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TALCA, 30 ABR N 4 6 8

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(1)

UNIVERSIDAD DE TALCA

RECTORÍA

ROL PREVIO DE LEG/

APROBADO

r

" 3 t f A B R . 2 0 1 3 ~

APRUEBA CONVENIO CON CONICYT,

ACTIVIDAD EXTRAORDINARIA Y

PRESUPUESTO DE INGRESOS Y

GASTOS.

TALCA, 30 ABR. 2013

N° 4 6 8

VISTOS:

Las facultades que me confieren los decretos

con fuerza de ley N°s. 36 y 152 de 1981, el decreto supremo N° 184 de 2010, todos del

Ministerio de Educación, la resolución universitaria N° 962 de 2009 y su modificación

posterior, y la resolución N° 1.600 de 2008 de la Contraloría General de la República.

CONSIDERANDO:

La solicitud de aprobación de actividad

extraordinaria presentada por la Vicerrectora de Gestión Económica y Apoyo

Administrativo, mediante Ord. Int. N° 025 de fecha 11 de abril de 2013.

RESUELVO:

1.- Apruébase el convenio de techa 29 de enero

de 2012, suscrito entre la Universidad de Talca y la Comisión Nacional de Investigación

Científica y Tecnológica, Conicyt, a través del cual se acuerdan las condiciones para la

ejecución de la estadía denominada "Fortalecimiento del área de Agricultura de Precisión en

la U. de Talca", adjudicada por el Departamento de Producción Agrícola de la Facultad de

Ciencias Agrarias en el Concurso Nacional Atracción de Capital Humano Avanzado del

Extranjero - Modalidad Estadías Cortas (MEC), primera convocatoria 2012, que se llevará a

cabo entre febrero de 2013 y noviembre de 2014. La coordinación de esta actividad quedará

a cargo del Sr. César Acevedo Opazo. El señalado convenio se adjunta y para todos los

efectos forma parte de esta Resolución.

2.- Facultar al Coordinador de la actividad para:

- preparar y emitir informes de avances,

- dirigir la actividad,

- autorizar gastos,

- solicitar asignaciones de estímulo y contratos a honorarios,

- solicitar Fondos a Rendir, con cargo a la actividad,

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ingresos y gastos, correspondiente a la actividad antes señalada:

INGRESOS:

EGRESOS:

Sin aporte a la Universidad

Asignación de Estímulo

Honorarios

Bienes y Servicios

$

8.500.000-S

8.500.000.-$ 300.000.

$ 6.700.000.

$ 1.500.000.

4.- Déjase establecido que, en esta oportunidad,

no se considerará lo dispuesto en el Art. 12 de la R.U. N° 498 de 2010.

5.- Establécese que el Departamento de

Tesorería procederá a efectuar los pagos correspondientes, previa verificación de la

existencia de los ingresos.

Asimismo, el Departamento de Operaciones del

Personal, a través de la Unidad de Remuneraciones, cursará el pago de las asignaciones de

estímulo correspondientes previo control del efectivo cumplimiento de las horas

comprometidas fuera de la jornada ordinaria de trabajo, o de la recuperación horaria en el

caso que las actividades se hubieren desarrollado dentro de lajornada ordinaria.

6.- Impútense los ingresos y gastos que se

deriven de esta resolución al Centro de Responsabilidad FCA 700 159.

SPEÑAILILLO

SECRETARIO GENERAL

ANÓTESE Y COMUNIQÚESE

GIL

DE TALCA

;NTO TOTALMENTE TRAMITADO

(3)

80120027

CONVENIO

CONCURSO NACIONAL

"ATRACCIÓN DE CAPITAL HUMANO AVANZADO DEL EXTRANJERO, PRIMERA CONVOCATORIA 2O12"

Modalidad Estadías Cortas (MEC) CONICYT

Y

UNIVERSIDAD DE TALCA

E n Santiago d e Chile, a ¿ - d e 2012, entre l a Comisión Nacional d e

Investigación Científica y Tecnológica, en adelante CONICYT, representada por su Director Ejecutivo don Mateo Budiních Diez, Rut N° 6.522.204-3, debidamente facultado, ambos con domicilio en calle Canadá N° 308, comuna de Providencia, Santiago, por una parte y por la otra, Universidad de Talca, Rol Único Tributario N° 70.885.500-6, representada por don Alvaro Rojas Marín, Rut N° 6.224.494-1, según se índica al final del presente instrumento, ambos domiciliados en 2 Norte 685, ciudad de Talca, Región del Maule, en adelante "Institución Albergante"; ambos en conjunto "las Partes"; se ha acordado la suscripción del siguiente convenio:

PRIMERO: Por Resolución Exenta N° 4110, de fecha 03 de septiembre de 2012, de CONICYT, se adjudicó el Concurso Nacional "Atracción de Capital

Humano Avanzado del Extranjero - Modalidad Estadías Cortas (MEC), Primera Convocatoria 2O12", iniciativa impulsada por el Programa de

Atracción e Inserción de Capital Humano Avanzado de CONICYT, otorgándose financiamiento a la "Institución Albergante" para la ejecución de la siguiente estadía:

Institución Albergante Universidad de Talca Fecha Inicio Estadía

01-11-2012

Nombre Estadía

Fortalecimiento del área de Agricultura Precisión en la U. de Talca

de Duración Total Estadía

90 días

~-;...^ SEGUNDO: Por el presente acto la "Institución Albergante" se obliga ¿a

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individualizada en la cláusula precedente y contenida en el Formulario de Postulación para el Concurso Nacional Atracción de Capital Humano Avanzado del Extranjero, Modalidad Estadías Cortas (MEC), Primera Convocatoria año 2012, respectivo, la cual, junto a las Bases Concúrsales del recién mencionado certamen, ei ya citado Formulario de Postulación de la "Institución Albergante" y las Resolución Exenta N° 4110/2012, por la cual se adjudicó el concurso, forman parte integrante del presente convenio. Asimismo, la "Institución Albergante" se obliga a destinar los recursos financieros que entregue CONICYT, a través del presente convenio, exclusivamente en la ejecución de la estadía antes citada, con sujeción al mismo, a las bases concúrsales, al Formulario de Postulación, ya señalado, y al presente instrumento.

TERCERO: El costo tota! de ejecución de la propuesta de estadía asciende a la

suma de $9.000.000.- (nueve millones de pesos), para cuyo financiamiento ambas partes se obligan a efectuar los aportes que se indican a continuación:

3.1. CONICYT aporta la suma única y total de $8.500.000.- (ocho millones

quinientos mil de pesos), el que estará destinado a financiar los

siguientes ítems:

• Por concepto de honorarios científico/a de excelencia del extranjero, un monto máximo de $2.500.000 (dos millones quinientos mil pesos) mensuales brutos por jornada de 44 (cuarenta y cuatro) horas semanales comprobables - o proporcional por tiempo de trabajo presencial - por el tiempo de duración de la estadía del/de la científico/a del extranjero en Chile. Estos montos estarán sujetos al pago de impuestos. Estos costos podrán ser rendidos a través de boletas de honorarios o liquidación de remuneraciones.

« Por concepto de pasajes, un pasaje de ida y uno de vuelta, punto a punto en clase económica, hasta un monto máximo de $1.500.000 (un millón quinientos mil pesos) en toda la estadía.

• Un máximo de $500.000 (quinientos mil pesos) por concepto de traslados dentro de Chile y viáticos relacionados a los seminarios que el/la científico/a de excelencia del extranjero deba realizar durante su estadía. Este monto tendrá que estar debidamente incluido y especificado en la Propuesta de Estadía.

• Por concepto de honorarios de la Contraparte Institucional, designada en cumplimiento a lo previsto en la cláusula sexta número cinco del presente instrumento, un máximo de $100.000 (cien mil pesos) mensuales por ei tiempo de duración de la estadía del científico/a del extranjero atraído/a.

• El monto aportado por CONICYT se encontrará supeditado a la disponibilidad de recursos presupuestarios.

3.2. La "Institución Albergante", aporta la suma total de

$5OO.OOO.-(quinientos mil pesos) por concepto de aportes pecuniarios a la

presente estadía, según lo señalado en la Formulario de Postulación y Las Bases Concúrsales, ambos ya citados.

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El seguro de viaje, seguro de salud y gastos similares, en caso que se

requieran, son de cuenta de la "Institución Albergante", no pudiendo ser

imputables a las partidas presupuestarias entregadas por CONICYT para

el desarrollo del proyecto.

3.3 En caso de que la estadía contemple la existencia de una o más

"Instituciones Asociadas", éstas aportarán la suma tota! de $O.- (cero

pesos) por concepto de aportes pecuniarios a la presente estadía, según

lo señalado en la Formulario de Postulación, ya citado.

CUARTO: CONICYT efectuará ía transferencia de recursos a la "Institución

Albergante", en una sola cuota, una vez que se encuentre totalmente

tramitada Ía resolución aprobatoria del presente convenio.

Los recursos se asignarán en moneda nacional no reajustables y deberán

justificarse y rendirse por medio de boletas y facturas originales, u otros

documentos originales en el caso que corresponda, en conjunto con la entrega

del Informe Final.

QUINTO: Para el caso de Instituciones privadas, con anterioridad ai

desembolso efectuado por CONICYT ¡a Institución Beneficiaría deberá tomar a

favor y satisfacción de CONICYT:

(a) una caución consistente en una boleta bancaría o póliza de seguro de

ejecución inmediata, que garantice el fiel uso de los recursos, por el monto

total del desembolso, con exclusión de los ítems que se señalan en la letra (b)

siguiente, y con una vigencia de a lo menos 60 (sesenta) días adicionales

respecto def período a cubrir por ella.

(b) una garantía consistente en una boleta bancada o póliza de seguro de

ejecución inmediata, que garantice el fiel uso de los recursos, por el monto

total de los gastos de pasajes, viáticos y honorarios de ¡a Contraparte

Institucional, cuya vigencia deberá ser igual a la totalidad de duración del

proyecto más 60 (sesenta) días adicionales respecto del periodo a cubrir por

ella.

Con todo, CONICYT podrá solicitar se modifique la vigencia de las garantías,

sea aumentando o disminuyendo el plazo que comprende, de modo de

asegurar la eficiencia del proceso de seguimiento y control del presente

proyecto de estadía.

En caso que el proyecto sea prorrogado, se deberá renovar la garantía de

manera que tenga una vigencia superior a 60 (sesenta) días corridos

adicionales al período de extensión.

Se excluyen de este procedimiento las universidades estatales.

SEXTO: Además de las obligaciones señaladas, serán obligaciones de la

"Institución Albergante":

1. Contratar a don/doña Bruno Tisseyre, Pasaporte N° 050534303598,

de nacionalidad francesa, como científico/a de excelencia ,d'el

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extranjero, que desarrollará con jornada completa ías actividades señaladas en la propuesta de estadía, siendo estas llevadas a cabo en los siguientes módulos y por el tiempo expresado en el siguiente cuadro:

Número de Módulos 3 Duración Total Estadía 90 días

El contrato contendrá los derechos y, las obligaciones que deben cumplir

el/la científico/a y la Institución Albergante respecto de la

ejecución de la Propuesta de Estadía. Este contrato deberá suscribirse en una fecha que no supere los 20 (veinte) días corridos contados desde la tramitación total de la resolución aprobatoria del presente convenio. Será responsabilidad de la Institución Albergante la relación contractual que se suscite entre ésta y el/la científico/a o atraído, eximiendo a CONICYT de toda responsabilidad ante eventuales conflictos que se pudieran ocasionar entre las partes aludidas.

Es más, las partes declaran y dejan expresamente establecido que, de la relación entre CONICYT y el científico/a, y demás personal que preste servicios para la "Institución Albergante", no existe vínculo alguno de subordinación o dependencia, en consecuencia entre ellos y CONICYT no existe contrato de trabajo, ni en lo principal ni en lo accesorio, ni se rigen en consecuencia por la normativa laboral vigente.

2. Efectuar las retenciones y pagos de impuestos que correspondan, así como la emisión de los documentos respectivos.

3. En caso de existir Instituciones Asociadas, la "Institución Albergante" deberá suscribir convenios con ellas, Instituciones que son señaladas en la Propuesta de Estadía y listadas en el siguiente recuadro:

Institución Asociada _

Representante Legal

-Los convenios antes descritos deberán ser suscritos dentro de los treinta (30) días corridos contados desde la tramitación total de la resolución aprobatoria del presente convenio y deberán contener la obligación pecuniaria de la Institución Asociada, que es señalada en la Cláusula Tercera Número Tres punto Tres del presente instrumento. La relación contractual entre la Institución Albergante y la Institución Asociada, quedará a cargo de la primera, eximiendo a CONICYT de toda responsabilidad ante eventuales conflictos que se pudieran surgir entre las partes aludidas.

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4. Pagar a/al científico/a de excelencia del extranjero, señalado en la Cláusula Sexta número Uno, una remuneración total bruta de $6.700.000.- (seis millones setecientos mil pesos). No obstante lo anterior, la "Institución Albergante" podrá incrementar la remuneración anual bruta del/la científico/a del extranjero.

5. Designar un responsable como Contraparte Institucional, encargado ante CONICYT de la ejecución y cumplimiento de la Propuesta de Estadía señalada en el Formulario de Postulación de la Institución Albergante. 6. Cumplir con todas y cada una de las actividades y obligaciones

relacionadas con la Propuesta de Estadía señaladas en el Formulario de Postulación de la Institución Albergante, y las individualizadas en las bases que regulan el Concurso Nacional "Atracción de Capital Humano Avanzado del Extranjero - Modalidad Estadías Cortas (MEC)", asegurando, a su vez, el desarrollo de las actividades en la/s Institución/es Asociada/s, si existiese/n.

7. Cumplir con aquellas obligaciones relacionadas con la Propuesta de Estadía señalada en el Formulario de Postulación de la Institución Albergante y proveer las facilidades necesarias para el cumplimiento de todos y cada uno de los compromisos incluidos en el mismo, sean estos de espacio físico adecuado, infraestructura, equipamiento, personal técnico o de cualquier otro tipo.

8. Mantener un timbre con la leyenda: "Declarado, Atracción de Capital Humano Avanzado Universidad XXXXX- Estadía (Propuesta) XXX Responsable Revisión XXX-Fecha revisión XXX", con el cual se inhabilitará cada uno de los documentos presentes en una rendición de cuentas. El costo de este instrumento correrá por cuenta de la Institución Albergante.

En el evento que un documento sea rendido y/o declarado más de una vez, se pondrá término inmediato a los proyectos involucrados y se iniciarán las acciones pertinentes para obtener la devolución total de los recursos entregados.

9. La Institución Albergante deberá presentar los siguientes informes: 9.1. Informe/s de Avance. A la "Institución Albergante" le

corresponderá entregar un (1) Informe de Avance en formato proporcionado por CONICYT, por módulo de estadía de el/la científico/a del extranjero. Este deberá ser entregado a CONICYT en una fecha que no supere los 20 (veinte) días corridos a la finalización del módulo relacionado. El Informe de Avance correspondiente al último módulo de la estadía, podrá entregarse junto al Informe Final. En caso de que la estadía contase sólo con un módulo, deberá hacerse llegar a CONICYT un Informe de Avance en una fecha no posterior a 10 (diez) días corridos

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contados a partir de la mitad de la duración de la estadía de el/la

científico/a de excelencia del extranjero.

9.2. Informe Final: La "Institución Albergante" deberá hacer entrega

de un Informe Final en formato proporcionado por CONICYT, en

una fecha que no supere los 30 (treinta) días corridos contados

desde finalizada la estadía. Los informes deberán incluir el detalle

de ¡as actividades realizadas por el/la científico/a de excelencia del

extranjero durante la totalidad de la estadía, una evaluación del

impacto, los medios de verificación comprometidos en la

Propuesta de Estadía, la rendición financiera del monto total

transferido por CONICYT.

9.3. Rendición de Gastos :La "Institución Albergante" deberá hacer

entrega de una Rendición de Gastos, en una fecha que no supere

los 30 (treinta) días corridos contados desde finalizada la estadía,

rendición que deberá incluir todos aquellos documentos originales

que respalden los gastos realizados con los fondos entregados

dentro del marco del presente convenio.

10.Corresponderá a la "Institución Albergante" respecto de toda invención,

modelo de utilidad y en general toda creación u obra que resulte de la

ejecución del convenio, y que sea susceptible de protegerse por la Ley

de Propiedad Industrial y/o Ley de Propiedad Intelectual, analizar y

decidir acerca (con medios propios o capacidades externas) de la

pertinencia de proteger dichos resultados mediante su inscripción en los

registros que corresponda, antes de ser divulgados o utilizados de

cualquiera forma.

11.Realizar, de acuerdo a la Propuesta de Estadía, a lo menos dos

actividades de difusión en regiones distintas a la Metropolitana, entre las

cuales deberá haber un seminario científico abierto y un evento de

difusión a medios no académicos.

12.El/la científico/a extranjero deberá durante su estadía realizar al menos

un curso electivo, taller y/o cátedra en la Institución Albergante.

Además podrá realizar uno o más cursos, talleres o cátedras en la/s

Institución/es Asociada/s. cuando corresponda. Esto deberá ser

demostrado a través de los documentos señalados como Medios de

Verificación en la Propuesta de Estadía, individualizados en el formulario

de postulación de la "Institución Albergante", y presentados como anexo

al Informe Final.

SÉPTIMO: La "Institución Albergante" no podrá sustituir al/la científico/a de

excelencia del extranjero señalado en el formulario de postulación e

individualizado en la cláusula Sexta Número Uno precedente, salvo por motivos

fundados autorizados por CONICYT y siempre que dicha sustitución no altere

en forma alguna los plazos, condiciones y calidad del proyecto, especialmente

en lo que se refiere ai estándar del científico de excelencia. En caso contrario,

CONICYT podrá disponer el término anticipado del convenio y/o solicitar el

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OCTAVO: La estadía deberá ser iniciada a más tardar entre Octubre de 2012 y Abril de 2013, y, terminar a más tardar en Octubre de 2014. No obstante,

la Institución Albergante podrá solicitar, por motivos fundados, al Programa de Atracción e Inserción de Capital Humano Avanzado de CONICYT, cambio o

prórroga de las fechas originales.

Asimismo, la "Institución Albergante" podrá solicitar cambios a la Propuesta de Estadía, lo que deberán ser previamente aprobados por CONICYT. De lo contrario, CONICYT estará facultada a disponer el término anticipado del convenio y/o solicitar la devolución de los montos entregados.

NOVENO: La vigencia del presente convenio se extenderá desde la completa tramitación de la resolución que lo apruebe hasta Noviembre de 2014. No obstante lo expuesto, CONICYT sólo cofinanciará el número de meses previsto para la estadía indicada en la Cláusula Primera.

DÉCIMO: El convenio se entenderá terminado:

a) Una vez que CONICYT apruebe el informe fina! y la correspondiente rendición de gastos, y

b) Se hayan cumplido todos los objetivos del mismo y se suscriba el correspondiente finiquito entre las partes.

DÉCIMO PRIMERO: En caso de incumplimiento de las obligaciones de la

"Institución Albergante", CONICYT podrá suspender, modificar o disponer el término anticipado del proyecto, debiendo la "Institución Albergante" en este último caso restituir total o parcialmente los recursos recibidos, reajustados según la variación experimentada por el IPC hasta el día efectivo de la restitución, sin perjuicio de hacer efectivas las cauciones constituidas, si procediere. Se entenderá que existe incumplimiento cuando se registren situaciones, tales como: carencia total o parcial de avances comprometidos, falta de diligencia en la ejecución, existencia de incumplimiento entre la "Institución Albergante" y el científico/a del extranjero atraído/a, renuncia a la estadía por parte del/de la científico/a del extranjero, y en general cualquier incumplimiento de las estipulaciones contenidas en el presente convenio y en las bases concúrsales.

En caso de fuerza mayor o caso fortuito que hicieren imposible la continuación de la estadía, CONICYT estará facultada para exigir la devolución de los fondos asignados y no ejecutados.

DÉCIMO SEGUNDO: CONICYT se reserva el derecho de interpretar el sentido

y alcance de las Bases del Concurso Nacional Atracción de Capital Humano Avanzado del Extranjero - Modalidad Estadías Cortas (MEC) Primera Convocatoria 2O12 así como también el presente convenio en caso de dudas y conflictos que se suscitaren sobre la aplicación de las mismas, ya sea, de oficio o a petición de parte.

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DÉCIMO TERCERO: La "Institución Albergante" presenta en este acto, certificado de inscripción en el registro de colaboradores del Estado y Municipalización, documento que se anexa al presente Convenio.

DÉCIMO CUARTO: Las Partes fijan para los efectos del presente convenio su domicilio en la ciudad de Santiago de Chile y se someten a la competencia de sus Tribunales Ordinarios de Justicia.

DÉCIMO QUINTO: El presente convenio se otorga en cuatro (4) ejemplares de igual tenor, fecha y validez quedando dos ejemplares en poder de CONICYT y dos ejemplares en poder de la "Institución Albergante".

CONICYT

DIRECTOR EJECUTIVO RUT

PERSONERÍA

: MATEO BUDINICH DIEZ : 6.522.204-3

: Decreto Supremo N° 113, de 28 de Febrero de 2011, Ministerio cae Educación y Resolución Exenta N° 2839, de

CONICYT.

FIRMA

de 2011, de

INSTITUCIÓN ALBERGANTE UNIVERSIDAD DECALCA RUT : 70.885.500-6 /

REPRESENTANTE LEGAL : Alvaro Rojas Marín RUT : 6.224.494-1

PERSONERÍA : Decreto Supremo N°184 de fecha 27.04.2010 del Ministerio de Educación

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