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Asociación Mexicana de Actuarios

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Academic year: 2021

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(1)

Noviembre 2011

Segunda Sesión

A

sociación

M

exicana de

A

ctuarios

CURSO DE CONTABILIDAD DE SEGUROS 2011

C.P. MIGUEL ANGEL PINTO B.

(2)

EMISION DAÑOS Y VIDA

La Póliza y sus endosos

Vigencias ( anuales, multianuales, corto plazo)

Arts 21 y 40 LSCS.

Cancelación automática y a solicitud, métodos

Pólizas paquete ¿como debo registrar?

Retención, concepto y determinación.

Aprobación límites de retención.

Casos especiales de cancelación automática

30 ó 45 días cancelación y sus efectos

Casos prácticos

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EMISION DAÑOS Y VIDA

 Articulo 7 LGISMS ramos y sub. ramos autorizados, limitaciones y

autorizaciones exclusivas para reaseguro. Se pueden practicar por una sola aseguradora?

 Artículos 8º y 9º definiciones y señalamientos de los ramos y los riesgos a

incluir en cada uno.

 Art. 19 LSCS la póliza ¿ fines probatorios? Validez fiscal ?  Art. 20 LSCS requisitos de la póliza

 Que es la prima y sus accesorios?

 Aspectos fiscales de estos en cuanto a IVA, ISR y IETU.

 Discrepancia en registro contable de la prima y de sus accesorios?  Necesaria la contabilidad de flujo ?

(4)

EMISION DAÑOS Y VIDA

 Perfeccionamiento del contrato de seguro y todas sus implicaciones  Congruencia de esta disposición con artículos anteriores ?

 Cancelación automática.- Efectos contables ante apalancamiento y fiscales

ante deducibilidad de siniestros.

 Plazo máximo y criterios no escritos por el SAT.

 Efectos de la Cancelación en el pago de Impuestos, devoluciones, IETU

sobre todo.

 Contabilidad de flujo ¿nuevamente es la solución?  Retención. Base de emisión y reaseguro.

(5)

EMISION DAÑOS Y VIDA

 Casos especiales de cancelación automática y la razón por la cual una

disposición fiscal las da a conocer.

 Cuales son los productos con mayor problemática ?  Multianuales IETU pago total ¿ descapitalización ?  Costo de no deducibles.

 Que es primero la emisión o el reaseguro ?

 Similitudes contables con empresas diferentes en emisión con ventas.  Diferencias emisión daños y vida, efectos contables y fiscales.

(6)

CASOS ESPECIALES

Cobertura a través de terceros

 Descuentos por Nómina.- El descuento de la prima del seguro al empleado

se hace en tiempo y forma, pero la entrega del dinero a la aseguradora siempre es desfasada. La prueba que se cobró a tiempo sería un documento que haga constar que la aseguradora otorga a los patrones a efectos de que estos realicen el cobro de la prima por su cuenta y orden.(Mandato)

 Pagos Domiciliados.- El banco hace el cargo de la prima a una tarjeta de

crédito. La prueba de que el cobro se hizo a tiempo sería la autorización que otorga la aseguradora a los bancos recaudadores, para efectos de que realicen el cargo de la prima a la cuenta que el asegurado señale. La fecha en que se cargue la prima no coincide con la de vencimiento por ello se solicitan 30 días adicionales

(7)

CASOS ESPECIALES

Cobertura a través de terceros

 Financieras y Bancos.- Se otorgan créditos y se hacen los descuentos y

enteros de las primas, pero por los procesos administrativos en las aseguradoras no se han emitido las pólizas. La prueba del pago dentro del término legal puede ser el contrato que se celebra con las financieras que otorgan los créditos en los cuales se señala con precisión la manera de operar. Otra opción es el envío por correo en archivo electrónico de los pagos efectuados y a que asegurados corresponden.

 Coaseguro, Reaseguro Tomado y Retrocesión Tomada.- Debe haber un

contrato entre la líder que es la que cobra en la que señale la fecha que cobró( en tiempo) y la fecha que enteró a los coaseguradores.

(8)

CASOS ESPECIALES

Comerciales y corporativos. Se dan casos como los negocios

dirigidos en que la prima es pagada con retraso por que es un

programa mundial.

(9)

REASEGURO

Reaseguro es el contrato en virtud del cual una empresa de

seguros toma a su cargo total o parcialmente, un riego ya

cubierto por otra o el remanente de daños que exceda de la

cantidad asegurada por el asegurador directo.

Asegurador Directo = Quien emite la póliza y es responsable

ante el asegurado.

Cedente = quien cede a otros el excedente de su retención

Tomador = quien toma del cedente el excedente de su

retención

(10)

REASEGURO

Retención: Es la responsabilidad máxima que asume una

institución de seguros sin reasegurar.

Límites de retención: es aprobado por la CNSF y para su

determinación se sigue lo dispuesto en la Circular S-9.6. La

base es la solvencia y patrimonio.

Clasificación del Reaseguro:

Facultativo

Automático

Notas de Cobertura

Contratos proporcionales (cuota parte, excedentes por grados,

contrato de pool o consorcio)

Contratos no proporcionales (exceso de pérdida, exceso de

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REASEGURO

Línea.- medida en que se fijan las cesiones

Registro contable del reaseguro.- Cuenta corriente separado

por País y Extranjero.

Primas cedidas- comisiones- reservas retenidas- reservas

liberadas- participación de utilidades . IVA ? Tasa cero

Estados de cuenta y pagos trimestrales. Efectos contables y

fiscales. ISR- IETU

Compensación o pago? Por que cuenta corriente ?

Efectos en resultados del manejo de reaseguro, a mayor cesión

no necesariamente es mayor gasto, efecto completo de

siniestros.

(12)

COASEGURO

Coaseguro es la participación de dos o mas empresas de

seguros en un mismo riesgo, en virtud de contratos directos

realizados por cada una de ellas con el asegurado.

Líder.- El que administra el coaseguro y responde ante el

asegurado.

Coasegurador.- Participante en una proporción del seguro.

Métodos de registro contable.

Implicaciones fiscales y contables (cancelación- siniestros,

deducciones y acumulaciones)

Responsabilidad solidaria?

Financiamiento ?

(13)

Referencias

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