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Cuáles Son Sus Derechos Legales

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Los gravámenes y embargos por

deuda de impuestos federales

EL SERVICIO recaudador de impuestos, IRS, tiene dos

formas poderosas para cobrar los impuestos que se le deben: el gra va men y el em bargo ejecutivo. Aunque estos a menudo son mencionados juntos, un gra va men es diferente a un em bargo. Un gra va men por impuestos federales es un aviso del derecho que tiene el recaudador sobre su propiedad, (una garantía prendaria), pero no da lugar a que el recaudador secuestre sus bienes. El secuestro o dominio real de la propiedad se lleva a cabo por medio de un em bargo. El dominio de los bienes no significa El servicio recaudador

de impuestos, IRS, tiene

dos formas poderosas para cobrar los

impuestos que se le deben: el gra va men y el em bargo ejecutivo.

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Derechos Legales

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necesariamente que se saque algo de su casa (aunque esto puede ocurrir, rara vez sucede). Más comúnmente, el término se refiere a la interceptación de dinero proveniente de su salario o las prestaciones an tes de que el dinero le llegue a usted.

Vamos a hablar de las diferencias que existen en tre un gra va men y un em bargo y la forma en que el servicio recaudador los utiliza.

Un gra va men por impuestos federales Si usted le debe mucho dinero al recaudador de impuestos, este impondrá un gra va men en su con tra. Normalmente el gra va men se registra en

el condado donde el contribuyente vive o tiene alguna propiedad raíz. El gra va men no nombra ni identifica ninguna propiedad e s p e c í f i c a , p e r o s e a d h i e r e a t o d a propiedad que usted tenga en el condado donde se registre. El gra va men se adhiere a los bienes inmuebles

(por ejemplo, una casa) y a los bienes personales (por ejemplo, una joya) que usted tenga en el momento en que se registre el gra va men y a cualquier pertenencia que adquiera o compre después de que se registre el mismo. A la mayoría de la gente le inquietan los gravámenes fiscales, ya que estos tienen un impacto en la vivienda, lo que puede convertirse en un problema cuando se trata de vender o refinanciar el inmueble. Los gravámenes fiscales también afectan su puntaje de crédito y, en algunos casos, puede afectar su capacidad para conseguir un empleo. He aquí un ejemplo de cómo funciona un gra va men:

San dra tiene una casa valorada en $200.000. Ella tiene una hipoteca pero t o d a v í a d e b e $175.000. San dra debe $20.000 en i m p u e s t o s f e d e r a l e s , y e l r e c a u d a d o r d e impuesto registró un gra va men en su con tra. An tes de que se registrara el

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Una parte del costo de esta publicación se cubrió con la ayuda proporcionada por el fondo IOLTA del colegio de abogados de Nueva Jer sey.

© 2011 Le gal Ser vices of New Jer sey

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Un gra va men por impuestos federales puede convertirse en un problema cuando se trata de vender o refinanciar el inmueble.

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gra va men por impuestos federales, San dra tenía $25.000 en cap i tal inmobiliario en la vivienda ($ 200.000 valor de la casa - $175.000 h i p o t e c a = $ 2 5 . 0 0 0 c a p i t a l inmobiliario). Pero ahora, $20.000 del cap i tal inmobiliario que San dra tiene en su vivienda le pertenecen al servicio recaudador de impuestos. Además, el recaudador puede agregar multas e intereses a esta cantidad. Si San dra quiere vender o r e f i n a n c i a r s u v i v i e n d a , e l recaudador, en el momento del cierre, obtendrá el importe del gra -va men más los intereses y las multas que se han acumulado y los costos del proceso para liberar el gra va men. A n t e r i o r m e n t e , e l r e c a u d a d o r registraba los gravámenes como una norma sólo si la cantidad adeudada era mayor a los $ 5 . 0 0 0 . S i n e m b a r g o , e n 2 0 1 1 , e l recaudador de impuestos como parte de su iniciativa “Fresh Start”, aumentó el límite para el gra va men y ahora en gen eral registra dicho gra va men sólo si el monto adeudado supera los $10.000. Tenga en cuenta que el reciente cambio en el límite n o l i b e r a r á u n g r a v a m e n a n t e r i o r registrado por un monto menor a los $10.000.

Si el recaudador dicta un gra va men en su con tra usted recibirá una notificación. Si no está de acuerdo con la imposición, tiene 30 días para presentar una apelación por medio de una acción para el debido proceso de cobro (CDP). En una apelación bajo el debido proceso de cobro usted podrá explicar la razón por la que cree que el gra va men no es adecuado, incluyendo la defensa por ser un cónyuge inocente u otra defensa.

Un gra va men se libera cuando la suma adeudada se paga o es ajustada (por ejemplo, usted gana la apelación y el

recaudador de impuestos está de acuerdo en que usted no debe el dinero). El gra va -men caduca automática-mente cuando se vence la ley de prescripción para el cobro. Esto generalmente sucede 10 años después de la fecha de la imposición (la fecha en que se determina que debe los impuestos). También, en ciertas circunstancias, le puede solicitar al recaudador que re tire el gra va men.

Un em bargo por impuestos federales En em bargo tributario es lo que en realidad le permite al recaudador de impuestos quitarle la propiedad. En el caso de los contribuyentes que tienen bajos ingresos, la mayoría de los embargos se hacen a las cuentas bancarias, los salarios, los futuros reembolsos de impuestos, e incluso las prestaciones del Seguro So cial. Un em bargo a una cuenta bancaria sólo es válido por la cantidad que se encuentra depositada en la cuenta en el momento en que se le notifica del em bargo y no afectará los depósitos futuros. Sin em bargo un em -bargo a los salarios o las prestaciones, es continúo, y significa que su salario o las prestaciones estarán embargadas hasta que pague la deuda en su totalidad. Existen varias formas en las que el servicio recaudador puede embargar.

El programa para el em bargo de los pagos federales

El programa para el em bargo de los pagos federales, The Fed eral Pay ment Levy Pro gram (FPLP) es una forma en la que el

r e c a u d a d o r c o b r a l o s i m p u e s t o s adeudados. En el caso de los contribuyentes con bajos ingresos o con discapacidades, a menudo el impacto se ve en un em bargo a las prestaciones brindadas por el Seguro So -cial. El recaudador de impuestos compara su lista de contribuyentes morosos con los archivos del Servicio Administrativo Financiero del Gobierno, una base de datos

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que identifica a las per so nas que tienen derecho a recibir prestaciones brindadas por el Seguro So cial u otras ayudas federales. Después de hacer un cotejo, el recaudador envía una notificación al c o n t r i b u y e n t e i n f o r m á n d o l e q u e impondrá un em bargo a los pagos que recibe del Seguro So cial. Según este programa FPLP, el recaudador puede imponer un em bargo con un máximo de hasta el 15 por ciento de los pagos que la per sona reciba del Seguro So cial cada mes. Esto incluye a las prestaciones para el sobreviviente y el seguro por discapacidad. El IRS no embarga ciertas prestaciones incluyendo las asistencias a los menores, el Seguro de Ingreso Suplementario (SSI), y las ayudas en pagos únicos por muerte.

El programa para el em bargo del reembolso tributario estatal

Por medio del programa para el em -bargo del reembolso de impuestos estatales, State In come Tax Levy (SITLP), el recaudador puede embargar su reembolso tributario estatal para pagar los impuestos federales adeudados. El programa compara las cuentas fiscales morosas con una base de datos que contiene información sobre quién recibirá un reembolso tributario estatal. Si hay un cotejo, el IRS puede

entonces embargar su reembolso. En gen -eral, el estado y el recaudador emitirán notificaciones informándole del em bargo, y el IRS le dará la oportunidad de apelar. Sin em bargo, en algunos casos, el IRS no le enviará una notificación si previamente usted recibió una notificación de la intención de embargar donde se le informaba sobre su derecho a una audiencia.

El programa para el em bargo de los pagos no federales (el programa para el em

-bargo man ual)

El em bargo man ual, Man ual Levy Pro

-gram, es un proceso que es más difícil para

el servicio recaudador de impuestos. Este proceso es extremo, ya que puede resultar en un em bargo de hasta el 100 por ciento d e l o s i n g r e s o s m e n s u a l e s d e l contribuyente. Por lo gen eral, el em bargo man ual se lleva a cabo sólo cuando el contribuyente no responde de ninguna forma y / o no coopera. Si usted ha estado sujeto a un em bargo man ual, todavía puede alegar para que se le haga una exención para pagar por los gastos razonables del mantenimiento diario. La cantidad exenta de em bargo man ual depende del tamaño de la fa milia del contribuyente y se puede encontrar en la Publicación 1494 del IRS,

www.irs.gov/pub/irs-pdf/p1494.pdf. En el

2011, la cantidad exenta al em bargo para un contribuyente in di vid ual es de $791,67 por mes.

¿Qué puede hacer si el IRS le embarga?

Primero que todo, no se asuste. Hay algunas cosas que puede hacer. Y no todo se puede embargar. Algunas cosas, como las p r e s t a c i o n e s p o r d e s e m p l e o , l a compensación laboral, la mayoría de los artículos domésticos y las herramientas necesarias para su trabajo, están exentos de em bargo. En la Sección 6334 del Código del Recaudador de Impuestos, encontrará

En el caso de los contribuyentes que tienen bajos ingresos, la mayoría de los embargos se hacen a las cuentas bancarias, salarios, futuros reembolsos de impuestos, e incluso a las prestaciones del Seguro So cial.

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una lista completa de las exenciones. Si recibe cualquier tipo de carta o notificación enviada por el IRS, como una notificación de la intención de embargar o un aviso fi nal de la intención de em bargo, usted debe tomar alguna acción inmediatamente.

¿Qué puede hacer si usted no debe los impuestos?

El IRS tiene que darle una notificación an tes de poder embargar sus bienes. Esto se llama una notificación de la intención de

e m b a r g a r . U n a v e z q u e r e c i b a e s t a

notificación, usted tiene 30 días para presentar una apelación. Si usted presenta la apelación, esto suspenderá (detendrá) la c o b r a n z a h a s t a q u e s e c o n c l u y a l a audiencia. Incluso si se le pasan los 30 días, pero cree que no debe los impuestos, existen otras cosas que puede hacer. Usted puede solicitar que se reconsidere la auditoría y mostrar pruebas de que la deuda es incorrecta, o solicitar la protección como un cónyuge inocente. El IRS suspenderá el proceso mientras se consideran dichas solicitudes, cuya revisión puede tardar varios meses.

¿Qué puede hacer si debe los impuestos, pero no los puede pagar?

Si usted cree que debe los impuestos, pero no los puede pagar, usted puede:

l Hacer un plan de pagos con el IRS, l Solicitarle al IRS que considere por el

momento que su deuda no es cobrable ,o

l Presentarle al IRS una oferta de transacción.

Llame al consultorio tributario de LSNJ para las per so nas de bajos ingresos Si usted recibe una notificación de un e m b a r g o e j e c u t i v o p o r p a r t e d e l

r e c a u d a d o r d e i m p u e s t o s , I R S , e l consultorio tributario de los Servicios Legales de Nueva Jer sey para las per so nas de bajos ingresos está disponible para b r i n d a r l e a y u d a r . P a r a o b t e n e r información sobre cualquier asunto relacionado con los impuestos, póngase en contacto con el consultorio tributario para las per so nas de bajos ingresos en el 1-888-576-5529. Recuerde, si usted no responde a la notificación, es prob a ble que pierda sus derechos ante el servicio

recaudador de impuestos. r

Este artículo fue traducido del inglés por Al Moreno, coordinador del servicio lingüístico en LSNJ.

Este artículo está disponible en nuestro sitio Web, www.lsnjlaw.org/espanol.

Si usted recibe una notificación de un em bargo ejecutivo por parte del recaudador de impuestos, IRS, el consultorio tributario de los Servicios Legales de Nueva Jer sey para las per so nas de bajos ingresos está disponible para brindarle ayudar.

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