente por los riesgos

que debe asumir en su actividad intermediadora. De especial importancia es el

riesgo de crédito, que es el que más expone a pérdidas a la banca comercial, en

especial en los mercados menos desarrollados financieramente, es decir, el riesgo

de incumplimiento en los pagos por parte del prestatario. Si la cartera de crédito

de una institución cualquiera se deteriora producto de la morosidad de los

deudores, su valor de mercado y contable disminuye, por otra parte el valor de

mercado del pasivo es mucho menos sensible a las variaciones de precio y su

valor de mercado es muy similar a su valor contable. De esta forma al disminuir

fuertemente el valor de los activos, el valor del capital lo hace con la misma

intensidad, llegando en situaciones extremas de pérdidas de activos, a generar un

valor patrimonial negativo, lo que genera que el valor de los pasivos sea mayor

que el de los activos, determinando de esta manera la insolvencia del banco (y de

cualquier empresa), es decir la quiebra. De esta forma el patrimonio y su capital

actúan como buffer (colchón amortiguador) que sirve para absorber las eventuales

pérdidas por riesgo de crédito y otros riesgos que puedan enfrentar. No obstante

esta solvencia es inversamente proporcional a la rentabilidad y creación de valor

para los accionistas, y es por este motivo que los bancos tratan de mantener

niveles de patrimonio lo más bajo posible (Mishkin, 2008).

En la siguiente sección se analizará este trade-off entre solvencia y rentabilidad

(35)

requisitos de capital exigidos a los bancos podrían afectar su desempeño

financiero, dadas las últimas modificaciones a los acuerdos de Basilea, en

especial los debidos a la crisis sub-prime que dieron origen a Basilea III.

8. Metodología y Desarrollo

8.1. Análisis de los datos bancaria.

Para realizar el análisis propuesto, se obtuvieron los últimos diez estados

financieros anuales de la banca chilena, de forma agregada y sin individualizar a

ninguna institución en particular. La fuente primaria de información utilizada para

la obtención de los datos financieros fue la página WEB de la SBIF, www.sbif.cl,

en el link “información financiera”.

Los estados financieros obtenidos corresponden a los Balances Generales y

Estados de Resultados correspondientes a los cierres anuales, a partir del año

2009 hasta la fecha, los cuales se consideraron de forma agregada, como un todo

para el sistema bancario chileno en su conjunto, de manera de poder lograr

obtener ciertos indicadores necesarios que validen o rechacen nuestra hipótesis

de trabajo.

Primeramente se analizará la estructura del balance general consolidado del

sistema bancario chileno, a través de la realización de un análisis de corte

transversal o vertical para cada período (o también conocido como “tamaño

común”) respecto de los ítems más importantes del Balance, y ver cómo ha

evolucionado la estructura de éste a través de la última década. Las tablas 2, 3, 4

y 5 muestran dicha información resumida.

En las tablas n°2 y 3, se aprecia la estructura de los activos del sistema bancario

chileno tanto en montos absolutos (en MM$), como en valores porcentuales

respecto de los activos totales. La información tabular muestra que los valores de

los distintos ítems del Balance General, se mantiene relativamente estable a

través del tiempo, sin mostrar grandes variaciones o cambios en su estructura. Se

(36)

Colocaciones netas de provisiones”, con un valor que ha oscilado en torno al 69%

durante el tiempo de análisis, con un mínimo de 66% el 2009 (año final de la crisis

sub-prime), que mantiene una tendencia creciente hasta un máximo de 70,2% en

2013. Además se aprecia cierta ciclicidad en este ítem durante el período

analizado, dado que a partir de 2014 cae este porcentaje a 67,3%, para volver a

mostrar una tendencia creciente hasta finales de 2018 con un porcentaje de

70,1%.

Del total de colocaciones, el componente de mayor peso lo constituye el crédito

comercial a empresas, que representa en promedio el 42% sobre el total de

activos, es decir, un 62% del total de las colocaciones crediticias, lo que refleja la

importancia que aun representan los segmentos de Banca de Empresas y de

Banca Corporativa para el sector bancario nacional.

El segundo ítem en importancia pero muy lejano a las colocaciones totales, son

las inversiones financieras en distintos instrumentos, pero que solo han

representado en promedio un 17% del total de activos, lo que prueba lo indicado

en el marco teórico, que el principal riesgo que enfrenta la banca comercial

nacional es el Riesgo de Crédito.

Por el lado de los Pasivos, tablas n° 4 y 5, la estructura del balance ha variado un

poco más su composición, principalmente en sus dos mayores ítems. Por un lado

el ítem de Depósitos ha venido disminuyendo su participación porcentual respecto

del total de activos, pasando de valores levemente superiores al 60% entre 2010

y 2013, a un descenso sistemático a partir de 2014 registrando su menor valor a

fines de 2018 con una participación del 56%.

La razón de esta tendencia a la baja en el ítem de “Depósitos totales”, viene dada por el descenso del componente “Depósitos a plazo” que incluye también las

libretas de ahorro a plazo y que descendió, desde su valor máximo porcentual en

Referencias

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