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Igualmente, el 5 de agosto se auditará la base de datos de las electoras y los electores. Desde hoy partidos postulan a sus candidatos

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A partir de hoy y hasta el próximo viernes 7 de agosto las organizaciones políticas, los grupos de electores, candidatos por iniciativa propia y las comunidades indígenas tendrán el derecho de postular a sus candidatas y candidatos a través del Sistema Automático de Postulación (SAP) que dispuso el Consejo Nacional Electoral (CNE) en su sitio web (www.cne.gob.ve), para optar por una curul en la Asamblea Nacional en las elecciones parlamentarias que se

efectuarán el 6 de diciembre de este año.

Mediante este proceso comicial serán electos 167 diputados o diputadas, de los cuales 113 serán nominales, 51 por lista y tres son representantes indígenas de forma nominal.

El Manual Operativo para el Proceso de Postulaciones de Candidatas y Candidatos a cargos de elección popular, entregado por el CNE a los representantes técnicos de los partidos políticos, establece que del 3 al 9 de agosto será la revisión de los recaudos de las postulaciones, mientras que del 4 al 12 de agosto la Junta Electoral definirá la admisión,

rechazo o no presentación de las postulaciones. Será al día siguiente, 13 de agosto, que se fije el cierre de las postulaciones.

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Hasta el 6 de noviembre los partidos políticos podrán hacer la sustitución o modificación de las postulaciones lista y el 26 de ese mismo mes se repite el proceso en las nominales.

Asimismo, en este proceso de postulación los partidos políticos deben tener una paridad de género de 50 por ciento por cada sexo. Pero, en los casos que esto no sea posible deberá tener como mínimo 40% y como máximo 60% por cada sexo.

Este procedimiento de paridad solo debe cumplirse en las circunscripciones donde los partidos políticos no realizaron elecciones internas o primarias.

Desde hoy hasta el miércoles 12 de agosto, las organizaciones con fines políticos podrán ajustar sus postulaciones en la composición paritaria, sin embargo, aquellas que incumplan los parámetros serán declaradas como no presentadas por la Junta Electoral.

Igualmente, las postulaciones declaradas como admitidas podrán ser sustituidas o modificadas, siempre y cuando las nuevas postulaciones no trasgredan las fórmulas de composición

paritaria previstas en el artículo 3 del Reglamento Especial para Garantizar los Derechos de Participación Política de Forma Paritaria.

En caso de que una organización política no llegara a cumplir la paridad de género, el grupo de postulados queda como No Presentados.

El Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) en sus primarias eligió en las 87

circunscripciones del país a 98 candidatos, de los cuales 28 son mujeres, mientras que la Mesa de la Unidad en sus elecciones internas escogió 40 candidatos en 33 circunscripciones. Solo 11 de los postulados fueron mujeres.

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Y en la MUD deben incorporarse 98 mujeres; de ellas 29 principales, 29 suplentes para completar los 54 circunscripciones faltantes; y 40 por voto lista.

QUIÉNES NO PODRÁN POSTULARSE

De igual manera, no podrán postularse quienes estén sometidos a condena penal mediante sentencia definitiva firme; quienes hayan sido condenados a distintos delitos durante el ejercicio de sus funciones o por interdicción civil o inhabilitación. También se aplica la normativa a aquellos electores o electoras que hayan sido suspendidos por alguna de las causas mencionadas, quienes en consecuencia no podrán ejercer el voto.

En tanto, las candidatas o candidatos por iniciativa propia solo podrán postularse personalmente.

Si una organización política es de carácter nacional, la composición paritaria es nacional; y si un partido es regional, la paridad debe ser regional.

LAS NO ACEPTADAS

En caso de faltar algún documento, la Junta Regional Electoral devolverá a las interesadas o interesados copia de la planilla de postulación y aceptación, haciendo la respectiva observación y se le indicará que tendrá cuarenta y ocho (48) horas para consignar los documentos faltantes dentro del lapso establecido para la presentación.

De no realizar la consignación de los documentos, se tendrá la postulación como No

Presentada y la Junta Regional Electoral emitirá la resolución que debe ser publicada en la cartelera electoral.

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Al ser declaradas como Presentada la postulación, comenzará a correr el lapso establecido en el cronograma para que la Junta Regional Electoral admita o rechace la postulación.

Las candidatas o candidatos que manifiesten estar en contra de la Resolución de la Junta Regional Electoral que admita, rechace o tenga como No Presentada una postulación, podrán interponer un recurso ante el Consejo Nacional Electoral dentro de los cinco (5) días continuos a la publicación en la Cartelera Electoral.

En caso de ser admitido el recurso se ordenará la publicación en la Cartelera Electoral y a partir de un lapso de veinte (20) días el Consejo Nacional Electoral fijará una nueva resolución.

Para las organizaciones indígenas de carácter nacional, la composición paritaria se calcula si postulan en las tres regiones existentes: occidente, sur y oriente.

Por otro lado, en el estado Amazonas, por elegirse solo un cargo por vía nominal, se exceptúa la aplicación de paridad de sexo. Si se postula como principal un hombre, se deberá postular una mujer como suplente o viceversa.

PASOS DE POSTULACIÓN

El técnico electoral del Partido Comunista de Venezuela, Roso Grimau, explicó que el proceso de postulación se inicia con el suministro de la información en el SAP. Al ser notificados para la entrega de recaudos, la Junta Electoral verifica los documentos y si cumple con los

reglamentos legales pasa a ser admitido el postulado.

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El Manual Operativo también establece que “si una organización con fines políticos postula a una misma candidata o candidato como principal en una circunscripción y en el primer puesto de la lista, a los efectos de la composición paritaria de sexo solo se contabilizará la postulación nominal”.

En tal sentido, Grimau señaló que si un partido político tiene 10 candidatos y postula 5 hombres para cargos principales y 5 mujeres para cargos de suplentes no puede ser admitido porque no cumple con la paridad de género.

“La idea es que las mujeres estén en los primeros cargos. Por ejemplo, la lista en Caracas son 10 y la paridad son 4; entonces, estoy dejando a 6 hombres para el primer puesto y en los cuatro puestos restantes ubico a las mujeres como suplentes, y no debe ser así”, aseveró.

CUMPLIMIENTO DE PARIDAD

Grimau explicó que el representante de cada partido, por medio de una clave, podrá visualizar en el sistema del CNE el cumplimiento de la paridad de género.

“Ya el CNE nos dijo que van a estar llamando a los autorizados de los partidos para hacer las modificaciones necesarias y se cumpla esa paridad. Yo puedo cumplir con los requisitos, pero si no reúno los números necesarios para la paridad, ellos (CNE) nos van a notificar eso para que cada partido político cumpla con los porcentajes mínimos exigidos”, expuso.

Afirmó que las personas que estén inhabilitadas no pueden participar en cargos de elección popular, dando así cumplimiento a los artículos 64 y 65 de la Constitución.

“Dependiendo de la sentencia, la inhabilitación puede ser para no ejercer cargos de elección popular como también si es muy grave puede no tener si quiera el derecho al voto”, manifestó.

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(representantes de la MUD) que ella se va a presentar a tratar de inscribirse y como el CNE no tiene las competencias, ella irá con la persona que la va a suplir”.

http://www.ciudadccs.info/2015/08/03/desde-hoy-partidos-postulan-a-sus-candidatos/

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