QUITO –ECUADOR 2017
GUÍA
DE PRÁCTICAS
GUÍA DE PRÁCTICAS PREPROFESIONALES
ANTECEDENTES: Considerando
Que, la Constitución de la República del Ecuador en su artículo 350 señala que el sistema de educación superior tiene como finalidad la formación académica y profesional con visión científica y humanista; la investigación científica y tecnológica; la innovación, promoción, desarrollo y difusión de los saberes y las culturas; la construcción de soluciones para los problemas del país, en relación con los objetivos del régimen de desarrollo.
Que, la Ley Orgánica de Educación Superior en su artículo 87 señala como requisito previo a la obtención del título, los y las estudiantes deberán acreditar servicios a la comunidad mediante prácticas o pasantías preprofesionales. debidamente monitoreadas. En los campos de su especialidad, de conformidad con los lincamientos generales definidos por el Consejo de Educación Superior.
Que, el Reglamento de Régimen Académico actualizado a marzo de 2017 del Consejo de Educación Superior en el Capítulo III regula en su artículo 89 el sistema de prácticas preprofesionales y que las figuras de prácticas preprofesionales, pasantías y ayudantes de cátedra e investigación con sus respectivas regulaciones.
Que, el mismo reglamento indica que las instituciones de educación superior diseñarán, organizarán y evaluarán las correspondientes prácticas pre profesionales para cada carrera.
Que, Todas las prácticas pre profesionales deberán ser planificadas, monitoreadas y evaluadas por un tutor académico de la lES, en coordinación con un responsable de la institución en donde se realizan las prácticas (institución receptora)
Que, el Modelo Genérico de Evaluación del Entorno de Aprendizaje de Carreras del CEAACES que en el Criterio/Subcriterio Ambiente Institucional (D) y su indicador D1.6 señala como evidencia de la planificación de las prácticas cuyo contenido comprende: Justificación, Objetivos, Duración, Recursos que intervienen y Cronograma de actividades.
1.1 Complementar la formación académica de los estudiantes de la Facultad de Ingeniería Química para que consoliden sus conocimientos teóricos, mediante prácticas pre-profesionales que permitan promover actitudes de responsabilidad, cooperación y trabajo en equipo.
1.2 Fomentar el desarrollo de habilidades y destrezas que faculten a los estudiantes a emitir juicios críticos en la resolución de problemas que beneficien su futuro desempeño profesional.
1.3 Convertir en competencias reales los conocimientos teóricos.
1.4 Interrelacionar al estudiante socialmente con los profesionales de su entorno para fortalecer el proceso de adaptación a la vida laboral.
2. POLÍTICAS INSTITUCIONALES
2.1 La Facultad de Ingeniería Química de la Universidad Central del Ecuador tiene como objetivo la organización y el seguimiento de las prácticas preprofesionales y pasantías curriculares que realizan los estudiantes de la Carrera de Ingeniería Química.
2.2 Las prácticas pre-profesionales constituirán oportunidades de ejercicio profesional de los conocimientos adquiridos en la carrera, a través del entrenamiento en las dependencias de la empresa u organización en cuestión.
2.3 Las prácticas pre-profesionales se derivan de acuerdos inter institucionales que permiten la inclusión de los estudiantes en diferentes escenarios donde pueden ejercer su profesión.
2.4 La Facultad de Ingeniería Química de la Universidad Central del Ecuador tiene como objetivo fortalecer las relaciones entre la carrera y el sector laboral a través de los estudiantes mediante un intercambio conocimiento – experiencia.
2.5 El adiestramiento de los estudiantes en las diferentes áreas y actividades que pueden desarrollar en las prácticas preprofesionales, será de importancia para su posterior inserción en el campo laboral.
2.6 Los estudiantes que realicen prácticas preprofesionales ayudarán a mantener una mejora continua de la carrera de Ingeniería Química como unidad académica, manteniendo el contacto y la retro alimentación de las experiencias que tienen los mismos.
3. REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS
3.1 PROGRAMACION DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES
3.2 REQUISITOS QUE DEBE CUMPLIR EL ESTUDIANTE PARA ACCEDER A UNA PRÁCTICA PREPROFESIONAL
3.1.2. Las prácticas pre-profesionales pueden proceder de los convenios o acuerdos que se hayan establecido entre la Facultad de Ingeniería Química y empresas que tengan relación directa con la formación de nuestros estudiantes (para ello, de forma semestral la Facultad actualizará la base de datos de las instituciones o empresas con las que tiene acuerdos y proporcionará un listado de áreas donde podrán realizar las prácticas pre-profesionales) y también por gestión propia de los estudiantes.
3.1.3. Las prácticas preprofesionales serán realizadas por estudiantes de la Facultad de Ingeniería Química de la Universidad Central del Ecuador que hayan aprobado el sexto semestre de la misma.
3.1.4. En caso de que los cupos, establecidos de los acuerdos, sean limitados; tendrán preferencia los estudiantes con mejor promedio de calificaciones o rendimiento académico general.
3.3 ÁREAS DELIMITADAS POR LA FACULTAD DE INGENIERÍA QUÍMICA PARA PRÁCTICAS PREPROFESIONALES
3.3.1 Las autoridades de la Facultad de Ingeniería Química, en su deber con los estudiantes, se comprometen a brindar todas las facilidades para la realización de las prácticas preprofesionales y establecer las áreas de aplicabilidad.
3.3.2 Las áreas delimitadas por la Facultad de Ingeniería Química se alinean a las priorizadas en los planes nacionales de desarrollo que tienen por objeto el Cambio de la Matriz Productiva y a las áreas específicas que se relacionan con el perfil de egreso de la carrera. ANEXO 1.
3.4 PROCEDIMIENTO PARA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS
Los estudiantes interesados en realizar prácticas pre-profesionales deben:
3.4.1 Inscribirse en la Plataforma de Prácticas Pre-profesionales. Esta dependencia realizará la asignación de las empresas en las que los estudiantes realizarán las prácticas pre-profesionales y se publicará un listado con esta información (información más detallada en el FIQ-F-002.
3.4.2 Solicitar mediante oficio a la Dirección de Carrera la aprobación para realizar las prácticas pre-profesionales en la Empresa u Organización asignada.
empresa.
▪ Trabajar con la respectiva contraparte de la empresa o institución en donde se lleva a cabo la práctica que evaluará el desempeño del estudiante al final.
3.5 SEGUIMIENTO DE PRÁCTICAS PRE-PROFESIONALES
3.5.1 El responsable académico de la Facultad de Ingeniería Química deberá delegar a un docente de la misma para el seguimiento de las prácticas preprofesionales. 3.5.2 El docente designado o encargado deberá brindar soporte al estudiante que realice las prácticas preprofesionales y atender cualquier inquietud que se presente durante la misma.
3.6 EVIDENCIA DE PRÁCTICAS PREPROFESIONALES
3.6.1 El pasante deberá respaldar y evidenciar sus prácticas preprofesionales con la siguiente documentación:
▪ Informe de la institución en la cual se realizaron las prácticas pre- profesionales (ANEXO N°2, FIQ-F-004).
▪ Informe de autoevaluación presentado por cada estudiante ANEXO N° 3, FIQ-F-005)
▪ Documento oficial de la empresa en donde se señale el nombre y número de cédula del estudiante, número de horas de realizaciòn de la práctica, periodo de realización, firma y sello de la institución. Esta información deberá ser verificada por el docente encargado de manera: inspección in situ, llamada telefónica, correo elctrónico o entrevista con el estudiante.
▪ Esta documentación debe ser entregada en el plazo máximo de un mes luego de finalizar la práctica. Una vez verificada la información detallada el supervisor de prácticas pre-profesionales deberá emitir el Informes de los supervisores de práctica (ANEXO N°4, FIQ-F-003).
3.7 PROCEDIMIENTO PARA LA CERTIFICACIÓN DE PRÁCTICAS PREPROFESIONALES
3.7.1 Se deberá presentar el informe de las prácticas preprofesionales junto con toda
la información citada en el numeral 3.5 Evidencias de Practicas
Pre-profesionales, máximo un mes posterior a la culminación de las mismas.
3.7.2 La documentación general deberá presentarse anillado y con la firma del docente encargado (se entiende que para la firma del profesor responsable, la documentación debió ser presentada para revisión y corregida en caso de que el profesor haya emitido alguna observación).
una solicitud dirigida al señor Decano de la Facultad en donde se solicite la certificación de las mismas.
3.8 PROCEDIMIENTO PARA EL REGISTRO Y CONTROL DE LAS PRACTICAS PREPROFESIONALES
3.8.1 El control y seguimiento se lo realizará mediante el desempeño del cronograma establecido en el FIQ-F-002.
3.8.2 Con respecto a la lista de acuerdos y convenios, se deberá llevar un registro semestral de las empresas con las cuales se ha trabajado para verificar la vigencia y alcance.
4 ANEXOS
ANEXO N° 1
AREAS PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS PREPROFESIONALES AÑO 2017
Sector agroalimentario • Elaborados de cacao • Elaborados de café
• Elaborados de pescado y maricultura • Elaborados de productos lácteos
Cadenas vinculadas a industrias básicas • Derivados del petróleo
• Metalmecánica
• Químicos y farmacéuticos • Papel y cartón
• Plástico y caucho Servicios
• Gestión Ambiental y remediación (gestión integral de residuos sólidos: reciclaje) • Logística: multimodal
Se incluyen las siguientes áreas debido a la pertinencia y concordancia con el perfil de egreso de la Carrera
Explotación de Petróleo Pinturas y Resinas Agroindustria
Cemento, cerámicos y a fines
Recubrimientos electrolíticos y a fines Agua Potable
Textil
Sector Público