REGLAMENTO PARA ASPIRANTES DE INGRESO
2013
Facultad de Medicina, U.A.Ch.
Reglamento para Aspirantes de Ingreso 2013
1 UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA
DIRECTORIO
M. C. JESÚS ENRIQUE SÉAÑEZ SÁENZ Rector
M.D. SAÚL ARNULFO MARTÍNEZ CAMPOS Secretario General
DR. ALEJANDRO CHÁVEZ GUERRERO Director Académico
M. A. R. H. HORACIO JURADO MEDINA Director Administrativo
LIC. SERGIO REAZA ESCÁRCEGA Director de Extensión y Difusión Cultural
DR. ROSENDO MARIO MALDONADO ESTRADA Director de Planeación y Desarrollo Institucional
M. C. JAVIER MARTÍNEZ NEVÁREZ Director de Investigación y Posgrado
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2 FACULTAD DE MEDICINA
DIRECTORIO
DR. JESÚS GUADALUPE BENAVIDES OLIVERA Director
DR. ISAÍAS OROZCO ANDRADE Secretario Académico
DR. FERNANDO OROZCO RODRÍGUEZ Secretario Administrativo
DR. JUAN CARLOS CANTÚ REYES Secretario de Extensión y Difusión Cultural
DR. UBALDO HUMBERTO GARCÍA TRUJILLO Secretario de Planeación y Desarrollo Institucional
DR. JULIO CÉSAR LÓPEZ GONZÁLEZ Secretario de Investigación y Posgrado
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3 COMISIÓN DE DISEÑO
DR. JESÚS GUADALUPE BENAVIDES OLIVERA DIRECTOR
DR. ISAÍAS OROZCO ANDRADE SECRETARIO ACADÉMICO
DR. SALVADOR GONZÁLEZ ORTÍZ
COORDINADOR DE INTEGRACIÓN ACADÉMICA
M.D.E. JUAN CARLOS OROZCO ANDRADE COORDINADOR DE EDUCACIÓN VIRTUAL
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4 INTRODUCCIÓN
Las exigencias de oferta académica de la comunidad estudiantil del nivel medio superior en el Estado de Chihuahua cada vez son mayores entre las Unidades Académicas de nuestra Alma Mater y la Facultad de Medicina es uno de los principales protagonistas en este plano. Pero no solo las exigencias estriban en un incremento en el número de plazas para alumnos de nuevo ingreso, la permanente globalización exige que los lugares sean ocupados por los mejores candidatos y que los mismos representen la certeza de finalizar en tiempo y forma sus carreras.
Dado lo anteriormente expuesto, entre otros aspectos importantes que fueron analizados detalladamente, la Facultad de Medicina conforma el Nuevo Modelo de Ingreso, cuyos principales objetivos son los siguientes:
Ofrecer una evaluación integral a los aspirantes a ingresar a cualquiera de sus Programas Educativos de nivel Licenciatura de la Facultad de Medicina de la Universidad Autónoma de Chihuahua;
Brindar las herramientas para que el solicitante adquiera diversos métodos de aprendizaje e investigación;
Que obtenga conocimientos básicos y permita claridad y definición de su perfil vocacional, con la finalidad de lograr la permanencia y máxima eficiencia terminal de quienes sean aceptados en las diversas carreras de nivel Licenciatura.
Dar transparencia al Proceso Selectivo;
Debido a que el Nuevo Modelo de Ingreso incluye el Semestre Selectivo y con la finalidad de mantener el orden entre los aspirantes y la propia población universitaria durante la duración del mismo; bajo los estatutos vigentes de la Ley Orgánica, el Reglamento General Académico y el propio Reglamento Interior de la Facultad de Medicina, se crea el presente REGLAMENTO:
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5 CAPÍTULO I. Del proceso de ingreso
Artículo 1. De acuerdo a las directrices académicas universitarias vigentes se determinarán los requisitos y condiciones para que los aspirantes realicen los pasos del Proceso de Selección para ingresar a la Facultad de Medicina de la Universidad Autónoma de Chihuahua.
Artículo 2. Desde el momento de la obtención de la ficha y hasta que sean emitidos los resultados finales del proceso, el interesado lo hará con pleno conocimiento de que su estatus y permanencia en la Unidad Académica es de aspirante, es decir, no es alumno regular de la Facultad de Medicina; entendiendo que se encuentra en un proceso de selección de ingreso, y en lo sucesivo, se compromete en todo momento a hacer honor a la Institución, a cumplir sus compromisos académicos y administrativos, a respetar las reglamentaciones vigentes, sin pretender excepción alguna, manteniendo siempre, como principio fundamental, la disciplina y el buen comportamiento dentro y fuera de los recintos universitarios.
Artículo 3. Requisitos obligatorios para ingresar al Proceso Selectivo:
I. Obtener y realizar pago de la ficha para presentar el examen CENEVAL.
II. Realizar el examen CENEVAL en la fecha y hora asignadas.
III. De ser aceptado al siguiente paso del proceso (Semestre Selectivo), el aspirante deberá cumplir con los siguientes requerimientos:
a. Pago de inscripción al semestre Selectivo en caja única en las fechas establecidas.
b. Entregar el recibo original de pago y copia de identificación oficial en la Secretaria Académica en las fechas establecidas.
IV. Como parte del Proceso Selectivo, se tendrán reuniones programadas con los aspirantes y sus padres de familia, para explicar a detalle la transparencia y metodología del proceso; su asistencia es obligatoria.
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6 CAPÍTULO II. Del Proceso de evaluación para ingreso
Artículo 4. Se toman tres parámetros de evaluación para la admisión de aspirantes a la Facultad de Medicina:
I. Lugar obtenido en el examen CENEVAL II. Promedio final del Semestre Selectivo
III. Definición vocacional obtenida en la Evaluación Psicométrica Cada parámetro tiene una puntuación.
Artículo 5. Los puntos del examen CENEVAL equivalen a la media de las puntuaciones obtenidas por los aspirantes aceptados al proceso selectivo. Dicho promedio representa un total de 700 puntos. Los puntos obtenidos por cada aspirante aceptado, derivan de una regla de tres respecto a su puntuación obtenida en el examen CENEVAL.
Artículo 6. Los puntos del Semestre Selectivo corresponden al promedio mínimo aprobatorio de 6 (seis) que marca el Reglamento Interior vigente; dicha calificación representa un total de 1750 puntos. Los puntos obtenidos por cada aspirante aceptado en este rubro, derivan de una regla de tres respecto a su promedio final obtenido en el Semestre Selectivo.
Artículo 7. Los puntos de la Evaluación Psicométrica equivalen al perfil obtenido de acuerdo a la escala vigente, teniendo como base la puntuación máxima de la carrera de Médico Cirujano y Partero, que representa 1050 puntos y con una mínima de 350 puntos, que será representada por la carrera de menor demanda.
La escala se establecerá en base a la demanda de las carreras ofertadas en cada semestre. Ejemplo:
I. Médico Cirujano y partero 1050 puntos
II. Salud Publica y Medicina Comunitaria 700 puntos
III. Ingeniería Biomédica 350 puntos
IV. Terapia Física y Rehabilitación 350 puntos
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7 Artículo 8. De acuerdo a la sumatoria de los tres parámetros a evaluar, la puntuación para poder ingresar a cada Carrera también dependerá de la oferta académica vigente, teniendo como base la puntuación de ingreso a la Carrera de Médico Cirujano y Partero que será de 3500 puntos o más; con una mínima de 2800 puntos que representará la carrera de menor demanda. Ejemplo:
I. Médico Cirujano y Partero 3500 puntos o más
II. Lic. Salud Publica y Medicina Comunitaria 3150 a 3499 puntos
III. Ingeniería Biomédica 2800 a 3149 puntos
IV. Lic. Terapia Física y Rehabilitación 2800 a 3149 puntos
CAPITULO III. Del Semestre Selectivo
Artículo 9. La duración del Semestre será de 16 semanas de clases efectivas.
Artículo 10. Estará integrado por las siguientes asignaturas:
Fundamentos de Anatomía
Fundamentos de Histología
Fundamentos de Bioquímica
Fundamentos de Biofísica
Fundamentos de Físico Matemáticas
Fundamentos de Inglés
Y aquellas otras que pertinentemente asignen la Secretaría Académica y el Comité responsable para tal efecto.
Artículo 11. Los grupos serán conformados de forma aleatoria y de acuerdo a la disponibilidad de los espacios físicos y número de aspirantes.
Artículo 12. Los grupos serán distribuidos en forma equitativa en los turnos matutino y vespertino.
Artículo 13. Salvo por permuta o situaciones muy especiales consideradas y autorizadas por la Secretaría Académica, sin excepción alguna, no habrá cambios de turnos ni horarios de clase.
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8 CAPITULO IV. De la aplicación de la Evaluación Psicométrica
Artículo 14. Por tratarse de una evaluación electrónica, el proceso de aplicación se rige por lo establecido en el Reglamento para la Aplicación de Exámenes en Línea de la Facultad de Medicina.
Artículo 15. Por ser parte del Proceso Selectivo de Ingreso, la asistencia a la aplicación de la Evaluación Psicométrica del aspirante es obligatoria.
Artículo 16. El aspirante deberá asistir en el lugar, día y horario establecido por el Departamento de Educación Virtual.
Artículo 17. El aspirante atenderá y respetará las instrucciones de los aplicadores.
Artículo 18. El aspirante podrá ser suspendido del examen Psicométrico cuando realice alguno de los actos descritos en el Artículo 27.
Artículo 19. La aplicación y la interpretación de dicha evaluación serán realizadas por personal especializado.
Artículo 20. El uso y manejo de los resultados es única y exclusivamente facultad y responsabilidad de la Unidad Académica.
Artículo 21. De existir alguna inconformidad o duda referente al resultado del instrumento, la revisión deberá ser solicitada directamente ante la Secretaria Académica, en un período no mayor a 10 días hábiles después de haber sido emitidos los resultados.
Artículo 22. De aceptarse la revisión, comparecerán el especialista aplicador, un representante de la Secretaria Académica y el interesado, únicamente para mostrar los resultados del instrumento. Será responsabilidad del solicitante guardar la secrecía que amerita dicho expediente.
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9 CAPITULO V. De las Responsabilidades y Sanciones de los aspirantes
Artículo 23. Los aspirantes son responsables por el incumplimiento de las obligaciones inherentes a su permanencia en el Proceso Selectivo, a lo establecido en las leyes y reglamentos universitarios y a lo estipulado en el presente reglamento.
Artículo 24. El aspirante deberá asistir puntualmente a sus clases.
Artículo 25. El mínimo de asistencia a clases para tener derecho a exámenes parciales y finales es del 80%.
Artículo 26. Por la naturaleza del curso no se aplicarán exámenes extraordinarios.
Artículo 27. Son faltas consideradas graves:
I. No cumplir con cualquiera de los incisos referidos en el artículo 3 del presente reglamento.
II. La realización de actos que tiendan a dañar el prestigio e imagen de la Facultad de Medicina.
III. Incurrir en actos proselitistas de orden político.
IV. La hostilidad por razones de ideología o personales, manifestada por actos en contra de cualquier aspirante a ingreso o miembros de la comunidad universitaria.
V. La utilización del patrimonio de la Unidad Académica, para fines distintos de aquéllos a los que está destinado.
VI. Cualquier daño total o parcial a las instalaciones e infraestructura de la Unidad Académica.
VII. Acudir en estado de ebriedad o bajo los efectos de algún estupefaciente, psicotrópico o inhalante; ingerir o usar, vender, proporcionar u ofrecer gratuitamente a otro, bebidas alcohólicas y las sustancias consideradas por la ley como estupefacientes o psicotrópicos, o cualquier otra que produzca efectos similares en la conducta del individuo que los utiliza, en cualquiera los recintos universitarios.
VIII. Portar armas de cualquier naturaleza en los recintos de la Facultad de Medicina o en cualquiera de las instalaciones de la Universidad.
IX. La comisión de actos contrarios a la moral y al respeto que entre sí se deben los miembros de la comunidad universitaria.
X. Falta de respeto o agresiones verbales o físicas hacia sus compañeros, Maestros o personal de apoyo de la Institución.
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10 XI. Aplicar o promover el hostigamiento hacia sus compañeros o personal de la
Facultad.
XII. Difamación o alteración del orden institucional a través de las redes sociales o medios electrónicos de difusión.
XIII. Robo o sustracción de materiales y equipos Institucionales, de los compañeros o el personal de la Unidad Académica.
XIV. El aspirante que haya prestado o recibido ayuda fraudulenta en los exámenes parciales o finales y la evaluación Psicométrica.
XV. El aspirante que falsifique documentos oficiales y/o que utilice en su provecho, o ya sea que la falsificación sea imputable a terceros, y que sean utilizadas individual o colectivamente.
Artículo 28. Las faltas de los aspirantes serán evaluadas por la Comisión de Honor y Justicia y en base a la gravedad de la misma, éste órgano deberá emitir la sanción correspondiente. Dicha Comisión estará integrada por:
Presidente: Director de la Unidad Académica
Secretario: Secretario Académico
Primer Vocal: Decano
Segundo Vocal: Coordinador de Semestre Selectivo
Tercer Vocal: Presidente de la Sociedad de Alumnos
Artículo 29. Las sanciones que podrán imponerse serán las siguientes:
I. Amonestación verbal o por escrito.
II. Suspensión de exámenes parciales o finales.
III. Suspensión temporal como participante del proceso selectivo.
IV. Suspensión definitiva como participante del proceso selectivo.
Artículo 30. Las sanciones que emita la Comisión de Honor y Justicia, serán ejecutadas por la Secretaría Académica.
Transitorios
Artículo 30. Lo no previsto en el presente Reglamento, será turnado a la Secretaría Académica para su resolución.