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Metodología para la clasificación de residuos o desechos peligrosos por parte del generador

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Academic year: 2020

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(1)METODOLOGÍA PARA LA CLASIFICACIÓN DE RESIDUOS O DESECHOS PELIGROSOS POR PARTE DEL GENERADOR. JORGE ELIECER RODRÍGUEZ CALA IAMB-20062021. UNIVERSIDAD DE LOS ANDES FACULTAD DE INGENIERÍA DEPARTAMENTO DE INGENIERÍA CIVIL Y AMBIENTAL BOGOTÁ, D.C. 2006.

(2) METODOLOGÍA PARA LA CLASIFICACIÓN DE RESIDUOS O DESECHOS PELIGROSOS POR PARTE DEL GENERADOR. JORGE ELIÉCER RODRÍGUEZ CALA IAMB-20062021. Proyecto de grado para optar el título de Ingeniero Ambiental. Asesor Ing. NICOLÁS ESCALANTE MORA, MSc.. UNIVERSIDAD DE LOS ANDES FACULTAD DE INGENIERÍA DEPARTAMENTO DE INGENIERÍA CIVIL Y AMBIENTAL BOGOTÁ, D.C. 2006.

(3) Bogotá D.C., 22 de Enero de 2007. Ing. Jorge Acevedo Jefe Departamento de ingeniería civil y ambiental Facultad de ingeniería Universidad de los Andes E.S.D.. Respetado profesor,. Me dirijo a usted, con el fin de presentar el proyecto de grado titulado METODOLOGÍA PARA LA CLASIFICACIÓN DE RESIDUOS O DESECHOS PELIGROSOS POR PARTE DEL GENERADOR, cuya propuesta fue aprobada con el código IAMB 20062021.. Deseo agradecer de antemano a mi asesor de proyecto, Ingeniero Nicolás Escalante Mora, por su gran experiencia, paciencia y dedicación brindada, sin la cual hubiera sido más difícil obtener un resultado satisfactorio. Además, agradecer al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo territorial (M.A.V.D.T) por la información suministrada.. Agradezco la atención prestada.. Atentamente,. JORGE ELIECER RODRÍGUEZ CALA.

(4) AGRADECIMIENTOS. A mis padres, hermana, Santiaguito y Silvia, que con el cariño que siempre me han brindado me recuerdan en cada instante que siempre hay alguien por quien luchar y salir adelante.. A BP, TOTAL, TRITON y ECOPETROL por la beca de excelencia que me otorgaron para hacer mis estudios profesionales en esta Universidad tan prestigiosa.. Y en general a todos profesores y amigos, como “Pepe” Rengifo, Natalia, Edwin, Tatiana, Lina, Yaz, Sandra, Sergio y Nicolás..

(5) Universidad de los Andes Facultad de Ingeniería Departamento de ingeniería Civil y Ambiental. JORGE ELIECER RODRÍGUEZ CALA IAMB 20062021 Página: 5 de 60. CONTENIDO INTRODUCCIÓN.................................................................................................................................................. 7 1. OBJETIVOS .................................................................................................................................................. 8 1.1 1.2. 2. OBJETIVOS GENERALES.................................................................................................................... 8 OBJETIVOS ESPECIFICOS .................................................................................................................. 8. LEGISLACIÓN AMBIENTAL PARA LA GESTIÓN DE RESPEL....................................................... 9 2.1 NORMATIVIDAD COLOMBIANA DE RESPEL .............................................................................. 10 2.1.1 POLÍTICA AMBIENTAL PARA LA GESTIÓN DE RESPEL ........................................................ 10 2.1.2 DECRETO 4741 DE 2005............................................................................................................. 10 2.1.3 DECRETO 1220 DE 2005............................................................................................................. 10 2.1.4 DECRETO 1609 DE 2002............................................................................................................. 10 2.1.5 DECRETO 321 DE 1999................................................................................................................. 11 2.1.6 LEY 430 DE 1998.......................................................................................................................... 11 2.1.7 LEY 253 DE 1996.......................................................................................................................... 11 2.1.8 CONVENIO DE BASILEA ............................................................................................................ 11 2.1.8.1 2.1.8.2 2.1.8.3 2.1.8.4. Anexo I: LISTA DE RESPEL POR PROCESOS O ACTIVIDADES. ......................................................11 Anexo II (LISTA A): LISTA DE RESPEL POR CORRIENTES DE RESIDUOS. ..................................12 Anexo lII: CARACTERÍSTICAS DE PELIGROSIDAD DE LOS RESPEL. ...........................................12 Anexo IX (anexo B): ..................................................................................................................................12. 2.1.9 LEY 99 DE 1993............................................................................................................................ 12 2.2 NORMATIVIDAD INTERNACIONAL DE RESPEL......................................................................... 12 3. DEFINICIONES.......................................................................................................................................... 14 3.1 RESIDUO O DESECHO:...................................................................................................................... 15 3.2 RESIDUO PELIGROSO (RESPEL): .................................................................................................... 15 3.3 CARACTERISTICAS DE PELIGROSIDAD....................................................................................... 15 3.3.1 CORROSIVO ................................................................................................................................. 16 3.3.1.1 3.3.1.2. 3.3.2 3.3.2.1. 3.3.3 3.3.3.1. 3.3.4 3.3.4.1 3.3.4.2 3.3.4.3. 3.3.5 3.3.5.1. 3.3.6 3.3.6.1 3.3.6.2. 3.3.7 3.3.7.1. 3.4. COLOMBIA: .............................................................................................................................................17 ESPAÑA: ...................................................................................................................................................17. REACTIVO .................................................................................................................................... 17 COLOMBIA: .............................................................................................................................................17. EXPLOSIVO .................................................................................................................................. 18 COLOMBIA: .............................................................................................................................................18. TÓXICO......................................................................................................................................... 18 COLOMBIA: .............................................................................................................................................18 ESPAÑA: ...................................................................................................................................................19 CHILE:.......................................................................................................................................................20. INFLAMABLE ............................................................................................................................... 21 COLOMBIA: .............................................................................................................................................21. BIOLÓGICO-INFECCIOSO ......................................................................................................... 21 COLOMBIA: .............................................................................................................................................21 ESPAÑA: ...................................................................................................................................................21. RADIOACTIVO ............................................................................................................................. 22 COLOMBIA: .............................................................................................................................................22. GENERADOR DE RESPEL: ................................................................................................................ 22. 4. PROBLEMÁTICA DE RESPEL EN COLOMBIA................................................................................. 22. 5. HERRAMIENTAS PARA LA GESTIÓN DE RESPEL ......................................................................... 26. METODOLOGÍA PARA LA CLASIFICACIÓN DE RESIDUOS O DESECHOS PELIGROSOS POR PARTE DEL GENERADOR.

(6) Universidad de los Andes Facultad de Ingeniería Departamento de ingeniería Civil y Ambiental 5.1 5.2 5.3 5.4 5.5 5.6 5.7 5.8 5.9 5.10 6. JORGE ELIECER RODRÍGUEZ CALA IAMB 20062021 Página: 6 de 60. PROCEDIMIENTO PARA DETERMINAR LA PELIGROSIDAD .................................................... 26 OBLIGACIONES DEL GENERADOR................................................................................................ 27 CLASIFICACIÓN DE GENERADORES ............................................................................................ 28 RESPONSABILIDADES DEL GENERADOR.................................................................................... 28 PROHIBICIONES................................................................................................................................. 29 ELEMENTOS DE UN PLAN DE GESTIÓN INTEGRAL DE RESPEL.............................................. 29 CONTENIDO DEL ETIQUETADO DE RESIDUOS........................................................................... 30 CONTENIDO DE UNA FICHA DE SEGURIDAD ............................................................................. 30 NORMAS DE SEGURIDAD E HIGIENE............................................................................................ 31 CONTENIDO DEL MANIFIESTO DE TRANSPORTE...................................................................... 32. METODOLOGÍA PARA LA CLASIFICACIÓN DE RESPEL PARA UN GENERADOR............... 32 6.1 LISTADO ÚNICO DE PROCESOS GENERADORES DE RESPEL .................................................. 32 6.2 ARBOL DE DECISIÓN PARA LA CLASIFICACIÓN DE RESPEL PARA UN GENERADOR....... 33 6.3 METODOLOGÍA ................................................................................................................................. 35 6.3.1 EJEMPLOS DE APLICACIÓN DE LA METODOLOGÍA ............................................................ 37 6.3.1.1 6.3.1.2. EJEMPLO 1 ...............................................................................................................................................37 EJEMPLO 2 ...............................................................................................................................................39. 7. CONCLUSIONES ....................................................................................................................................... 40. 8. BIBLIOGRAFÍA ......................................................................................................................................... 43. LISTA DE TABLAS TABLA 1. PRODUCCIÓN DE RESPEL DE LA INDUSTRIA EN COLOMBIA............................................. 24 TABLA 2. CLASIFICACIÓN DE LOS GENERADORES................................................................................. 28. LISTA DE FIGURAS FIGURA 1. PRODUCCIÓN DE RESPEL DE LA INDUSTRIA EN COLOMBIA............................................ 25 FIGURA 2. ÁRBOL DE DECISIÓN PARA LA CLASIFICACIÓN DE RESPEL PARA UN GENERADOR. 34 FIGURA 3. ÁRBOL DE DECISIÓN PARA LA CLASIFICACIÓN DE RESPEL PARA UN GENERADOR PRESENTADA POR EL M.A.V.D.T........................................................................................................... 41. LISTA DE ANEXOS ANEXO 1. LISTADO ÚNICO DE PROCESOS GENERADORES DE RESPEL……...…...…………………46 ANEXO 2. DECRETO 4741 RESUMIDO PARA UN GENERADOR……...……….…………………...……47 ANEXO 3. ANEXO I DEL CONVENIO DE BASILEA……...………………………...………………...…...52 ANEXO 4. ANEXO II DEL CONVENIO DE BASILEA (I)….…………………….………………….…..….53 ANEXO 5. ANEXO II DEL CONVENIO DE BASILEA (II)……...………………….....………………..…...54 ANEXO 6. ANEXO II DEL CONVENIO DE BASILEA (III)……...………………...…….…….…………...55 ANEXO 7. ANEXO III DEL CONVENIO DE BASILEA ((I)……………………………………..………......56 ANEXO 8. ANEXO III DEL CONVENIO DE BASILEA (II)……...……………………………..……..…….57 ANEXO 9. ANEXO IX DEL CONVENIO DE BASILEA (I)…..……………………...………..…………......58 ANEXO 10. ANEXO IX DEL CONVENIO DE BASILEA (II)……...………………………..……………….59 ANEXO 11. ANEXO IX DEL CONVENIO DE BASILEA (III)……...……………………....……………….60 ANEXO 12. ANEXO IX DEL CONVENIO DE BASILEA (IV)……...………………………….……...…….61. METODOLOGÍA PARA LA CLASIFICACIÓN DE RESIDUOS O DESECHOS PELIGROSOS POR PARTE DEL GENERADOR.

(7) Universidad de los Andes Facultad de Ingeniería Departamento de ingeniería Civil y Ambiental. JORGE ELIECER RODRÍGUEZ CALA IAMB 20062021 Página: 7 de 60. INTRODUCCIÓN La legislación de residuos y desechos peligrosos (RESPEL) es un tema muy reciente. Antes de Diciembre de 2005 no existía una normatividad específica para la gestión de RESPEL, hasta ese año solo se tenia la Ley 253/96, la Ley 430/98 y el Decreto 1609/02; que sus funciones son la aprobación del Convenio de Basilea para Colombia, control del almacenamiento de RESPEL y el control del manejo y transporte terrestre automotor de RESPEL respectivamente. Debido a la inexistencia de un Decreto como el 4741/05, no existían herramientas para que las entidades del estado tuvieran buen control de la generación y gestión de RESPEL. El Decreto 4741/05 se apoya en el Convenio de Basilea y otros decretos Nacionales vigentes específicos que serán mencionados y descritos posteriormente en el capitulo de legislación. A grandes rasgos se pueden destacar algunos aspectos y reglamentaciones que establece el Decreto 4741, como por ejemplo en el artículo 28 se establecen los parámetros para que una organización sea declarada Generadora, los clasifica de acuerdo a la producción de RESPEL y además indica los plazos que tienen para inscribirse en el registro de Generadores. El mismo Decreto en el artículo 10 establece que todo generador tiene 12 meses para elaborar un Plan de Gestión Integral de RESPEL y 12 meses para determinar la peligrosidad de cada uno de los RESPEL producidos en sus procesos, estos plazos empiezan a contar a partir de la entrada en vigencia del mismo Decreto, es decir desde Diciembre de 2005. Por todo lo mencionado anteriormente se puede prever la importancia que empieza a tomar el tema de los RESPEL en el ámbito nacional y tomando en cuenta que hasta el momento son muy pocas las empresas que han empezado a implementar el Decreto 4741, considerando que los plazos de cumplimiento con el Decreto mencionado son muy cortos y empezaron a contar a partir de Diciembre de 2005. Es a partir de estos acontecimientos que las empresas deben empezar a tomar conciencia del manejo de RESPEL. Para esto es necesario brindarle a las empresas una metodología que les conduzca a una gestión apropiada de los RESPEL.. METODOLOGÍA PARA LA CLASIFICACIÓN DE RESIDUOS O DESECHOS PELIGROSOS POR PARTE DEL GENERADOR.

(8) JORGE ELIECER RODRÍGUEZ CALA IAMB 20062021. Universidad de los Andes Facultad de Ingeniería Departamento de ingeniería Civil y Ambiental. Página: 8 de 60. En respuesta a las necesidades planteadas, este proyecto se desarrolló para brindarle a los generadores un procedimiento muy práctico y completo para la clasificación de RESPEL, de esa manera se reduce la subjetividad que existe en la legislación colombiana. Eliminar la subjetividad en la clasificación de RESPEL resulta imposible debido a que la legislación colombiana parte del principio de la buena fe; eso quiere decir que el generador es quien declara que tipo de residuos y desechos está generando, a lo cual lo único que las entidades ambientales pueden hacer es confiar en que eso es verdaderamente cierto. No obstante, estas instituciones se reservan el derecho de hacer inspecciones y verificar la veracidad de esa información proporcionada por el generador y en el caso de encontrarse que se oculto información, existen medios jurídicos de sancionar a dichos generadores.. 1 1.1. OBJETIVOS. OBJETIVOS GENERALES. Desarrollar una metodología para identificar, evaluar y gestionar RESPEL; esta metodología está dirigida hacia las necesidades por parte de un generador. 1.2. OBJETIVOS ESPECIFICOS x. Investigar la legislación ambiental que rige los RESPEL en Colombia. Esto se hace con el fin de poder estructurar adecuadamente la metodología de tal forma que se logre que esta sea rigurosa con la legislación vigente.. x. Investigar la legislación ambiental que aplica en los países más avanzados en el tema de RESPEL. Esto se realiza con el fin de tener un marco de referencia para comparar la legislación nacional. x. Comparar la legislación ambiental referente a RESPEL, Internacional Vs. Colombia.. Esto. se. hace. con. el. propósito. de. poder. tener. una. METODOLOGÍA PARA LA CLASIFICACIÓN DE RESIDUOS O DESECHOS PELIGROSOS POR PARTE DEL GENERADOR.

(9) Universidad de los Andes Facultad de Ingeniería Departamento de ingeniería Civil y Ambiental. JORGE ELIECER RODRÍGUEZ CALA IAMB 20062021 Página: 9 de 60. conceptualización de lo estricta o laxa que es la legislación nacional con respecto a los demás países. x. Investigar listados de RESPEL que aplican para Colombia y sus procesos generadores. Estos listados serán usados en el momento de estructurar la metodología.. x. Investigar listados de RESPEL Internacionales y sus procesos generadores. Estos listados servirán para complementar los listados de RESPEL que aplican para Colombia y posteriormente serán usados en la metodología.. x. Comparar los listados de sustancias y procesos generadores de RESPEL, Internacionales Vs. Colombianos, y definir un listado único de procesos generadores de RESPEL. Luego de haber comparado los listados mencionados se obtendrá un listado único de procesos generadores que será utilizado en la metodología como herramienta para hacer más exhaustivo el diagnostico de RESPEL por parte del generador.. x. Diseñar un Árbol de decisión que sintetiza la Metodología desarrollada en este proyecto. Finalmente, luego de realizar todo lo anterior se le entrega al generador una metodología que le servirá para hacer una gestión de RESPEL más exhaustiva, de tal forma que se reducen costos y tiempo, además que le evita sanciones por no hacer una declaración de RESPEL correcta y oportuna.. En este último punto se pretende plasmar de manera completa, precisa y didáctica la Metodología para la clasificación de RESPEL. Esta puede ser implementada en cualquier empresa, proceso o actividad.. 2. LEGISLACIÓN AMBIENTAL PARA LA GESTIÓN DE RESPEL. En este capitulo se presenta la legislación vigente referente a la gestión de RESPEL en Colombia y se hace una breve descripción de la funcionalidad de cada norma en la misma gestión. Además se describe la forma como se analizó y comparó a. METODOLOGÍA PARA LA CLASIFICACIÓN DE RESIDUOS O DESECHOS PELIGROSOS POR PARTE DEL GENERADOR.

(10) Universidad de los Andes Facultad de Ingeniería Departamento de ingeniería Civil y Ambiental. JORGE ELIECER RODRÍGUEZ CALA IAMB 20062021 Página: 10 de 60. Colombia con otros países avanzados en el tema de RESPEL y se muestran algunos aspectos relevantes de esta comparación. 2.1. NORMATIVIDAD COLOMBIANA DE RESPEL. 2.1.1 POLÍTICA AMBIENTAL PARA LA GESTIÓN DE RESPEL Es un manual generado por el M.A.V.D.T. en el año 2006, en el cual se resumen las políticas y legislación que existen para hacer manejo de RESPEL en Colombia. 2.1.2 DECRETO 4741 DE 2005 En el contexto colombiano, el tema de los RESPEL hasta el año 2005 estaba regulado solo por la Ley 253/96, la Ley 430/98 y el Decreto 1609/02 , que corresponden principalmente a la aprobación del Convenio de Basilea para Colombia, control del almacenamiento de RESPEL y el control del manejo y transporte terrestre automotor de RESPEL respectivamente. Es a partir de la generación de este decreto que se da el primer avance concreto en el tema de prevención y manejó de los RESPEL generados en el marco de la gestión integral con el fin de proteger la salud humana y el ambiente. Para facilitar la comprensión y la divulgación de este Decreto se resumió y se presenta en el Anexo 2. 2.1.3 DECRETO 1220 DE 2005 En este decreto se establece todo le referente a las licencias, permisos, autorizaciones y demás instrumentos de manejo y control ambiental que requiere un proyecto o actividad en el territorio colombiano, por lo tanto todo generador antes de iniciar cualquier proyecto debe tener los respectivos permisos y licencias que establece este decreto. 2.1.4 DECRETO 1609 DE 2002 Este decreto reglamenta el manejo y transporte terrestre automotor de mercancías peligrosas por carretera.. METODOLOGÍA PARA LA CLASIFICACIÓN DE RESIDUOS O DESECHOS PELIGROSOS POR PARTE DEL GENERADOR.

(11) Universidad de los Andes Facultad de Ingeniería Departamento de ingeniería Civil y Ambiental. JORGE ELIECER RODRÍGUEZ CALA IAMB 20062021 Página: 11 de 60. 2.1.5 DECRETO 321 DE 1999 En este decreto se establecen los procedimientos y requerimientos que debe establecer un generador para cumplir con el Plan Nacional de Contingencia contra Derrames de Hidrocarburos, Derivados y Sustancias Nocivas. Además se debe tener presente que el plan deberá estar articulado con el plan local de emergencias del municipio. 2.1.6 LEY 430 DE 1998 Esta ley se desarrolló principalmente para garantizar que se tomen todas las medidas con el fin de prevenir cualquier afectación a la salud humana y al ambiente durante el tiempo que el generador almacene RESPEL dentro de sus instalaciones. 2.1.7 LEY 253 DE 1996 Mediante esta ley se aprobó el Convenio de Basilea para Colombia, esta se utiliza para ejercer el Control de los movimientos transfronterizos de RESPEL y su eliminación y sus respectivas disposiciones reglamentarias. 2.1.8 CONVENIO DE BASILEA Fue concebida como una manera de tener el control de los movimientos transfronterizos de RESPEL y su eliminación. Este fue hecho en Basilea el 22 de Marzo de 1989, aprobado en Colombia mediante la ley 253 de 1996 y entró en vigencia en el país el 31 de marzo de 1997. Los listados de los Anexos I, II, III y IX que se presentan a continuación son los listados oficiales para la gestión de RESPEL en Colombia, únicamente estos cuatro listados son hasta el momento requeridos según la legislación colombiana para determinar si un residuo se considera RESPEL. 2.1.8.1. Anexo I: LISTA DE RESPEL POR PROCESOS O ACTIVIDADES.. Si el proceso o actividad que generó el residuo analizado está incluido en este listado, entonces el residuo es considerado RESPEL. Para demostrar lo contrario se requiere hacer los respectivos análisis de laboratorio, en un laboratorio autorizado. METODOLOGÍA PARA LA CLASIFICACIÓN DE RESIDUOS O DESECHOS PELIGROSOS POR PARTE DEL GENERADOR.

(12) Universidad de los Andes Facultad de Ingeniería Departamento de ingeniería Civil y Ambiental. JORGE ELIECER RODRÍGUEZ CALA IAMB 20062021 Página: 12 de 60. Esto con el fin de demostrar que el residuo no posee ninguno de los parámetros de peligrosidad del Anexo III del Convenio de Basilea. 2.1.8.2. Anexo II (LISTA A): LISTA DE RESPEL POR CORRIENTES DE RESIDUOS.. Los residuos o desechos enumerados en los anexos I y II están caracterizados como peligrosos y su inclusión en estos anexos no obsta para que se use el anexo III para demostrar que un RESPEL no es peligroso. 2.1.8.3. Anexo lII: CARACTERÍSTICAS DE PELIGROSIDAD DE LOS RESPEL.. Este anexo presenta los parámetros de peligrosidad que debe presentar, al menos uno, un residuo para ser considerado RESPEL. También se utilizan estos parámetros para demostrar que un residuo no es RESPEL. 2.1.8.4. Anexo IX (anexo B):. Si un residuo o desecho se encuentra incluido en este listado se puede considerar por lo mismo NO-RESPEL. No obstante si la entidad ambiental que aplique lo considera pertinente se debería hacer el análisis de laboratorio respectivo para demostrar que el residuo no posee ninguno de los parámetros de peligrosidad del Anexo III del Convenio de Basilea. 2.1.9 LEY 99 DE 1993 Mediante esta ley se crea el Ministerio del Medio Ambiente (hoy M.A.V.D.T), se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables y se organiza el Sistema Nacional Ambiental (SINA). 2.2. NORMATIVIDAD INTERNACIONAL DE RESPEL. Con el fin de tener una referenciación general del estado actual de la legislación ambiental de RESPEL en Colombia, respecto a la misma en el contexto internacional, se seleccionaron algunos países representativos y avanzados en el tema.. METODOLOGÍA PARA LA CLASIFICACIÓN DE RESIDUOS O DESECHOS PELIGROSOS POR PARTE DEL GENERADOR.

(13) Universidad de los Andes Facultad de Ingeniería Departamento de ingeniería Civil y Ambiental. JORGE ELIECER RODRÍGUEZ CALA IAMB 20062021 Página: 13 de 60. Los países seleccionados para este propósito fueron 3 países latinoamericanos y uno europeo, además se tomó en cuenta el Convenio de Basilea. En representación de América se consideró a México, Argentina y Chile y en representación de Europa se considero a España. En resumen, para este proyecto se compararon: x. Colombia.. x. Convenio de Basilea.. x. España.. x. México.. x. Argentina.. x. Chile.. Para todos los países se analizaron los aspectos en común que considera cada legislación, tales como: x. Legislación de RESPEL.. x. Definición de RESPEL.. x. Definición de generador de RESPEL.. x. Parámetros de peligrosidad.. x. Listados de RESPEL y su clasificación.. Además de los aspectos mencionados anteriormente, la legislación de cada país incluye otros aspectos importantes que no se encontraron en la legislación de los otros países; tales como: Procedimiento para determinar la peligrosidad, Obligaciones del generador, Clasificación de generadores, Responsabilidades del generador, Prohibiciones, Elementos de un plan de gestión integral, Contenido del etiquetado de residuos, Contenido de una ficha de seguridad, Normas de seguridad e higiene y Contenido del manifiesto de transporte. Todo lo anterior son herramientas muy útiles que se deben tener en cuenta en el momento de implementar el sistema de gestión integral de RESPEL y se presentan en detalle en los siguientes capítulos y subcapítulos.. METODOLOGÍA PARA LA CLASIFICACIÓN DE RESIDUOS O DESECHOS PELIGROSOS POR PARTE DEL GENERADOR.

(14) Universidad de los Andes Facultad de Ingeniería Departamento de ingeniería Civil y Ambiental. JORGE ELIECER RODRÍGUEZ CALA IAMB 20062021 Página: 14 de 60. Luego de hacer la comparación de las legislaciones de los diferente países, se encontraron varios aspectos relevantes que son de destacar. Estos se mencionan a continuación: x. Colombia es el único país que incluye a los elementos Radioactivos como RESPEL, los otros países los manejan como residuos especiales con legislación independiente.. x. El convenio de Basilea es la base para el manejo de RESPEL a nivel mundial y día a día está siendo adoptado por más países.. x. Argentina es el único que presenta tabla de incompatibilidades de RESPEL.. x. En Argentina hay una legislación especial de RESPEL para la Provincia de Buenos Aires.. x. La legislación de Argentina presenta manuales de elaboración de planes de gestión ambiental y estudios de impacto ambiental.. x. En Argentina no es admitida la inscripción de sociedades cuando uno o más de sus directores, administradores, gerentes, mandatarios o gestores, estuvieren desempeñando o hubieren desempeñado alguna de esas funciones en sociedades de suspensión o cancelación de la inscripción por violaciones a la ley de RESPEL cometidas durante su gestión.. x. En México existe un código para cada RESPEL, este se denomina CRETIB por las iniciales de los parámetros de peligrosidad: Corrosivo, Reactivo, Explosivo, Tóxico, Inflamable Biológico-infeccioso.. 3. DEFINICIONES. Las definiciones que se presentan a continuación corresponden a Colombia. Sin embargo, seguidamente se hace la comparación respectiva frente a la normatividad de los diferentes países analizados y el Convenio de Basilea.. METODOLOGÍA PARA LA CLASIFICACIÓN DE RESIDUOS O DESECHOS PELIGROSOS POR PARTE DEL GENERADOR.

(15) Universidad de los Andes Facultad de Ingeniería Departamento de ingeniería Civil y Ambiental. JORGE ELIECER RODRÍGUEZ CALA IAMB 20062021 Página: 15 de 60. En los casos en los que no se diga lo contrario, se debe entender que la definición o lo dicho respecto a Colombia aplica totalmente a los demás países y al Convenio de Basilea. 3.1. RESIDUO O DESECHO:. Es cualquier objeto, material, sustancia, elemento o producto que se encuentra en estado sólido o semisólido, o es un líquido o gas contenido en recipientes o depósitos, cuyo generador descarta, rechaza o entrega porque sus propiedades no permiten usarlo nuevamente en la actividad que lo generó ó porque la legislación o la normatividad vigente así lo estipula. [2]. 3.2. RESIDUO PELIGROSO (RESPEL):. Es aquel residuo, desecho o mezcla de estos, que por sus características corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables, infecciosas o radiactivas puede causar riesgo o daño para la salud humana y el ambiente. Así mismo, se considera RESPEL los envases, empaques y embalajes que hayan estado en contacto con ellos.. [2]. Todos los países analizados discrepan con esta definición puesto que estos no consideran como RESPEL a los residuos domiciliarios, los radiactivos y los derivados de las operaciones normales de los buques, los cuales se rigen por leyes especiales y convenios internacionales vigentes en la materia. 3.3. CARACTERISTICAS DE PELIGROSIDAD. Como se dijo anteriormente, las características de peligrosidad que hacen que un residuo se clasifique como RESPEL se agrupan en 7 grupos, que son: x. Corrosivo. x. Reactivo. x. Explosivo. x. Tóxico. x. Inflamable. x. Infeccioso. x. Radiactivo. METODOLOGÍA PARA LA CLASIFICACIÓN DE RESIDUOS O DESECHOS PELIGROSOS POR PARTE DEL GENERADOR.

(16) Universidad de los Andes Facultad de Ingeniería Departamento de ingeniería Civil y Ambiental. JORGE ELIECER RODRÍGUEZ CALA IAMB 20062021 Página: 16 de 60. Más adelante se presentan las definiciones oficiales para Colombia de cada una de estas características de peligrosidad, las cuales corresponden a las definiciones presentadas en el Anexo III del Convenio de Basilea. También se realizó una comparación contra las definiciones de los demás países para las mismas características. En los casos en que se encontró alguna discrepancia relevante, entonces se mostrarán esas definiciones y se hará un breve análisis de las diferencias halladas. En los casos en que no se haga ninguna aclaración acerca de las diferencias halladas, considérese que las definiciones de los demás países corresponden a la definición colombiana o en su defecto son más laxas que esta, por lo tanto no es relevante hacer énfasis en dichas divergencias. En el caso de España, su legislación maneja una clasificación de las sustancias por códigos RXX, los cuales corresponden a unos efectos conocidos, por ejemplo el código R35 corresponde a las sustancias que causan quemaduras graves. También tienen en cuenta la concentración a la cual se encuentra la sustancia analizada. Además estos subdividen los grupos de características de peligrosidad, por ejemplo para el caso especifico de CORROSIVO, este se subdivide en tres grupos que son: corrosivo, irritante y sensibilizante. La legislación chilena maneja definiciones similares a las de la legislación colombiana. En el único caso en el que no coinciden es en la definición de TOXICO, en este la legislación chilena es más minuciosa y estricta que la legislación colombiana. Al igual que la legislación española, la legislación chilena en la mencionada característica de peligrosidad también utiliza subgrupos, tales como: Toxicidad aguda, crónica y extrínseca. 3.3.1 CORROSIVO Todos los países excepto España tienen la misma definición de CORROSIVO. A continuación se muestran las dos definiciones y analizan sus principales diferencias:. METODOLOGÍA PARA LA CLASIFICACIÓN DE RESIDUOS O DESECHOS PELIGROSOS POR PARTE DEL GENERADOR.

(17) Universidad de los Andes Facultad de Ingeniería Departamento de ingeniería Civil y Ambiental 3.3.1.1. JORGE ELIECER RODRÍGUEZ CALA IAMB 20062021 Página: 17 de 60. COLOMBIA: Característica que hace que un residuo o desecho por acción química, pueda causar daños graves en los tejidos vivos que estén en contacto o en caso de fuga puede dañar gravemente otros materiales, y posee cualquiera de las siguientes propiedades: a) Ser acuoso y presentar un pH menor o igual a 2 o mayor o igual a 12.5 unidades. b) Ser líquido y corroer el acero a una tasa mayor de 6.35 mm por año a una temperatura de ensayo de 55 °C. [19]. 3.3.1.2. ESPAÑA: Corrosivos: Las sustancias y preparados que, en contacto con tejidos vivos puedan ejercer una acción destructiva de los mismos. Una o más sustancias corrosivas clasificadas como R35 en una concentración total = 1 %. Una o más sustancias corrosivas clasificadas como R34 en una concentración total = 5 %.[9] Irritantes: Las sustancias y preparados no corrosivos que, en contacto breve, prolongado o repetido con la piel o las mucosas puedan provocar una reacción inflamatoria. Una o más sustancias irritantes clasificadas como R41 en una concentración total = 10 %. Una o más sustancias irritantes clasificadas como R36, R37 o R38 en una concentración total = 20 %. Sensibilizantes: Las sustancias y preparados que, por inhalación o penetración cutánea, puedan ocasionar una reacción de hipersensibilidad, de forma que una exposición posterior a esa sustancia o preparado dé lugar a efectos negativos característicos. R35 = Causa quemaduras graves R34 = Causa quemaduras R41 = Riesgo de daños serios en los ojos R36 = Irritante para los ojos R37 = Irritante para el sistema respiratorio R38 = Irritante para la piel. 3.3.2 REACTIVO 3.3.2.1. COLOMBIA: Cuando al mezclarse o ponerse en contacto con otros elementos, compuestos, sustancias o residuos tiene cualquiera de las siguientes propiedades: a) Generar gases, vapores y humos tóxicos en cantidades suficientes para provocar daños a la salud humana o al ambiente cuando se mezcla con agua.. METODOLOGÍA PARA LA CLASIFICACIÓN DE RESIDUOS O DESECHOS PELIGROSOS POR PARTE DEL GENERADOR.

(18) Universidad de los Andes Facultad de Ingeniería Departamento de ingeniería Civil y Ambiental. JORGE ELIECER RODRÍGUEZ CALA IAMB 20062021 Página: 18 de 60. b) Poseer, entre sus componentes, sustancias tales como cianuros, sulfuros, peróxidos orgánicos que, por reacción, liberen gases, vapores o humos tóxicos en cantidades suficientes para poner en riesgo la salud humana o el ambiente. c) Ser capaz de producir una reacción explosiva o detonante bajo la acción de un fuerte estímulo inicial o de calor en ambientes, confinados. d) Aquel que produce una reacción endotérmica o exotérmica al ponerse en contacto con el aire, el agua o cualquier otro elemento o sustancia. e) Provocar o favorecer la combustión. [19]. 3.3.3 EXPLOSIVO 3.3.3.1. COLOMBIA: Residuo en estado sólido o líquido que de manera espontánea, por reacción química, puede desprender gases a una temperatura, presión y velocidad tales que puedan ocasionar daño a la salud humana y/o al ambiente, y además presenta cualquiera de las siguientes propiedades: a) Formar mezclas potencialmente explosivas con el agua. b) Ser capaz de producir fácilmente una reacción o descomposición detonante o explosiva a temperatura de 25 °C y presión de 1.0 atmósfera. c) Ser una sustancia fabricada con el fin de producir una explosión o efecto pirotécnico. [19]. 3.3.4 TÓXICO 3.3.4.1. COLOMBIA: Se considera residuo o desecho tóxico aquel que en virtud de su capacidad de provocar efectos biológicos indeseables o adversos puede causar daño a la salud humana y/o al ambiente. Para este efecto se consideran tóxicos los residuos o desechos que se clasifican de acuerdo con los criterios de toxicidad (efectos agudos, retardados o crónicos y ecotóxicos) definidos a continuación y para los cuales, según sea necesario, las autoridades competentes establecerán los límites de control correspondiente: a) Dosis letal media oral (DL50) para ratas menor o igual a 200 mg/kg para sólidos y menor o igual a 500 mg/kg para líquidos, de peso corporal. b) Dosis letal media dérmica (DL50) para ratas menor o igual de 1000 mg/kg de peso corporal. c) Concentración letal media inhalatoria (CL50) para ratas menor o igual a 10 mg/l.. METODOLOGÍA PARA LA CLASIFICACIÓN DE RESIDUOS O DESECHOS PELIGROSOS POR PARTE DEL GENERADOR.

(19) Universidad de los Andes Facultad de Ingeniería Departamento de ingeniería Civil y Ambiental. JORGE ELIECER RODRÍGUEZ CALA IAMB 20062021 Página: 19 de 60. d) Alto potencial de irritación ocular, respiratoria y cutánea, capacidad corrosiva sobre tejidos vivos. e) Susceptibilidad de bioacumulación y biomagnificación en los seres vivos y en las cadenas tróficas. f) Carcinogenicidad, mutagenecidad y teratogenecidad. g) Neurotoxicidad, inmunotoxicidad u otros efectos retardados. h) Toxicidad para organismos superiores y microorganismos terrestres y acuáticos. i) Otros que las autoridades competentes definan como criterios de riesgo de toxicidad humana o para el ambiente. Además, se considera residuo o desecho tóxico aquel que, al realizársele una prueba de lixiviación para característica de toxicidad (conocida como prueba TCLP), contiene uno o más de las sustancias, elementos o compuestos que se presentan en la Tabla 3 del Decreto 4741 en concentraciones superiores a los niveles máximos permisibles en el lixiviado establecidos en dicha tabla. [19]. 3.3.4.2. ESPAÑA: Muy tóxicos: Las sustancias y preparados que, por inhalación, ingestión o penetración cutánea en muy pequeña cantidad puedan provocar efectos agudos o crónicos e incluso la muerte. Una o más sustancias clasificadas como muy tóxicas en una concentración total = 0.1 %. Tóxicos: Las sustancias y preparados que, por inhalación ingestión o penetración cutánea en pequeñas cantidades puedan provocar efectos agudos o crónicos e incluso la muerte. Una o más sustancias clasificadas como tóxicas en una concentración total = 3 %. Nocivos: Las sustancias y preparados que, por inhalación, ingestión o penetración cutánea puedan provocar efectos agudos o crónicos e incluso la muerte. Una o más sustancias clasificadas como nocivas en una concentración total = 25 %.Una sustancia que sea un cancerígeno conocido de las categorías 1 o 2 en una concentración = 0.1 %. Una sustancia que sea un cancerígeno conocido de la categoría 3 en una concentración = 1 %. Una sustancia tóxica para la reproducción de las categorías 1 o 2, clasificada como R60 o R61 en una concentración = 0.5 %. Una sustancia tóxica para la reproducción de la categoría 3, en una concentración = 5 %. Una sustancia mutanogénica de las categorías 1 o 2 clasificada como R46 en una concentración total=0.1 %. Una sustancia mutanogénica de la categoría 3 en una concentración total = 0.1 %. R46 = Puede causar daños genéticos hereditarios R60 = Puede afectar la fertilidad. METODOLOGÍA PARA LA CLASIFICACIÓN DE RESIDUOS O DESECHOS PELIGROSOS POR PARTE DEL GENERADOR.

(20) Universidad de los Andes Facultad de Ingeniería Departamento de ingeniería Civil y Ambiental. JORGE ELIECER RODRÍGUEZ CALA IAMB 20062021 Página: 20 de 60. R61 = Puede causar daños al feto Las categorías 1, 2 y 3 corresponden a: efecto suficientemente conocido, fuerte presunción e información insuficiente, respectivamente. [9]. 3.3.4.3. CHILE: Toxicidad aguda: a) Cuando su toxicidad por ingestión oral en ratas, expresada como Dosis Letal 50, DL50 oral, arroja en un ensayo de laboratorio un valor igual o menor que 50 mg de residuo/kg de peso corporal b) Cuando el valor de su toxicidad por inhalación en ratas, expresado como Concentración Letal 50, CL50 inhalación, arroja en un ensayo de laboratorio un valor igual o menor que 2 mg de residuo/lt, c) Cuando su toxicidad por absorción cutánea en conejos, expresada como Dosis Letal 50, DL50 dermal, arroja en un ensayo de laboratorio un valor igual o menor que 200 mg de residuo/kg de peso corporal. Toxicidad crónica: a) Si contiene alguna sustancia no incluida en el Artículo 89 del Reglamento de RESPEL de Chile, que sea declarada toxica crónica mediante decreto supremo del Ministerio de Salud de Chile. por. presentar. efectos. tóxicos. acumulativos,. carcinogénicos,. mutagénicos. o. teratogénicos en seres humanos. La Autoridad Sanitaria correspondiente deberá fundar su decisión en estudios científicos nacionales o extranjeros. b) Cuando contiene alguna sustancia incluida en el Artículo 89 del Reglamento de RESPEL de Chile que sea cancerígena y cuya concentración en el residuo, expresada como porcentaje, es superior a CTAL/1000, en donde CTAL es la concentración tóxica aguda límite de dicha sustancia. c) Si contiene alguna de las sustancias que presentan efectos acumulativos, teratogénicos o mutagénicos incluidas en el Artículo 89 del Reglamento de RESPEL de Chile, cuya concentración en el residuo, expresada como porcentaje, es superior a CTAL/100, en donde CTAL es la concentración tóxica aguda límite de la sustancia tóxica crónica. Para efectos de las letras b) y c) precedentes, el Ministerio de Salud de Chile determinará mediante decreto supremo aquellas sustancias del artículo 89 que tienen efectos cancerígenos. d) Cuando un residuo contenga más de una sustancia tóxica, se considerará que presenta la característica de toxicidad crónica si la suma de las concentraciones porcentuales de las sustancias cancerígenas en el residuo divididas por sus respectivas concentraciones tóxicas agudas límites (CTAL) es superior o igual a 0,001. C(1)/CTAL (1) + C(2)/CTAL (2) +...+ C(n)/CTAL (n) > 0,001. e) la suma de las concentraciones porcentuales de las sustancias con. METODOLOGÍA PARA LA CLASIFICACIÓN DE RESIDUOS O DESECHOS PELIGROSOS POR PARTE DEL GENERADOR.

(21) Universidad de los Andes Facultad de Ingeniería Departamento de ingeniería Civil y Ambiental efectos. acumulativos,. teratogénicos. o. JORGE ELIECER RODRÍGUEZ CALA IAMB 20062021. mutagénicos. Página: 21 de 60 divididas. por. sus. respectivas. concentraciones tóxicas agudas límites (CTAL) es superior o igual a 0,01. C(1)/CTAL(1) + C(2)/CTAL(2) +...+ C(n)/CTAL(n) > 0,01. Toxicidad extrínseca: cuando su eliminación pueda dar origen a una o más sustancias tóxicas agudas o tóxicas crónicas en concentraciones que pongan en riesgo la salud humana. [25]. 3.3.5 INFLAMABLE 3.3.5.1. COLOMBIA: Característica que presenta un residuo o desecho cuando en presencia de una fuente de ignición, puede arder bajo ciertas condiciones de presión y temperatura, o presentar cualquiera de las siguientes propiedades: a) Ser un gas que a una temperatura de 20 °C y 1.0 atmósfera de presión arde en una mezcla igual o menor al 13% del volumen del aire. b) Ser un líquido cuyo punto de inflamación es inferior a 60 °C de temperatura, con excepción de las soluciones acuosas con menos de 24% de alcohol en volumen. c) Ser un sólido con la capacidad bajo condiciones de temperatura de 25 °C y presión de 1.0 atmósfera, de producir fuego por fricción, absorción de humedad o alteraciones químicas espontáneas y quema vigorosa y persistentemente dificultando la extinción del fuego. d) Ser un oxidante que puede liberar oxígeno y, como resultado, estimular la combustión y aumentar la intensidad del fuego en otro material. [19]. 3.3.6 BIOLÓGICO-INFECCIOSO 3.3.6.1. COLOMBIA: Si contiene agentes patógenos, tales como bacterias, parásitos, virus, ricketsias y hongos; y otros agentes tales como priones, con suficiente virulencia y concentración como para causar enfermedades en los seres humanos o en los animales. [19]. 3.3.6.2. ESPAÑA: Infecciosos: se aplica a sustancias que contienen microorganismos viables, o sus toxinas, de los que se sabe o existen razones fundadas para creer que causan enfermedades en el ser humano o en otros organismos vivos. Ecotóxico: se aplica a sustancias y preparados que presentan o pueden presentar riesgos inmediatos o diferidos para el medio ambiente. [9]. METODOLOGÍA PARA LA CLASIFICACIÓN DE RESIDUOS O DESECHOS PELIGROSOS POR PARTE DEL GENERADOR.

(22) Universidad de los Andes Facultad de Ingeniería Departamento de ingeniería Civil y Ambiental. JORGE ELIECER RODRÍGUEZ CALA IAMB 20062021 Página: 22 de 60. 3.3.7 RADIOACTIVO 3.3.7.1. COLOMBIA: Se entiende por residuo radioactivo, cualquier material que contenga compuestos, elementos o isótopos, con una actividad radiactiva por unidad de masa superior a 70 K Bq/Kg (setenta kilo becquerelios por kilogramo) o 2nCi/g (dos nanocuries por gramo), capaces de emitir, de forma. directa. o. indirecta,. radiaciones.. Ionizantes. de. naturaleza. corpusculazo. electromagnética que en su interacción con la materia produce ionización en niveles superiores a las radiaciones naturales de fondo. [19]. 3.4. GENERADOR DE RESPEL: Es cualquier persona cuya actividad produzca RESPEL. Si la persona es desconocida será la persona que está en posesión de dichos residuos. El fabricante o importador de un producto o sustancia química con propiedad peligrosa, en lo que respecta a RESPEL se equipara a un generador, en cuanto a la responsabilidad por el manejo de los embalajes y residuos del producto o sustancia. [2]. Todos los países analizados coinciden con esta definición. El convenio de Basilea discrepa un poco debido que este fue concebido para regular todo lo que se refiere al movimiento transfronterizo de RESPEL.. 4. PROBLEMÁTICA DE RESPEL EN COLOMBIA. Una manera de concienciar a la comunidad acerca de la importancia que representan los RESPEL y el riesgo que representan para la misma, es mostrar las estadísticas para tener un dimensionamiento del problema. Es por eso que se presentan más adelante algunas estadísticas de RESPEL en Colombia que reflejan la problemática que estos ocasionan. En Colombia es muy poca la información estadística que existe alrededor del tema de los RESPEL, no está sistematizada, esta dispersa y solo una parte de esta es de cubrimiento nacional. En vista de lo anterior, el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial (M.A.V.D.T) elaboró la “Política ambiental para la gestión de. METODOLOGÍA PARA LA CLASIFICACIÓN DE RESIDUOS O DESECHOS PELIGROSOS POR PARTE DEL GENERADOR.

(23) Universidad de los Andes Facultad de Ingeniería Departamento de ingeniería Civil y Ambiental. JORGE ELIECER RODRÍGUEZ CALA IAMB 20062021 Página: 23 de 60. RESPEL”, en la cual se resumió la situación actual de los RESPEL en Colombia con las siguientes características: x. La gestión no se realiza de forma planificada.. x. El manejo está orientado más hacia el tratamiento y disposición final que a la prevención y el aprovechamiento.. x. La normatividad se encuentra dispersa.. x. Existe desconocimiento por parte de generadores, gestores o receptores, autoridades y comunidad en general sobre el tema.. x. No existe un sistema de manejo separado, excepto para algunas corrientes de residuos. Por lo general la disposición final se realiza con los residuos no peligrosos.. x. Falta de compromiso por parte de los generadores para asumir su responsabilidad frente a la gestión y el manejo.. x. Existe una cultura basada en la tendencia a consumir el producto más económico, sin importar su gestión posconsumo.. x. Existen pocos incentivos económicos y financieros que promuevan la gestión integral.. x. Existen pocas empresas que prestan los servicios para el manejo de RESPEL.. x. El país no dispone de reglamentos técnicos especializados en la materia, que faciliten la clasificación, identificación, caracterización y manejo adecuado de los RESPEL.. x. Hay una limitada oferta analítica para la caracterización de RESPEL.. x. Actualmente no existen laboratorios acreditados.. x. Falta de adopción de alternativas de producción más limpia, por parte de los sectores productivos, que conduzcan a la prevención y a la minimización en el origen de los RESPEL.. x. La oferta en el transporte especializado de RESPEL es limitada y en muchos casos se realiza sin los requisitos legales.. x. Baja capacidad técnica y de infraestructura de las autoridades aduaneras para controlar los movimientos transfronterizos de RESPEL.. x. Se presentan casos de abandono de RESPEL que ponen en grave riesgo a la población y causan problemas de contaminación, lo que se traduce en pasivos sociales y ambientales de difícil manejo.. x. Falta de coordinación institucional y baja capacidad de gestión de las autoridades para promover la gestión de RESPEL.. [1]. Según la mencionada política ambiental del M.A.V.D.T, los principales sectores en Colombia que generan RESPEL son: industrial, agroindustrial, servicios, transporte,. METODOLOGÍA PARA LA CLASIFICACIÓN DE RESIDUOS O DESECHOS PELIGROSOS POR PARTE DEL GENERADOR.

(24) Universidad de los Andes Facultad de Ingeniería Departamento de ingeniería Civil y Ambiental. JORGE ELIECER RODRÍGUEZ CALA IAMB 20062021 Página: 24 de 60. informática, comunicaciones, hotelero, estaciones y centros de servicio automotriz, tratamiento de aguas residuales, servicios de iluminación de áreas públicas, laboratorios fotográficos, lavanderías y tintorerías, y minero-energético. El M.A.V.D.T en convenio con FUNDES y con apoyo de la CVC y el Consejo Empresarial COlombiano para el DEsarrollo Sostenible (CECODES), realizaron en el año 2004 una estimación de la producción nacional de RESPEL, con base en los inventarios realizados en Cali-Yumbo y Bogotá-Soacha y posteriormente esos resultados fueron extrapolados al resto del país. También en la política de RESPEL se presentan las estimaciones numéricas de la generación de RESPEL para las principales empresas (Ver Tabla 1 y Figura 1), así: fabricación de sustancias y productos químicos derivados del petróleo y del carbón, de caucho y plástico con 149.107,15 ton/año, que representan el 39% de la producción nacional; industrias metálicas básicas con 78.463 ton/año, que representan el 20% de la producción nacional; y las industrias minerales no metálicas con 63.795,13 ton/año que representan el 16% de la producción nacional. Estas industrias representan el 75% de la producción total nacional de RESPEL.. TABLA 1. Producción de RESPEL de la industria en Colombia.. METODOLOGÍA PARA LA CLASIFICACIÓN DE RESIDUOS O DESECHOS PELIGROSOS POR PARTE DEL GENERADOR.

(25) Universidad de los Andes Facultad de Ingeniería Departamento de ingeniería Civil y Ambiental. JORGE ELIECER RODRÍGUEZ CALA IAMB 20062021 Página: 25 de 60. FIGURA 1. Producción de RESPEL de la industria en Colombia.. Otros datos estadísticos que ayudan a dimensionar la problemática de RESPEL en Colombia incluyen: x. En el país existen aproximadamente 270 ton de plaguicidas obsoletos almacenados principalmente en los siguientes sitios: Medellín y Urabá (Antioquia), Barranquilla (Atlántico), Bogotá y Girardot (Cundinamarca), Cartagena (Bolívar), Manizales (Caldas), Honda (Tolima) y Villavicencio (Meta). [4]. x. Se generan aproximadamente 5.820 ton/año (3.050 ton de plástico, 2.350 ton de metal) de envases contaminados con agroquímicos. [5]. x. Del 10% al 40% de los residuos del sector de la salud son peligrosos, estos son provenientes principalmente de residuos biológico-infecciosos y los medicamentos vencidos o fuera de especificaciones. Se concluye que la generación de residuos de las Instituciones Prestadoras de Salud y Entidades Sociales del Estado es aproximadamente de 56.520 ton/año. [6]. x. El sector del transporte es muy representativo en la generación de RESPEL, pues en este se destacan los RESPEL provenientes de líquidos para frenos y embragues, baterías usadas, aceites lubricantes usados y sus filtros [6].. METODOLOGÍA PARA LA CLASIFICACIÓN DE RESIDUOS O DESECHOS PELIGROSOS POR PARTE DEL GENERADOR.

(26) Universidad de los Andes Facultad de Ingeniería Departamento de ingeniería Civil y Ambiental. x. JORGE ELIECER RODRÍGUEZ CALA IAMB 20062021 Página: 26 de 60. En el sector minero-energético se destaca la generación de aceites usados, esta se estima en 96.034,08 m3/año a nivel nacional. [6]. x. De acuerdo a los compromisos internacionales, las existencias de aceites dieléctricos y equipos contaminados con PCB deben ser retirados de los sistemas de suministro de energía y eliminados de manera ambientalmente segura, antes del 2028 [7].. 5. HERRAMIENTAS PARA LA GESTIÓN DE RESPEL. Está metodología representa una etapa fundamental en la gestión de RESPEL, que aunque es crucial, porque de una adecuada clasificación depende el éxito de la gestión de RESPEL; es tan solo una mínima parte en el ciclo total de la gestión de RESPEL. Es por esto que con el fin de proporcionar herramientas para facilitar la implementación del sistema de gestión integral de RESPEL, a continuación se presenta: Procedimiento para determinar la peligrosidad, Obligaciones del generador, Clasificación de generadores, Responsabilidades del generador, Prohibiciones, Elementos de un plan de gestión integral, Contenido del etiquetado de residuos, Contenido de una ficha de seguridad, Normas de seguridad e higiene y Contenido del manifiesto de transporte. 5.1. PROCEDIMIENTO PARA DETERMINAR LA PELIGROSIDAD. Según el Artículo 7 del Decreto 4741, para identificar si un residuo o desecho es peligroso se puede utilizar el siguiente procedimiento: a) Con base en el conocimiento técnico sobre las características de los insumos y procesos asociados con el residuo generado, se puede identificar si el residuo posee una o varias de las características que le otorgarían la calidad de peligroso. b) A través de las listas de RESPEL contenidas en el Anexo I y II del mismo decreto. c) A través de la caracterización físico-química de los residuos o desechos generados.. [2]. Para complementar lo anterior se debe tener en cuenta:. METODOLOGÍA PARA LA CLASIFICACIÓN DE RESIDUOS O DESECHOS PELIGROSOS POR PARTE DEL GENERADOR.

(27) Universidad de los Andes Facultad de Ingeniería Departamento de ingeniería Civil y Ambiental. JORGE ELIECER RODRÍGUEZ CALA IAMB 20062021 Página: 27 de 60. a) Los RESPEL incluidos en el Anexo I[18] y Anexo II[20] se considerarán peligrosos a menos que no presenten ninguna de las características de peligrosidad descritas en el Anexo III[19]. b) Los RESPEL incluidos en el Anexo IX[21] se consideran no peligrosos, a menos que contengan materiales incluidos en el anexo I[18] en una cantidad tal que les confiera una de las características del anexo III[19]. El generador podrá demostrar ante la autoridad ambiental que sus residuos no presentan ninguna característica de peligrosidad, para lo cual deberá efectuar la caracterización físico-química. 5.2. OBLIGACIONES DEL GENERADOR a) Garantizar la gestión y manejo integral de los RESPEL que genera. b) El Generador tiene un plazo de doce meses, a partir del 31 de Diciembre de 2005, para elaborar un plan de gestión integral de los RESPEL que genere, tendiente a prevenir la generación y reducción en la fuente, así como, minimizar la cantidad y peligrosidad de los mismos. En este plan deberá igualmente documentarse el origen, cantidad, características de peligrosidad y manejo que se dé a los RESPEL. Este plan deberá ser actualizado cada vez que haya cambios en el proceso de producción o los insumos usados; no requiere ser presentado a la autoridad ambiental, no obstante lo anterior, deberá estar disponible para cuando ésta realice actividades propias de control y seguimiento ambiental. c) Identificar las características de peligrosidad de cada uno de los RESPEL que genere, para lo cual podrá tomar como referencia el procedimiento establecido en el artículo 7 del Decreto 4741, sin perjuicio de lo cual la autoridad ambiental podrá exigir en determinados casos la caracterización físico-química de los residuos o desechos si así lo estima conveniente o necesario. d) Suministrar al transportista de los RESPEL las respectivas Hojas de Seguridad. e) Registrarse ante la autoridad ambiental competente por una sola vez y mantener actualizada la información de su registro anualmente. f). Capacitar al personal encargado de la gestión y el manejo de los RESPEL en sus instalaciones, con el fin de divulgar el riesgo que estos residuos representan para la salud y el ambiente, además, brindar el equipo para el manejo de estos y la protección personal necesaria para ello.. METODOLOGÍA PARA LA CLASIFICACIÓN DE RESIDUOS O DESECHOS PELIGROSOS POR PARTE DEL GENERADOR.

(28) Universidad de los Andes Facultad de Ingeniería Departamento de ingeniería Civil y Ambiental. JORGE ELIECER RODRÍGUEZ CALA IAMB 20062021 Página: 28 de 60. g) Contar con un plan de contingencia actualizado y personal preparado para atender cualquier accidente o eventualidad que se presente. En caso de tratarse de un derrame de estos residuos el plan de contingencia debe seguir los lineamientos del Decreto 321 de 1999 por el cual se adopta el Plan Nacional de Contingencia contra Derrames de Hidrocarburos, Derivados y Sustancias Nocivas en aguas Marinas, Fluviales y Lacustres o aquel que lo modifique o sustituya y para otros tipos de contingencias el plan deberá estar articulado con el plan local de emergencias del municipio. h) Conservar las certificaciones de almacenamiento, aprovechamiento, tratamiento o disposición final que emitan los respectivos receptores, hasta por un tiempo de cinco (5) años. i). Tomar todas las medidas de carácter preventivo o de control previas al cese, cierre, clausura o desmantelamiento de su actividad con el fin de evitar cualquier episodio de contaminación que pueda representar un riesgo a la salud y al ambiente, relacionado con sus RESPEL.. j). Contratar los servicios de almacenamiento, aprovechamiento, recuperación, tratamiento y/o disposición final de RESPEL con instituciones autorizadas. [2]. 5.3. CLASIFICACIÓN DE GENERADORES. El Decreto 4741 establece la clasificación de los generadores y los respectivos plazos de estos para registrarse ante la autoridad ambiental competente. En la Tabla 2 se presenta esta información. Tipo de generador. Cantidad generada últimos 6 meses (kg/mes). Plazo Máximo para el Registro*. Gran Generador. Mayor o igual a 1000. 12 meses. Mediano Generador. 100 – 1000. 18 meses. Pequeño Generador. 10 – 100. 24 meses. Tabla 2. Clasificación de los generadores (*a partir del 31 de Diciembre de 2005) Fuente: Decreto 4741/05. 5.4. RESPONSABILIDADES DEL GENERADOR a) El almacenamiento de RESPEL en instalaciones del generador no podrá superar un tiempo de doce (12) meses. b) El generador es responsable de los RESPEL que él genere y su responsabilidad se extiende a sus afluentes, emisiones, productos y subproductos, por todos los efectos ocasionados a la salud y al ambiente. c) La responsabilidad integral del generador subsiste hasta que el RESPEL sea aprovechado como insumo o dispuesto con carácter definitivo.. METODOLOGÍA PARA LA CLASIFICACIÓN DE RESIDUOS O DESECHOS PELIGROSOS POR PARTE DEL GENERADOR.

(29) Universidad de los Andes Facultad de Ingeniería Departamento de ingeniería Civil y Ambiental. JORGE ELIECER RODRÍGUEZ CALA IAMB 20062021 Página: 29 de 60. d) El generador continuará siendo responsable en forma integral por los efectos ocasionados a la salud o al ambiente, de un contenido químico o biológico no declarado al receptor y a la autoridad ambiental.. e) El receptor del RESPEL asumirá la responsabilidad integral del generador, una vez lo reciba del transportador y haya efectuado o comprobado el aprovechamiento o disposición final del mismo. Mientras tanto el receptor es solidariamente responsable con el generador. [2]. 5.5. PROHIBICIONES a) Introducir al territorio nacional residuos nucleares y desechos tóxicos. b) Importar residuos o desechos que contengan o estén constituidos por Contaminantes Orgánicos Persistentes (Aldrín, Clordano, Dieldrín, Endrín, Heptacloro, Hexaclorobenceno, Mirex, Toxafeno, Bifenilos Policlorados, DDT). c) Importar equipos o sustancias que contengan Bifenilos Policlorados (PCB), en una concentración igual o superior a 50 mg/kg. d) Quemar RESPEL a cielo abierto. e) Ingresar RESPEL en rellenos sanitarios, si no existen celdas de seguridad dentro de éste, autorizadas para la disposición final de este tipo de residuos. f) Transferir. transformadores o equipos eléctricos en desuso con aceite y aceites dieléctricos. usados mediante remates, bolsas de residuos, subastas o donaciones públicas o privadas sin informar previamente a la autoridad ambiental competente los resultados de las caracterizaciones físico-químicas efectuadas para determinar el contenido o no de bifenilos policlorados. f). La disposición o enterramiento de RESPEL en sitios no autorizados para esta finalidad por la autoridad ambiental competente.. g) El abandono de RESPEL en vías, suelos, humedales, parques, cuerpos de agua o en cualquier otro sitio. [2]. 5.6. ELEMENTOS DE UN PLAN DE GESTIÓN INTEGRAL DE RESPEL. De. acuerdo. al. “III. CONGRESO. INTERNACIONAL. ECOEFICIENCIA. Y. COMPETITIVIDAD EMPRESARIAL”, realizado en Medellín el 20 de Octubre de 2006, para elaborar un Plan de gestión integral de RESPEL se deben considerar e incluir en el mismo los siguientes elementos: a) Objetivo, metas e indicadores b) Descripción general de las actividades que desarrolla el generador. METODOLOGÍA PARA LA CLASIFICACIÓN DE RESIDUOS O DESECHOS PELIGROSOS POR PARTE DEL GENERADOR.

(30) Universidad de los Andes Facultad de Ingeniería Departamento de ingeniería Civil y Ambiental. JORGE ELIECER RODRÍGUEZ CALA IAMB 20062021 Página: 30 de 60. c) Identificación, clasificación y cuantificación d) Análisis de las alternativas de minimización e) Procedimientos de manejo interno de los RESPEL f) Identificación de los procesos de manejo a los cuales serán sometidos los desechos fuera de la instalación generadora g) Consolidado del manejo de los respes generados h) Identificación del personal que se encarga de la ejecución y operación del plan así como su capacitación. i) Mecanismos de seguimiento, evaluación y mejora del plan.. 5.7. [8]. CONTENIDO DEL ETIQUETADO DE RESIDUOS a) El código de identificación de los residuos que contiene, según el sistema de identificación que se describe en el anexo I del Real Decreto 833/1988 y modificado por el Real Decreto 952/1997. b) Nombre, dirección y teléfono del titular de los residuos. c) Fechas de inicio y final de envasado. d) La naturaleza de los riesgos que presentan los residuos indicados por los pictogramas correspondientes. [22]. .. e) Riesgos específicos (frases R) f). [10]. y consejos de prudencia (frases S). [10]. .. El etiquetado de un producto implica la asignación de unas categorías de peligro definidas y preestablecidas basadas en las propiedades fisicoquímicas, en las toxicológicas, en los efectos específicos sobre la salud humana y en los efectos sobre el medio ambiente, [10]. identificadas mediante pictogramas y símbolos de peligrosidad C, N).. 5.8. (E, O, F+, F, T+, T, Xn, Xi,. [9]. CONTENIDO DE UNA FICHA DE SEGURIDAD a) Identificación de la sustancia y del responsable de su comercialización. b) Composición / información sobre los componentes. c) Identificación de los peligros. d) Primeros auxilios. e) Medidas de lucha contra incendios. f). Medidas que deben tomarse en caso de vertido accidental.. g) Manipulación y almacenamiento. h) Controles de exposición / protección individual.. METODOLOGÍA PARA LA CLASIFICACIÓN DE RESIDUOS O DESECHOS PELIGROSOS POR PARTE DEL GENERADOR.

(31) Universidad de los Andes Facultad de Ingeniería Departamento de ingeniería Civil y Ambiental i). Propiedades físico-químicas.. j). Estabilidad y reactividad.. JORGE ELIECER RODRÍGUEZ CALA IAMB 20062021 Página: 31 de 60. k) Informaciones toxicológicas. l). Informaciones ecológicas.. m) Consideraciones relativas a la eliminación. n) Informaciones relativas al transporte. ñ) Informaciones reglamentarias. o) Otras informaciones. [9] En la página Web www.mtas.es/insht/ipcsnspn/nspn0000.htm se pueden consultar las Fichas Internacionales de Seguridad Química.. 5.9. NORMAS DE SEGURIDAD E HIGIENE a) Antes de añadir cualquier tipo de residuo a un envase, asegurarse de que el envase es el correcto y está debidamente etiquetado. b) Los envases deberán permanecer siempre cerrados y sólo se abrirán el tiempo imprescindible para introducir algún residuo. c) Si se duda en la clasificación de algún residuo, así como de posibles reacciones, situarlo en un envase por separado. No mezclar. d) El vertido de los residuos en los envases correspondientes se ha de efectuar de una forma lenta y controlada. Esta operación será interrumpida si se observa cualquier fenómeno anormal, como la producción de gases o un incremento excesivo de la temperatura. Una vez acabada la operación se cerrará el envase hasta la próxima utilización. De esta forma se reducirá la exposición a los residuos generados, así como el riesgo de posibles derrames. e) Los envases no se llenarán más del 80% aproximadamente de su capacidad, con la finalidad de evitar salpicaduras, derrames o sobrepresiones. Una vez llenados hasta el 80%, cerrar y trasladar al almacén temporal para su recogida. f). Los envases se depositarán en el suelo para prevenir la caída a distinto nivel. Los envases en uso nunca se dejarán en zonas de paso o lugares que puedan dar lugar a tropiezos, y siempre se mantendrán alejados de cualquier fuente de calor.. g) Siempre debe evitarse el contacto directo con los residuos, utilizando los equipos de protección individual adecuados a sus características de peligrosidad. Los residuos de los cuales se desconozcan sus propiedades deberán considerarse peligrosos, tomando las máximas precauciones. h) Se deben tener disponibles para ser consultadas las fichas de datos de seguridad de los compuestos químicos utilizados.. METODOLOGÍA PARA LA CLASIFICACIÓN DE RESIDUOS O DESECHOS PELIGROSOS POR PARTE DEL GENERADOR.

(32) Universidad de los Andes Facultad de Ingeniería Departamento de ingeniería Civil y Ambiental. JORGE ELIECER RODRÍGUEZ CALA IAMB 20062021 Página: 32 de 60. i). Se recomienda no manipular residuos en solitario.. j). No mezclar residuos líquidos inmiscibles. La existencia de varias fases dificulta su tratamiento posterior. Los residuos sólidos nunca se compactarán.. k) El transporte de envases de 30 litros o más se realizará en carretillas para evitar riesgos de rotura y derrame, así como lesiones físicas causadas por sobreesfuerzos. [9]. 5.10 CONTENIDO DEL MANIFIESTO DE TRANSPORTE a) Número serial del documento. b) Datos identificatorios del generador, del transportista y de la planta destinataria. c) Los respectivos números de inscripción en el Registro de Generadores y Operadores de RESPEL. d) Descripción y composición de los residuos. e) Cantidad total en unidades de peso, volumen y concentración de cada uno de los RESPEL a ser transportados, tipo y número de contenedores que se carguen en el vehículo de transporte. f). Instrucciones especiales para el transportista y el operador en el sitio de disposición final.. g) Firmas del generador, del transportista y del responsable de la planta de tratamiento. [9]. 6. METODOLOGÍA PARA LA CLASIFICACIÓN DE RESPEL PARA UN GENERADOR. 6.1. LISTADO ÚNICO DE PROCESOS GENERADORES DE RESPEL. Para lograr una objetiva clasificación de RESPEL se requiere identificar las fuentes de incertidumbre y tratar de eliminarlas. De acuerdo a eso se definió que así como la ley da el beneficio de confiar en la buena fe del generador, también le debe proporcionar herramientas que le permitan ser más objetivo al momento de definir, con base en su experiencia, cuales de sus residuos se pueden descartar a priori como POTENCIAL-RESPEL. Es por esto que a partir de los listados de procesos generadores de Basilea (Anexo I y II) y de la Unión Europea se elaboró un Listado único de procesos generadores. Este listado único se presenta en el Anexo 1 y se considera en la metodología desarrollada en este proyecto, de tal forma que al comienzo de la metodología el. METODOLOGÍA PARA LA CLASIFICACIÓN DE RESIDUOS O DESECHOS PELIGROSOS POR PARTE DEL GENERADOR.

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