CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA Dirección General de Tributos
y Ordenación y Gestión del Juego
Octubre de 2014
Presentación
telemática de
declaraciones
tributarias en la
Oficina Virtual
Subdirección General
De Gestión Tributaria
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Alcance
1.
Declaraciones tributarias con documento público (escritura)
2.
Declaraciones tributarias con documentos judiciales, administrativos
y privados
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Gestión de autoliquidaciones con documentos
públicos: Importación a la Oficina Virtual
SUPUESTOS
A. La Administración tributaria no encuentra el protocolo descrito
B. El protocolo descrito en la autoliquidación ha sido recibido en la Administración tributaria
Al importar las autoliquidaciones a la Oficina Virtual el sistema busca el documento notarial soporte de la autoliquidación, pudiéndose dar los siguientes supuestos:
IMPORTANTE: Cumplimentar correctamente los datos del Notario, nº de protocolo, año y fecha de escritura.
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Gestión de autoliquidaciones con documentos
públicos: Importación a la Oficina Virtual
VALIDACIONES EN LA IMPORTACIÓN DE AUTOLIQUIDACIONES
A. Que exista ficha notarial
B. Que exista escritura pública para aquellas operaciones en que ésta sea obligatoria
C. Que los sujetos pasivos incluidos en las autoliquidaciones coincidan con los que figuran en la ficha notarial
D. Que el protocolo notarial sea único: que no haya coincidencia en diferentes notarías
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Gestión de autoliquidaciones con documentos
públicos: Importación a la Oficina Virtual
No importa la autoliquidación
Queda la
autoliquidación en situación de “Presentado pendiente de documentación”
No se ha localizado el Documento Notarial que consta en la declaración XXXXXX. Compruebe los datos identificativos del Documento Notarial antes de ponerse en contacto con la Notaría.
Si continúa podrá realizar el pago telemático pero la presentación deberá de finalizarse de forma presencial. Para más información pulse aquí ?
No se encuentra el protocolo descrito: Ficha notarial / escritura
Si los datos del documento notarial incluidos en la autoliquidación son correctos y el sistema no localiza la ficha notarial o la escritura en las
operaciones en que esta sea necesaria, puede solicitar al notario la remisión telemática de dicho documento a la Administración tributaria de la Comunidad de Madrid para poder finalizar telemáticamente la presentación y obtener la correspondiente Diligencia.
No obstante lo anterior, debe tenerse en cuenta que los plazos de presentación no se modifican por esta circunstancia, por lo que en el supuesto de que la recepción del documento notarial se prevea que va a ser posterior al plazo de presentación, pulse “continuar con la presentación”.
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Gestión de autoliquidaciones con documentos
públicos: Importación a la Oficina Virtual
Los sujetos pasivos contenidos en la autoliquidación, no se corresponden con los descritos en el documento notarial: Se mostrará el siguiente mensaje:
•
Para subsanar los errores se debe elaborar una nueva autoliquidación en el programa de ayuda y se procederá a su importación para iniciar nuevamente la tramitación, dando de baja la autoliquidación errónea.CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego
Pueden existir varios protocolos coincidentes: El sistema requerirá que se elija la notaria.
Gestión de autoliquidaciones con documentos
públicos: Importación a la Oficina Virtual
De no señalarse ninguna notaria, la presentación deberá finalizarse presencialmente aportando la escritura en papel.
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Gestión de autoliquidaciones con documentos
públicos
Quedarán en situación de erróneas:
Las autoliquidaciones de las que no se ha recibido documento notarial y se ha cancelado la importación
Las autoliquidaciones con errores en la identificación del sujeto pasivo. Quedarán en situación de correctas las siguientes autoliquidaciones:
1. Autoliquidaciones con documento notarial recibido (aparecen en rojo): Podrán presentarse telemáticamente.
2. Autoliquidaciones sin documento notarial (aparecen en azul): Podrán pagarse telemáticamente pero una vez pagadas quedarán en situación de pendiente de documentación
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Gestión de autoliquidaciones con documentos
públicos
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Acceso a la gestión de las autoliquidaciones
correctas
Gestión de autoliquidaciones con documentos
públicos: Acceso a la Gestión de los
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Se podrán realizar búsquedas de los documentos mediante distintos criterios:
Gestión de autoliquidaciones con documentos
públicos: Pago y presentación.
a. Por estado en que se encuentra el documento notarial: Todos. Pendiente pagar/presentar. Pendiente de presentar Presentado
b. Por fecha de devengo.
c. Por notario: apellidos y nombre del notario.
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Gestión de autoliquidaciones con documentos
públicos: Pago y presentación
Debe seleccionarse un documento notarial para el proceso de pago / presentación: NO ES POSIBLE PROCEDER AL PAGO DE VARIOS DOCUMENTOS NOTARIALES SIMULTÁNEAMENTE.
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Seleccionado un documento notarial se podrá proceder al pago y presentación siempre que todas las autoliquidaciones asociadas estén en el mismo estado: Pendiente de Pagar/Presentar; Pendiente de presentar.
Gestión de autoliquidaciones con documentos públicos:
Pago y presentación.
Si las autoliquidaciones no tienen el mismo estado, se mostrará el siguiente mensaje:
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El proceso de pago/presentación se hará del mismo modo que se venía realizando:
Selección de autoliquidaciones
Selección de Entidad Financiera en su caso
Firma y resultado.
Secuencialmente el sistema irá pagando cada una de las autoliquidaciones del documento notarial, asignando el mismo número de presentación a todas ellas.
En caso de producirse un error en un pago o en la presentación, el proceso continuará de forma independiente con cada las restantes.
Las autoliquidaciones se tratan de forma individual generándose para cada una de ellas una diligencia electrónica de presentación.
Gestión de autoliquidaciones con documentos públicos:
Pago y presentación.
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Diligencia telemática de presentación.
Detalle
Gestión de autoliquidaciones con documentos públicos:
Pago y presentación.
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Gestión de autoliquidaciones con documentos
públicos:
Resultado de la presentación.
- Autoliquidación
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I. Si la importación se realiza en el mismo día las nuevas autoliquidaciones importadas se asocian al mismo documento notarial y con el mismo número de presentación.
II. Si la importación se realiza en otro día, las autoliquidaciones importadas se tratan de forma independiente y se genera un nuevo número de presentación.
Gestión de autoliquidaciones con documentos
públicos
En el caso de que se importen autoliquidaciones correspondientes a un documento notarial ya presentado:
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Gestión de autoliquidaciones con documentos
administrativos, judiciales y privados
Se importará y seleccionará la autoliquidación para Pagar/ Presentar
Para la Presentación Telemática de esta autoliquidación es necesario anexar el Documento privado, administrativo o judicial. Si anexa el PDF la presentación telemática será completa y no será necesario acudir a la oficina liquidadora competente. (El documento a anexar no puede ser superior a 20MB)
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Gestión de autoliquidaciones con otros
documentos
Anexar documentación
El documento a anexar no puede ser superior a 20MB
Una vez anexado el documento y realizado el pago, se genera por el sistema el nº de presentación y la diligencia de presentación telemática.
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DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA LA
PRESENTACIÓN TELEMÁTICA
- Para las operaciones notariales recogidas en el
ANEXO, sólo será necesario disponer de la ficha
notarial, siempre que la escritura contenga una
única operación.
- Para el resto de operaciones notariales, es
necesario disponer de la ficha notarial y de la
“copia electrónica” de la escritura.
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CÓDIGO DESCRIPCIÓN CODIGO DESCRIPCIÓN
0501 COMPRAVENTA INMUEBLES TU1 TRASMISIÓN DE VIVIENDAS, PLAZAS DE GARAJES Y TRASTEROS 0501 COMPRAVENTA INMUEBLES TU2 TRANSMISIONES DE LOCALES Y OTRAS EDIFICACIONES 0501 COMPRAVENTA INMUEBLES TU5 TRANSMISIONES DE VIVIENDA DE PROTECCIÓN OFICIAL 0501 COMPRAVENTA INMUEBLES TU6 TRANSMISIONES DE VIVIENDA FAMILIA NUMEROSA 0501 COMPRAVENTA INMUEBLES TR0 TRANSMISIONES BIENES RÚSTICOS
1203 HIPOTECA INMOBILIARIA EN GARANTÍA DE PRESTAMOS, CRÉDITOS O RECONOCIMIENTOS DE DEUDA PH1 PRÉSTAMOS ADQUISICIÓN DE VIVIENDAS (GARANTÍA HIPOTECARIA =< 120.000€)
1203 HIPOTECA INMOBILIARIA EN GARANTÍA DE PRESTAMOS, CRÉDITOS O RECONOCIMIENTOS DE DEUDA PH2 PRÉSTAMOS ADQUISICIÓN DE VIVIENDAS (GARANTÍA HIPOTECARIA ENTRE 120.001€ Y 180.000€ ) 1203 HIPOTECA INMOBILIARIA EN GARANTÍA DE PRESTAMOS, CRÉDITOS O RECONOCIMIENTOS DE DEUDA PH3 PRÉSTAMOS ADQUISICIÓN DE VIVIENDAS (GARANTÍA HIPOTECARIA SUPERIOR 180.000€) 1203 HIPOTECA INMOBILIARIA EN GARANTÍA DE PRESTAMOS, CRÉDITOS O RECONOCIMIENTOS DE DEUDA PH4 PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS PERSONAS JURÍDICAS ADQUISICIÓN DE VIVIENDAS
1203 HIPOTECA INMOBILIARIA EN GARANTÍA DE PRESTAMOS, CRÉDITOS O RECONOCIMIENTOS DE DEUDA DN6 CONSTITUCIÓN PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS ADQUISICIÓN DE OTROS BIENES (EXCLUIDAS VIVIENDAS) 1204 HIPOTECA INMOBILIARIA EN GARANTÍA DE OTRAS OBLIGACIONES PH1 PRÉSTAMOS ADQUISICIÓN DE VIVIENDAS (GARANTÍA HIPOTECARIA =< 120.000€)
1204 HIPOTECA INMOBILIARIA EN GARANTÍA DE OTRAS OBLIGACIONES PH2 PRÉSTAMOS ADQUISICIÓN DE VIVIENDAS (GARANTÍA HIPOTECARIA ENTRE 120.001€ Y 180.000€ ) 1204 HIPOTECA INMOBILIARIA EN GARANTÍA DE OTRAS OBLIGACIONES PH3 PRÉSTAMOS ADQUISICIÓN DE VIVIENDAS (GARANTÍA HIPOTECARIA SUPERIOR 180.000€) 1204 HIPOTECA INMOBILIARIA EN GARANTÍA DE OTRAS OBLIGACIONES PH4 PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS PERSONAS JURÍDICAS ADQUISICIÓN DE VIVIENDAS
1204 HIPOTECA INMOBILIARIA EN GARANTÍA DE OTRAS OBLIGACIONES DN6 CONSTITUCIÓN PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS ADQUISICIÓN DE OTROS BIENES (EXCLUIDAS VIVIENDAS) 1302 CARTA DE PAGO Y CANCELACIÓN DE HIPOTECA CH1 CANCELACIÓN DE PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS
1304 CANCELACIÓN DE HIPOTECA SIN CARTA DE PAGO CH1 CANCELACIÓN DE PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS 1912 CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD LIMITADA SO0 SOCIEDADES NO ANÓNIMAS. CONSTITUCIÓN 1913 CONSTITUCION DE SOCIEDAD LIMITADA LABORAL SO0 SOCIEDADES NO ANÓNIMAS. CONSTITUCIÓN 1914 CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD ANONIMA SX0 SOCIEDADES ANÓNIMAS. CONSTITUCION 1915 CONSTITUCION DE SOCIEDAD ANONIMA LABORAL SX0 SOCIEDADES ANÓNIMAS. CONSTITUCION 1916 CONSTITUCION DE SOCIEDAD ANONIMA DEPORTIVA SX0 SOCIEDADES ANÓNIMAS. CONSTITUCION
1917 CONSTITUCION DE SOCIEDAD LIMITADA NUEVA EMPRESA S9 SOCIEDADES NO ANONIMAS: SOCIEDAD NUEVA EMPRESA 1917 CONSTITUCION DE SOCIEDAD LIMITADA NUEVA EMPRESA S10 SOCIEDADES NO ANONIMAS: SOCIEDAD RESPONSABILIDAD LIMITADA 1919 CONSTITUCION SOCIEDD DE INVERSION MOBILIARIA CAPITAL FIJO SX0 SOCIEDADES ANÓNIMAS. CONSTITUCION
1920 CONSTITUCION SOCIEDD DE INVERSION MOBILIARIA CAPITAL VARIABLE SX0 SOCIEDADES ANÓNIMAS. CONSTITUCION 1921 CONSTITUCION DE SOCIEDD COMANDITARIA POR ACCIONES SO0 SOCIEDADES NO ANÓNIMAS. CONSTITUCIÓN 1922 CONSTITUCION DE SOCIEDAD DE GARANTIA RECIPROCA SO0 SOCIEDADES NO ANÓNIMAS. CONSTITUCIÓN 1923 CONSTITUCION DE SOCIEDAD REGULAR COLECTIVA SO0 SOCIEDADES NO ANÓNIMAS. CONSTITUCIÓN 1924 CONSTITUCION DE SOCIEDAD COMANDITARIA SO0 SOCIEDADES NO ANÓNIMAS. CONSTITUCIÓN 1936 AMPLIACIÓN DE CAPITAL SO1 SOCIEDADES NO ANÓNIMAS. AUMENTO DE CAPITAL 1936 AMPLIACIÓN DE CAPITAL SX1 SOCIEDADES ANÓNIMAS. AUMENTO DE CAPITAL 1803 CONSTITUCION DE COMUNIDADES DE BIENES SO0 SOCIEDADES NO ANÓNIMAS. CONSTITUCIÓN 1806 CONSTITUCION DE COMUNIDAD PARA LA PROMOCION INMOBILIARIA SO0 SOCIEDADES NO ANÓNIMAS. CONSTITUCIÓN 1901 CONSTITUCION DE SOCIEDAD CIVIL SO0 SOCIEDADES NO ANÓNIMAS. CONSTITUCIÓN