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FORMAS DE ESTADO

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Academic year: 2022

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FORMAS DE

ESTADO

(2)

FORMAS DE ESTADO

Estado autoritario

Estado absolutista

Estado totalitario

Estado de derecho

Estructura

Existencia de constitución

División de poderes

Estado social de derecho

Su constitución

Andrea Rodríguez García. 1º.Bach.B

(3)

FORMAS DE ESTADO

Concepto de Derecho constitucional que hace

referencia a los diversos modelos que los Estados pueden adoptar en base a la relación entre sus tres

elementos constitutivos: el territorio, la población y el

poder.

(4)

ESTADO AUTORITARIO

Tiene autoridad ilimitada sin sometimiento ni reconocimiento a ningún tipo de organismo de control. Los ciudadanos se ven

imposibilitados para ejercer cualquier actividad política o intervenir en los asuntos estatales. La justicia no tiene

independencia por lo que el individuo se encuentra indefenso frente a los abusos del Estado.

(5)

Estado absolutista

Forma de estado característica de la Edad Moderna en la que el poder del rey es prácticamente ilimitado, sin prácticamente

restricciones salvo las leyes divinas o alguna ley fundamental del estado. No hay forma de oponerse al poder ni al mandato del rey.

Ejemplos de estos modelos de Estado serian:

Los Austrias españoles.

Enrique VIII de Inglaterra.

Luis XIV de Francia (“el rey sol”).

(6)

Estado totalitario.

El Estado controla todos los ámbitos de la vida del sujeto llegando a controlar aspectos que no son propiamente estatales e incluso la vida privada de los individuos controlando los medios de

comunicación, las creencias religiosas, la familia, las normas morales…

(7)

Estado de derecho

La autoridad estatal esta sometida a la ley. El poder debe de ejercerse dentro de los limites legales comunes a “súbditos” y

gobernantes. El objetivo final es proteger los derechos individuales frente a los abusos de la autoridad. Estas ideas emanan de la

revolución estadounidense (1776) y francesa (1789).

(8)

Existencia de constitución

Ley máxima que regula y estructura el funcionamiento del Estado de derecho.

Recoge las normas generales, los órganos y procedimientos para el ejercicio del poder así como la relación de estos órganos con el individuo y sus derechos.

Señala de forma explicita los derechos individuales y colectivos que deben ser protegidos.

(9)

La división de poderes.

Se considera a Montesquieu el filosofo que introduces esta idea con el objetivo de evitar los abusos del poder político. Se trata de

introducir mecanismos que corrijan y controlen el ejercicio del poder.

(10)

Estado social de derecho

Forma típica de Estado en los países democráticos en la que los ciudadanos pueden participar en la elección de sus representantes políticos y en algunos casos la elección de los miembros que

representan a los tres poderes, e incluso participando directamente en la administración del poder pudiendo ser electores, elegibles y jueces (jurados populares).

Reconoce que las libertades individuales y colectivas son

indispensables, pero necesita un estado garante de derechos y justo.

Para que es Estado sea justo debe ajustarse al derecho y debe subsanar las desigualdades del propio sistema.

Mediante los movimientos obreros en el S.XIX se reconoce que para que las libertades sean efectivas es preciso una igualdad social entre los ciudadanos, para esto el estado interviene directamente en la consecución de derechos. La función principal del estado será

proteger los derechos y promover el bienestar y seguridad económica de los ciudadanos.

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Su constitución requiere:

Renuncia a la violencia individual y colectiva.

Monopolio de la fuerza por parte del Estado.

Resolución de los conflictos mediante la ley.

Existencia de limites al ejercicio de la dominación que se hacen explícitos en la ley.

La legitimación del poder publico por medio de la constitución del individuo político (ciudadano). Las democracias occidentales no van mas allá de quién y en qué condiciones gobierna.

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