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El subsidio del Sector Público de salud a la Ley

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(1)

PRESENTACIÓN A COMISIÓN INVESTIGADORA

El subsidio del Sector Público de

salud a la Ley 16.744

Dra. Jeanette Vega Morales

Directora de FONASA 1° agosto de 2016

(2)

LA PARADOJA

DE LA EQUIDAD

Consiste en que el empleo, aunque comporte riesgos, es la única fuente que asegura el

acceso a los satisfactores básicos de la mayoría de la población y por ello el eventual daño

es siempre secundario en relación a la prioridad que tiene el empleo.

Dado que los Accidentes del Trabajo y las Enfermedades Profesionales son prevenibles, su

persistencia es una subvaloración del aporte de los trabajadores a la creación de la riqueza

de una sociedad

LA SALUD DE LOS TRABAJADORES

EL SISTEMA PÚBLICO DE SALUD ES GARANTE DE LAS

CONDICIONES DE SALUD Y TRABAJO.

(3)

INFORME MINSAL 2014

Fuente: Ministerio de Salud (2015). http://web.minsal.cl/sites/default/files/files/Informe_Final_Coloquios_Salud_Ocupacional_2014.pdf

Coloquios realizados el año 2014, con participación de 634 personas, y 368 organizaciones de trabajadores, empleadores y academia.

“DESAFÍOS DE LA SALUD PÚBLICA PARA PROTECCIÓN DE LA SALUD Y CALIDAD DE

VIDA DE LOS TRABAJADORES”

(4)

Fuente: Ministerio de Salud (2015).

http://web.minsal.cl/sites/default/files/files/Informe_Final_Coloquios_Salud_Ocupacional_2014.pdf

(5)

Fuente: Ministerio de Salud (2015).

http://web.minsal.cl/sites/default/files/files/Informe_Final_Coloquios_Salud_Ocupacional_2014.pdf

(6)

CARACTERIZACIÓN DE TRABAJADORES

84% de los trabajadores

protegidos por el

Seguro de la Ley N°

16.744 pertenecen a

empresas adheridas a

Mutualidades.

74% de los trabajadores

del país con cobertura

de Ley 16.744 están

afiliados a FONASA.

GRAN PARTE DE LOS TRABAJADORES CUBIERTOS POR LA LEY

16.744 SE ATIENDEN EN LA RED ASISTENCIAL

(7)

CARACTERIZACIÓN DE TRABAJADORES QUE COTIZAN EN

FONASA

23%

de las LM corresponden a

Salud Mental*

Incorpora al

76%

de las

mujeres

cubiertas por la Ley 16.744

*N° de LM por SM 778.986, 2015 **N° de LM por OTM 761.625, 2015

Trabajan en el Sector Servicio, Comercio

y Construcción.

La mayoría tiene ingresos menores a

< 350 mil pesos

Incorpora al

93%

de los

trabajadores del sector

Agrícola

;

al

82%

de la

Construcción,

y al

78%

Comercio

PRINCIPALES DIAGNÓSTICOS DE LAS LICENCIAS MÉDICAS (LM)

DE TRABAJADORES QUE COTIZAN EN FONASA

23% de las LM corresponden

a

Enfermedades

(8)

CONDICIONES DE TRABAJO

FAL

T

A DE

INFOR

MACIÓN

TRABAJADOR CENTRO MÉDICO EMPLEADOR

SUBDIAGNÓSTICO

DIAGNÓSTICO Enfermedad Laboral / Accidente del Trabajo MUTUAL CENTRO MÉDICO

RECHAZO

SUBDECLARACIÓN

PREVENCIÓN y

FISCALIZACIÓN

FISCA

LIZACIÓN

(9)

LAS PROPUESTAS PLANTEADAS ABORDAN 3 ASPECTOS

PROBLEMAS DE

ACCESO

DIFICULTAD

(10)

Normar que los Excedentes de las Mutualidades se orienten principalmente a acciones preventivas y no sólo a inversiones de la infraestructura clínica. Modificar el D.S. n°67 (sobre exenciones, rebajas

y recargos de la cotización adicional diferenciada)

cambiando el foco del incentivo relativo al alza de

las tasas de siniestralidad hacia uno preventivo.

Reincorporar el aporte por parte de las Mutualidades al Estado para acciones de Inspección y Prevención de accidentes y enfermedades profesionales definidas en

el Art. 21 de la Ley 16.744 (actualmente solo aporta el

ISL).

Exigir la implementación de Programas de Vigilancia

Epidemiológica del Ambiente y de las Personas

por parte de los Organismos Administradores.

Eliminar la diferenciación Obrero-Empleado que rige

para los trabajadores de empresas adheridas al ISL.

PROPUESTAS NORMATIVAS

(11)

Se requieren

procedimientos claros de atención médica, de cobertura y ámbitos de competencias entre las distintas instituciones de la

Seguridad Social en materias de salud común y

laboral.

Acotar los Plazos para “estudio y calificación de origen laboral” y que éstos sean menores en el caso de

los Accidentes del trabajo.

Que el periodo de estudio de una probable

enfermedad profesional, el cual debe estar

protocolizado, el organismo administrador que recibe al

trabajador se haga cargo del financiamiento.

Que frente al rechazo de una licencia médica tipo 5 o

6 por parte de una Mutualidad, ésta sea la responsable de demostrar

que esa enfermedad u accidente es de origen

común.

Que frente al rechazo de una atención médica por calificación como no laboral por parte de una Mutualidad,

ésta es la responsable de demostrar que esa enfermedad u accidente es

de origen común.

PROPUESTAS NORMATIVAS

(12)

Cambiar la definición de Enfermedad

Profesional:

El comité Mixto OMS-OIT en el año 1990 y la OIT el año 2010, proponen considerar en la definición de la enfermedad profesional los conceptos de: •Exposición a factores de riesgo que resulten de la actividad laboral •El reconocimiento de la enfermedad con una base epidemiológica. Revisar pertinencia de la atención de los trabajadores con Patología común en los Centros Médicos de Mutualidades.

•Distrae el rol de las Mutuales y confunde al trabajador (dada la asimetría de

información entre el trabajador y el

prestador, éstos creen que atendiéndose la Mutual siempre están cubierto por la ley 16.744). Crear un organismo Autónomo para la Contraloría Médica de los casos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales (Calificación, Licencia Médica y Evaluación de Invalidez). •Genera mayor confianza y Experticia en esta área. Asegurar la aplicación periódica de la Encuesta Nacional de Empleo, Trabajo, Salud y Calidad de Vida de Trabajadores y Trabajadoras en Chile.

•Con el fin de evaluar el impacto de las diversas políticas públicas impulsadas.

(13)

1. Instruir la Notificación Obligatoria de algunas enfermedades profesionales:

Impulsar la implementación de Redes Centinelas en la RAS.

Existen experiencias internacionales exitosas, por ejemplo, Estados Unidos y Europa.

(14)

Ejemplo red centinela de Navarra, España

(15)

2. Instruir a cada Servicio de Salud del país que implemente un modelo de

pesquisa de los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales

FUNDAMENTOS

Contamos con una Red Asistencial de Salud con alta cobertura y distribuida

territorialmente con la mayor expansión de infraestructura y de recursos humanos.

Esta RAS atiende tanto al Trabajador que labora o reside en su Jurisdicción.

La Inserción de la salud ocupacional en la Red Asistencial de Salud le da una

permanencia y capacidad de respuesta en el tiempo.

PROPUESTA PARA MEJORAR LA PESQUISA OCUPACIONAL

“Sistema de pesquisa, registro y control del subsidio cruzado de accidentes del trabajo y

enfermedades profesionales entre la ley 18.469 y la ley 16.744, en el sistema de salud

común público”

(16)

La implementación de modelos de pesquisa de cada Servicio de Salud fortalecerá el

Sistema de Información en Salud Ocupacional (SINAISO) y su interoperabilidad SISESAT.

PROPUESTA PARA MEJORAR LA PESQUISA OCUPACIONAL

(17)

“Hay consenso entre los trabajadores, empleadores, técnicos y académicos

respecto de la necesidad de actualizar la Ley 16.744 y sus reglamentos, pero

sin que esto signifique mayor privatización del sistema, que exista más

control sobre las mutualidades y un énfasis preventivo de las empresas,

que estas adopten medidas de prevención en la fuente u origen de peligro

y en las condiciones de empleo que pueden estar enfermando a las

personas (empleo precario, la sub contratación, riesgos quimios, salud

mental, etc.), así como incorporar la responsabilidad penal en el caso de

incumplimiento a las normas de Seguridad y Salud en el Trabajo”.

POLÍTICA NACIONAL DE SALUD, SEGURIDAD

Y CALIDAD DE VIDA EN EL TRABAJO

En el ámbito de acción “Actualizar la legislación y la normativa existente en materia de Seguridad, Salud y Calidad de Vida en el Trabajo” se señala:

Fuente: Ministerio de Salud (2015).

http://web.minsal.cl/sites/default/files/files/Informe_Final_Coloquios_Salud_Ocupacional_2014.pdf

PROPUESTA DEL SECTOR SALUD

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