PRESENTACIÓN A COMISIÓN INVESTIGADORA
El subsidio del Sector Público de
salud a la Ley 16.744
Dra. Jeanette Vega Morales
Directora de FONASA 1° agosto de 2016
LA PARADOJA
DE LA EQUIDAD
Consiste en que el empleo, aunque comporte riesgos, es la única fuente que asegura el
acceso a los satisfactores básicos de la mayoría de la población y por ello el eventual daño
es siempre secundario en relación a la prioridad que tiene el empleo.
Dado que los Accidentes del Trabajo y las Enfermedades Profesionales son prevenibles, su
persistencia es una subvaloración del aporte de los trabajadores a la creación de la riqueza
de una sociedad
LA SALUD DE LOS TRABAJADORES
EL SISTEMA PÚBLICO DE SALUD ES GARANTE DE LAS
CONDICIONES DE SALUD Y TRABAJO.
INFORME MINSAL 2014
Fuente: Ministerio de Salud (2015). http://web.minsal.cl/sites/default/files/files/Informe_Final_Coloquios_Salud_Ocupacional_2014.pdf
Coloquios realizados el año 2014, con participación de 634 personas, y 368 organizaciones de trabajadores, empleadores y academia.
“DESAFÍOS DE LA SALUD PÚBLICA PARA PROTECCIÓN DE LA SALUD Y CALIDAD DE
VIDA DE LOS TRABAJADORES”
Fuente: Ministerio de Salud (2015).
http://web.minsal.cl/sites/default/files/files/Informe_Final_Coloquios_Salud_Ocupacional_2014.pdf
Fuente: Ministerio de Salud (2015).
http://web.minsal.cl/sites/default/files/files/Informe_Final_Coloquios_Salud_Ocupacional_2014.pdf
CARACTERIZACIÓN DE TRABAJADORES
84% de los trabajadores
protegidos por el
Seguro de la Ley N°
16.744 pertenecen a
empresas adheridas a
Mutualidades.
74% de los trabajadores
del país con cobertura
de Ley 16.744 están
afiliados a FONASA.
GRAN PARTE DE LOS TRABAJADORES CUBIERTOS POR LA LEY
16.744 SE ATIENDEN EN LA RED ASISTENCIAL
CARACTERIZACIÓN DE TRABAJADORES QUE COTIZAN EN
FONASA
23%
de las LM corresponden a
Salud Mental*
Incorpora al
76%
de las
mujeres
cubiertas por la Ley 16.744
*N° de LM por SM 778.986, 2015 **N° de LM por OTM 761.625, 2015
Trabajan en el Sector Servicio, Comercio
y Construcción.
La mayoría tiene ingresos menores a
< 350 mil pesos
Incorpora al
93%
de los
trabajadores del sector
Agrícola
;
al
82%
de la
Construcción,
y al
78%
Comercio
PRINCIPALES DIAGNÓSTICOS DE LAS LICENCIAS MÉDICAS (LM)
DE TRABAJADORES QUE COTIZAN EN FONASA
23% de las LM corresponden
a
Enfermedades
CONDICIONES DE TRABAJO
FAL
T
A DE
INFOR
MACIÓN
TRABAJADOR CENTRO MÉDICO EMPLEADORSUBDIAGNÓSTICO
DIAGNÓSTICO Enfermedad Laboral / Accidente del Trabajo MUTUAL CENTRO MÉDICORECHAZO
SUBDECLARACIÓN
PREVENCIÓN y
FISCALIZACIÓN
FISCA
LIZACIÓN
LAS PROPUESTAS PLANTEADAS ABORDAN 3 ASPECTOS
PROBLEMAS DE
ACCESO
DIFICULTAD
Normar que los Excedentes de las Mutualidades se orienten principalmente a acciones preventivas y no sólo a inversiones de la infraestructura clínica. Modificar el D.S. n°67 (sobre exenciones, rebajas
y recargos de la cotización adicional diferenciada)
cambiando el foco del incentivo relativo al alza de
las tasas de siniestralidad hacia uno preventivo.
Reincorporar el aporte por parte de las Mutualidades al Estado para acciones de Inspección y Prevención de accidentes y enfermedades profesionales definidas en
el Art. 21 de la Ley 16.744 (actualmente solo aporta el
ISL).
Exigir la implementación de Programas de Vigilancia
Epidemiológica del Ambiente y de las Personas
por parte de los Organismos Administradores.
Eliminar la diferenciación Obrero-Empleado que rige
para los trabajadores de empresas adheridas al ISL.
PROPUESTAS NORMATIVAS
Se requieren
procedimientos claros de atención médica, de cobertura y ámbitos de competencias entre las distintas instituciones de la
Seguridad Social en materias de salud común y
laboral.
Acotar los Plazos para “estudio y calificación de origen laboral” y que éstos sean menores en el caso de
los Accidentes del trabajo.
Que el periodo de estudio de una probable
enfermedad profesional, el cual debe estar
protocolizado, el organismo administrador que recibe al
trabajador se haga cargo del financiamiento.
Que frente al rechazo de una licencia médica tipo 5 o
6 por parte de una Mutualidad, ésta sea la responsable de demostrar
que esa enfermedad u accidente es de origen
común.
Que frente al rechazo de una atención médica por calificación como no laboral por parte de una Mutualidad,
ésta es la responsable de demostrar que esa enfermedad u accidente es
de origen común.
PROPUESTAS NORMATIVAS
Cambiar la definición de Enfermedad
Profesional:
El comité Mixto OMS-OIT en el año 1990 y la OIT el año 2010, proponen considerar en la definición de la enfermedad profesional los conceptos de: •Exposición a factores de riesgo que resulten de la actividad laboral •El reconocimiento de la enfermedad con una base epidemiológica. Revisar pertinencia de la atención de los trabajadores con Patología común en los Centros Médicos de Mutualidades.
•Distrae el rol de las Mutuales y confunde al trabajador (dada la asimetría de
información entre el trabajador y el
prestador, éstos creen que atendiéndose la Mutual siempre están cubierto por la ley 16.744). Crear un organismo Autónomo para la Contraloría Médica de los casos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales (Calificación, Licencia Médica y Evaluación de Invalidez). •Genera mayor confianza y Experticia en esta área. Asegurar la aplicación periódica de la Encuesta Nacional de Empleo, Trabajo, Salud y Calidad de Vida de Trabajadores y Trabajadoras en Chile.
•Con el fin de evaluar el impacto de las diversas políticas públicas impulsadas.
1. Instruir la Notificación Obligatoria de algunas enfermedades profesionales:
•
Impulsar la implementación de Redes Centinelas en la RAS.
•
Existen experiencias internacionales exitosas, por ejemplo, Estados Unidos y Europa.
Ejemplo red centinela de Navarra, España
2. Instruir a cada Servicio de Salud del país que implemente un modelo de
pesquisa de los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales
FUNDAMENTOS
•
Contamos con una Red Asistencial de Salud con alta cobertura y distribuida
territorialmente con la mayor expansión de infraestructura y de recursos humanos.
•
Esta RAS atiende tanto al Trabajador que labora o reside en su Jurisdicción.
•
La Inserción de la salud ocupacional en la Red Asistencial de Salud le da una
permanencia y capacidad de respuesta en el tiempo.
PROPUESTA PARA MEJORAR LA PESQUISA OCUPACIONAL
“Sistema de pesquisa, registro y control del subsidio cruzado de accidentes del trabajo y
enfermedades profesionales entre la ley 18.469 y la ley 16.744, en el sistema de salud
común público”
La implementación de modelos de pesquisa de cada Servicio de Salud fortalecerá el
Sistema de Información en Salud Ocupacional (SINAISO) y su interoperabilidad SISESAT.
PROPUESTA PARA MEJORAR LA PESQUISA OCUPACIONAL
“Hay consenso entre los trabajadores, empleadores, técnicos y académicos
respecto de la necesidad de actualizar la Ley 16.744 y sus reglamentos, pero
sin que esto signifique mayor privatización del sistema, que exista más
control sobre las mutualidades y un énfasis preventivo de las empresas,
que estas adopten medidas de prevención en la fuente u origen de peligro
y en las condiciones de empleo que pueden estar enfermando a las
personas (empleo precario, la sub contratación, riesgos quimios, salud
mental, etc.), así como incorporar la responsabilidad penal en el caso de
incumplimiento a las normas de Seguridad y Salud en el Trabajo”.
POLÍTICA NACIONAL DE SALUD, SEGURIDAD
Y CALIDAD DE VIDA EN EL TRABAJO
En el ámbito de acción “Actualizar la legislación y la normativa existente en materia de Seguridad, Salud y Calidad de Vida en el Trabajo” se señala:
Fuente: Ministerio de Salud (2015).
http://web.minsal.cl/sites/default/files/files/Informe_Final_Coloquios_Salud_Ocupacional_2014.pdf