Juan Miranda Vergara
Jefe de Unidad de Coordinación del Gasto Público
División Desarrollo Regional SUBDERE
juan.miranda@subdere.gov.cl
E S T R A T E G I A S Y M E C A N I S M O S P A R A
FORTALECER LA CAPACIDAD DE GESTIÓN DEL
FONDO NACIONAL DE DESARROLLO REGIONAL
DE CHILE.
INVERSION EN LAS REGIONES
Inversión Sectorial
: Infraestructura y SocialInversión Regional:
Ingresos propios + Provisiones + FNDRFONDO NACIONAL DESARROLLO REGIONAL (FNDR)
El FNDR está definido en la Ley Nº 20.035 (LOCGAR) en su arCculo 74 como:
“...
un programa de inversiones públicas, con finalidades de desarrollo regional y compensación territorial, des8nado al financiamiento de acciones de desarrollo social,económico y cultural, con el objeto de obtener un desarrollo territorial armónico y equita8vo”.
El 90% del FNDR se distribuye según la condición de vulnerabilidad social y las caracterís[cas territoriales de cada región.
Población Pobre e Indigente (30%) Tasa Pobreza Regional (10%) Población Rural Pobre (10%)
Hogares Pobres Jefatura Femenina (5%)
Raíz Superficie Regional (30 %)
Índice de Costo de Pavimentación (5%) Índice de Costo de Vivienda (5%) Tasa de Ruralidad (5%)
5% de Eficiencia 5% de Emergencia Indicadores de: Salud (40%) Educación (40%) y Ges[ón Presupuestaria (20%) 4 Gobierno de Chile | SUBDERE | Chile de Todos
FNDR – PRINCIPALES CARACTERÍSTICAS
q Este fondo, se consKtuye en el instrumento de inversión pública más descentralizado del país, ya que la decisión sobre el uso de sus recursos y su focalización, es de exclusiva competencia regional, lo que permite a las autoridades regionales compaKbilizar sus lineamientos de desarrollo establecidos en la estrategia de desarrollo regional con sus decisiones de inversión.
q Responde de manera más eficiente la demanda ciudadana, e incorpora con mayor sensibilidad las disKntas realidades y caracterísKcas de cada región.
q Permite apalancar recursos sectoriales para el desarrollo de las regiones a través de los convenios de programación, e incorpora las prioridades regionales en las políKcas nacionales ejecutadas a través de los sectores.
q Desde su creación ha permiKdo disminuir en muchos casos y superar en otros, los déficit de cobertura en materias de infraestructura pública social, a través de la focalización de recursos en áreas tan diversas como educación, salud, alcantarillado y agua potable, transporte urbano y rural, electrificación urbana y rural, fomento producKvo, etc.
FNDR – RESTRICCIONES
• Financiar gastos en personal y en bienes y servicios de consumo de los servicios públicos
nacionales o regionales, de las municipalidades y de las insKtuciones de educación superior;
• ConsKtuir o efectuar aportes a sociedades o empresas. Tampoco podrán desKnarse a
comprar empresas o sus Ctulos. Lo dispuesto en esta letra no regirá respecto de las acciones de empresas de servicio público que los gobiernos regionales reciban en devolución de aportes de financiamiento reembolsables efectuados en conformidad a la legislación vigente;
• InverKr en instrumentos financieros de cualquier naturaleza, pública o privada, o efectuar
depósitos a plazo;
• Subvencionar, mediante la transferencia de recursos financieros, a insKtuciones públicas o
privadas con o sin fines de lucro;
• Otorgar préstamos;
• Financiar proyectos que consulten la adquisición de vehículos, comprendidos en la
dotación máxima fijada en ley de Presupuestos, o equipamiento computacional, para insKtuciones públicas que se encuentren en su cobertura. En ningún caso se podrá adquirir aeronaves.
• Pagar viáKcos, gastos de representación o traslados de los consejeros regionales.
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q
La administración de las regiones se encuentra radicada en un organismo
público denominado Gobierno Regional.
• Persona jurídica de derecho público.
• Carácter territorial.
• Patrimonio propio.
q
En la administración de las regiones los gobiernos regionales deberán
observar como principio básico, el desarrollo armónico y equitaKvo de sus
territorios, en aspectos de:
• Desarrollo económico
• Social y
• Cultural.
q
En el ejercicio de sus funciones, el Gobierno Regional deberán inspirarse
en principios de:
• Equidad;
• Eficiencia y eficacia en la asignación y uKlización de recursos públicos y en la prestación de servicios;
• En la efecKva parKcipación de la comunidad regional; y
• En la preservación y mejoramiento del medio ambiente.
LA ADMINISTRACIÓN REGIONAL
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q
El gobierno regional estará consKtuido por el Intendente y el Consejo
Regional.
q
El Intendente es:
• Representante del Presidente de la República en la región;
• Jefe superior de los servicios administraKvos del Gobierno Regional;
• Órgano ejecuKvo del Gobierno Regional, a la vez , es su representante judicial y extrajudicial.
q
El Consejo Regional
• Tiene carácter normaKvo, resoluKvo y fiscalizador;
• Es el encargado de hacer efecKva la parKcipación de la comunidad regional;
• Es un órgano colegiado, elegido por votación popular.
• Formular políKcas de desarrollo de la región, considerando las políKcas y planes comunales respecKvos, en armonía con las políKcas y planes nacionales;
• Someter al consejo regional los proyectos de planes y las estrategias regionales de desarrollo y sus modificaciones, así como proveer a su ejecución;
• Someter al consejo regional el proyecto de presupuesto del gobierno regional y sus modificaciones, ajustados a las orientaciones y límites que establezcan la políKca nacional de desarrollo, la Ley de Presupuestos de la Nación y demás normas legales sobre la administración financiera del Estado;
• Proponer al consejo regional la distribución de los recursos del Fondo Nacional de Desarrollo Regional que correspondan a la región;
FUNCIONES DEL INTENDENTE
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q
El Consejo Regional elegirá dentro de sus integrantes un Presidente,
quien durará en su cargo 4 años.
q
Serán funciones del Presidente del Consejo
• Disponer la citación del consejo a sesiones y elaborar la tabla de la sesión;
• Presidir las sesiones y dirigir los debates;
• Ordenar que se reciba la votación, fijar su orden y proclamar las decisiones del consejo;
• Ejercer el derecho de voto dirimente en los casos en se produzca un empate en el resultado de las votaciones;
• Actuar en representación del consejo en los actos de protocolo que correspondan;
• Cuidar de la observancia del reglamento de funcionamiento.
• Aprobar el reglamento que regule su funcionamiento;
• Aprobar los reglamentos regionales; Aprobar los planes regionales de desarrollo
urbano, los planes reguladores metropolitanos y los planes reguladores intercomunales;
• Aprobar, modificar o susKtuir el plan de desarrollo de la región y el proyecto de
presupuesto regional;
• Resolver, sobre la base de la proposición del intendente, la distribución de los
recursos del Fondo Nacional de Desarrollo Regional, de los recursos de los programas de inversión sectorial de asignación regional y de los recursos propios que el gobierno regional obtenga;
• Aprobar, sobre la base de la proposición del intendente, los convenios de
programación que el gobierno regional celebre;
• Fiscalizar el desempeño del intendente regional en su calidad de EjecuKvo;
• Dar su acuerdo al intendente para enajenar o gravar bienes raíces que formen parte
del patrimonio del gobierno regional;
• EmiKr opinión respecto de las proposiciones de modificación a la división políKca y
administraKva de la región que formule el gobierno nacional.
FUNCIONES DEL CONSEJO REGIONAL
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DE LA ADMINISTRACION PUBLICA EN LA REGION
q
Los ministerios se desconcentrarán territorialmente mediante secretarías
regionales ministeriales, de acuerdo con sus respecKvas leyes orgánicas,
con excepción de los Ministerios del Interior, Secretaría General de la
Presidencia, de Defensa Nacional y de Relaciones Exteriores.
q
Cada secretaría regional ministerial estará a cargo de un secretario
regional ministerial, quien, sin perjuicio de su condición de representante
del o de los ministerios respecKvos en la región, será colaborador directo
del intendente, al que estará subordinado en todo lo
rela[vo a la
elaboración, ejecución y coordinación de las polí[cas, planes,
presupuestos, proyectos de desarrollo
y demás materias que sean de
q
La desconcentración territorial de los servicios públicos nacionales se hará
mediante direcciones regionales o provinciales a cargo del respecKvo
director regional o provincial, quien dependerá jerárquicamente del
director nacional del servicio. No obstante, para los efectos de la
ejecución de las políKcas, planes y programas de desarrollo regional
aprobados y financiados por el gobierno regional, estarán subordinados al
intendente a través del correspondiente secretario regional ministerial.
DE LA ADMINISTRACION PUBLICA EN LA REGION
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q
Los gobiernos regionales, para efectos de lo previsto en el arCculo 103 de
la ConsKtución PolíKca de la República, podrán solicitar al Presidente de la
República el
traspaso de competencias y recursos que estén a cargo de
organismos o servicios de la administración central o funcionalmente
descentralizada
, acompañando al efecto los estudios y antecedentes que
demuestren su apKtud para asumir tales responsabilidades.
Los antecedentes serán analizados por los ministerios y servicios públicos
involucrados, los que deberán evacuar un informe dentro de los sesenta
días siguientes a la recepción de la documentación respecKva.
Dicho informe y el que, a su vez, deberá expedir el Ministerio del Interior,
serán entregados al Presidente de la República para su consideración
sobre la materia.
ESTADO DEL ARTE DE LA DESCENTRALIZACION
q
Modificaciones legales implementadas:
• Elección de Directa de los Consejeros Regionales;
• Creación y elección del Presidente del Consejo Regional;
• Incremento de la dieta de los Consejeros.
• Otorga derecho a los Consejeros Regionales para afiliarse al sistema de pensiones de vejez, de invalidez y de sobrevivencia;
• Otorga derecho a los Consejeros Regionales a seguro contra riesgo de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales;
• El gobierno regional podrá financiar la capacitación de los consejeros regionales en materias de su competencia.
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ESTADO DEL ARTE DE LA DESCENTRALIZACION
q
Modificaciones legales en discusión en el Parlamento:
• Elección Directa de los Intendentes Regionales;
• Establece mecanismo para el proceso de Traspaso de Competencias;
• Propone traspaso de competencias de Ordenamiento Territorial, Fomento de las acKvidades producKvas y desarrollo social y cultural;
• Delegación de facultades para el traspaso de servicios a los gobiernos regionales.
• Organización de los gobiernos regionales;
• Incorporación del Plan Regional de Ordenamiento Territorial;
• Fortalecimiento y autonomía del consejo regional;
• Presupuesto de inversión de gobiernos regionales;
• Administración áreas metropolitanas;
• Convenios de Programación, Convenios Territoriales y Convenios Mandato;
ESTADO DEL ARTE DE LA DESCENTRALIZACION
q
Materias de trabajo a nivel de la División de Desarrollo Regional:
• Propuesta de Ley de Financiamiento Regional y Responsabilidad Fiscal;
• Modificación de la Metodología de Distribución del Fondo Nacional de Desarrollo Regional, considera incorporación de variables de distribución que incluyan dimensiones de gesKón, territoriales y económicas;
• Implementación de Contrato – Región;
• Creación e implementación de un Fondo de Convergencia;
• Implementación de programa Piloto en Fomento de las acKvidades producKvas e innovación.
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