SUMARIO
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CUENCA
Servicio de Deportes.— Resolución provisional del segundo periodo de la convocatoria de subvenciones para programas y activida- des deportivas de clubes y federaciones deportivas 2021.
ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO
Confederación Hidrográfica del Júcar.— Solicitud de concesión de aguas subterráneas en Villanueva de la Jara.
ADMINISTRACIÓN LOCAL
Ayuntamiento de Cuenca.— Bases de ayudas económicas para clubes y entidades deportivas 2021.
Ayuntamiento de La Frontera.— Bases reguladoras para la creación de una bolsa de trabajo para contratar monitor/a de ludoteca municipal en el marco del Plan Corresponsable.
Ayuntamiento de Campillo de Altobuey.— Expediente de modificación de créditos núm. 313/2021.
Ayuntamiento de Campillo de Altobuey.— Exposición proyecto técnico de la obra ampliación de vivienda tutelada.
Ayuntamiento de Campillo de Altobuey.— Exposición del presupuesto general 2021.
Ayuntamiento de Las Pedroñeras.— Puesta al cobro la facturación del 4.º trimestre del agua, alcantarillado, conservación acome- tidas y contador.
Ayuntamiento de Cañada Juncosa.— Expediente para renovación cargos juez de paz.
Ayuntamiento de Montalbo.— Modificación ordenanza fiscal reguladora de la tasa de cementerio municipal.
Ayuntamiento de Villar de Domingo García.— Resolución del tribunal de valoración de méritos en la bolsa de trabajo de cuidado profesional de niñas y niños menores de 14 años.
Ayuntamiento de Motilla del Palancar.— Expediente de modificación de créditos sobre crédito extraordinario.
Ayuntamiento de Motilla del Palancar.— Expediente de modificación de créditos sobre suplemento de crédito.
Ayuntamiento de Motilla del Palancar.— Expediente de modificación de créditos sobre crédito extraordinario.
Ayuntamiento de Huelves.— Expediente para renovación cargos juez de paz.
Ayuntamiento de Huélamo.— Aprobar definitivamente el expediente de suplemento de crédito.
Ayuntamiento de San Clemente.— Puesta al cobro la facturación del 4.º trimestre de los recibos agua y depuración.
Ayuntamiento de Casas de Haro.— Expediente de modificación de créditos núm. 1/2021.
BOLETÍN OFICIAL
DE LA PROVINCIA DE CUENCA
SE EDITA: Lunes, miércoles y viernes (excepto festivos) Depósito Legal: CU-1-1958
Núm. 131
Viernes 12 de noviembre de 2021
Edición digital www.dipucuenca.es
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CUENCA
NÚM. 2918
SERVICIO DE DEPORTES
A N U N C I O
PROPUESTA RESOLUCION PROVISIONAL DEL SEGUNDO PERIODO DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA PROGRAMAS Y ACTIVIDADES DEPORTIVAS DE CLUBES Y FEDERACIONES DEPORTIVAS 2021
El órgano instructor, una vez finalizado el procedimiento de instrucción y visto el informe emitido por la Comisión de Segui- miento y Evaluación, propone la resolución provisional del segundo periodo detallada en el listado anexo y con los puntos indicados:
Nº ENTIDAD DEPORTIVA CIF MUNICIPIO PROGRAMA PUNTUACIÓN
(punto 12 normativa) 1 C.D. BELMONTE NATURE G16297863 BELMONTE CTO. CLM XCO 2021 VILLA DE
BELMONTE 57,50
2 C.D. ASOC. DE CAZA PESCA
Y TIRO DE CUENCA G16005944 COLLIGUILLA COMPETICIONES TIRO AL PLATO
VERANO 2021 71,00
3 C.D. BUSHIDO G16175119 CUENCA I JORNADAS DEPORTE BASE Y
SALUD 38,00
4 CLUB ATLETISMO CUENCA G16031379 CUENCA ESCUELA VERANO 2021 58,50 5 C.D. BÁDMINTON ALBATROS G16214199 CUENCA XXIV MEMORIAL SAMUEL FERRER/
XXXI TORNEO FERIA Y FIESTAS SAN
JULIÁN 54,00
6 C.D. BALONCESTO CUENCA G16009805 CUENCA FASE FINAL JÚNIOR ZONAL SUB19 38,00 7 C.D.CONQUENSE DE BILLAR
CASAS COLGADAS G16125700 CUENCA XI OPEN DIPUTACIÓN PROVINCIAL
BILLAR TRES BANDAS 39,50
8 C.D. LA BOLERA RECREO
PERAL G16230690 CUENCA XIII CIRCUITO BOLOS DIPUTACIÓN
CUENCA 61,50
9 C.D. BUCEO APNEA CUENCA G16340614 CUENCA I LIMPIEZA FONDOS RÍO HUÉCAR Y
CHARLA FORMATIVA 47,00
10 FIESTAS DEL BUCEO Y EDUCACIÓN
MEDIOAMBIENTAL 37,00
11 C.D. EN RUTA G16201212 CUENCA SALIDAS DOMINICALES 2021 60,00
12 C.D. AIRE ROCA Y AGUA (ARA) G16176059 CUENCA CURSO INICIACIÓN ESPELEOLOGÍA 54,00
13 MEDICIÓN CONCENTRACIONES O2/
CO2 CAVIDADES PROVINCIA 43,50 14 C.D. FUTBCUENCA G16180184 CUENCA X CAMPUS FÚTBOL VERANO SAN
JULIÁN 2021 44,00
15 C.D. UNIÓN BALOMPÉDICA CONQUENSE G16008542 CUENCA TORNEO FERIA SAN JULIÁN 2021 38,50
16 TRIANGULAR FERIA SAN JULIÁN
2021 46,50
17 C.D. RITMO KENQ G16318446 CUENCA VII TORNEO GIMNASIA RIMO K EN Q 63,00 18 C.D. ESPERANZA CALVO G16179178 CUENCA XXIII TROFEO NACIONAL
ESPERANZA CALVO 54,00
19 II JORNADAS TECNIFICACIÓN 41,00
20 C.D. GRUPO PESCA SAN RAFAEL G16118150 CUENCA ESCUELA DE PESCA 2021 28,00 21 C.D. RUGBY A PALOS G16191702 CUENCA II TORNEO RUGBY PLAYA DE
VALVERDE 59,50
22 C.D. CUENCA SQUASH CLUB G16209991 CUENCA CAMPEONATO ESPAÑA SQUASH 57
VETERANOS 46,00
23 C.D. CUENCA TENIS G16007684 CUENCA CAMPAMENTO INTENSIVO
MULTIDEPORTES 61,50
24 C.D. AMIGOS DEL TENIS EN CUENCA G16153975 CUENCA CAMPAMENTO URBANO 2021 66,00 25 C.D. TRISCHOOL CUENCA G16297541 CUENCA XXXII TRIATLÓN HOCES DE CUENCA 71,50 26 C.D. HARO G16296774 FUENTELESPINO
DE HARO IX MARCHA MTB VILLA
FUENTELESPINO DE HARO 55,50 27 C.D. EL COSTERÓN G16303729 FUERTESCUSA VERANO DEPORTIVO 2021 52,00 28 C.D. NUTRIOBELIX EQUIPO DEPORTIVO G16324402 INIESTA SENDAS Y TROCHAS VALLE DEL
CABRIEL 64,50
29 C.D. SENDERISMO LA BOTA G16292617 INIESTA PROGRAMA SENDERISMO 2021 43,00 30 C.D. ATLETISMO INIESTA G16287351 INIESTA I MARCHA SOLIDARIA Y CARRERAS
INFANTILES VILLA INIESTA 2021 53,50 31 C.D. CAZA Y TIRO LA MESEÑA G16124190 MESAS, LAS TIRADA DE PICHÓN 2021 46,50 32 C.D. CICLISTA MOTILLA G16121378 MOTILLA DEL
PALANCAR SALIDAS DOMINICALES 2021 53,00 33 C.D. BASKET QUINTANAR G16273658 QUINTANAR DEL
REY JORNADAS DE TECNIFICACIÓN
TASKILLS 40,50
34 II TROFEO DIPUTACIÓN DE CUENCA 34,50
35 C.D. SALVAMENTO Y SOCORRISMO TARANCÓN G16241952 TARANCÓN IV CAMPUS DE VERANO/ IV STAGE
DE VERANO 52,00
36 C.D. TENIS DE MESA TARANCON G16286486 TARANCÓN V LIGA LOCAL TENIS MESA
TARANCÓN 36,50
37 C.D. TRIANA TRESJUNCOS G16328965 TRESJUNCOS TORNEOS VERANO 2021 48,50 38 C.D. CICLISTA VALVERDE DE JÚCAR G16304388 VALVERDE DE
JÚCAR CTO. CICLOTURISTA Y MTB 2021 51,50 39 C.D. ASOC. PROV. DE
PESCADORES DEPORTIVOS
CONQUENSES G16120925 VILLALBA DE LA
SIERRA II CURSO PESCA OPEN ARTES
TRADICIONALES 26,00
40 III CAMPEONATO DE TRUCHAS
GRANDES 42,00
41 C.D. TENIS VILLAMAYOR G16310641 VILLAMAYOR DE
SANTIAGO TORNEOS DE VERANO Y CRISTO
2021 52,50
42 C.D. SANTA EULALIA G16227902 VILLARES DEL
SAZ TORNEO VERANIEGO DE PÁDEL 42,00
43 C.D. ATLETISMO VILLARTA G16312548 VILLARTA VIII CARRERA POPULAR VILLARTA
PUEBLO DE LOS VINOS 62,00
44 FEDERACIÓN CLM CAZA G45061702 CAMPEONATO PROVINCIAL
RECORRIDOS CAZA 33,00
45 CAMPEONATO PROVINCIAL
RECORRIDOS EN CANCHA 33,00
46 FEDERACIÓN CLM FÚTBOL V16024341 CAMPUS SEMINARIO FÚTBOL Y
FÚTBOL SALA 54,50
47 FEDERACIÓN CLM ORIENTACIÓN G13538178 XIV TROFEO QUIJOTES-5 DÍAS DE
ESPAÑA 86,00
48 FEDERACIÓN CLM PESCA Y CASTING V19039007 CTO. REGIONAL SALMÓNIDOS
LANCE ABSOLUTO 29,00
49 CTOS. PROVINCIALES SALMÓNIDOS
LANCE/ MOSCA ABSOLUTO 39,50
50 VIII TROFEO DIPUTACIÓN 35,50
51 FEDERACIÓN CLM PIRAGÜISMO G13056494 CURSO ACCESO ÁRBITROS 35,50 52 FEDERACIÓN CLM
SALVAMENTO Y
SOCORRISMO V19022136 PROGRAMA PROMOCIÓN Y
SEGURIDAD 45,50
53 PROGRAMA FORMACIÓN TÉCNICOS 61,50
54 FEDERACIÓN CLM TENIS Q5255005J CAMPEONATO PROVINCIAL
ABSOLUTO 41,50
55 FEDERACIÓN CLM TENIS DE MESA V13053905 IV TORNEO VERANO DIPUTACIÓN
DE CUENCA 32,50
56 IV TORNEO VERANO SAN JULIÁN
DIPUTACIÓN DE CUENCA 32,50
57 TECNIFICACIÓN TARANCÓN 33,00
58 TECNIFICACIÓN SISANTE 36,00
EXCLUIDOS
Nº ENTIDAD DEPORTIVA CIF MUNICIPIO PROGRAMA Causa
Exclusión
1 C.D. WUTAO CUENCA CUENCA XXXII CTO. ESPAÑA KUO-SHU
Inclumplimiento punto 3 normativa.
Fuera del periodo de ejecución.
2 C.D. BIKE LAS MESAS G16296758 MESAS, LAS
Incumplimiento punto 10 normativa.
Solicitud fuera de plazo.
3 C.D. EQUIDEPOR VICTOR
NAVARRO G16337701 TARANCÓN III CONCURSO TERRITORIAL DOMA CLÁSICA EQUIDEPOR
Incumplimiento punto 9 normativa y punto 19.3 Ley General Subvenciones.
4 PARTICIPACIÓN DE ALEJANDRA
NAVARRRO EN DOS CONCURSOS
Incumplimiento punto 2.1.
normativa.
5 FEDERACIÓN CLM AJEDREZ G45059425 CURSO MONITOR AUTONÓMICO FACLM ON-LINE
Incumplimiento punto 2.2. y 9 normativa.
6 FEDERACIÓN CLM FÚTBOL V16024341 XXIV DÍA INSTITUCIONAL FFCM Incumplimiento punto 2.2.
normativa.
Se abre plazo de diez días hábiles para presentar alegaciones a la Propuesta de la Resolución del segundo periodo de la Convocatoria, contados a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca. Finalizado el plazo de alegaciones el órgano instructor formulará la Propuesta de Resolución Definitiva.
ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO
NÚM. 2424
CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL JÚCAR
N O TA - A N U N C I O
Se ha presentado ante esta Confederación Hidrográfica del Júcar, la solicitud de la concesión de aguas subterráneas que se reseña en el presente anuncio.
EXPEDIENTE: 2002CP0279
PETICIONARIO: Dña. Antonia Parreño Ruiz y D. Jesús Navarro Cebrián TÉRMINOS MUNICIPALES: Villanueva de la Jara (Cuenca).
MASA DE AGUA SUBTERRÁNEA: 080.129 – Mancha Oriental CLASE DE APROVECHAMIENTO: Subterráneo
DESTINO DEL AGUA: Uso Agropecuario - Riego de 9,08 ha NECESIDADES HÍDRICAS TOTALES:
VOLUMEN MÁXIMO ANUAL: 44.000 m³/año CAUDAL MÁXIMO INSTANTÁNEO: 50 l/s
CARACTERÍSTICAS:
Aprovechamiento de aguas subterráneas, mediante 1 pozo de 20 m de profundidad y 1000 mm de diámetro cada uno de ellos.
Su situación queda determinada por las coordenadas (U.T.M_ETRS89), X= 590.593, Y= 4.362.203; Z: 720 situado en el paraje “Haza de las Cabezas”, en el polígono 23, parcela 266 del término municipal de Villanueva de la Jara (Cuenca), de acuerdo con la documentación técnica correspondiente incorporada al expediente.
Las instalaciones consisten en un grupo electrobomba sumergible de 43 kW de potencia.
De conformidad con lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Aguas (R.D.L. 1/2001, de 20 de julio) y el artículo 122 y siguientes del Reglamento del Dominio Público Hidráulico (R.D. 849/1986, de 11 de abril), se inicia el trámite de información pública del proyecto presentado, por plazo de UN MES a contar desde la publicación del presente anuncio.
Durante dicho plazo se admitirán otras peticiones que tengan el mismo objeto que la que se anuncia o que sean incompa- tibles con ella. A las instancias se acompañarán los documentos técnicos preceptivos debidamente precintados, no admi- tiéndose otras peticiones en competencia transcurrido el plazo fijado. Los documentos podrán presentarse en el Registro de la Confederación Hidrográfica del Júcar (Avda. Blasco Ibáñez, nº 48 de Valencia), o por cualquier otro medio admitido por las disposiciones vigentes. Asimismo, y de conformidad con lo establecido en el artº. 105 del citado Reglamento se denegará la tramitación posterior de toda petición presentada que suponga una utilización de caudal superior al doble de la que figura en la petición inicial, sin perjuicio de que el peticionario que pretenda solicitar un caudal superior al límite fijado, pueda acogerse a la tramitación indicada en el apartado 3 de dicho artículo.
En el mismo plazo mencionado podrá examinarse el proyecto aportado por el peticionario en esta Confederación Hidrográ- fica, así como presentar las reclamaciones que se estimen procedentes en los Registros referidos en el apartado anterior.
El acto de Desprecintado de los documentos técnicos presentados, al que podrán asistir los interesados, se realizará a las 12 h del séptimo día laborable, contado desde la terminación del plazo de un mes antes citado, levantándose al final del mismo el Acta correspondiente.
Valencia, 27 de septiembre de 2021 EL SECRETARIO GENERAL Fdo.: Juan Torralba Rull.
(Firmado Electrónicamente)
ADMINISTRACIÓN LOCAL
NÚM. 2908
AYUNTAMIENTO DE CUENCA
A N U N C I O
TituloES: Ayudas económicas para clubes y entidades deportivas del municipio de Cuenca 2021 TextoES: BDNS(Identif.):594372
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Sub- venciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/594372)
El Instituto Municipal de Deportes del Ayuntamiento de Cuenca convoca la concesión de ayudas en el ámbito deportivo para el fomento y la práctica deportiva, con cargo al propio presupuesto en vigor. La finalidad de la presente convocatoria es la promoción del deporte llevada a cabo por clubes y entidades deportivas de Cuenca capital, a través del deporte fede- rado, deporte recreativo, deporte base, la formación de deportistas y la organización de actividades deportivas de carácter popular y abiertas realizadas durante el año 2021.
Lugar de la Firma: Cuenca Fecha de la Firma: 2021-11-10
Firmante: María Rosario Rodríguez Patiño. Presidenta del Instituto Municipal de Deportes del Ayuntamiento de Cuenca.
BASES DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA CLUBES Y ENTIDADES DEPORTIVAS DEL MUNICIPIO DE CUENCA 2021 Artículo 1º: Legislación Aplicable
La presente convocatoria se regulará por lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y las Bases de Ejecución del Presupuesto para 2021.
Artículo 2º: Objeto
El Instituto Municipal de Deportes del Ayuntamiento de Cuenca, convoca la concesión de ayudas en el ámbito deportivo para el fomento y la práctica deportiva, con cargo al propio presupuesto en vigor y hasta un máximo de doscientos mil euros (200.000 euros), para todas las solicitudes con cargo a la partida 01340048900.
La concesión de estas ayudas se realizarán a través de un procedimiento de concurrencia competitiva.
Artículo 3ª: Finalidad
La finalidad de la presente convocatoria es la promoción del deporte llevada a cabo por clubes y entidades deportivas de Cuenca capital, a través del deporte federado, deporte recreativo, deporte base, la formación de deportistas y la organiza- ción de actividades deportivas de carácter popular y abiertas realizadas durante el año 2021.
La obtención de las ayudas comprendidas en esta orden no es incompatible con la obtención de otras ayudas o subven- ciones por parte de los beneficiarios.
Artículo 4º: Beneficiarios de las ayudas.
Podrán solicitar las presentes ayudas, los clubes legalmente constituidos e inscritos en el Registro de Entidades Deportivas de Castilla La Mancha, con un mínimo de seis meses de antigüedad y que tengan su residencia y desarrollen su actividad fundamentalmente en el municipio de Cuenca.
Los beneficiarios estarán sujetos a las obligaciones que con carácter general, se establecen en los artículos 14 de la ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, además de aquellas otras que puedan prever la correspondiente convocatoria.
Artículo 5º: Estarán excluidos de la presente convocatoria:
1.- Aquellos clubes que tengan pendientes de justificar otras convocatorias con el IMD, excepto si han realizado renuncia expresa por escrito a la ayuda concedida y sin justificar.
2.-Los que tengan deudas pendientes con el Ayuntamiento o el IMD, será imprescindible tener tramitado el aplazamiento o fraccionamiento de la deuda.
3.- Quienes no reúnan los requisitos fijados en el art. 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones.
Artículo 6º: Solicitudes y documentación.
a) Se presentará una sola solicitud por club o entidad en modelo oficial y firmada por el representante legal (anexo II) b) Declaración responsable del representante legal del club de estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Pública Estatal, la Seguridad Social, Ayuntamiento de Cuenca, Hacienda Autonómica y Hacienda Provincial.
c) Documento acreditativo de estar inscrito en el Registro de Entidades Deportivas de Castilla La Mancha.
d) CIF.
e) Presupuesto detallado de la temporada autentificando con la firma del presidente o secretario del club., desglosando los ingresos, gastos y la financiación de las actividades, incluyendo otras subvenciones solicitadas y obtenidas.
f) Memoria detallada, que deberá incluir:
- Trayectoria detallada de la entidad a lo largo del año 2021 y resumen de las 3 últimas temporadas.
- Número de secciones deportivas y recursos destinados a ellos, acreditado con la firma del secretario del club.
- Certificado de la Federación correspondiente indicando número de equipos, número de licencias tramitadas por el club, calendario de competiciones a las que se ha asistido con número de participantes y lugar de celebración, así como el ámbito de participación de todas sus secciones. En caso de deportistas no federados será necesario una relación de asociados con edad y actividades deportivas que realicen indicando modalidad, fechas, lugares y número de participan- tes.
- Para competiciones abiertas, sin liga, es necesario especificar el calendario de las pruebas a las que se ha asistido y número de deportistas que hayan participado. Para ello, se elabora una TABLA especificando las competiciones,moda- lidades, fechas de celebración, localidades, categorías, distancias kilométricas y listado actualizado de deportistas del club, con nombre y apellidos que hayan, participado.
g) En caso de optar por primera vez a una ayuda, deberá adjuntar ficha de terceros.
En el supuesto de que alguno o algunos de los documentos exigidos ya estuvieran en poder del Ayuntamiento o del Instituto Municipal de Deportes del Ayuntamiento de Cuenca, la entidad solicitante podrá acogerse a lo establecido en el artículo 53.1.d) LPAC. Para ello, el solicitante deberá indicar expresa y obligatoriamente el Departamento al que dirigió la documen- tación, el motivo y la fecha de presentación.
En los supuestos de imposibilidad material de obtener el documento, el órgano competente podrá requerir al solicitante su presentación, o, en su defecto, la acreditación por otros medios de los requisitos a que se refiere el documento, con ante- rioridad a la formulación de la propuesta de resolución.
Artículo 7º. Gastos subvencionables
Serán gastos subvencionables todos aquellos que estén directamente relacionados con la actividad del club durante el año 2021, en el período comprendido entre el día 1 de enero de 2021 y el día 15 de diciembre de 2021 ambos inclusive, referidos a los siguientes conceptos:
◦ Arbitrajes, fondos arbitrales, jueces, cronometradores y secretarías técnicas
◦ Personal técnico deportivo (entrenadores, delegados, fisioterapeutas, médicos, coordinadores de cantera o asimilados a estas categorías, excluyéndose el personal administrativo)
◦ Tasas / altas / cuotas de tramitación de licencias deportivas del club o de los jugadores tramitadas por el respectivo Club.
◦ Derechos de organización / participación de campeonatos o competiciones
◦ Canon de Federaciones Deportivas
◦ Derechos de participación en competiciones
◦ Cuotas de mutualidades deportivas
◦ Cuotas de afiliación a seguros deportivos
◦ Seguros de responsabilidad civil del club y entrenadores / monitores
◦ Desplazamientos (excluidas dietas y carburantes)
◦ Alquiler de instalaciones deportivas.
◦ Alquiler de sedes sociales
◦ Gastos médicos / botiquines / material farmacéutico
◦ Material técnico deportivo y equipaciones deportivas
• Se excluyen expresamente:
◦ Material deportivo inventariable.
◦ Gastos de protocolo o representación.
◦ Gastos suntuarios.
Artículo 8º: Lugar y plazo de presentación de las solicitudes.
Las solicitudes se formalizarán conforme al modelo (anexo II) de la convocatoria, serán dirigidas al Presidente del IMD y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Cuenca, o por cualquiera de las formas señaladas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 octubre, de Procedimiento Administrativo Común. El plazo de presentación será de 10 días naturales, a partir del día siguiente de la publicación de estas bases en el B.O.P.
Artículo 9º: Subsanación de errores en las solicitudes
En consonancia con lo establecido en el artículo 68 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, si la documentación aportada no reuniera todos los requisitos exigidos en la presente convocatoria, se requerirá del interesado para que en el plazo de 5 días naturales, contados a partir de la recepción de la notificación, complete la documentación o subsane los errores de la misma, con advertencia de que si no lo hiciera se tendrá por desistido de su solicitud.
Artículo 10º: Criterios de valoración:
Los establecidos en el anexo I
Artículo 11º: Propuesta de resolución y plazo para resolver.
a) El procedimiento de concesión de estas ayudas se efectuarán en régimen de concurrencia competitiva.
b) Se constituirá una Comisión de valoración presidida por el Vicepresidente del IMD y en la que estará compues- ta por el Concejal de Hacienda, la Secretaria General del Pleno, la Interventora General, la Tesorera Municipal y el Técnico en Deportes del IMD.
c) El plazo máximo de resolución será de 10 naturales días desde la finalización de plazo de presentación de solicitudes y el periodo de subsanación de errores.
El órgano correspondiente para resolver será la Junta Rectora del IMD o Junta de Gobierno Local .
Contra la resolución se podrá interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al recibo de la presente notificación, con carácter potestativo y previo al recurso conten- cioso-administrativo; o bien directamente éste último ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cuenca, según disponen los artículos 52 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y 123 y 124 de la Ley 39/15 , de uno de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Artículo 12º: Justificación de la subvención concedida y resto de obligaciones de los beneficiarios.
• La aceptación de la subvención por parte de los adjudicatarios, implica la aceptación de las obligaciones derivadas de la normativa sobre subvenciones a entidades sin ánimo de lucro, reflejadas en el artículo 1 de las presentes Bases y el cumplimiento de las obligaciones relacionadas en el art. 14 de la ley 38/2003.
• La entidad beneficiaria deberá haber presentado un importe de facturas suficiente para justificar el 100% de la subven- ción que le ha sido adjudicada. El importe de la subvención nunca será superior a la suma de las facturas presentadas.
La presentación de las facturas y resto de documentación que sirva de justificación de la subvención adjudicada deberá ser presentada antes del día 20 de diciembre de 2021 en el modelo que se contiene en el anexo III de la presenta con- vocatoria. En este sentido, deberá acompañar al referido anexo III:
1. Relación de facturas originales facturas y demás documentos probatorios equivalentes con validez en el tráfico jurídico o con eficacia administrativa así como los justificantes de gastos y documentación demostrativa de haber realizado el pago
efectivo (trasferencia o adeudo bancario) que puedan servir como justificante de la ayuda o subvención que corresponda tras la resolución definitiva
2. Se adjuntará una MEMORIA de las actividades realizadas, así como un resumen económico de los justificantes de gastos y documentación demostrativa de haber realizado el pago efectivo (trasferencia o adeudo bancario), todo ello por el importe de la ayuda concedida.
• La comisión de valoración podrá solicitar más información o verificar cualquier aspecto relacionado con la solicitud sub- vencionada.
• El beneficiario de la subvención está obligado a someterse a las actuaciones de comprobación y control financiado que realice la Intervención Municipal. Así como de otras servicios municipales para comprobar la adecuación del destino de la subvención.
Artículo 13º: Notificaciones y pago.
La notificación de las ayudas se realizará a través de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del IMD.
El pago del 100% de la cantidad otorgada se realizará una vez que se haya justificado debidamente los gastos realizados que estuvieran dentro del ámbito de la subvención. Si la justificación no fuera correcta se detraerá en parte lo no justificado, o no se abonará el importe no haya sido debidamente justificado.
Artículo 14º: Incumplimiento.
En caso de incumplimiento de la normativa de la presente Convocatoria, de lo estimado en la ley General de Subvenciones, la ayuda concedida quedará anulada automáticamente sin tener que satisfacer indemnización alguna
CRITERIOS DE VALORACION ANEXO I
La valoración final de cada una de las solicitudes se hará de acuerdo a los siguientes criterios:
Primero.- Ámbito de participación con referencia al nivel internacional, nacional, autonómico, provincial y local de las ac- tividades desarrolladas por el club o la entidad (se valorará el máximo nivel en el que se desarrolle la actividad). Máximo 100 puntos
Internacional……… 100 puntos Nacional ………. 80 puntos Autonómico ……… 60 puntos Provincial ……… 40 puntos Local …………... 20 puntos
Se considera Competición Internacional aquélla que se celebra fuera de las fronteras de la península y las islas. A estos efectos los clubes deben presentar certificado de la correspondiente Federación Nacional o Territorial, que acredite la com- petición en la que participa y su ámbito geográfico, presentando asimismo calendario de dichas competiciones para que la Comisión de Valoración determine los puntos que le corresponde.
Segundo.- Repercusión social y deportiva de las actividades desarrolladas por el club o la entidad. Máximo 100 puntos
• Secciones femeninas dentro del club o la entidad ……….. 30 puntos
• Carácter de único representante en su modalidad deportiva dentro del municipio………... 30 puntos
• Pertenencia o prestación de servicios a colectivos de atención especial en el ámbito deportivo Máximo 30 puntos:
- Por cada sección acreditada en el ámbito de la atención especial 20 puntos - Por cada desplazamiento a una competición de estos colectivos 5 puntos
• Fomento de la práctica de deportes tradicionales del municipio de Cuenca 10 puntos
Tercero.-Tasas / altas / cuotas de tramitación de licencias deportivas del club, entidad o de los jugadores tramitadas por el respectivo club o entidad. Como máximo 120 puntos.
Más de 200 ………... 120 puntos.
De 181 a 200 ………. 110 puntos.
De 161 a 180 ………. 100 puntos.
De 141 a 160 ………... 90 puntos.
De 121 a 140 ………... 80 puntos.
De 101 a 120 ………... 70 puntos.
De 81 a 100 ………... 60 puntos.
De 61 a 80 ………… 50 puntos.
De 41 a 60 ...………. 40 puntos.
De 21 a 40 ………… 30 puntos.
De 11 a 20 ..………... 20 puntos.
Hasta de 10 ………… 10 puntos.
Cuarto.- Antigüedad del club o de la entidad. Máximo 20 puntos.
De 21 años en adelante ….. 20 puntos.
De 16 años hasta 20 años(incluidos) ….. 15 puntos.
De 11 a hasta 15 años(incluidos) …… 10 puntos.
De 6 años hasta 10 años (incluidos) ……….. .5 puntos.
Hasta 5 años (incluidos) …… 1 puntos.
Quinto.- Gastos de mantenimiento sedes sociales o del uso de instalaciones privadas.
Más de 5.001 euros …… 80 puntos De 2.501 euros hasta 5.000 euros …… 60 puntos De 1.001 euros hasta 2.500 euros …… 40 puntos Hasta 1.000 euros …… 20 puntos
Sexto.- Organización de actividades deportivas de carácter abierto en su participación: Máximo 150 puntos.
Por cada actividad de carácter internacional o nacional… 50 puntos por cada una de ellas.
Por cada actividad de carácter autonómico … 30 puntos por cada una de ellas Por cada actividad de carácter provincial o local … 10 puntos por cada una de ellas
Séptimo.- Gastos derivados de la competición en clubes o entidades.
Se diferencia en este concepto, por un lado entre clubes y entidades de equipo con participación liguera y por otro lado entre clubes o entidades de carácter individual, clubes o entidades que fomenten la práctica de deportes tradicionales del municipio de Cuenca y clubes de equipo sin participación liguera. .
A) Clubes y entidades de equipo con participación liguera. Máximo 150 puntos.
Comprende los siguientes gastos:
1.- Gastos federativos (certificados de licencias, seguros, alta del club o de la entidad y cuota de participación).
Más de 5.000 euros …….... 50 puntos De 4.001 euros a 5.000 euros……... 40 puntos De 3.001 euros a 4.000 euros……... 30 puntos De 2.001 euros a 3.000 euros…….. 20 puntos Hasta 2.000 euros …….. 10 puntos 2.- Gastos arbitrales.
Más de 5.000 euros …….... 50 puntos De 4.001 euros a 5.000 euros……... 40 puntos De 3.001 euros a 4.000 euros……... 30 puntos De 2.001 euros a 3.000 euros…….. 20 puntos Hasta 2.000 euros …….. 10 puntos
Se determinarán con las cuotas aprobadas por las respectivas Federaciones Deportivas.
3.- Gastos por desplazamientos
De 801 kilómetros en adelante …….... 50 puntos De 601 a 800 kilómetros ……... 40 puntos
De 401 kilómetros a 600 kilómetros ... 30 puntos De 201 kilómetros a 400 kilómetros .... 20 puntos Hasta 200 kilómetros …….. 10 puntos
El número de kilómetros se obtendrá sumando los kilómetros recorridos de acuerdo con la ruta más rápida de cada des- plazamiento establecida en google maps. Este dato deberá ser aportado y justificado por el solicitante.
B) Gastos derivados de la competición en clubes o entidades de carácter individual, clubes o entidades que fomenten la práctica de deportes tradicionales del municipio de Cuenca y clubes de equipo sin participación liguera. Máximo 15 puntos . Comprende los siguientes gastos:
1.- Gastos federativos (certificados de licencias, seguros, alta del club o de la entidad y cuota de participación).
Más de 500 euros …….... 5 puntos De 401 euros a 500 euros ……… 4 puntos De 301 euros a 401 euros ……... 3 puntos De 201 euros a 300 euros …….. 2 puntos Hasta 200 euros …….. 1 punto
2.- Número de competiciones federadas en los que se ha participado.
5 o más …….... 5 puntos 4 ……... 4 puntos 3 ……... 3 puntos 2 …….. 2 puntos 1 …….. 1 punto 3.- Gastos por desplazamientos
De 801 kilómetros en adelante …….... 5 puntos De 601 a 800 kilómetros ……... 4 puntos De 401 kilómetros a 600 kilómetros ..…... 3 puntos De 201 kilómetros a 400 kilómetros ...….. 2 puntos Hasta 200 kilómetros …….. 1 punto
El número de kilómetros se obtendrá sumando los kilómetros recorridos de acuerdo con la ruta más rápida de cada des- plazamiento establecida en google maps. Este dato deberá ser aportado y justificado por el solicitante.
El valor del punto se obtendrá dividiendo la cantidad económica prevista de doscientos mil euros (200.000 euros) y la suma de total de los puntos asignados en la valoración a cada uno de los clubs o entidades que participen en esta convocatoria.
El resultado de la multiplicación del valor obtenido del punto, por la cantidad de puntos asignados dará el resultado de la asignación de la ayuda concedida. Limitada por la cantidad presupuestada por cada club o entidad.
INSTANCIA DE SOLICITUD ANEXO II
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN / APORTACIÓN Área o Servicio Gestor:
Proyecto o actividad a subvencionar:
Importe solicitado: Importe presupuesto:
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL BENEFICIARIO
Nombre del beneficiario NIF / CIF:
Dirección: Municipio / Provincia:
Código Postal: Teléfono: Fax: e-mail:
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL REPRESENTANTE
Nombre del representante: NIF / CIF:
Cargo o representación:
Dirección: Municipio / Provincia:
Dirección a efecto de notificaciones: Municipio / Provincia:
Código Postal: Teléfono: Fax: e-mail:
RELACIÓN DE DOCUMENTOS APORTADOS POR EL BENEFICIARIO
□□ □
Fotocopia del NIF / CIF del beneficiario .□□ □
Memoria explicativa, presupuesto detallado y financiación del proyecto o actividad.□□ □
Declaración de otras subvenciones y ayudas solicitadas y / u obtenidas para la misma finalidad que la subvención solicitada.□□ □
Certificados tributarios positivos:• Agencia Tributaria.
• Seguridad Social
• Junta de Comunidades.
• Diputación Provincial
• Excmo. Ayuntamiento de Cuenca
□□ □
Declaracion responsable de la entidad en la que conste no hallarse incurso en ninguna de las causas de incompatibilidad fijadas en el art. 13 de la Ley General de Subvenciones. Si se marca esta casilla se acepta el texto y condiciones mas abajo reflejado en la casilla “Declaración responsable de cumplir los requisitos para obtener la condición de beneficiario.”Observaciones:
AUTORIZO al Excmo. Ayuntamiento de Cuenca y sus Organismos Autónomos a consultar mis bases de datos a los efectos de acreditar de estar al corriente de mis obligaciones con la Agencia Tributaria ,con la Tesorería General de la Seguridad Social y con los demás organismos públicos relacionados con el presente expediente.
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE CUMPLIR LOS REQUISITOS PARA OBTENER LA CONDICIÓN DE BENEFICIARIO
El solicitante, en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio/en representación de la entidad solicitante, hace constar, bajo su responsabilidad, que el que suscribe/la entidad a la que representa cumple con todos los requisitos para ser beneficiario de una subvención, exigidos en el articulo 13 de la Ley 38/2003, de 17 noviembre general de Subvenciones, así como no estar incurso en procedimientos de cobro por vía de apremio de deudas contraídas con el Excmo. Ayuntamiento de Cuenca o sus Organismos Autónomos dependientes , declarando que son ciertos los datos que figuran en la presente solicitud.
En ______________________________, a ____ de ________________________ 20_______
Firma
EXCMO. SR. ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CUENCA.
JUSTIFICACION DE LA SUBVENCION / APORTACIÓN ANEXO III
(a cumplimentar por el Servicio Gestor)
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN / APORTACIÓN Área o Servicio Gestor:
Finalidad de la subvención / Aportación:
Importe concedido: Importe justificado:
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL BENEFICIARIO
Nombre del beneficiario: NIF / CIF:
Dirección: Municipio / Provincia:
Código Postal: Teléfono: Fax: e-mail:
RELACIÓN DE DOCUMENTOS APORTADOS POR EL BENEFICIARIO
□□ □
Cuenta justificativa-resumen de los gastos soportados por la actividad o adquisición objeto de la subvención / aportación, según anexo III□□ □
Justificantes de los gastos (facturas o demás documentos acreditativos del gasto realizado en formato original junto con los documentos acreditativos de su abono ( transferencia, etc..)□□ □
Certificado del Secretario o declaración responsable legal de la Entidad beneficiaria de autorización para verificar datos de la entidad.(cumplimentando anexo III)□□ □
Certificados tributarios positivos vigentes a la fecha de justificación:• Agencia Tributaria.
• Seguridad Social
• Junta de Comunidades.
• Diputación Provincial
• Excmo. Ayuntamiento de Cuenca.
□□ □
Memoria descriptiva de las actuaciones o eventos realizados y solicitados en la finalidad y objeto de la subvención otorgada.□□ □
Documentos gráficos que acrediten la realización de la actividad ( trípticos, carteleria, notas de prensa, etc.).□□ □
Otra documentación (relacionarla):Observaciones:
En ______________________________, a ____ de ________________________ 20_____
Firma del responsable del Servicio o Area Gestora.
EXCMO. SR. ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CUENCA
JUSTIFICACION DE LA SUBVENCIÓN / APORTACIÓN ANEXO III
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE BENEFICIARIO Y SUBVENCIÓN Beneficiario (nombre de la entidad):
Finalidad u objeto de la subvención / aportación:
Decreto o acuerdo de concesión:
ÍNDICE NUMERADO DE LOS JUSTIFICANTES QUE SE PRESENTAN*
Nº Descripción del gasto Proveedor Nº factura Fecha Fra. Importe
TOTAL JUSTIFICADO:
* Los justificantes deberán estar igualmente numerados respetando el orden señalado en el índice, Y EN FORMATO ORIGINAL, para su posterior estampillado a efectos de imputación y fiscalización del gasto, y que serán devueltos a la entidad posteriormente, quedando en poder del Ayuntamiento una copia compulsada de los mismos.
Certificado / Declaración
D. /D. ª. ____________________________________________________________________CERTIFICO / DECLARO:
- Que se ha realizado la actividad, que los datos que figuran en las justificaciones de gastos aportadas son ciertos y que los fondos han sido aplicados a la finalidad subvencionada.
- Que los justificantes aportados corresponden a gastos directamente relacionados con la actividad subvencionada, constando en la contabilidad y administración de la entidad..
- Que SI/NO se han obtenido otras ayudas o subvenciones procedentes de organismos públicos o privados destinadas a la finalidad subvencionada.
En caso afirmativo, relacionar a continuación las ayudas y/o subvenciones obtenidas y su procedencia, que los fondos percibidos se han aplicado a la actividad subvencionada y que junto con los concedidos por el Excmo. Ayuntamiento o sus Organismos Autónomos, no superan el coste total de la actividad.
Observaciones:
En ______________________________, a ____ de ________________________ 20____
Firma
EXCMO. SR. ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CUENCA
NÚM. 2886
AYUNTAMIENTO DE LA FRONTERA
A N U N C I O
BASES REGULADORAS PARA LA CREACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO PARA CONTRATAR MONITOR/A DE LUDOTECA MUNICIPAL EN LA FRONTERA (CUENCA) EN EL MARCO DEL PLAN CORRESPONSABLE.
PRIMERO. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
La presente convocatoria tiene por objeto la selección de un/a monitor/a para la puesta en marcha de la Ludoteca Munici- pal, en el marco del Plan Corresponsables, con el fin de favorecer la conciliación de las familias con hijas e hijos de hasta 14 años (inclusive).
SEGUNDO. MODALIDAD DE CONTRATO
Se realizará un contrato laboral temporal de Obra o Servicio Determinado, conforme al artículo 15 del Real Decreto Le- gislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y el artículo 9 del Real Decreto 2720/98, de 18 de diciembre, por el que se desarrolla el artículo 15 del Estatuto de los Trabaja- dores en materia de contratos de duración determinada y demás derechos recogidos en el Capítulo II de la Ley 4/2001, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha.
El tiempo de estos servicios y el desempeño de la función que se le encomiende no dará al contratado/a más derechos frente al Ayuntamiento que los estrictamente especificados en el contrato que se celebre.
El período de contratación empieza cuando finalice el proceso de constitución de esta Bolsa y finaliza el 30 de Junio de 2022.
La jornada de trabajo será de 4 horas al día, de lunes a viernes, en horario normalmente de 16:00h a 20:00 h. (incluida media hora de programación diaria). No obstante, el horario quedará supeditado a las necesidades del servicio.
Este contrato será objeto de financiación a través del Plan Corresponsables.
TERCERO. FUNCIONES.
La persona contratada tendrá las siguientes funciones a desarrollar, enunciativas y no limitativas:
• Preparar, programar y ejecutar las distintas actividades y talleres.
• Proporcionar a los niños actividades lúdicas relacionadas con el ocio y tiempo libre.
• Asegurar el cuidado y la seguridad de todos los niños que se encuentran en las instalaciones de la ludoteca.
• Supervisar la entrada y salida de los niños.
• Velar por el orden y el buen uso de las instalaciones de la ludoteca.
• Cualquier otra tarea que le sea encomendada por el Ayuntamiento.
CUARTA. REQUISITOS DE LAS PERSONAS ASPIRANTES.
Para formar parte en las pruebas de selección, será necesario reunir los requisitos establecidos en el artículo 56 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre:
a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas, así como no padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal desempeño del trabajo para el que se contrata.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
d) No hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad prevista en la Ley 53/84 de 26 de diciembre y no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órga- nos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de personal funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabili-
tado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público.
e) Poseer alguna de las siguientes titulaciones:
-Técnica/o Superior en Educación Infantil.
-Técnica/o Superior en Animación sociocultural y turística.
-Técnica/o Superior en Enseñanza y animación socio deportiva.
-Técnica/o Superior en Integración social.
-Monitoras/es de ocio y tiempo libre (titulación homologada universitaria con un mínimo de 110 horas y 4 Créditos Univer- sitarios ECTS).
-Auxiliar de Educación Infantil y Jardín de Infancia.
La titulación académica deberá estar expedida por centros oficiales debidamente reconocidos; en el caso de estar en con- diciones de obtenerla en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, deberá aportarse certificado acre- ditativo o copia del pago de los derechos por su expedición. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá acreditarse su homologación por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o por cualquier otro órgano de la Administra- ción competente para ello, debiendo estar debidamente convalidados en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. De igual modo, le corresponde a la autoridad académica competente declarar la equivalencia de títulos.
f) No haber sido condenado por delitos de naturaleza sexual, de acuerdo con lo expresado en la Ley 26/2015 de modi- ficación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia y la Ley 45/2015 de Voluntariado. (El Certificado se presentará a fecha de contratación).
Los requisitos anteriores se deberán poseer en el momento de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante el desarrollo del proceso selectivo hasta el momento de la contratación. En este sentido, se podrán efectuar las comprobaciones que sean necesarias hasta la finalización del proceso selectivo y posterior contratación.
QUINTA. - SOLICITUDES
Las solicitudes para tomar parte en este proceso selectivo se ajustaran al modelo (Anexo I) que acompaña a las presentes bases.
Se adjuntará la siguiente documentación:
-Fotocopia del DNI, NIE o Pasaporte en vigor.
-Fotocopia de las titulaciones académicas y de cursos de formación.
-Fotocopia de vida laboral o certificado de secretaría de la Administración o entidad en la que se haya trabajado.
-Informe acreditativo de la condición de víctima de violencia de género.
La documentación se acreditará mediante fotocopias y en el caso de ser seleccionado/a, se deberá presentar la documen- tación original o fotocopia compulsada antes de la formalización del contrato de trabajo. Cualquier alteración o no aporta- ción de dicha documentación original dará lugar a la exclusión de la contratación, sin perjuicio del inicio de las acciones administrativas o judiciales que procedan.
Las solicitudes se presentarán en el registro del Ayuntamiento, en horario de oficina, o mediante la sede electrónica mu- nicipal (https://lafrontera.sedelectronica.es), o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Tablón de Anuncios Electrónico del Ayuntamiento.
Las solicitudes que se presenten a través de las Oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y se- lladas en Correos antes de ser certificadas, solo en este caso se entenderá que las instancias han tenido entrada en el Registro del General del Ayuntamiento en la fecha en que fueron entregadas en la Oficina de Correos.
Cualquier forma de presentación que no sea directa en el Registro de Entrada Municipal requerirá la remisión simultánea de la solicitud, dentro de plazo, mediante correo electrónico dirigido al Excmo. Ayuntamiento de La Frontera: ayunlafronte- [email protected]
SEXTA. ADMISIÓN DE ASPIRANTES
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el plazo de 10 días hábiles, declarando aprobada la lista provisional de personas admitidas y excluidas. En dicha resolución, que se publicará en la Sede Electró- nica de este Ayuntamiento, se señalará un plazo de 5 días hábiles para subsanación.
Transcurrido el plazo de subsanación por la Alcaldía, se aprobará la lista definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas, que se publicará en la Sede Electrónica de este Ayuntamiento. Si se formularan reclamaciones, serán resueltas en el mismo acto administrativo que apruebe la lista definitiva. En el caso de que no existan, las listas se entenderán de- finitivas.
Los errores materiales de hecho o aritmético podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a instancia del intere- sado.
Los/as aspirantes quedan vinculados/as a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación, mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes.
Trascurrido este plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
Si en cualquier momento posterior a la aprobación de la lista definitiva de admitidos y excluidos, se advirtiere en las so- licitudes y documentación aportada por los/las aspirantes, inexactitud o falsedad que fuere causa de exclusión, esta se considerara defecto insubsanable y se resolverá dicha exclusión.
SÉPTIMA. - COMISIÓN DE SELECCIÓN
La Comisión Local de Selección será designada por el Alcalde, y la composición y constitución se publicará conjuntamente con la lista definitiva de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, que se publicará en la Sede Electrónica del Ayuntamiento.
En dicha publicación se hará constar el día en que se celebre la Comisión Local de Selección que tenga por objeto la va- loración de méritos y propuesta de los resultados a la Alcaldía.
La Comisión Local de Selección estará integrada por un/a Presidente/a y suplente, dos vocales, titulares y suplentes y un/a Secretario/a, titular y suplente, el cual puede actuar al mismo tiempo como vocal, debiendo ajustarse su composición a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros.
Los/as miembros de la Comisión de Selección deberán abstenerse o ser recusados cuando concurran las circunstancias previstas legalmente para ello (art. 23 y 24 Ley 40/2015, 1 de octubre del Régimen Jurídico del Sector Publico). El/la Presidente/a del Tribunal podrá exigir de los miembros del mismo declaración expresa de no hallarse incursos en las cir- cunstancias anteriormente previstas. Las personas aspirantes podrán recusar a los miembros de la Comisión en cualquier momento del proceso selectivo cuando concurran las anteriores circunstancias.
La Comisión no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia del/la Presidente/a, Secretario/a y de la mitad al menos de los vocales, pudiendo acudir indistintamente a cada sesión que se produzca la persona titular o bien su suplente.
Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la interpretación de la aplicación de las bases de la presente con- vocatoria, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos, serán resueltas por la Comisión Local de Selección, por mayoría.
OCTAVA. – SELECCIÓN
El proceso selectivo, que será el de concurso, se hará teniendo en cuenta los siguientes criterios:
- El concurso consiste en la comprobación y valoración de los méritos de las personas aspirantes para establecer su orden de prelación en el proceso selectivo.
- Los méritos para la fase de concurso serán acreditados documentalmente por los aspirantes con la solicitud de participa- ción en el proceso selectivo, no pudiendo calificarse méritos no acreditados.
- Los méritos se entenderán válidos cuando se tuviesen a la fecha del cierre del plazo de presentación de solicitudes. No se computarán en ningún caso los méritos no acreditados en tiempo y forma pertinentes.
El cómputo total de méritos de los aspirantes se hará con arreglo al siguiente baremo:
CURSOS DE FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO:
1) Por formación que tenga relación directa con la infancia y/o con actividades relacionadas con la educación infantil, el ocio y el tiempo libre, consistente en cursos de formación y perfeccionamiento, seminarios y análogos, cuya aptitud o su- peración se acredite mediante certificación o diploma expedido al efecto, y que tengan una duración mínima de 50 horas, se concederán 0,005 puntos por cada hora de formación recibida.
2) Por posesión del Título de Manipulador de Alimentos: 0.25 puntos.
3) La puntuación máxima en este apartado no podrá exceder de 2 puntos.
4) No se computarán los cursos en cuya certificación no conste el número de horas.
5) No se computará la titulación acreditada como requisito para participar en la convocatoria.
EXPERIENCIA PROFESIONAL:
1) Por cada mes completo de servicios prestados, en la Administración o Empresa Privada, en puesto de trabajo igual o similar al que es objeto de la convocatoria o bien contratos de trabajo en el que se desarrollen actividades con niños (Colegios, Escuelas Infantiles, Guarderías, Escuelas de Verano, Ludotecas, Campamentos, Aula Matinal, Comedores…):
computándose a razón de 0,33 puntos por mes trabajado y la correspondiente a días a razón de 0,011 puntos.
2) La comisión de selección valorará la experiencia profesional cuando se justifique documentalmente, mediante docu- mento de vida laboral o Certificados de Empresas/Asociaciones/Fundaciones o, tratándose de Administraciones Públicas, certificado de servicios prestados. Cuando no quedé acreditada el tipo de actividad que se ha desarrollado, la Comisión podrá pedir documentación complementaria.
3) La puntuación máxima de este apartado no podrá exceder de 5 puntos.
El orden de calificación definitiva en el concurso estará determinado por la suma resultante de las puntuaciones de cada una de las fases, según el baremo de méritos.
En caso de empate tendrán prioridad atendiendo al orden de los siguientes criterios:
a) Mayor puntuación obtenida en experiencia.
b) Mayor puntuación obtenida en formación.
c) Letra V, según Resolución de 23 de junio de 2021, de la Secretaría de Estado de Política
Territorial y Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado.
Las mujeres que tengan la condición de víctimas de violencia de género tendrán preferencia absoluta si tienen el perfil pro- fesional del puesto de trabajo a cubrir. Dicha circunstancia se acreditará mediante alguno de estos documentos, de acuerdo a la Ley 4/2018, de 8 de octubre, para una Sociedad Libre de Violencia de Género en Castilla-La Mancha:
a) Sentencia o resolución judicial que declare la existencia de una situación de violencia de género.
b) Informe del Ministerio Fiscal sobre la existencia de indicios de una situación de violencia de género.
c) Orden de protección o resolución que acuerde la adopción de medidas cautelares de protección.
d) Informe del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha o, en su caso, del organismo competente en materia de igualdad que lo sustituyera.
En caso de existir más de una mujer que reúna dicha condición, se baremará la prioridad entre ellas de conformidad a los criterios generales señalados.
NOVENA. - BOLSA DE TRABAJO
Será seleccionada la persona con mayor puntuación, que firmará el contrato correspondiente.
El resto de aspirantes, por orden de puntuación, pasarán a formar parte de una bolsa de empleo de reservas para el caso de vacantes en el mismo puesto de trabajo. Las contrataciones se harán según las necesidades del servicio.
En aquellos casos en que el candidato/a rechazase de forma motivada y fehaciente la oferta, en el plazo de 48 horas desde su llamamiento, pasaría al último puesto de la misma. Si se rechaza la oferta sin justificación, será eliminado/a de la bolsa de trabajo.
Se entenderán como causas justificadas para el rechazo de la oferta y manteniendo el orden en la bolsa:
a) Encontrarse trabajando.
b) Encontrarse en situación de baja por enfermedad o incapacidad temporal, periodo de baja por maternidad o permiso de paternidad, intervención quirúrgica, internamiento hospitalario, embarazo de alto riesgo y situación de riesgo o necesidad acreditada por personal facultativo que exija la lactancia natural de menores de nueve meses.
c) Por enfermedad muy grave del cónyuge o familiar hasta el 1er grado de consanguinidad o afinidad acreditada por certi- ficado y libro de familia.
Concluida la situación que ha dado lugar a la suspensión temporal en la bolsa de un aspirante por las causas anteriores, este deberá comunicar por escrito al Ayuntamiento su nueva situación.
La rescisión unilateral del contrato por parte del trabajador/a conllevará la eliminación de esa persona de la bolsa de trabajo.
En el supuesto de que para suplir la baja de un/a trabajador/a fuera necesario realizar nuevas contrataciones, el tiempo de duración de este nuevo contrato será por el tiempo que le reste por cumplir a la persona sustituida y se realizara de forma automática, contratando a la persona o personas que consten en la bolsa según el orden de puntuación reflejado en el acta.
Del mismo modo se actuará en el supuesto de que algún aspirante fuera excluido por la no presentación o falsedad en la documentación, por renuncia o por cualquier otra causa que impidiese cubrir dicho puesto.
Las personas incluidas en la Bolsa de Trabajo tendrán que presentar datos personales suficientes que permitan su pronta localización, siendo responsables de que estén actualizados en todo momento. Una vez realizado tres intentos de localiza- ción por medio de la comunicación telefónica, si no fuese posible el contacto en 24 horas se acudirá a la persona siguiente.
Se podrá acordar la extinción de la bolsa de trabajo, por razones justificadas, con relación a su falta de uso o de operativi- dad, y así se constate mediante resolución del Presidente de la Corporación que la deje sin efecto, o que, en su caso, se apruebe una nueva convocatoria con arreglo a unas nuevas bases.
Una vez extinta la bolsa de trabajo, y mientras se efectúa la convocatoria de un nuevo proceso que la sustituya, y por mo- tivo fundamentado, previo acuerdo del Alcalde, se podrá prorrogar la misma durante el período que se determine.
Si en el momento de extinguirse la bolsa de trabajo estuviere en vigor alguna relación laboral temporal nacida durante su vigencia, esta continuará hasta su finalización o hasta la resolución de la nueva convocatoria.
DÉCIMA. – NORMA FINAL
El solo hecho de presentar instancias solicitando tomar parte en la convocatoria constituye sometimiento expreso de los/as aspirantes a las presentes bases que tienen consideración de normas reguladoras de esta convocatoria.
En lo no previsto en las presentes bases se estará a lo dispuesto en las disposiciones contenidas en la Ley 7/1985, de 2 de abril, modificada por la Ley 11/1999 y la Ley 57/2003, en el R. D. Legislativo 781/1986 de 18 de abril, en el RDL 5/2015, de 30 de octubre, del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en el R. D. 364/1995, en el R. D.
896/1991, y en la Ley de 4/2011, de 10 de marzo, de Empleo Público de Castilla – La Mancha. Así como en el Real decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Contra la convocatoria, sus bases, procedimiento de selección y la Resolución que ponga fin al procedimiento selectivo, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los/as interesados/as recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Admi- nistrativo de Cuenca, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
PLAN CORRESPONSABLES CASTILLA-LA MANCHA ANEXO I
SOLICITUD PARA TOMAR PARTE EN EL PROCESO SELECTIVO CONVOCADO POR EL AYUNTAMIENTO DE LA FRONTERA PARA MONITOR/A DE LUDOTECA MUNICIPAL EN LA FRONTERA (CUENCA) EN EL MARCO DEL PLAN CORRESPONSABLE.
DATOS PERSONALES DE LA PERSONA ASPIRANTE:
Nombre: Apellidos:
D.N.I. núm. Fecha de nacimiento: Teléfono:
En domicilio: en C/ nº piso letra Código Postal Localidad Provincia Correo electrónico a efectos de notificaciones de esta Administración:
DATOS ACADÉMICOS DE LA PERSONA ASPIRANTE:
Titulación que posee:
-
Fecha de expedición del Título: Centro de expedición:
MÉRITOS ALEGADOS POR LA PERSONA ASPIRANTE:
_____________________________________________________________________________
_____________________________________________________________________________
_____________________________________________________________________________
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_____________________________________________________________________________
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_____________________________________________________________________________
_____________________________________________________________________________
__________________________________________________
La persona solicitante declara ser ciertos todos los datos consignados en la presente instancia y que posee todos los requisitos exigidos en las Bases para acceder a la presente convocatoria.
Ayuntamiento, a ______ de ____________________ del año 2021.
Firma,
PLAN CORRESPONSABLES CASTILLA-LA MANCHA
ANEXO II
DECLARACIÓN RESPONSABLE
DATOS PERSONALES DE LA PERSONA ASPIRANTE:
Nombre: Apellidos:
D.N.I. núm. Fecha de nacimiento: Teléfono:
En domicilio: C/ nº piso letra Código Postal Localidad Provincia Correo electrónico a efectos de notificaciones de esta Administración:
DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD:
1. Que no me han separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Publicas, ni me han inhabilitado para el desempeño de funciones públicas
2.- Que no estoy incursa/o en causa de incompatibilidad de las establecidas en la Legislación Vigente.
3.- Que reúno los requisitos necesarios para la obtención de certificado de inexistencia de antecedentes por delitos de naturaleza sexual, así como el certificado negativo de antecedentes penales relacionados con delitos contra la infancia, comprometiéndome a su aportación con carácter previo en el supuesto de contratación.
Localidad a a _______ de____________ de 2021.
Firma,
NÚM. 2909
AYUNTAMIENTO DE CAMPILLO DE ALTOBUEY
A N U N C I O
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, queda aprobado definitivamente el Acuerdo plenario de fecha 13 de Octubre de 2021, sobre el expediente de Modificación de Crédito nº 313/2021 de Crédito Extraor- dinario financiado con cargo a nuevos y/o mayores ingresos , al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público de acuerdo con el siguiente detalle:
Altas en Aplicaciones de Gastos Aplicación
Descripción Créditos
iniciales Crédito
Extraordinario Créditos finales Progr. Económica
2314 131 Asistencia Social Primaria.
Ludoteca.Salarios 0,00 € 9.533,59 € 9.533,59 €
2314 16000 Asistencia Social Primaria.
Ludoteca.Seguridad Social. 0,00 € 4.085,82 € 4.085,82 € TOTAL 0,00 € 13.619,41 € 13.619,41 €
Esta modificación se financia con cargo a nuevos y/o mayores ingresos sobre los totales previstos en algunos conceptos del Presupuesto corriente, en los siguientes términos:
Altas en Conceptos de Ingresos
Aplicación:
económica Descripción Presupuestado Recaudado
45080 Otras subvenciones corrientes de la Administración General de la Comunidad
Autónoma (Cultura, motitores, etc) 2.000,00 € 13.619,41 €
TOTAL INGRESOS 2.000,00 € 13.619,41 €
Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:
a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.
b) La insuficiencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer di- rectamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Ha- ciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Campillo de Altobuey, a fecha al margen.
Fdo.: D. Francisco López López
DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE
NÚM. 2900
AYUNTAMIENTO DE CAMPILLO DE ALTOBUEY
A N U N C I O
Aprobado por Acuerdo de Pleno del Ayuntamiento de Campillo de Altobuey de fecha 8 de noviembre de 2.021, el proyecto técnico de la obra “Ampliación de Vivienda Tutelada de Campillo de Altobuey” redactado por Nuria Salvador Luján, colegiada 11.649 del COAM y José Saiz López colegiado 7186 del COACM, se expone al público y se somete a información pública por el plazo de diez días, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de conformidad con lo establecido en el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://campillodealtobuey.sedelectronica.es].
En caso de que no se produzcan alegaciones, el proyecto se entenderá aprobado definitivamente.
El Alcalde,
Francisco López López
En Campillo de Altobuey 9 de noviembre de 2021 DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE
NÚM. 2901
AYUNTAMIENTO DE CAMPILLO DE ALTOBUEY
A N U N C I O D E A P R O B A C I Ó N I N I C I A L
Aprobado inicialmente en sesión ordinaria de Pleno de este Ayuntamiento, de fecha 8 de Noviembre de 2021, el Presu- puesto General, Bases de Ejecución, y la plantilla de personal funcionario, laboral y eventual para el ejercicio económico 2022, con arreglo a lo previsto en el artículo 169 del Texto Refundido de la ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se expone al público el expediente y la documentación preceptiva por plazo de quince días desde la publicación de este anuncio, a los efectos de reclamaciones y alegaciones.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://campillodealtobuey.sedelectronica.es].
De conformidad con el acuerdo adoptado el Presupuesto se considerará definitivamente aprobado, si durante el citado plazo no presenten reclamaciones.
El Alcalde,
Francisco López López
En Campillo de Altobuey 9 de noviembre de 2021 DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE