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Sociedades en Derecho Mercantil

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Academic year: 2021

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Sesión No. 11

Nombre: Sociedades extranjeras

Contextualización

¿Por qué se establecen las sociedades mercantiles extranjeras en nuestro país?

La siguiente tesis jurisprudencial establece que las sociedades mercantiles extranjeras se establecen en nuestro país por razones de economía.

Época: Décima Época Registro: 2004335

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito Tipo de Tesis: Aislada

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Libro XXIII, Agosto de 2013, Tomo 3

Materia(s): Civil

Tesis: I.5o.C.59 C (10a.) Página: 1731

SOCIEDADES EXTRANJERAS QUE SE ESTABLECEN EN TERRITORIO NACIONAL. RAZONES DE ECONOMÍA.

El comercio internacional es un fenómeno que cuenta con siglos de antigüedad, dado que desde tiempos remotos se desarrolló más allá de las fronteras del domicilio o de la nacionalidad de los comerciantes. A medida que la mengua de la figura del comerciante singular fue abriendo paso a la aparición de las sociedades mercantiles, también fue desapareciendo la necesidad de que este sujeto viajará para vender en el territorio extranjero su mercadería, o bien, ir por ella para introducirla a su país de residencia; de manera tal que esta evolución de las formas del comercio condujo a que sean las sociedades mercantiles las que hoy actúen e interactúen en el mercado internacional, con un avance innegable que ello produjo pero con la complejidad que trajo consigo, sobre todo en materia de legislación aplicable. Hoy

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las sociedades se erigen en el gran operador comercial del mercado mundial y lo hacen por encima de sus barreras regionales, ya que a ello también ha favorecido el fenómeno de la globalización, el cual, tras un increíble desarrollo de las tecnologías de comunicación, los transportes y la liberalización de los intercambios de bienes y servicios, las empresas multinacionales se desarrollan y se consolidan como empresas globales. Para el desarrollo de estas actividades es entendible que los capitales societarios se dirijan hacia otros territorios extra nacionales, en la búsqueda del aprovechamiento de las diferentes condiciones de comercialización y exportación con el consecuente aprovechamiento de beneficios que luego podrían redirigirse al país de origen. Luego, a pesar de que una actividad transnacional genera altos costos a una sociedad, éstos son reabsorbidos cuando se ponderan los beneficios que implica la producción en las filiales con una mano de obra más barata.

Amparo directo 740/2010. Spectrasite Communications, Inc. 15 de diciembre de 2011. Unanimidad de votos. Ponente: María Soledad Hernández Ruiz de Mosqueda. Secretario: Ricardo Mercado Oaxaca.

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Introducción al Tema

¿En qué consiste la nacionalidad de una sociedad mercantil?

“Algunos autores consideran que la nacionalidad es un atributo de las personas físicas y que, por tanto, no puede aplicarse a las sociedades”. (Mantilla, 2011, p. 467).

A pesar de lo manifestado por Mantilla es necesario otorgarles una nacionalidad a las sociedades mercantiles, misma que se establece derivado del país en que se constituyan.

¿Cuál es el panorama para las sociedades mercantiles extranjeras que quieran establecerse en nuestro país?

“Los problemas que plantea una sociedad extranjera son diversos si pretende actuar en México solamente de una manera ocasional, o si, por lo contario, pretende establecerse de un modo permanente”. (Mantilla, 2011, p. 469).

Indudablemente serán distintos los requisitos que deba cumplir una empresa extranjera que desee realizar actos de comercio en nuestro país de forma esporádica y sin establecerse en nuestro territorio, con los que tenga que cumplir aquella que quiera establecerse en el país para realizar actos de comercio de forma cotidiana.

¿Cuál es la actualidad de las sociedades extranjeras en nuestro país?

La globalización y el mercado actual obligan a los empresarios a trascender fronteras, esto con la finalidad de expandir su mercado. En nuestro país las empresas extranjeras se han apoderado de diversas áreas de comercio, desplazando incluso a las empresas mexicanas.

En México existen un sin número de sociedades mercantiles extranjeras que realizan operaciones comerciales diariamente, cabe hacer mención que diversas empresas extranjeras han establecido en nuestro país diversas sucursales, o incluso ha formado sociedades mercantiles a la luz de las leyes de nuestro país con el mismo nombre de la sociedad extranjera, sin embargo, en este caso la sociedad mexicana, a pesar de haber “nacido” en nuestro país, no deja de tener influencia tanto económica como administrativamente de la sociedad extranjera.

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Explicación

Sociedades extranjeras

¿Qué son las sociedades extranjeras?

Criterios para determinar la nacionalidad de una sociedad

¿Cuáles son los criterios para determinar la nacionalidad de una sociedad mercantil?

De acuerdo con Mantilla (2011), numerosos criterios se señalan en la doctrina y en el derecho comparado para determinar la nacionalidad de las sociedades:

a) Manifestación de voluntad de los fundadores.

b) El lugar de radicación de la gerencia.

c) El lugar de la reunión normal de los accionistas.

d) El lugar de la radicación principal del consejo administrativo.

e) La legislación conforme a la cual se constituyó.

f) El lugar de constitución.

g) La nacionalidad de los socios.

h) El lugar en que se integra el capital social.

i) El lugar de la principal explotación social.

j) El domicilio social (p. 468).

Las sociedades extranjeras son aquellas constituidas de acuerdo a las leyes de un país extranjero y cuyo domicilio principal está ubicado fuera del territorio nacional.

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Determinación de la nacionalidad de la sociedad

De acuerdo a la ley, ¿cuáles son sociedades extranjeras?

Según el artículo 8º de la Ley de Nacional “son personas morales de nacionalidad mexicana las que se constituyan conforme a las leyes mexicanas y tengan en el territorio nacional su domicilio legal”, de acuerdo a lo anterior, por exclusión todas las sociedades que no cumplan con dichos requisitos son sociedades extranjeras.

Personalidad jurídica

¿Cuáles son los requisitos para que se reconozca la personalidad jurídica de una sociedad extranjera?

Las sociedades extranjeras legalmente constituidas tienen personalidad jurídica en la República. (Art. 250 de la Ley General de Sociedades Mercantiles).

El artículo 2736 del Código Civil Federal establece que “la existencia, capacidad para ser titular de derechos y obligaciones, funcionamiento, transformación, disolución, liquidación y fusión de las personas morales extranjeras de naturaleza privada se regirán por el derecho de su constitución, entendiéndose por tal, aquél del estado en que se cumplan los requisitos de forma y fondo requeridos para la creación de dichas personas.

En ningún caso el reconocimiento de la capacidad de una persona moral extranjera excederá a la que le otorgue el derecho conforme al cual se constituyó.

Cuando alguna persona extranjera de naturaleza privada actúe por medio de algún representante, se considerará que tal representante, o quien lo sustituya, está autorizado para responder a las reclamaciones y demandas que se intenten en contra de dicha persona con motivo de los actos en cuestión”.

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De acuerdo con Mantilla (2011) “el otorgamiento incondicional de la personalidad jurídica permitirá a la sociedad extranjera celebrar al acto que pretenda, excepto si, conforme a la ley que lo rige, sólo puede ser ejecutado por quien tiene la nacionalidad mexicana. Así por ejemplo, pese al reconocimiento de la personalidad jurídica, la sociedad extranjera no podría adquirir bienes inmuebles dentro de la zona prohibida, ni terrenos agrícolas o ganaderos, si es una sociedad por acciones, etc.” (p. 469).

Requisitos para practicar actos de comercio

¿Cuáles son los requisitos para que las sociedades mercantiles practiquen actos de comercio?

De conformidad con el artículo 15 del Código de Comercio “las Sociedades legalmente constituidas en el extranjero que se establezcan en la República o tengan en ella alguna agencia o sucursal, podrán ejercer el comercio, sujetándose a las prescripciones especiales de este Código en todo cuanto concierna a la creación de sus establecimientos dentro del territorio nacional, a sus operaciones mercantiles y a la jurisdicción de los tribunales de la Nación”. El artículo anterior nos establece la posibilidad de que las sociedades mercantiles extranjeras ejerzan el comercio en nuestro país, estableciendo como primer requisito el que estén legalmente constituidas en su país.

Sin embargo, el citado artículo no establece como obligación previa de las sociedades mercantiles, para poder ejercer el comercio, el inscribirse en el Registro Público de Comercio, tal y como lo señala el artículo 24 de la Ley General de Sociedades Mercantiles “las sociedades extranjeras sólo podrán ejercer el comercio desde su inscripción en el Registro”.

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Requisitos para su inscripción en el Registro Público de

Comercio

¿Cuáles son los requisitos para que las sociedades mercantiles se puedan inscribir en el Registro Público de Comercio?

Según lo establece el artículo 24 del Código de Comercio “las sociedades extranjeras deberán acreditar para su inscripción en el Registro Público de Comercio, estar constituidas conforme a las leyes de su país de origen y autorizadas para ejercer el comercio por la Secretaría, sin perjuicio de lo establecido en los tratados o convenios internacionales.

La inscripción sólo se efectuará previa autorización de la Secretaría de Economía en los términos de los artículos 17 y 17 A de la Ley de Inversión Extranjera”.

Como ya se ha dicho, el mismo Código de Comercio establece como primer requisito para que las sociedades mercantiles extranjeras puedan ejercer el comercio en el que estén constituidas de acuerdo a las leyes de su país de origen, lo cual es lógico, pues si se exige a las sociedades mexicanas estar legalmente constituidas para ejercer el comercio, no tendría razón que no se exigiera lo mismo a las sociedades extranjeras.

Otro requisito que deben cumplir las sociedades mercantiles extranjeras para ejercer el comercio aunado a los ya mencionados es el obtener el permiso por parte de la Secretaría de Economía, el cual a su vez es una exigencia para poder inscribirse en el Registro Público de Comercio, tal y como lo establece el artículo 17 de la Ley de Inversión Extranjera que es del tenor literal siguiente:

“Artículo 17 Sin perjuicio de lo establecido en los tratados y convenios internacionales de los que México sea parte, deberán obtener autorización de la Secretaría:

I.- Las personas morales extranjeras que pretendan realizar habitualmente actos de comercio en la República, y

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II.- Las personas a que se refiere el artículo 2,736 del Código Civil para el Distrito Federal en materia común, y para toda la República en materia federal, que pretendan establecerse en la República y que no estén reguladas por leyes distintas a dicho Código”.

Asimismo los requisitos que deben cumplir las sociedades extranjeras para obtener la autorización para ejercer el comercio por parte de la Secretaría de Economía son los que para tales efectos establece el artículo 17A de la Ley de Inversión Extranjera:

“a) Que dichas personas comprueben que están constituidas de acuerdo con las leyes de su país;

b) Que el contrato social y demás documentos constitutivos de dichas personas no sean contrarios a los preceptos de orden público establecidos en las leyes mexicanas, y

c) En el caso de las personas a que se refiere la fracción I del artículo anterior, que se establezcan en la República o tengan en ella alguna agencia o sucursal; o, en el caso de las personas a que se refiere la fracción II del artículo anterior, que tengan representante domiciliado en el lugar donde van a operar, autorizado para responder de las obligaciones que contraigan”.

En relación a lo anterior Mantilla (2011) refiere lo siguiente “si la autorización de la Secretaría es previa a la inscripción en el Registro de Comercio y está una condición para ejercer el comercio, parece encerrarse a las sociedades extranjeras en un círculo vicioso o invitarlas a una violación a la ley, al supeditar la autorización para que ejerzan el comercio a la condición de que tengan alguna agencia o sucursal, cuya existencia implicaría el ejercicio del comercio que debe ser autorizado”. (p. 471).

Carácter de comerciante de la sociedad extranjera

De acuerdo con el artículo 3º del Código de Comercio se reputan en derecho comerciantes:

“I.- …; II.- …;

III.- Las sociedades extranjeras o las agencias y sucursales de éstas, que dentro del territorio nacional ejerzan actos de comercio”.

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Conclusión

Las sociedades extranjeras son aquellas que se constituyen de acuerdo a las leyes de otro país. En caso de que dichas sociedades deseen realizar actividades económicas en nuestro país tienen que acreditar en primer lugar estar establecidas conforme a la legislación de su país de origen, obtener el permiso para ejercer el comercio por parte de la Secretaría de Economía, además de inscribirse en el Registro Público de Comercio.

Las sociedades mercantiles extranjeras que se cumplan con la inscripción que se señala en el párrafo anterior, tendrán personalidad jurídica, lo que les permitirá tener derechos y obligaciones frente a terceros, por lo cual las sociedades extranjeras que deseen realizar actos de comercio en nuestro país deberán establecen un domicilio en el territorio en donde puedan ser localizados para responder por las obligaciones contraídas.

Para que las sociedades extranjeras puedan ejercer el comercio en nuestro país es necesario que en sus actas constitutivas no se incluyan aspectos que contravengas las leyes de nuestro país, además de que al contratarse en nuestro territorio lo harán de conformidad con las leyes mexicanas vigentes. El análisis de las sociedades extranjeras es esencial en el estudio de las sociedades mercantiles, no obstante, existen diversos temas por conocer, como es la Concentración de sociedades y alianzas estratégicas, por lo que en la siguiente sesión se analizarán diversos aspectos referentes a dichos temas, como son:

¿Qué es la concentración de empresas? ¿En qué consiste la doble sociedad? ¿Cuáles son las alianzas estratégicas? ¿Qué es la asociación en participación?

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Para aprender más

¿Cuál es la situación jurídica de las sociedades extranjeras en nuestro país?

 S.a. (s.f.) Estatuto jurídico y fiscal de las sociedades extranjeras en

México, obtenido de:

http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/indercom/cont/2/dtr/dtr1.pdf

¿En qué consiste la nacionalidad de las sociedades mercantiles?  Muñoz, P. (s.f.) ¿Tienen nacionalidad las personas morales?, obtenido de:

http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/jurid/cont/21/pr/pr20.pdf

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Actividad de Aprendizaje

Instrucciones:

Con la finalidad de reforzar los conocimientos adquiridos a lo largo de esta sesión, ahora tendrás que realizar una actividad en la cual a través de una presentación nos des un ejemplo de una sociedad extranjera en México. Explica lo que hayas encontrado.

Puedes realizarlo en cualquier programa, al final tendrás que guardarlo como imagen en formato JPG para subirlo a la plataforma de la asignatura.

Recuerda que esta actividad te ayudará a retener los aspectos referentes a las sociedades extranjeras, los cuales son esenciales para continuar con el estudio de la materia.

En esta actividad se tomará en cuenta lo siguiente:  Tus datos generales

 Referencias bibliográficas  Ortografía y redacción  Título

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Bibliografía

 Cervantes, R. (2002). Derecho Mercantil. México: Porrúa.

 Mantilla, R. (2011). Derecho Mercantil. México: Porrúa.

Referencias

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